1. Las relaciones individuales de
trabajo.
Se entiende por relacion de trabajo,cualquiera
que sea el acto que le de origen, la prestacion de
un trabajo personal subordinado a una persona,
mediante el pago de un salario
2. Contrato individual de trabajo
Contrato individual de trabajo, cualquiera que
sea su forma o de nominacion, es a quel por
virtud de cual una persona se obliga a prestar a
otra un trabajo personal subordinado, mediante el
pago de un salario.
3. Presuncion de la existencia de un contrato y de la
relacion del trabajo
Articulo 21. se presumen la existencia del
contrato y de la relacion de trabajo entre el que
presta un trabajo personal y el que lo recibe
4. El maestro Néstor de Buen Lozano en su obra Derecho del
Trabajo, Toma II, editorial Porrúa, tercera edición, 1979,
menciona como consecuencia declaratoria de un contrato nulo,
en cuanto a que, por la prestación del servicio de un menor de
catorce años, por su incapacidad para contratar y para ser sujeto
de la protección de la legislación laboral, se declara la nulidad
de pleno derecho de esa relación, pero durante el periodo de
prestación del servicio, se actualizan todos los derechos y
obligaciones como si la relación de trabajo fuera legalmente
existente por todo el tiempo hasta el momento de su declaratoria
de nulidad.
5. ELEMENTOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
Encontramos dos elementos esenciales de la
relación de trabajo, el subjetivo y el objetivo
6. ELEMENTOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
Encontramos dos elementos esenciales de la
relación de trabajo, el subjetivo y el objetivo