Presentación del Dr. Fernando Pinacho, investigador contratado por el CIBICAN - Universidad de La Laguna gracias al Proyecto Europeo IMBRAIN, en relación a los resultados alcanzados durante la ejecución del mismo y los planes de futuro. La misma se presentó durante las Jornadas IMBRAIN llevadas a cabo el 13 de Octubre de 2015 en la Sección de Física en la Universidad de La Laguna
Spinney, L. - El jinete pálido. 1918: la epidemia que cambió al mundo [2018].pdf
Dr. Fernando Pinacho - Sintesis de Productos Bioctivos
1. Fernando Pinacho Crisóstomo, Ph.D.
IUBO-Síntesis de Productos Bioactivos – Lab. 8
Grupo de Investigación: Romen Carrillo,
Diego Monzón
Marcelle Perretti
Belén González
Rayco Schemeller
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-ORGANICA
ANTONIO GONZALEZ
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-
ORGÁNICA “ANTONIO GONZÁLEZ”
PREÁMBULO
Los profesores e investigadores de la Universidad de La Laguna, cada vez con más frecuencia,
sienten la necesidad de agruparse en estructuras supradepartamentales y multidisciplinares para
alcanzar objetivos específicos de investigación, formación extracurricular y continua, y cooperación
al desarrollo.
Ante esta situación, el Instituto Universitario de Bio-Orgánica “Antonio González” de esta
Universidad se propone la creación de estructuras funcionales que permitan actuar conjuntamente a
profesores e investigadores de las distintas áreas de conocimiento que lleven a cabo actividades
relacionadas con la Bio-Orgánica bajo una denominación común y de este modo solicitar proyectos,
organizar cursos y recabar financiación, adquirir infraestructuras y contratar personal; dándoles la
Universidad el respaldo y reconocimiento a sus acciones, y la cobertura legal y apoyo administrativo
que desde los distintos servicios universitarios se presta a grupos de investigación, Institutos y otros
centros universitarios.
La Disposición Transitoria 2ª, punto 2 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados
mediante el Decreto 89/2004, de 6 de julio (BOC de 26 de julio de 2004) prescriben el plazo de 12
meses, desde la entrada en vigor de los mismos, para la adaptación del Reglamento de régimen
interno de los órganos y servicios de la Universidad (excepto el Claustro y el Consejo de Gobierno).
Es por ello, que el presente Reglamento del Instituto de Bio-Orgánica “Antonio González” (en
adelante IUBO-AG) tiene como finalidad regular el funcionamiento y organización del mismo, a
partir de su adaptación a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE nº 307
de 24-12-01) y a los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
TÍTULO I. DEFINICIÓN Y PERFIL DEL IUBO-AG
ORGANICA
UTO UNIVERSITARIO DE BIO-
guna, cada vez con más frecuencia,
amentales y multidisciplinares para
curricular y continua, y cooperación
ánica “Antonio González” de esta
que permitan actuar conjuntamente a
iento que lleven a cabo actividades
n y de este modo solicitar proyectos,
as y contratar personal; dándoles la
obertura legal y apoyo administrativo
os de investigación, Institutos y otros
niversidad de La Laguna, aprobados
o de 2004) prescriben el plazo de 12
ptación del Reglamento de régimen
Claustro y el Consejo de Gobierno).
o-Orgánica “Antonio González” (en
miento y organización del mismo, a
mbre, de Universidades (BOE nº 307
2. Resumen Académico
• Licenciado en Química por la Universidade de São Paulo - Brasil
• Máster en Química Orgánica por la Universidade Federal de São Carlos – Brasil
• Doctorado en Química Orgánica por Universidad de La Laguna
• Estancia post-doctoral en San Diego (California) – UCSD, Sanford-Burnham, Scripps
• Contratado JAE-DOC en el IPNA-CSIC
• Contratado IMBRAIN desde Julio de 2014
Interés: Desarrollo de moléculas pequeñas para inihibición de interacción proteína-proteína.
Capsulas Moleculares para almacenamiento de gases.
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-ORGANICA
ANTONIO GONZALEZ
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-
ORGÁNICA “ANTONIO GONZÁLEZ”
PREÁMBULO
Los profesores e investigadores de la Universidad de La Laguna, cada vez con más frecuencia,
sienten la necesidad de agruparse en estructuras supradepartamentales y multidisciplinares para
alcanzar objetivos específicos de investigación, formación extracurricular y continua, y cooperación
al desarrollo.
Ante esta situación, el Instituto Universitario de Bio-Orgánica “Antonio González” de esta
Universidad se propone la creación de estructuras funcionales que permitan actuar conjuntamente a
profesores e investigadores de las distintas áreas de conocimiento que lleven a cabo actividades
relacionadas con la Bio-Orgánica bajo una denominación común y de este modo solicitar proyectos,
organizar cursos y recabar financiación, adquirir infraestructuras y contratar personal; dándoles la
Universidad el respaldo y reconocimiento a sus acciones, y la cobertura legal y apoyo administrativo
que desde los distintos servicios universitarios se presta a grupos de investigación, Institutos y otros
centros universitarios.
La Disposición Transitoria 2ª, punto 2 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados
mediante el Decreto 89/2004, de 6 de julio (BOC de 26 de julio de 2004) prescriben el plazo de 12
meses, desde la entrada en vigor de los mismos, para la adaptación del Reglamento de régimen
interno de los órganos y servicios de la Universidad (excepto el Claustro y el Consejo de Gobierno).
Es por ello, que el presente Reglamento del Instituto de Bio-Orgánica “Antonio González” (en
adelante IUBO-AG) tiene como finalidad regular el funcionamiento y organización del mismo, a
partir de su adaptación a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE nº 307
de 24-12-01) y a los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
TÍTULO I. DEFINICIÓN Y PERFIL DEL IUBO-AG
ORGANICA
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guna, cada vez con más frecuencia,
amentales y multidisciplinares para
curricular y continua, y cooperación
ánica “Antonio González” de esta
que permitan actuar conjuntamente a
iento que lleven a cabo actividades
n y de este modo solicitar proyectos,
as y contratar personal; dándoles la
obertura legal y apoyo administrativo
os de investigación, Institutos y otros
niversidad de La Laguna, aprobados
o de 2004) prescriben el plazo de 12
ptación del Reglamento de régimen
Claustro y el Consejo de Gobierno).
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mbre, de Universidades (BOE nº 307
3. INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-ORGANICA
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ORGÁNICA “ANTONIO GONZÁLEZ”
PREÁMBULO
Los profesores e investigadores de la Universidad de La Laguna, cada vez con más frecuencia,
sienten la necesidad de agruparse en estructuras supradepartamentales y multidisciplinares para
alcanzar objetivos específicos de investigación, formación extracurricular y continua, y cooperación
al desarrollo.
Ante esta situación, el Instituto Universitario de Bio-Orgánica “Antonio González” de esta
Universidad se propone la creación de estructuras funcionales que permitan actuar conjuntamente a
profesores e investigadores de las distintas áreas de conocimiento que lleven a cabo actividades
relacionadas con la Bio-Orgánica bajo una denominación común y de este modo solicitar proyectos,
organizar cursos y recabar financiación, adquirir infraestructuras y contratar personal; dándoles la
Universidad el respaldo y reconocimiento a sus acciones, y la cobertura legal y apoyo administrativo
que desde los distintos servicios universitarios se presta a grupos de investigación, Institutos y otros
centros universitarios.
La Disposición Transitoria 2ª, punto 2 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados
mediante el Decreto 89/2004, de 6 de julio (BOC de 26 de julio de 2004) prescriben el plazo de 12
meses, desde la entrada en vigor de los mismos, para la adaptación del Reglamento de régimen
interno de los órganos y servicios de la Universidad (excepto el Claustro y el Consejo de Gobierno).
Es por ello, que el presente Reglamento del Instituto de Bio-Orgánica “Antonio González” (en
adelante IUBO-AG) tiene como finalidad regular el funcionamiento y organización del mismo, a
partir de su adaptación a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE nº 307
de 24-12-01) y a los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
TÍTULO I. DEFINICIÓN Y PERFIL DEL IUBO-AG
ORGANICA
UTO UNIVERSITARIO DE BIO-
guna, cada vez con más frecuencia,
amentales y multidisciplinares para
curricular y continua, y cooperación
ánica “Antonio González” de esta
que permitan actuar conjuntamente a
iento que lleven a cabo actividades
n y de este modo solicitar proyectos,
as y contratar personal; dándoles la
obertura legal y apoyo administrativo
os de investigación, Institutos y otros
niversidad de La Laguna, aprobados
o de 2004) prescriben el plazo de 12
ptación del Reglamento de régimen
Claustro y el Consejo de Gobierno).
o-Orgánica “Antonio González” (en
miento y organización del mismo, a
mbre, de Universidades (BOE nº 307
Resultados
Lineas de Investigación desarrolladas por el grupo
• Desarrollo de cápsulas auto-inmolativas para la liberación selectiva de fármacos.
• Desarrollo de cápsulas moleculares para encapsulamiento de Xenón y
su potencial aplicación como biosensores
• Desarrollo de pequeñas moléculas para inhibición proteína-proteína
del código de histonas (Histone code).
• Desarrollo de pro-fármacos antitumorales selectivos
• Metodologías sintéticas sostenibles. Angew. Chem. Int. Ed. 2014, 53, 2181.
Chem. Commun. 2015, 51, 7027.
Org. Lett. 2014, 16, 552.
Org. Lett. 2015, 17, 2912.
Modificaciones Epigenéticas - la metilación y la acetilación de las histonas están vínculados
con ciertos tipos de cancer de prostata, pecho y ovario.
4. Resultados y
Otras Actividades
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ANTONIO GONZALEZ
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-
ORGÁNICA “ANTONIO GONZÁLEZ”
PREÁMBULO
Los profesores e investigadores de la Universidad de La Laguna, cada vez con más frecuencia,
sienten la necesidad de agruparse en estructuras supradepartamentales y multidisciplinares para
alcanzar objetivos específicos de investigación, formación extracurricular y continua, y cooperación
al desarrollo.
Ante esta situación, el Instituto Universitario de Bio-Orgánica “Antonio González” de esta
Universidad se propone la creación de estructuras funcionales que permitan actuar conjuntamente a
profesores e investigadores de las distintas áreas de conocimiento que lleven a cabo actividades
relacionadas con la Bio-Orgánica bajo una denominación común y de este modo solicitar proyectos,
organizar cursos y recabar financiación, adquirir infraestructuras y contratar personal; dándoles la
Universidad el respaldo y reconocimiento a sus acciones, y la cobertura legal y apoyo administrativo
que desde los distintos servicios universitarios se presta a grupos de investigación, Institutos y otros
centros universitarios.
La Disposición Transitoria 2ª, punto 2 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados
mediante el Decreto 89/2004, de 6 de julio (BOC de 26 de julio de 2004) prescriben el plazo de 12
meses, desde la entrada en vigor de los mismos, para la adaptación del Reglamento de régimen
interno de los órganos y servicios de la Universidad (excepto el Claustro y el Consejo de Gobierno).
Es por ello, que el presente Reglamento del Instituto de Bio-Orgánica “Antonio González” (en
adelante IUBO-AG) tiene como finalidad regular el funcionamiento y organización del mismo, a
partir de su adaptación a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE nº 307
de 24-12-01) y a los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
TÍTULO I. DEFINICIÓN Y PERFIL DEL IUBO-AG
ORGANICA
UTO UNIVERSITARIO DE BIO-
guna, cada vez con más frecuencia,
amentales y multidisciplinares para
curricular y continua, y cooperación
ánica “Antonio González” de esta
que permitan actuar conjuntamente a
iento que lleven a cabo actividades
n y de este modo solicitar proyectos,
as y contratar personal; dándoles la
obertura legal y apoyo administrativo
os de investigación, Institutos y otros
niversidad de La Laguna, aprobados
o de 2004) prescriben el plazo de 12
ptación del Reglamento de régimen
Claustro y el Consejo de Gobierno).
o-Orgánica “Antonio González” (en
miento y organización del mismo, a
mbre, de Universidades (BOE nº 307
• Se estableció una colaboración con la National University of Ireland-NUI
( Prof. Michael Hynes)
• Participación en dos convocatorias : BBVA, Plan Nacional, ERC Starting Grant
• Desarrollo de cápsulas moleculares para encapsulamiento de xenón y su
potencial aplicacion como biosensores
5. Planes FuturosINSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-ORGANICA
ANTONIO GONZALEZ
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIO-
ORGÁNICA “ANTONIO GONZÁLEZ”
PREÁMBULO
Los profesores e investigadores de la Universidad de La Laguna, cada vez con más frecuencia,
sienten la necesidad de agruparse en estructuras supradepartamentales y multidisciplinares para
alcanzar objetivos específicos de investigación, formación extracurricular y continua, y cooperación
al desarrollo.
Ante esta situación, el Instituto Universitario de Bio-Orgánica “Antonio González” de esta
Universidad se propone la creación de estructuras funcionales que permitan actuar conjuntamente a
profesores e investigadores de las distintas áreas de conocimiento que lleven a cabo actividades
relacionadas con la Bio-Orgánica bajo una denominación común y de este modo solicitar proyectos,
organizar cursos y recabar financiación, adquirir infraestructuras y contratar personal; dándoles la
Universidad el respaldo y reconocimiento a sus acciones, y la cobertura legal y apoyo administrativo
que desde los distintos servicios universitarios se presta a grupos de investigación, Institutos y otros
centros universitarios.
La Disposición Transitoria 2ª, punto 2 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados
mediante el Decreto 89/2004, de 6 de julio (BOC de 26 de julio de 2004) prescriben el plazo de 12
meses, desde la entrada en vigor de los mismos, para la adaptación del Reglamento de régimen
interno de los órganos y servicios de la Universidad (excepto el Claustro y el Consejo de Gobierno).
Es por ello, que el presente Reglamento del Instituto de Bio-Orgánica “Antonio González” (en
adelante IUBO-AG) tiene como finalidad regular el funcionamiento y organización del mismo, a
partir de su adaptación a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE nº 307
de 24-12-01) y a los Estatutos de la Universidad de La Laguna.
TÍTULO I. DEFINICIÓN Y PERFIL DEL IUBO-AG
ORGANICA
UTO UNIVERSITARIO DE BIO-
guna, cada vez con más frecuencia,
amentales y multidisciplinares para
curricular y continua, y cooperación
ánica “Antonio González” de esta
que permitan actuar conjuntamente a
iento que lleven a cabo actividades
n y de este modo solicitar proyectos,
as y contratar personal; dándoles la
obertura legal y apoyo administrativo
os de investigación, Institutos y otros
niversidad de La Laguna, aprobados
o de 2004) prescriben el plazo de 12
ptación del Reglamento de régimen
Claustro y el Consejo de Gobierno).
o-Orgánica “Antonio González” (en
miento y organización del mismo, a
mbre, de Universidades (BOE nº 307
• Continuar con el proyecto de inhibición proteína-proteína
• Seguir con el desarrollo de nuevas capsulas moleculares
• Seguir desarrollando la investigación en el Cibican
• Presentarme a la convocatoria Ramón y Cajal