1. Las Asociaciones Publicas y
Privadas
MAESTRANDOS:
Angulo Angulo, Erika
Guevara Guarniz, Dora
Monteza Facho, Walter
Santillán Valdivia, Rosa
Velarde Quintana, Carlos
2. LAS ASOCIACIONES PUBLICAS Y
PRIVADAS
HISTORIA:
La idea de las Asociaciones Publicas y Privadas APP o PPP
tiene sus raíces en el proyecto pionero de privatización de
empresas estatales de Gran Bretaña, que posteriormente
fue adoptado por otros países, como Brasil. El punto de
partida fue la construcción del túnel debajo del Canal de la
Mancha, uniendo Inglaterra con Francia, por un valor de
15 mil millones de libras esterlinas.
En seguida el sector privado financió la construcción de
grandes puentes en Gran Bretaña, como el puente Queen
Elizabeth II, en Dartford, Londres y el puente Skye, en
Escocia.
Al notar que los proyectos de ingeniería civil podrían ser
auto financiables, el gobierno británico lanzó la Iniciativa
de Financiación privada en 1992 y comenzó a ofrecer al
sector privado varios proyectos importantes.
3. - En américa, el término “Public Private Partnerships [PPP]
“se originó en los Estados Unidos con el financiamiento de
programas conjuntos en educación entre el sector público
y el sector privado. Posteriormente en los años 1950 se
extendió para el desarrollo de servicios públicos
(“utilities”), pero se popularizó y se extendió ampliamente
su uso en la década de los sesentas para referirse al
desarrollo de programas público privados en renovación
urbana.
- Los proyectos de PPP en Perú se iniciaron al principio de la
década de los noventa, cuando se encontraba en el poder
el presidente Alberto Fujimori. Mediante la Ley 25.327 el
Congreso de la República delegó facultades legislativas al
Poder Ejecutivo para que, mediante decretos legislativos,
regulara, entre otros aspectos, el crecimiento de la
inversión privada. El Decreto Legislativo 674 promulgó la
Ley de Promoción Privada de las Empresas del Estado.
4. Asociaciones Publicas y Privadas APP
Otra Definición:
Las asociaciones público privadas son
modalidades de participación de la
inversión privada en las que se
incorpora experiencia,
conocimientos, equipos,
tecnología, y se distribuyen riesgos
y recursos, preferentemente privados,
con el objeto de crear, desarrollar,
mejorar, operar o mantener
infraestructura pública o proveer
servicios públicos.
5. Las APP en el Perú
En la legislación peruana, la APP adopta la forma de una
concesión, es decir, la de un contrato firmado entre el
Estado y una empresa (que a su vez puede estar
conformada por un consorcio de empresas) por el cual el
Estado (gobierno nacional, regional, municipal) otorga la
ejecución y explotación de determinadas obras públicas
de infraestructura o la prestación de servicios públicos por
un plazo determinado.
(Artículo3°del Decreto Legislativo N°1012).
Modalidad que involucra: concesión, operación,
gerencia, joint venture ú otra en tanto concuerde
con la definición.
6. Clasificación de las APP:
Las Asociaciones Público - Privadas pueden clasificarse de la
siguiente manera:
a.Autosostenible: Aquella que satisfaga las siguientes
condiciones:
1.Demanda mínima o nula garantía financiada por parte del
Estado, conforme se establezca en el Reglamento del presente
Decreto Legislativo.
2.Las garantías no financieras tengan una probabilidad nula o
mínima de demandar el uso de recursos públicos, conforme se
establezca en el Reglamento del presente Decreto Legislativo.
b. Cofinanciada: Aquella que requiera del cofinanciamiento
o del otorgamiento o contratación de garantías
financieras o garantías no financieras que tengan una
probabilidad significativa de demandar el uso de recursos
públicos.”
7. Organismos Promotores de la Inversión Privada
de las APP en el Perú
En el caso del Gobierno Nacional:
Agencia de Promoción de Inversión Privada
PROINVERSION
Para los proyectos que se le asignen en función a
su relevancia nacional.
De acuerdo al reglamento, que tenga alguna de las
siguientes características:
- Monto total de inversión superior a 15,000UIT
-Ser multisectoriales
-Alcance geográfico que abarque más de una
región.
-Solicitarlo y que sea aprobado por Consejo
Directivo.
8. Los Ministerios a través de los Comités de
Inversión que conformen (Ministerio de
Salud,Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento). Para
aquellas APP’s de competencia nacional no
comprendidas en características anteriores.
En el caso de los Gobiernos Regionales o
Locales: Órgano del Gobierno Regional o Local
designado para tal efecto. Proyectos regionales,
aquellos de su competencia o que abarquen más de
una provincia y locales, los de su competencia
9. Marco Legal de Asociaciones Público
Privadas en el Perú
•Decreto Legislativo N°1012 Ley Marco de
Asociaciones Público Privadas para la generación de
empleo productivo y dicta normas para la agilización
de los procesos de promoción de la inversión privada.
•DecretoSupremoNº146-2008-EF. Reglamento del
Decreto Legislativo N° 1012
13. Objetivos de las Asociaciones Publicas y
Privadas en Salud
Las Asociaciones Públicas y Privada es presentada como
un esquema alternativo para abordar las limitaciones de
inversión y atención en salud que actualmente se presenta
en el Perú.
En tal sentido, los objetivos perseguidos en este esquema
son los siguientes:
•Mejorar la salud y la calidad de vida de la población.
•Mejorar la accesibilidad a los servicios de salud.
•Lograr una mayor eficiencia y eficacia en la producción
de servicios de salud.
•Mejorar la gestión y organización de la
Institución.
14. Asociaciones Públicas y Privadas en
Infraestructura y Servicio en Salud
Cuyo objetivo sea garantizar todas la etapas del
proceso: diseño, financiación, construcción,
operación, renovación, gestión y/o mantenimiento de
la infraestructura y la prestación.
El sector público y no el paciente, pague al contratista
(consorcio privado) en la medida que éste entregue
en tiempo y calidad el servicio requerido, permitiendo
al Estado cumplir con su responsabilidad
constitucional en materia de salud.
El sector público paga por el servicio, no por el activo
16. Política Basada en Evidencias : El Plan
Vallejo Colombiano y Régimen Franco
• Bajo este mecanismo, se permite a
los prestadores de servicios de salud
la importación de bienes de capital y
sus repuestos, conforme a lo
establecido en la ley, con suspensión
total o parcial de los derechos de
aduana y el diferimiento del pago del
IVA sea para atender pacientes
nacionales o internacionales.
• Para acceder a éstos beneficios es
imperativo el cumplimiento de
requisitos vinculados al nivel de
empleos creados y al nivel de
inversión por tamaño de empresa y a
una certificación científica.
• El impuesto a la renta es de 15% en
lugar de 33%
17. Política Basada en Evidencias: APP en el Reino
Unido
• APP no es privatización
• Sector publico mantiene responsabilidad
por el servicio (salud / educación
/transporte) frente al ciudadano
• El sector privado aporta los activos y
servicios que el sector publico necesita
para cumplir su función pública (educar,
curar, etc.) en base a un contrato de
largo plazo.
• Necesidad de mejorar la infraestructura
y prestación del servicio de salud
público.
• El esquema de iniciativa de financiación
privada o colaboración público privada
español esta basado en la experiencia
particular del Reino Unido, donde un
esquema con estas características se
comenzó desarrollar en 1992.
Actualmente existen en este país más de
250 proyectos de salud ejecutados bajo
el modelo APP
18. El modelo de APP de la Comunidad de Madrid: dos
modelos
Modelo prestacional de soporte
Modelo asistencial que que incluye los servicios de
incluye la provisión de la apoyo (mantenimiento, limpieza,
atención sanitaria (médicos restauración, vigilancia y
y enfermería)Es el modelo seguridad, lavandería,
más difundido en la esterilización, jardinería,
Comunidad de Madrid y transporte de pacientes, apoyo
representa una negociación administrativo, suministros y
exitosa con los gremios de almacenes, archivo de historias
colaboradores asistenciales clínicas, entre otros) y en
algunos casos equipamiento
electro médico e informático.
23. Modelo de Estado promotor de servicios de
elevada calidad
• Un Estado promotor, austero y no
capturador de intereses particulares, con el
fin de romper el equilibrio de bajo nivel
existente en la entrega de servicios.
• Un Estado al servicio de la gente y no
al servicio de si mismo
• Dado que la infraestructura actual no solo
no contribuye a la generación de valor, sino
que incluso es fuente de empobrecimiento
de las familias y disminuye las
oportunidades de desarrollo del potencial
humano nacional, expuestos
frecuentemente al clientelismo, al
populismo y al neo estatismo.
25. La APP como Estrategia de Inversiones de
EsSalud
26. Proyectos adjudicados bajo la modalidad de
APP en EsSalud
Como estrategia para cubrir la brecha de servicios en el SECTOR
SALUD, el Seguro Social de Salud viene desarrollando diversos
proyectos de inversión bajo la modalidad de APP.
27. Cartera de proyectos bajo la modalidad de
APP
ESSALUD cuenta con una cartera de proyectos en proceso de
promoción:
28. Las APP como estrategia de Inversiones de
EsSalud
29. Conclusiones
•El desarrollo de APP’s requiere madurez tanto del
sector público como del privado.
•Entidades estatales con fortaleza, sin temores a
que el Estado asuma los riesgos que le
corresponde y empresas privadas dispuestas a
asumir los riesgos que es capaz de administrar.
•Si ello se logra el beneficio será para ambas
partes y lo que es realmente lo mas importante,
es que el mayor beneficiado será el usuario.