El documento describe la historia y misión del Banco Nacional de Costa Rica. Fue fundado en 1914 por el presidente Alfredo González Flores para estimular la economía interna y proveer servicios bancarios a los costarricenses. El Banco Nacional es una institución autónoma del estado regida por leyes de banca privada y supervisada por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero. Su misión es mejorar la calidad de vida de los costarricenses ofreciendo excelentes servicios financieros que fomenten el desarrollo sostenible.
1. Historia de la
Cultura
En el Banco Nacional procuramos que
la responsabilidad Social sea un
componente intrínseco en la estrategia
del negocio; que todas las acciones
que el Banco ejecute se hagan de
manera transparente, responsable,
participativa, con la mayor calidad
posible y con el menor impacto
ambiental, de manera que la RS no
sea un programa sino un proceso
sistematizado de la organización en
todo su accionar.
Ecomarchamo
Políticas
Áreas de trabajo
Principales logros
Ambiente
Proveedores
Comunidad
Historia de la
Cultura
Elaborado por:
Angélica Portuguez Soto
Manuel Aguilar Brenes
MISIÓN
Mejorar la calidad de vida del ma-
yor número posible de personas,
ofreciendo servicios financieros de
excelencia, que fomenten la crea-
ción sostenible de riqueza.
VISIÓN
Ser el mejor Banco del
país en servicio al cliente.
2. Banco Nacional de
Costa Rica
Nació en 1914, en la
administración de Alfredo
González Flores, cuando
iniciaba la I Guerra Mundial.
El gobierno requería
estimular la demanda
interna, era necesario poner
circulante en manos de los
costarricenses, pero la
emisión de moneda estaba
en poder de bancos
privados. Por tanto el
presidente González Flores
decidió crear el primer
banco estatal, al que
originalmente se le dio el
nombre de Banco
Internacional de Costa Rica.
Fue fundado mediante el
decreto No. 16 del 09 de
octubre de 1914 y abrió sus
puertas el 3 de noviembre
del mismo año.
El primer presidente fue
Juan Rafael Chacón Paut
de 1919 a 1934.
El Banco Nacional es una
institución autónoma del estado,
que goza de independencia
administrativa y se encuentra sujeta
a la Ley en materia de gobierno,
según disponen los artículos 188 y
189 de la Constitución Política.
La actividad ordinaria del Banco se
rige por las disposiciones del de-
recho privado; en especial por lo
que disponen el Código de
Comercio como el código Civil, que
regulan los contratos bancarios.
Las reglas para el ejercicio de su
actividad emanan de las facultades
que otorga al Consejo Nacional de
Supervisión del Sistema Financiero
la Ley Orgánica del Banco Central
de Costa Rica.