3. REGIMEN DE IMPORTACION
REGIMEN DE IMPORTACION
1. Libre importación
2. Licencia previa Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo
3. Prohibida Importación
Ventanilla Única de Comercio Exterior
VUCE
4. LIBRE IMPORTACION
Régimen de Libre Importación
LIBRE IMPORTACION LIBRE
IMPORTACION CON REGISTRO
SIN REGISTRO
RECURSOS PESQUEROS - ICA
EQUPOS DE VIGILACIA Y SEGURIDAD PRIVADA - INDUMIL
PRENDAS PRIVATIVAS DE LA FUERZA PUBLICA
10. TRAMITE PARA HACER UNA IMPORTACIÓN
Estudio de mercado y Trámite del Registro
Trámite del Registro o
de la factibilidad Sanitario, autorización
Licencia de
económica de la expresa o inscripción
Importación.
importación ante alguna entidad
Se contrata una agencia que se
encarga de la inspección de la
mercancía en el país
exportador, expedirá el Una vez llegue al país,
Pago de la importación Certificado de Inspección (Se la compañía
requiere para los "productos transportadora elabora
sensibles" determinados por el
Consejo Superior de Comercio
Exterior ).
Manifiesto de Carga
Se despacha la para la verificación de
mercancía hasta puerto ésta por parte de la
colombiano Administración de
Aduanas.
11. 8. El importador, el UAPS o la Agencia de Adunas, hace los trámites
para efectos de nacionalización de la mercancía, que se resumen
en:
Compra de los formularios:
Diligenciamiento de la DAV
"Declaración Andina de
en Aduana, si el valor de la Diligenciamiento de la
Valor en Aduana" y
importación es igual o Declaración de Importación
"Declaración de
superior a US$ 5.000.oo
Importación".
Presentación de la
Presentación de la El empleado del depósito o
Declaración de Importación
Declaración de Importación, el funcionario de la Aduana
en los Bancos o
junto con los demás que recibe la declaración
entidades
documentos en el depósito captura la información en el
financieras autorizados
de Aduana en que se Sistema Informático de la
cancelando los tributos
encuentre la mercancía Aduana.
aduaneros
El empleado del depósito o
El inspector de la DIAN
el funcionario aduanero
efectúa verificación física
autorizan el retiro de la
de la mercancía y de
mercancía del depósito,
los documentos que
quedando en libre
sustentan la importación
disposición del importador.
13. GENERALIDADES
MANIFIESTO DE CARGA:
a. Identificación del medio de carga
b. Datos viaje
c. Peso y cantidad total de las unidades
numero de documentos de transporte
d. Numero de bultos
e. Peso y descripción genérica de carga
consolidada
f. Si existe contenedores vacíos que se
transporten ya sea 1 o 3 se deberán
informar.
15. d) Arribar por los lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales
e) Poner a disposición de las autoridades aduaneras las
mercancías objeto de importación al TAN
f) Presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a
través de los servicios informáticos electrónicos, el aviso de
finalización de descargue
g) Presentar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a
través de los servicios informáticos electrónicos
h) Justificar las inconsistencias advertidas, cuando a ello hubiere
lugar
I) Expedir la planilla de envío que relacione las mercancías que
serán introducidas a un depósito o a una zona franca
16. j) Entregar, dentro de la oportunidad establecida en las
normas aduaneras, las mercancías al Agente de
Carga Internacional, al puerto, al depósito habilitado,
al usuario de la zona franca, al declarante o al
importador, según el caso;
k) Responder porque la información que entreguen a
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sobre
el manifiesto de carga y documentos de transporte,
corresponda al contenido de los documentos físicos;
l) Informar cuando corresponda, al Agente de Carga
Internacional, dentro del término que establezca la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sobre la
finalización de la operación del descargue de la carga
consolidada.
17. TERMINO DE PERMANENECIA EN UN DEPOSITO
RESOLUCION 4240-200
D. PUBLICO- D. DE DEPÓSITOS DEPOSITOS
PRIVADO TRANSFORMACION PRIVADOS PARA AERONAUTICOS
Y EMSAMBLE DISTRIBUCIÓN
INTERNACIONAL
1 MES 15 DIAS 1 AÑO 1 AÑO
PRORROGABLE 1 CONTADOS DE TAN TAN
MES FECHA DE
LLEGADA
D. ENVIOS D. PROVISIONES DE DEPÓSITOS DEPOSITOS
URGENTES A BORDO PARA PRIVADOS PARA
CONSUO Y LLEVAR PROCESAMIENT FRANCO
O INDUSTRIAL
1 MES 18 MESES
TAN CONTADOS DE NO HAY LIMITE NO HAY LIMITE
FECHA DE
LLEGADA
18. DEPÓSITOS PRIVADOS PARA DISTRIBUCIÓN
INTERNACIONAL:
Son aquellos lugares habilitados por la DIAN a
los UAPS, para el almacenamiento,
conservación, acondicionamiento,
manipulación, empaque, reempaque, o
clasificación de mercancías extranjeras que
serán sometidas prioritariamente a la
modalidad de reembarque. Las mercancías
deberán ser reembarcadas o sometidas a una
modalidad de importación. De lo contrario, se
considerarán abandonadas a favor de la
nación.
20. MODALIDADES DE IMPORTACIÓN
En el régimen de importación se pueden dar las siguientes
modalidades:
a) Importación ordinaria;
b) Importación con franquicia;
c) Reimportación por perfeccionamiento pasivo;
d) Reimportación en el mismo estado;
e) Importación en cumplimiento de garantía;
f) Importación temporal para reexportación en el mismo
estado;
21. g) Importación temporal para perfeccionamiento
activo:
- Importación temporal para perfeccionamiento
activo de bienes de capital
- Importación temporal en desarrollo de Sistemas
Especiales de Importación - Exportación;
- Importación temporal para procesamiento
industrial;
h) Importación para transformación o ensamble;
i) Importación por tráfico postal y envíos urgentes;
j) Entregas urgentes y,
k) Viajeros.
22. IMPORTACIÓN ORDINARIA
Es la introducción de mercancías de
procedencia extranjera al territorio
aduanero nacional con el fin de
permanecer en él de manera
indefinida, en libre disposición, con el pago
de los tributos aduaneros a que hubiere
lugar y siguiendo el procedimiento
establecido.
23. Declaración Importación ordinaria no tiene
vencimiento.
Si es una mercancía usada se debe obtener
autorización previa ante Mincomercio.
Vehículos, autopartes y repuestos tienen algunas
restricciones políticas-Mincomercio-.
Preferencias.
Debe figurar el la declaración el consignatario del
documento de transporte o el endoso y los
responsable de la legislación aduanera.
24. DOCUMENTOS SOPORTE EN UNA
IMPORTACION
1. Declaración de Importación
2. Registro o Licencia
3. Factura Comercial: (Decisión 571)
Quien vende
Domicilio de la persona
Nit
Número Telefónico
Firmado por Quien la expide
Termino de Negociación
Gastos
4. Documento de transporte
5. Certificado de Origen
6. Certificado de Sanidad
7. Lista de empaque
8. Mandato
9. Declaración Andina del Valor
26. IMPORTACIÓN POR
FRANQUICIA
Importación que goza de beneficios totales
o parciales de tributos aduaneros y con
base en la cual la mercancía queda en
disposición restringida (Tratado, Convenio o
Ley).
Documentos: Previstos Art. 121.
Destinos a industria Minería: no requiere
autorización aduanera.
Régimen importación: licencia previa
27. REIMPORTACIÓN POR
PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Se presenta cuando hay necesidad de
exportar temporalmente bienes para
reparación, transformación y elaboración,
causa tributos aduaneros sobre el VA en el
exterior, incluidos gastos.
Se debe presentar en la misma jurisdicción
aduanera.
Documentos soporte: DEX temporal PP,
facturas VA, certificado origen, Doc.
Transporte, Mandato.
28. REIMPORTACIÓN EN EL MISMO
ESTADO
En esta modalidad deberán conservarse los siguientes
documentos:
a) Copia de la Declaración de Exportación;
b) Documento de transporte;
c) Cuando se trate de una exportación definitiva, la
prueba de la devolución de las sumas percibidas por
concepto de incentivos a la exportación, o del pago de
impuestos internos exonerados con motivo de la misma
y,
d) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la
Declaración de Importación se presente a través de una
Sociedad de Intermediación Aduanera* o apoderado.
29. IMPORTACIÓN EN
CUMPLIMIENTO DE GARANTÍA
En esta modalidad deberán conservarse los siguientes
documentos:
a) Copia de la Declaración de Exportación Definitiva o temporal
para perfeccionamiento pasivo, según el caso, que contenga los
datos que permitan determinar las características de la
mercancía exportada, con el fin de establecer su identidad o
equivalencia, según el caso, con la que se importa;
b) Original de la garantía expedida por el fabricante o proveedor
de la mercancía, la cual deberá encontrarse vigente en la fecha
de su exportación;
c) Original del documento de transporte y,
d) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración
de Importación se presente a través de una Sociedad de
Intermediación Aduanera* o apoderado.
30. IMPORTACIÓN TEMPORAL
PARA REEXPORTACION EN EL
MISMO ESTADO
ART. 142. Introducción de mercancías que
tienen que ser rexportadas en el mismo
estado, con suspensión parcial o total de
tributos, Excepto la mercancía con
depreciación que por su uso tenga. Sin
haber presentado modificación alguna.
31. De corto plazo- Art. 94 Resolución 4240/00
• 6 meses. (levante) pror. 3 meses.
• No se liquidan tributos.
• Constituir una garantía por el 150% de valor de
tributos.
Largo plazo- Art. 98 Resolución 4240/00
• Bienes K
• 5 años.
• Pago de tributos semestrales.
32. IMPORTACIÓN TEMPORAL DE
MERCANCÍAS EN
ARRENDAMIENTO O LEASING
Bienes al tan para desarrollar una actividad
económica, por un plazo de 6 meses y
cancelan tributos proporcionalmente al
tiempo autorizado.
Documentos:
Certificación de residencia o
Visa de residente consularizada
33. IMPORTACIÓN TEMPORAL DE
VEHÍCULOS DE TURISTAS
Termino de 6 meses prorrogable por un
periodo de una visa de turista, debe ser
usado por el turista el medio de transporte.
M vehículos, motocicletas y
embarcaciones: de desarrollo fronterizo
serán autorizadas por el alcalde, por un
termino de 5 años.
34. REEXPORTACION
Modalidad de exportación, que
regula la salida definitiva de
mercancías que estuvieron
sometidas en modalidades imp.
Temporal o modalidad de
transformación o ensamble, bienes
de k,
35. Clases :
Imp. Temporal para
perfeccionamiento
activo de bienes
Importación
Imp. Temporal en
desarrollo de
temporal para
sistemas especiales perfeccionamiento
de importación. activo
Imp. Temporal para
procesamiento
industrial.
36. IMP. TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO
ACTIVO DE BIENES
Bines de k, así como sus partes, repuestos,
con suspensión total de tributos , destinados
a ser reexportados, después de haber sido
sometidos a reparación o acomodación,
en un plazo de 6 meses.
Art.98 Derogado Decreto 2394/02 frente a
bienes de k mas no partes y accesorios.
Garantía del 100% para la nación.
37. Terminación del Documentos
régimen
Rexportación. Documento de
Aprehensión o importación
decomiso (Garantía) Doc. Transporte
Abandono Mandato
voluntario
Destrucción de la
mercancía
38. PLAN VALLEJO
Permite a personas naturales o jurídicas que tengan
el carácter de empresarios productores,
exportadores, o comercializadores, o entidades sin
ánimo de lucro, importar temporalmente al territorio
aduanero colombiano con exención total o parcial
de derechos de aduana e impuestos; insumos,
Materias Primas, bienes intermedios o Bienes de
Capital y repuestos que se empleen en la
producción de bienes de exportación o que se
destinen a la prestación de servicios directamente
vinculados a la producción o exportación de estos
bienes.
39. Totalo parcial de tributos
Deben ser exportados( transformación,
elaboración, reparación)
PLAZOS
18 meses demostrar la Sector agropecuario 24 y
exportación contados 36 meses teniendo en
(levante) cuenta la vida útil de MP.
MATERIA PRIMA INSUMO
Los bienes que incurren en
Material de producto final la producción bien
Tela Maquinas, aceites de la
maquina
40. CLASES PLAN VALLEJO
PLAN VALLEJO PLAN VALLEJO JUNIOR
Artículo 172. Artículo173 b.
Segunda importación
se debe traer la
Importación MP e misma cantidad con
insumos para un las misma partida
producto final arancelaria, y se mide
a través del valor
FOB.
41. PLAN VALLEJO DE SERVICIOS
SERVICIOS DE INFORMATICA
SERVICIOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
SERVICIOS DE EMPAQUE
DISTRIBUCION Y ENERGIA
COMUNICACIÓN :
AUDIO TELEVISION/ RADIO
HOSPITAL
TRABAJOS DE INGENIERA CIVIL
SERVICIOS DE TRANSPORTE
43. M M Transformación y ensamble: D.I.
O 15 días siguientes a la llegada de la
D m/cia tan.(Ordinaria O Franquicia
A O Exportadas o rexportadas o
L destruidas)
I M envíos urgentes y Trafico postal.
D Pagan tributos de acuerdo a la
A partida 9803000000 Gravamen 10%
D e IVA 16%.
E Viajeros.
S Menaje.
45. DECLARACIONES DE IMPORTACION
Declaración Declaración Declaración
Inicial simplificada anticipada
Declaración Declaración Declaración
de de de
legalización modificación corrección
46. VALORACION ADUANERA
METODO TRANSACCION
METODO M/CIA IDENTICA. Precio
referencia
METODO DEDUCTIVO
METODO SIMILAR. Precio
referencia
METODO DE VALOR
RECONSTRUCTIVO
METODO ULTIMO RECURSO
47. LIQUIDACIÓN IMPUESTOS
Modalidad
DIAN
-10 %
Declaración
Andina de
Valor
Pesos
colombianos
48. EJEMPLO
IMPORTACION: Tendidos de Cama de fibras sintéticas o
ar tificiales
Par tida arancelaria: 6302.10.10.00
Unidad física: U unidades o ar tículos
Gravamen: 15%
IVA: 16%
VALOR CIF: 35000
VALOR SEGURO: 10% CIF
VALOR GASTOS: $ 1200 USD
VALOR FLETES: $ 2000 USD
49. ML7859 285 1 169 23 Naviera armas s.a. 1808,33
6302.10.10.00 C100 X 35000 063
01 01 149 700 kg 630 kg BX 12 1 U 6000
24800
15 63291550 9493800
3500 16
72785350 11645656
6700
35000
11690
21139456 21139456
50. EJERCICIOS:
IMPORTACION ORDINARIA:
PA I S D E C O M P R A M E X I C O , PA I S D E P R O C E D E N C I A E S TA D O S U N I D O S , PA I S D E O R I G E N
CHINA
PARTIDA UNIDAD GRAVAMEN IVA VALOR CIF VALOR VALOR VALOR
ARACELARIA FISICA SEGURO GASTOS FLETES
4503.10.00.0 24000 3600 2500 3400
0
IMPORTACION ORDINARIA:
PA I S D E C O M P R A C A N A D A , PA I S D E P R O C E D E N C I A C R O A C I A , PA I S D E O R I G E N B E L G I C A
PARTIDA UNIDAD GRAVAMEN IVA VALOR CIF VALOR VALOR VALOR
ARACELARIA FISICA SEGURO GASTOS FLETES
6001.21.00.0 35489 4500 3200 3500
0
51. IMPORTACION TEMPORAL PARA REEXPORTACION AL MISMO
ESTADO A LP- Articulo 98:
PA I S D E C O M P R A A U S T R A L I A , PA I S D E P R O C E D E N C I A C O S TA R I C A , PA I S D E O R I G E N E C U A D O R ,
PA I S B A N D E R A C H I P R E
PARTIDA UNIDAD GRAVAMEN IVA VALOR CIF VALOR VALOR VALOR
ARACELARIA FISICA SEGURO GASTOS FLETES
84.02.12.00.0 42134 15% cif 3400 2800
0
IMPORTACION ARRENDAMIENTO :
PA I S D E C O M P R A D I N A M A R C A , PA I S D E P R O C E D E N C I A E M I R AT O S A R A B E S U N I D O S , PA I S D E
O R I G E N M A L AW I , PA I S B A N D E R A J A P O N
PARTIDA UNIDAD GRAVAMEN IVA VALOR CIF VALOR VALOR VALOR
ARACELARIA FISICA SEGURO GASTOS FLETES
8701.20.00.0 50000 8956 6745 5000
0
Contrato por 3 años.