El Manual De Derechos Humanos 2010 busca ayudarnos a ver que los derechos humanos no están alejados
de nuestra actividad política; que cada problema al que esperamos
responder constituye normalmente, una satisfacción o una
(posible) violación a los DDHH; y, sobre todo, que hoy, hacer
política sólo es posible atendiendo a los mandatos de los DDHH.
IDEA Perú Percepciones sobre la Democracia y Valores Democráticos 2024.pdf
Manual de Derechos Humanos 2010
1. Manual de
Manual de
Derechos
Humanos
Tendiendo Puentes entre
Organizaciones Sociales y Políticas
2.
3. Manual de
Derechos
Humanos
Tendiendo Puentes entre
Organizaciones Sociales y Políticas
4. El contenido de la presente publicación es de responsabilidad exclusiva de
Transparencia y en ningún caso debe considerarse que refleja los puntos de vista de la
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Adaptación de manual elaborado por la Comisión Andina de Juristas (2008):
Renata Bregaglio
Edición:
Asociación Civil Transparencia
Diseño, diagramación y carátula:
Walter Rodríguez García (w3r_@hotmail.com)
Impresión:
Forma E Imagen - Odiaga Franco Billy Victor
Primera edición:
Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional de Perú N° 2010-01269
Todos los derechos reservados. Se autoriza la reproducción total o parcial de este
documento, con propósitos no comerciales, siempre y cuando se otorgue los créditos
respectivos a Transparencia.
Esta publicación ha sido posible gracias al apoyo brindado por la Embajada del Reino de
los Países Bajos en el marco del proyecto Tendiendo Puentes entre los partidos
políticos y las organizaciones defensoras de los derechos humanos en las regiones
Huancavelica y San Martín.
Lima, Enero 2010.
5. ÍNDICE
INTRODUCCIÓN.
¿CÓMO APRENDER SOBRE DERECHOS HUMANOS? 5
CAPÍTULO I: LOS DERECHOS HUMANOS. CONCEPTO 6
CAPÍTULO II: EL DESARROLLO Y FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS 12
CAPÍTULO III: LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS 17
CAPÍTULO IV: EL CONTENIDO DE LOS DERECHOS HUMANOS 24
Ÿ
Derecho a la vida 25
Ÿ
Derecho a la igualdad ante la ley y a la no discriminación 30
Ÿ
Derecho a la integridad personal 37
Ÿ
Derecho a la salud 40
Ÿ
Derecho a la educación 46
Ÿ
Derecho de acceso a la justicia 53
GLOSARIO 59
6.
7. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
INTRODUCCIÓN: Al ser uno de los públicos objetivos de este manual, personas
afiliadas a partidos y movimientos políticos, esperamos romper con
¿CÓMO APRENDER SOBRE DERECHOS HUMANOS? la idea común en política respecto a que los DDHH son “un
estorbo”, “un mal necesario”, “algo superable” o “algo sobre lo cual
“Antes de que el nombre de derechos humanos no necesito saber”. En la actualidad, todo actor político debe
existiera, generaciones y generaciones de seres incorporar en sus propuestas una visión y enfoque de DDHH, pues
desdichados habían luchado por ellos.” cada vez más las agendas políticas y la propia gestión pública dan
Anónimo. cuenta de la importancia de los DDHH al momento de determinar
una política pública.
Los derechos humanos (DDHH) son el resultado de la necesidad de
reforzar la protección al ser humano, y aprender sobre éstos es una Este manual busca ayudarnos a ver que los DDHH no están alejados
experiencia de vida. Significa descubrir una parte de la historia, el de nuestra actividad política; que cada problema al que esperamos
pensamiento y la sociedad mundial para incorporarlos en nuestras responder constituye normalmente, una satisfacción o una
conductas sociales y pensamientos particulares, y significa también (posible) violación a los DDHH; y, sobre todo, que hoy, hacer
aprender sobre normas y figuras jurídicas, que esperamos política sólo es posible atendiendo a los mandatos de los DDHH.
presentar dinámicamente en este manual. Sin embargo, debemos
entender que, como la política, la gestión pública o la economía, el
entendimiento de los DDHH también exige un conocimiento
mínimo especializado que no podemos eludir y que esperamos
brindar.
Por todo esto tenemos que estar atentos a cada elemento que a
continuación vamos a conocer. Todo aquello que puede parecer
innecesario, revela un elemento valioso para los DDHH y nos
ayudará a resolver dudas, realizar preguntas y, sobre todo, a aclarar
las ideas (algunas ciertas y otras equivocadas) que tenemos sobre la
importancia, la utilidad y los beneficios que los DDHH implican
para nuestra sociedad.
5
8. Manual de Derechos Humanos
CAPÍTULO I: En segundo lugar los DDHH tienen una dimensión ética, porque
representan valores aceptados por todos los seres humanos, como la
Los Derechos Humanos. Concepto igualdad, libertad o solidaridad, como nos muestra el siguiente cuadro:
Regla de vida Principio o valor Derecho
“Los DDHH son sus derechos. Tómenlos. Defiéndanlos.
Promuévanlos. Entiéndanlos e insistan en ellos. Nútranlos y Derecho a la igualdad y no
Tratar a todos por igual Igualdad
discriminación
enriquézcanlos. . . Son lo mejor de nosotros. Denles vida”
Respetar las ideas de los Derecho de opinión y libertad de
Kofi Annan - Ex Secretario General de la ONU Tolerancia
demás expresión
No robar Respeto Derecho a la propiedad
Derecho a un medio ambiente
1.1. El concepto de derechos humanos Respeto al medio ambiente Solidaridad
sano
Un derecho es una facultad o una garantía que tiene alguien para hacer
algo. Podemos decir entonces que los derechos humanos (DDHH) son En tercer lugar, los DDHH tienen una dimensión política, porque son una
aquellos derechos inherentes a nuestra naturaleza de seres humanos forma de relación entre las personas y el Estado, y una motivación para
que tienen como finalidad garantizarnos una vida digna, y que permiten que los Gobiernos desarrollen medidas orientadas a satisfacer los
proteger el desarrollo pleno de nuestras capacidades humanas y intereses de las personas que viven en el territorio del Estado.
satisfacer nuestras variadas necesidades fisiológicas, espirituales y
sociales, volviéndolos exigibles y oponibles al Estado. Es decir, los DDHH Finamente, los DDHH tienen una dimensión histórica porque no
constituyen límites al poder estatal, estableciendo un conjunto de surgieron en el mundo de un día para otro, sino que fueron el resultado de
comportamientos (hacer y no hacer) para respetarlos y protegerlos un largo proceso a través de la historia de la humanidad, de muchas luchas
efectivamente. y guerras, e incluso hoy en día no podemos decir que el proceso de los
DDHH está terminado, sino que éstos se actualizan y van ampliado su
Empezaremos señalando que los DDHH son un concepto protección con el paso del tiempo de acuerdo a las nuevas necesidades. Así
multidimensional, es decir, que deben ser analizados desde diferentes por ejemplo, hasta hace unos años nadie consideraba que existiera un
ángulos o dimensiones. derecho humano al agua. Sin embargo, hoy en día ese derecho está
plenamente reconocido.
En primer lugar los DDHH tienen una dimensión normativa, es decir, son
un conjunto de normas obligatorias para los Estados. Esto permite que Conocer los DDHH desde estas diferentes perspectivas permite superar la
cuando el Estado no cumpla con respetar y garantizar nuestros derechos, idea común de que estos derechos son imposiciones ideológicas desde la
podamos acudir ante un juez para que resuelva nuestra situación y nos “izquierda” o la “derecha”, del “capitalismo salvaje”, de “aquellos que
devuelva el derecho vulnerado.
6
9. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
defienden a terroristas”, entre otros. Sin duda, el liberalismo ha influido pretendieron ser ejercidos en base a la fuerza, la coacción y la corrupción,
en el desarrollo de los DDHH (introduciendo el valor “libertad”), pero y para evitar que la historia se repita, la dimensión normativa de los
también lo ha hecho el socialismo (con la idea de “igualdad para todos”), DDHH ha desarrollado un conjunto de elementos para garantizar su
el comunitarismo (promoviendo la protección de aquellos pueblos que pleno goce y ejercicio.
privilegian lo colectivo), el derecho natural (resaltando la universalidad
de los DDHH), y el positivismo (que privilegia el carácter jurídico de los Conocer a cabalidad esta dimensión normativa obliga, por lo menos, a
DDHH). aprender cuatro aspectos fundamentales de los DDHH:
Así, pensar en los DDHH como un conjunto de derechos (dimensión 1. La determinación de un conjunto de características que “blinden” a los
normativa), creados para proteger a las personas de los abusos de los DDHH frente a cualquier posibilidad de restricción indebida;
Estados es correcto, pero resulta ser la mitad de la verdad. Los DDHH son 2. El reconocimiento y la determinación de un conjunto de obligaciones
mucho más, revelan el rechazo del mundo frente a las guerras; sintetizan que todo Estado tiene frente a los DDHH;
las ideologías liberales, socialistas y hasta conservadoras; y, 3. La tipificación de posibles restricciones y limitaciones a estos derechos
principalmente, son el resultado del devenir histórico de nuestros por motivos especialmente importantes (salud pública, orden público,
pueblos. desastres naturales, entre otros), y siempre que se trate de medidas
necesarias, proporcionales y razonables.
DIMENSIONES DE 4. La identificación de un contenido para cada derecho, sobre el cual los
LOS DERECHOS Estados empiezan a cumplir con sus obligaciones generales.
HUMANOS
DERECHOS HUMANOS
(dimensión normativa)
FILOSÓFICA JURÍDICA /
POLÍTICA HISTÓRICA
/ ÉTICA NORMATIVA
(1) CARACTERÍSTICAS (2) OBLIGACIONES
RESULTADO DE LA
VALORES ACEPTADOS NORMAS FORMAS DE RELACIÓN
EVOLUCIÓN DE LAS
POR LOS SERES OBLIGATORIAS PARA ENTRE LA PERSONA Y (3) LÍMITES O RESTRICCIONES (4) CONTENIDO DE DERECHOS
PERSONAS EN EL
HUMANOS LOS ESTADOS EL ESTADO
MUNDO
A continuación, abordaremos los dos primeros elementos, dejando para
los siguientes capítulos, lo referido a la posibilidad de establecer límites y
Quizás el aspecto más importante para los fines de este manual es la
restricciones y al contenido de cada derecho humano.
dimensión normativa que lo caracteriza. Las grandes violaciones a los
DDHH justamente han sido resultado de poderes absolutos, que
7
10. Manual de Derechos Humanos
1.2. Las características de los derechos humanos 1.3. Obligaciones generales del Estado
Los DDHH son necesarios para que las personas se desarrollen Frente a los DDHH, los Estados han asumido paulatinamente un conjunto
plenamente en todos los campos de su vida, sin interferencias de las de obligaciones que cumplir; en algunos casos, con consecuencias
autoridades de gobierno, ni de otros ciudadanos. Sin embargo, para hacer jurídicas internacionales. Estas obligaciones son las de respeto, garantía y
posible que un derecho pueda cumplir o cooperar con tal finalidad es adopción de medidas:
necesario que cumpla con determinadas características:
1. Obligación de respeto de los derechos humanos:
El Estado debe abstenerse de violar los derechos humanos, es decir, no
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
debe intervenir en el libre desarrollo de la vida de las personas. Esta es
Todas las personas tienen estos DDHH por su condición humana. Su una obligación de “no hacer”. Así, el Estado no puede matar, torturar,
INHERENTES
disfrute no depende de su reconocimiento por el Estado.
limitar el tránsito de las personas, prohibir las escuelas, etc.
Todas las personas gozan de estos derechos, en todo tiempo y lugar.
UNIVERSALES No pueden invocarse diferencias culturales, sociales, económicas o
políticas para su desconocimiento o una aplicación parcial.
2. Obligación de garantía de los derechos humanos:
El Estado debe adoptar las medidas necesarias para asegurar que las
Su protección y garantía pueden ser exigidas ante las autoridades
EXIGIBLES
competentes. personas podamos disfrutar nuestros derechos, e impedir la
interferencia de otras personas. Esta, a diferencia de la obligación de
INALIENABLES No es posible renunciar a ellos. Implicaría renunciar a uno mismo. respecto, es una obligación de “hacer”, porque el Estado tiene que
organizarse de manera que se asegure el libre y pleno ejercicio de los
Está prohibido limitar ilegítimamente los DDHH. Sólo se aceptan derechos humanos1. Esta garantía se logra mediante la adopción de
INVIOLABLES
limitaciones legítimas, previstas por la ley y que sean razonables. medidas, ya sea de carácter legislativo, administrativo, institucional,
etc. Todas estas medidas deben estar orientadas a lograr la plena
IMPRESCRIPTIBLES No se pierden con el transcurso del tiempo por su falta de ejercicio. realización de los derechos humanos en un Estado.
Forman un conjunto inseparable, donde cada derecho se encuentra
INTERDEPENDIENTES relacionado con los demás. Así, la violación o desconocimiento de De esta obligación de garantía, a su vez, se derivan cuatro obligaciones
uno, implica la afectación de otros derechos. específicas:
No tienen jerarquía entre sí. No se permite colocar unos por encima de
INDIVISIBLES
otros, ni sacrificar un derecho en menoscabo de otro. a. Obligación de prevenir las violaciones a los derechos humanos:
El Estado debe adoptar medidas jurídicas, políticas,
Su reconocimiento no acepta que sean desconocidos en el futuro.
IRREVOCABLES administrativas y culturales, orientadas a proteger los derechos
Siempre deberán ser reconocidos como derechos humanos.
Tienen carácter evolutivo, tanto en su reconocimiento como en su
PROGRESIVOS ejercicio. Es posible que en el futuro se extienda esta categoría a otros 1 Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4,
derechos que no se reconocían como tales. parágrafo. 166.
8
11. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
humanos, para evitar sus violaciones y asegurar que la violación de Sin embargo, esas obligaciones, que hoy se consideran únicas y
éstas sea considerada ilegal. claramente uniformes para todos los derechos, no siempre fueron
percibidas así. Cuando en 1966, en el marco de la Guerra Fría, los Estados
b. Obligación de investigar las violaciones a los derechos humanos: de la ONU discutieron la posibilidad de adoptar un único tratado de
En caso se produzcan violaciones a los derechos humanos, el Estado derechos humanos, los Estados del bloque capitalista no quisieron
debe lograr que esas violaciones no queden impunes, sino que se permitir que las violaciones a los Derechos Economicos, Sociales y
investiguen los hechos y se juzguen a los responsables. Esta es la Culturales (DESC) fueran llevadas ante un órgano de control, por
única manera de que las víctimas recuperen sus derechos. Si bien considerar que cumplir estos derechos resulta más costoso que cumplir
puede ocurrir que a veces la investigación no sea exitosa, porque no derechos civiles y políticos (que sólo requieren una abstención, o un no
se encuentra a los responsables, las investigaciones deben ser hacer, por parte del Estado). Esto motivó una división artificial entre
realizadas con seriedad y deben buscar obtener el mejor resultado “derechos civiles y políticos” (o derechos de primera categoría) y
2
posible, aunque no siempre se logre. “derechos económicos sociales y culturales” (DESC) (o derechos de
segunda categoría), y fue por eso que se aprobaron finalmente dos
c. Obligación de sancionar las violaciones a los derechos humanos: tratados, uno para los derechos civiles y políticos, el Pacto Internacional
Cuando luego de la investigación se ha determinado al/ a la de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), y otro para derechos económicos,
responsable o los/las responsables de las violaciones de derechos sociales y culturales, el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
humanos, estas personas deben ser sancionadas, sin importar si son Sociales y Culturales (PIDESC). De la misma manera, a nivel de la región
funcionarios públicos del Estado. En nuestro país la sanción más americana, cuando se aprobaron los tratados de derechos humanos al
frecuente para el caso de responsables de violaciones a derechos interior de la Organización de Estados Americanos se adoptó la
humanos es la sanción penal, es decir, condenar a los culpables con Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), referida a
prisión. derechos civiles y políticos, y el Protocolo Adicional a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, conocido como Protocolo de San
d. Obligación de reparar: Salvador (PSS), referido a los DESC.
Al margen de que la investigación sea exitosa y se pueda sancionar
al/ a la responsable o responsables de una violación a los derechos En este último tratado, el PIDESC, se incorporaron dos frases que, de
humanos, el Estado debe siempre reparar a las víctimas. La alguna manera, relativizaban la protección inmediata que el Estado debe
reparación o reparaciones, entonces, son las medidas o actos que el tener frente a los DDHH, en comparación con lo señalado en el PIDCP:
Estado tiene que llevar a cabo para, en primer lugar, desaparecer los
efectos de las violaciones a los derechos humanos cometidas.
2 Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988, parágrafo
177.
9
12. Manual de Derechos Humanos
OBLIGACIONES DEL ESTADO EN LOS TRATADOS DE DDHH La postura descrita anteriormente, fue seguida por los órganos nacionales
e internacionales, llegando a sostenerse que las obligaciones del Estado
CADH Los Estados se comprometen a: frecuentemente divididas en positivas y negativas, se identificaban con
(Artículo 1) Ÿ
Respetar y garantizar los derechos humanos del Pacto (civiles y cada tipo de derecho: las positivas, con los económicos, sociales y
políticos);
culturales; y, las negativas, con los civiles y políticos.
PIDCP ŸSin discriminación (distinción) alguna; y,
Adoptando las medidas (oportunas) que fueran necesarias.
(Artículo 2) Ÿ
Sin embargo, esta teoría no ha tardado en ser cuestionada y está en desuso,
PIDESC Los Estados se comprometen a: pues se ha demostrado que todos los DDHH tienen una parte que puede
(Artículo 2) ŸGarantizar los derechos humanos del Pacto (DESC) respetarse inmediatamente y otras que el Estado solo podrá garantizar a
Sin discriminación alguna;
Ÿ
Adoptando medidas necesarias; pero, hasta el máximo de los
Ÿ
largo plazo. Así, algunas expresiones de un derecho civil y político
PSS recursos que disponga, y buscando progresivamente su plena pueden no necesitar mayor ejecución de presupuesto, pero otras sí lo
(Artículo 1, 2 Y 3) efectividad. precisarán. Es decir, todos los DDHH implican obligaciones positivas y
obligaciones negativas (también denominadas de “hacer” y “no hacer”).
Según esta anacrónica visión, la expresión “hasta el máximo de sus Así:
recursos” origina que toda obligación del Estado frente a los DDHH del
Pacto está condicionada a sus recursos económicos disponibles, lo que OBLIGACIONES POSITIVAS OBLIGACIONES NEGATIVAS
supuestamente no sucede con los derechos civiles y políticos, que para su
Son aquellas que requieren que el Estado Son aquellas que requieren una abstención
respeto y garantía no implican ejecución de gasto público. emprenda acciones concretas. También del actuar del Estado. También llamadas
llamadas obligaciones de hacer. obligaciones de no hacer:
Asimismo, según esta perspectiva, el enunciado “para lograr Por ejemplo: Por ejemplo:
ü a las fuerzas policiales.
Capacitar û No detener sin una orden judicial.
progresivamente” determina que los derechos económicos, sociales y ü planes de acción para una
Diseñar û incomunicado a un detenido.
No dejar
culturales no pueden ser respetados y garantizados inmediatamente, educación intercultural bilingüe. û No prohibir la circulación de una película.
ü la creación de servicios de salud
Promover û No discriminar a una alumna cuando se
pues es difícil brindarles a todas las personas (a la vez) educación, trabajo,
públicos o privados. encuentra embarazada.
salud, vivienda, entre otros. Si fuera de otro modo, dicen, el Estado estaría ü Supervisar la labor de terceros cuando û No (permitir) contaminar las fuentes de
incumpliendo permanentemente estos derechos. Esta “progresividad”, brinden servicios de interés público. agua naturales.
ü en materia de DDHH.
Legislar û No privar a una persona de su nombre.
según explican, no la tienen los derechos civiles y políticos, los cuáles
pueden ser satisfechos inmediatamente. Es decir, respetar la libertad de
expresión, la libertad personal o el debido proceso puede lograrse Por ejemplo, el ejercicio del derecho a la vida requiere que nadie sea
inmediatamente: permitiendo la publicación de un libro polémico; privado arbitrariamente de la vida, pero también obliga al Estado a
dejando en libertad al arbitrariamente detenido; o, permitiendo el acceso a garantizar condiciones de vida digna, que prevengan y eliminen
la defensa de un abogado al que no lo tiene. eventuales situaciones de riesgo real y eminente frente a la vida, como es
el caso del acceso de las personas infectadas con VIH/SIDA a retro-virales.
10
13. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
En este último ejemplo, el Estado no puede decir que brindará acceso podría ocurrir que la violación sea cometida por un particular, pero que
progresivamente, y será necesario que incurra en ese gasto público. Ello tenga la aquiescencia, o permiso del Estado, y en ese caso también será el
porque, al ser los DDHH interdependientes, la violación de uno puede Estado responsable. Finalmente, aunque la violación sea cometida por un
suponer la violación de otro. En este caso, la falta de acceso a retro-virales particular aún sin el permiso del Estado, este último podrá ser
es una vulneración del derecho a la salud, el cual requiere estar regulado a responsable si se demuestra que no adoptó todas las medidas necesarias
nivel interno y necesita de la implementación de políticas que garanticen para prevenir y garantizar el derecho. Así:
el acceso, sin discriminación, a servicios de salud que cumplan estándares
3
mínimos de acuerdo a las necesidades de la sociedad . Pero, a la vez, EL ESTADO SERÁ RESPONSABLE DE LA VULNERACIÓN DE UN
constituye una violación al derecho a la vida, porque si no se brinda el DERECHO HUMANO POR…
acceso mencionado, la persona irremediablemente morirá.
Acción u omisión de Es responsable por una acción u omisión de sus agentes o
Así, tanto los derechos civiles y políticos como los derechos económicos, propios agentes instituciones (“independientemente de su jerarquía”6) que
estatales afectan un derecho humano7.
sociales y culturales pueden ser caracterizados como un complejo de
4
obligaciones positivas y negativas por parte del Estado . En consecuencia,
todos los DDHH generan el mismo tipo de obligaciones, aunque en El Estado es responsable cuando un tercero (particular) actúa con
Por conducta de terceros
omisión, colaboración o aquiescencia del Estado8. En este
algunos derechos será más fácil identificar las obligaciones positivas, con aquiescencia del
supuesto, a diferencia del anterior, el Estado busca favorecer o
Estado
mientras que en otros, serán las obligaciones negativas. tolerar la actividad vulneradora del derecho.
La responsabilidad también puede provenir de actos realizados
1.4. La responsabilidad del Estado Por actuación del por particulares (terceros) cuando el Estado deja de adoptar
terceros e inacción del medidas de prevención9 o supervisión10 que impidan su
Para terminar esta parte debemos señalar que siempre serán los Estados Estado ocurrencia o, aún habiendo ocurrido, cuando no los investigan o
los responsables por el incumplimiento de las obligaciones que ha sancionan.
aceptado al ratificar un tratado. Normalmente, el Estado responderá por
los actos y omisiones de sus agentes, “realizados al amparo de su carácter
oficial, aun si actúan fuera de los límites de su competencia”5. No obstante, 6 Corte IDH. Caso del Penal Miguel Castro Castro, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de
noviembre de 2006, parágrafo 31; Corte IDH. Caso Masacre de Pueblo Bello, supra nota 5, parágrafo 112;
Caso de la "Masacre de Mapiripán", supra nota 5, parágrafo 110; y Caso de la Masacre de la Rochela vs.
Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de de mayo de 2007, parágrafo 68.
3 Ver: Corte IDH. Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de
noviembre de 2007. parágrafo 117.
7 Corte IDH. Caso Última Tentación de Cristo (Olmedo Bustos y otros) vs. Chile. Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 5 de febrero de 2001, parágrafo 72; Caso Masacre de Pueblo Bello, supra nota 5,
4 ABRAMOVICH, Víctor y Christian COURTIS. Los derechos sociales como derechos exigibles. Madrid: parágrafos 111 y 112; y Caso de la Masacre de Mapiripán, supra nota 5, parágrafo 110.
Editorial Trotta, 2002; p.25. 8 Corte IDH. Caso de las Masacres de Ituango vs. Colombia. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y
5 Corte IDH. Caso Masacre de Pueblo Bello vs. Colombia, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de Costas. Sentencia de 1 de julio de 2006, parágrafo 132.
enero de 2006, parágrafo 111; Caso de la "Masacre de Mapiripán" Fondo, Reparaciones y Costas. 9 Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez, supra nota 2, parágrafo 172; Caso Ximenes Lopes vs. Brasil. Fondo,
Sentencia de 15 de septiembre de 2005, parágrafo. 108; Caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri. Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2006, parágrafo 85.
Sentencia de 8 de julio de 2004, parágrafo 72; Corte IDH. Caso de la Masacre de la Rochela vs. Colombia.
Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de de mayo de 2007, parágrafo 67. 10 Corte IDH. Caso Albán Cornejo y otros. vs. Ecuador, supra nota 3, parágrafo 119.
11
14. Manual de Derechos Humanos
CAPÍTULO II: 2.2 El proceso histórico de los derechos humanos
El Desarrollo y Fundamento de los DDHH
Antecedentes
Tal vez el primer hito histórico del proceso de consolidación de los DDHH
2.1. El fundamento filosófico de los derechos humanos sea la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada en 1948.
Si bien hoy en día la existencia de los DDHH está universalmente No obstante, antes de 1948 ya se habían dado varias manifestaciones y
aceptada, sí se ha mantenido vigente la discusión en torno a de dónde procesos históricos que es necesario conocer para comprender que la
provienen estos derechos. Para algunos, estos derechos provienen de las Declaración Universal de Derechos Humanos no es sino el resultado de
reglas y valores eternos y universales creados por Dios y revelados a los largos procesos históricos nacionales e internacionales de revalorización
hombres a través de la razón. Para otros, en cambio, los derechos han sido del ser humano como fin de todo Estado.
construidos por la inteligencia del ser humano. Asimismo, un tercer
grupo de pensadores considera que los DDHH provienen de la evolución Al estudiar estos procesos podemos remontarnos incluso hasta la Edad
social del hombre, de acuerdo a las condiciones que prevalezcan en las Antigua (Grecia, Roma o Mesopotamia). Sin embargo, sus principales
sociedades. antecedentes se encuentran en el tránsito entre la Edad Media
(caracterizada por la extrema relación entre el poder y Dios), y la Edad
Así, podríamos resumir las principales corrientes de pensamiento en Moderna (donde la voluntad del ser humano es la única fuente del poder
torno al fundamento de los derechos humanos en el siguiente cuadro: estatal). Dentro de esta última, los procesos históricos de países como
Reino Unido, Estados Unidos y Francia merecen ser destacados. En estos
países los nobles o la burguesía (según la época) empiezan a ganarle
DIFERENCIAS FILOSÓFICAS E IDEOLÓGICAS FRENTE A LOS DDHH
terreno al poder ilimitado de los gobernadores (recordemos que en la
Edad Media el rey era “hijo de Dios” y, por lo tanto, debía ejercer el poder
Iusnaturalismo: Los DDHH se basan en la Positivismo: Los DDHH se fundamentan en
VS. de manera absoluta). Estas luchas por acabar con el poder del monarca
propia naturaleza del hombre. su reconocimiento jurídico.
permitieron incorporar la idea de limitación del poder y el
Marxismo: Los DDHH son determinados Liberalismo: Promueve los DDHH y el reconocimiento de algunos derechos, tesis que actualmente constituye el
por el sistema político y económico y por el VS. máximo límite al poder coactivo de los núcleo central de los DDHH.
nivel de la cultura material y espiritual. gobiernos sobre las personas.
Universalismo: Los DDHH humanos son Relativismo: Los DDHH no pueden ser Asimismo, una vez consolidada la idea de que el poder del monarca no era
universales y deben ser garantizados por VS. universales ya que dependen del contexto
todos y para todos. o condiciones de la persona.
absoluto, las luchas de reivindicación fueron centrándose en diferentes
libertades, garantías o facultades que las personas querían disfrutar, como
la libertad personal, la igualdad y la propiedad en primer lugar; y el
trabajo, la salud y la vivienda, después.
12
15. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
Año País Hecho Significado para los DDHH este contexto, los DDHH vienen a constituir un límite al poder del Estado
y en la actualidad éstos son concebidos como la base fundamental de la
1215 Reino Unido Carta Magna Inglesa democracia y el desarrollo, pues su esencia es la dignidad del ser humano.
Los DDHH concebidos para limitar el
poder del Estado. Sin embargo, la realidad muestra que aún en estos tiempos, en algunos
1628 Reino Unido Petición de Derechos lugares y sociedades se puede verificar que:
1679 Reino Unido Acta de Habeas Corpus La esclavitud existe;
Se conquistan derechos personales
(libertad religiosa) y patrimoniales. Las mujeres no son consideradas ciudadanas; o,
Declaración de Derechos
1689 Reino Unido Los indígenas son considerados “menores de edad”.
(Bill of Rights)
Declaración de Virginia Reconocimiento de derechos
Estados (12 de junio) individuales como el derecho a la El proceso de internacionalización de los derechos
1776
Unidos Declaración de Independencia vida, a la libertad, a la igualdad y a la humanos
(4 de julio) propiedad.
Si bien las Declaraciones de Estados Unidos y Francia tuvieron influencia
Declaración de Derechos del “Los hombres nacen y permanecen en otros procesos históricos posteriores, como la Constitución de México
1789 Francia
Hombre y del Ciudadano libres e iguales en derechos”
de 1917 y la Constitución alemana de 1919, no fue hasta después de la
Segunda Guerra Mundial que comienza la universalización de los DDHH
El hecho de que las demandas por derechos hayan estado centradas en los con la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1945.
derechos como la libertad o la igualdad en un primer momento, y
posteriormente en otros como la educación o el acceso a trabajo, motivó El paso que faltaba para la universalización de los DDHH implicaba que
que se hablara de “generaciones” de derechos, donde se consideraba los Estados asumieran la importancia de formar una comunidad
derechos de primera generación a los civiles y políticos (como el derecho a internacional, junto con la adopción de reglas mínimas en aspectos como
la vida, integridad personal, propiedad, participación política, etc.), y la paz y seguridad internacional.
derechos de segunda generación a los derechos económicos, sociales y
culturales (DESC) (como el derecho a la salud, seguridad social, trabajo, Así, luego de las barbaries producidas en las dos guerras mundiales, al
educación, vivienda, etc.). No obstante esta clasificación es incorrecta, ya finalizar la Segunda Guerra Mundial, con cincuenta millones de muertos
que como hemos visto que los derechos humanos son integrales e (treinta millones de civiles); dos explosiones nucleares dirigidas contra la
interdependientes. población civil (Hiroshima y Nagasaki); el exterminio metódico y
sistemático por los nazis de judíos, gitanos, homosexuales y otras
Una vez limitado el poder, el objetivo del Estado cambió diametralmente. minorías étnicas; la esclavitud sexual de mujeres promovida por el
A partir de los hechos mencionados, el Estado tiene como finalidad ejército japonés; deportaciones masivas de ciudadanos japoneses y
ordenar la sociedad (brindando seguridad y garantizando libertad), y el alemanes a centros de retención en Estados Unidos; ciudades enteras
ciudadano cede parte de su libertad al Estado a cambio de ese orden. En demolidas; países arrasados, entre otros, la comunidad internacional
13
16. Manual de Derechos Humanos
tomó conciencia de que era necesario construir un sistema que A nivel regional también surgieron foros tanto en Latinoamérica como en
garantizara la no repetición de estos hechos, basado en el respeto de los Europa y África. En América Latina se creó la Organización de Estados
derechos del ser humano. Esa así que en 1945 se creó la Organización de Americanos (OEA) en marzo de 1948 y su Carta constitutiva era la
las Naciones Unidas, con la finalidad de promover la paz y el respeto de primera en reconocer los DDHH en el sistema interamericano. Fue en el
los DDHH en el mundo. seno de la OEA que se elaboró la Declaración Americana de Derechos y
Deberes del Hombre de mayo de 1948.
Posteriormente, el 10 de diciembre de 1948, la comunidad internacional
adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que proclamó
La consolidación de los derechos humanos
en su artículo 1: “[t]odos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben A partir de estas Declaraciones internacionales se iniciaron procesos
comportarse fraternalmente los unos con los otros”. graduales de consolidación de los DDHH como valor central de la
humanidad, especialmente en su dimensión normativa. Este proceso se
Con la Declaración Universal, los DDHH adquirieron un carácter jurídico ha expresado en dos grados: i) el desarrollo de amplios y diversos cuerpos
internacional, cuyos contenidos implican una obligación hacia todos los normativos internacionales (tratados, declaraciones, programas de
Estados asumida no entre ellos mismos, sino frente a las personas. No acción); y, ii) la creación de órganos de protección internacionales (por
obstante, pese a su vocación universal, la historia cuenta que al momento ejemplo: la Corte Interamericana de Derechos Humanos).
de ser aprobada, solo contó con el voto favorable de 48 Estados y 8
abstenciones. Este hecho no niega el valor jurídico que tiene la A la unión de ambos elementos (normas y órganos de protección), se les
Declaración en la actualidad. Por el contrario, refuerza la idea que los denomina Sistemas de Protección Internacional de los Derechos
DDHH son el resultado de una evolución constante. Humanos. Estos sistemas pueden tener un alcance mundial -siendo
denominado “Sistema Universal” (a nivel de Naciones Unidas)-, como
regional -denominándose en el caso de América, “Sistema
LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Interamericano”-. A estos sistemas nos referiremos más adelante.
Reconoce
Ÿ una amplia gama de derechos fundamentales que hoy se
encuentran en tratados internacionales, constituciones políticas y leyes Nuevos caminos para los derechos humanos
nacionales;
Para finalizar esta primera parte, es necesario tomar en consideración que
Ÿ es un tratado internacional puesto que es una declaración política de
No
Estados, aunque algunas de sus normas tienen carácter imperativo. alrededor de los DDHH se están desarrollando novedosas e importantes
Ÿ derechos y garantías reconocidos en esta Declaración son considerados
Los agendas a la luz de las nuevas realidades donde deben aplicarse (crisis
como parte de las obligaciones del Estado. democráticas, calentamiento global, involucramiento del sector
empresarial, entre otros temas). A continuación, realizamos un breve
repaso:
14
17. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
Ÿ La interdependencia entre derechos humanos, desarrollo y ¿QUÉ ES LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL?
11
democracia: A partir de 1993, en la “Conferencia de Viena sobre los
Derechos Humanos”, se reconoció que la democracia, el desarrollo y el Es la responsabilidad de una organización ante los impactos de sus
respeto de los DDHH son conceptos interdependientes que se refuerzan decisiones y actividades (productos, servicios y procesos) en la sociedad y el
mutuamente. De esta manera, cualquier intento de romper con el orden medio ambiente, a través de un comportamiento transparente y ético, que:
Ÿ consistente con el desarrollo sostenible, la salud y el bienestar
sea
democrático en un Estado, constituye una violación a los DDHH.
general de la sociedad;
Ÿ considere las expectativas de las partes involucradas;
Ÿ Criminalización de graves violaciones de derechos humanos: En 1998, Ÿ cumpla con la legislación aplicable y sea consistente con normas
se creó la Corte Penal Internacional. Este tribunal juzga a individuos por internacionales de comportamiento; y
crímenes internacionales que constituyen graves violaciones de DDHH. Ÿ integrada a toda la organización y practicada en sus relaciones
esté
Tiene como antecedentes el Tribunal de Nüremberg (1948) y los (actividades con grupos de su esfera de influencia).
Tribunales Ad-Hoc para la Ex –Yugoslavia (1993) y Ruanda (1994).
Ÿ Protección de los derechos de grupos específicos: En las dos últimas Ÿ Políticas públicas y derechos humanos: Finalmente, los DDHH se han
décadas se ha avanzado en materia de reconocimiento y protección de los convertido en un complejo sistema de estándares con capacidad “de
DDHH de grupos específicos. Se han creado diversos instrumentos y orientar el proceso de formulación, implementación y evaluación de
mecanismos para la protección de grupos vulnerables como niños, políticas en el campo del desarrollo, y como una guía para la cooperación
mujeres, discapacitados, ancianos, pueblos indígenas, afrodescendientes y la asistencia internacionales respecto a las obligaciones de los gobiernos
y jóvenes; también para combatir la corrupción y el terrorismo, promover donantes y receptores, el alcance de la participación social y los
el desarrollo de las personas en un medio ambiente sano y la lucha contra mecanismos de control y responsabilidad que se necesitan a nivel local e
12
la pobreza y el terrorismo, así como promover el desarrollo de las internacional” . Este proceso, denominado enfoque de DDHH, integra
personas en un medio ambiente sano. las normas, estándares y principios de DDHH en los planes, políticas y
procesos de la gestión pública, asegurando que su implementación tenga
Ÿ Empresas y derechos humanos: Un nuevo ámbito de intervención de como finalidad el goce y disfrute de los derechos (incluyendo su
los DDHH es el sector empresarial privado. En la actualidad, este sector exigibilidad) y no únicamente la satisfacción de una necesidad.
busca ser “socialmente responsable”, dejando atrás los abusos que se
pudieron haber cometido en el desarrollo de su actividad. En ese sentido, Ÿ La aplicación del enfoque de derechos tiene una primera consecuencia
los DDHH forman parte de los criterios para determinar si una empresa es práctica: el reconocimiento de los DDHH como finalidad última, donde
socialmente responsable. las características de los mismos se convierten en pieza fundamental para
11 ISO. Working Draft ISO 2600. Guidance on Social Responsibility. Marzo, 2008; p.8
12 ABRAMOVICH, Víctor. Una aproximación al enfoque de derechos en las estrategias y políticas de
desarrollo. Revista CEPAL N° 88. Santiago: CEPAL, 2006; p.35.
15
18. Manual de Derechos Humanos
las políticas públicas. La segunda consecuencia es a nivel del que hace Lineamientos
Objetivos Específicos
Estratégicos
política, ya que se necesita conocer los estándares de DDHH para poder
OE1 I m p l e m e nta c i ó n re co m e n d a c i o n e s d e l S i ste m a
construir políticas y programas de gobierno acordes al contenido de estos LE1: Interamericano de Derechos Humanos
derechos, para responder demandas concretas de la población. Institucionalizar y
transversalizar enfoque OE2 Implementación recomendaciones de la CVR
DDHH en las políticas
públicas OE3 Articulación de Planes de Igualdad de Oportunidades y otros
EL VALOR AGREGADO DEL ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS: Planes Sectoriales relacionados con los DDHH
LE2: OE1 Implementación de Programa Nacional Difusión (PND)
Fortalece la responsabilidad del Estado frente a los DDHH;
Ÿ
Contribuir a la difusión
Refuerza la posición prioritaria del ser humano como sujeto de derecho en
Ÿ del enfoque de DDHH Implementación de Programa Nacional de Educación en
la elaboración de políticas públicas; OE2
en las instituciones del DDHH
Ÿ Facilita los procesos de planificación y concertación al interior del Estado y Estado y la sociedad
OE3 Implementación de Programa Nacional de Capacitación para
con terceros (por ejemplo, la sociedad civil), al establecer objetivos y metas civil
la integración de enfoque de DDHH en políticas públicas
comunes;
OE1 Garantizar el respeto y plena realización de los derechos
Ÿ Amplía las posibilidades de abordar integralmente la agenda pública, LE3: civiles y políticos.
gracias a la integralidad e interdependencia de los derechos y a su riqueza en Asegurar la plena
OE2 Garantizar el respeto y plena realización de los derechos
cuanto a mínimos que respetar o garantizar; vigencia de los
económicos, sociales y culturales.
Ÿ Garantiza - en tanto que obligaciones legales internacionales-, una base derechos humanos
integrales OE3 Garantizar el respeto y plena realización del derecho a un
mínima de trabajo que el Estado no puede eludir; y,
medio ambiente sano y protegido.
Ÿ Asegura a los ciudadanos que sus derechos serán respetados y
garantizados, disminuyendo los riesgo de vulneración por acción u omisión OE1 Garantizar los derechos de las mujeres
del Estado.
Garantizar los derechos de los Pueblos Indígenas y
OE2
Afroperuanos
LE4:
En nuestro país se aprobó el 10 diciembre de 2005 el Plan Nacional de Implementar políticas OE3 Garantizar los derechos de las personas con discapacidad
afirmativas a favor de
Derechos Humanos 2006-2010 (PNDH), como una política con enfoque en los derechos de los OE4 Garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia
derechos humanos destinada a reforzar las protecciones existentes en este sectores de la población
ámbito, así como lograr la adecuación de la legislación interna con las en condición de
vulnerabilidad, en OE5 Garantizar los derechos de los adultos mayores
normas internacionales. condiciones de igualdad
OE6 Garantizar los derechos de las personas con diferente
de trato y sin
orientación sexual
Así el PNDH está estructurado sobre una base de Lineamientos discriminación.
Estratégicos y Objetivos Específicos, orientados a mejorar la protección de OE7 Garantizar los derechos de los migrantes
los derechos de las personas. Estos lineamientos y objetivos son:
OE8 Garantizar los derechos de las personas con VIH/SIDA
16
19. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
Asimismo, todas las actividades, resultados, objetivos y lineamientos del
CAPÍTULO III:
PNDH fueron construidos bajo la mirada de 7 enfoques:
Los Mecanismos de Protección de Derechos
El enfoque de derechos humanos
“[…] los derechos humanos son, por su misma naturaleza, derechos
en evolución.[…] tienen a la vez por objeto expresar mandamientos
El enfoque de la equidad de género
inmutables y enunciar un momento de la conciencia histórica. Así
pues, son, a un tiempo, absolutos y puntuales”
El enfoque de interculturalidad
Boutros Boutros - Ghali Ex-Secretario General de la ONU
El enfoque intergeneracional
3.1 Los límites al ejercicio de los derechos humanos13
El enfoque de territorialidad
Restricciones razonables y restricciones arbitrarias
El enfoque participativo
Si bien los Estados están obligados a respetar los DDHH, no podemos
El enfoque valorativo considerar que éstos son absolutos, es decir, que el Estado nunca puede
afectarlos de alguna manera. Por el contrario, en la protección de los
DDHH existen ciertos atributos inviolables de la persona que no pueden
ser legítimamente menoscabados por el Estado o, si lo hiciera, sólo puede
penetrar limitadamente14, pero también hay ámbitos que pueden ser
limitados por el Estado. Así, los DDHH sí pueden tolerar restricciones,
pero éstas serán posibles sólo si se cumplen determinados requisitos.
Éstos, de no ser respetados, originan la responsabilidad internacional por
parte del Estado infractor. Los requerimientos para saber si el Estado ha
violado un derecho o si lo ha restringido válidamente son:
13 Adaptado de: COMISIÓN ANDINA DE JURISTAS. Protección de los Derechos Humanos. Definiciones
Operativas. Lima, CAJ, 1997; p.35-41.
14 Corte IDH. «La expresión leyes en el artículo 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos».
Opinión Consultiva OC-6/86 del 9 de mayo de 1986. Serie A Nº 6, parágrafo 21.
17
20. Manual de Derechos Humanos
1. La restricción debe estar expresamente autorizada por el tratado buscando un equilibrio entre los distintos intereses en juego y la
internacional que contiene el derecho. Por ejemplo, el PIDCP dispone necesidad de preservar la protección de un derecho.
que toda persona tiene derecho al libre tránsito, pero admite que este
derecho sea restringido excepcionalmente (Art. 12.3).
MOTIVOS NORMALMENTE ACEPTADOS PARA ESTABLECER UNA RESTRICCIÓN
2. Las restricciones a los DDHH deben ser establecidas mediante leyes. seguridad
Ÿ nacional,
Las restricciones para el goce y ejercicio de los DDHH, no pueden ser orden
Ÿ público,
aplicadas sino conforme a leyes que se dictaran por razones de interés Ÿ pública,
salud
general, entendiendo como “ley” a aquella emanada del Poder moral pública, o
Ÿ
Legislativo (Congreso) y aprobada según los mecanismos establecidos Ÿ garantizar los derechos y libertades de los demás.
para
en las normas peruanas.
4. La restricción debe ser “necesaria” para proteger los valores que
¿QUÉ PODEMOS ENTENDER POR EL TÉRMINO LEY?
representan el interés general17. La medida restrictiva tiene que ser la
Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una norma será ley necesaria para proteger el fin o motivo alegado. No basta alegar un
cuando :
15
motivo, tiene que demostrarse que sólo con la adopción de esa medida
Ÿuna norma jurídica de carácter general;
Sea se logrará protegerlo. En ese sentido, la medida debe ser:
Ÿ al bien común;
Se ciña
Ÿ emanada de los órganos legislativos constitucionalmente previstos y
Sea a. Adecuada para proteger el fin legítimo. La restricción debe permitir
democráticamente elegidos; y, que se proteja el valor alegado.
Ÿ sido elaborada según el procedimiento establecido por la
Haya b. Proporcional. La medida debe restringir el derecho en lo
Constitución. estrictamente necesario, tratando de que el nivel de afectación, sea
el necesario para garantizar la protección del fin alegado.
c. Menos gravosa. No debe existir otra medida que, protegiendo el
3. Las restricciones deben perseguir un interés general16. Las bien, restrinja menos el ejercicio del derecho.
restricciones deben ser dictadas en función y deben guardar relación
con el bien común, y el orden público de un Estado Democrático, Cualquier restricción que se emita al margen de estas condiciones puede
devenir en ilegal o arbitraria, según corresponda.
15 Corte IDH. «La expresión leyes en el artículo 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos»,
supra nota 14, parágrafo 38.
16 Corte IDH. «La colegiación obligatoria de periodistas (arts. 13 y 29 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos)». Opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985. Serie A Nº 5, parágrafos 17 Corte IDH. «La colegiación obligatoria de periodistas, supra nota 16, parágrafo 46.8; y La expresión leyes en
66 y 67. el artículo 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, supra nota 14, parágrafo 18.
18
21. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
¿CUÁNDO UNA RESTRICCIÓN ES ILEGAL O ARBITRARIA? Estas situaciones son conocidas genéricamente como estados o regímenes
de excepción. Estas son situaciones en las cuales el Estado declara la
RESTRICCIÓN ILEGAL RESTRICCIÓN ARBITRARIA suspensión de algunos derechos en todo el territorio de un país, o en parte
Una restricción será considerada ilegal si La restricción será arbitraria si las causas y de este (por ejemplo, el derecho de libre asociación o reunión), para
no se efectúa de acuerdo a las causas, métodos para restringir el derecho, aun restituir el orden en el país, porque se entiende que las instituciones
casos o circunstancias expresamente calificados de legales, pueden reputarse como
previstas en la ley y con estricta sujeción a incompatibles con el respeto a los derechos democráticas ordinarias no son suficientes para restablecer el orden. Por
los procedimientos definidos por ella. fundamentales del individuo por ser, entre otras ejemplo, si en la localidad en la que vivimos ha ocurrido un derrumbe o
cosas, irrazonables, imprevisibles, o por faltos una inundación de un río, el Estado podrá limitar nuestro tránsito por la
de proporcionalidad.
zona afectada, para evitar futuros accidentes. En este caso esas
restricciones a nuestros derechos son válidas, por lo que no pueden
Ahora bien, los tratados de derechos humanos establecen que algunos considerarse violaciones a éstos.
derechos no podrán restringirse nunca. Algunos de estos derechos son:
derecho a la personalidad jurídica; derecho a la vida; derecho a la En estas situaciones de regímenes de excepción, el Gobierno puede
integridad personal; prohibición de la esclavitud y servidumbre; decidir que las fuerzas armadas del Estado asuman el control, y ya no la
principio de legalidad y de retroactividad; libertad de conciencia y Policía Nacional.
religión; protección de la familia; derecho al nombre; los derechos del
niño, a la nacionalidad y derechos políticos; así como las garantías Los DDHH también pueden ser restringidos durante los denominados
indispensables para la protección de tales derechos. Así entonces nunca Estados de excepción, bajo la lógica de la excepcionalidad de las
podremos decir que el Estado torturó personas por un fin legítimo, o limitaciones al ejercicio de los DDHH. No obstante, debe cumplirse con
porque existía una ley que lo autorizaba. los siguientes requisitos:
Los límites al ejercicio de los derechos humanos en Estados 1. Causales:
de excepción Normalmente, los tratados mencionan los casos en los que un Estado
de excepción habilita una restricción de un derecho. En la Convención
Si bien hemos dicho que los derechos humanos son obligatorios para los
Americana sobre Derechos Humanos (CADH), se mencionan: guerra,
gobiernos y también para las personas (en especial los funcionarios
de peligro público o de otra emergencia que ponga en riesgo la
públicos) para poder vivir en paz, algunas veces esa paz se rompe ya sea
independencia o seguridad de la nación (Artículo 27.1° CADH).
porque se desata un conflicto armado (como el que vivió nuestro país
entre los años 1980 y 2000); o porque una situación concreta hace que el
2. Núcleo duro:
orden del país se vea interrumpido (por ejemplo, por catástrofes naturales
Como ya hemos señalado, los tratados establecen que algunos
– como los huaycos o terremotos-, brotes de enfermedades contagiosas, o
derechos no podrán restringirse, incluso bajo un régimen de
graves circunstancias políticas o civiles que afectan e impiden la vida
excepción.
normal de una comunidad, región o país).
19
22. Manual de Derechos Humanos
3. Proporcionalidad en el tiempo y tipo de suspensión: PROCESO
DERECHOS QUE PROTEGE JUEZ ANTE EL CUAL SE PRESENTA
CONSTITUCIONAL
Según la CADH, la restricción durante un Estado de excepción no
puede ser ilimitada. Debe darse por “la medida y por el tiempo Juez Penal (puede presentarlo
Libertad personal
Ÿ
estrictamente limitados a las exigencias de la situación” (Artículo 27.1° HABEAS cualquier persona a nombre de
Integridad personal
Ÿ
CORPUS la víctima. No es necesario
CADH). Libertad de circulación
Ÿ
cumplir con requisitos formales).
4. Las medidas no pueden ser discriminatorias: Derecho a la igualdad
Ÿ
Las restricciones no deben entrañar discriminación alguna “[...] por Libertad de religión
Ÿ
motivos de raza, color, idioma, religión u origen social” (Artículo 27.1° Libertad de expresión
Ÿ
Derecho al honor
Ÿ
CADH). Derecho al trabajo
Ÿ
Libertad de asociación
Ÿ
5. Prohibición de suspender obligaciones cuando implique la Derechos sindicales
Ÿ
ACCIÓN DE Derechos políticos
Ÿ
suspensión de otras obligaciones internacionales. Juez Civil
AMPARO Derecho a la nacionalidad
Ÿ
Es decir, las restricciones impuestas a los derechos no deben tener Derecho a la educación
Ÿ
como objeto dejar de cumplir con otras obligaciones internacionales. Derecho a la seguridad social
Ÿ
Derecho a un medio ambiente sano
Ÿ
Derecho al trabajo digno
Ÿ
Derecho a la salud
Ÿ
3.2. ¿Qué hacer cuando se nos viola un derecho? Ÿ derechos que la Constitución
Demás
18
reconoce
Protección nacional de los derechos humanos en el Perú
Ÿ a la información pública
Acceso
Hemos visto como los Estados están obligados a respetar los DDHH, y HABEAS
19 Ÿ no se difunda información que
A que Juez Civil
como pueden restringirlos válidamente. Cuando esa restricción no es DATA atente contra la intimidad
razonable estamos frente a una violación de derechos, y podemos iniciar
un procedimiento ante un juez nacional para lograr que se deje de violar
nuestro derecho y se nos repare adecuadamente. En nuestro país tenemos La protección internacional de los derechos humanos
tres procesos para defender nuestros derechos de las restricciones De darse el caso que el o los órganos jurisdiccionales estatales no hubiesen
arbitrarias cometidas por el Estado. En el siguiente cuadro se muestra un cumplido con el cese de la violación denunciada, el o los afectados pueden
pequeño esquema – que no pretende ser exhaustivo – de algunos de los
recursos internos de protección de los DDHH existentes en el Perú. 18 Los derechos tutelables por proceso de amparo no son sólo aquellos señalados expresamente en la
Constitución, sino aquellos que están recogidos en los tratados de derechos humanos en vigor para el
Estado peruano, y que se incorporan a nuestra norma constitucional a través del artículo 3 de ésta.
19 En algunos países no existe la denominación de hábeas data pero los derechos que éste protege se ven
tutelados por el recurso de amparo. Éste no es el caso del Perú, que cuenta con el proceso de hábeas data
regulado en el Código Procesal Constitucional de 2005.
20
23. Tendiendo Puentes entre Organizaciones Sociales y Políticas
acceder a los sistemas internacionales de protección de DDHH. A través por parte de los Estados.
de estos sistemas es que los DDHH se consolidan, pues se constituyen en
estándares mínimos de respeto para los Estados y se crean mecanismos de Como ya hemos visto en el caso del Sistema Universal, el proceso de
protección internacional para colaborar en la implementación de los consolidación implicó la adopción, en 1966, de dos importantes
instrumentos internacionales. tratados: el PIDCP y el PIDESC, los cuales, como sus nombres lo
indican, reconocen dos “familias” o grupos de derechos diferentes.
Como ya se ha señalado existen varios sistemas de derechos humanos: Estos derechos, se caracterizan por ser generales, es decir, aplicables a
uno universal, construido al interior de la Organización de Naciones todos por igual; a diferencia de otros DDHH que se han establecido
Unidas, y tres regionales: americano (al interior de la OEA), Europeo (al para atender las especificidades de grupos que se encuentran en
interior del Consejo de Europa) y Africano (al interior de la Unión situación de vulnerabilidad (por ejemplo, migrantes, mujeres, niños y
Africana). niñas, adultos mayores, entre otros). Estos dos tratados fueron los
primeros en adoptarse, pero posteriormente se han aprobado muchos
Estos sistemas se caracterizan por ser subsidiarios o complementarios al otros tratados, donde cada uno de ellos tiene a un órgano de control o
Estado; es decir, sólo intervienen cuando el Estado no protege comité:
adecuadamente a las personas de las posibles vulneraciones de sus
DDHH. Tratado de derechos humanos Órgano de control
Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Así, la subsidiariedad de los sistemas de protección internacionales de Comité de Derechos Humanos
Políticos
DDHH quiere decir que, frente a una denuncia de violación de DDHH, es Pacto Internacional de Derechos Comité de Derechos Económicos, Sociales y
el Estado el primer responsable en activar sus recursos e instituciones Económicos, Sociales y Culturales Culturales
internos a fin de que las personas que se sientan vulneradas puedan Comité para la Eliminación de la
Convención contra la discriminación racial
acudir ante las autoridades competentes para ser protegidas. Discriminación Racial
Convención contra la tortura Comité contra la Tortura
a. El sistema universal de protección de derechos humanos
El sistema universal de derechos humanos forma parte de la ONU,
Convención sobre los derechos del niño Comité para los Derechos del Niño
organización de la que son miembros casi todos los Estados del
mundo. El término de « sistema universal» deriva de la Declaración Convención sobre trabajadores migratorios Comité para los Trabajadores Migratorios
Universal de los Derechos Humanos, y quiere decir que los derechos
Convención sobre discriminación de la Comité para la Eliminación de la
humanos son propios de todas las personas por igual, sin diferencia de mujer Discriminación contra la Mujer
ningún tipo. El sistema universal entonces, tiene un conjunto de Convención sobre los derechos de las Comités para los Derechos de las Personas
mecanismos orientados a proteger los derechos de todas las personas. personas con discapacidad con Discapacidad
Dentro de este mecanismo existen dos grupos de órganos que realizan Comité para la Eliminación de la Desaparición
Convención sobre desaparición forzada
la tarea de controlar el cumplimiento de los tratados internacionales Forzada
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