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Nadie será sometido a desaparición forzada




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                             Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
Artículo 1.                                                                                                                   Artículo 12.                                                    Artículo 14.                                                    Artículo 23.                                                   7. Cada Estado Parte garantizará el derecho a formar y par-
1. Nadie será sometido a una desaparición forzada. 2. En       b ) Al superior que: i) Haya tenido conocimiento de que        1. Cada Estado Parte velará por que toda persona que ale-       1. Los Estados Partes se prestarán todo el auxilio judicial     2. Cada Estado Parte prohibirá las órdenes o instruccio-       ticipar libremente en organizaciones y asociaciones que
ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcio-          los subordinados bajo su autoridad y control efectivos         gue que alguien ha sido sometido a desaparición forzada         posible en lo que respecta a cualquier procedimiento pe-        nes que dispongan, autoricen o alienten las desaparicio-       tengan por objeto contribuir a establecer las circunstan-
nales tales como estado de guerra o amenaza de guerra,         estaban cometiendo o se proponían cometer un delito            tenga derecho a denunciar los hechos ante las autoridades       nal relativo a un delito de desaparición forzada, inclusive     nes forzadas. Cada Estado Parte garantizará que la persona     cias de desapariciones forzadas y la suerte corrida por las
inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia     de desaparición forzada, o haya conscientemente hecho          competentes, quienes examinarán rápida e imparcialmen-          el suministro de todas las pruebas necesarias para el pro-      que rehúse obedecer una orden de esta naturaleza no sea        personas desaparecidas, así como la asistencia a las vícti-
pública como justificación de la desaparición forzada.         caso omiso de información que lo indicase claramente; ii)      te la denuncia y, en su caso, procederán sin demora a rea-      ceso que obren en su poder.                                     sancionada.                                                    mas de desapariciones forzadas.
                                                               Haya ejercido su responsabilidad y control efectivos sobre     lizar una investigación exhaustiva e imparcial. Se tomarán
Artículo 2.                                                    las actividades con las que el delito de desaparición for-     medidas adecuadas, en su caso, para asegurar la protec-         Artículo 15.                                                    Artículo 24.                                                   Artículo 25.
A los efectos de la presente Convención , se entenderá por     zada guardaba relación; y iii) No haya adoptado todas las      ción del denunciante, los testigos, los allegados de la per-    Los Estados Partes cooperarán entre sí y se prestarán todo      1. A los efectos de la presente Convención , se entenderá      1. Los Estados Partes tomarán las medidas necesarias para
“desaparición forzada” el arresto, la detención, el secues-    medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir     sona desaparecida y sus defensores, así como de quienes         el auxilio posible para asistir a las víctimas de las desapa-   por “víctima” la persona desaparecida y toda persona física    prevenir y sancionar penalmente: a ) La apropiación de
tro o cualquier otra forma de privación de libertad que        o reprimir que se cometiese una desaparición forzada, o        participen en la investigación, contra todo maltrato o in-      riciones forzadas, así como en la búsqueda, localización        que haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia        niños sometidos a desaparición forzada (…) b ) La falsi-
sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos        para poner los hechos en conocimiento de las autoridades       timidación (…). 2. Siempre que haya motivos razonables          y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de        de una desaparición forzada.                                   ficación, el ocultamiento o la destrucción de documentos
de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la      competentes a los efectos de su investigación y enjuicia-      para creer que una persona ha sido sometida a desapari-         fallecimiento, en la exhumación, la identificación de las       2. Cada víctima tiene el derecho de conocer la verdad sobre    que prueben la verdadera identidad de los niños 2. Los Es-
aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a recono-      miento; (…)                                                    ción forzada, las autoridades a las que hace referencia el      personas desaparecidas y la restitución de sus restos.          las circunstancias de la desaparición forzada, la evolución    tados Partes adoptarán las medidas necesarias para buscar
cer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la       2. Ninguna orden o instrucción de una autoridad pública,       párrafo 1 iniciarán una investigación, aun cuando no se                                                                         y resultados de la investigación y la suerte de la persona     e identificar a los niños (…) y restituirlos a sus familias de
suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayén-    sea ésta civil, militar o de otra índole, puede ser invocada   haya presentado ninguna denuncia formal.                        Artículo 17.                                                    desaparecida. (…)                                              origen (…).
dola a la protección de la ley.                                para justificar un delito de desaparición forzada.             4. Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para         1. Nadie será detenido en secreto. 2. (…) 3. Cada Estado        3. Cada Estado Parte adoptará todas las medidas apro-          3. Los Estados Partes se prestarán asistencia mutua en la
                                                                                                                              prevenir y sancionar los actos que obstaculicen el desarro-     Parte asegurará el establecimiento y el mantenimiento de        piadas para la búsqueda, localización y liberación de las      búsqueda, identificación y localización de los niños.
Artículo 3.                                                    Artículo 7.                                                    llo de las investigaciones. En particular, deberán garantizar   uno o varios registros oficiales y/o expedientes actualiza-     personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, para la
Los Estados Partes tomarán las medidas apropiadas para         1. Los Estados Partes considerarán el delito de desapari-      que las personas de las que se supone que han cometido un       dos de las personas privadas de libertad (…)                    búsqueda, el respeto y la restitución de sus restos.           Artículo 26.
investigar sobre las conductas definidas en el artículo 2      ción forzada punible con penas apropiadas, que tengan en       delito de desaparición forzada no estén en condiciones de                                                                       4. Los Estados Partes velarán por que su sistema legal ga-     1. Para la aplicación de las disposiciones de la presente
que sean obra de personas o grupos de personas que ac-         cuenta su extrema gravedad.                                    influir en el curso de las investigaciones, ejerciendo pre-     Artículo 18.                                                    rantice a la víctima de una desaparición forzada el dere-      Convención , se constituirá un Comité contra la Desapa-
túen sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Es-                                                                  siones y actos de intimidación o de represalia sobre el de-     (…) 2. Se adoptarán, llegado el caso, medidas adecuadas         cho a la reparación y a una indemnización rápida, justa        rición Forzada (denominado en lo sucesivo “el Comité”)
tado, y para procesar a los responsables.                       Artículo 10.                                                  nunciante, los testigos, los allegados de la persona desapa-    para garantizar la protección de las personas a las que se      y adecuada. 5. El derecho a la reparación al que se hace       integrado por diez expertos de gran integridad moral, de
                                                               1. Cada Estado Parte en cuyo territorio se encuentre una       recida y sus defensores, así como sobre quienes participan      refiere el párrafo 1 del presente artículo, así como de quie-   referencia en el párrafo 4 del presente artículo comprende     reconocida competencia en materia de derechos huma-
Artículo 5.                                                    persona de la que se supone que ha cometido un delito de       en la investigación.                                            nes participen en la investigación, contra cualquier mal-       todos los daños materiales y morales y, en su caso, otras      nos, independientes, que ejercerán sus funciones a título
La práctica generalizada o sistemática de la desaparición      desaparición forzada, si, tras examinar la información de                                                                      trato, intimidación o sanción en razón de la búsqueda de        modalidades de reparación tales como: a ) La restitución;      personal y actuarán con total imparcialidad. (…)
forzada constituye un crimen de lesa humanidad(…) Ar-          que dispone, considera que las circunstancias lo justifican,    Artículo 13.                                                   informaciones sobre una persona privada de libertad.            b ) La readaptación; c ) La satisfacción; incluido el resta-


                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       FOS – COLOMBIA
tículo 6. 1. Los Estados Partes tomarán las medidas nece-      procederá a la detención de dicha persona o tomará otras       1. A efectos de extradición entre Estados Partes, el delito                                                                     blecimiento de la dignidad y la reputación; d ) Las garan-
sarias para considerar penalmente responsable por lo me-                                                                      de desaparición forzada no será considerado delito políti-                                                                      tías de no repetición.                                                                                       Con el apoyo de
                                                               medidas legales necesarias para asegurar su presencia (…)
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             Fondo para la Sociedad Civil Colombiana por la Paz,
nos: a ) A toda persona que cometa, ordene, o induzca a la     en el marco de un procedimiento penal, de entrega o de         co, delito conexo a un delito político ni delito inspirado en
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        los Derechos Humanos y la Democracia
comisión de una desaparición forzada, intente cometerla,       extradición. (…)                                               motivos políticos. En consecuencia, una solicitud de extra-                                                                               Fundacion Nydia Erika Bautista
sea cómplice o participe en la misma;                                                                                         dición fundada en un delito.                                                                                                                      Serie pedagógica/2012

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Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

  • 1. Nadie será sometido a desaparición forzada Fotografía: Erik Arellana Bautista Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas Artículo 1. Artículo 12. Artículo 14. Artículo 23. 7. Cada Estado Parte garantizará el derecho a formar y par- 1. Nadie será sometido a una desaparición forzada. 2. En b ) Al superior que: i) Haya tenido conocimiento de que 1. Cada Estado Parte velará por que toda persona que ale- 1. Los Estados Partes se prestarán todo el auxilio judicial 2. Cada Estado Parte prohibirá las órdenes o instruccio- ticipar libremente en organizaciones y asociaciones que ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcio- los subordinados bajo su autoridad y control efectivos gue que alguien ha sido sometido a desaparición forzada posible en lo que respecta a cualquier procedimiento pe- nes que dispongan, autoricen o alienten las desaparicio- tengan por objeto contribuir a establecer las circunstan- nales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, estaban cometiendo o se proponían cometer un delito tenga derecho a denunciar los hechos ante las autoridades nal relativo a un delito de desaparición forzada, inclusive nes forzadas. Cada Estado Parte garantizará que la persona cias de desapariciones forzadas y la suerte corrida por las inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia de desaparición forzada, o haya conscientemente hecho competentes, quienes examinarán rápida e imparcialmen- el suministro de todas las pruebas necesarias para el pro- que rehúse obedecer una orden de esta naturaleza no sea personas desaparecidas, así como la asistencia a las vícti- pública como justificación de la desaparición forzada. caso omiso de información que lo indicase claramente; ii) te la denuncia y, en su caso, procederán sin demora a rea- ceso que obren en su poder. sancionada. mas de desapariciones forzadas. Haya ejercido su responsabilidad y control efectivos sobre lizar una investigación exhaustiva e imparcial. Se tomarán Artículo 2. las actividades con las que el delito de desaparición for- medidas adecuadas, en su caso, para asegurar la protec- Artículo 15. Artículo 24. Artículo 25. A los efectos de la presente Convención , se entenderá por zada guardaba relación; y iii) No haya adoptado todas las ción del denunciante, los testigos, los allegados de la per- Los Estados Partes cooperarán entre sí y se prestarán todo 1. A los efectos de la presente Convención , se entenderá 1. Los Estados Partes tomarán las medidas necesarias para “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secues- medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir sona desaparecida y sus defensores, así como de quienes el auxilio posible para asistir a las víctimas de las desapa- por “víctima” la persona desaparecida y toda persona física prevenir y sancionar penalmente: a ) La apropiación de tro o cualquier otra forma de privación de libertad que o reprimir que se cometiese una desaparición forzada, o participen en la investigación, contra todo maltrato o in- riciones forzadas, así como en la búsqueda, localización que haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia niños sometidos a desaparición forzada (…) b ) La falsi- sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos para poner los hechos en conocimiento de las autoridades timidación (…). 2. Siempre que haya motivos razonables y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de de una desaparición forzada. ficación, el ocultamiento o la destrucción de documentos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la competentes a los efectos de su investigación y enjuicia- para creer que una persona ha sido sometida a desapari- fallecimiento, en la exhumación, la identificación de las 2. Cada víctima tiene el derecho de conocer la verdad sobre que prueben la verdadera identidad de los niños 2. Los Es- aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a recono- miento; (…) ción forzada, las autoridades a las que hace referencia el personas desaparecidas y la restitución de sus restos. las circunstancias de la desaparición forzada, la evolución tados Partes adoptarán las medidas necesarias para buscar cer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la 2. Ninguna orden o instrucción de una autoridad pública, párrafo 1 iniciarán una investigación, aun cuando no se y resultados de la investigación y la suerte de la persona e identificar a los niños (…) y restituirlos a sus familias de suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayén- sea ésta civil, militar o de otra índole, puede ser invocada haya presentado ninguna denuncia formal. Artículo 17. desaparecida. (…) origen (…). dola a la protección de la ley. para justificar un delito de desaparición forzada. 4. Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para 1. Nadie será detenido en secreto. 2. (…) 3. Cada Estado 3. Cada Estado Parte adoptará todas las medidas apro- 3. Los Estados Partes se prestarán asistencia mutua en la prevenir y sancionar los actos que obstaculicen el desarro- Parte asegurará el establecimiento y el mantenimiento de piadas para la búsqueda, localización y liberación de las búsqueda, identificación y localización de los niños. Artículo 3. Artículo 7. llo de las investigaciones. En particular, deberán garantizar uno o varios registros oficiales y/o expedientes actualiza- personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, para la Los Estados Partes tomarán las medidas apropiadas para 1. Los Estados Partes considerarán el delito de desapari- que las personas de las que se supone que han cometido un dos de las personas privadas de libertad (…) búsqueda, el respeto y la restitución de sus restos. Artículo 26. investigar sobre las conductas definidas en el artículo 2 ción forzada punible con penas apropiadas, que tengan en delito de desaparición forzada no estén en condiciones de 4. Los Estados Partes velarán por que su sistema legal ga- 1. Para la aplicación de las disposiciones de la presente que sean obra de personas o grupos de personas que ac- cuenta su extrema gravedad. influir en el curso de las investigaciones, ejerciendo pre- Artículo 18. rantice a la víctima de una desaparición forzada el dere- Convención , se constituirá un Comité contra la Desapa- túen sin la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Es- siones y actos de intimidación o de represalia sobre el de- (…) 2. Se adoptarán, llegado el caso, medidas adecuadas cho a la reparación y a una indemnización rápida, justa rición Forzada (denominado en lo sucesivo “el Comité”) tado, y para procesar a los responsables. Artículo 10. nunciante, los testigos, los allegados de la persona desapa- para garantizar la protección de las personas a las que se y adecuada. 5. El derecho a la reparación al que se hace integrado por diez expertos de gran integridad moral, de 1. Cada Estado Parte en cuyo territorio se encuentre una recida y sus defensores, así como sobre quienes participan refiere el párrafo 1 del presente artículo, así como de quie- referencia en el párrafo 4 del presente artículo comprende reconocida competencia en materia de derechos huma- Artículo 5. persona de la que se supone que ha cometido un delito de en la investigación. nes participen en la investigación, contra cualquier mal- todos los daños materiales y morales y, en su caso, otras nos, independientes, que ejercerán sus funciones a título La práctica generalizada o sistemática de la desaparición desaparición forzada, si, tras examinar la información de trato, intimidación o sanción en razón de la búsqueda de modalidades de reparación tales como: a ) La restitución; personal y actuarán con total imparcialidad. (…) forzada constituye un crimen de lesa humanidad(…) Ar- que dispone, considera que las circunstancias lo justifican, Artículo 13. informaciones sobre una persona privada de libertad. b ) La readaptación; c ) La satisfacción; incluido el resta- FOS – COLOMBIA tículo 6. 1. Los Estados Partes tomarán las medidas nece- procederá a la detención de dicha persona o tomará otras 1. A efectos de extradición entre Estados Partes, el delito blecimiento de la dignidad y la reputación; d ) Las garan- sarias para considerar penalmente responsable por lo me- de desaparición forzada no será considerado delito políti- tías de no repetición. Con el apoyo de medidas legales necesarias para asegurar su presencia (…) Fondo para la Sociedad Civil Colombiana por la Paz, nos: a ) A toda persona que cometa, ordene, o induzca a la en el marco de un procedimiento penal, de entrega o de co, delito conexo a un delito político ni delito inspirado en los Derechos Humanos y la Democracia comisión de una desaparición forzada, intente cometerla, extradición. (…) motivos políticos. En consecuencia, una solicitud de extra- Fundacion Nydia Erika Bautista sea cómplice o participe en la misma; dición fundada en un delito. Serie pedagógica/2012