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Contractualismo

 HOBBES Y EL LEVIATAN




                        Gabriel Ghiggeri
Contractualismo

    El contractualismo (término derivado de la palabra contrato) es una corriente de la
filosofía política y del derecho que se originó en el siglo V a.C..

   El contractualismo, como teoría política ha configurando, en mayor o menor grado, la
estructura actual de los distintos estados y naciones y no debe ser entendido ni como
sinónimo de democracia ni de nacionalismo, pues no todas las teorías contractualistas
defienden los regimenes democráticos y en ocasiones expresan concepciones distintas a
las del nacionalismo. Es más bien una corriente de la Dentro de la denominada filosofía
política y se presenta como una corriente expresada en un conjunto de ideas con un nexo
común. Básicamente examina la naturaleza, origen y justificación del poder político.
Origenes

Hasta el siglo XVII existió la idea de que el poder se justificaba de manera natural o apelando a
instancias religiosas, de forma que las personas vivían en sociedades ordenadas y reguladas conforme
a ciertas reglas que excedían su capacidad de decisión. Así, el rey lo era por gracia de Dios o los
esclavos lo eran por naturaleza.
Sin embargo, con el advenimiento de la sociedad moderna, el panorama fue cambiando debido a
cambios en el orden político, cuando frente al orden social del Antiguo Régimen con una fuerte
tendencia al acaparamiento de poder por parte de los monarcas, surge una nueva clase social donde
los excedentes agrícolas y su reinversión en sectores económicos no sujetos a los tradicionales gremios
comenzaron a hacerse notar y a cobrar vigor conociéndolos como la burguesía, la cual se caracterizaba
por su independencia política y económica hecho que determinó que nuevos valores individualistas
irrumpieran en el panorama político ejerciendo cambios en las estructuras políticas, como por ejemplo
la Revolución Francesa de 1789.
Tambien se suscitaron cambios en el orden geopolítico dado que a partir de la llegada de los europeos
al continente americano, la expansión de la cultura política occidental también tuvo lugar. Tras los
procesos emancipatorios americanos, (fines del siglo XVIII y principios del siglo XIX), fue necesario
articular un nuevo modelo político los estados y naciones americanas, puesto que el modelo dinástico
monárquico europeo era inservible. Se inició así un intenso proceso cuyos resultados retornaron al
viejo continente, como por ejemplo con la independencia estadounidense de 1776.
El antiguo régimen es conocido como régimen monárquico o feudal y esta fuertemente caracterizado
por la fragmentación del poder en diversas instancias y relaciones comunitarias de dependencia.
(dependencia del vasallo que ofrece lealtad al señor a cambio de protección, por ejemplo)
Thomas Hobbes

Thomas Hobbes (5 de abril de 1588 — 4 de diciembre de 1679), fue un filósofo
inglés, cuya obra Leviatán (1651) estableció la fundación de la mayor parte de la
filosofía política occidental.
 La estancia de Hobbes en Europa está vinculada al miedo político, en particular; al
miedo al poder, en general. La conexión que se puede descubrir entre su actitud vital
y su pensamiento político descansa sobre todo en el miedo. Aunque es posible
abstraer la noción de miedo, como Hobbes con tanta frecuencia hace, cada período
cultural parece definido por una clase de miedo; miedo bíblico, miedo
religioso, miedo moral, miedo político. En el siglo XVII predominó en Inglaterra, y
en general en Europa, el miedo político. El Estado se había convertido en un
instrumento de poder absoluto que absorbía los demás temores. Los castigos
procedían del Estado, que asumía las funciones del poder máximo e incontrolado. A
ojos de los súbditos inspiraba miedo; el miedo político, que es en intensidad el más
embargante y limitador de los miedos posibles. Para quien vive el miedo político
nada conserva su sitio ni cualidad. El mundo se transforma en ojos y cadenas; unos
vigilan, otras atan. Es, al mismo tiempo, miedo mental, en cuanto nace de la
previsión del futuro; miedo psíquico, en cuanto tememos ver aquí y ahora en la ira
de quien posee el poder, y miedo moral, en cuanto hace que nos temamos a nosotros
mismos, pues nuestra propia valoración está disminuida y manchada por la
conciencia de que tenemos miedo. Ante el miedo político, miedo al poder instituido
como Estado, el miedo religioso es un miedo menor en cuanto atañe menos a
nuestra convivencia. Temer el castigo del cielo puede ser, en muchos casos, incluso
consolador.
Propuestas centrales del Leviatán

Leviatán, o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil, comúnmente llamado
Leviatán (en inglés Leviathan) es el libro más conocido de Thomas Hobbes. Fue escrito en 1651 y en el mismo se
sientan las bases para la conformación del Estado. La metafora de Leviatan hace referencia a un monstruo de la Biblia
que posee un poder descomunal. En este libro, Hobbes establece su doctrina de derecho moderno como la base de las
sociedades y de los gobiernos legítimos.

Estado de naturaleza. Hobbes intenta imaginar cómo sería la vida de los seres humanos antes de la aparición de la
sociedad. Apelando a una concepción pesimista del ser humano, que según Hobbes es un ser dominado por sus
pasiones, establece que el estado de naturaleza se caracteriza por la precariedad y la violencia, pues no existiendo ley ni
autoridad nada es justo ni injusto, y todos tienen derecho a todo. Ya que los seres humanos son aproximadamente
iguales en fuerza y maldad ninguno prevalece sobre otro, generándose lo que el llamaba “bellun omnium contra
omnes” (una guerra civil permanente de todos contra todos), en la que la vida es breve e insoportable. Hobbes lo
resume con la expresión latina “homo homini lupus” (el hombre es un lobo para el hombre).
Pacto. Siendo los seres humanos inteligentes, además de malvados, en un determinado momento deciden acogerse a
un pacto entre ellos. Ese pacto consiste en la cesión de todo el poder del individuo a un soberano (o corporación), que
habrá de mantener el orden y la paz. Es importante señalar que el pacto firmado es irrevocable, es decir, no puede
romperse, pues al haberse entregado todo el poder, se entrega también la capacidad de romperlo. Y puesto que tal
pacto en nada cambia la naturaleza de los firmantes, que siguen siendo egoístas, el soberano elegido habrá de gobernar,
si fuera necesario, mediante el terror y la violencia para mantener el inseguro orden social.
Estado de sociedad. Una vez firmado el pacto, se instaura la sociedad (para Hobbes, equivalente al Estado). Se
sustituye así el derecho (a todo) por la ley (entendida como límite), y se instituye un régimen de terror que, en realidad,
se corresponde con el modelo de monarquía absoluta.
Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la
  actualidad: Discurso de los Derechos Humanos


           La teoría de Hobbes puede ser entendida como una perspectiva individualista de la
teoría contractualista. Las perspectivas individualistas, como ya se puede vislumbrar, son
generalmente promovidas por posturas liberalistas. Hobbes propone como valor supremo la
conservación de la vida (ley natural), a cualquier costo (derecho natural). En este caso el
derecho y la ley juegan un complejo engranaje dialéctico que confluye en el cuerpo político
soberano, en donde, la mejor manera de preservar la vida (ley natural), es a través de la
limitación (privación) del derecho natural. El pacto social propuesto por Hobbes da
existencia y vida al cuerpo político, y este a su vez, traduce su movimiento y voluntad en la
legislación. Las leyes son actos de la voluntad general, sin embargo esta no puede dirigirse a
objetos particulares.
           Tenemos así que el liberalismo moderno postula el derecho a la vida como anterior
al Estado. Las constituciones liberales ofrecen reconocimiento público a derechos naturales
esencialmente individuales. En esta línea pueden ser tomados en la actualidad la
problemática de los derechos humanos y sus implicancias político-sociales.
Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la
    actualidad: Discurso de los Derechos Humanos

           Parece considerarse por un lado, lo que la democracia debería producir (igualdad,
libertad, mejores seres humanos, etc.), y lo que hasta ahora produjo (desigualdad, pobreza, hambre,
etc.), enmarcada en un contexto liberal que no está muy lejos de las propuestas democráticas.
           Los derechos humanos parecerían destinados a ampliar esta concepción democrática de
la humanidad; la pregunta que deberíamos hacernos entonces es: ¿pensamos realmente que la
democracia puede producir lo que dice que produce? o ¿debemos atender a los efectos reales de un
sistema democrático-liberal?
Las respuestas a estas preguntas pueden ser variadas y confusas, pero para no perder coherencia
prefiero tentar una respuesta aproximada desde la problemática que originan los estados de
excepción dentro del campo del discurso democrático.
Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la
  actualidad: Discurso de los Derechos Humanos


         Democracia y derechos humanos, son discursos que provienen ambos
de la práctica liberal (casi análogamente con la perspectivas hobbesianas
propuestas en Leviatán). Los tres discursos promueven la libertad y la igualdad.
Sin embargo los tres discursos tienen en común, el pertenecer a las superficies
promovidas por los estados de excepción.
         La discusión planteada alrededor de si los derechos humanos
pertenecen por esencia o por derecho al hombre, carece de sentido, si es que
hemos de entender a los derechos humanos como un discurso. Por eso, considero
a los Derechos humanos ligados más a un fundamentalismo que a un cierto
fundacionalismo; pues, como discurso, los derechos humanos solo exportan un
discurso fundado en ciertas superficies de relación.
Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la
  actualidad: Discurso de los Derechos Humanos
Bibliografia y Linkografia


HOBBES Thomas. Leviatan o la materia, forma y poder del Estado
Eclecistico y Civil. Editorial ALIANZA

RORTY, Richard. ¿Esperanza o conocimiento? Una introducción al
pragmatismo, Bs. As., FCE, 1997, p. 121 (citado de: Universalidad de los
derechos humanos y crítica de las teorías de la naturaleza humana en el
pragmatismo de Richard Rorty, de: Rafael Enrique Aguilera Portales)

FOUCAULT, Michel. La arqueología del saber. Trad. Aurelio Garzón del
Camino, Siglo Veintiuno Editores, Bs. As., 2002, pp 77

http://es.wikipedia.org/wiki/Thomas_Hobbes
http://es.wikipedia.org/wiki/Leviat%C3%A1n_(libro)

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Contratualismo Hobbes y el Leviatán

  • 1. Contractualismo HOBBES Y EL LEVIATAN Gabriel Ghiggeri
  • 2. Contractualismo El contractualismo (término derivado de la palabra contrato) es una corriente de la filosofía política y del derecho que se originó en el siglo V a.C.. El contractualismo, como teoría política ha configurando, en mayor o menor grado, la estructura actual de los distintos estados y naciones y no debe ser entendido ni como sinónimo de democracia ni de nacionalismo, pues no todas las teorías contractualistas defienden los regimenes democráticos y en ocasiones expresan concepciones distintas a las del nacionalismo. Es más bien una corriente de la Dentro de la denominada filosofía política y se presenta como una corriente expresada en un conjunto de ideas con un nexo común. Básicamente examina la naturaleza, origen y justificación del poder político.
  • 3. Origenes Hasta el siglo XVII existió la idea de que el poder se justificaba de manera natural o apelando a instancias religiosas, de forma que las personas vivían en sociedades ordenadas y reguladas conforme a ciertas reglas que excedían su capacidad de decisión. Así, el rey lo era por gracia de Dios o los esclavos lo eran por naturaleza. Sin embargo, con el advenimiento de la sociedad moderna, el panorama fue cambiando debido a cambios en el orden político, cuando frente al orden social del Antiguo Régimen con una fuerte tendencia al acaparamiento de poder por parte de los monarcas, surge una nueva clase social donde los excedentes agrícolas y su reinversión en sectores económicos no sujetos a los tradicionales gremios comenzaron a hacerse notar y a cobrar vigor conociéndolos como la burguesía, la cual se caracterizaba por su independencia política y económica hecho que determinó que nuevos valores individualistas irrumpieran en el panorama político ejerciendo cambios en las estructuras políticas, como por ejemplo la Revolución Francesa de 1789. Tambien se suscitaron cambios en el orden geopolítico dado que a partir de la llegada de los europeos al continente americano, la expansión de la cultura política occidental también tuvo lugar. Tras los procesos emancipatorios americanos, (fines del siglo XVIII y principios del siglo XIX), fue necesario articular un nuevo modelo político los estados y naciones americanas, puesto que el modelo dinástico monárquico europeo era inservible. Se inició así un intenso proceso cuyos resultados retornaron al viejo continente, como por ejemplo con la independencia estadounidense de 1776. El antiguo régimen es conocido como régimen monárquico o feudal y esta fuertemente caracterizado por la fragmentación del poder en diversas instancias y relaciones comunitarias de dependencia. (dependencia del vasallo que ofrece lealtad al señor a cambio de protección, por ejemplo)
  • 4. Thomas Hobbes Thomas Hobbes (5 de abril de 1588 — 4 de diciembre de 1679), fue un filósofo inglés, cuya obra Leviatán (1651) estableció la fundación de la mayor parte de la filosofía política occidental. La estancia de Hobbes en Europa está vinculada al miedo político, en particular; al miedo al poder, en general. La conexión que se puede descubrir entre su actitud vital y su pensamiento político descansa sobre todo en el miedo. Aunque es posible abstraer la noción de miedo, como Hobbes con tanta frecuencia hace, cada período cultural parece definido por una clase de miedo; miedo bíblico, miedo religioso, miedo moral, miedo político. En el siglo XVII predominó en Inglaterra, y en general en Europa, el miedo político. El Estado se había convertido en un instrumento de poder absoluto que absorbía los demás temores. Los castigos procedían del Estado, que asumía las funciones del poder máximo e incontrolado. A ojos de los súbditos inspiraba miedo; el miedo político, que es en intensidad el más embargante y limitador de los miedos posibles. Para quien vive el miedo político nada conserva su sitio ni cualidad. El mundo se transforma en ojos y cadenas; unos vigilan, otras atan. Es, al mismo tiempo, miedo mental, en cuanto nace de la previsión del futuro; miedo psíquico, en cuanto tememos ver aquí y ahora en la ira de quien posee el poder, y miedo moral, en cuanto hace que nos temamos a nosotros mismos, pues nuestra propia valoración está disminuida y manchada por la conciencia de que tenemos miedo. Ante el miedo político, miedo al poder instituido como Estado, el miedo religioso es un miedo menor en cuanto atañe menos a nuestra convivencia. Temer el castigo del cielo puede ser, en muchos casos, incluso consolador.
  • 5. Propuestas centrales del Leviatán Leviatán, o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil, comúnmente llamado Leviatán (en inglés Leviathan) es el libro más conocido de Thomas Hobbes. Fue escrito en 1651 y en el mismo se sientan las bases para la conformación del Estado. La metafora de Leviatan hace referencia a un monstruo de la Biblia que posee un poder descomunal. En este libro, Hobbes establece su doctrina de derecho moderno como la base de las sociedades y de los gobiernos legítimos. Estado de naturaleza. Hobbes intenta imaginar cómo sería la vida de los seres humanos antes de la aparición de la sociedad. Apelando a una concepción pesimista del ser humano, que según Hobbes es un ser dominado por sus pasiones, establece que el estado de naturaleza se caracteriza por la precariedad y la violencia, pues no existiendo ley ni autoridad nada es justo ni injusto, y todos tienen derecho a todo. Ya que los seres humanos son aproximadamente iguales en fuerza y maldad ninguno prevalece sobre otro, generándose lo que el llamaba “bellun omnium contra omnes” (una guerra civil permanente de todos contra todos), en la que la vida es breve e insoportable. Hobbes lo resume con la expresión latina “homo homini lupus” (el hombre es un lobo para el hombre). Pacto. Siendo los seres humanos inteligentes, además de malvados, en un determinado momento deciden acogerse a un pacto entre ellos. Ese pacto consiste en la cesión de todo el poder del individuo a un soberano (o corporación), que habrá de mantener el orden y la paz. Es importante señalar que el pacto firmado es irrevocable, es decir, no puede romperse, pues al haberse entregado todo el poder, se entrega también la capacidad de romperlo. Y puesto que tal pacto en nada cambia la naturaleza de los firmantes, que siguen siendo egoístas, el soberano elegido habrá de gobernar, si fuera necesario, mediante el terror y la violencia para mantener el inseguro orden social. Estado de sociedad. Una vez firmado el pacto, se instaura la sociedad (para Hobbes, equivalente al Estado). Se sustituye así el derecho (a todo) por la ley (entendida como límite), y se instituye un régimen de terror que, en realidad, se corresponde con el modelo de monarquía absoluta.
  • 6. Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la actualidad: Discurso de los Derechos Humanos La teoría de Hobbes puede ser entendida como una perspectiva individualista de la teoría contractualista. Las perspectivas individualistas, como ya se puede vislumbrar, son generalmente promovidas por posturas liberalistas. Hobbes propone como valor supremo la conservación de la vida (ley natural), a cualquier costo (derecho natural). En este caso el derecho y la ley juegan un complejo engranaje dialéctico que confluye en el cuerpo político soberano, en donde, la mejor manera de preservar la vida (ley natural), es a través de la limitación (privación) del derecho natural. El pacto social propuesto por Hobbes da existencia y vida al cuerpo político, y este a su vez, traduce su movimiento y voluntad en la legislación. Las leyes son actos de la voluntad general, sin embargo esta no puede dirigirse a objetos particulares. Tenemos así que el liberalismo moderno postula el derecho a la vida como anterior al Estado. Las constituciones liberales ofrecen reconocimiento público a derechos naturales esencialmente individuales. En esta línea pueden ser tomados en la actualidad la problemática de los derechos humanos y sus implicancias político-sociales.
  • 7. Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la actualidad: Discurso de los Derechos Humanos Parece considerarse por un lado, lo que la democracia debería producir (igualdad, libertad, mejores seres humanos, etc.), y lo que hasta ahora produjo (desigualdad, pobreza, hambre, etc.), enmarcada en un contexto liberal que no está muy lejos de las propuestas democráticas. Los derechos humanos parecerían destinados a ampliar esta concepción democrática de la humanidad; la pregunta que deberíamos hacernos entonces es: ¿pensamos realmente que la democracia puede producir lo que dice que produce? o ¿debemos atender a los efectos reales de un sistema democrático-liberal? Las respuestas a estas preguntas pueden ser variadas y confusas, pero para no perder coherencia prefiero tentar una respuesta aproximada desde la problemática que originan los estados de excepción dentro del campo del discurso democrático.
  • 8. Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la actualidad: Discurso de los Derechos Humanos Democracia y derechos humanos, son discursos que provienen ambos de la práctica liberal (casi análogamente con la perspectivas hobbesianas propuestas en Leviatán). Los tres discursos promueven la libertad y la igualdad. Sin embargo los tres discursos tienen en común, el pertenecer a las superficies promovidas por los estados de excepción. La discusión planteada alrededor de si los derechos humanos pertenecen por esencia o por derecho al hombre, carece de sentido, si es que hemos de entender a los derechos humanos como un discurso. Por eso, considero a los Derechos humanos ligados más a un fundamentalismo que a un cierto fundacionalismo; pues, como discurso, los derechos humanos solo exportan un discurso fundado en ciertas superficies de relación.
  • 9. Repercusiones del contractualismo hobbesiano en la actualidad: Discurso de los Derechos Humanos
  • 10. Bibliografia y Linkografia HOBBES Thomas. Leviatan o la materia, forma y poder del Estado Eclecistico y Civil. Editorial ALIANZA RORTY, Richard. ¿Esperanza o conocimiento? Una introducción al pragmatismo, Bs. As., FCE, 1997, p. 121 (citado de: Universalidad de los derechos humanos y crítica de las teorías de la naturaleza humana en el pragmatismo de Richard Rorty, de: Rafael Enrique Aguilera Portales) FOUCAULT, Michel. La arqueología del saber. Trad. Aurelio Garzón del Camino, Siglo Veintiuno Editores, Bs. As., 2002, pp 77 http://es.wikipedia.org/wiki/Thomas_Hobbes http://es.wikipedia.org/wiki/Leviat%C3%A1n_(libro)