Este documento describe los criterios para la construcción intergubernamental en una doctrina práctica. Identifica dos niveles constitucionales, el originario que establece facultades y limitaciones para el estado federal y las entidades, y el reflejo que se mueve dentro de los márgenes del originario. También cubre la distribución de competencias a través de la justicia constitucional, las competencias compartidas comunes en sistemas federales, y la unificación del derecho como la transferencia de la facultad legislativa de las entidades a las autoridades federales.