El documento explica que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que se aplica sobre la venta de bienes y servicios. Señala que en Colombia la tasa de IVA es del 19% y que representa alrededor del 40% de los ingresos tributarios totales del país. También menciona que el IVA se aplica en cada etapa de la cadena de producción y distribución, causándose en el momento de la venta, importación o prestación del servicio.
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Presentacion del iva
1. FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SAN MATEO
IVA EN COLOMBIA
PRESENTADO POR
SANTIAGO HIDALGO
MONICA ROCIÓ MORENO
CAROLINA NAVARRETE MORENO
CONTABILIDAD Y COSTOS
2. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es sin lugar a dudas el
impuesto más común, o en realidad debería ser el más
conocido. Sin embargo, vale la pena la pregunta de qué es
el IVA, pues no todos conocen su fundamento y el
significado de esta sigla, por lo que hoy en Economías nos
enfocaremos a responderla.
3. ¿Qué es el IVA?
El Impuesto sobre el valor agregado o Impuesto sobre el
valor añadido es un impuesto que se aplica en la gran
mayoría de países, y para la Unión Europea su aplicación es
total.
La historia del IVA nos lleva a la edad Media, cuando el
Reino de Castilla de este país estaba reconquistando los
territorios del Reino de Granada. Fue en el año 1342 cuando
el rey Alfonso XI estableció el impuesto a los ciudadanos, y
con él pudo financiar el ejército que asedió y conquistó la
ciudad de Algeciras.
El IVA varía mucho de país a país. En España, por ejemplo,
es del 18%, mientras que para México alcanza el 16% y para
Argentina el 21%. Según Wikipedia los IVAS más bajos son
los de Ghana e Irán (3%), mientras que Suecia, Noruega y
Hungría tienen la tasa más alta (25%).
4. CONCEPTO:
El impuesto sobre las ventas, comúnmente denominado
impuesto al valor agregado IVA, es un gravamen que recae
sobre el consumo de bienes y servicios. Es un impuesto del
orden nacional, indirecto, de naturaleza real de causación
instantánea y de régimen general. En Colombia se aplica en
las diferentes etapas del ciclo económico de la producción,
importación y distribución.
5. Hecho generador del impuesto a las
ventas:
Por hecho generador se entiende el presupuesto de hecho
expresamente definido en la Ley, cuya realización origina el
nacimiento de la obligación tributaria.
El Estatuto Tributario en el libro tercero, título I que trata del
hecho generador del impuesto sobre las ventas, en su
artículo 420, señala los hechos sobre los cuales recae el
impuesto así:
6. • La Venta de Bienes corporales muebles en el territorio
nacional que no hayan sido expresamente excluidas.
•La prestación de servicios en el territorio nacional.
•La importación de bienes corporales muebles que no hayan
sido excluidos expresamente. (literal C del artículo 420 del
E.T.)
• La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar
con excepción de las loterías. Este nuevo hecho generador
no corresponde a una venta o prestación de un servicio, sino
a un derecho a participar en una rifa, juego o evento de los
calificados por la ley como suerte y azar (literal D del artículo
420 del E.T.)
7. Causación del impuesto: La causación del impuesto es el
momento a partir del cual se entiende configurado el hecho
jurídico material o hecho generador que da lugar al
nacimiento de la obligación tributaria, desde el cual debe ser
registrada en la contabilidad y declarada. Desde la óptica del
hecho generador, el impuesto sobre las ventas es de carácter
instantáneo y se causa por cada operación sujeta al impuesto.
El Estatuto Tributario establece de manera general el
momento en que se causa el impuesto sobre las ventas así:
En las ventas, en la fecha de emisión de la factura o
documento equivalente y falta de estos, en el momento de la
entrega.
8. En los retiros de bienes corporales
muebles hechos por el responsable
para su uso o para formar parte de
los activos fijos de una empresa, en
la fecha del retiro.
En la prestación de servicios, en
la fecha de emisión de la factura
o documento equivalente, o en
la fecha de terminación de los
servicios o del pago o abono en
cuenta, la que fuere primero.
9. En las importaciones, al
tiempo de nacionalización del
bien. En este caso el
impuesto se liquidará
conjuntamente con
liquidación y pago de los
derechos de aduana.
En los juegos de suerte y
azar, en el momento de
realización de la apuesta,
expedición del documento,
formulario, boleta o
instrumento que da
derecho a participar en el
juego
10. Tipo de gravamen
El siguiente cuadro muestra las tasas vigentes en algunos
países, incluyendo, en su caso, las tasas diferenciales. Estas
últimas suelen implicar reducciones de la alícuota para
determinados bienes y servicios (en general, bienes de
consumo básicos) o ciertas categorías de personas; o
aumentos en la alícuota (en general, para bienes suntuarios).
11. CONCLUSION
ES
El Impuesto al Valor agregado (IVA) es un impuesto indirecto
y regresivo que grava la venta de bienes y servicios,
financiado por el consumidor final. Aunque no todos los
bienes y servicios están gravados con el IVA, dependiendo
del tipo de bien o servicio el gobierno decide si gravar o no
con el IVA determinados bienes.
Ante el efecto de las reformas tributarias a través del tiempo,
el IVA pasó de representar del 29% del recaudo a más del
40% de los ingresos tributarios, convirtiéndolo en la mayor
fuente de recursos tributarios, influyendo positivamente en el
crecimiento de la economía del país.
12. Colombia es un país con uno de los más altos índices de
evasión de impuestos en comparación con los demás países
latinoamericanos, y gran parte de esto es porque los
contribuyentes no encuentran ningún incentivo para tributar.
Ante esto el gobierno ha establecido leyes para penalizar la
evasión, y ha incrementado las tarifas del IVA, pero esto
agrava la situación porque se generan efectos sociales
negativos, y conllevan a aumentar los niveles de evasión.
Debido al alto porcentaje con el que contribuye el IVA (43%)
al total de los impuestos colombianos, podemos concluir que
es de vital importancia su recaudo, ya que, una vez hace
parte del Presupuesto Nacional Colombiano reinvierte en la
actualidad principalmente en los sectores de acción y apoyo
social, educación, desarrollo territorial, cultura y deporte,
protección social, sector agropecuario, de minas y energía,
de comunicaciones, de transporte, de planeación, de
relaciones exteriores, de hacienda y de defensa y seguridad.
13. Al gobierno colombiano le interesa más cobrar los impuestos
regresivos como el IVA, ya que éste es el impuesto más
eficiente en comparación con otros impuestos, y es el
principal fuente de los recursos tributarios de la nación.