VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
Título xii
1. TÍTULO XII
DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE LA HACIENDA PÚBLICA.
CARLOS ALDRUBAL TORRES CORREDOR
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA
FACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA
TUNJA
2015
2. CAPITULO 1
De las disposiciones generales
El estado es propietario del
subsuelo y de los recursos no
renovables.
La libre competencia economía
es un derecho de todos que
supone responsabilidades
La dirección general de la
economía estará a cargo del
estado.
3. CAPITULO 2
De los planes de desarrollo
Habrá un plan Nacional de
Desarrollo conformado por una
parte general y un plan de
inversión de las entidades
publicas del orden nacional.
Propósitos y objetivos nacionales
de largo plazo, metas, prioridades
de la acción estatal a mediano
plazo y las estrategias y
orientaciones de la política
económica.
4. Plan nacional de desarrollo
La correspondiente ley orgánica
reglamenta todo lo relacionado
con los procedimientos de
elaboración, aprobación y
ejecución de los planes de
desarrollo y dispondrá los
mecanismos apropiados para su
armonización y para la sujeción a
ellos de los presupuestos oficiales.
Igualmente determina la
organización y funciones del
consejo nacional de planeación y
delos consejos territoriales, así
como los procedimientos
conforme a los cuales se hará
efectiva la participación
ciudadana en la discusión de os
planes de desarrollo y las
modificaciones correspondientes,
conforme a lo establecido en la
constitución.
5. CAPITULO 3
Del presupuesto
En tiempo de paz no se podrá
percibir contribuciones o
impuestos que no figuren en el
presupuesto de rentas, ni hacer
elongaciones con cargo al
tesorero que no se halle incluida
en el de gastos.
Tampoco podrá hacerse ningún
gasto publico que no haya sido
decretado por el congreso, por las
asambleas departamentales, o
por los consejos distritales o
municipales, ni transferir crédito
alguno a objeto no previsto en el
respectivo presupuesto
6. CAPITULO 4
De la distribución de recursos y de
las competencias.
Salvo lo dispuesto por la
constitución, la ley, a iniciativa del
gobierno, fijara los servicios a
cargo de la nación y de los
departamentos, distritos, y
municipios
Los distritos tendrán la misma
competencias que los municipios
y departamentos para efectos de
la distribución del sistema general
de las participaciones que
establezca la ley.
7. Los recurso del sistema general de
participaciones se destinara a la
financiación de los servicio s a su
cargo, dándole prioridad al
servicio de salud y los servicios de
educación preescolar, primaria ,
secundaria y media, garantizando
la prestación de los servicio y la
aplicación de cobertura.
Incorporando principio s de
distribución que tengan criterios
como los siguientes: para
educación y salud; población
atendida y por atender, reparto
entre población urbana y rural,
eficiencia administrativa y fiscal y
pobreza relativa.
8. CAPITULO 5
De la finalidad social del estado y
de los servicios públicos
Los servicio públicos son
inherentes a la finalidad social del
estado. Es deber del estado
asegurar su prestación eficiente a
todos los habitantes.
Los servicios estarán sometidos al
régimen jurídico que fije la ley.
El mejoramiento de la calidad de
vida de la población son
finalidades sociales del estado.
Solución de necesidades
insatisfechas en salud, educación,
de saneamiento ambienta y de
agua potable.
9. CAPITULO 6
De la banca central
El banco de la republica ejercerá
las funciones de banco central.
Estará organizado como persona
jurídica de derecho publico, con
autonomía administrativa,
patrimonial y técnica sujeta a un
régimen legal propio.
El banco rendirá al congreso
informe sobre la ejecución de la
políticas a su cargo.
El estado por intermedio del
banco de la republica, velara por
el mantenimiento de la
capacidad adquisitiva de la
moneda.