1. DERECHO
Conjunto de normas jurídicas, creadas por
el poder legislativo para regular la
conducta externa de los hombres en
sociedad.
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4. Conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para
regular la conducta externa de los hombres en sociedad.Sistema de
normas principios e instituciones que rigen, de manera
obligatoria, el actuar social del hombre para alcanzar
la justicia, la seguridad y el bien común. Conjunto de
normas bilaterales, heterónomas, coercibles y externas que
tienen por objeto regular la conducta humana en su
interferencia ínter subjetiva.
El derecho es el orden normativo e institucional de
la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las
relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras
palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la
convivencia socialy permiten resolver los conflictos inter subjetivos.
DIVISION DE TRABAJO
Derecho Público:
Tiene el objetivo de regular los vínculos que se establecen entre los individuos y las
entidades de carácter privado con los órganos relacionados al poder público, siempre
que éstos actúen amparados por sus potestades públicas legítimas y basándose en lo
que la ley establezca.
Derecho Constitucional:
Es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes
fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es materia de estudio todo lo
relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la
regulación de los poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y
ciudadanos.
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5. Derecho Procesal:
Rama del derecho público que contiene un conjunto de reglas de derecho destinadas a
la aplicación de las normas de derecho a casos particulares y concretos, ya sea con el
fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, con el propósito de que los
jurisdiccionales declaren existencia de una determinada obligación y, en caso
necesario ordene que se haga efectiva.
Derecho Penal:
s el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado
impone a los delincuentes y a las medidas de seguridad que el mismo establece
para la prevención de la criminalidad.
Derecho Administrativo:
Rama del derecho público que tiene por objeto específico la administración pública, a
través del cual el estado y sus órganos auxiliares tienen a la satisfacción de los
intereses colectivos.
SUS FUNCIONES SON:
Uno. Prevenir la seguridad del ciudadano.
Dos. Regular las actividades y relaciones de este.
Tres. Evitar riesgo de arbitrariedad.
Derecho Privado
Son las normas que regulan las relaciones jurídicas entre personas legalmente
consideradas y encontradas en situación de igualdad, en virtud de que ninguna de ellas
actúa de autoridad estatal.
Derecho Civil:
Primera rama del derecho privado,
constituida por un conjunto de normas
que se refieren a las relaciones
jurídicas de la vida ordinaria del ser
humano en su categoría: personas. El
derecho civil abarca distintos aspectos
de nuestra actividad cotidiana, como
las relaciones familiares incluidos el
matrimonio y su disolución; la
paternidad in patria protestad, la
custodia y derechos de los conyugues e
hijos, registro civil,
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6. propiedad, el usufructo, sucesiones y testamentos; documento fundamental donde se
consigna la principal característica jurídicamente obtenida es el "acta de nacimiento".
Derecho Social:
Conjunto de normas jurídicas que establece y se desarrollan
diferentes principios y diferentes procedimientos a favor de la sociedad integrado por
individuos socialmente débiles, para lograr su convivencia en otras clases sociales,
dentro de un orden jurídico.
Derecho Del trabajo o Derecho Laboral:
Es el conjunto de principios que pretende realizar la justicia
social dentro del equilibrio de las relaciones laborales de
carácter sindical e individual. Se dice que el derecho del
trabajo abarca las siguientes disciplinas:
El Derecho Mercantil
Es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas
relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio
legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la
realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula
el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado
. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de
los poderes públicos de establecer un marco de protección de los
consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera
ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la
"publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez
más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con
normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos
intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión
y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades
operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente
vigiladas.
E n l a m a y o r í a d e l a s l e g i s l a c i o n e s , u n a
r e l a c i ó n s e c o n s i d e r a c o m e r c i a l , y p o r
t a n t o s u j e t a a l D e r e c h o M e r c a n t i l , s i e s
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7. u n a c t o d e c o m e r c i o . E l D e r e c h o
m e r c a n t i l a c t u a l s e r e f i e r e a e s t o s
a c t o s , d e l o s q u e l o s o n i n t r í n s e c a m e n t e ,
a u n q u e e n m u c h o s c a s o s e l s u j e t o q u e l o s
r e a l i z a n o t e n g a l a c a l i d a d d e
c o m e r c i a n t e ( s i s t e m a o b j e t i v o ) ; s i n
p e r j u i c i o d e e l l o , e x i s t e n o r d e n a m i e n t o s
j u r í d i c o s e n q u e e l s i s t e m a e s s u b j e t i v o ,
c o n b a s e e n l a e m p r e s a , r e g u l a n d o t a n t o
s u e s t a t u t o j u r í d i c o , c o m o e l e j e r c i c i o
d e l a a c t i v i d a d e c o n ó m i c a , e n s u s
r e l a c i o n e s c o n t r a c t u a l e s q u e m a n t i e n e n
l o s e m p r e s a r i o s e n t r e e l l o s y c o n
t e r c e r o s .
Los Fines del Derecho.
1.- La paz, armonía y el orden.
2.- Mantener la convivencia pacífica entre los hombres.
3.- Obtener la justicia y el bienestar general.
4.- El bien común.
LA NORMA JURÍDICA
Norma: en sentido general es una regla de conducta obligatoria o no.
Distinción entre normas y leyes naturales.
En las leyes naturales encontramos la
enumeración de principios científicos, las normas
enuncian reglas de conducta.
Las leyes naturales regulan relaciones necesarias
(siempre se cumple o realiza lo que la ley señala)
8. y las normas relaciones contingentes (se puede cumplir o no cumplir)
Las leyes naturales no se les viola, se trata de principios que no admiten
excepción; en cambio las normas pueden ser violadas.
En las leyes naturales no se postula ningún valor, solo nos dicen lo que ocurre en
la naturaleza; por el contrario, la norma postula un valor o diversos valores.