SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Descargar para leer sin conexión
Para nadie es un secreto que el estudio del Derecho implica conocerlo inmerso en un Estado, donde las normas que lo componen son encaminadas a mantener la cohesión social y el Derecho a su vez es aceptado en tanto el Estado es el quien lo avala y hace que se acepte ese y no otro.<br />Cuando uso la expresión otro hago referencia a dos realidades y son: primero que ordenamientos de otros estados no irrumpan en el orden interno y segundo que dentro de un Estado pueden existir ordenamientos, aunque no sean considerados derecho, que también regulen relaciones entre los asociados y que el Estado es quien se encarga de reconocer el grado de legitimidad.<br />En este escrito haré referencia a la segunda realidad, analizada desde la óptica del pluralismo jurídico, entendido este como “la coexistencia dentro de un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas en un plano de igualdad, respeto y coordinación”. En otras palabras, es la coexistencia de dos o más órdenes jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y de espacio.<br />El concepto pluralismo jurídico “proviene de la antropología política aplicada, y surgió con relación a la situación de los países  sujetos a coloniaje en los cuales operaban por lo menos dos sistemas normativos superpuestos: De un lado  la ley metropolitana o centro colonial,  y de otro el sistema nativo o de la sociedad colonizada”<br />La realidad de los Estados colonizados no es diferente hoy día, sobretodo cuando miramos muchos de los ubicados en Latinoamérica, donde existen aun culturas indígenas con sus reglas que conviven con las normas dadas por el Estado en el que habitan, este es uno de los desafíos que se plantea al Estado actual, “es precisamente, la admisión de la existencia en un mismo ámbito territorial, de modos de resolución de conflictos diferenciados.” <br />En continuidad con lo anterior es importante tener en cuenta entonces que dentro de un Estado existen diferentes culturas, principalmente en los de América del sur y <br />central, situación que se convierte en un reto para los Estados porque muchas veces “la comunidad política no coincide con la comunidad cultural”. Esta situación debe llevar a los Estados a replantear si las normas existentes en el ordenamiento general van acordes con la diversidad cultural que se haya en él.<br />Pero en el caso colombiano, dentro del ámbito interno, no es sólo un problema de la aplicación del Derecho estatal la diversidad cultural, sino que existe otro problema y no de menor importancia. Este otro reto que enfrenta el Estado colombiano es que los grupos armados ilegales también poseen su propio sistema de normas y estas chocan en tiempo y espacio con las estatales.<br />No se trata de entrar a discutir si estas normas sub estatales son o no Derecho, lo que pretendo es analizar una realidad que constantemente choca con el ordenamiento colombiano sobretodo en lo que a la administración de justicia se refiere.  <br />Sobre esta realidad en el libro jueces sin Estado se procura responder una pregunta ¿Cuál es la incidencia real de los actores armados en la administración de justicia? “La hipótesis general de  Jueces sin Estado es que la presencia de un actor armado –guerrilla o paramilitar– en un municipio disminuye la oferta de justicia oficial, ya sea porque los grupos armados cooptan los casos de las comunidades y los resuelven mediante sus propios mecanismos de justicia, o bien porque los jueces son intimidados y maniatados por el accionar de esos actores.”<br />De lo anterior se desprenden dos cosas. En primer lugar la existencia de grupos armados que dominan determinadas zonas del Estado colombiano. Grupos que se han proliferado entre otras cosas, según sostienen algunos politólogos y sociólogos, debido a “causas estructurales” e históricas como la pobreza, la  exclusión y la desigualdad, y que mientras no se superen esos problemas de raíz, la violencia continuará reproduciéndose.”<br />En segundo lugar esos grupos armados poseen control sobre determinados territorios del Estado, en los cuales la justicia estatal se ve limitada, e incluso inoperante, pues, son los grupos quienes deciden cómo se solucionan los conflictos y si es conveniente dejar algunos casos en manos de los jueces estatales.<br />Dice García Villegas, al respecto, que en Colombia aún existen “problemas propios del siglo XVI, cuando la sociedad no había sido pacificada por el  Estado; problemas propios del siglo XVII, cuando el Estado no había logrado controlar sus fronteras; problemas de democratización del Estado, propios del siglo XVIII, y problemas de igualdad social, propios del  siglo XX”. <br />Todas estas situaciones son palpables en la realidad nacional, en un Estado que no posee control total de su territorio, una población que ha vivido en conflicto desde sus inicios donde las matanzas entre miembros de partidos políticos, con aval del estado, era y aun hoy sigue siendo el pan de cada día, y “la brecha de la desigualdad que se sigue abriendo cada vez más en un Estado colombiano donde el 10% más rico se apodera 80 veces más de lo que gana el 10% más pobre.” <br />Estas realidades han generado la existencia de grupos que rigen los destinos de algunas poblaciones dentro del Estado, que aun teniendo oficina judicial, se han ganado el aval de los pobladores por ser más rápidas las decisiones y de mejor aplicación por lo que ya existen personas que acuden voluntariamente ante ellos a presentar sus problemas otorgándoles cierto grado de legitimidad aunque su acción, mirada desde la óptica estatal no sea legal.<br />Esta situación en relación con el pluralismo jurídico tiene gran relación si se tiene en cuenta la definición dada a este movimiento, porque de la realidad colombiana pueden obtenerse argumentos para decir que las normas propias de los grupos al margen de la ley también son ordenamiento jurídico y chocan con las normas estatales hasta tal punto que aquellas pasan a estar por encima de estas. <br />Junto a la realidad de los grupos armados y sus normas y la diversidad cultural, hay una situación colombiana que podría, si se quiere, encuadrar dentro del tema de diversidad cultural en la que se evidencia otra forma de pluralismo jurídico y es lo referente a la comunidad de paz de San José de Apartadó.<br />San José de Apartadó es una pequeña aldea dependiente administrativamente del municipio de Apartadó. Ha sido una población muy violentada tanto por grupos al margen de la ley como por las fuerzas estatales. En 1996 luego de un desplazamiento de los habitantes y su regreso a San José, los líderes fueron asesinados por grupos paramilitares con la complicidad del ejército nacional.<br />“Desde finales de 1996 la misma Diócesis de Apartadó comenzó a discutir con miembros de la comunidad una propuesta de erigirse como “Comunidad de Paz”, que adoptara unas reglas muy precisas y verificables de no colaboración con ninguno de los actores armados.”<br />Para la creación de esta comunidad de paz se organizó un reglamento interno compuesto de 12 artículos acompañado de sus propios principios y una declaración constituida por 7 artículos que rigen a los habitantes de la comunidad.<br />Este proyecto de comunidad que ha decidido vivir al margen del conflicto tomando una actitud neutral, se ha visto afectado por señalamientos de la fuerza pública y ataques contra sus pobladores. “Los militares y los paramilitares no quisieron aceptar este tipo de neutralidad. Ellos entendían por “neutralidad” solamente el hecho de cortar relaciones con la guerrilla, pero no permitían que una comunidad decidida a no participar en la guerra, les negara también a ellos informaciones, venta de alimentos y les exigiera no entrar con armas a su territorio de paz. Por eso se propusieron destruirla a toda costa.”<br />Ellos son un ejemplo de pluralismo jurídico en la medida que han decidido darse su propio reglamento, no acatar normas de grupos armados ilegales y tampoco las normas del Estado colombiano aunque pertenecen a de su territorio. <br />Cada habitante de la comunidad conoce bien su compromiso y por cumplirlo se han visto perseguidos. “Los funerales de sus víctimas los ponen frecuentemente ante el dilema de dispersarse y acabar con la Comunidad de Paz, o de continuar tozudamente cumpliendo su Reglamento, el cual les prohíbe brindar información, alimentación o apoyo logístico a cualquier actor armado, comprendido el Ejército oficial, que es el que más rabiosamente se ha ensañado contra la Comunidad.”<br />Ante los ataques de los que han sido blanco, decidieron en época del expresidente Samper hacerle saber al gobierno sobre la situación que padecían en ese entonces, pero no fueron escuchados por este. En la actualidad y con el auge de la política de seguridad democrática desarrollada por el expresidente Uribe y continuada por el presidente Santos, “política que ha tenido relación directa entre su implementación y el deterioro de la situación de los derechos humanos en el país”, han tenido inconvenientes sobretodo porque esta política de seguridad democrática promovió el involucramiento de la población civil en tareas de seguridad propias de las Fuerzas Armadas a lo que la comunidad no ha hecho acogida por ir contra su ordenamiento interno.   <br />Como la comunidad de paz ha decidido no colaborar con el Estado, “el Ejército oficial ha recurrido a dos estrategias, para desacreditar esta comunidad, secundado por otras instancias del Estado colombiano: la primera consiste en tratar de convencer a la opinión nacional e internacional de que la Comunidad de San José de Apartadó es una comunidad “al servicio de la guerrilla” y de que para poder servir mejor a la insurgencia se camufla como comunidad de paz; la segunda consiste en responderle a las organizaciones y grupos que en diversos países se solidarizan con ellos, que sus sufrimientos se habrían podido evitar si la comunidad hubiera aceptado la presencia protectora del Ejército, pero como la rechaza, debe atenerse a las consecuencias y no reclamar protección del Estado.”<br />En relación con el tema del pluralismo jurídico es posible analizar estas dos realidades presentes en nuestro estado, sin olvidar que también cabe como un gran ejemplo y quizás el más fácil de exponer, es el de las culturas indígenas. Pero no hablaré sobre ellas sino que terminaré con unas conclusiones sobre las realidades expuestas anteriormente.<br />De antemano cabe decir que no existen en Colombia estudios empíricos que den cuenta de la incidencia real del conflicto armado en el sistema judicial y que den luces sobre cuál puede ser la mejor manera de afrontarla. <br />En relación con este tema [conflicto armado] se ha comprobado que “Los jueces que trabajaban en municipios violentos procesan muchos menos casos que aquellos que trabajan en municipios pacíficos, con diferencias que oscilan entre un 100% y un 300%  según el municipio y el año del período estudiado”. Esta situación es consecuencia de la existencia de una regulación alterna propia de los grupos al margen de la ley que se ha sobrepuesto a la estatal entre otras cosas porque la presencia que hace el Estado es mínima o nula en determinadas regiones, lo que ha ocasionado que los jueces queden abandonados a su suerte en lugares donde otro poder es el que ejerce control y donde su acción depende más de esos otros poderes que del mismo Estado.<br />Con lo acontecido en la comunidad de San José no es innegable la existencia de un ordenamiento alterno que choca con normas estatales como la vinculación de la población civil a grupos informantes. <br />Se puede pensar que estos ordenamientos subestatales por no ir en concordancia con lo que el Estado propone serán ilegítimos, pero una vez son aprobados y asimilados por la comunidad, esto les da un grado de legitimidad incluso cuando son más benéficos a los pobladores que las mismas normas dadas por el Estado, sea porque permiten encontrar una solución más ágil, son más justas o porque pretender proteger la vida de los pobladores (como es el caso de la comunidad de paz) cosa que no hace el <br />Estado cuando dentro de la política de seguridad democrática involucra a la población civil o decide pagar recompensas.<br />Algunos, en relación a los lugares donde los grupos ilegales “gobiernan” dicen que existe ilegitimidad porque ellos hacen que la gente cumpla determinadas normas más por el temor de las amenazas que por voluntad propia, situación que rememora en mi la coercibilidad del Derecho, donde el Estado, si la persona no cumple determinados mandatos se verá sancionada de determinada forma, creando así también temor en la población que los lleva a cumplir esas normas.<br />Lo que si es cierto es que muchas veces las sanciones de los grupos ilegales son muy extremas, cosa que es reprochable, pero no podemos negar que aun así ellos realizan funciones que en teoría debería hacer el Estado Colombiano y trae consigo disminución de la actividad judicial estatal por cuanto son ellos quienes ejercen esa autoridad en sus territorios. <br />Por: Jorge Luis Montoya Villegas<br />Universidad de Antioquia<br />Derecho<br />
Informe
Informe
Informe
Informe
Informe

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Proyecto de-declaración-de-principios
Proyecto de-declaración-de-principiosProyecto de-declaración-de-principios
Proyecto de-declaración-de-principiosMartin Triana
 
Libro proyecto alternativo de nacion
Libro proyecto alternativo de nacionLibro proyecto alternativo de nacion
Libro proyecto alternativo de nacionMartin Triana
 
Morena partido-o-movimiento
Morena partido-o-movimientoMorena partido-o-movimiento
Morena partido-o-movimientoMartin Triana
 
Leer 23 marzo
Leer 23 marzoLeer 23 marzo
Leer 23 marzoUNAM
 
Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos
Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos
Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos AMLO-MORENA
 
Estatutos de morena
Estatutos de morenaEstatutos de morena
Estatutos de morenajorgealanrs
 
México: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos Humanos
México: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos HumanosMéxico: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos Humanos
México: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos HumanosCrónicas del despojo
 
Ponencia íntegra al seminario internacional de dublín
Ponencia íntegra al seminario internacional de dublínPonencia íntegra al seminario internacional de dublín
Ponencia íntegra al seminario internacional de dublínCrónicas del despojo
 
Presentacion morena a.c. (1)[1]
Presentacion morena a.c. (1)[1]Presentacion morena a.c. (1)[1]
Presentacion morena a.c. (1)[1]marcosori
 
Iniciativa tipificacion feminicidio
Iniciativa tipificacion feminicidioIniciativa tipificacion feminicidio
Iniciativa tipificacion feminicidioUNAM
 
La esencia y naturaleza de la ley habilitante
La esencia y naturaleza de la ley habilitanteLa esencia y naturaleza de la ley habilitante
La esencia y naturaleza de la ley habilitantepabloauresanchez
 
Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015CARLOS HUMBERTO PEDRAZA BLANCO
 
Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015CARLOS HUMBERTO PEDRAZA BLANCO
 

La actualidad más candente (17)

ESTATUTO MORENA
ESTATUTO MORENAESTATUTO MORENA
ESTATUTO MORENA
 
Modulo5
Modulo5Modulo5
Modulo5
 
Proyecto de-declaración-de-principios
Proyecto de-declaración-de-principiosProyecto de-declaración-de-principios
Proyecto de-declaración-de-principios
 
Libro proyecto alternativo de nacion
Libro proyecto alternativo de nacionLibro proyecto alternativo de nacion
Libro proyecto alternativo de nacion
 
Morena partido-o-movimiento
Morena partido-o-movimientoMorena partido-o-movimiento
Morena partido-o-movimiento
 
Leer 23 marzo
Leer 23 marzoLeer 23 marzo
Leer 23 marzo
 
Programa morena
Programa morenaPrograma morena
Programa morena
 
Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos
Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos
Carta de MORENA al comisionado de la ONU para los Derechos Humanos
 
Estatutos de morena
Estatutos de morenaEstatutos de morena
Estatutos de morena
 
México: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos Humanos
México: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos HumanosMéxico: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos Humanos
México: Conformación del Comité Popular en Defensa de los Derechos Humanos
 
Ponencia íntegra al seminario internacional de dublín
Ponencia íntegra al seminario internacional de dublínPonencia íntegra al seminario internacional de dublín
Ponencia íntegra al seminario internacional de dublín
 
MORENA Programa de Acción
MORENA Programa de AcciónMORENA Programa de Acción
MORENA Programa de Acción
 
Presentacion morena a.c. (1)[1]
Presentacion morena a.c. (1)[1]Presentacion morena a.c. (1)[1]
Presentacion morena a.c. (1)[1]
 
Iniciativa tipificacion feminicidio
Iniciativa tipificacion feminicidioIniciativa tipificacion feminicidio
Iniciativa tipificacion feminicidio
 
La esencia y naturaleza de la ley habilitante
La esencia y naturaleza de la ley habilitanteLa esencia y naturaleza de la ley habilitante
La esencia y naturaleza de la ley habilitante
 
Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 12 colombia un estado en formación ciencias sociales 9° colcastro 2015
 
Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015
Guía 13 cultura de la legalidad ciencias sociales 9° colcastro 2015
 

Destacado

Tecnologia en la industria petrolera
Tecnologia en la industria petroleraTecnologia en la industria petrolera
Tecnologia en la industria petrolerajeremy Gonzalez
 
Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013
Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013
Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013Nancy A.
 
Approved WHS Consultant
Approved WHS ConsultantApproved WHS Consultant
Approved WHS ConsultantAndrew Mengel
 
Funko pop´s
Funko pop´sFunko pop´s
Funko pop´sJoaoted
 
Lafamiliacomoprimeraescueladefe
LafamiliacomoprimeraescueladefeLafamiliacomoprimeraescueladefe
Lafamiliacomoprimeraescueladefemarihvibe
 
Discapacidad visuapresentacionl
Discapacidad visuapresentacionlDiscapacidad visuapresentacionl
Discapacidad visuapresentacionlRociofat
 
A vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futuros
A vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futurosA vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futuros
A vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futurosUniversidade Federal Fluminense
 
PRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMA
PRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMAPRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMA
PRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMAIss Ota
 
Plataformas Virtuales
Plataformas VirtualesPlataformas Virtuales
Plataformas VirtualesOry Ramírez
 
Sin título 1
Sin título 1Sin título 1
Sin título 1jeiko6666
 

Destacado (20)

Jose vega aguirre
Jose vega aguirreJose vega aguirre
Jose vega aguirre
 
Dj Beto Malboro
Dj Beto MalboroDj Beto Malboro
Dj Beto Malboro
 
Tecnologia en la industria petrolera
Tecnologia en la industria petroleraTecnologia en la industria petrolera
Tecnologia en la industria petrolera
 
Modelos de risco coletivo para um periodo generico
Modelos de risco coletivo para um periodo genericoModelos de risco coletivo para um periodo generico
Modelos de risco coletivo para um periodo generico
 
Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013
Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013
Muro Virtual de los Ecodeseos Uruapan 2013
 
Capitulo 7
Capitulo 7Capitulo 7
Capitulo 7
 
Approved WHS Consultant
Approved WHS ConsultantApproved WHS Consultant
Approved WHS Consultant
 
Dagllanamarie tablets pc
Dagllanamarie tablets pcDagllanamarie tablets pc
Dagllanamarie tablets pc
 
Funko pop´s
Funko pop´sFunko pop´s
Funko pop´s
 
Lafamiliacomoprimeraescueladefe
LafamiliacomoprimeraescueladefeLafamiliacomoprimeraescueladefe
Lafamiliacomoprimeraescueladefe
 
Decenas y unidades
Decenas y unidadesDecenas y unidades
Decenas y unidades
 
Proyecto TIC
Proyecto TICProyecto TIC
Proyecto TIC
 
Discapacidad visuapresentacionl
Discapacidad visuapresentacionlDiscapacidad visuapresentacionl
Discapacidad visuapresentacionl
 
A construção civil e seus riscos
A construção civil e seus riscosA construção civil e seus riscos
A construção civil e seus riscos
 
A vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futuros
A vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futurosA vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futuros
A vulnerabilidade de populações desassistidas: propostas de estudos futuros
 
PRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMA
PRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMAPRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMA
PRESENTACIÓN VISUAL DE LA SUMA
 
Plataformas Virtuales
Plataformas VirtualesPlataformas Virtuales
Plataformas Virtuales
 
Optica 2
Optica 2Optica 2
Optica 2
 
Tipografia
Tipografia Tipografia
Tipografia
 
Sin título 1
Sin título 1Sin título 1
Sin título 1
 

Similar a Informe

Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.Derecho Grupo 2
 
Función judicial y justicia indígena
Función judicial y justicia indígenaFunción judicial y justicia indígena
Función judicial y justicia indígenaVeronica Burbano
 
Solucion a las tribus urbanas
Solucion a las tribus urbanasSolucion a las tribus urbanas
Solucion a las tribus urbanaslisaforero
 
Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...
Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...
Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...Crónicas del despojo
 
1. demandas-en-torno-a-la-democracia
1. demandas-en-torno-a-la-democracia1. demandas-en-torno-a-la-democracia
1. demandas-en-torno-a-la-democraciaLeonardo Vera López
 
Principios
PrincipiosPrincipios
Principiosale6119
 
El derecho a la verdad
El derecho a la verdadEl derecho a la verdad
El derecho a la verdadALAN
 
CIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptx
CIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptxCIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptx
CIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptxNatalyBernal6
 
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.Derecho Grupo 2
 
Comunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento social
Comunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento socialComunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento social
Comunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento socialColectivolatulpa
 
Ensayo metodologia 1
Ensayo metodologia 1Ensayo metodologia 1
Ensayo metodologia 1marce_taborda
 

Similar a Informe (20)

Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
 
Función judicial y justicia indígena
Función judicial y justicia indígenaFunción judicial y justicia indígena
Función judicial y justicia indígena
 
Informe
InformeInforme
Informe
 
Solucion a las tribus urbanas
Solucion a las tribus urbanasSolucion a las tribus urbanas
Solucion a las tribus urbanas
 
Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...
Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...
Saludamos los esfuerzos de acercamiento para la búsqueda de paz a través del ...
 
1. demandas-en-torno-a-la-democracia
1. demandas-en-torno-a-la-democracia1. demandas-en-torno-a-la-democracia
1. demandas-en-torno-a-la-democracia
 
Que va pasar con nuestras etnias
Que va pasar con nuestras etniasQue va pasar con nuestras etnias
Que va pasar con nuestras etnias
 
Organismos del estado
Organismos del estadoOrganismos del estado
Organismos del estado
 
Marco paz
Marco pazMarco paz
Marco paz
 
Principios
PrincipiosPrincipios
Principios
 
El derecho a la verdad
El derecho a la verdadEl derecho a la verdad
El derecho a la verdad
 
Fuentes del derecho
Fuentes del derecho Fuentes del derecho
Fuentes del derecho
 
La aplicación de la DIH en colombia
La aplicación de la DIH en colombiaLa aplicación de la DIH en colombia
La aplicación de la DIH en colombia
 
CIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptx
CIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptxCIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptx
CIUDADANIA RESTRINGIDA DE LAS MUJERES VICTIMAS DEL CONFLICTO (1).pptx
 
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
Caso bolt-y-otros-vs-cardenal.
 
Comunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento social
Comunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento socialComunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento social
Comunicado Público PDOC en rechazo persecución estatal movimiento social
 
Tarea 6 de sociologia realizada
Tarea 6 de sociologia realizadaTarea 6 de sociologia realizada
Tarea 6 de sociologia realizada
 
Tarea 6 de sociologia realizada
Tarea 6 de sociologia realizadaTarea 6 de sociologia realizada
Tarea 6 de sociologia realizada
 
Ensayo metodologia 1
Ensayo metodologia 1Ensayo metodologia 1
Ensayo metodologia 1
 
Pluralismo juridico
Pluralismo juridicoPluralismo juridico
Pluralismo juridico
 

Más de Geoergon1987 (15)

Terrorismo
TerrorismoTerrorismo
Terrorismo
 
Ensayo met
Ensayo metEnsayo met
Ensayo met
 
Infolect
InfolectInfolect
Infolect
 
Info lect. metodo
Info lect. metodoInfo lect. metodo
Info lect. metodo
 
Informe
InformeInforme
Informe
 
Informe
InformeInforme
Informe
 
Resumen
ResumenResumen
Resumen
 
Resumen
ResumenResumen
Resumen
 
Reseña
ReseñaReseña
Reseña
 
Reseña
ReseñaReseña
Reseña
 
Gallego
GallegoGallego
Gallego
 
Gallego
GallegoGallego
Gallego
 
Gallego
GallegoGallego
Gallego
 
Reseña
ReseñaReseña
Reseña
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 

Informe

  • 1. Para nadie es un secreto que el estudio del Derecho implica conocerlo inmerso en un Estado, donde las normas que lo componen son encaminadas a mantener la cohesión social y el Derecho a su vez es aceptado en tanto el Estado es el quien lo avala y hace que se acepte ese y no otro.<br />Cuando uso la expresión otro hago referencia a dos realidades y son: primero que ordenamientos de otros estados no irrumpan en el orden interno y segundo que dentro de un Estado pueden existir ordenamientos, aunque no sean considerados derecho, que también regulen relaciones entre los asociados y que el Estado es quien se encarga de reconocer el grado de legitimidad.<br />En este escrito haré referencia a la segunda realidad, analizada desde la óptica del pluralismo jurídico, entendido este como “la coexistencia dentro de un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas en un plano de igualdad, respeto y coordinación”. En otras palabras, es la coexistencia de dos o más órdenes jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y de espacio.<br />El concepto pluralismo jurídico “proviene de la antropología política aplicada, y surgió con relación a la situación de los países  sujetos a coloniaje en los cuales operaban por lo menos dos sistemas normativos superpuestos: De un lado  la ley metropolitana o centro colonial,  y de otro el sistema nativo o de la sociedad colonizada”<br />La realidad de los Estados colonizados no es diferente hoy día, sobretodo cuando miramos muchos de los ubicados en Latinoamérica, donde existen aun culturas indígenas con sus reglas que conviven con las normas dadas por el Estado en el que habitan, este es uno de los desafíos que se plantea al Estado actual, “es precisamente, la admisión de la existencia en un mismo ámbito territorial, de modos de resolución de conflictos diferenciados.” <br />En continuidad con lo anterior es importante tener en cuenta entonces que dentro de un Estado existen diferentes culturas, principalmente en los de América del sur y <br />central, situación que se convierte en un reto para los Estados porque muchas veces “la comunidad política no coincide con la comunidad cultural”. Esta situación debe llevar a los Estados a replantear si las normas existentes en el ordenamiento general van acordes con la diversidad cultural que se haya en él.<br />Pero en el caso colombiano, dentro del ámbito interno, no es sólo un problema de la aplicación del Derecho estatal la diversidad cultural, sino que existe otro problema y no de menor importancia. Este otro reto que enfrenta el Estado colombiano es que los grupos armados ilegales también poseen su propio sistema de normas y estas chocan en tiempo y espacio con las estatales.<br />No se trata de entrar a discutir si estas normas sub estatales son o no Derecho, lo que pretendo es analizar una realidad que constantemente choca con el ordenamiento colombiano sobretodo en lo que a la administración de justicia se refiere. <br />Sobre esta realidad en el libro jueces sin Estado se procura responder una pregunta ¿Cuál es la incidencia real de los actores armados en la administración de justicia? “La hipótesis general de Jueces sin Estado es que la presencia de un actor armado –guerrilla o paramilitar– en un municipio disminuye la oferta de justicia oficial, ya sea porque los grupos armados cooptan los casos de las comunidades y los resuelven mediante sus propios mecanismos de justicia, o bien porque los jueces son intimidados y maniatados por el accionar de esos actores.”<br />De lo anterior se desprenden dos cosas. En primer lugar la existencia de grupos armados que dominan determinadas zonas del Estado colombiano. Grupos que se han proliferado entre otras cosas, según sostienen algunos politólogos y sociólogos, debido a “causas estructurales” e históricas como la pobreza, la exclusión y la desigualdad, y que mientras no se superen esos problemas de raíz, la violencia continuará reproduciéndose.”<br />En segundo lugar esos grupos armados poseen control sobre determinados territorios del Estado, en los cuales la justicia estatal se ve limitada, e incluso inoperante, pues, son los grupos quienes deciden cómo se solucionan los conflictos y si es conveniente dejar algunos casos en manos de los jueces estatales.<br />Dice García Villegas, al respecto, que en Colombia aún existen “problemas propios del siglo XVI, cuando la sociedad no había sido pacificada por el Estado; problemas propios del siglo XVII, cuando el Estado no había logrado controlar sus fronteras; problemas de democratización del Estado, propios del siglo XVIII, y problemas de igualdad social, propios del siglo XX”. <br />Todas estas situaciones son palpables en la realidad nacional, en un Estado que no posee control total de su territorio, una población que ha vivido en conflicto desde sus inicios donde las matanzas entre miembros de partidos políticos, con aval del estado, era y aun hoy sigue siendo el pan de cada día, y “la brecha de la desigualdad que se sigue abriendo cada vez más en un Estado colombiano donde el 10% más rico se apodera 80 veces más de lo que gana el 10% más pobre.” <br />Estas realidades han generado la existencia de grupos que rigen los destinos de algunas poblaciones dentro del Estado, que aun teniendo oficina judicial, se han ganado el aval de los pobladores por ser más rápidas las decisiones y de mejor aplicación por lo que ya existen personas que acuden voluntariamente ante ellos a presentar sus problemas otorgándoles cierto grado de legitimidad aunque su acción, mirada desde la óptica estatal no sea legal.<br />Esta situación en relación con el pluralismo jurídico tiene gran relación si se tiene en cuenta la definición dada a este movimiento, porque de la realidad colombiana pueden obtenerse argumentos para decir que las normas propias de los grupos al margen de la ley también son ordenamiento jurídico y chocan con las normas estatales hasta tal punto que aquellas pasan a estar por encima de estas. <br />Junto a la realidad de los grupos armados y sus normas y la diversidad cultural, hay una situación colombiana que podría, si se quiere, encuadrar dentro del tema de diversidad cultural en la que se evidencia otra forma de pluralismo jurídico y es lo referente a la comunidad de paz de San José de Apartadó.<br />San José de Apartadó es una pequeña aldea dependiente administrativamente del municipio de Apartadó. Ha sido una población muy violentada tanto por grupos al margen de la ley como por las fuerzas estatales. En 1996 luego de un desplazamiento de los habitantes y su regreso a San José, los líderes fueron asesinados por grupos paramilitares con la complicidad del ejército nacional.<br />“Desde finales de 1996 la misma Diócesis de Apartadó comenzó a discutir con miembros de la comunidad una propuesta de erigirse como “Comunidad de Paz”, que adoptara unas reglas muy precisas y verificables de no colaboración con ninguno de los actores armados.”<br />Para la creación de esta comunidad de paz se organizó un reglamento interno compuesto de 12 artículos acompañado de sus propios principios y una declaración constituida por 7 artículos que rigen a los habitantes de la comunidad.<br />Este proyecto de comunidad que ha decidido vivir al margen del conflicto tomando una actitud neutral, se ha visto afectado por señalamientos de la fuerza pública y ataques contra sus pobladores. “Los militares y los paramilitares no quisieron aceptar este tipo de neutralidad. Ellos entendían por “neutralidad” solamente el hecho de cortar relaciones con la guerrilla, pero no permitían que una comunidad decidida a no participar en la guerra, les negara también a ellos informaciones, venta de alimentos y les exigiera no entrar con armas a su territorio de paz. Por eso se propusieron destruirla a toda costa.”<br />Ellos son un ejemplo de pluralismo jurídico en la medida que han decidido darse su propio reglamento, no acatar normas de grupos armados ilegales y tampoco las normas del Estado colombiano aunque pertenecen a de su territorio. <br />Cada habitante de la comunidad conoce bien su compromiso y por cumplirlo se han visto perseguidos. “Los funerales de sus víctimas los ponen frecuentemente ante el dilema de dispersarse y acabar con la Comunidad de Paz, o de continuar tozudamente cumpliendo su Reglamento, el cual les prohíbe brindar información, alimentación o apoyo logístico a cualquier actor armado, comprendido el Ejército oficial, que es el que más rabiosamente se ha ensañado contra la Comunidad.”<br />Ante los ataques de los que han sido blanco, decidieron en época del expresidente Samper hacerle saber al gobierno sobre la situación que padecían en ese entonces, pero no fueron escuchados por este. En la actualidad y con el auge de la política de seguridad democrática desarrollada por el expresidente Uribe y continuada por el presidente Santos, “política que ha tenido relación directa entre su implementación y el deterioro de la situación de los derechos humanos en el país”, han tenido inconvenientes sobretodo porque esta política de seguridad democrática promovió el involucramiento de la población civil en tareas de seguridad propias de las Fuerzas Armadas a lo que la comunidad no ha hecho acogida por ir contra su ordenamiento interno. <br />Como la comunidad de paz ha decidido no colaborar con el Estado, “el Ejército oficial ha recurrido a dos estrategias, para desacreditar esta comunidad, secundado por otras instancias del Estado colombiano: la primera consiste en tratar de convencer a la opinión nacional e internacional de que la Comunidad de San José de Apartadó es una comunidad “al servicio de la guerrilla” y de que para poder servir mejor a la insurgencia se camufla como comunidad de paz; la segunda consiste en responderle a las organizaciones y grupos que en diversos países se solidarizan con ellos, que sus sufrimientos se habrían podido evitar si la comunidad hubiera aceptado la presencia protectora del Ejército, pero como la rechaza, debe atenerse a las consecuencias y no reclamar protección del Estado.”<br />En relación con el tema del pluralismo jurídico es posible analizar estas dos realidades presentes en nuestro estado, sin olvidar que también cabe como un gran ejemplo y quizás el más fácil de exponer, es el de las culturas indígenas. Pero no hablaré sobre ellas sino que terminaré con unas conclusiones sobre las realidades expuestas anteriormente.<br />De antemano cabe decir que no existen en Colombia estudios empíricos que den cuenta de la incidencia real del conflicto armado en el sistema judicial y que den luces sobre cuál puede ser la mejor manera de afrontarla. <br />En relación con este tema [conflicto armado] se ha comprobado que “Los jueces que trabajaban en municipios violentos procesan muchos menos casos que aquellos que trabajan en municipios pacíficos, con diferencias que oscilan entre un 100% y un 300% según el municipio y el año del período estudiado”. Esta situación es consecuencia de la existencia de una regulación alterna propia de los grupos al margen de la ley que se ha sobrepuesto a la estatal entre otras cosas porque la presencia que hace el Estado es mínima o nula en determinadas regiones, lo que ha ocasionado que los jueces queden abandonados a su suerte en lugares donde otro poder es el que ejerce control y donde su acción depende más de esos otros poderes que del mismo Estado.<br />Con lo acontecido en la comunidad de San José no es innegable la existencia de un ordenamiento alterno que choca con normas estatales como la vinculación de la población civil a grupos informantes. <br />Se puede pensar que estos ordenamientos subestatales por no ir en concordancia con lo que el Estado propone serán ilegítimos, pero una vez son aprobados y asimilados por la comunidad, esto les da un grado de legitimidad incluso cuando son más benéficos a los pobladores que las mismas normas dadas por el Estado, sea porque permiten encontrar una solución más ágil, son más justas o porque pretender proteger la vida de los pobladores (como es el caso de la comunidad de paz) cosa que no hace el <br />Estado cuando dentro de la política de seguridad democrática involucra a la población civil o decide pagar recompensas.<br />Algunos, en relación a los lugares donde los grupos ilegales “gobiernan” dicen que existe ilegitimidad porque ellos hacen que la gente cumpla determinadas normas más por el temor de las amenazas que por voluntad propia, situación que rememora en mi la coercibilidad del Derecho, donde el Estado, si la persona no cumple determinados mandatos se verá sancionada de determinada forma, creando así también temor en la población que los lleva a cumplir esas normas.<br />Lo que si es cierto es que muchas veces las sanciones de los grupos ilegales son muy extremas, cosa que es reprochable, pero no podemos negar que aun así ellos realizan funciones que en teoría debería hacer el Estado Colombiano y trae consigo disminución de la actividad judicial estatal por cuanto son ellos quienes ejercen esa autoridad en sus territorios. <br />Por: Jorge Luis Montoya Villegas<br />Universidad de Antioquia<br />Derecho<br />