Este documento trata sobre las sociedades anónimas y contiene información sobre su legislación, concepto, denominación, capital social, cuentas anuales, constitución, órganos sociales y derechos de los socios. Las sociedades anónimas están reguladas por la Ley de Sociedades de Capital y se caracterizan por tener un gran número de socios, capital dividido en acciones transmisibles y los socios no responden personalmente de las deudas sociales.
3. Legislación
Es tá regulada por el R eal D ec reto Legis lativo
1 /2010 , de 2 de julio, por e l que se aprueba e l
texto r efundido d e la L e y d e Soc iedades d e
C apital .
4. Concepto
Por Sociedad Anónima debemos entender aquella sociedad de tipo
capitalista, especialmente diseñada para la participación de un gran
número de socios, y de carácter mercantil cuyo capital está dividido en
acciones que pueden ser transmitidas libremente, integradas por las
aportaciones de los/as socios/as, los cuales no responderán
personalmente de las deudas sociales contraídas frente a terceros, sino
que lo harán con el capital aportado por cada uno de ellos para constituir
la Sociedad.
5. Denominación
En cuanto a la denominación, de conformidad con el
Artículo 6 de la Ley de Sociedades de Capital, en la
denominación de la compañía deberá figurar
necesariamente la expresión "Sociedad Anónima" o
su abreviatura "S.A.".
No puede adoptarse una denominación idéntica a la
de otra Sociedad preexistente; por lo que el Registro
Mercantil Central tendrá que certificar que la
denominación elegida no coincide con la de otra
Sociedad ya existente.
7. Cuentas Anuales
•Han de ser formuladas por los administradores de la sociedad en el plazo
máximo de tres meses a contar del cierre del ejercicio social, acompañadas de
un informe de gestión y de la propuesta de aplicación del resultado.
•Irán firmadas por todos los administradores, serán revisadas por los auditores
de cuentas y se someterán finalmente a la aprobación de la Junta General.
•Las cuentas anuales, que forman una unidad, deben ser redactadas con
claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de
los resultados de la sociedad. Comprenderán: El balance - La cuenta de
pérdidas y ganancias - La memoria
8. Constitución de la Sociedad
Las sociedades anónimas tributan a través del Impuesto sobre Sociedades. El
tipo aplicable general en el año 2015 se sitúa es el 28%, pasando a partir del 01
de enero de 2016 al tipo del 25%. Las sociedades mercantiles de nueva creación
constituidas a partir de 1 de enero de 2013, que realicen actividades
económicas, tributarán en el primer período impositivo en que la base imponible
resulte positiva y en el siguiente, con arreglo a la siguiente escala, excepto si de
acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades,
deban tributar a un tipo diferente al general.
10. Derechos del Socio
1. Participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio
resultante de la liquidación.
2. Derecho de suscripción preferente, tanto en nuevas acciones emitidas
como en obligaciones convertibles en acciones.
3. Asistir y votar en las Juntas Generales e impugnar acuerdos sociales.
4. Derecho de información