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UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
CAMPUS LEÓN

GUÍA DE TITULACIÓN
COMPENDIO DE NORMAS, ACUERDOS, LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS
DE TITULACIÓN PARA LAS LICENCIATURAS

Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos:
(Conformado por el Consejo Divisional en sesión ordinaria de L-CDCSyH-2013-O-1-03 de la sesión
ordinaria del 22 de enero de 2013 con base en el artículo 67 del Estatuto Académico vigente)
Dr. Luis Fernando Macías García
Dr. Juan Antonio Rodríguez González
Dr. Alejandro Klein
Dr. Alejandro Martínez de la Rosa
Dra. María Eugenia Rabadán Villalpando
Dr. José Luis Coronado Ramírez
Fecha de aprobación por Consejo Divisional:

1
ÍNDICE
Contenido:
1. Consideraciones Generales............................................................................................................ 4
2. Normas relativas al examen de titulación........................................................................................4
2.1 Para obtener el título de licenciatura.......................................................................................4

2.2 Normas para el caso de modalidades de titulación que requieran director(a) y
examen de titulación (Tesis y Trabajo de Ejercicio Profesional)........................................4
2.3 Normas relativas al examen de titulación...................................... ...........................5
2.4 Normas relativas al reconocimiento de alumnos en exámenes de titulación.............6
2.5 Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos ....................7
3. Lineamientos Académicos de titulación.........................................................................................7
3.1 Modalidades de titulación......................................................................................................8
3.2 Componentes formales de las modalidades de titulación.....................................................8
3.2.1 Excelencia Académica............................................................................................8

3.2.2 CENEVAL - Examen General de Egreso de la Licenciatura..................9
3.2.3Publicación de Artículo en Revista Arbitrada.............................................................9
3.2.4 Tesis............................................................................................................................9
3.2.4.1 Formato General del Trabajo de Tesis.......................................................10
3.2.5 Trabajo de Ejercicio Profesional...............................................................................10
3.2.5.1 Tipos de Trabajo de Ejercicio Profesional.....................................................12
3.2.5.1.1 Reporte Etnográfico......................................................................12
3.2.5.1.2. Reporte de Prácticas Profesionales...........................................13
3.2.5.1.3 Reporte de Ejecución de un Proyecto Cultural...........................13
3.2.5.2 Estructura General del Trabajo de Ejercicio Profesional .............................14
3.2.5.3 Formato General de los Reportes del Trabajo de Ejercicio Profesional.......14
3.3 Del PROTOCOLO que se debe presentar para el caso de las modalidades de Tesis y trabajo
de Ejercicio Profesional............................................................................................................... 15
3.4 Del director y codirector de Tesis o Trabajo de ejercicio Profesional................................ 15
4. Trámites y procedimientos para titulación..........................................................................................16
4.1 Trámites para titularse mediante la modalidad de Excelencia Académica..................................16
4.2 Trámites para titularse mediante la modalidad CENEVAL..........................................................17
4.3 Trámites para titularse como publicación de artículo en revista arbitrada................................17
4.4 Trámite para el registro del protocolo....................................................................................... 18
4.5Trámites para titularse mediante la modalidad de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional…....19
2
4. 6 De los trámites posteriores a la conclusión del trabajo escrito................................................19
5. Prontuario de formatos......................................................................................................................21
5. 1 Normas del Estilo APA...............................................................................................................21
1) Modelo de Oficio de solicitud de modalidad de titulación
2) Modelo de Oficio para el caso de registro de protocolo de investigación para elaboración de Tesis
y de Trabajo de Ejercicio Profesional............................................................................................23
3) Generalidades: orientaciones técnicas del formato de las tesis y reportes...........................................24

4)- Ejemplo de carátula de tesis o trabajo de ejercicio profesional.............................. ......25
6. Los Principios Éticos del trabajo de Titulación.................................................................................26

3
COMPENDIO DE NORMAS, ACUERDOS, LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS
DE TITULACIÓN PARA LAS LICENCIATURAS

1.-Consideraciones Generales.

El presente documento tiene como función orientar a los estudiantes, egresados y
profesores sobre el proceso de titulación de las licenciaturas de la División de Ciencias Sociales y
Humanidades, Campus León. Está conformado por la normatividad vigente relativa a dicho
proceso, los acuerdos del Consejo Divisional y procedimientos académicos y administrativos
necesarios para concluir el proceso de titulación y obtención del título de licenciatura. Por ello el
documento se considera un compendio y pretende ser una guía. Como tal está conformado por 5
apartados: normatividad vigente relativa a la titulación, lineamientos académicos, procedimientos,
prontuario que incorpora los formatos requeridos y se incluye, asimismo, los principios éticos
necesarios para el trabajo de titulación.

2. Normas vigentes relativas a la titulación de licenciaturas
2.1 Para obtener el título de licenciatura
Con base en el artículo 62 del Estatuto académico, para obtener en el nivel superior el título de
licenciatura se requerirá:
I.
Cumplir el plan de estudios respectivo
II.
Realizar de entre las modalidades elegidas por el Consejo Divisional alguna de las
siguientes: trabajo de tesis, de investigación o de ejercicio profesional (ver en el
apartado 3 de este documento las modalidades autorizadas por el Consejo Divisional)
y sustentar el examen ante un jurado para defenderlo en las condiciones que
establecerá el Consejo Divisional.
III.
Cumplir con el servicio social profesional; y
IV.
Los demás requisitos académicos y administrativos previamente establecidos en la
estructura curricular correspondiente. (Ver apartado 4 de este documento)

2.2 Normas para el caso de modalidades de titulación que requieran director(a) y examen de
titulación (Tesis y Trabajo de Ejercicio Profesional).
De acuerdo al artículo 68 del Estatuto Académico, en las modalidades que lo requieran, habrá un
director del trabajo y si las circunstancias académicas lo ameritan, podrán designarse uno o más
codirectores, según sea pertinente.
El Director y los codirectores, en su caso, podrán pertenecer a cualquier Campus o Escuela de Nivel
Medio Superior de la Universidad o ser externos. Cuando el director del trabajo sea externo a la
Universidad, un profesor de ésta será nombrado codirector.
El director del trabajo fijará el tema a desarrollar de común acuerdo con el interesado.

4
Los sinodales serán nombrados por el Director de División o de la Escuela, a propuesta del director del
trabajo; deberán tener igual o superior grado académico al que van a otorgar. Por lo menos, un sinodal
deberá pertenecer a la Universidad.
El Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior nombrará presidente del jurado al sinodal
que no siendo director o codirector del trabajo, de preferencia tenga mayor antigüedad en la
Universidad. En casos excepcionales podrá designar, de entre los sinodales, a uno que sea externo.
Los jurados estarán compuestos por tres sinodales. Cuando se trate de trabajos colectivos, que
admitirán como máximo tres sustentantes, el jurado se integrará con cinco sinodales.
Cuando se requiera defensa o presentación del trabajo, será necesaria la aprobación del mismo, por
escrito, de parte de su director, de los codirectores, en su caso, y de los sinodales. El pronunciamiento
de ellos, en un sentido u otro, deberá expedirse dentro de los treinta días siguientes a aquél en que les
haya sido sometido a su consideración el documento que contenga el trabajo respectivo.
En caso de falta de aprobación, el sinodal de que se trate deberá motivar su decisión y ésta se pondrá en
conocimiento del interesado. Además de los efectos que con respecto al sustentante corresponden, el
documento donde conste la aprobación del trabajo por parte del director del mismo, de los codirectores
y de los sinodales, se agregará al expediente académico personal de los profesores, como constancia de
su mérito.
El Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior, a propuesta del jurado, fijará con al
menos quince días de anticipación, la fecha, hora y lugar en que habrá de celebrarse el examen. Una vez
desahogado el mismo, el resultado que se emita será individual por cada sustentante.
En las modalidades que no impliquen la presentación y defensa de un trabajo ante un jurado, el Director
de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior según corresponda, con el apoyo de la instancia de
registro y control escolar de la Universidad, verificará el cumplimiento de las bases y requisitos fijados
por el Consejo Divisional respectivo o el Consejo Académico del Nivel Medio Superior; una vez hecho lo
cual, el Rector General y el propio Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior,
expedirán en su caso, el acta de obtención del grado o reconocimiento de estudios correspondiente.

2.3 Normas relativas al examen de titulación
En las modalidades en que deba existir un jurado, el alumno deberá presentar un examen de titulación
después de haber cumplido con todos los requisitos previos a la titulación y atendido los dictámenes de
los sinodales.
a) Conforme al artículo 68 del Estatuto Académico, el jurado será designado formalmente por el
Director de la División quien nombrará como presidente del jurado al sinodal que no siendo director o
codirector del trabajo, de preferencia tenga mayor antigüedad en la universidad. En casos excepcionales
podrá designar de entre los sinodales a uno que sea externo.
b) Concluida la sesión del examen el jurado deliberará y dictaminará de inmediato haciendo constar su
acuerdo en el acta respectiva. La decisión podrá ser aprobatoria, reprobatoria o de diferimiento. En los
dos últimos casos el sustentante se sujetará a los lineamientos que establecerán para tal efecto el
Consejo Divisional respectivo (ver apartado 4.6 de este documento).
5
2.4 Normas relativas al reconocimiento de alumnos en exámenes de titulación. (Ver acuerdos del
Consejo Divisional respecto a este punto en apartado 4.6).
De acuerdo al artículo 13 del Reglamento de Reconocimiento al Mérito Universitario: “en la
sustentación de los exámenes para la obtención de un grado académico conforme a lo dispuesto en el
capítulo VI del Título Segundo del Estatuto Académico, se podrán otorgar los reconocimientos
siguientes:
I – Aprobación por Unanimidad de Votos;
II – Laureado;
III – “Cum Laude”;
IV – “Summa Cum Laude”.”
Art. 14. Cuando la aprobación del examen sea por Unanimidad de Votos, el jurado lo hará constar en el
acta respectiva.
Art. 15. El reconocimiento Laureado se otorgará a los trabajos de obtención de grado que sean de
especial relevancia, independientemente del aprovechamiento académicos del estudiante o del
desarrollo del examen que para la obtención del grado, en su caso, se haya sustentado.
Art. 16. El reconocimiento “Cum Laude” es la mención que se otorga a los alumnos que sustenten
examen de manera excepcional y cuyos trabajos sean de valía extraordinaria.
Art. 17. El reconocimiento “Summa Cum Laude” es la mención que se otorga a los alumnos que
sustenten el examen de manera excepcional, cuyos trabajos sean de gran valía y acrediten un excelente
aprovechamientos académico.
Art. 18. Los trabajos que por su naturaleza sean susceptibles de ser publicados o difundidos, obtendrán
apoyo institucional para ese propósito, siempre que lo permitan las posibilidades de la Universidad.

2.5 Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos
Este Comité fue creado con base en el artículo 67 del Estatuto Académico y conforme al
acuerdo del Consejo de División L-CDCSyH-2013-O-1-03 de la sesión ordinaria del 22 de enero
de 2013. Este Comité, de acuerdo al artículo 49 del Estatuto Orgánico, está conformado por el
Director de la División, tres miembros profesores del Consejo Divisional y dos profesores,
también de carrera, externos al Consejo Divisional. Los miembros del Comité durarán en su
cargo dos años, con posibilidad de ser reelectos. La elección de los miembros del Comité es a
propuesta del Consejo Divisional. Para ello, se debe considerar que los profesores sean de
carrera, con trayectoria universitaria reconocida por sus pares y con destacado nivel
académico.
Este Comité es el organismo responsable de hacer cumplir los lineamientos a seguir para obtener el
título de licenciatura. Para efectos de estos lineamientos se entiende por:
6
Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos al grupo de miembros
de la DCSyH, elegidos por el Consejo Divisional, cuyas funciones se describen en el artículo 67,
fracciones I a IV del Estatuto Académico. Para el presente documento se le nombrará en adelante
sólo como el Comité.
a.- Funciones del Comité.
De acuerdo al artículo 67 del Estatuto Académico, corresponde al Comité:
I. Determinar y difundir los criterios académicos que deban cumplirse en las modalidades que para la
obtención de un título o grado requieran examen ante un jurado, observando las bases y requisitos
fijados por el Consejo Divisional.
II. Precisar y difundir los perfiles académicos que deben reunir el director del trabajo, los codirectores
del mismo, y los sinodales.
III. Designar director del trabajo y en su caso codirectores, escuchando la opinión del interesado.
IV. Cuidar que los procesos relativos a las modalidades a que se refiere la fracción I, se desarrollen
conforme a las normas aplicables.
Se consideran también funciones del Comité,
1. Hacer cumplir las disposiciones académicas contempladas en el perfil de egreso de los programas
educativos.
2.

Resolver cualquier caso de inconformidad, desacuerdo o circunstancia no prevista en los procesos
de reconocimiento de estudios y obtención de grado, siempre en el marco de las competencias que
le confiere la legislación vigente.

3. Lineamientos Académicos de titulación
El presente apartado expone los criterios académicos requeridos para cada modalidad de titulación vigente
en la División de Ciencias Sociales y Humanidades según acuerdos de las sesiones del 2 de julio de 2010 (LCD-CSYH-E-2010-5-01 y L-CD-CSYH-E-2010-5-02) y del 7 de septiembre de 2010 (L-CD-CSYH-2010-13-04).

3.1.- Modalidades de titulación
Por modalidad de titulación se entiende la vía elegida por el alumno para obtener el título de
licenciatura en la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León de la Universidad de
Guanajuato. Conforme la modalidad elegida, el sustentante deberá demostrar los conocimientos,
habilidades, actitudes y valores adquiridos a lo largo de su proceso formativo y acorde con el campo en el
que se ha especializado.
De acuerdo al artículo 62 del Estatuto Académico (ver apartado I de este documento), y según
acuerdos del Consejo de División del 2 de julio de 2010 (L-CD-CSYH-E-2010-5-01 y L-CD-CSYH-E2010-5-02) y del 7 de septiembre de 2010 (L-CD-CSYH-2010-13-04), para obtener el título de
7
licenciatura de los programas educativos impartidos en la División de Ciencias Sociales y
Humanidades, Campus León, el alumno podrá elegir de entre las siguientes modalidades:

1)
2)
3)
4)
5)

Excelencia académica.
CENEVAL
Publicación de trabajo individual en revista arbitrada.
Tesis
Trabajo de Ejercicio Profesional, en sus variantes de reporte etnográfico, reporte de prácticas
profesionales o ejecución de proyecto cultural.

Las opciones de titulación indicadas anteriormente son voluntarias. Esto significa que el estudiante
tendrá la libertad de decidir con cuál modalidad se titulará. El estudiante, sin embargo, podrá modificar la
opción elegida siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos para la nueva opción. Para ello, deberá
presentar al Comité una solicitud de modificación debidamente fundamentada y con el visto bueno del
director del trabajo.

3.2. – Componentes formales de las modalidades de titulación
3.2.1. Excelencia Académica
a) Por Excelencia Académica se entiende el reconocimiento de estudios concedidos a un egresado por su
alto rendimiento observado y comprobado a través de sus calificaciones obtenidas a lo largo de su
historial académico, dentro del programa respectivo.
b) Para tener derecho a esta modalidad, se requiere que el alumno:
1. Haya concluido íntegramente las actividades académicas señaladas en el plan de estudios y
haber cubierto el 100% de los créditos.
2. Haya logrado un promedio general mínimo de 9.5.
3. Haya aprobado la totalidad de los cursos en primera oportunidad.

3.2.2 CENEVAL - Examen General de Egreso de la Licenciatura:
El Examen General de Egreso de la Licenciatura podrá realizarse, de acuerdo a la normatividad
vigente, siempre y cuando exista como una opción aplicable en el Centro Nacional de Evaluación
(CENEVAL) y se encuentre disponible para el programa académico correspondiente.
Actualmente, el examen tiene validez para la Licenciatura en Trabajo Social.
Por acuerdo del Consejo Divisional en su sesión ordinaria del 30 de julio de 2013 (ACUERDO LCDCSyH-2013-O-3-08) está establecido que “debido a que la redacción que hace referencia a la
8
modalidad de titulación por examen CENEVAL en el programa de la Licenciatura en Trabajo Social
ya no corresponde con la forma en que actualmente está definido el CENEVAL para esta
licenciatura, se acuerda por unanimidad que los alumnos inscritos en el programa de Trabajo Social
que elijan la MODALIDAD DE TITULACIÓN por CENEVAL tendrán que aprobar las cinco áreas de
dicho examen y al menos en dos de ellas tendrán que obtener resultado sobresaliente.”

3.2.3. Publicación de Artículo en Revista Arbitrada:
a) Para efectos de titulación, el artículo debe estar publicado y ser de autoría única, es decir, no se
aceptan artículos publicados con más de un participante.
b) La revista en que aparezca el artículo debe ser arbitrada, en formato impreso o digital y puede ser
de carácter nacional o internacional. El Comité de Reconocimientos de Estudios y Obtención de
Grados Académicos se responsabilizará de verificar que la revista dictamine los artículos así como la
calidad misma de la revista.
c) Se aceptarán artículos que hayan sido publicados desde un año antes de haber egresado el alumno
de la licenciatura.

3.2.4. Tesis:
a) Por trabajo de tesis se comprende un trabajo de investigación escrito, sistematizado y
fundamentado que demuestre la capacidad de comprensión, interpretación y síntesis del estudiante, así
como el manejo de ideas propias de forma coherente y lógica con fundamentación teóricametodológica adecuada.
b) La tesis permitirá al estudiante la complementación de su formación académica a través del
desarrollo de actividades preferentemente pero no exclusivamente relacionadas con los temas de
investigación de los profesores de tiempo completo y de las líneas de generación y aplicación del
conocimiento de la División. La tesis de investigación se inscribe de preferencia, en un programa de
investigación de la División en Ciencias Sociales y Humanidades. Para su registro, se deberá elaborar un
protocolo de tesis.
c) La tesis podrá ser elaborada por máximo tres estudiantes.
d) Se podrán aceptar propuestas de tesis multi o interdisciplinarias en el que participen estudiantes y
profesores de diversas licenciaturas de la División de Ciencias Sociales y Humanidades. Para este caso,
este Comité deberá determinar las especificidades a que haya lugar.
e) Por ser un trabajo de conclusión de la licenciatura, el trabajo de investigación deberá ser defendida
por el estudiante después de haber concluido sus créditos y haber cumplido con los requisitos
establecidos en el plan de estudios para el egreso.

3.2.4.1 Formato General del trabajo de Tesis:
Las tesis deberán seguir los formatos correspondientes:
9
a) Ser elaboradas preferentemente por un integrante (individual) y como máximo tres integrantes
(colectiva). Pueden ser estudiantes de diferentes licenciaturas de la División con la idea de hacer un
trabajo multidisciplinario.
b) El documento final deberá tener una extensión de 80 a 110 cuartillas para el caso de un integrante
y de 120 a 140 cuartillas para el caso de dos o tres integrantes (sin considerar ilustraciones, anexos, ni
bibliografías).
c) El trabajo deberá estar escrito en formato de doble interlineado y con letra Arial o Times New
Roman, de 12 puntos. Las citas y la bibliografía deberán realizarse, preferentemente, conforme a las
normas de estilo APA1 como guía para orientar el formato técnico de los textos. El estilo bibliográfico
debe ser uniforme a lo largo de todo el trabajo.
d)

Entregar la versión electrónica en PDF junto con las copias impresas empastadas o engargoladas.

3.2.5. Trabajo de Ejercicio Profesional:
El Trabajo de Ejercicio Profesional es la sistematización de una experiencia práctica que busca
desarrollar una serie de aprendizajes y propuestas en la vida profesional del estudiante. A grandes
rasgos, la disciplina de documentar sistemáticamente lo que se hizo propicia primeramente, el
desarrollo de un hábito selectivo para registrar y armar la memoria de la experiencia, generando con
esto, un estilo de trabajo basado en la organización (Ayllón Viana, 2004:082). Además, se visualizan
cambios en las personas y en los equipos involucrados, puesto que el hecho de tomar la experiencia
como fuente de información y conocimiento, torna todo el proceso de sistematización de la experiencia
profesional más dialógico.

a) ¿Qué entendemos por la sistematización de las prácticas?
La sistematización puede ser entendida como una reflexión crítica que permite la documentación de
una experiencia profesional relevante. La misma se realiza a través del ordenamiento y reflexión de una
experiencia vivida y fundamentada. “La sistematización surge como un esfuerzo consciente de capturar
los significados de la acción y sus efectos”.3 Un ejercicio de sistematización involucra la descripción,
problematización, análisis e interpretación de la acción profesional dentro de un campo de
conocimiento.

1

Para mayores informaciones sobre el estilo APA, ver: www.apa.org o consultar el Manual de Publicaciones de la
American Psychilogical Association, disponible en el Acervo Bibliográfico de la Universidad de Guanajuato.
2
Ayllón Viana, María (2004) II ITALLER INTERNACIONAL DE TRABAJO SOCIAL: “Integridad del Trabajo Social en la Actual Coyuntura”,
La Habana, Cuba. Disponible en: http://www.alboan.org/archivos/450.pdf, acceso el octubre de 2012.
3
Ghiso, Alfredo (2001). Sistematización de experiencias en Educación Popular. En Memorias Foro Los contextos actuales de la
Educación Popular. Fe y Alegría. Regionales Medellín y Bello. Medellín.

10
b)

¿Qué NO es la sistematización de las prácticas?4

La sistematización no es:
- Un informe de las actividades ejecutadas durante la práctica.
- La presentación de las actividades, aciertos y desaciertos de una práctica profesional.
- Una lista de propuestas o técnicas aplicadas durante el servicio social profesional; tampoco es un
reporte ejecutivo sobre las metas planeadas y alcanzadas en el proceso.
c)

¿Qué debe contener un informe de sistematización de una experiencia práctica?

Un informe de sistematización debe contener los siguientes apartados:
- Antecedentes y diagnóstico de la problemática sobre la que se quiere intervenir, por tanto es
necesario contextualizar los elementos (generales y particulares) que permitan ubicar cómo estaba el
problema antes de la intervención social. Este apartado debe estar sustentado en referencias
especializadas sobre el tema y debe reflejar una revisión cuidadosa de bibliografías especializadas sobre
los conceptos centrales, así como, de datos actualizados sobre la problemática a estudiarse.
- Delimitar el objeto de la sistematización: definición del eje de la sistematización, preguntas, objetivos,
período de tiempo, sujetos de la intervención.
- Reconstrucción de la experiencia: narración de las etapas, momentos y actividades involucradas en el
objeto que se busca sistematizar. En esta etapa, el estudiante deberá narrar qué se hizo, cómo se hizo la
intervención social, con qué recursos. En esta etapa son fundamentales distintas evidencias (escritas:
diarios de campo, entrevistas; visuales: fotografías, videos, orales, etc.).
- Conclusiones / Reflexión y análisis crítico de la experiencia que expliciten cómo se mejoró el problema
inicialmente identificado, de qué forma se contribuyó, cuáles fueron los factores que favorecieron y/o
obstaculizaron la intervención. Debe incluir además la reflexión sobre el quehacer profesional en
determinada problemática.
-Plan de difusión y devolución de resultados: consiste en elaborar una propuesta para presentar las
conclusiones de la experiencia a la institución donde el estudiante ha realizado su ejercicio profesional.

3.2.5.1. Tipos de Trabajo de Ejercicio Profesional:
Los estudiantes de la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León podrán titularse
mediante la elección de una de las siguientes formas como parte de la modalidad de Ejercicio Profesional:
-Reporte Etnográfico

4

Ruíz, Luz Dary Ruiz (2001). La sistematización de prácticas. Disponible en: http://www.oei.es/equidad/liceo.PDF

11
-Reporte de Prácticas Profesionales
-Ejecución de Proyecto Cultural

Para el caso de Reporte Etnográfico y de Prácticas Profesionales, los trabajos que se presenten deberán ser
individuales. Para el caso de Ejecución de Proyecto Cultural podrán ser colectivos y se aceptarán un máximo
de tres integrantes.

3.2.5.1.1. Reporte Etnográfico:
Características:
Por Reporte Etnográfico se entiende el documento que es fruto de una experiencia de trabajo de
campo en un determinado contexto espacio-temporal. En palabras de Guber (2001:12), las etnografías “no
sólo reportan el objeto empírico de investigación -un pueblo, una cultura, una sociedad— sino que
constituyen la interpretación/descripción sobre lo que el investigador vio y escuchó”5. Cada reporte
etnográfico es flexible en cuanto al tema elegido y a los intereses de los estudiantes, sin embargo, para que
sea caracterizado como tal, los estudiantes deben presentar un documento resultado de:
a) La realización de un trabajo de campo de corta duración (máximo 120 días).
b) Realización de una reflexión crítica de la experiencia del trabajo de campo.
c) Presentación de los resultados a través de la elaboración de un documento escrito y si el caso
amerita, también se puede presentar anexo un producto audiovisual que colabore en la
descripción reflexiva de la experiencia.
d) El trabajo de campo deberá ser asesorado por un profesor de tiempo completo
preferentemente de la División.

3.2.5.1.2. Reporte de Prácticas Profesionales:
a)
b)
c)
d)

La realización de un trabajo de intervención de mínimo 180 días y de máximo 210 días.
Realización de una reflexión crítica de la experiencia del trabajo de intervención.
Presentación de los resultados a través de la elaboración de un documento escrito.
El trabajo de intervención deberá ser asesorado por un profesor de tiempo completo
preferentemente de la División. En el caso de que el alumno ya haya egresado, su asesor del
trabajo de intervención deberá ser su director(a) de trabajo de ejercicio profesional.

3.2.5.1.3. Reporte de Ejecución de un Proyecto Cultural:
a)- El Reporte de Ejecución de Proyecto Cultural consiste en que el estudiante elabore y ejecute una
propuesta de intervención cultural. El punto de partida del proyecto cultural es un trabajo de
gestión que durante su desarrollo involucre recursos humanos, técnicos y en algunos casos,
financieros.

5

Guber, Rosana (2001) La etnografía. Método, campo y reflexividad. Bogotá: Grupo Editorial Norma.

12
b)- El estudiante deberá realizar un diagnóstico que justifique la elaboración de un proyecto
cultural, es decir, conocer el contexto donde posiblemente se realizará la intervención, y cuando
sea el caso, que se analice la realidad del grupo, comunidad, entidad u organización donde se
piensa realizar el proyecto.
c)- Como todo proyecto cultural, la propuesta debe contener un valor artístico o cultural.
d)- El estudiante presentará un reporte reflexivo, ilustrativo y crítico sobre la experiencia
desarrollada durante la ejecución de un proyecto cultural. Además del reporte escrito, se deberá
incluir evidencia de su realización (por ejemplo un registro audiovisual, programas de mano, notas
periodísticas, boletín de prensa, etc.).
e)- En el caso de que la organización del proyecto cultural sea colectivo, el reporte de ejecución de
proyecto cultural deberá ser, en todo caso, individual. Los estudiantes que participen en el
proyecto y decidan titularse por esta modalidad, no podrán entregar escritos iguales.
f)- El proyecto cultural deberá ser asesorado por un profesor de tiempo completo preferentemente
de la División. En el caso de que el alumno ya haya egresado, su asesor del proyecto cultural deberá
ser su director(a) de trabajo de ejercicio profesional.

3.2.5.2 Estructura General del Trabajo de Ejercicio Profesional:
1. Título y/o subtítulo del proyecto;
2. Antecedentes y justificación (revisión de trabajos anteriormente investigados sobre el asunto;
detectar y describir cuáles son los problemas a resolver y argumentar la necesidad de realización
del proyecto).
3. Objetivos (las intenciones del proyecto, a corto y a largo plazo).
4. Participantes o beneficiarios (¿quiénes son los involucrados/beneficiados en el desarrollo de la
propuesta?)
5. Ubicación y contexto (¿dónde será aplicado/desarrollado la propuesta?)
6. Marco conceptual de referencia (principales conceptos y autores que aportaran a la
fundamentación del reporte)
7. Estrategia y procedimientos (metodología de intervención y técnicas usadas para llevar a cabo la
propuesta, recursos, instrumentos y herramientas utilizados)
8. Resultados y evidencias de la intervención
9. Evaluación del trabajo realizado (plasmar el impacto de la intervención)
10. Conclusiones y reflexiones finales.
11. Bibliografía y Anexos.
13
3.2.5.3 Formato General de los Reportes del Trabajo de Ejercicio Profesional:
Los reportes deberán obedecer a los siguientes requisitos:
a)

Ser elaborado por un integrante.

b)

El documento final deberá tener una extensión de 60 a 85 cuartillas (sin considerar ilustraciones,
anexos, ni bibliografía).

c)

El trabajo deberá estar escrito en formato de doble interlineado y con letra de 12 puntos, Arial o
Times New Roman. Se sugiere usar preferentemente las Normas de estilo APA6 como guías para
orientar el formato técnico de los textos en Ciencias Sociales y Humanidades. El estilo bibliográfico
debe ser uniforme a lo largo de todo el trabajo.

d) Entregar la versión electrónica en PDF junto con las copias empastadas o engargoladas.

3.3 Del PROTOCOLO que se debe presentar para el caso de las modalidades de Tesis y Trabajo
de Ejercicio Profesional:
Para realizar la titulación por las modalidades de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional, es necesario
que el estudiante elabore un protocolo y lo registre ante el Comité. Éste puede ser elaborado con base
en los siguientes apartados generales7 que para tal efecto se sugieren:
1)- Carátula con título del trabajo a realizar, nombre del alumno, licenciatura, posible director, fecha.
2)- Índice Temático
3)- Planteamiento del problema de estudio (justificación, preguntas, hipótesis)
4)- Objetivos (intenciones del estudio y metas a alcanzar)
5)- Breve revisión de literatura
6)- Metodología y procedimientos técnicos
7)- Breve descripción del contexto de estudio (si se aplica al tema)
8)- Cronograma de actividades
9)- Referencias bibliográficas

3.4. Del director y codirector de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional.
Este apartado se sustenta en el artículo 68 del Estatuto Académico vigente y se refiere al
nombramiento, perfil académico y funciones del director y codirector de aquellos trabajos de titulación que
6

Para mayores informaciones sobre el estilo APA, ver: www.apa.org o consultar el Manual de Publicaciones de la American
Psychilogical Association, disponible en el Acervo Bibliográfico de la Universidad de Guanajuato.
7
La estructura del protocolo es una guía general, no obstante, frente a la necesidad de cada propuesta y del programa educativo,
se podrán añadir otros elementos al documento.

14
requieren ser defendidos ante un jurado. El alumno podrá elegir al director y codirector(es) y se sugiere
que de preferencia sea especialista o conocedor del tema de estudio desarrollado por el alumno. La función
del director de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional es la de asesorar al alumno en la realización del
protocolo, dar orientación teórico-metodológica y de tipo bibliográfica y, en general, contribuir al
crecimiento intelectual del alumno. Para la elección de director(a) y codirector(a) se recomienda al alumno
lo siguiente:
a) Que el director sea preferentemente un Profesor de Tiempo Completo adscrito a la División de
Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León y que su perfil académico corresponda de preferencia al
tema tratado en la Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional.
b) Se aceptará como director(a) de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional, con base en el artículo 68
del Estatuto Académico vigente, a un profesor externo a la División o la Universidad, en cuyo caso será
recomendable que éste cuente con el grado de maestría y la experiencia probada en investigación
dentro del campo del conocimiento señalado. Cuando el director del trabajo sea externo a la
Universidad, un profesor de ésta será nombrado codirector. Para efectos de estos lineamientos, la
función del codirector será la de dar seguimiento al trabajo para que el proceso de dirección de tesis se
realice de manera adecuada.
c) Con base en el mismo artículo 68 del Estatuto Académico, el director del trabajo fijará el tema a
desarrollar de común acuerdo con el interesado.
d) En los casos de cambio de dirección por cualquiera de las partes (cuando el director o codirector
considere que el alumno debe trabajar con otro asesor o cuando el estudiante decida cambiar de
director o codirector), el interesado hará la solicitud por escrito al Director de la División como
presidente del Comité argumentando las razones de su decisión. El Comité resolverá sobre la factibilidad
de la solicitud en un plazo máximo de treinta días.
e) Cada profesor podrá tener el número de tesistas que el Comité considere adecuados, buscando el
equilibrio entre el número de Profesores de Tiempo Completo y el desarrollo de sus funciones
sustantivas de investigación, docencia, extensión y gestión.
f) Con base en el art. 68 del Estatuto Académico, los sinodales serán nombrados por el Director de la
División, a propuesta del director del trabajo; deberán tener igual o superior grado académico al que
van a otorgar. Por lo menos un sinodal deberá pertenecer a la Universidad.
g) El Director de la División nombrará sinodales suplentes quienes actuarán solo en caso de ausencia
justificada del sinodal titular.
h) Los sinodales serán lectores de los trabajos de titulación y podrán emitir recomendaciones al
alumno antes de dar su voto aprobatorio.

15
4. Trámites y procedimientos para la titulación
4.1. Trámites para titularse mediante la modalidad de Excelencia Académica .
Para llevar a cabo la titulación por la modalidad de Excelencia Académica, el estudiante deberá cumplir
con los siguientes procedimientos:
1. Solicitar a través de un oficio dirigido al Director de la División la autorización para titularse por la
modalidad Excelencia Académica.8
2. El oficio deberá ser entregado a la Secretaría Académica de la DCSyH.
3. Anexar una copia del certificado de estudios donde se demuestre el promedio general mínimo de 9.5
y que el 100% de los cursos del programa educativo hayan sido aprobados en primera oportunidad.
4. Constancia que acredita el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del
Campus León o una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial.
5. Constancia de liberación del servicio social profesional.
6. La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen que será entregado por el alumno
en las oficinas de la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus León.
7. El alumno deberá realizar el pago de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para
concluir con el proceso de titulación (ver lista en anexo).

4.2. Trámites para titularse mediante la modalidad CENEVAL:
Para llevar a cabo la titulación por esta modalidad, el alumno deberá cumplir con los siguientes
procedimientos:
1. Solicitar a través de un oficio al Director de la División la autorización para titularse por la modalidad
CENEVAL.9
2. El oficio deberá ser entregado a la Secretaría Académica de la DCSyH.
3. Entregar constancia con los resultados del examen CENEVAL donde se demuestre que todas las áreas
del examen fueron aprobadas y que en al menos dos de ellas se haya obtenido un resultado
sobresaliente.
4. Entregar copia del certificado de estudios.
5. Constancia que acredita el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del
Campus León o una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial.
6. Constancia de liberación del servicio social profesional.
7. La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen que será entregado por el alumno
en las oficinas de la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus León.
8. El alumno deberá realizar el pago de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para
concluir con el proceso de titulación (ver lista en anexo).

8
9

Ver modelo de oficio en los anexos.
Ver modelo de oficio en los anexos.

16
4.3. Trámites para titularse con publicación de artículo en revista arbitrada:
Para titularse en esta modalidad, el estudiante deberá cumplir con los siguientes
procedimientos:
1. Solicitar por escrito (a través de un oficio) al Director de la División la autorización para titularse por
la modalidad Publicación de artículo en revista dictaminada.10
2. El oficio deberá ser entregado a la Secretaría Académica de la DCSyH.
3. Presentar una copia del artículo publicado directamente de la revista impresa o digital.
4. Constancia que acredita el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del
Campus León o una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial.
5. Constancia de liberación del servicio social profesional.
6. La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen que será entregado por el alumno
en las oficinas de la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus León.
7. El alumno deberá realizar el pago de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para
concluir con el proceso de titulación (ver lista en anexo).

4.4 Trámite para el registro del protocolo:
En las modalidades de Tesis y de Trabajo de Ejercicio Profesional, el estudiante deberá presentar
un protocolo:
a)

Se recomienda que el registro del protocolo se dé preferentemente en el penúltimo semestre.

b) Antes de solicitar el registro de su protocolo en Secretaría Académica, se recomienda que el
alumno trabaje previamente con el probable director del trabajo y que éste acepte dirigir el proyecto.
c) El estudiante deberá presentar, mediante oficio, al Comité de Reconocimiento y Obtención de
Grados Académicos, el protocolo. En dicho oficio el estudiante deberá proponer al (la) director(a) del
trabajo o solicitar al Comité le sea asignado uno(a). Este(a) será designado(a) teniendo como base el
tema de interés del alumno. El oficio deberá ser entregado en las oficinas de la Secretaría Académica de
la DCSyH con el Vo.Bo. del director propuesto, en caso de que lo halla.
d) En caso de que el estudiante no sugiera un director para su tesis, el Comité lo asignará en un plazo
máximo de 40 días hábiles contados a partir de la entrega del protocolo y la solicitud al Comité.
e) El tema, la modalidad de titulación, el nombre del director y la fecha deben aparecer en el registro,
de acuerdo al formato de protocolo que se solicita en este documento. Por eso mismo, es importante
que el estudiante deje en Secretaría Académica una copia impresa (o digital) del protocolo a ser
desarrollado.

10

Ver modelo de oficio en los anexos.

17
f) La Secretaría Académica integrará un expediente de cada alumno y lo facilitará, cuantas veces sea
necesario, al Comité para los análisis y dictámenes necesarios. Además, se turnarán copias a la
Coordinación de Asuntos Escolares para ser integradas al expediente del alumno que obra en sus
archivos.
g)

Una vez aprobada la solicitud se le notificará al (la) alumno(a) el dictamen emitido por el Comité.

4.5 Trámites para titularse mediante la modalidad de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional
Para llevar a cabo la titulación por cualquiera de estas modalidades, el estudiante deberá cumplir con
los siguientes procedimientos:
1- Solicitar a través de un oficio dirigido al Director de la División la autorización para titularse por la
modalidad elegida. El oficio deberá ser entregado en las oficinas de la Secretaría Académica de la
División.
2- Constancia donde el alumno acredite el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de
idiomas del Campus León, una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial, contar
con un certificado de primaria, medio superior o superior en el extranjero (de habla distinta al
español) o de una institución bilingüe donde haya el alumno estudiado al menos un ciclo escolar
(demostrarlo con un certificado) (acuerdo del 7 de septiembre de 2010 L-CD-CSYH-2010-13-06 del
Consejo de División).
3- Constancia de liberación del servicio social profesional.
4- Copia del certificado de estudios.
5- La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen. El mismo será entregado por el
alumno a la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus y a la vez, deberá realizar los pagos de
aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para concluir con el proceso de titulación.

4.6 De los procedimientos y trámites posteriores a la conclusión del trabajo escrito:
Después de haber finalizado la redacción de su trabajo (tesis o trabajo de ejercicio profesional) y contar
con el Vo.Bo. del director del mismo, el estudiante deberá llevar a cabo el proceso de evaluación del
trabajo escrito. Para esto, hay que tomar en cuenta los siguientes procedimientos:
a) Al término de la escritura de su trabajo, el estudiante deberá defenderlo en un examen ante un
jurado. De acuerdo al artículo 68 del Estatuto Académico vigente, los jurados estarán compuestos por
tres sinodales. Cuando se trate de trabajos colectivos, que admitirán como máximo tres sustentantes, el
jurado se integrará con cinco sinodales.
b) Para poder llevar a cabo la defensa del trabajo ante un jurado, el alumno deberá haber concluido
en su totalidad los créditos de su plan de estudios.
c) El alumno deberá cubrir los demás requisitos que sobre el proceso de titulación estipula el artículo
62 del Estatuto Académico vigente en el apartado III, a saber, cumplir con el servicio social profesional y
18
IV, los demás requisitos académicos y administrativos previamente establecidos en la estructura
curricular correspondiente. Esta información podrá ser consultada en la Secretaría Académica de la
División o ver los anexos de este documento.
d) Contar con los dictámenes aprobatorios del director y codirectores del trabajo los cuales deberán
ser remitidos por la persona que los emite a la Secretaría Académica de la División para ser integrados al
expediente de titulación del alumno. El oficio de aprobación emitido por el director de la tesis o trabajo
de ejercicio profesional deberá estar dirigido al director de la División e incluir la solicitud de nombrar a
los sinodales que el primero sugiera.
e)

Para que los sinodales puedan dar lectura al trabajo, el alumno deberá hacérselos llegar.

f) Los sinodales harán las recomendaciones de mejoramiento del trabajo en un lapso no mayor de 30
días hábiles y los remitirán directamente al director de la tesis o trabajo de ejercicio profesional y al
alumno.
g) En caso de que alguno de los dictámenes sea desaprobatorio, el sinodal debe ofrecer argumentos y
proponer lineamientos para la corrección, reformulación o modificación del trabajo de tesis.
h) El alumno deberá considerar las recomendaciones emitidas por los sinodales y realizar las
correcciones y aclaraciones pertinentes, hasta contar con el voto aprobatorio de todos los sinodales. Los
votos se integrarán al expediente del alumno.
i) Los sinodales deberán constatar las correcciones y cambios sugeridos y emitir su voto aprobatorio
para la defensa del trabajo en el examen de titulación hasta que el alumno los satisfaga.
j) El oficio de aprobación emitido por cada uno de los sinodales de la tesis o trabajo de ejercicio
profesional deberá estar dirigido al director de la División y ser entregado en la Secretaría Académica
para integrarlo en el expediente del alumno y proceder al examen de grado.
k) Cuando el alumno cuente con todos los votos aprobatorios, deberá entregar a su director y a cada
uno de los sinodales un ejemplar de la última versión aprobada. Esta podrá estar empastada o
engargolada. Asimismo deberá entregar dos ejemplares en la biblioteca. A la Secretaría Académica se le
entregará un ejemplar en formato PDF.
l) El director del trabajo, en coordinación con los sinodales, sugerirá al Director de la División, con al
menos quince días de anticipación, la fecha y hora en que habrá de celebrarse el examen.
m) Previo al examen, el presidente del jurado deberá pasar a la Secretaría Académica por el acta de
examen y los documentos anexos. El será responsable de entregarlos firmados a la Secretaría
Académica al finalizar el examen de titulación.

19
n) Durante el examen, se pide a los miembros del jurado considerar los acuerdos del Consejo
Divisional siguientes:
a. con base en el acuerdo del Consejo de División L-CD-CSYH-EX2012-20-03 del día 6 de
agosto de 2012, se define que el promedio general de excelencia que se debe
considerar para la obtención del reconocimiento SUMA CUM LAUDE será de 10.
b. Por el acuerdo del mismo Consejo, L-CD-CSYH-EX2012-20-04, se recomienda
respetuosamente al jurado de los exámenes de titulación ser cuidadosos al momento
de otorgar algún tipo de reconocimiento al mérito universitario pues el Consejo
Divisional será muy riguroso en la revisión de tal reconocimiento.
c. Por acuerdo del Consejo Divisional L-CD-CSyH-2013-O-4-10, en caso de reprobar el
examen de titulación, el alumno puede solicitar al Consejo Divisional, por una única vez,
una segunda oportunidad. La solicitud debe tener el “visto bueno” del director del
trabajo. El Consejo podrá otorgar o negar la oportunidad.
d. Por acuerdo del Consejo Divisional L-CD-CSyH-2013-O-4-10, cuando el dictamen del
examen de titulación sea diferimiento, el jurado deberá determinar los términos en que
se deba sustentar una segunda oportunidad y el alumno deberá acatar las
recomendaciones del mismo en un plazo no mayor de 90 días naturales para en ese
mismo lapso, solicitar, por una última ocasión, nueva fecha de examen de titulación.

5.

Prontuario de formatos

En este apartado podrás encontrar ejemplos de los formatos de oficios y solicitudes que debes
entregar durante el proceso de titulación así como ligas de internet que pueden ser útiles en caso de
que elijas cualquiera de las modalidades que exigen un trabajo escrito.

Normas del Estilo APA:

Enlace1 : www.apastyle.org
Enlace 2:
http://web.ua.es/es/ice/documentos/redes/2012/asesoramiento/modelo-normas-apabibliografia.pdf

20
1) Modelo de Oficio de solicitud de modalidad de titulación:

León, Gto., (Fecha)

Nombre del director(a)
Director(a) de la División de Ciencias Sociales y Humanidades
Campus León

Por este medio, me dirijo a Usted a fin de solicitarle autorización para titularme por la
modalidad de ... en la Licenciatura en … en virtud de que he cursado y aprobado
íntegramente el plan de estudios, los créditos correspondientes y he cumplido con los
demás requisitos de egreso establecidos en el plan de estudios (en el caso de ser
Excelencia Académica se debe incluir copia del kárdex con el promedio general obtenido).

Sin más por el momento, agradezco la atención recibida.

Atentamente,

(Nombre y firma del alumno)

21
3) Modelo de Oficio para el caso de registro de protocolo de investigación para
elaboración de Tesis y de Trabajo de Ejercicio Profesional:

UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
CAMPUS LEÓN
DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
SOLICITUD DE REGISTRO DE PROTOCOLO
PARA TITULACIÓN

Programa Educativo:
Nombre del (los) solicitante (s):
Señale la modalidad de titulación:
Tesis
Trabajo de Ejercicio Profesional
Nombre del proyecto:

Director sugerido por el (los) solicitante (s):
Fecha probable de término:
Firma del (los) solicitante (s):
Vo.Bo. del posible director del proyecto:

22
4) Generalidades: orientaciones técnicas del formato de las tesis y reportes.
Modelo de Portada:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.

Símbolo de la Universidad de Guanajuato.
Nomenclatura: Universidad, Campus, División y Programa Educativo.
Título del trabajo: centralizado.
Autor del trabajo.
Director(a) del trabajo.
Lugar y fecha.
Formato: Arial o Times New Roman, 14.

Cuerpo de la tesis o reporte:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.

Portada del trabajo.
Dedicatoria (opcional).
Agradecimientos.
Resumen del trabajo.
Lista de Tablas e Imágenes.
Índice.
Introducción.
Capítulos.
Conclusiones generales/consideraciones finales.
Bibliografía.
Anexos.

Formato: Seguir las orientaciones de las Normas APA.
Fuente: Arial o Times New Roman, tamaño 12, interlineado 1.5

23
5)- Ejemplo de carátula de tesis o trabajo de ejercicio profesional:

UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
CAMPUS LEÓN
DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
LICENCIATURA EN ……

(TÍTULO DEL TRABAJO)

Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional (Tipo de T. de E.P.) para la
Obtención de Grado en
(nombre de la licenciatura)

Presenta
(nombre del estudiante)

Director/Directora
(nombre)

León, Gto., (mes, año).
24
6. Los Principios Éticos del Trabajo de Titulación
De acuerdo a la modalidad de titulación elegida por el alumno, su trabajo deberá estar en concordancia con
las siguientes normas éticas:
1.- Respetar la dignidad y autonomía de las personas.
2.-Cuando la investigación se realice con involucramiento de seres humanos, obtener su consentimiento
libre y debidamente informado, así como garantizarles la confidencialidad de la información para
protección de los mismos.
3.- Conducirse con veracidad.
4.- Respetar los derechos autorales correspondientes.

Todo trabajo de titulación que involucre a otros seres humanos deberá respetar la dignidad humana, la
veracidad de los datos que se recaba y el bienestar de las personas en el contexto donde se ha realizado el
estudio. Por lo tanto, será necesario que el egresado esté consciente de los siguientes procedimientos:

1- Informar a los participantes sobre los propósitos del estudio y solicitarles previamente su
colaboración. Bajo ningún pretexto, los participantes serán inducidos a colaborar si esto va contra su
voluntad o interés.
2- Considerar el Código de Ética de la Universidad de Guanajuato por el que rigen los principios de
verdad, libertad, respecto, responsabilidad y justicia.
3- Los principios éticos a observar en el proceso de investigación o ejercicio profesional son:
a) Autonomía. Implica el reconocer el derecho de un individuo de determinar su curso de acción de acuerdo
con sus deseos y planes. El respeto hacia el individuo se expresa al reconocer que su autonomía y
derecho a la auto-determinación son el fundamento de su habilidad para juzgar y decidir.
Autonomía implica, por tanto, la necesidad de informar sobre la investigación y contar con el
consentimiento del participante.
b) Consentimiento libre e informado. Este fundamento involucra tres elementos principales: información,
consentimiento libre y voluntario, así como comprensión. Cuando el investigador proporciona
información, es necesario proporcionar detalles suficientes y claros sobre la naturaleza del estudio,
riesgos potenciales y beneficios. El concepto de consentimiento libre y voluntario tiene varias
implicaciones. El consentimiento debe darse libremente y puede ser retirado en cualquier
momento. Influenciar indebidamente a los posibles participantes para inducirlos a participar puede
considerarse como privación, control o autoritarismo sobre ellos. Esto es particularmente
importante cuando se trata de grupos de individuos vulnerables (como niños, ancianos, personas
con capacidades diferentes, grupos minoritarios, etc.).
Todo proyecto de investigación que involucre seres humanos debe contar con una forma de
25
consentimiento informado en el que los participantes declaren que han entendido los
procedimientos, riesgos asociados, derecho a separarse de la investigación en cualquier etapa de la
misma y la satisfacción de que se guardará la confidencialidad prometida.
La participación voluntaria implica que los participantes toman una decisión informada mientras
que el consentimiento informado asume que la información dada es veraz. En términos prácticos,
esto se traduce en el escrutinio del proceso, derechos, obligaciones y requisitos para un
consentimiento libre e informado por parte del participante en la investigación.
c) Veracidad es un factor central para obtener un consentimiento informado dado que sin esto los
participantes no pueden ejercer su derecho al consentimiento informado justo.
d) Respeto a personas vulnerables en términos de la dignidad humana. Se considera personas vulnerables a
ancianos, enfermos, menores de edad, que deben ser protegidos contra el abuso, discriminación,
engaño o explotación. Las obligaciones éticas hacia individuos vulnerables requieren procedimientos
especiales que protejan sus intereses.
Cuando la investigación involucre niños o grupos vulnerables, se deberá contar con el consentimiento
informado de los padres o de la persona legalmente responsable.
e) Privacidad y confidencialidad. En términos de conducta ética, todo individuo tiene derecho a privacidad y
confidencialidad para proteger información personal y sensible. Cada individuo, por tanto, debe tener
la libertad de decidir el tiempo, alcance y circunstancias bajo las cuales brindará información. Los
estándares de privacidad y confidencialidad protegen el acceso, control y diseminación de información
personal; tales estándares también ayudan a proteger la integridad mental y psicológica de los
participantes. Todas las propuestas de trabajo de titulación que involucren a otros seres humanos
deben demostrar que estos principios serán mantenidos. Así mismo, los investigadores deben explicar
los procedimientos a seguir en cuanto al almacenamiento de la información.
f) Apertura y honestidad deberán ser cualidades de la investigación de manera que los participantes reciban
información abierta y honesta sobre el proyecto, su propósito y aplicación. Circunstancias
excepcionales en que la no se brinde toda la información a los participantes deberán estar justificadas.
g) Justicia e inclusión. Justicia se refiere a la imparcialidad e igualdad para todos los participantes en una
investigación o ejercicio profesional. En términos de procedimiento, la justicia requiere que los
procesos de revisión éticos involucren métodos que sean equilibrados y transparentes, así como que
los estándares establecidos y los procedimientos para revisar los protocolos de investigación sean
independientes. El principio de justicia impone obligaciones particulares hacia individuos vulnerables e
incapaces de proteger sus propios intereses para asegurar que no sean explotados en nombre del
avance o aplicación del conocimiento.
h) Daños y Beneficios. El análisis, balance y distribución de daños y beneficios son aspectos importantes en
la ética de investigación. Un enfoque moderno de ética en la investigación requiere un balance entre
daños y beneficios de manera que los beneficios superen los posibles daños. El análisis de esto afecta el
bienestar y los derechos de los participantes, el conocimiento de daños y beneficios y la justificación
ética para determinar si hay otro enfoque de investigación que conlleve menos daños. Debido a que la
investigación involucra avanzar en la frontera del conocimiento, con frecuencia involucra incertidumbre
sobre la magnitud o el tipo de beneficios o daños asociados con proyectos individuales. Esto impone
26
obligaciones éticas particulares sobre los investigadores para asegurar la validez científica, el diseño y
ejecución de su trabajo.
Para minimizar daños se tiene la obligación de evitar, prevenir o minimizar posibles daños a otros. En
la práctica esto significa que los participantes en la investigación no deben ser sujetos a riesgos
innecesarios; su participación en la investigación debe ser esencial para alcanzar objetivos científica y
socialmente importantes que no puedan ser alcanzados sin la participación de seres humanos. Este
principio también requiere que la investigación involucre el menos número de participantes posible así
como el menor número posible de pruebas sobre esos participantes que asegure que los datos
obtenidos sean científicamente válidos. Para maximizar los beneficios se debe buscar que la intención
de la investigación sea generar conocimientos nuevos que produzcan beneficios para los participantes,
otros individuos, para la sociedad o para el avance del conocimiento. Es responsabilidad del alumno y
del director del trabajo de titulación atender lo previsto en los presentes principios éticos.
N

27

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Reglamento de titulaciones versión sep 2013

  • 1. UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES CAMPUS LEÓN GUÍA DE TITULACIÓN COMPENDIO DE NORMAS, ACUERDOS, LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE TITULACIÓN PARA LAS LICENCIATURAS Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos: (Conformado por el Consejo Divisional en sesión ordinaria de L-CDCSyH-2013-O-1-03 de la sesión ordinaria del 22 de enero de 2013 con base en el artículo 67 del Estatuto Académico vigente) Dr. Luis Fernando Macías García Dr. Juan Antonio Rodríguez González Dr. Alejandro Klein Dr. Alejandro Martínez de la Rosa Dra. María Eugenia Rabadán Villalpando Dr. José Luis Coronado Ramírez Fecha de aprobación por Consejo Divisional: 1
  • 2. ÍNDICE Contenido: 1. Consideraciones Generales............................................................................................................ 4 2. Normas relativas al examen de titulación........................................................................................4 2.1 Para obtener el título de licenciatura.......................................................................................4 2.2 Normas para el caso de modalidades de titulación que requieran director(a) y examen de titulación (Tesis y Trabajo de Ejercicio Profesional)........................................4 2.3 Normas relativas al examen de titulación...................................... ...........................5 2.4 Normas relativas al reconocimiento de alumnos en exámenes de titulación.............6 2.5 Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos ....................7 3. Lineamientos Académicos de titulación.........................................................................................7 3.1 Modalidades de titulación......................................................................................................8 3.2 Componentes formales de las modalidades de titulación.....................................................8 3.2.1 Excelencia Académica............................................................................................8 3.2.2 CENEVAL - Examen General de Egreso de la Licenciatura..................9 3.2.3Publicación de Artículo en Revista Arbitrada.............................................................9 3.2.4 Tesis............................................................................................................................9 3.2.4.1 Formato General del Trabajo de Tesis.......................................................10 3.2.5 Trabajo de Ejercicio Profesional...............................................................................10 3.2.5.1 Tipos de Trabajo de Ejercicio Profesional.....................................................12 3.2.5.1.1 Reporte Etnográfico......................................................................12 3.2.5.1.2. Reporte de Prácticas Profesionales...........................................13 3.2.5.1.3 Reporte de Ejecución de un Proyecto Cultural...........................13 3.2.5.2 Estructura General del Trabajo de Ejercicio Profesional .............................14 3.2.5.3 Formato General de los Reportes del Trabajo de Ejercicio Profesional.......14 3.3 Del PROTOCOLO que se debe presentar para el caso de las modalidades de Tesis y trabajo de Ejercicio Profesional............................................................................................................... 15 3.4 Del director y codirector de Tesis o Trabajo de ejercicio Profesional................................ 15 4. Trámites y procedimientos para titulación..........................................................................................16 4.1 Trámites para titularse mediante la modalidad de Excelencia Académica..................................16 4.2 Trámites para titularse mediante la modalidad CENEVAL..........................................................17 4.3 Trámites para titularse como publicación de artículo en revista arbitrada................................17 4.4 Trámite para el registro del protocolo....................................................................................... 18 4.5Trámites para titularse mediante la modalidad de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional…....19 2
  • 3. 4. 6 De los trámites posteriores a la conclusión del trabajo escrito................................................19 5. Prontuario de formatos......................................................................................................................21 5. 1 Normas del Estilo APA...............................................................................................................21 1) Modelo de Oficio de solicitud de modalidad de titulación 2) Modelo de Oficio para el caso de registro de protocolo de investigación para elaboración de Tesis y de Trabajo de Ejercicio Profesional............................................................................................23 3) Generalidades: orientaciones técnicas del formato de las tesis y reportes...........................................24 4)- Ejemplo de carátula de tesis o trabajo de ejercicio profesional.............................. ......25 6. Los Principios Éticos del trabajo de Titulación.................................................................................26 3
  • 4. COMPENDIO DE NORMAS, ACUERDOS, LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS DE TITULACIÓN PARA LAS LICENCIATURAS 1.-Consideraciones Generales. El presente documento tiene como función orientar a los estudiantes, egresados y profesores sobre el proceso de titulación de las licenciaturas de la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León. Está conformado por la normatividad vigente relativa a dicho proceso, los acuerdos del Consejo Divisional y procedimientos académicos y administrativos necesarios para concluir el proceso de titulación y obtención del título de licenciatura. Por ello el documento se considera un compendio y pretende ser una guía. Como tal está conformado por 5 apartados: normatividad vigente relativa a la titulación, lineamientos académicos, procedimientos, prontuario que incorpora los formatos requeridos y se incluye, asimismo, los principios éticos necesarios para el trabajo de titulación. 2. Normas vigentes relativas a la titulación de licenciaturas 2.1 Para obtener el título de licenciatura Con base en el artículo 62 del Estatuto académico, para obtener en el nivel superior el título de licenciatura se requerirá: I. Cumplir el plan de estudios respectivo II. Realizar de entre las modalidades elegidas por el Consejo Divisional alguna de las siguientes: trabajo de tesis, de investigación o de ejercicio profesional (ver en el apartado 3 de este documento las modalidades autorizadas por el Consejo Divisional) y sustentar el examen ante un jurado para defenderlo en las condiciones que establecerá el Consejo Divisional. III. Cumplir con el servicio social profesional; y IV. Los demás requisitos académicos y administrativos previamente establecidos en la estructura curricular correspondiente. (Ver apartado 4 de este documento) 2.2 Normas para el caso de modalidades de titulación que requieran director(a) y examen de titulación (Tesis y Trabajo de Ejercicio Profesional). De acuerdo al artículo 68 del Estatuto Académico, en las modalidades que lo requieran, habrá un director del trabajo y si las circunstancias académicas lo ameritan, podrán designarse uno o más codirectores, según sea pertinente. El Director y los codirectores, en su caso, podrán pertenecer a cualquier Campus o Escuela de Nivel Medio Superior de la Universidad o ser externos. Cuando el director del trabajo sea externo a la Universidad, un profesor de ésta será nombrado codirector. El director del trabajo fijará el tema a desarrollar de común acuerdo con el interesado. 4
  • 5. Los sinodales serán nombrados por el Director de División o de la Escuela, a propuesta del director del trabajo; deberán tener igual o superior grado académico al que van a otorgar. Por lo menos, un sinodal deberá pertenecer a la Universidad. El Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior nombrará presidente del jurado al sinodal que no siendo director o codirector del trabajo, de preferencia tenga mayor antigüedad en la Universidad. En casos excepcionales podrá designar, de entre los sinodales, a uno que sea externo. Los jurados estarán compuestos por tres sinodales. Cuando se trate de trabajos colectivos, que admitirán como máximo tres sustentantes, el jurado se integrará con cinco sinodales. Cuando se requiera defensa o presentación del trabajo, será necesaria la aprobación del mismo, por escrito, de parte de su director, de los codirectores, en su caso, y de los sinodales. El pronunciamiento de ellos, en un sentido u otro, deberá expedirse dentro de los treinta días siguientes a aquél en que les haya sido sometido a su consideración el documento que contenga el trabajo respectivo. En caso de falta de aprobación, el sinodal de que se trate deberá motivar su decisión y ésta se pondrá en conocimiento del interesado. Además de los efectos que con respecto al sustentante corresponden, el documento donde conste la aprobación del trabajo por parte del director del mismo, de los codirectores y de los sinodales, se agregará al expediente académico personal de los profesores, como constancia de su mérito. El Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior, a propuesta del jurado, fijará con al menos quince días de anticipación, la fecha, hora y lugar en que habrá de celebrarse el examen. Una vez desahogado el mismo, el resultado que se emita será individual por cada sustentante. En las modalidades que no impliquen la presentación y defensa de un trabajo ante un jurado, el Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior según corresponda, con el apoyo de la instancia de registro y control escolar de la Universidad, verificará el cumplimiento de las bases y requisitos fijados por el Consejo Divisional respectivo o el Consejo Académico del Nivel Medio Superior; una vez hecho lo cual, el Rector General y el propio Director de División o de la Escuela de Nivel Medio Superior, expedirán en su caso, el acta de obtención del grado o reconocimiento de estudios correspondiente. 2.3 Normas relativas al examen de titulación En las modalidades en que deba existir un jurado, el alumno deberá presentar un examen de titulación después de haber cumplido con todos los requisitos previos a la titulación y atendido los dictámenes de los sinodales. a) Conforme al artículo 68 del Estatuto Académico, el jurado será designado formalmente por el Director de la División quien nombrará como presidente del jurado al sinodal que no siendo director o codirector del trabajo, de preferencia tenga mayor antigüedad en la universidad. En casos excepcionales podrá designar de entre los sinodales a uno que sea externo. b) Concluida la sesión del examen el jurado deliberará y dictaminará de inmediato haciendo constar su acuerdo en el acta respectiva. La decisión podrá ser aprobatoria, reprobatoria o de diferimiento. En los dos últimos casos el sustentante se sujetará a los lineamientos que establecerán para tal efecto el Consejo Divisional respectivo (ver apartado 4.6 de este documento). 5
  • 6. 2.4 Normas relativas al reconocimiento de alumnos en exámenes de titulación. (Ver acuerdos del Consejo Divisional respecto a este punto en apartado 4.6). De acuerdo al artículo 13 del Reglamento de Reconocimiento al Mérito Universitario: “en la sustentación de los exámenes para la obtención de un grado académico conforme a lo dispuesto en el capítulo VI del Título Segundo del Estatuto Académico, se podrán otorgar los reconocimientos siguientes: I – Aprobación por Unanimidad de Votos; II – Laureado; III – “Cum Laude”; IV – “Summa Cum Laude”.” Art. 14. Cuando la aprobación del examen sea por Unanimidad de Votos, el jurado lo hará constar en el acta respectiva. Art. 15. El reconocimiento Laureado se otorgará a los trabajos de obtención de grado que sean de especial relevancia, independientemente del aprovechamiento académicos del estudiante o del desarrollo del examen que para la obtención del grado, en su caso, se haya sustentado. Art. 16. El reconocimiento “Cum Laude” es la mención que se otorga a los alumnos que sustenten examen de manera excepcional y cuyos trabajos sean de valía extraordinaria. Art. 17. El reconocimiento “Summa Cum Laude” es la mención que se otorga a los alumnos que sustenten el examen de manera excepcional, cuyos trabajos sean de gran valía y acrediten un excelente aprovechamientos académico. Art. 18. Los trabajos que por su naturaleza sean susceptibles de ser publicados o difundidos, obtendrán apoyo institucional para ese propósito, siempre que lo permitan las posibilidades de la Universidad. 2.5 Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos Este Comité fue creado con base en el artículo 67 del Estatuto Académico y conforme al acuerdo del Consejo de División L-CDCSyH-2013-O-1-03 de la sesión ordinaria del 22 de enero de 2013. Este Comité, de acuerdo al artículo 49 del Estatuto Orgánico, está conformado por el Director de la División, tres miembros profesores del Consejo Divisional y dos profesores, también de carrera, externos al Consejo Divisional. Los miembros del Comité durarán en su cargo dos años, con posibilidad de ser reelectos. La elección de los miembros del Comité es a propuesta del Consejo Divisional. Para ello, se debe considerar que los profesores sean de carrera, con trayectoria universitaria reconocida por sus pares y con destacado nivel académico. Este Comité es el organismo responsable de hacer cumplir los lineamientos a seguir para obtener el título de licenciatura. Para efectos de estos lineamientos se entiende por: 6
  • 7. Comité de Reconocimiento de Estudios y Obtención de Grados Académicos al grupo de miembros de la DCSyH, elegidos por el Consejo Divisional, cuyas funciones se describen en el artículo 67, fracciones I a IV del Estatuto Académico. Para el presente documento se le nombrará en adelante sólo como el Comité. a.- Funciones del Comité. De acuerdo al artículo 67 del Estatuto Académico, corresponde al Comité: I. Determinar y difundir los criterios académicos que deban cumplirse en las modalidades que para la obtención de un título o grado requieran examen ante un jurado, observando las bases y requisitos fijados por el Consejo Divisional. II. Precisar y difundir los perfiles académicos que deben reunir el director del trabajo, los codirectores del mismo, y los sinodales. III. Designar director del trabajo y en su caso codirectores, escuchando la opinión del interesado. IV. Cuidar que los procesos relativos a las modalidades a que se refiere la fracción I, se desarrollen conforme a las normas aplicables. Se consideran también funciones del Comité, 1. Hacer cumplir las disposiciones académicas contempladas en el perfil de egreso de los programas educativos. 2. Resolver cualquier caso de inconformidad, desacuerdo o circunstancia no prevista en los procesos de reconocimiento de estudios y obtención de grado, siempre en el marco de las competencias que le confiere la legislación vigente. 3. Lineamientos Académicos de titulación El presente apartado expone los criterios académicos requeridos para cada modalidad de titulación vigente en la División de Ciencias Sociales y Humanidades según acuerdos de las sesiones del 2 de julio de 2010 (LCD-CSYH-E-2010-5-01 y L-CD-CSYH-E-2010-5-02) y del 7 de septiembre de 2010 (L-CD-CSYH-2010-13-04). 3.1.- Modalidades de titulación Por modalidad de titulación se entiende la vía elegida por el alumno para obtener el título de licenciatura en la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León de la Universidad de Guanajuato. Conforme la modalidad elegida, el sustentante deberá demostrar los conocimientos, habilidades, actitudes y valores adquiridos a lo largo de su proceso formativo y acorde con el campo en el que se ha especializado. De acuerdo al artículo 62 del Estatuto Académico (ver apartado I de este documento), y según acuerdos del Consejo de División del 2 de julio de 2010 (L-CD-CSYH-E-2010-5-01 y L-CD-CSYH-E2010-5-02) y del 7 de septiembre de 2010 (L-CD-CSYH-2010-13-04), para obtener el título de 7
  • 8. licenciatura de los programas educativos impartidos en la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León, el alumno podrá elegir de entre las siguientes modalidades: 1) 2) 3) 4) 5) Excelencia académica. CENEVAL Publicación de trabajo individual en revista arbitrada. Tesis Trabajo de Ejercicio Profesional, en sus variantes de reporte etnográfico, reporte de prácticas profesionales o ejecución de proyecto cultural. Las opciones de titulación indicadas anteriormente son voluntarias. Esto significa que el estudiante tendrá la libertad de decidir con cuál modalidad se titulará. El estudiante, sin embargo, podrá modificar la opción elegida siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos para la nueva opción. Para ello, deberá presentar al Comité una solicitud de modificación debidamente fundamentada y con el visto bueno del director del trabajo. 3.2. – Componentes formales de las modalidades de titulación 3.2.1. Excelencia Académica a) Por Excelencia Académica se entiende el reconocimiento de estudios concedidos a un egresado por su alto rendimiento observado y comprobado a través de sus calificaciones obtenidas a lo largo de su historial académico, dentro del programa respectivo. b) Para tener derecho a esta modalidad, se requiere que el alumno: 1. Haya concluido íntegramente las actividades académicas señaladas en el plan de estudios y haber cubierto el 100% de los créditos. 2. Haya logrado un promedio general mínimo de 9.5. 3. Haya aprobado la totalidad de los cursos en primera oportunidad. 3.2.2 CENEVAL - Examen General de Egreso de la Licenciatura: El Examen General de Egreso de la Licenciatura podrá realizarse, de acuerdo a la normatividad vigente, siempre y cuando exista como una opción aplicable en el Centro Nacional de Evaluación (CENEVAL) y se encuentre disponible para el programa académico correspondiente. Actualmente, el examen tiene validez para la Licenciatura en Trabajo Social. Por acuerdo del Consejo Divisional en su sesión ordinaria del 30 de julio de 2013 (ACUERDO LCDCSyH-2013-O-3-08) está establecido que “debido a que la redacción que hace referencia a la 8
  • 9. modalidad de titulación por examen CENEVAL en el programa de la Licenciatura en Trabajo Social ya no corresponde con la forma en que actualmente está definido el CENEVAL para esta licenciatura, se acuerda por unanimidad que los alumnos inscritos en el programa de Trabajo Social que elijan la MODALIDAD DE TITULACIÓN por CENEVAL tendrán que aprobar las cinco áreas de dicho examen y al menos en dos de ellas tendrán que obtener resultado sobresaliente.” 3.2.3. Publicación de Artículo en Revista Arbitrada: a) Para efectos de titulación, el artículo debe estar publicado y ser de autoría única, es decir, no se aceptan artículos publicados con más de un participante. b) La revista en que aparezca el artículo debe ser arbitrada, en formato impreso o digital y puede ser de carácter nacional o internacional. El Comité de Reconocimientos de Estudios y Obtención de Grados Académicos se responsabilizará de verificar que la revista dictamine los artículos así como la calidad misma de la revista. c) Se aceptarán artículos que hayan sido publicados desde un año antes de haber egresado el alumno de la licenciatura. 3.2.4. Tesis: a) Por trabajo de tesis se comprende un trabajo de investigación escrito, sistematizado y fundamentado que demuestre la capacidad de comprensión, interpretación y síntesis del estudiante, así como el manejo de ideas propias de forma coherente y lógica con fundamentación teóricametodológica adecuada. b) La tesis permitirá al estudiante la complementación de su formación académica a través del desarrollo de actividades preferentemente pero no exclusivamente relacionadas con los temas de investigación de los profesores de tiempo completo y de las líneas de generación y aplicación del conocimiento de la División. La tesis de investigación se inscribe de preferencia, en un programa de investigación de la División en Ciencias Sociales y Humanidades. Para su registro, se deberá elaborar un protocolo de tesis. c) La tesis podrá ser elaborada por máximo tres estudiantes. d) Se podrán aceptar propuestas de tesis multi o interdisciplinarias en el que participen estudiantes y profesores de diversas licenciaturas de la División de Ciencias Sociales y Humanidades. Para este caso, este Comité deberá determinar las especificidades a que haya lugar. e) Por ser un trabajo de conclusión de la licenciatura, el trabajo de investigación deberá ser defendida por el estudiante después de haber concluido sus créditos y haber cumplido con los requisitos establecidos en el plan de estudios para el egreso. 3.2.4.1 Formato General del trabajo de Tesis: Las tesis deberán seguir los formatos correspondientes: 9
  • 10. a) Ser elaboradas preferentemente por un integrante (individual) y como máximo tres integrantes (colectiva). Pueden ser estudiantes de diferentes licenciaturas de la División con la idea de hacer un trabajo multidisciplinario. b) El documento final deberá tener una extensión de 80 a 110 cuartillas para el caso de un integrante y de 120 a 140 cuartillas para el caso de dos o tres integrantes (sin considerar ilustraciones, anexos, ni bibliografías). c) El trabajo deberá estar escrito en formato de doble interlineado y con letra Arial o Times New Roman, de 12 puntos. Las citas y la bibliografía deberán realizarse, preferentemente, conforme a las normas de estilo APA1 como guía para orientar el formato técnico de los textos. El estilo bibliográfico debe ser uniforme a lo largo de todo el trabajo. d) Entregar la versión electrónica en PDF junto con las copias impresas empastadas o engargoladas. 3.2.5. Trabajo de Ejercicio Profesional: El Trabajo de Ejercicio Profesional es la sistematización de una experiencia práctica que busca desarrollar una serie de aprendizajes y propuestas en la vida profesional del estudiante. A grandes rasgos, la disciplina de documentar sistemáticamente lo que se hizo propicia primeramente, el desarrollo de un hábito selectivo para registrar y armar la memoria de la experiencia, generando con esto, un estilo de trabajo basado en la organización (Ayllón Viana, 2004:082). Además, se visualizan cambios en las personas y en los equipos involucrados, puesto que el hecho de tomar la experiencia como fuente de información y conocimiento, torna todo el proceso de sistematización de la experiencia profesional más dialógico. a) ¿Qué entendemos por la sistematización de las prácticas? La sistematización puede ser entendida como una reflexión crítica que permite la documentación de una experiencia profesional relevante. La misma se realiza a través del ordenamiento y reflexión de una experiencia vivida y fundamentada. “La sistematización surge como un esfuerzo consciente de capturar los significados de la acción y sus efectos”.3 Un ejercicio de sistematización involucra la descripción, problematización, análisis e interpretación de la acción profesional dentro de un campo de conocimiento. 1 Para mayores informaciones sobre el estilo APA, ver: www.apa.org o consultar el Manual de Publicaciones de la American Psychilogical Association, disponible en el Acervo Bibliográfico de la Universidad de Guanajuato. 2 Ayllón Viana, María (2004) II ITALLER INTERNACIONAL DE TRABAJO SOCIAL: “Integridad del Trabajo Social en la Actual Coyuntura”, La Habana, Cuba. Disponible en: http://www.alboan.org/archivos/450.pdf, acceso el octubre de 2012. 3 Ghiso, Alfredo (2001). Sistematización de experiencias en Educación Popular. En Memorias Foro Los contextos actuales de la Educación Popular. Fe y Alegría. Regionales Medellín y Bello. Medellín. 10
  • 11. b) ¿Qué NO es la sistematización de las prácticas?4 La sistematización no es: - Un informe de las actividades ejecutadas durante la práctica. - La presentación de las actividades, aciertos y desaciertos de una práctica profesional. - Una lista de propuestas o técnicas aplicadas durante el servicio social profesional; tampoco es un reporte ejecutivo sobre las metas planeadas y alcanzadas en el proceso. c) ¿Qué debe contener un informe de sistematización de una experiencia práctica? Un informe de sistematización debe contener los siguientes apartados: - Antecedentes y diagnóstico de la problemática sobre la que se quiere intervenir, por tanto es necesario contextualizar los elementos (generales y particulares) que permitan ubicar cómo estaba el problema antes de la intervención social. Este apartado debe estar sustentado en referencias especializadas sobre el tema y debe reflejar una revisión cuidadosa de bibliografías especializadas sobre los conceptos centrales, así como, de datos actualizados sobre la problemática a estudiarse. - Delimitar el objeto de la sistematización: definición del eje de la sistematización, preguntas, objetivos, período de tiempo, sujetos de la intervención. - Reconstrucción de la experiencia: narración de las etapas, momentos y actividades involucradas en el objeto que se busca sistematizar. En esta etapa, el estudiante deberá narrar qué se hizo, cómo se hizo la intervención social, con qué recursos. En esta etapa son fundamentales distintas evidencias (escritas: diarios de campo, entrevistas; visuales: fotografías, videos, orales, etc.). - Conclusiones / Reflexión y análisis crítico de la experiencia que expliciten cómo se mejoró el problema inicialmente identificado, de qué forma se contribuyó, cuáles fueron los factores que favorecieron y/o obstaculizaron la intervención. Debe incluir además la reflexión sobre el quehacer profesional en determinada problemática. -Plan de difusión y devolución de resultados: consiste en elaborar una propuesta para presentar las conclusiones de la experiencia a la institución donde el estudiante ha realizado su ejercicio profesional. 3.2.5.1. Tipos de Trabajo de Ejercicio Profesional: Los estudiantes de la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León podrán titularse mediante la elección de una de las siguientes formas como parte de la modalidad de Ejercicio Profesional: -Reporte Etnográfico 4 Ruíz, Luz Dary Ruiz (2001). La sistematización de prácticas. Disponible en: http://www.oei.es/equidad/liceo.PDF 11
  • 12. -Reporte de Prácticas Profesionales -Ejecución de Proyecto Cultural Para el caso de Reporte Etnográfico y de Prácticas Profesionales, los trabajos que se presenten deberán ser individuales. Para el caso de Ejecución de Proyecto Cultural podrán ser colectivos y se aceptarán un máximo de tres integrantes. 3.2.5.1.1. Reporte Etnográfico: Características: Por Reporte Etnográfico se entiende el documento que es fruto de una experiencia de trabajo de campo en un determinado contexto espacio-temporal. En palabras de Guber (2001:12), las etnografías “no sólo reportan el objeto empírico de investigación -un pueblo, una cultura, una sociedad— sino que constituyen la interpretación/descripción sobre lo que el investigador vio y escuchó”5. Cada reporte etnográfico es flexible en cuanto al tema elegido y a los intereses de los estudiantes, sin embargo, para que sea caracterizado como tal, los estudiantes deben presentar un documento resultado de: a) La realización de un trabajo de campo de corta duración (máximo 120 días). b) Realización de una reflexión crítica de la experiencia del trabajo de campo. c) Presentación de los resultados a través de la elaboración de un documento escrito y si el caso amerita, también se puede presentar anexo un producto audiovisual que colabore en la descripción reflexiva de la experiencia. d) El trabajo de campo deberá ser asesorado por un profesor de tiempo completo preferentemente de la División. 3.2.5.1.2. Reporte de Prácticas Profesionales: a) b) c) d) La realización de un trabajo de intervención de mínimo 180 días y de máximo 210 días. Realización de una reflexión crítica de la experiencia del trabajo de intervención. Presentación de los resultados a través de la elaboración de un documento escrito. El trabajo de intervención deberá ser asesorado por un profesor de tiempo completo preferentemente de la División. En el caso de que el alumno ya haya egresado, su asesor del trabajo de intervención deberá ser su director(a) de trabajo de ejercicio profesional. 3.2.5.1.3. Reporte de Ejecución de un Proyecto Cultural: a)- El Reporte de Ejecución de Proyecto Cultural consiste en que el estudiante elabore y ejecute una propuesta de intervención cultural. El punto de partida del proyecto cultural es un trabajo de gestión que durante su desarrollo involucre recursos humanos, técnicos y en algunos casos, financieros. 5 Guber, Rosana (2001) La etnografía. Método, campo y reflexividad. Bogotá: Grupo Editorial Norma. 12
  • 13. b)- El estudiante deberá realizar un diagnóstico que justifique la elaboración de un proyecto cultural, es decir, conocer el contexto donde posiblemente se realizará la intervención, y cuando sea el caso, que se analice la realidad del grupo, comunidad, entidad u organización donde se piensa realizar el proyecto. c)- Como todo proyecto cultural, la propuesta debe contener un valor artístico o cultural. d)- El estudiante presentará un reporte reflexivo, ilustrativo y crítico sobre la experiencia desarrollada durante la ejecución de un proyecto cultural. Además del reporte escrito, se deberá incluir evidencia de su realización (por ejemplo un registro audiovisual, programas de mano, notas periodísticas, boletín de prensa, etc.). e)- En el caso de que la organización del proyecto cultural sea colectivo, el reporte de ejecución de proyecto cultural deberá ser, en todo caso, individual. Los estudiantes que participen en el proyecto y decidan titularse por esta modalidad, no podrán entregar escritos iguales. f)- El proyecto cultural deberá ser asesorado por un profesor de tiempo completo preferentemente de la División. En el caso de que el alumno ya haya egresado, su asesor del proyecto cultural deberá ser su director(a) de trabajo de ejercicio profesional. 3.2.5.2 Estructura General del Trabajo de Ejercicio Profesional: 1. Título y/o subtítulo del proyecto; 2. Antecedentes y justificación (revisión de trabajos anteriormente investigados sobre el asunto; detectar y describir cuáles son los problemas a resolver y argumentar la necesidad de realización del proyecto). 3. Objetivos (las intenciones del proyecto, a corto y a largo plazo). 4. Participantes o beneficiarios (¿quiénes son los involucrados/beneficiados en el desarrollo de la propuesta?) 5. Ubicación y contexto (¿dónde será aplicado/desarrollado la propuesta?) 6. Marco conceptual de referencia (principales conceptos y autores que aportaran a la fundamentación del reporte) 7. Estrategia y procedimientos (metodología de intervención y técnicas usadas para llevar a cabo la propuesta, recursos, instrumentos y herramientas utilizados) 8. Resultados y evidencias de la intervención 9. Evaluación del trabajo realizado (plasmar el impacto de la intervención) 10. Conclusiones y reflexiones finales. 11. Bibliografía y Anexos. 13
  • 14. 3.2.5.3 Formato General de los Reportes del Trabajo de Ejercicio Profesional: Los reportes deberán obedecer a los siguientes requisitos: a) Ser elaborado por un integrante. b) El documento final deberá tener una extensión de 60 a 85 cuartillas (sin considerar ilustraciones, anexos, ni bibliografía). c) El trabajo deberá estar escrito en formato de doble interlineado y con letra de 12 puntos, Arial o Times New Roman. Se sugiere usar preferentemente las Normas de estilo APA6 como guías para orientar el formato técnico de los textos en Ciencias Sociales y Humanidades. El estilo bibliográfico debe ser uniforme a lo largo de todo el trabajo. d) Entregar la versión electrónica en PDF junto con las copias empastadas o engargoladas. 3.3 Del PROTOCOLO que se debe presentar para el caso de las modalidades de Tesis y Trabajo de Ejercicio Profesional: Para realizar la titulación por las modalidades de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional, es necesario que el estudiante elabore un protocolo y lo registre ante el Comité. Éste puede ser elaborado con base en los siguientes apartados generales7 que para tal efecto se sugieren: 1)- Carátula con título del trabajo a realizar, nombre del alumno, licenciatura, posible director, fecha. 2)- Índice Temático 3)- Planteamiento del problema de estudio (justificación, preguntas, hipótesis) 4)- Objetivos (intenciones del estudio y metas a alcanzar) 5)- Breve revisión de literatura 6)- Metodología y procedimientos técnicos 7)- Breve descripción del contexto de estudio (si se aplica al tema) 8)- Cronograma de actividades 9)- Referencias bibliográficas 3.4. Del director y codirector de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional. Este apartado se sustenta en el artículo 68 del Estatuto Académico vigente y se refiere al nombramiento, perfil académico y funciones del director y codirector de aquellos trabajos de titulación que 6 Para mayores informaciones sobre el estilo APA, ver: www.apa.org o consultar el Manual de Publicaciones de la American Psychilogical Association, disponible en el Acervo Bibliográfico de la Universidad de Guanajuato. 7 La estructura del protocolo es una guía general, no obstante, frente a la necesidad de cada propuesta y del programa educativo, se podrán añadir otros elementos al documento. 14
  • 15. requieren ser defendidos ante un jurado. El alumno podrá elegir al director y codirector(es) y se sugiere que de preferencia sea especialista o conocedor del tema de estudio desarrollado por el alumno. La función del director de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional es la de asesorar al alumno en la realización del protocolo, dar orientación teórico-metodológica y de tipo bibliográfica y, en general, contribuir al crecimiento intelectual del alumno. Para la elección de director(a) y codirector(a) se recomienda al alumno lo siguiente: a) Que el director sea preferentemente un Profesor de Tiempo Completo adscrito a la División de Ciencias Sociales y Humanidades, Campus León y que su perfil académico corresponda de preferencia al tema tratado en la Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional. b) Se aceptará como director(a) de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional, con base en el artículo 68 del Estatuto Académico vigente, a un profesor externo a la División o la Universidad, en cuyo caso será recomendable que éste cuente con el grado de maestría y la experiencia probada en investigación dentro del campo del conocimiento señalado. Cuando el director del trabajo sea externo a la Universidad, un profesor de ésta será nombrado codirector. Para efectos de estos lineamientos, la función del codirector será la de dar seguimiento al trabajo para que el proceso de dirección de tesis se realice de manera adecuada. c) Con base en el mismo artículo 68 del Estatuto Académico, el director del trabajo fijará el tema a desarrollar de común acuerdo con el interesado. d) En los casos de cambio de dirección por cualquiera de las partes (cuando el director o codirector considere que el alumno debe trabajar con otro asesor o cuando el estudiante decida cambiar de director o codirector), el interesado hará la solicitud por escrito al Director de la División como presidente del Comité argumentando las razones de su decisión. El Comité resolverá sobre la factibilidad de la solicitud en un plazo máximo de treinta días. e) Cada profesor podrá tener el número de tesistas que el Comité considere adecuados, buscando el equilibrio entre el número de Profesores de Tiempo Completo y el desarrollo de sus funciones sustantivas de investigación, docencia, extensión y gestión. f) Con base en el art. 68 del Estatuto Académico, los sinodales serán nombrados por el Director de la División, a propuesta del director del trabajo; deberán tener igual o superior grado académico al que van a otorgar. Por lo menos un sinodal deberá pertenecer a la Universidad. g) El Director de la División nombrará sinodales suplentes quienes actuarán solo en caso de ausencia justificada del sinodal titular. h) Los sinodales serán lectores de los trabajos de titulación y podrán emitir recomendaciones al alumno antes de dar su voto aprobatorio. 15
  • 16. 4. Trámites y procedimientos para la titulación 4.1. Trámites para titularse mediante la modalidad de Excelencia Académica . Para llevar a cabo la titulación por la modalidad de Excelencia Académica, el estudiante deberá cumplir con los siguientes procedimientos: 1. Solicitar a través de un oficio dirigido al Director de la División la autorización para titularse por la modalidad Excelencia Académica.8 2. El oficio deberá ser entregado a la Secretaría Académica de la DCSyH. 3. Anexar una copia del certificado de estudios donde se demuestre el promedio general mínimo de 9.5 y que el 100% de los cursos del programa educativo hayan sido aprobados en primera oportunidad. 4. Constancia que acredita el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del Campus León o una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial. 5. Constancia de liberación del servicio social profesional. 6. La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen que será entregado por el alumno en las oficinas de la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus León. 7. El alumno deberá realizar el pago de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para concluir con el proceso de titulación (ver lista en anexo). 4.2. Trámites para titularse mediante la modalidad CENEVAL: Para llevar a cabo la titulación por esta modalidad, el alumno deberá cumplir con los siguientes procedimientos: 1. Solicitar a través de un oficio al Director de la División la autorización para titularse por la modalidad CENEVAL.9 2. El oficio deberá ser entregado a la Secretaría Académica de la DCSyH. 3. Entregar constancia con los resultados del examen CENEVAL donde se demuestre que todas las áreas del examen fueron aprobadas y que en al menos dos de ellas se haya obtenido un resultado sobresaliente. 4. Entregar copia del certificado de estudios. 5. Constancia que acredita el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del Campus León o una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial. 6. Constancia de liberación del servicio social profesional. 7. La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen que será entregado por el alumno en las oficinas de la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus León. 8. El alumno deberá realizar el pago de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para concluir con el proceso de titulación (ver lista en anexo). 8 9 Ver modelo de oficio en los anexos. Ver modelo de oficio en los anexos. 16
  • 17. 4.3. Trámites para titularse con publicación de artículo en revista arbitrada: Para titularse en esta modalidad, el estudiante deberá cumplir con los siguientes procedimientos: 1. Solicitar por escrito (a través de un oficio) al Director de la División la autorización para titularse por la modalidad Publicación de artículo en revista dictaminada.10 2. El oficio deberá ser entregado a la Secretaría Académica de la DCSyH. 3. Presentar una copia del artículo publicado directamente de la revista impresa o digital. 4. Constancia que acredita el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del Campus León o una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial. 5. Constancia de liberación del servicio social profesional. 6. La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen que será entregado por el alumno en las oficinas de la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus León. 7. El alumno deberá realizar el pago de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para concluir con el proceso de titulación (ver lista en anexo). 4.4 Trámite para el registro del protocolo: En las modalidades de Tesis y de Trabajo de Ejercicio Profesional, el estudiante deberá presentar un protocolo: a) Se recomienda que el registro del protocolo se dé preferentemente en el penúltimo semestre. b) Antes de solicitar el registro de su protocolo en Secretaría Académica, se recomienda que el alumno trabaje previamente con el probable director del trabajo y que éste acepte dirigir el proyecto. c) El estudiante deberá presentar, mediante oficio, al Comité de Reconocimiento y Obtención de Grados Académicos, el protocolo. En dicho oficio el estudiante deberá proponer al (la) director(a) del trabajo o solicitar al Comité le sea asignado uno(a). Este(a) será designado(a) teniendo como base el tema de interés del alumno. El oficio deberá ser entregado en las oficinas de la Secretaría Académica de la DCSyH con el Vo.Bo. del director propuesto, en caso de que lo halla. d) En caso de que el estudiante no sugiera un director para su tesis, el Comité lo asignará en un plazo máximo de 40 días hábiles contados a partir de la entrega del protocolo y la solicitud al Comité. e) El tema, la modalidad de titulación, el nombre del director y la fecha deben aparecer en el registro, de acuerdo al formato de protocolo que se solicita en este documento. Por eso mismo, es importante que el estudiante deje en Secretaría Académica una copia impresa (o digital) del protocolo a ser desarrollado. 10 Ver modelo de oficio en los anexos. 17
  • 18. f) La Secretaría Académica integrará un expediente de cada alumno y lo facilitará, cuantas veces sea necesario, al Comité para los análisis y dictámenes necesarios. Además, se turnarán copias a la Coordinación de Asuntos Escolares para ser integradas al expediente del alumno que obra en sus archivos. g) Una vez aprobada la solicitud se le notificará al (la) alumno(a) el dictamen emitido por el Comité. 4.5 Trámites para titularse mediante la modalidad de Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional Para llevar a cabo la titulación por cualquiera de estas modalidades, el estudiante deberá cumplir con los siguientes procedimientos: 1- Solicitar a través de un oficio dirigido al Director de la División la autorización para titularse por la modalidad elegida. El oficio deberá ser entregado en las oficinas de la Secretaría Académica de la División. 2- Constancia donde el alumno acredite el nivel 400 de un segundo idioma expedido por el centro de idiomas del Campus León, una institución o escuela de idiomas con reconocimiento oficial, contar con un certificado de primaria, medio superior o superior en el extranjero (de habla distinta al español) o de una institución bilingüe donde haya el alumno estudiado al menos un ciclo escolar (demostrarlo con un certificado) (acuerdo del 7 de septiembre de 2010 L-CD-CSYH-2010-13-06 del Consejo de División). 3- Constancia de liberación del servicio social profesional. 4- Copia del certificado de estudios. 5- La Secretaría Académica emitirá un oficio de modalidad de examen. El mismo será entregado por el alumno a la Coordinación de Asuntos Escolares del Campus y a la vez, deberá realizar los pagos de aranceles y demás trámites exigidos por la Universidad para concluir con el proceso de titulación. 4.6 De los procedimientos y trámites posteriores a la conclusión del trabajo escrito: Después de haber finalizado la redacción de su trabajo (tesis o trabajo de ejercicio profesional) y contar con el Vo.Bo. del director del mismo, el estudiante deberá llevar a cabo el proceso de evaluación del trabajo escrito. Para esto, hay que tomar en cuenta los siguientes procedimientos: a) Al término de la escritura de su trabajo, el estudiante deberá defenderlo en un examen ante un jurado. De acuerdo al artículo 68 del Estatuto Académico vigente, los jurados estarán compuestos por tres sinodales. Cuando se trate de trabajos colectivos, que admitirán como máximo tres sustentantes, el jurado se integrará con cinco sinodales. b) Para poder llevar a cabo la defensa del trabajo ante un jurado, el alumno deberá haber concluido en su totalidad los créditos de su plan de estudios. c) El alumno deberá cubrir los demás requisitos que sobre el proceso de titulación estipula el artículo 62 del Estatuto Académico vigente en el apartado III, a saber, cumplir con el servicio social profesional y 18
  • 19. IV, los demás requisitos académicos y administrativos previamente establecidos en la estructura curricular correspondiente. Esta información podrá ser consultada en la Secretaría Académica de la División o ver los anexos de este documento. d) Contar con los dictámenes aprobatorios del director y codirectores del trabajo los cuales deberán ser remitidos por la persona que los emite a la Secretaría Académica de la División para ser integrados al expediente de titulación del alumno. El oficio de aprobación emitido por el director de la tesis o trabajo de ejercicio profesional deberá estar dirigido al director de la División e incluir la solicitud de nombrar a los sinodales que el primero sugiera. e) Para que los sinodales puedan dar lectura al trabajo, el alumno deberá hacérselos llegar. f) Los sinodales harán las recomendaciones de mejoramiento del trabajo en un lapso no mayor de 30 días hábiles y los remitirán directamente al director de la tesis o trabajo de ejercicio profesional y al alumno. g) En caso de que alguno de los dictámenes sea desaprobatorio, el sinodal debe ofrecer argumentos y proponer lineamientos para la corrección, reformulación o modificación del trabajo de tesis. h) El alumno deberá considerar las recomendaciones emitidas por los sinodales y realizar las correcciones y aclaraciones pertinentes, hasta contar con el voto aprobatorio de todos los sinodales. Los votos se integrarán al expediente del alumno. i) Los sinodales deberán constatar las correcciones y cambios sugeridos y emitir su voto aprobatorio para la defensa del trabajo en el examen de titulación hasta que el alumno los satisfaga. j) El oficio de aprobación emitido por cada uno de los sinodales de la tesis o trabajo de ejercicio profesional deberá estar dirigido al director de la División y ser entregado en la Secretaría Académica para integrarlo en el expediente del alumno y proceder al examen de grado. k) Cuando el alumno cuente con todos los votos aprobatorios, deberá entregar a su director y a cada uno de los sinodales un ejemplar de la última versión aprobada. Esta podrá estar empastada o engargolada. Asimismo deberá entregar dos ejemplares en la biblioteca. A la Secretaría Académica se le entregará un ejemplar en formato PDF. l) El director del trabajo, en coordinación con los sinodales, sugerirá al Director de la División, con al menos quince días de anticipación, la fecha y hora en que habrá de celebrarse el examen. m) Previo al examen, el presidente del jurado deberá pasar a la Secretaría Académica por el acta de examen y los documentos anexos. El será responsable de entregarlos firmados a la Secretaría Académica al finalizar el examen de titulación. 19
  • 20. n) Durante el examen, se pide a los miembros del jurado considerar los acuerdos del Consejo Divisional siguientes: a. con base en el acuerdo del Consejo de División L-CD-CSYH-EX2012-20-03 del día 6 de agosto de 2012, se define que el promedio general de excelencia que se debe considerar para la obtención del reconocimiento SUMA CUM LAUDE será de 10. b. Por el acuerdo del mismo Consejo, L-CD-CSYH-EX2012-20-04, se recomienda respetuosamente al jurado de los exámenes de titulación ser cuidadosos al momento de otorgar algún tipo de reconocimiento al mérito universitario pues el Consejo Divisional será muy riguroso en la revisión de tal reconocimiento. c. Por acuerdo del Consejo Divisional L-CD-CSyH-2013-O-4-10, en caso de reprobar el examen de titulación, el alumno puede solicitar al Consejo Divisional, por una única vez, una segunda oportunidad. La solicitud debe tener el “visto bueno” del director del trabajo. El Consejo podrá otorgar o negar la oportunidad. d. Por acuerdo del Consejo Divisional L-CD-CSyH-2013-O-4-10, cuando el dictamen del examen de titulación sea diferimiento, el jurado deberá determinar los términos en que se deba sustentar una segunda oportunidad y el alumno deberá acatar las recomendaciones del mismo en un plazo no mayor de 90 días naturales para en ese mismo lapso, solicitar, por una última ocasión, nueva fecha de examen de titulación. 5. Prontuario de formatos En este apartado podrás encontrar ejemplos de los formatos de oficios y solicitudes que debes entregar durante el proceso de titulación así como ligas de internet que pueden ser útiles en caso de que elijas cualquiera de las modalidades que exigen un trabajo escrito. Normas del Estilo APA: Enlace1 : www.apastyle.org Enlace 2: http://web.ua.es/es/ice/documentos/redes/2012/asesoramiento/modelo-normas-apabibliografia.pdf 20
  • 21. 1) Modelo de Oficio de solicitud de modalidad de titulación: León, Gto., (Fecha) Nombre del director(a) Director(a) de la División de Ciencias Sociales y Humanidades Campus León Por este medio, me dirijo a Usted a fin de solicitarle autorización para titularme por la modalidad de ... en la Licenciatura en … en virtud de que he cursado y aprobado íntegramente el plan de estudios, los créditos correspondientes y he cumplido con los demás requisitos de egreso establecidos en el plan de estudios (en el caso de ser Excelencia Académica se debe incluir copia del kárdex con el promedio general obtenido). Sin más por el momento, agradezco la atención recibida. Atentamente, (Nombre y firma del alumno) 21
  • 22. 3) Modelo de Oficio para el caso de registro de protocolo de investigación para elaboración de Tesis y de Trabajo de Ejercicio Profesional: UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO CAMPUS LEÓN DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES SOLICITUD DE REGISTRO DE PROTOCOLO PARA TITULACIÓN Programa Educativo: Nombre del (los) solicitante (s): Señale la modalidad de titulación: Tesis Trabajo de Ejercicio Profesional Nombre del proyecto: Director sugerido por el (los) solicitante (s): Fecha probable de término: Firma del (los) solicitante (s): Vo.Bo. del posible director del proyecto: 22
  • 23. 4) Generalidades: orientaciones técnicas del formato de las tesis y reportes. Modelo de Portada: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Símbolo de la Universidad de Guanajuato. Nomenclatura: Universidad, Campus, División y Programa Educativo. Título del trabajo: centralizado. Autor del trabajo. Director(a) del trabajo. Lugar y fecha. Formato: Arial o Times New Roman, 14. Cuerpo de la tesis o reporte: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. Portada del trabajo. Dedicatoria (opcional). Agradecimientos. Resumen del trabajo. Lista de Tablas e Imágenes. Índice. Introducción. Capítulos. Conclusiones generales/consideraciones finales. Bibliografía. Anexos. Formato: Seguir las orientaciones de las Normas APA. Fuente: Arial o Times New Roman, tamaño 12, interlineado 1.5 23
  • 24. 5)- Ejemplo de carátula de tesis o trabajo de ejercicio profesional: UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO CAMPUS LEÓN DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES LICENCIATURA EN …… (TÍTULO DEL TRABAJO) Tesis o Trabajo de Ejercicio Profesional (Tipo de T. de E.P.) para la Obtención de Grado en (nombre de la licenciatura) Presenta (nombre del estudiante) Director/Directora (nombre) León, Gto., (mes, año). 24
  • 25. 6. Los Principios Éticos del Trabajo de Titulación De acuerdo a la modalidad de titulación elegida por el alumno, su trabajo deberá estar en concordancia con las siguientes normas éticas: 1.- Respetar la dignidad y autonomía de las personas. 2.-Cuando la investigación se realice con involucramiento de seres humanos, obtener su consentimiento libre y debidamente informado, así como garantizarles la confidencialidad de la información para protección de los mismos. 3.- Conducirse con veracidad. 4.- Respetar los derechos autorales correspondientes. Todo trabajo de titulación que involucre a otros seres humanos deberá respetar la dignidad humana, la veracidad de los datos que se recaba y el bienestar de las personas en el contexto donde se ha realizado el estudio. Por lo tanto, será necesario que el egresado esté consciente de los siguientes procedimientos: 1- Informar a los participantes sobre los propósitos del estudio y solicitarles previamente su colaboración. Bajo ningún pretexto, los participantes serán inducidos a colaborar si esto va contra su voluntad o interés. 2- Considerar el Código de Ética de la Universidad de Guanajuato por el que rigen los principios de verdad, libertad, respecto, responsabilidad y justicia. 3- Los principios éticos a observar en el proceso de investigación o ejercicio profesional son: a) Autonomía. Implica el reconocer el derecho de un individuo de determinar su curso de acción de acuerdo con sus deseos y planes. El respeto hacia el individuo se expresa al reconocer que su autonomía y derecho a la auto-determinación son el fundamento de su habilidad para juzgar y decidir. Autonomía implica, por tanto, la necesidad de informar sobre la investigación y contar con el consentimiento del participante. b) Consentimiento libre e informado. Este fundamento involucra tres elementos principales: información, consentimiento libre y voluntario, así como comprensión. Cuando el investigador proporciona información, es necesario proporcionar detalles suficientes y claros sobre la naturaleza del estudio, riesgos potenciales y beneficios. El concepto de consentimiento libre y voluntario tiene varias implicaciones. El consentimiento debe darse libremente y puede ser retirado en cualquier momento. Influenciar indebidamente a los posibles participantes para inducirlos a participar puede considerarse como privación, control o autoritarismo sobre ellos. Esto es particularmente importante cuando se trata de grupos de individuos vulnerables (como niños, ancianos, personas con capacidades diferentes, grupos minoritarios, etc.). Todo proyecto de investigación que involucre seres humanos debe contar con una forma de 25
  • 26. consentimiento informado en el que los participantes declaren que han entendido los procedimientos, riesgos asociados, derecho a separarse de la investigación en cualquier etapa de la misma y la satisfacción de que se guardará la confidencialidad prometida. La participación voluntaria implica que los participantes toman una decisión informada mientras que el consentimiento informado asume que la información dada es veraz. En términos prácticos, esto se traduce en el escrutinio del proceso, derechos, obligaciones y requisitos para un consentimiento libre e informado por parte del participante en la investigación. c) Veracidad es un factor central para obtener un consentimiento informado dado que sin esto los participantes no pueden ejercer su derecho al consentimiento informado justo. d) Respeto a personas vulnerables en términos de la dignidad humana. Se considera personas vulnerables a ancianos, enfermos, menores de edad, que deben ser protegidos contra el abuso, discriminación, engaño o explotación. Las obligaciones éticas hacia individuos vulnerables requieren procedimientos especiales que protejan sus intereses. Cuando la investigación involucre niños o grupos vulnerables, se deberá contar con el consentimiento informado de los padres o de la persona legalmente responsable. e) Privacidad y confidencialidad. En términos de conducta ética, todo individuo tiene derecho a privacidad y confidencialidad para proteger información personal y sensible. Cada individuo, por tanto, debe tener la libertad de decidir el tiempo, alcance y circunstancias bajo las cuales brindará información. Los estándares de privacidad y confidencialidad protegen el acceso, control y diseminación de información personal; tales estándares también ayudan a proteger la integridad mental y psicológica de los participantes. Todas las propuestas de trabajo de titulación que involucren a otros seres humanos deben demostrar que estos principios serán mantenidos. Así mismo, los investigadores deben explicar los procedimientos a seguir en cuanto al almacenamiento de la información. f) Apertura y honestidad deberán ser cualidades de la investigación de manera que los participantes reciban información abierta y honesta sobre el proyecto, su propósito y aplicación. Circunstancias excepcionales en que la no se brinde toda la información a los participantes deberán estar justificadas. g) Justicia e inclusión. Justicia se refiere a la imparcialidad e igualdad para todos los participantes en una investigación o ejercicio profesional. En términos de procedimiento, la justicia requiere que los procesos de revisión éticos involucren métodos que sean equilibrados y transparentes, así como que los estándares establecidos y los procedimientos para revisar los protocolos de investigación sean independientes. El principio de justicia impone obligaciones particulares hacia individuos vulnerables e incapaces de proteger sus propios intereses para asegurar que no sean explotados en nombre del avance o aplicación del conocimiento. h) Daños y Beneficios. El análisis, balance y distribución de daños y beneficios son aspectos importantes en la ética de investigación. Un enfoque moderno de ética en la investigación requiere un balance entre daños y beneficios de manera que los beneficios superen los posibles daños. El análisis de esto afecta el bienestar y los derechos de los participantes, el conocimiento de daños y beneficios y la justificación ética para determinar si hay otro enfoque de investigación que conlleve menos daños. Debido a que la investigación involucra avanzar en la frontera del conocimiento, con frecuencia involucra incertidumbre sobre la magnitud o el tipo de beneficios o daños asociados con proyectos individuales. Esto impone 26
  • 27. obligaciones éticas particulares sobre los investigadores para asegurar la validez científica, el diseño y ejecución de su trabajo. Para minimizar daños se tiene la obligación de evitar, prevenir o minimizar posibles daños a otros. En la práctica esto significa que los participantes en la investigación no deben ser sujetos a riesgos innecesarios; su participación en la investigación debe ser esencial para alcanzar objetivos científica y socialmente importantes que no puedan ser alcanzados sin la participación de seres humanos. Este principio también requiere que la investigación involucre el menos número de participantes posible así como el menor número posible de pruebas sobre esos participantes que asegure que los datos obtenidos sean científicamente válidos. Para maximizar los beneficios se debe buscar que la intención de la investigación sea generar conocimientos nuevos que produzcan beneficios para los participantes, otros individuos, para la sociedad o para el avance del conocimiento. Es responsabilidad del alumno y del director del trabajo de titulación atender lo previsto en los presentes principios éticos. N 27