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CeipAV                                                    C.E.I.P.

    Consejería de Educación                               ANTONIO VALBUENA




             REGLAMENTO
         REGIMEN INTERIOR
                                  CEIP ANTONIO VALBUENA

                                                                             0




                                                            2012




                              CEIP ANTONIO VALBUENA
C.E.I.P.

Consejería de Educación                                                                              ANTONIO VALBUENA




                                                                                                                        1
                                                                                                                        28




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 INDICE

 1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 5
    1.1. JUSTIFICACIÓN Y FINALIDAD. ............................................................................. 5

    1.2. PRINCIPIOS EDUCATIVOS..................................................................................... 5

    1.3. DISPOSICIONES GENERALES. ............................................................................ 6

 2. OBJETIVOS DEL CENTRO. ................................................................................... 7
 3. ÓRGANOS DE GOBIERNO ................................................................................... 8
    3.1. ÓRGANOS UNIPERSONALES: ................................................................................ 8
      3.1.1. EL EQUIPO DIRECTIVO. ............................................................................................... 8

      3.1.2. EL DIRECTOR. ............................................................................................................... 8

      3.1.3. EL JEFE DE ESTUDIOS ................................................................................................ 9


                                                                                                                                                          2
      3.1.4. EL SECRETARIO ........................................................................................................... 9

    3.2. ÓRGANOS COLEGIADOS: ........................................................................................ 9
                                                                                                                                                          28
      3.2.1. ÓRGANOS COLEGIADOS. ............................................................................................ 9

      3.2.2. EL CONSEJO ESCOLAR. .............................................................................................. 9

      3.2.3. EL CLAUSTRO DE PROFESORES. ............................................................................ 12

 4. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE .......................................... 13
 5. EL PROFESORADO ................................................................................................. 13
    5.1. CRITERIOS DE ADSCRIPCIÓN DE TUTORÍAS ............................................ 13
      5.1.1. ....................................................................................................................................... 13

      5.1.2.        EL RESTO DE PROFESORADO ............................................................................. 13

    5.2. RESTOS HORARIOS ............................................................................................... 13

    5.3. EL PERÍODO HORARIO DE 24 HORAS SEMANALES ............................... 13

    5.4. REFUERZOS EDUCATIVOS: ................................................................................ 14

    5.5. AUSENCIAS DEL PROFESORADO Y SUSTITUCIONES: .......................... 14

    5.6. PROFESORES RESPONSABLES DE BIBLIOTECA, CFIE, MEDIOS
    INFORMÁTICOS, EXTRAESCOLARES: ...................................................................... 15



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       5.6.1.      RESPONSABLE DE BIBLIOTECA:.......................................................................... 15

       5.6.3.      RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS: .................................................... 15

       5.6.4.      RESPONSABLE DEL ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS: ...... 16

    5.7. ENTRADAS Y SALIDAS DE LOS ALUMNOS: ................................................. 16

    5.8. CONDUCTAS DISRUPTIVAS Y MOLESTAS DE LOS ALUMNOS: ......... 17

    5.9.ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TARDES
    EXTRAESCOLARES DE LOS PROFESORES: ......................................................... 18

    5.10.RELACIÓN DEL PROFESORADO CON LOS PADRES E
    INFORMACIÓN A LOS MISMOS: ................................................................................... 18

    5.11.       SESIONES DE EVALUACIÓN: .......................................................................... 19

 6. EL PERSONAL NO DOCENTE .......................................................................... 20
 7. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO Y NORMAS
 PARA SU USO ..................................................................................................................... 21
 8. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL
                                                                                                                                             3
                                                                                                                                             28
 DEL CENTRO ....................................................................................................................... 23
    8.1. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE DEL COLEGIO. .................................. 23

    8.2. ENTRADAS Y SALIDAS. ........................................................................................... 23

    8.3. RECREOS. ..................................................................................................................... 23

    8.4. UTILIZACIÓN DE LOS TABLONES DE ANUNCIOS........................................ 24

    8.5. USO DE LA ROPA EN LA CLASE DE E.F. ......................................................... 24

    8.6. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS .......................................................... 24

    8.7. PROCEDIMIENTO EN CASO DE LESIONES DE ALUMNOS ...................... 25

    8.8. ALUMNOS PORTADORES DE PARÁSITOS O QUE ESTÉN
    INCUBANDO ALGUNA ENFERMEDAD CONTAGIOSA ......................................... 25

    8.9. AYUDA A ALUMNOS EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD
    PROLONGADA. .................................................................................................................... 25



    8.10. ALUMNOS QUE UTILIZAN GAFAS EN CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA
    / PSICOMOTRICIDAD......................................................................................................... 26



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    8.11. ALUMNOS QUE NO CONTROLAN ESFÍNTERES ........................................ 26

    8.12. ALUMNOS QUE NO SON RECOGIDOS POR SUS PADRES A LA
    HORA DE LA SALIDA. ........................................................................................................ 26

    8.13. USO DE LOS TELÉFONOS MÓVILES POR LOS ALUMNOS. .................. 26

    8.14. ORGANIZACIÓN DE LAS AULAS. ...................................................................... 26

    8.15. PROFESORES QUE ACOMPAÑAN A LOS ALUMNOS EN LAS
    SALIDAS. ................................................................................................................................. 27

 9. CONVIVENCIA EN EL CENTRO....................................................................... 28
    9.1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y PARTICIPACIÓN Y
    COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUCATIVO. ............ 28

    9.2. LA DISCIPLINA ESCOLAR..................................................................................... 28

    9.3. NORMAS BÁSICAS DE CONVIVENCIA .............................................................. 33

 10. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS
 DEL CENTRO ....................................................................................................................... 35              4
                                                                                                                                                    28
    10.1.        COMEDOR ESCOLAR. ........................................................................................ 35

    10.2.        MADRUGADORES. ............................................................................................... 35

    10.3.        TRANSPORTE ESCOLAR. ................................................................................. 35


 ANEXO INCIDENCIA ……………………………………………………………… 37




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 1.       INTRODUCCIÓN


 1.1. JUSTIFICACIÓN Y FINALIDAD.

 El Colegio Público Antonio Valbuena se define como una comunidad de
 alumnos/as, profesores/as y padres/madres, que tiene por finalidad la formación
 integral de los alumnos/as. El presente reglamento es concebido como un medio
 al servicio de la organización funcional del Colegio. Pretende ser, por tanto, un
 elemento dinamizador de toda la actividad del Colegio, nunca un "armazón" que
 coarte la creatividad, la libre iniciativa, el sentido común o que limite de forma
 sistemática las decisiones, la planificación, etc., más allá de la legalidad vigente.
 Deberá interpretarse siempre en positivo como un instrumento para hacer más
 cosas y mejor, nunca como un estorbo o como pretexto para no hacer.

 Este reglamento de Régimen Interior es un instrumento ordenador de la vida
 diaria del Centro, en donde se contemplan un conjunto de normas que permiten
 el buen funcionamiento del Colegio y la convivencia entre los distintos
 estamentos de la comunidad educativa.
                                                                                                                        5
                                                                                                                        28
 También persigue la aplicación de lo establecido en el Decreto 51/2007, de 17
 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la
 participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se
 establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de
 Castilla y León.


 1.2. PRINCIPIOS EDUCATIVOS.

      1. Todos los miembros de la Comunidad Educativa deberán respetar la
         dignidad, integridad e intimidad de las personas y no discriminarán a
         ninguno de sus componentes por razón de nacimiento, raza, sexo, religión
         o cualquier otra circunstancia personal o social.
      2. Todos los miembros de la Comunidad Educativa tendrán derecho a
         expresar libremente su pensamiento, ideas y opiniones utilizando las
         reglas propias del comportamiento democrático.
      3. La educación y la convivencia se desarrollarán en un marco de tolerancia
         y respeto a las convicciones personales que no podrán ser perturbadas
         por ningún tipo de coacción, siempre que estas convicciones estén dentro
         de nuestro marco constitucional.
      4. Todos los miembros de la comunidad escolar tendrán derecho a intervenir
         en las decisiones que le afecten, bien directamente en reuniones de su
         ámbito o sector educativo (Claustro, ciclo, asambleas de padres,....) o a
         través de representantes libremente elegidos para la constitución de los
         órganos de participación en el control y la gestión previstos por la ley.


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      5. Los alumnos serán orientados para asumir progresivamente la
         responsabilidad de su propia educación sintiéndose partícipes directos de
         la misma


 1.3. DISPOSICIONES GENERALES.

      1. Nuestra denominación será: “Colegio de Educación Infantil y Primaria
         Antonio Valbuena”
      2. Todos los miembros de la Comunidad Educativa deberán cuidar y utilizar
         correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Colegio,
         respetando las normas establecidas.
      3. El director, el jefe de estudios y los maestros son los órganos y las
         personas competentes para la resolución de los conflictos y la imposición
         de sanciones en materia de disciplina de los alumnos, respetando la
         normativa vigente.
      4. Se establece como eje fundamental la implicación de las familias en el
         proceso educativo, concretado en el ejercicio de sus derechos y en el
         cumplimiento de sus obligaciones, así como en la participación en
         medidas de corrección de conductas perturbadoras de la convivencia.
      5. Los Consejeros Escolares consultarán con su respectivo sector cuando lo
         estimen conveniente.
      6. El Consejo Escolar velará por el correcto ejercicio de los derechos y
                                                                                                                        6
                                                                                                                        28
         deberes de los miembros de la Comunidad Educativa. Para facilitar este
         cometido se constituirá una comisión de convivencia, cuya composición y
         funciones se especifican más adelante.
      7. Todas las convocatorias y acuerdos oficiales del Centro, así como toda
         aquella información de funcionamiento deberá hacerse por escrito
         entregándose a los interesados. Además se expondrán en el tablón de
         anuncios específico durante todo su periodo de vigencia. En cuanto a la
         AMPA, se utilizará el buzón que a tal efecto tienen en el Colegio.




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 2.       OBJETIVOS DEL CENTRO.

 El Colegio se propone conseguir, entre otros, los siguientes objetivos:

      1. Fomentar en nuestros alumnos la capacidad de comprender y respetar las
          diferencias de su ámbito natural, social y cultural, y respetar el pluralismo
          propio de una sociedad democrática.
      2. Alcanzar los objetivos generales de Educación Infantil y Primaria.
      3. Desarrollar hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio.
      4. Conseguir el respeto por parte de todos los alumnos a la autoridad del
          conjunto de los profesores.
      5. Promover la formación del profesorado, dentro y fuera del centro, en
          aquellos temas que interesan a gran parte del Claustro.
      6. Posibilitar la participación de padres, profesores y alumnos en aquellas
          actividades que se organicen con asignación a tareas específicas de cada
          uno.
      7. Contribuir a mejorar las relaciones familia-escuela.
      8. Reconocer y respetar las diferencias personales. Favorecer las relaciones
          interpersonales.
      9. Conseguir el respeto de unas normas básicas de convivencia y disciplina
          por parte de todos.
      10. Planificar conjuntamente la utilización, distribución y mantenimiento de los
          recursos del centro para el mejor funcionamiento del mismo.
                                                                                                                        7
                                                                                                                        28
      11. Estar abiertos a todos los organismos y entidades que incidan en la vida
          educativa (Ayuntamiento, AMPA, etc.)
      12. Sentirnos parte del entorno que nos rodea, participando y aprovechando
          los recursos que nos proporciona.




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 3.       ÓRGANOS DE GOBIERNO

 Los órganos de gobierno de este centro son:
     Órganos unipersonales: Director, Jefe de Estudios y Secretario (Equipo
       Directivo)
     Órganos colegiados: Consejo Escolar y Claustro.

 La participación de los padres de alumnos, maestros, personal de administración
 y servicios y ayuntamiento en el control y gestión del Colegio se efectuará a
 través del Consejo Escolar
        Los órganos ejecutivos de gobierno velarán para que las actividades de
 los Centros se desarrollen de acuerdo con los principios y valores de la
 Constitución, por la efectiva realización de los fines de la educación y por la
 calidad de la enseñanza.
        También garantizarán, dentro de sus competencias, el ejercicio de los
 derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres, personal de la
 administración y servicios y velarán por el cumplimento de los deberes
 correspondientes. Además favorecerán la participación en la vida del Centro, en
 su gestión y en su evaluación.


 3.1. ÓRGANOS UNIPERSONALES:                                                                                            8
                                                                                                                        28
 3.1.1. EL EQUIPO DIRECTIVO.

 Los órganos ejecutivos de gobierno: director, jefe de estudios y secretario,
 constituyen el equipo directivo del Centro y trabajarán de forma coordinada en el
 desempeño de sus funciones conforme a las instrucciones del director y las
 funciones específicas legalmente establecidas.

 Las funciones del El equipo se encuentran recogidas en el art. 131 de la Ley
 Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).


 3.1.2. EL DIRECTOR.

 La selección, requisitos, procedimiento, nombramiento y cese del director se
 regula en los art. 133 a 139 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
 Educación (LOE).

 Son competencias del Director las especificadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3
 de mayo, de Educación (LOE).




              C/ Cea, s/n - 24010 - León               Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67
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 3.1.3. EL JEFE DE ESTUDIOS

 Competencias del jefe de estudios. Art. 34 del R.D. 82/1996, de 26 de enero, por
 el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil
 y de los Colegios de Educación Primaria.


 3.1.4. EL SECRETARIO

 Competencias del secretario. Art. 35 del R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el
 que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y
 de los Colegios de Educación Primaria.



 3.2. ÓRGANOS COLEGIADOS:


 3.2.1. ÓRGANOS COLEGIADOS.

 Los órganos colegiados de gobierno son: el consejo escolar y el claustro de
 profesores.                                                                                                            9
                                                                                                                        28
 3.2.2. EL CONSEJO ESCOLAR.

 Estará compuesto por representantes de los distintos sectores de la comunidad
 educativa. En concreto en nuestro centro, según el número de unidades que hay
 en funcionamiento, está compuesto por: el director del centro, el jefe de estudios,
 un concejal del Ayto. de León, un concejal del Ayto. de San Andrés del
 Rabanedo, 5 representantes de los profesores, 5 representantes de los padres,
 1 representante de administración y servicios y el secretario del centro con voz
 pero sin voto.
 Un miembro del consejo será designado como persona que impulse medidas
 educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres
 La composición y competencias del consejo se especifican en los art. 126 y 127
 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)., así como en el
 R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
 las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
 Eventual asistencia de ponentes: las personas no pertenecientes al consejo
 escolar podrán asistir a algunas de sus sesiones en calidad de ponentes siempre
 que se cumplan los siguientes requisitos: se comunique al presidente del
 consejo escolar con la suficiente antelación y obtener su autorización, y que esta
 circunstancias sea incluida en el orden del día.
 Dentro del consejo escolar se constituirán diversas comisiones internas para
 agilizar y mejorar el funcionamiento general del mismo. De cada una de las
 reuniones de estas comisiones se levantará un acta que se leerá en el consejo


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 escolar siguiente. Las comisiones existentes en la actualidad, sin perjuicio de
 que se creen otras que se estimen oportunas, son:
           o Comisión de Convivencia.
           o Comisión Económica.
           o Comisión de Integración.
           o Comisión de Becas.
           o Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares.
           o Comisión Permanente.


 3.2.2.1. COMISIÓN DE CONVIVENCIA.


 COMPOSICIÓN:
 El director, el jefe de estudios, dos profesores del consejo escolar y dos padres
 del consejo escolar. (El coordinador de convivencia, que será un profesor del
 centro, si no es uno de los profesores del consejo escolar que compongan la
 comisión de convivencia, asistirá a estas reuniones con voz pero sin voto).
 La Comisión podrá recurrir a otros miembros o profesionales especializados en
 la atención educativa cuando la naturaleza de la actuación emprendida así lo
 requiera.
                                                                                                                        10
                                                                                                                        28
 FUNCIONES:
 •       Colaborar en la elaboración y actualización del Plan de Convivencia
 •       Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa
 representados en el Consejo Escolar para mejora de la convivencia, el respeto
 mutuo y la tolerancia en los centros.
 •       Seguimiento y Coordinación del Plan de convivencia escolar y desarrollar
 iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos.
 •       Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para
 mejorar la convivencia en el centro.
 •       Garantizar que las normas se apliquen de forma coherente.
 •       Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo
 del curso, de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos.
 •       Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar,
 relativas al conocimiento de la resolución de conflictos.
 •       Analizar las faltas muy graves de un alumno y determinar la sanción
 pertinente.
 •       Recabar información sobre las propuestas de apertura de expediente
 académico.
 •       Analizar las incidencias, las actuaciones realizadas y los resultados
 conseguidos
 •       Informar al Consejo Escolar de las medidas propuestas para que adopten
 las decisiones que procedan.
 •       Cualquier otra que le asigne el Consejo Escolar.




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 El Consejo Escolar elaborará al término de cada curso escolar un informe en el
 que evaluará los resultados de la aplicación de las normas de convivencia en el
 centro, analizará los problemas detectados en su aplicación y propondrá la
 adopción de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia. Dicho informe
 se incluirá en la Memoria anual.


 3.2.2.2. COMISIÓN ECONÓMICA.


 COMPOSICIÓN:
 El director, el secretario, un profesor del consejo escolar y un padre del consejo
 escolar.


 FUNCIONES:
 •      Llevar el control de gastos.
 •      Aprobar las adquisiciones de material entre las propuestas presentadas
 por el profesorado.
 •      Estudiar las cuentas del Centro antes de ser aprobadas.
 •
                                                                                                                        11
        Conocer el proyecto de Presupuesto del Centro.
 •      Informar sobre sus decisiones al Claustro y elevar sus propuestas al                                            28
 Consejo Escolar para su aprobación.
 •      Cualquier otra que determine el Consejo Escolar.


 3.2.2.3. COMISIÓN DE INTEGRACIÓN.


 COMPOSICIÓN:
 El director, el secretario, dos profesores del consejo escolar, dos padres del
 consejo escolar y el representante de administración y servicios del consejo.


 FUNCIONES:
 •      Se reunirá para decidir sobre temas relacionados con la atención a la
 diversidad así como otros asuntos que no precisen la presencia del pleno.


 3.2.2.4. COMISIÓN DE BECAS.


 COMPOSICIÓN:
 El director, el secretario, un profesor del consejo escolar y un padre del consejo
 escolar.




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 FUNCIONES:
 •     Estará encargada de aprobar las becas que no puedan ser aprobadas en
 sesión ordinaria.


 3.2.2.5. COMISIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y
 EXTRAESCOLARES.


 COMPOSICIÓN:
 El director, el jefe de estudios, un profesor del consejo escolar y un padre del
 consejo escolar.

 FUNCIONES:
 •      Estará encargada de aprobar aquellas actividades complementarias y
 extraescolares de carácter urgente y que no pueden esperar a una convocatoria
 del pleno del Consejo Escolar.


 3.2.2.6. COMISIÓN PERMANENTE.
                                                                                                                        12
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 COMPOSICIÓN:
 El director, el jefe de estudios, un profesor del consejo escolar y un padre del
 consejo escolar.

 FUNCIONES:
 •     Se reunirá para decidir sobre temas de carácter urgente así como otros
 asuntos que no precisen la presencia del pleno.


 3.2.3. EL CLAUSTRO DE PROFESORES.

 Estará compuesto por todos los profesores que presten servicio en el centro.
 Tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir
 sobre los aspectos educativos del centro.
 La composición y competencias del claustro se especifican en los art. 128 y 129
 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)., así como en el
 R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
 las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
 Control de asistencia: El Secretario controlará la asistencia y anotará las
 ausencias en el acta correspondiente. El Jefe de Estudios podrá pedir al
 maestro/a que se ausente que justifique su falta.
 Eventual prórroga de la sesión: en caso de que los temas a tratar superen el
 tiempo destinado para la reunión, la sesión del Claustro continuará al día




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 siguiente. Si esto no fuera posible, el Director indicará en la misma reunión la
 fecha y la hora de la prórroga de la sesión.


 4.       ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

 En nuestro centro existen los siguientes órganos de coordinación docente:
    o     Equipos de Ciclo.
    o     Comisión de Coordinación Pedagógica.
    o     Tutores

 El funcionamiento de estos órganos viene regulado en la Ley Orgánica 2/2006,
 de 3 de mayo, de Educación (LOE), así como en el R.D. 82/1996, de 26 de
 enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de
 Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.


 5.       EL PROFESORADO


 5.1. CRITERIOS DE ADSCRIPCIÓN DE TUTORÍAS
                                                                                                                        13
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 5.1.1. CONTINUACIÓN DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN EL CICLO.

 5.1.2. EL RESTO DE PROFESORADO

 (tutores y especialistas) elige curso por el criterio de antigüedad, siendo
 necesario cubrir todas las tutorías.

 5.2. RESTOS HORARIOS

  Los restos horarios del profesorado en Primaria serán cubiertos, siempre que
 sea posible, por los profesores/as del ciclo. Se atenderá siempre a unificar la
 misma carga horaria en todos los profesores


 5.3. EL PERÍODO HORARIO DE 24 HORAS SEMANALES

 Lectivas del profesorado influye de manera importante en la organización del
 centro. Esta hora de liberación se intentará poner a las primeras y últimas horas
 al profesorado que se pueda. Se tendrá en cuenta las necesidades organizativas
 del centro. Se rotará año tras año al profesorado para que se pueda disfrutar
 esta liberación en las horas arriba indicadas.




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 5.4. REFUERZOS EDUCATIVOS:

  Los apoyos educativos y refuerzos educativos, por parte del profesorado no
 especialista de P.T. y A.L., se asignarán según los siguientes criterios:

 •       Los apoyos comienzan a ser efectivos a partir del mes de Octubre
 •       Se apoyará en las áreas de Lengua y Matemáticas.
 •       Los alumnos incluidos en este Plan serán los que, sin estar en el
 programa de necesidades educativas especiales, han sido diagnosticados por el
 EOEP como alumnos de refuerzo educativo, aquel alumnado que a criterio del
 tutor/a necesiten ese apoyo para avanzar en su aprendizaje, los alumnos
 repetidores y con áreas pendientes que lo necesiten.
 •       Concretados estos alumnos, estos apoyos o refuerzos se asignarán a los
 profesores con restos horarios suficientes, quienes dejarán de realizarlos por
 indicación del propio EOEP o del tutor/a si considera que ya no se necesitan.
 •       Los apoyos dejarán de realizarse en casos de sustituciones necesarias
 del profesorado o en reuniones con el EOEP.
 •       En los apoyos se indicará su realización dentro o fuera del aula, aunque
 se realizarán siempre que sea posible dentro del aula. Cuando sean fuera se
 solicitará la pertinente autorización de los padres.
 •       Los tutores/as orientarán e indicarán al profesorado que realice el apoyo
 sobre qué aspectos y contenidos deben trabajar con el alumnado de apoyo, El
 seguimiento de los apoyos se reflejará en el documento de control de apoyos
                                                                                                                        14
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 por parte de los tutores.

 5.5. AUSENCIAS DEL PROFESORADO Y SUSTITUCIONES:
 Los docentes que soliciten permiso para ausentarse del Centro, lo harán con la
 antelación suficiente y cumplimentarán el impreso que a los efectos existe en la
 Secretaría del Centro.
 Así mismo, deberán dejar programadas las actividades a desarrollar por los
 alumnos durante su ausencia.
 Los maestros que se ausenten presentarán al Jefe de Estudios los
 correspondientes justificantes.
 El parte de faltas y sus justificantes será enviado a la Dirección Provincial antes
 del día cinco de cada mes.
 Los partes mensuales de faltas quedarán expuestos en las salas de profesores
 de los respectivos edificios.

 Los criterios que se fijan para la sustitución del profesorado en casos de
 ausencias dentro del horario lectivo se señala a continuación:
     Corresponderá a la Jefatura de Estudios la rotación del profesorado en las
       sustituciones y su reparto equitativo en función de las tareas lectivas
       reales del profesorado.
     La prioridad que se tendrá en cuenta para realizar las sustituciones será
       la siguiente: profesorado con horario libre, profesorado con apoyo a
       alumnado,       responsabilidades       de      Biblioteca-CFIE-Informática-



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          extraescolares, coordinaciones de Ciclo y Convivencia, y Equipo
          Directivo.


 5.6. PROFESORES RESPONSABLES DE BIBLIOTECA, CFIE,
 MEDIOS INFORMÁTICOS, EXTRAESCOLARES:

 5.6.1. RESPONSABLE DE BIBLIOTECA:

 Para la biblioteca será nombrado un responsable. Este cargo será adjudicado al
 comienzo de cada curso en el primer claustro. El tiempo necesario para
 desarrollar su función será contemplado en su horario personal.
 Funciones:
     Mantener actualizado el inventario.
     Mantener organizada por temas y ciclos la biblioteca.
     Llevar al día el libro de préstamos.
     Mantener en el mejor estado posible el material de biblioteca.
     Renovar, en la medida de lo posible, dependiendo de los medios
        económicos disponibles, los libros de la biblioteca, atendiendo a las
        necesidades detectadas y a las propuestas de los compañeros.

 5.6.2. RESPONSABLE DEL CFIE:                                                                                           15
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 Tal y como es obligatorio, durante el primer Claustro de cada curso se elegirá al
 representante de formación.
 Entre sus funciones estarán:
     Servir de enlace entre el CFIE y el Centro y participar en las reuniones o
        cursos que se organicen al efecto.
     Ser dinamizador del Claustro en general en asuntos de formación.
     Informar de todos aquellos temas relacionados con la formación que crea
        de interés general o de alguien en particular.
     Tener al día el tablón de información.
     Cualquiera otra que se acuerde y que se incluirá cada año en la PGA.
     Se intentará facilitar al máximo el cumplimiento de su misión, para lo cual
        haremos: Liberarlo una hora lectiva semanal, facilitarle todo lo que pueda
        necesitar, disponer de un tablón de anuncios para reflejar las novedades
        de formación y una carpeta para archivar lo relacionado con el tema,
        incluir en el orden del día cualquier tema que proponga para informar al
        Claustro, etc.

 5.6.3. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS:

 Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso en el primer claustro. El
 coordinador de Nuevas Tecnologías dispondrá de tres sesiones semanales para
 realizar las siguientes funciones:
 Funciones:



              C/ Cea, s/n - 24010 - León               Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67
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Consejería de Educación                                                                              ANTONIO VALBUENA

         Mantener actualizado el inventario.
         Procurar que los equipos estén en el mejor uso posible, dadas las
          características de los mismos.
         Organizar el horario del aula y coordinar el uso de los medios informáticos
          y de nuevas tecnologías.
         Difundir las posibilidades del aula entre el profesorado.
         Atender, dentro de sus posibilidades horarias, al profesorado que necesite
          ayuda inicial en el manejo de programas, tanto en el aula como en el uso
          y manejo del equipo a disposición del profesorado.
         Coordinar las aplicaciones informáticas en el ámbito del centro.
         Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso de la misma forma
          que los coordinadores de ciclo.

 5.6.4. RESPONSABLE                     DEL          ACTIVIDADES                   EXTRAESCOLARES                  Y
 DEPORTIVAS:

 Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso en el primer claustro. El
 coordinador de actividades extraescolares y deportivas dispondrá de entre tres y
 cuatro sesiones semanales para realizar las siguientes funciones:
     Coordinar la organización de los viajes de estudios, intercambios
        culturales o cualquier otro tipo de viajes que se realicen con los alumnos.
     Elaborar el Programa Anual de Actividades Complementarias y                                                       16
                                                                                                                        28
        Extraescolares, en el que se recogerán las propuestas de los ciclos, de
        los profesores, de los alumnos y de los padres.
     Elaborar y dar a conocer a los alumnos y padres la información relativa a
        las actividades complementarias y extraescolares.
     Informar sobre la oferta cultural de los diferentes organismos oficiales y
        privados: Comunidad autónoma, Ayuntamientos, Teatros, Museos…
     Coordinar la realización de las actividades complementarias, culturales y
        deportivas, en colaboración con el Claustro, los ciclos, alumnos y padres.
     Presentar propuestas al equipo directivo para la realización e intercambio
        de actividades con otros centros.
     Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las
        correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la
        memoria final del curso.
     Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades
        realizadas, que se incluirán en la memoria de la dirección


 5.7. ENTRADAS Y SALIDAS DE LOS ALUMNOS:


 ENTRADAS:
 Todos los alumnos del centro entrarán en filas. Cada profesor que tenga clase
 con ellos a primera hora o después de los recreos será el encargado de salir al
 patio y subir con el curso correspondiente. Los primeros en entrar serán los de



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 las tutorías del último piso y sucesivamente hacia abajo, de las más alejadas a
 las más cercanas de las escaleras.

 SALIDAS:
 Se baja con los alumnos hasta la puerta de salida, los acompaña el profesor que
 esté con los alumnos.

 RECREOS:
         Durante los recreos ningún alumno permanecerá en las aulas. Si algún
          alumno se queda en el aula, ha de quedarse con él el profesor que así lo
          ha decidido.
         Durante el recreo ningún niño entrará al centro. Los profesores que
          cuidan el patio serán los encargados de que se cumpla esta norma.
         Se harán turnos de recreo según la normativa en vigor. Los turnos se
          establecen para el Parvulario y Colegio Dirección.
         En el Colegio de Primaria se organizan tres espacios de vigilancia: para
          grupos de 2º hasta 6º en el patio grande: zona de la fuente, zona central
          del patio y zona de los servicios; para los grupos de Infantil y Primero,
          zona del patio pequeño. En el Parvulario se vigila solamente la zona del
          único patio existente.
         Los profesores/as que les corresponda turno de vigilancia dejarán otras
          tareas para incorporarse inmediatamente a realizar esta función.                                              17
                                                                                                                        28
         En los días de lluvia o mal tiempo cuidará el grupo en el aula el profesor
          que esté con ellos justo en la hora anterior. En estos días, se tendrán
          previstas alternativas de juego que favorezcan la situación especial de
          permanencia en el aula. La Jefatura de Estudios organizará las
          sustituciones en casos de ausencias o permisos.
         En los periodos de recreo, sólo podrán estar los alumnos en
          dependencias del Colegio o Parvulario si están acompañados por un
          profesor. En caso de enfermedad de un alumno, éste se quedará en los
          bancos de la planta baja.


 5.8.     CONDUCTAS DISRUPTIVAS Y MOLESTAS DE LOS ALUMNOS:

         Prohibido expulsar a los alumnos al pasillo.
         Cuando se presenten problemas de disciplina, el/la profesor/a adoptará y
          agotará todas las medidas posibles que estén a su alcance para
          solucionarlo. Si una vez adoptadas estas medidas el problema persiste o
          bien el problema es grave, el/la tutor/a y profesor/a especialista
          (comunicándoselo previamente al tutor si es posible) lo comunicarán a la
          Jefe de Estudios de manera verbal y por escrito mediante un parte de
          incidencias (ANEXO I INCIDENCIAS). Dichos partes los guardará el Jefe
          de Estudios y se tomarán las medidas que se consideren necesarias
          siguiendo el procedimiento.




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 5.9. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TARDES
 EXTRAESCOLARES DE LOS PROFESORES:

 En cuanto a las labores de vigilancia de las actividades de la tarde por parte del
 profesorado, se crearán grupos asignados a días fijos de la semana con una
 periodicidad quincenal. Las funciones de coordinación de cada grupo de tarde
 son las siguientes:
    1. Los profesores harán tardes en grupos. Las horas serán computadas
        como horas de exclusiva. La presencia en las actividades extraescolares
        en los turnos establecidos es obligatoria para quienes les corresponda
        estar en el Centro. El horario a cumplir será desde las 16,00 a las 18,00
        horas.
    2. La actividad de biblioteca será responsabilidad del profesorado de 16,00 a
        17,00 horas. Las entradas serán a las 16:00 y a las 17:00 horas
        exclusivamente. Las salidas serán a partir de las 16:50

      3. Las ausencias del profesorado se justificarán previo aviso en la Jefatura
         de Estudios.
      4. Los talleres y actividades propuestas proceden de los Ayuntamientos de
         León y San Andrés del Rabanedo, AMPA “César Alvarez” y Colegio
         principalmente.
      5. Se informará a los padres de la necesidad de velar y hacer ellos mismos
         el cambio de actividad de los niños pequeños que no sepan hacerlo solos,
                                                                                                                        18
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         excepto los niños de madrugadores que el monitor irá a recogerlos y
         mientras él va a buscarlos al pabellón, un profesor quedará cuidando
         temporalmente a los niños del programa. Se informará a los monitores de
         las actividades extraescolares, que si al finalizar la actividad no han
         venido a recoger a los niños, deberán acercarlos al centro en donde los
         profesores que están de guardia se harán cargo de los mismos, y si los
         padres no llegan en un breve tiempo, se pondrán en contacto con ellos
         para que vengan a recogerlos.

      5.10. RELACIÓN DEL PROFESORADO                                           CON          LOS          PADRES    E
            INFORMACIÓN A LOS MISMOS:

 La Orden de 29 de Junio de 1994 relativa a las Instrucciones que regulan la
 Organización y Funcionamiento de las Escuelas de Ed. Infantil y de los Colegios
 de Ed. Primaria, establece las reuniones y entrevistas individuales que los
 maestros-tutores deben mantener con los padres de sus alumnos.
 Reuniones generales de padres: las que disponga la normativa. En esas
 reuniones, se tratarán entre otros, los siguientes temas:
 •     Presentación de los maestros del grupo de alumnos.
 •     Horario del aula.
 •     Calendario de entrevistas con los padres.
 •     Información sobre el PEC y el RRI.
 •     Asistencia, puntualidad e higiene.
 •     Normas de convivencia.
 •     Hábitos de estudio.


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 •       Criterios de evaluación, recuperación y promoción.
 •       Actividades complementarias y extraescolares
 •       Otros, a criterio del tutor.
 Horario de atención a los padres: en los horarios individuales de los docentes se
 incluirá una hora complementaria semanal para la atención a los padres. Dicha
 hora se fijará al comienzo de cada curso. No deberá atenderse a los padres
 durante las clases.
 Acceso de los padres a los maestros especialistas del grupo: los padres de los
 alumnos podrán entrevistarse con los maestros especialistas, previa
 comunicación a los mismos.
 Los Maestros Tutores informarán a las familias sobre el proceso de evaluación
 continua de sus hijos. Dichos informes se realizarán tres veces al año, en los
 periodos siguientes:
 Antes de las vacaciones de Navidad.
 Antes de las vacaciones de Semana Santa.
 Al finalizar el curso.
 Estos informes se entregarán generalmente a los alumnos, a excepción de los
 casos en que el profesor estime conveniente hacerlo directamente a los padres.
 Los boletines de notas serán firmados por los padres y devueltos al tutor, salvo
 al final del curso, que quedarán en poder de los padres.
 Consulta del material de evaluación: los padres y los alumnos tendrán acceso al
 material de evaluación, previa petición al maestro correspondiente, quien los
 recibirá en su horario de visita de padres.
                                                                                                                        19
                                                                                                                        28
 Información a padres y alumnos sobre el PEC y el RRI: la publicación de los
 contenidos más relevantes de estos documentos se realizará con la entrega a
 todos los padres de los alumnos de un resumen de los mismos una vez
 concluido el trámite de su aprobación. En lo sucesivo, para los padres que se
 vayan incorporando a la comunidad educativa, se les hará entrega de dicho
 resumen en el momento de realizar la matrícula.


 5.11. SESIONES DE EVALUACIÓN:

 En las sesiones de evaluación que celebren los maestros de cada grupo de
 alumnos, coordinadas por el tutor del grupo, y asesorados, en su caso, por el
 Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica, se valorará tanto el
 aprendizaje del alumnado en relación con el logro de las competencias básicas y
 de los objetivos educativos del currículo, como los procesos de enseñanza y su
 propia práctica docente, adoptando las medidas pertinentes para su mejora. Los
 maestros realizarán al menos tres sesiones de evaluación a lo largo del curso.
 Al final de cada ciclo, el tutor consignará los datos más relevantes de la
 evaluación. Esta valoración se trasladará al acta de evaluación final de ciclo, al
 expediente académico del alumno y al historial académico de la Educación
 primaria en los términos.
 A partir de los datos consignados en las actas se elaborará un informe de los
 resultados de la evaluación final de los alumnos, según el modelo establecido a
 tal efecto.



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 6.       EL PERSONAL NO DOCENTE

 En el centro conviven, junto al profesorado, otros profesionales con distinta
 implicación en la práctica docente:
 Los ATES, los FISIOTERAPEUTAS y el ENFERMERO. Las funciones y el
 régimen de funcionamiento de estos profesionales vienen especificadas en el
 Convenio Colectivo para el personal laboral de la administración general de la
 Comunidad General de Castilla y León.
 El AUXILIAR ADMINISTRATIVO. Las funciones y el régimen de funcionamiento
 de estos profesionales vienen especificadas en normativa de la Junta de Castilla
 y León.
 Los CONSERJES. Pertenecen a ambos Ayuntamientos de León y San Andrés
 del Rabanedo. Las funciones y el régimen de funcionamiento de estos
 profesionales vienen especificadas por la propia institución.
 Los AUXILIARES DE COCINA Y MONITORES de los servicios de COMEDOR
 ESCOLAR Y MADRUGADORES. Las funciones vienen recogidas en la
 normativa que regula los servicios y el régimen de funcionamiento de estos
 profesionales depende de la empresa que los contrata.



                                                                                                                        20
                                                                                                                        28




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 7. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO Y
 NORMAS PARA SU USO

 Al ser un colegio muy saturado de matrícula, el uso y disponibilidad de espacios
 entraña muchas dificultades. Por ello es necesario señalar estas
 consideraciones:

 •     Las aulas serán usadas por los grupos para el desarrollo de las clases.
 Cuando no haya clase en el aula se podrán usar para: impartir apoyos, atención
 educativa a alumnos que no asisten a religión, reuniones, etc.
 •     Las tutorías de atención a ACNEAE se usarán para este fin, excepto
 cuando estén libres que podrán usarse para otros.
 •     El comedor se podrá usar también como salón de actos, para reuniones,
 etc.
 •     La sala de video, laboratorio, se usará para este fin y para la impartición
 de apoyos, atención ACNEAE, etc.

 Se hará una organización adecuada de los espacios y en algunos espacios de
 pondrá un horario de uso de los mismos. El jefe de estudios será el encargado
 de organizar y adjudicar los espacios.

 Uso específico de algunos espacios:                                                                                    21
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 BIBLIOTECA DEL CENTRO.
     Medios de que dispone: libros, pizarra digital y otros.
     No sólo se utilizará como biblioteca, sino que además se utilizará como
       Sala de usos múltiples (claustros, impartición de clases, grupos de
       trabajo, reuniones de ciclo, etc.)
     Organización y mantenimiento: Para la biblioteca será nombrado un
       responsable. Se podrá elaborar un horario de uso de la misma.

 AULA DE MEDIOS INFORMÁTICOS.
         Se encuentra situada en el edificio primaria y en el de infantil.
         Medios de que dispone: ordenadores y conexión a internet ambas. El aula
          del edificio dirección también dispone de cañón fijo.
         Utilización: Aquellos maestros/as que deseen utilizarla se pondrán en
          contacto con el coordinador de Nuevas Tecnologías, con el fin de ajustar
          la utilización por su grupo al horario del aula. En secretaría existe un
          juego de llaves a disposición del profesorado.
         El horario se exhibirá en la puerta del aula y en la sala de profesores.
          Aquellos maestros/as que deseen utilizarla, apuntarán las sesión/es que
          necesiten durante la semana en curso.




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 AULA DE MÚSICA.
         Se encuentra situada en el edificio primaria.
         Medios de que dispone: PDI, PC Multimedia, equipo de música e
          instrumentos de música y otros materiales relacionados con el área.
         Utilización: se usará para la impartición de las clases de música. En caso
          de quedar libre en alguna sesión podrá usarse para impartición de otras
          áreas, reuniones, atención alumnos, etc.

 AULA DE COMPENSATORIA
         Se encuentra situada en el edificio primaria.
         Medios de que dispone: 3 equipos multimedia y material especifico del
          programa.

 PABELLÓN
         Se encuentra situada al lado del edificio de primaria.
         Medios que dispone: material deportivo variado.
         Utilización: se usará para la impartición de las clases de Educación Física.
          En caso de quedar libre en alguna sesión podrá usarse para impartición
          de psicomotricidad de educación infantil. Además se podrá usar para
          eventos y celebraciones del centro.
                                                                                                                        22
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 AULA BILINGÜE
         Se encuentra situada en el 2º piso del edificio de primaria
         Medios que dispone: PDI, proyector y altavoces y 14 equipos multimedia y
          materiales específicos del área.




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 8.  NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 GENERAL DEL CENTRO


 8.1. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE DEL COLEGIO.

 •       La hora de entrada al Centro es a las 9:00 y la salida a las 14:00 horas,
 excepto en los meses de septiembre y junio que será la entrada a las 9:00 y la
 salida a las 13:00 horas. Las actividades extraescolares se desarrollarán entre
 las 16:00 y las 18:00 horas. El servicio de Comedor Escolar será desde las 14,00
 a las 16,00 horas, excepto en los meses de septiembre y junio que será de 13:00
 a las 15:00 horas. El horario del servicio Programa Madrugadores Matinal será
 desde las 7,45 a las 9,00 horas.
 •       Las modificaciones del horario legalmente autorizadas se comunicarán
 oportunamente.
 •       Fuera del horario lectivo, los alumnos que no tengan una actividad
 concreta organizada por el Centro, habrán de abandonar el recinto escolar.
 •       Si fuera de este horario se hiciera uso de las instalaciones la persona/s o
 instituciones que las utilicen se harán responsables de su apertura y cierre.

                                                                                                                        23
                                                                                                                        28
 8.2. ENTRADAS Y SALIDAS.

 •      Se ruega la máxima puntualidad tanto para la entrada como para la
 recogida del alumnado a la salida.
 •      Aquellos alumnos que no lleguen puntualmente deben justificar su retraso,
 a ser posible por escrito. En caso de reincidencia, el Maestro Tutor, lo
 comunicará a los padres; si la falta de puntualidad continúa lo pondrá en
 conocimiento del Equipo Directivo, que junto con el tutor adoptarán las medidas
 previstas en el presente Reglamento.
 •      El Colegio declinará toda responsabilidad por lo que pueda suceder al
 alumno que no sea recogido a las 14,00 horas.
 •      Los alumnos de Educación Infantil de 3 y 4 años (sólo estos alumnos) que
 tengan hermanos en el colegio de primaria, podrán entrar en el edificio de infantil
 hasta las 9,10 horas y se les podrá recoger a las 13,50 horas.
 •      Los padres acompañarán a sus hijos sólo hasta la puerta del colegio.


 8.3. RECREOS.

 •     Habitualmente, en los períodos de recreo, los niños permanecerán en el
 patio que les corresponda. Las puertas de los mismos deberán permanecer
 cerradas.
 •     Los alumnos harán uso de los servicios ubicados en el patio.



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 •      Durante los recreos, no deberán permanecer los alumnos en el aula sin la
 atención del maestro. No se permitirán los juegos que puedan resultar molestos
 o peligrosos para los alumnos. La práctica deportiva en estos periodos se
 permitirá cuando esté debidamente organizada.


 8.4. UTILIZACIÓN DE LOS TABLONES DE ANUNCIOS.

 •      La exposición en los tablones de anuncios de toda información ajena a la
 comunidad educativa, tendrá que ser previamente autorizada por la Dirección del
 Centro.
 •      Se evitarán anuncios de empresas cuyo objetivo sea exclusivamente
 mercantilista y aquellos otros que por su contenido puedan considerarse de mal
 gusto o no apropiados para las edades de nuestros alumnos.
 •      Se pondrán tablones de anuncios en las salas de profesores, uno de ellos
 específicamente para información sindical y otros para uso de los maestros. En
 estos tablones se pondrá:
     Horario y grupos de vigilancia de patios.
     Horarios y grupos de asistencia a tardes extraescolares.
     Calendario diario de sustituciones.
     Acumulativo de sustituciones.
     Faltas de asistencia.                                                                                             24
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     Horario de todos los maestros.
     Horarios de las aulas.
     Otros.


 8.5. USO DE LA ROPA EN LA CLASE DE E.F.

 La ropa de educación física será de libre elección siempre que sea un chandal o
 ropa deportiva. Todos los alumnos deben acudir con el equipamiento adecuado.
 Deben respetar el material específico del Área y deben mantener un
 comportamiento adecuado durante el desarrollo de las sesiones.
 No podrán participar en las clases de E.F.:
 •     Aquellos alumnos que no traigan ropa y calzado deportivo.
 •     Los que no mantengan una actitud correcta con los demás compañeros y
 material.
 Los alumnos que rompan el material del Área por un comportamiento incorrecto,
 deberán abonar el importe de dicho material.


 8.6. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS

 En casos de extrema gravedad y necesidad de aplicación inmediata del
 medicamento, los padres deberán solicitar al centro dicha administración del
 medicamento. Deberán justificar esta solicitud con parte médico y eximir de
 cualquier responsabilidad al profesor que lo administre y al propio centro.


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 8.7. PROCEDIMIENTO EN CASO DE LESIONES DE ALUMNOS

 El alumno aportará una copia de la cartilla sanitaria en el momento de la
 matrícula o cuando haya una variación, así como la información por escrito de
 importancia que se tenga que tener en cuenta en caso de accidente.
 El alumno que se lesione accidentalmente en las aulas, durante el recreo, antes
 o después de la comida o durante la misma, será atendido por el maestro o
 monitor más cercano al mismo, sea o no de su tutoría o de su grupo de
 comensales asignado para vigilancia. Se procederá a la cura si esta es leve y se
 puede atender en los botiquines del colegio. Se avisará al tutor o en su defecto
 al equipo directivo quienes se pondrán en contacto telefónico con la familia si la
 lesión o enfermedad reviste cierta gravedad, para que ésta se haga cargo de
 llevarlo a un centro de salud u hospital.
 En caso de gravedad manifiesta, el profesor o monitor se dirigirá al equipo
 directivo que decidirá quién llevará y cómo se llevará al alumno al centro de
 salud o al hospital más cercano, tomando de la secretaría los datos sanitarios
 del niño, ya que al hacer el ingreso nos lo solicitan. Simultáneamente se avisará
 a las familias para que se hagan cargo del alumno en los centros sanitarios
 referidos.
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 8.8. ALUMNOS PORTADORES DE PARÁSITOS O QUE ESTÉN
 INCUBANDO ALGUNA ENFERMEDAD CONTAGIOSA

 Cuando se detecten alumnos que sean portadores de parásitos se comunicará a
 sus padres tal circunstancia para que sea subsanada empleando los medios que
 éstos estimen necesarios, haciéndoles saber que ser portadores no tiene por
 qué estar asociado a una falta de higiene en las familias.

 Hasta que no se eliminen totalmente el alumno no podrá acceder al colegio, tal y
 como recomienda la Concejalía de Sanidad. Los alumnos que se confirme que
 están incubando alguna enfermedad infecto-contagiosa deberán permanecer en
 casa hasta que desaparezca la posibilidad de contagio.
 Se enviará también una circular a aquellos padres de alumnos que puedan verse
 afectados para prevenir la aparición de la enfermedad o la aparición de
 parásitos.


 8.9. AYUDA A ALUMNOS EN CASO DE ACCIDENTE O
 ENFERMEDAD PROLONGADA.

 Los alumnos tienen derecho a la ayuda precisa para que el accidente o
 enfermedad no suponga detrimento en su formación personal y académica.
 Para ello, el profesorado, podrá, en reuniones concertadas con los padres,
 proponer tareas y realizar el seguimiento del alumno por un período razonable, si


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 el período se prevé largo, se solicitará por el centro la ayuda domiciliaria a la
 Dirección Provincial de Educación.


 8.10. ALUMNOS QUE UTILIZAN GAFAS EN CLASE DE
 EDUCACIÓN FÍSICA / PSICOMOTRICIDAD.

 Los padres de los alumnos que precisen gafas en las clases de Educación
 Física/Psicomotricidad presentarán en el colegio una autorización por escrito en
 la que conste fehacientemente tal circunstancia, responsabilizándose de
 cualquier accidente que pudiera ocurrir por el uso de las mismas.

 8.11. ALUMNOS QUE NO CONTROLAN ESFÍNTERES

 El alumno debe de controlar esfínteres antes de venir al colegio. Se informará a
 los padres cuando realicen la matrícula. En caso de que en algún momento y de
 manera esporádica y excepcional, se avisará a los padres para que bien ellos, o
 una persona autorizada, pueda venir a cambiar al niño/a.



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 8.12. ALUMNOS QUE NO SON RECOGIDOS POR SUS PADRES A
 LA HORA DE LA SALIDA.                                                                                                  28
 Los alumnos que no sean recogidos por sus padres a la hora de la salida
 quedarán bajo la responsabilidad de sus respectivos padres o tutores legales.
 Caso de repetirse esta situación de abandono temporal, se dará informe a los
 Servicios Sociales para que medien en el asunto.
 En ningún caso se podrá responsabilizar al profesorado de cualquier accidente
 que pudiera ocurrir mientras se encuentra haciendo gestiones telefónicas ante la
 familia para que vengan a recoger al alumno.


 8.13. USO DE LOS TELÉFONOS MÓVILES POR LOS ALUMNOS.

 No está permitida la tenencia ni el uso del teléfono móvil a los alumnos dentro
 del recinto escolar. Los alumnos tienen a su disposición, sin ningún tipo de
 trabas, el teléfono del centro, tanto para recibir como hacer llamadas, sean éstas
 a teléfonos fijos o móviles.


 8.14. ORGANIZACIÓN DE LAS AULAS.

 Cada aula tendrá asignado un nivel educativo, encontrándose ésta equipada con
 el mobiliario y material didáctico apropiados a dicho nivel (mesas, sillas,
 biblioteca de aula, libros de consulta, mapas, etc.)




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 8.15. PROFESORES QUE ACOMPAÑAN A LOS ALUMNOS EN
 LAS SALIDAS.

 Como criterio general, los alumnos de Infantil irán acompañados de un maestro
 de apoyo, además del tutor, en cada salida, dependiendo del tipo de salida. Se
 fija en dos el número máximo de maestros de apoyo, cuando la actividad afecte
 al ciclo completo.

 En Primaria se evitará que los niños salgan con un solo maestro, especialmente
 cuando salga un curso solo, aunque todo dependiendo de la situación del centro
 el día de la salida.




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 9.       CONVIVENCIA EN EL CENTRO

 Se hace necesario acercar a la comunidad educativa las normas de convivencia
 básicas del centro. En primer lugar es preferible la prevención a la sanción, por
 lo que todos los alumnos serán informados sobre el contenido de este apartado.
 Esta labor corresponderá del Tutor.
 Como objetivo fundamental se pretende transmitir a los alumnos los valores que
 hacen posible la vida en sociedad, ejercitando los hábitos de convivencia y
 respeto mutuos.

 Tanto los derechos como los deberes de los alumnos, se encuentran recogidos
 en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los Derechos y
 Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las familias en
 el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia en los centros
 educativos de Castilla y León. Al citado Decreto se acudirá siempre que nos
 veamos en la obligación de


 9.1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y
 PARTICIPACIÓN Y COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS EN EL
 PROCESO EDUCATIVO.
 •       DERECHOS DE LOS ALUMNOS (Art. 5-9 del Decreto 51/2007, de 17 de                                                28
 mayo, por el que se regulan los Derechos y Deberes de los Alumnos y la
 participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se
 establecen las normas de convivencia en los centros educativos de Castilla y
 León.)
 •       DEBERES DE LOS ALUMNOS (Art. 10-14 del Decreto 51/2007, de 17 de
 mayo, por el que se regulan los Derechos y Deberes de los Alumnos y la
 participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se
 establecen las normas de convivencia en los centros educativos de Castilla y
 León.)
 •       PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUCATIVO
 (Art. 15-17 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los
 Derechos y Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las
 familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia en
 los centros educativos de Castilla y León.)


 9.2. LA DISCIPLINA ESCOLAR.
 A continuación se recogen los procedimientos básicos de actuación según el
 Decreto 51/2007, de 17 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Alumnos y
 la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo.




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          CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA Y TIPOS DE CORRECCIÓN. (Art. 29)

   CALIFICACIÓN DE
                                    CONDUCTAS
   LAS CONDUCTAS                                                                                                                  ACTUACIONES CORRECTORAS
                                      (Art. 37)
       (Art. 29)
                        ¿Cuáles son estas conductas? (Art.                           ACTUACIONES INMEDIATAS (Art. 35)                                                          Art. 36
                        37)                                                                                                                                                    Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo
                        a) Las manifestaciones expresas                              Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de conducta perturbadora          por cualquier profesor del centro, dado su
                        contrarias a los valores y derechos                          de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a las         carácter directo e inmediato a la conducta
                        democráticos                legalmente                       normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al       perturbadora.
                        establecidos.                                                objeto de aplicar las medidas posteriores previstas en el artículo 29.2.b).               El profesor comunicará las actuaciones inmediatas
                        b)Las acciones de desconsideración,                          Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en el       llevadas a cabo al tutor del alumno, que será
                        imposición de criterio, amenaza,          Se   corregirán    centro, el profesor llevará a cabo una o varias                                           quién, de acuerdo con la dirección del centro,
                        insulto y falta de respeto, en general,   con:               siguientes actuaciones:                                                                   determinará la oportunidad de informar a la
                        a los miembros de la comunidad            Actuaciones                                                                                                  familia del alumno.
                        educativa, siempre que no sean
                        calificadas como faltas.
                        c) La falta de puntualidad o de
                                                                  inmediatas (art.
                                                                  35).
                                                                                     a) Amonestación pública o privada.
                                                                                     b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.
                                                                                     c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la
                                                                                                                                                                                                                               29
                                                                                                                                                                               Asimismo, dará traslado a jefe de estudios, en su
                                                                                                                                                                               caso, tanto de las actuaciones que se especifican
                                                                                                                                                                               en el artículo 35.2.c) como de aquellas situaciones
                        asistencia a clase, cuando no esté                           actividad durante el tiempo que estime el profesor. La suspensión de este derecho         en las que las características de la conducta
  2Contrarias
                        debidamente justificada.                                     estará regulada en el reglamento régimen interior del centro, quedando garantizado,       perturbadora, su evolución, una vez llevada a cabo
  a las normas de
                        d) La incorrección en la presencia,                          en todos casos, el control del alumno y la comunicación posterior, en de ser              la actuación inmediata, y la posible calificación
  convivencia     del
                        motivada por la falta de aseo                                necesario, al jefe de estudios.                                                           posterior, lo hagan necesario. El procedimiento de
  centro
                        personal o en la indumentaria, que                           d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario lectivo, en este   comunicación será precisado en el reglamento de
  Prescriben a los 30
                        pudiera provocar una alteración en la                        caso con permanencia o no en el centro.                                                   régimen interior del centro.
  días      de     su
                        actividad del centro, tomando en                             MEDIDAS DE CORRECCIÓN (Art. 38)
  comisión.
                        consideración, en todo caso, factores
  (Art. 40)
                        culturales o familiares.                                     a) Amonestación escrita.
                        e) El incumplimiento del deber de                            b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y
                                                                                                                                                                               Para la aplicación de estas medidas de corrección,
                        estudio durante el desarrollo de la                          salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15
                                                                                                                                                                               salvo la prevista en el apartado 38.1.a), será
                        clase, dificultando la actuación del                         días lectivos.
                                                                                                                                                                               preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o
                        profesorado y del resto de alumnos.       Medidas            c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades
                                                                                                                                                                               tutores legales en caso de ser menor de edad. Así
                        f) El deterioro leve de las               posteriores:       del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al
                                                                                                                                                                               mismo se comunicará formalmente su adopción.
                        dependencias del centro, de su            - Medidas de       material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad
                        material o de pertenencias de otros       Corrección (art.   educativa por un máximo de 5 días lectivos.
                                                                                                                                                                               Artículo 39.
                        alumnos,      realizado    de    forma    38)                d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo de 15
                                                                                                                                                                                La competencia para la aplicación de las medidas
                        negligente o intencionada.                                   días lectivos.
                                                                                                                                                                                previstas se delega en el Jefe de Estudios por el
                        g) La utilización inadecuada de                              e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro
                                                                                                                                                                                Director
                        aparatos electrónicos.                                       por un periodo máximo de 15 días.
                        h) Cualquier otra incorrección que                           f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.
                        altere el normal desarrollo de la                            g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior
                        actividad escolar y no constituya falta                      a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del
C.E.I.P.

Consejería de Educación                                                                                       ANTONIO VALBUENA
                        según el artículo 48 de este Decreto.                         alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden.




   CALIFICACIÓN DE
                                    CONDUCTAS
   LAS CONDUCTAS                                                                                                                      ACTUACIONES CORRECTORAS
                                      (Art. 48)
       (Art. 29)
                        ¿Cuáles son estas conductas? (Art.                            ACTUACIONES INMEDIATAS (Art. 35)
                        48)
                        a) La falta de respeto, indisciplina,                         Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de conducta                   Art. 36
                        acoso, amenaza y agresión verbal o                            perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como                 Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por
                        física, directa o indirecta, al                               conducta contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial               cualquier profesor del centro, dado su carácter directo e


                                                                                                                                                                                                                                      30
                        profesorado, a cualquier miembro de                           para la convivencia en el centro, al objeto de aplicar las medidas posteriores        inmediato a la conducta perturbadora.
                        la comunidad educativa y, en general,
                        a todas aquellas personas que             Se   corregirán
                                                                                      previstas en el artículo 29.2.b).
                                                                                      Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la
                                                                                      convivencia en el centro, el profesor llevará a cabo una o varias
                                                                                                                                                                            El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas
                                                                                                                                                                            a cabo al tutor del alumno, que será quién, de acuerdo con
                                                                                                                                                                            la dirección del centro, determinará la oportunidad de
                                                                                                                                                                                                                                      28
                        desarrollan su prestación de servicios    con:
                        en el centro educativo.                   Actuaciones         siguientes actuaciones:                                                               informar a la familia del alumno.
                        b) Las vejaciones o humillaciones a       inmediatas (art.                                                                                          Asimismo, dará traslado a jefe de estudios, en su caso,
  Gravemente            cualquier miembro de la comunidad         35).                a) Amonestación pública o privada.                                                    tanto de las actuaciones que se especifican en el artículo
  perjudiciales para    educativa, particularmente aquéllas                           b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.                              35.2.c) como de aquellas situaciones en las que las
  la                    que tengan una implicación de                                 c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a           características de la conducta perturbadora, su evolución,
  convivencia en el     género, sexual, racial o xenófoba, o se                       cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor. La suspensión de          una vez llevada a cabo la actuación inmediata, y la posible
  centro: Faltas        realicen contra el alumnado más                               este derecho estará regulada en el reglamento régimen interior del centro,            calificación posterior, lo hagan necesario. El procedimiento
  Prescriben a los 90   vulnerable por sus características                            quedando garantizado, en todos casos, el control del alumno y la                      de comunicación será precisado en el reglamento de
  días de su            personales, sociales o educativas.                            comunicación posterior, en de ser necesario, al jefe de estudios.                     régimen interior del centro.
  comisión.             c) La suplantación de personalidad en                         d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario lectivo,
  (Art. 54.)            actos de la vida docente y la                                 en este caso con permanencia o no en el centro.
                        falsificación   o    sustracción    de                        SANCIONES Art. 49                                                                     Art. 50. Incoación del expediente sancionador.
                        documentos y material académico.                              a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las              1. Las conductas gravemente perjudiciales para la
                        d) El deterioro grave, causado            Medidas             actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las       convivencia en el centro sólo podrán ser sancionadas previa
                        intencionadamente,          de      las   posteriores:        instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros         tramitación del correspondiente procedimiento.
                        dependencias del centro, de su            Apertura      de    de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración                 2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo
                        material o de los objetos y las           procedimientos      inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.                            del director del centro, a iniciativa propia o a propuesta de
                        pertenencias de los demás miembros        sancionadores       b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del          cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo
                        de la comunidad educativa.                (Capítulo V- Art.   centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.      no superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los
                        e) Las actuaciones y las incitaciones a   48 a 54)            c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16                 hechos.
                        actuaciones perjudiciales para la                             días lectivos y la finalización del curso escolar.                                    En su caso, habrá la posibilidad de acogerse a la mediación
                        salud y la integridad personal de los                         d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas               y a los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución
                        miembros de la comunidad educativa                            ellas, por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin   de conflictos establecidos en el capítulo IV de este título.



                                                          C/ Cea, s/n - 24010 - León                    Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67
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  • 1. CeipAV C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA REGLAMENTO REGIMEN INTERIOR CEIP ANTONIO VALBUENA 0 2012 CEIP ANTONIO VALBUENA
  • 2. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 1 28 C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 3. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA INDICE 1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 5 1.1. JUSTIFICACIÓN Y FINALIDAD. ............................................................................. 5 1.2. PRINCIPIOS EDUCATIVOS..................................................................................... 5 1.3. DISPOSICIONES GENERALES. ............................................................................ 6 2. OBJETIVOS DEL CENTRO. ................................................................................... 7 3. ÓRGANOS DE GOBIERNO ................................................................................... 8 3.1. ÓRGANOS UNIPERSONALES: ................................................................................ 8 3.1.1. EL EQUIPO DIRECTIVO. ............................................................................................... 8 3.1.2. EL DIRECTOR. ............................................................................................................... 8 3.1.3. EL JEFE DE ESTUDIOS ................................................................................................ 9 2 3.1.4. EL SECRETARIO ........................................................................................................... 9 3.2. ÓRGANOS COLEGIADOS: ........................................................................................ 9 28 3.2.1. ÓRGANOS COLEGIADOS. ............................................................................................ 9 3.2.2. EL CONSEJO ESCOLAR. .............................................................................................. 9 3.2.3. EL CLAUSTRO DE PROFESORES. ............................................................................ 12 4. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE .......................................... 13 5. EL PROFESORADO ................................................................................................. 13 5.1. CRITERIOS DE ADSCRIPCIÓN DE TUTORÍAS ............................................ 13 5.1.1. ....................................................................................................................................... 13 5.1.2. EL RESTO DE PROFESORADO ............................................................................. 13 5.2. RESTOS HORARIOS ............................................................................................... 13 5.3. EL PERÍODO HORARIO DE 24 HORAS SEMANALES ............................... 13 5.4. REFUERZOS EDUCATIVOS: ................................................................................ 14 5.5. AUSENCIAS DEL PROFESORADO Y SUSTITUCIONES: .......................... 14 5.6. PROFESORES RESPONSABLES DE BIBLIOTECA, CFIE, MEDIOS INFORMÁTICOS, EXTRAESCOLARES: ...................................................................... 15 C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 4. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 5.6.1. RESPONSABLE DE BIBLIOTECA:.......................................................................... 15 5.6.3. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS: .................................................... 15 5.6.4. RESPONSABLE DEL ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS: ...... 16 5.7. ENTRADAS Y SALIDAS DE LOS ALUMNOS: ................................................. 16 5.8. CONDUCTAS DISRUPTIVAS Y MOLESTAS DE LOS ALUMNOS: ......... 17 5.9.ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TARDES EXTRAESCOLARES DE LOS PROFESORES: ......................................................... 18 5.10.RELACIÓN DEL PROFESORADO CON LOS PADRES E INFORMACIÓN A LOS MISMOS: ................................................................................... 18 5.11. SESIONES DE EVALUACIÓN: .......................................................................... 19 6. EL PERSONAL NO DOCENTE .......................................................................... 20 7. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO Y NORMAS PARA SU USO ..................................................................................................................... 21 8. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL 3 28 DEL CENTRO ....................................................................................................................... 23 8.1. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE DEL COLEGIO. .................................. 23 8.2. ENTRADAS Y SALIDAS. ........................................................................................... 23 8.3. RECREOS. ..................................................................................................................... 23 8.4. UTILIZACIÓN DE LOS TABLONES DE ANUNCIOS........................................ 24 8.5. USO DE LA ROPA EN LA CLASE DE E.F. ......................................................... 24 8.6. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS .......................................................... 24 8.7. PROCEDIMIENTO EN CASO DE LESIONES DE ALUMNOS ...................... 25 8.8. ALUMNOS PORTADORES DE PARÁSITOS O QUE ESTÉN INCUBANDO ALGUNA ENFERMEDAD CONTAGIOSA ......................................... 25 8.9. AYUDA A ALUMNOS EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROLONGADA. .................................................................................................................... 25 8.10. ALUMNOS QUE UTILIZAN GAFAS EN CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA / PSICOMOTRICIDAD......................................................................................................... 26 C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 5. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 8.11. ALUMNOS QUE NO CONTROLAN ESFÍNTERES ........................................ 26 8.12. ALUMNOS QUE NO SON RECOGIDOS POR SUS PADRES A LA HORA DE LA SALIDA. ........................................................................................................ 26 8.13. USO DE LOS TELÉFONOS MÓVILES POR LOS ALUMNOS. .................. 26 8.14. ORGANIZACIÓN DE LAS AULAS. ...................................................................... 26 8.15. PROFESORES QUE ACOMPAÑAN A LOS ALUMNOS EN LAS SALIDAS. ................................................................................................................................. 27 9. CONVIVENCIA EN EL CENTRO....................................................................... 28 9.1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y PARTICIPACIÓN Y COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUCATIVO. ............ 28 9.2. LA DISCIPLINA ESCOLAR..................................................................................... 28 9.3. NORMAS BÁSICAS DE CONVIVENCIA .............................................................. 33 10. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO ....................................................................................................................... 35 4 28 10.1. COMEDOR ESCOLAR. ........................................................................................ 35 10.2. MADRUGADORES. ............................................................................................... 35 10.3. TRANSPORTE ESCOLAR. ................................................................................. 35 ANEXO INCIDENCIA ……………………………………………………………… 37 C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 6. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 1. INTRODUCCIÓN 1.1. JUSTIFICACIÓN Y FINALIDAD. El Colegio Público Antonio Valbuena se define como una comunidad de alumnos/as, profesores/as y padres/madres, que tiene por finalidad la formación integral de los alumnos/as. El presente reglamento es concebido como un medio al servicio de la organización funcional del Colegio. Pretende ser, por tanto, un elemento dinamizador de toda la actividad del Colegio, nunca un "armazón" que coarte la creatividad, la libre iniciativa, el sentido común o que limite de forma sistemática las decisiones, la planificación, etc., más allá de la legalidad vigente. Deberá interpretarse siempre en positivo como un instrumento para hacer más cosas y mejor, nunca como un estorbo o como pretexto para no hacer. Este reglamento de Régimen Interior es un instrumento ordenador de la vida diaria del Centro, en donde se contemplan un conjunto de normas que permiten el buen funcionamiento del Colegio y la convivencia entre los distintos estamentos de la comunidad educativa. 5 28 También persigue la aplicación de lo establecido en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León. 1.2. PRINCIPIOS EDUCATIVOS. 1. Todos los miembros de la Comunidad Educativa deberán respetar la dignidad, integridad e intimidad de las personas y no discriminarán a ninguno de sus componentes por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra circunstancia personal o social. 2. Todos los miembros de la Comunidad Educativa tendrán derecho a expresar libremente su pensamiento, ideas y opiniones utilizando las reglas propias del comportamiento democrático. 3. La educación y la convivencia se desarrollarán en un marco de tolerancia y respeto a las convicciones personales que no podrán ser perturbadas por ningún tipo de coacción, siempre que estas convicciones estén dentro de nuestro marco constitucional. 4. Todos los miembros de la comunidad escolar tendrán derecho a intervenir en las decisiones que le afecten, bien directamente en reuniones de su ámbito o sector educativo (Claustro, ciclo, asambleas de padres,....) o a través de representantes libremente elegidos para la constitución de los órganos de participación en el control y la gestión previstos por la ley. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 7. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 5. Los alumnos serán orientados para asumir progresivamente la responsabilidad de su propia educación sintiéndose partícipes directos de la misma 1.3. DISPOSICIONES GENERALES. 1. Nuestra denominación será: “Colegio de Educación Infantil y Primaria Antonio Valbuena” 2. Todos los miembros de la Comunidad Educativa deberán cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Colegio, respetando las normas establecidas. 3. El director, el jefe de estudios y los maestros son los órganos y las personas competentes para la resolución de los conflictos y la imposición de sanciones en materia de disciplina de los alumnos, respetando la normativa vigente. 4. Se establece como eje fundamental la implicación de las familias en el proceso educativo, concretado en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones, así como en la participación en medidas de corrección de conductas perturbadoras de la convivencia. 5. Los Consejeros Escolares consultarán con su respectivo sector cuando lo estimen conveniente. 6. El Consejo Escolar velará por el correcto ejercicio de los derechos y 6 28 deberes de los miembros de la Comunidad Educativa. Para facilitar este cometido se constituirá una comisión de convivencia, cuya composición y funciones se especifican más adelante. 7. Todas las convocatorias y acuerdos oficiales del Centro, así como toda aquella información de funcionamiento deberá hacerse por escrito entregándose a los interesados. Además se expondrán en el tablón de anuncios específico durante todo su periodo de vigencia. En cuanto a la AMPA, se utilizará el buzón que a tal efecto tienen en el Colegio. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 8. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 2. OBJETIVOS DEL CENTRO. El Colegio se propone conseguir, entre otros, los siguientes objetivos: 1. Fomentar en nuestros alumnos la capacidad de comprender y respetar las diferencias de su ámbito natural, social y cultural, y respetar el pluralismo propio de una sociedad democrática. 2. Alcanzar los objetivos generales de Educación Infantil y Primaria. 3. Desarrollar hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio. 4. Conseguir el respeto por parte de todos los alumnos a la autoridad del conjunto de los profesores. 5. Promover la formación del profesorado, dentro y fuera del centro, en aquellos temas que interesan a gran parte del Claustro. 6. Posibilitar la participación de padres, profesores y alumnos en aquellas actividades que se organicen con asignación a tareas específicas de cada uno. 7. Contribuir a mejorar las relaciones familia-escuela. 8. Reconocer y respetar las diferencias personales. Favorecer las relaciones interpersonales. 9. Conseguir el respeto de unas normas básicas de convivencia y disciplina por parte de todos. 10. Planificar conjuntamente la utilización, distribución y mantenimiento de los recursos del centro para el mejor funcionamiento del mismo. 7 28 11. Estar abiertos a todos los organismos y entidades que incidan en la vida educativa (Ayuntamiento, AMPA, etc.) 12. Sentirnos parte del entorno que nos rodea, participando y aprovechando los recursos que nos proporciona. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 9. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 3. ÓRGANOS DE GOBIERNO Los órganos de gobierno de este centro son:  Órganos unipersonales: Director, Jefe de Estudios y Secretario (Equipo Directivo)  Órganos colegiados: Consejo Escolar y Claustro. La participación de los padres de alumnos, maestros, personal de administración y servicios y ayuntamiento en el control y gestión del Colegio se efectuará a través del Consejo Escolar Los órganos ejecutivos de gobierno velarán para que las actividades de los Centros se desarrollen de acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los fines de la educación y por la calidad de la enseñanza. También garantizarán, dentro de sus competencias, el ejercicio de los derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres, personal de la administración y servicios y velarán por el cumplimento de los deberes correspondientes. Además favorecerán la participación en la vida del Centro, en su gestión y en su evaluación. 3.1. ÓRGANOS UNIPERSONALES: 8 28 3.1.1. EL EQUIPO DIRECTIVO. Los órganos ejecutivos de gobierno: director, jefe de estudios y secretario, constituyen el equipo directivo del Centro y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas. Las funciones del El equipo se encuentran recogidas en el art. 131 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). 3.1.2. EL DIRECTOR. La selección, requisitos, procedimiento, nombramiento y cese del director se regula en los art. 133 a 139 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Son competencias del Director las especificadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 10. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 3.1.3. EL JEFE DE ESTUDIOS Competencias del jefe de estudios. Art. 34 del R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. 3.1.4. EL SECRETARIO Competencias del secretario. Art. 35 del R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. 3.2. ÓRGANOS COLEGIADOS: 3.2.1. ÓRGANOS COLEGIADOS. Los órganos colegiados de gobierno son: el consejo escolar y el claustro de profesores. 9 28 3.2.2. EL CONSEJO ESCOLAR. Estará compuesto por representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa. En concreto en nuestro centro, según el número de unidades que hay en funcionamiento, está compuesto por: el director del centro, el jefe de estudios, un concejal del Ayto. de León, un concejal del Ayto. de San Andrés del Rabanedo, 5 representantes de los profesores, 5 representantes de los padres, 1 representante de administración y servicios y el secretario del centro con voz pero sin voto. Un miembro del consejo será designado como persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres La composición y competencias del consejo se especifican en los art. 126 y 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)., así como en el R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. Eventual asistencia de ponentes: las personas no pertenecientes al consejo escolar podrán asistir a algunas de sus sesiones en calidad de ponentes siempre que se cumplan los siguientes requisitos: se comunique al presidente del consejo escolar con la suficiente antelación y obtener su autorización, y que esta circunstancias sea incluida en el orden del día. Dentro del consejo escolar se constituirán diversas comisiones internas para agilizar y mejorar el funcionamiento general del mismo. De cada una de las reuniones de estas comisiones se levantará un acta que se leerá en el consejo C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 11. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA escolar siguiente. Las comisiones existentes en la actualidad, sin perjuicio de que se creen otras que se estimen oportunas, son: o Comisión de Convivencia. o Comisión Económica. o Comisión de Integración. o Comisión de Becas. o Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares. o Comisión Permanente. 3.2.2.1. COMISIÓN DE CONVIVENCIA. COMPOSICIÓN: El director, el jefe de estudios, dos profesores del consejo escolar y dos padres del consejo escolar. (El coordinador de convivencia, que será un profesor del centro, si no es uno de los profesores del consejo escolar que compongan la comisión de convivencia, asistirá a estas reuniones con voz pero sin voto). La Comisión podrá recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la atención educativa cuando la naturaleza de la actuación emprendida así lo requiera. 10 28 FUNCIONES: • Colaborar en la elaboración y actualización del Plan de Convivencia • Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa representados en el Consejo Escolar para mejora de la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros. • Seguimiento y Coordinación del Plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos. • Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. • Garantizar que las normas se apliquen de forma coherente. • Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos. • Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas al conocimiento de la resolución de conflictos. • Analizar las faltas muy graves de un alumno y determinar la sanción pertinente. • Recabar información sobre las propuestas de apertura de expediente académico. • Analizar las incidencias, las actuaciones realizadas y los resultados conseguidos • Informar al Consejo Escolar de las medidas propuestas para que adopten las decisiones que procedan. • Cualquier otra que le asigne el Consejo Escolar. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 12. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA El Consejo Escolar elaborará al término de cada curso escolar un informe en el que evaluará los resultados de la aplicación de las normas de convivencia en el centro, analizará los problemas detectados en su aplicación y propondrá la adopción de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia. Dicho informe se incluirá en la Memoria anual. 3.2.2.2. COMISIÓN ECONÓMICA. COMPOSICIÓN: El director, el secretario, un profesor del consejo escolar y un padre del consejo escolar. FUNCIONES: • Llevar el control de gastos. • Aprobar las adquisiciones de material entre las propuestas presentadas por el profesorado. • Estudiar las cuentas del Centro antes de ser aprobadas. • 11 Conocer el proyecto de Presupuesto del Centro. • Informar sobre sus decisiones al Claustro y elevar sus propuestas al 28 Consejo Escolar para su aprobación. • Cualquier otra que determine el Consejo Escolar. 3.2.2.3. COMISIÓN DE INTEGRACIÓN. COMPOSICIÓN: El director, el secretario, dos profesores del consejo escolar, dos padres del consejo escolar y el representante de administración y servicios del consejo. FUNCIONES: • Se reunirá para decidir sobre temas relacionados con la atención a la diversidad así como otros asuntos que no precisen la presencia del pleno. 3.2.2.4. COMISIÓN DE BECAS. COMPOSICIÓN: El director, el secretario, un profesor del consejo escolar y un padre del consejo escolar. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 13. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA FUNCIONES: • Estará encargada de aprobar las becas que no puedan ser aprobadas en sesión ordinaria. 3.2.2.5. COMISIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES. COMPOSICIÓN: El director, el jefe de estudios, un profesor del consejo escolar y un padre del consejo escolar. FUNCIONES: • Estará encargada de aprobar aquellas actividades complementarias y extraescolares de carácter urgente y que no pueden esperar a una convocatoria del pleno del Consejo Escolar. 3.2.2.6. COMISIÓN PERMANENTE. 12 28 COMPOSICIÓN: El director, el jefe de estudios, un profesor del consejo escolar y un padre del consejo escolar. FUNCIONES: • Se reunirá para decidir sobre temas de carácter urgente así como otros asuntos que no precisen la presencia del pleno. 3.2.3. EL CLAUSTRO DE PROFESORES. Estará compuesto por todos los profesores que presten servicio en el centro. Tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre los aspectos educativos del centro. La composición y competencias del claustro se especifican en los art. 128 y 129 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)., así como en el R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. Control de asistencia: El Secretario controlará la asistencia y anotará las ausencias en el acta correspondiente. El Jefe de Estudios podrá pedir al maestro/a que se ausente que justifique su falta. Eventual prórroga de la sesión: en caso de que los temas a tratar superen el tiempo destinado para la reunión, la sesión del Claustro continuará al día C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 14. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA siguiente. Si esto no fuera posible, el Director indicará en la misma reunión la fecha y la hora de la prórroga de la sesión. 4. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE En nuestro centro existen los siguientes órganos de coordinación docente: o Equipos de Ciclo. o Comisión de Coordinación Pedagógica. o Tutores El funcionamiento de estos órganos viene regulado en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), así como en el R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. 5. EL PROFESORADO 5.1. CRITERIOS DE ADSCRIPCIÓN DE TUTORÍAS 13 28 5.1.1. CONTINUACIÓN DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN EL CICLO. 5.1.2. EL RESTO DE PROFESORADO (tutores y especialistas) elige curso por el criterio de antigüedad, siendo necesario cubrir todas las tutorías. 5.2. RESTOS HORARIOS Los restos horarios del profesorado en Primaria serán cubiertos, siempre que sea posible, por los profesores/as del ciclo. Se atenderá siempre a unificar la misma carga horaria en todos los profesores 5.3. EL PERÍODO HORARIO DE 24 HORAS SEMANALES Lectivas del profesorado influye de manera importante en la organización del centro. Esta hora de liberación se intentará poner a las primeras y últimas horas al profesorado que se pueda. Se tendrá en cuenta las necesidades organizativas del centro. Se rotará año tras año al profesorado para que se pueda disfrutar esta liberación en las horas arriba indicadas. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 15. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 5.4. REFUERZOS EDUCATIVOS: Los apoyos educativos y refuerzos educativos, por parte del profesorado no especialista de P.T. y A.L., se asignarán según los siguientes criterios: • Los apoyos comienzan a ser efectivos a partir del mes de Octubre • Se apoyará en las áreas de Lengua y Matemáticas. • Los alumnos incluidos en este Plan serán los que, sin estar en el programa de necesidades educativas especiales, han sido diagnosticados por el EOEP como alumnos de refuerzo educativo, aquel alumnado que a criterio del tutor/a necesiten ese apoyo para avanzar en su aprendizaje, los alumnos repetidores y con áreas pendientes que lo necesiten. • Concretados estos alumnos, estos apoyos o refuerzos se asignarán a los profesores con restos horarios suficientes, quienes dejarán de realizarlos por indicación del propio EOEP o del tutor/a si considera que ya no se necesitan. • Los apoyos dejarán de realizarse en casos de sustituciones necesarias del profesorado o en reuniones con el EOEP. • En los apoyos se indicará su realización dentro o fuera del aula, aunque se realizarán siempre que sea posible dentro del aula. Cuando sean fuera se solicitará la pertinente autorización de los padres. • Los tutores/as orientarán e indicarán al profesorado que realice el apoyo sobre qué aspectos y contenidos deben trabajar con el alumnado de apoyo, El seguimiento de los apoyos se reflejará en el documento de control de apoyos 14 28 por parte de los tutores. 5.5. AUSENCIAS DEL PROFESORADO Y SUSTITUCIONES: Los docentes que soliciten permiso para ausentarse del Centro, lo harán con la antelación suficiente y cumplimentarán el impreso que a los efectos existe en la Secretaría del Centro. Así mismo, deberán dejar programadas las actividades a desarrollar por los alumnos durante su ausencia. Los maestros que se ausenten presentarán al Jefe de Estudios los correspondientes justificantes. El parte de faltas y sus justificantes será enviado a la Dirección Provincial antes del día cinco de cada mes. Los partes mensuales de faltas quedarán expuestos en las salas de profesores de los respectivos edificios. Los criterios que se fijan para la sustitución del profesorado en casos de ausencias dentro del horario lectivo se señala a continuación:  Corresponderá a la Jefatura de Estudios la rotación del profesorado en las sustituciones y su reparto equitativo en función de las tareas lectivas reales del profesorado.  La prioridad que se tendrá en cuenta para realizar las sustituciones será la siguiente: profesorado con horario libre, profesorado con apoyo a alumnado, responsabilidades de Biblioteca-CFIE-Informática- C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 16. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA extraescolares, coordinaciones de Ciclo y Convivencia, y Equipo Directivo. 5.6. PROFESORES RESPONSABLES DE BIBLIOTECA, CFIE, MEDIOS INFORMÁTICOS, EXTRAESCOLARES: 5.6.1. RESPONSABLE DE BIBLIOTECA: Para la biblioteca será nombrado un responsable. Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso en el primer claustro. El tiempo necesario para desarrollar su función será contemplado en su horario personal. Funciones:  Mantener actualizado el inventario.  Mantener organizada por temas y ciclos la biblioteca.  Llevar al día el libro de préstamos.  Mantener en el mejor estado posible el material de biblioteca.  Renovar, en la medida de lo posible, dependiendo de los medios económicos disponibles, los libros de la biblioteca, atendiendo a las necesidades detectadas y a las propuestas de los compañeros. 5.6.2. RESPONSABLE DEL CFIE: 15 28 Tal y como es obligatorio, durante el primer Claustro de cada curso se elegirá al representante de formación. Entre sus funciones estarán:  Servir de enlace entre el CFIE y el Centro y participar en las reuniones o cursos que se organicen al efecto.  Ser dinamizador del Claustro en general en asuntos de formación.  Informar de todos aquellos temas relacionados con la formación que crea de interés general o de alguien en particular.  Tener al día el tablón de información.  Cualquiera otra que se acuerde y que se incluirá cada año en la PGA.  Se intentará facilitar al máximo el cumplimiento de su misión, para lo cual haremos: Liberarlo una hora lectiva semanal, facilitarle todo lo que pueda necesitar, disponer de un tablón de anuncios para reflejar las novedades de formación y una carpeta para archivar lo relacionado con el tema, incluir en el orden del día cualquier tema que proponga para informar al Claustro, etc. 5.6.3. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS: Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso en el primer claustro. El coordinador de Nuevas Tecnologías dispondrá de tres sesiones semanales para realizar las siguientes funciones: Funciones: C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 17. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA  Mantener actualizado el inventario.  Procurar que los equipos estén en el mejor uso posible, dadas las características de los mismos.  Organizar el horario del aula y coordinar el uso de los medios informáticos y de nuevas tecnologías.  Difundir las posibilidades del aula entre el profesorado.  Atender, dentro de sus posibilidades horarias, al profesorado que necesite ayuda inicial en el manejo de programas, tanto en el aula como en el uso y manejo del equipo a disposición del profesorado.  Coordinar las aplicaciones informáticas en el ámbito del centro.  Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso de la misma forma que los coordinadores de ciclo. 5.6.4. RESPONSABLE DEL ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS: Este cargo será adjudicado al comienzo de cada curso en el primer claustro. El coordinador de actividades extraescolares y deportivas dispondrá de entre tres y cuatro sesiones semanales para realizar las siguientes funciones:  Coordinar la organización de los viajes de estudios, intercambios culturales o cualquier otro tipo de viajes que se realicen con los alumnos.  Elaborar el Programa Anual de Actividades Complementarias y 16 28 Extraescolares, en el que se recogerán las propuestas de los ciclos, de los profesores, de los alumnos y de los padres.  Elaborar y dar a conocer a los alumnos y padres la información relativa a las actividades complementarias y extraescolares.  Informar sobre la oferta cultural de los diferentes organismos oficiales y privados: Comunidad autónoma, Ayuntamientos, Teatros, Museos…  Coordinar la realización de las actividades complementarias, culturales y deportivas, en colaboración con el Claustro, los ciclos, alumnos y padres.  Presentar propuestas al equipo directivo para la realización e intercambio de actividades con otros centros.  Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la memoria final del curso.  Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades realizadas, que se incluirán en la memoria de la dirección 5.7. ENTRADAS Y SALIDAS DE LOS ALUMNOS: ENTRADAS: Todos los alumnos del centro entrarán en filas. Cada profesor que tenga clase con ellos a primera hora o después de los recreos será el encargado de salir al patio y subir con el curso correspondiente. Los primeros en entrar serán los de C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 18. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA las tutorías del último piso y sucesivamente hacia abajo, de las más alejadas a las más cercanas de las escaleras. SALIDAS: Se baja con los alumnos hasta la puerta de salida, los acompaña el profesor que esté con los alumnos. RECREOS:  Durante los recreos ningún alumno permanecerá en las aulas. Si algún alumno se queda en el aula, ha de quedarse con él el profesor que así lo ha decidido.  Durante el recreo ningún niño entrará al centro. Los profesores que cuidan el patio serán los encargados de que se cumpla esta norma.  Se harán turnos de recreo según la normativa en vigor. Los turnos se establecen para el Parvulario y Colegio Dirección.  En el Colegio de Primaria se organizan tres espacios de vigilancia: para grupos de 2º hasta 6º en el patio grande: zona de la fuente, zona central del patio y zona de los servicios; para los grupos de Infantil y Primero, zona del patio pequeño. En el Parvulario se vigila solamente la zona del único patio existente.  Los profesores/as que les corresponda turno de vigilancia dejarán otras tareas para incorporarse inmediatamente a realizar esta función. 17 28  En los días de lluvia o mal tiempo cuidará el grupo en el aula el profesor que esté con ellos justo en la hora anterior. En estos días, se tendrán previstas alternativas de juego que favorezcan la situación especial de permanencia en el aula. La Jefatura de Estudios organizará las sustituciones en casos de ausencias o permisos.  En los periodos de recreo, sólo podrán estar los alumnos en dependencias del Colegio o Parvulario si están acompañados por un profesor. En caso de enfermedad de un alumno, éste se quedará en los bancos de la planta baja. 5.8. CONDUCTAS DISRUPTIVAS Y MOLESTAS DE LOS ALUMNOS:  Prohibido expulsar a los alumnos al pasillo.  Cuando se presenten problemas de disciplina, el/la profesor/a adoptará y agotará todas las medidas posibles que estén a su alcance para solucionarlo. Si una vez adoptadas estas medidas el problema persiste o bien el problema es grave, el/la tutor/a y profesor/a especialista (comunicándoselo previamente al tutor si es posible) lo comunicarán a la Jefe de Estudios de manera verbal y por escrito mediante un parte de incidencias (ANEXO I INCIDENCIAS). Dichos partes los guardará el Jefe de Estudios y se tomarán las medidas que se consideren necesarias siguiendo el procedimiento. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 19. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 5.9. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TARDES EXTRAESCOLARES DE LOS PROFESORES: En cuanto a las labores de vigilancia de las actividades de la tarde por parte del profesorado, se crearán grupos asignados a días fijos de la semana con una periodicidad quincenal. Las funciones de coordinación de cada grupo de tarde son las siguientes: 1. Los profesores harán tardes en grupos. Las horas serán computadas como horas de exclusiva. La presencia en las actividades extraescolares en los turnos establecidos es obligatoria para quienes les corresponda estar en el Centro. El horario a cumplir será desde las 16,00 a las 18,00 horas. 2. La actividad de biblioteca será responsabilidad del profesorado de 16,00 a 17,00 horas. Las entradas serán a las 16:00 y a las 17:00 horas exclusivamente. Las salidas serán a partir de las 16:50 3. Las ausencias del profesorado se justificarán previo aviso en la Jefatura de Estudios. 4. Los talleres y actividades propuestas proceden de los Ayuntamientos de León y San Andrés del Rabanedo, AMPA “César Alvarez” y Colegio principalmente. 5. Se informará a los padres de la necesidad de velar y hacer ellos mismos el cambio de actividad de los niños pequeños que no sepan hacerlo solos, 18 28 excepto los niños de madrugadores que el monitor irá a recogerlos y mientras él va a buscarlos al pabellón, un profesor quedará cuidando temporalmente a los niños del programa. Se informará a los monitores de las actividades extraescolares, que si al finalizar la actividad no han venido a recoger a los niños, deberán acercarlos al centro en donde los profesores que están de guardia se harán cargo de los mismos, y si los padres no llegan en un breve tiempo, se pondrán en contacto con ellos para que vengan a recogerlos. 5.10. RELACIÓN DEL PROFESORADO CON LOS PADRES E INFORMACIÓN A LOS MISMOS: La Orden de 29 de Junio de 1994 relativa a las Instrucciones que regulan la Organización y Funcionamiento de las Escuelas de Ed. Infantil y de los Colegios de Ed. Primaria, establece las reuniones y entrevistas individuales que los maestros-tutores deben mantener con los padres de sus alumnos. Reuniones generales de padres: las que disponga la normativa. En esas reuniones, se tratarán entre otros, los siguientes temas: • Presentación de los maestros del grupo de alumnos. • Horario del aula. • Calendario de entrevistas con los padres. • Información sobre el PEC y el RRI. • Asistencia, puntualidad e higiene. • Normas de convivencia. • Hábitos de estudio. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 20. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA • Criterios de evaluación, recuperación y promoción. • Actividades complementarias y extraescolares • Otros, a criterio del tutor. Horario de atención a los padres: en los horarios individuales de los docentes se incluirá una hora complementaria semanal para la atención a los padres. Dicha hora se fijará al comienzo de cada curso. No deberá atenderse a los padres durante las clases. Acceso de los padres a los maestros especialistas del grupo: los padres de los alumnos podrán entrevistarse con los maestros especialistas, previa comunicación a los mismos. Los Maestros Tutores informarán a las familias sobre el proceso de evaluación continua de sus hijos. Dichos informes se realizarán tres veces al año, en los periodos siguientes: Antes de las vacaciones de Navidad. Antes de las vacaciones de Semana Santa. Al finalizar el curso. Estos informes se entregarán generalmente a los alumnos, a excepción de los casos en que el profesor estime conveniente hacerlo directamente a los padres. Los boletines de notas serán firmados por los padres y devueltos al tutor, salvo al final del curso, que quedarán en poder de los padres. Consulta del material de evaluación: los padres y los alumnos tendrán acceso al material de evaluación, previa petición al maestro correspondiente, quien los recibirá en su horario de visita de padres. 19 28 Información a padres y alumnos sobre el PEC y el RRI: la publicación de los contenidos más relevantes de estos documentos se realizará con la entrega a todos los padres de los alumnos de un resumen de los mismos una vez concluido el trámite de su aprobación. En lo sucesivo, para los padres que se vayan incorporando a la comunidad educativa, se les hará entrega de dicho resumen en el momento de realizar la matrícula. 5.11. SESIONES DE EVALUACIÓN: En las sesiones de evaluación que celebren los maestros de cada grupo de alumnos, coordinadas por el tutor del grupo, y asesorados, en su caso, por el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica, se valorará tanto el aprendizaje del alumnado en relación con el logro de las competencias básicas y de los objetivos educativos del currículo, como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, adoptando las medidas pertinentes para su mejora. Los maestros realizarán al menos tres sesiones de evaluación a lo largo del curso. Al final de cada ciclo, el tutor consignará los datos más relevantes de la evaluación. Esta valoración se trasladará al acta de evaluación final de ciclo, al expediente académico del alumno y al historial académico de la Educación primaria en los términos. A partir de los datos consignados en las actas se elaborará un informe de los resultados de la evaluación final de los alumnos, según el modelo establecido a tal efecto. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 21. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 6. EL PERSONAL NO DOCENTE En el centro conviven, junto al profesorado, otros profesionales con distinta implicación en la práctica docente: Los ATES, los FISIOTERAPEUTAS y el ENFERMERO. Las funciones y el régimen de funcionamiento de estos profesionales vienen especificadas en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la administración general de la Comunidad General de Castilla y León. El AUXILIAR ADMINISTRATIVO. Las funciones y el régimen de funcionamiento de estos profesionales vienen especificadas en normativa de la Junta de Castilla y León. Los CONSERJES. Pertenecen a ambos Ayuntamientos de León y San Andrés del Rabanedo. Las funciones y el régimen de funcionamiento de estos profesionales vienen especificadas por la propia institución. Los AUXILIARES DE COCINA Y MONITORES de los servicios de COMEDOR ESCOLAR Y MADRUGADORES. Las funciones vienen recogidas en la normativa que regula los servicios y el régimen de funcionamiento de estos profesionales depende de la empresa que los contrata. 20 28 C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 22. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 7. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO Y NORMAS PARA SU USO Al ser un colegio muy saturado de matrícula, el uso y disponibilidad de espacios entraña muchas dificultades. Por ello es necesario señalar estas consideraciones: • Las aulas serán usadas por los grupos para el desarrollo de las clases. Cuando no haya clase en el aula se podrán usar para: impartir apoyos, atención educativa a alumnos que no asisten a religión, reuniones, etc. • Las tutorías de atención a ACNEAE se usarán para este fin, excepto cuando estén libres que podrán usarse para otros. • El comedor se podrá usar también como salón de actos, para reuniones, etc. • La sala de video, laboratorio, se usará para este fin y para la impartición de apoyos, atención ACNEAE, etc. Se hará una organización adecuada de los espacios y en algunos espacios de pondrá un horario de uso de los mismos. El jefe de estudios será el encargado de organizar y adjudicar los espacios. Uso específico de algunos espacios: 21 28 BIBLIOTECA DEL CENTRO.  Medios de que dispone: libros, pizarra digital y otros.  No sólo se utilizará como biblioteca, sino que además se utilizará como Sala de usos múltiples (claustros, impartición de clases, grupos de trabajo, reuniones de ciclo, etc.)  Organización y mantenimiento: Para la biblioteca será nombrado un responsable. Se podrá elaborar un horario de uso de la misma. AULA DE MEDIOS INFORMÁTICOS.  Se encuentra situada en el edificio primaria y en el de infantil.  Medios de que dispone: ordenadores y conexión a internet ambas. El aula del edificio dirección también dispone de cañón fijo.  Utilización: Aquellos maestros/as que deseen utilizarla se pondrán en contacto con el coordinador de Nuevas Tecnologías, con el fin de ajustar la utilización por su grupo al horario del aula. En secretaría existe un juego de llaves a disposición del profesorado.  El horario se exhibirá en la puerta del aula y en la sala de profesores. Aquellos maestros/as que deseen utilizarla, apuntarán las sesión/es que necesiten durante la semana en curso. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 23. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA AULA DE MÚSICA.  Se encuentra situada en el edificio primaria.  Medios de que dispone: PDI, PC Multimedia, equipo de música e instrumentos de música y otros materiales relacionados con el área.  Utilización: se usará para la impartición de las clases de música. En caso de quedar libre en alguna sesión podrá usarse para impartición de otras áreas, reuniones, atención alumnos, etc. AULA DE COMPENSATORIA  Se encuentra situada en el edificio primaria.  Medios de que dispone: 3 equipos multimedia y material especifico del programa. PABELLÓN  Se encuentra situada al lado del edificio de primaria.  Medios que dispone: material deportivo variado.  Utilización: se usará para la impartición de las clases de Educación Física. En caso de quedar libre en alguna sesión podrá usarse para impartición de psicomotricidad de educación infantil. Además se podrá usar para eventos y celebraciones del centro. 22 28 AULA BILINGÜE  Se encuentra situada en el 2º piso del edificio de primaria  Medios que dispone: PDI, proyector y altavoces y 14 equipos multimedia y materiales específicos del área. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 24. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 8. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL CENTRO 8.1. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE DEL COLEGIO. • La hora de entrada al Centro es a las 9:00 y la salida a las 14:00 horas, excepto en los meses de septiembre y junio que será la entrada a las 9:00 y la salida a las 13:00 horas. Las actividades extraescolares se desarrollarán entre las 16:00 y las 18:00 horas. El servicio de Comedor Escolar será desde las 14,00 a las 16,00 horas, excepto en los meses de septiembre y junio que será de 13:00 a las 15:00 horas. El horario del servicio Programa Madrugadores Matinal será desde las 7,45 a las 9,00 horas. • Las modificaciones del horario legalmente autorizadas se comunicarán oportunamente. • Fuera del horario lectivo, los alumnos que no tengan una actividad concreta organizada por el Centro, habrán de abandonar el recinto escolar. • Si fuera de este horario se hiciera uso de las instalaciones la persona/s o instituciones que las utilicen se harán responsables de su apertura y cierre. 23 28 8.2. ENTRADAS Y SALIDAS. • Se ruega la máxima puntualidad tanto para la entrada como para la recogida del alumnado a la salida. • Aquellos alumnos que no lleguen puntualmente deben justificar su retraso, a ser posible por escrito. En caso de reincidencia, el Maestro Tutor, lo comunicará a los padres; si la falta de puntualidad continúa lo pondrá en conocimiento del Equipo Directivo, que junto con el tutor adoptarán las medidas previstas en el presente Reglamento. • El Colegio declinará toda responsabilidad por lo que pueda suceder al alumno que no sea recogido a las 14,00 horas. • Los alumnos de Educación Infantil de 3 y 4 años (sólo estos alumnos) que tengan hermanos en el colegio de primaria, podrán entrar en el edificio de infantil hasta las 9,10 horas y se les podrá recoger a las 13,50 horas. • Los padres acompañarán a sus hijos sólo hasta la puerta del colegio. 8.3. RECREOS. • Habitualmente, en los períodos de recreo, los niños permanecerán en el patio que les corresponda. Las puertas de los mismos deberán permanecer cerradas. • Los alumnos harán uso de los servicios ubicados en el patio. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 25. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA • Durante los recreos, no deberán permanecer los alumnos en el aula sin la atención del maestro. No se permitirán los juegos que puedan resultar molestos o peligrosos para los alumnos. La práctica deportiva en estos periodos se permitirá cuando esté debidamente organizada. 8.4. UTILIZACIÓN DE LOS TABLONES DE ANUNCIOS. • La exposición en los tablones de anuncios de toda información ajena a la comunidad educativa, tendrá que ser previamente autorizada por la Dirección del Centro. • Se evitarán anuncios de empresas cuyo objetivo sea exclusivamente mercantilista y aquellos otros que por su contenido puedan considerarse de mal gusto o no apropiados para las edades de nuestros alumnos. • Se pondrán tablones de anuncios en las salas de profesores, uno de ellos específicamente para información sindical y otros para uso de los maestros. En estos tablones se pondrá:  Horario y grupos de vigilancia de patios.  Horarios y grupos de asistencia a tardes extraescolares.  Calendario diario de sustituciones.  Acumulativo de sustituciones.  Faltas de asistencia. 24 28  Horario de todos los maestros.  Horarios de las aulas.  Otros. 8.5. USO DE LA ROPA EN LA CLASE DE E.F. La ropa de educación física será de libre elección siempre que sea un chandal o ropa deportiva. Todos los alumnos deben acudir con el equipamiento adecuado. Deben respetar el material específico del Área y deben mantener un comportamiento adecuado durante el desarrollo de las sesiones. No podrán participar en las clases de E.F.: • Aquellos alumnos que no traigan ropa y calzado deportivo. • Los que no mantengan una actitud correcta con los demás compañeros y material. Los alumnos que rompan el material del Área por un comportamiento incorrecto, deberán abonar el importe de dicho material. 8.6. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS En casos de extrema gravedad y necesidad de aplicación inmediata del medicamento, los padres deberán solicitar al centro dicha administración del medicamento. Deberán justificar esta solicitud con parte médico y eximir de cualquier responsabilidad al profesor que lo administre y al propio centro. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 26. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 8.7. PROCEDIMIENTO EN CASO DE LESIONES DE ALUMNOS El alumno aportará una copia de la cartilla sanitaria en el momento de la matrícula o cuando haya una variación, así como la información por escrito de importancia que se tenga que tener en cuenta en caso de accidente. El alumno que se lesione accidentalmente en las aulas, durante el recreo, antes o después de la comida o durante la misma, será atendido por el maestro o monitor más cercano al mismo, sea o no de su tutoría o de su grupo de comensales asignado para vigilancia. Se procederá a la cura si esta es leve y se puede atender en los botiquines del colegio. Se avisará al tutor o en su defecto al equipo directivo quienes se pondrán en contacto telefónico con la familia si la lesión o enfermedad reviste cierta gravedad, para que ésta se haga cargo de llevarlo a un centro de salud u hospital. En caso de gravedad manifiesta, el profesor o monitor se dirigirá al equipo directivo que decidirá quién llevará y cómo se llevará al alumno al centro de salud o al hospital más cercano, tomando de la secretaría los datos sanitarios del niño, ya que al hacer el ingreso nos lo solicitan. Simultáneamente se avisará a las familias para que se hagan cargo del alumno en los centros sanitarios referidos. 25 28 8.8. ALUMNOS PORTADORES DE PARÁSITOS O QUE ESTÉN INCUBANDO ALGUNA ENFERMEDAD CONTAGIOSA Cuando se detecten alumnos que sean portadores de parásitos se comunicará a sus padres tal circunstancia para que sea subsanada empleando los medios que éstos estimen necesarios, haciéndoles saber que ser portadores no tiene por qué estar asociado a una falta de higiene en las familias. Hasta que no se eliminen totalmente el alumno no podrá acceder al colegio, tal y como recomienda la Concejalía de Sanidad. Los alumnos que se confirme que están incubando alguna enfermedad infecto-contagiosa deberán permanecer en casa hasta que desaparezca la posibilidad de contagio. Se enviará también una circular a aquellos padres de alumnos que puedan verse afectados para prevenir la aparición de la enfermedad o la aparición de parásitos. 8.9. AYUDA A ALUMNOS EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROLONGADA. Los alumnos tienen derecho a la ayuda precisa para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento en su formación personal y académica. Para ello, el profesorado, podrá, en reuniones concertadas con los padres, proponer tareas y realizar el seguimiento del alumno por un período razonable, si C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 27. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA el período se prevé largo, se solicitará por el centro la ayuda domiciliaria a la Dirección Provincial de Educación. 8.10. ALUMNOS QUE UTILIZAN GAFAS EN CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA / PSICOMOTRICIDAD. Los padres de los alumnos que precisen gafas en las clases de Educación Física/Psicomotricidad presentarán en el colegio una autorización por escrito en la que conste fehacientemente tal circunstancia, responsabilizándose de cualquier accidente que pudiera ocurrir por el uso de las mismas. 8.11. ALUMNOS QUE NO CONTROLAN ESFÍNTERES El alumno debe de controlar esfínteres antes de venir al colegio. Se informará a los padres cuando realicen la matrícula. En caso de que en algún momento y de manera esporádica y excepcional, se avisará a los padres para que bien ellos, o una persona autorizada, pueda venir a cambiar al niño/a. 26 8.12. ALUMNOS QUE NO SON RECOGIDOS POR SUS PADRES A LA HORA DE LA SALIDA. 28 Los alumnos que no sean recogidos por sus padres a la hora de la salida quedarán bajo la responsabilidad de sus respectivos padres o tutores legales. Caso de repetirse esta situación de abandono temporal, se dará informe a los Servicios Sociales para que medien en el asunto. En ningún caso se podrá responsabilizar al profesorado de cualquier accidente que pudiera ocurrir mientras se encuentra haciendo gestiones telefónicas ante la familia para que vengan a recoger al alumno. 8.13. USO DE LOS TELÉFONOS MÓVILES POR LOS ALUMNOS. No está permitida la tenencia ni el uso del teléfono móvil a los alumnos dentro del recinto escolar. Los alumnos tienen a su disposición, sin ningún tipo de trabas, el teléfono del centro, tanto para recibir como hacer llamadas, sean éstas a teléfonos fijos o móviles. 8.14. ORGANIZACIÓN DE LAS AULAS. Cada aula tendrá asignado un nivel educativo, encontrándose ésta equipada con el mobiliario y material didáctico apropiados a dicho nivel (mesas, sillas, biblioteca de aula, libros de consulta, mapas, etc.) C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 28. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 8.15. PROFESORES QUE ACOMPAÑAN A LOS ALUMNOS EN LAS SALIDAS. Como criterio general, los alumnos de Infantil irán acompañados de un maestro de apoyo, además del tutor, en cada salida, dependiendo del tipo de salida. Se fija en dos el número máximo de maestros de apoyo, cuando la actividad afecte al ciclo completo. En Primaria se evitará que los niños salgan con un solo maestro, especialmente cuando salga un curso solo, aunque todo dependiendo de la situación del centro el día de la salida. 27 28 C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 29. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA 9. CONVIVENCIA EN EL CENTRO Se hace necesario acercar a la comunidad educativa las normas de convivencia básicas del centro. En primer lugar es preferible la prevención a la sanción, por lo que todos los alumnos serán informados sobre el contenido de este apartado. Esta labor corresponderá del Tutor. Como objetivo fundamental se pretende transmitir a los alumnos los valores que hacen posible la vida en sociedad, ejercitando los hábitos de convivencia y respeto mutuos. Tanto los derechos como los deberes de los alumnos, se encuentran recogidos en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los Derechos y Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia en los centros educativos de Castilla y León. Al citado Decreto se acudirá siempre que nos veamos en la obligación de 9.1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y PARTICIPACIÓN Y COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUCATIVO. • DERECHOS DE LOS ALUMNOS (Art. 5-9 del Decreto 51/2007, de 17 de 28 mayo, por el que se regulan los Derechos y Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia en los centros educativos de Castilla y León.) • DEBERES DE LOS ALUMNOS (Art. 10-14 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los Derechos y Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia en los centros educativos de Castilla y León.) • PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUCATIVO (Art. 15-17 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los Derechos y Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia en los centros educativos de Castilla y León.) 9.2. LA DISCIPLINA ESCOLAR. A continuación se recogen los procedimientos básicos de actuación según el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es
  • 30. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA  CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA Y TIPOS DE CORRECCIÓN. (Art. 29) CALIFICACIÓN DE CONDUCTAS LAS CONDUCTAS ACTUACIONES CORRECTORAS (Art. 37) (Art. 29) ¿Cuáles son estas conductas? (Art. ACTUACIONES INMEDIATAS (Art. 35) Art. 36 37) Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo a) Las manifestaciones expresas Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de conducta perturbadora por cualquier profesor del centro, dado su contrarias a los valores y derechos de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a las carácter directo e inmediato a la conducta democráticos legalmente normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al perturbadora. establecidos. objeto de aplicar las medidas posteriores previstas en el artículo 29.2.b). El profesor comunicará las actuaciones inmediatas b)Las acciones de desconsideración, Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en el llevadas a cabo al tutor del alumno, que será imposición de criterio, amenaza, Se corregirán centro, el profesor llevará a cabo una o varias quién, de acuerdo con la dirección del centro, insulto y falta de respeto, en general, con: siguientes actuaciones: determinará la oportunidad de informar a la a los miembros de la comunidad Actuaciones familia del alumno. educativa, siempre que no sean calificadas como faltas. c) La falta de puntualidad o de inmediatas (art. 35). a) Amonestación pública o privada. b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas. c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la 29 Asimismo, dará traslado a jefe de estudios, en su caso, tanto de las actuaciones que se especifican en el artículo 35.2.c) como de aquellas situaciones asistencia a clase, cuando no esté actividad durante el tiempo que estime el profesor. La suspensión de este derecho en las que las características de la conducta 2Contrarias debidamente justificada. estará regulada en el reglamento régimen interior del centro, quedando garantizado, perturbadora, su evolución, una vez llevada a cabo a las normas de d) La incorrección en la presencia, en todos casos, el control del alumno y la comunicación posterior, en de ser la actuación inmediata, y la posible calificación convivencia del motivada por la falta de aseo necesario, al jefe de estudios. posterior, lo hagan necesario. El procedimiento de centro personal o en la indumentaria, que d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario lectivo, en este comunicación será precisado en el reglamento de Prescriben a los 30 pudiera provocar una alteración en la caso con permanencia o no en el centro. régimen interior del centro. días de su actividad del centro, tomando en MEDIDAS DE CORRECCIÓN (Art. 38) comisión. consideración, en todo caso, factores (Art. 40) culturales o familiares. a) Amonestación escrita. e) El incumplimiento del deber de b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y Para la aplicación de estas medidas de corrección, estudio durante el desarrollo de la salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 salvo la prevista en el apartado 38.1.a), será clase, dificultando la actuación del días lectivos. preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o profesorado y del resto de alumnos. Medidas c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades tutores legales en caso de ser menor de edad. Así f) El deterioro leve de las posteriores: del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al mismo se comunicará formalmente su adopción. dependencias del centro, de su - Medidas de material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad material o de pertenencias de otros Corrección (art. educativa por un máximo de 5 días lectivos. Artículo 39. alumnos, realizado de forma 38) d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo de 15 La competencia para la aplicación de las medidas negligente o intencionada. días lectivos. previstas se delega en el Jefe de Estudios por el g) La utilización inadecuada de e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro Director aparatos electrónicos. por un periodo máximo de 15 días. h) Cualquier otra incorrección que f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos. altere el normal desarrollo de la g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior actividad escolar y no constituya falta a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del
  • 31. C.E.I.P. Consejería de Educación ANTONIO VALBUENA según el artículo 48 de este Decreto. alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden. CALIFICACIÓN DE CONDUCTAS LAS CONDUCTAS ACTUACIONES CORRECTORAS (Art. 48) (Art. 29) ¿Cuáles son estas conductas? (Art. ACTUACIONES INMEDIATAS (Art. 35) 48) a) La falta de respeto, indisciplina, Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de conducta Art. 36 acoso, amenaza y agresión verbal o perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por física, directa o indirecta, al conducta contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial cualquier profesor del centro, dado su carácter directo e 30 profesorado, a cualquier miembro de para la convivencia en el centro, al objeto de aplicar las medidas posteriores inmediato a la conducta perturbadora. la comunidad educativa y, en general, a todas aquellas personas que Se corregirán previstas en el artículo 29.2.b). Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en el centro, el profesor llevará a cabo una o varias El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del alumno, que será quién, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de 28 desarrollan su prestación de servicios con: en el centro educativo. Actuaciones siguientes actuaciones: informar a la familia del alumno. b) Las vejaciones o humillaciones a inmediatas (art. Asimismo, dará traslado a jefe de estudios, en su caso, Gravemente cualquier miembro de la comunidad 35). a) Amonestación pública o privada. tanto de las actuaciones que se especifican en el artículo perjudiciales para educativa, particularmente aquéllas b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas. 35.2.c) como de aquellas situaciones en las que las la que tengan una implicación de c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a características de la conducta perturbadora, su evolución, convivencia en el género, sexual, racial o xenófoba, o se cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor. La suspensión de una vez llevada a cabo la actuación inmediata, y la posible centro: Faltas realicen contra el alumnado más este derecho estará regulada en el reglamento régimen interior del centro, calificación posterior, lo hagan necesario. El procedimiento Prescriben a los 90 vulnerable por sus características quedando garantizado, en todos casos, el control del alumno y la de comunicación será precisado en el reglamento de días de su personales, sociales o educativas. comunicación posterior, en de ser necesario, al jefe de estudios. régimen interior del centro. comisión. c) La suplantación de personalidad en d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario lectivo, (Art. 54.) actos de la vida docente y la en este caso con permanencia o no en el centro. falsificación o sustracción de SANCIONES Art. 49 Art. 50. Incoación del expediente sancionador. documentos y material académico. a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las 1. Las conductas gravemente perjudiciales para la d) El deterioro grave, causado Medidas actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las convivencia en el centro sólo podrán ser sancionadas previa intencionadamente, de las posteriores: instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros tramitación del correspondiente procedimiento. dependencias del centro, de su Apertura de de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración 2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo material o de los objetos y las procedimientos inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos. del director del centro, a iniciativa propia o a propuesta de pertenencias de los demás miembros sancionadores b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo de la comunidad educativa. (Capítulo V- Art. centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos. no superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los e) Las actuaciones y las incitaciones a 48 a 54) c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 hechos. actuaciones perjudiciales para la días lectivos y la finalización del curso escolar. En su caso, habrá la posibilidad de acogerse a la mediación salud y la integridad personal de los d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas y a los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución miembros de la comunidad educativa ellas, por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin de conflictos establecidos en el capítulo IV de este título. C/ Cea, s/n - 24010 - León Tfno. 987 23 80 27 – Tfno y Fax: 987 22 28 67 http://centros.educa.jcyl.es/cpantoniovalbuena - Correo-e: 24016274@educa.jcyl.es