Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsa
Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Guatemala
1. Grazia M. Fiore - Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Guatemala
UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN
UNIVERSIDAD-SOCIEDAD
EN GUATEMALA
colegiosanbenito.wordpress.com
Grazia M. Fiore
Última actualización: Mayo de 2010
Este trabajo ha sido posible con la colaboración de Camila Álvarez a través del Servicio de
Voluntariado en línea Onlinevolunteering.org
1
2. Grazia M. Fiore - Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Guatemala
Nota:
El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación
universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un
primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y
sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades.
No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción
social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus
aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca,
contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región.
Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo graziafiore@hotmail.com
INDICE DE CONTENIDOS
Antecedentes de la educación superior en Guatemala: de la independencia a la Revolución de p. 3
Octubre de 1944
La Constitución de 1945 y la Ley Orgánica de la Universidad San Carlos de Guatemala p. 6
p. 8
Los primeros congresos universitarios regionales (1948 – 1949)
Los años del conflicto armado interno (1954 – 1982) p. 9
Hacia la firma de la paz (1982-1996) p. 14
Los Acuerdos de Paz y el restablecimiento de la democracia p. 18
El Voluntariado Universitario en Guatemala p. 21
La Iniciativa de Ley de Fomento y Regulación del Voluntariado y Voluntario p. 22
Enlaces y documentos de interés p. 26
Resumen p. 31
OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU
2
3. Antecedentes de la educación superior en Guatemala: de la independencia a la
Revolución de Octubre de 1944
La educación superior en Guatemala aparece con la fundación, en 1562, del Colegio Universitario de
Santo Tomás, una de las primeras universidades del continente. Todavía durante la época colonial,
en 1676 se crea la Pontificia Universidad de San Carlos, por Real Cédula emitida por Carlos II, hoy en
día la principal universidad y única Institución de Educación Superior pública del País.
Justo Rufino Barrios
El 15 de septiembre de 1821, Guatemala declara su
independencia de la Corona Española, incluyendo en sus
confines las regiones del Soconusco y los territorios actuales de
El Salvador, Honduras, Nicaragua, y Costa Rica. Un año
después, en 1822, las provincias centroamericanas son anexas
al Imperio Mexicano, proyecto monárquico de Agustín de
Iturbide para contrastar el expansionismo estadounidense que
tuvo vida muy breve, ya que en 1823 el Imperio de deshace y
las provincias guatemaltecas se conforman en las Provincias
Unidas del Centro de América. Esta Unión deja de existir en
1839, con la conformación de Guatemala como Estado
independiente. Rafael Carrera y Turcios se pone a cargo del
nuevo País y gobierna como dictador hasta 1865, inaugurando una serie de “dictaduras liberales”
que ve como protagonistas, entre otros, a Miguel García Granados y al General Justo Rufino Barrios
Auyón, promotores de la Reforma Liberal de 1871. Barrios se propone el desarrollo económico y
social de Guatemala. Bajo su mandato se fundan escuelas nocturnas, una Escuela Normal de la cual
tendrían que salir los maestros que impulsarían la reforma educativa y se promulga la primera Ley
Orgánica de Instrucción Primaria del Estado independiente. En 1875, el gobierno suprime la
Pontificia Universidad de San Carlos y crea la Universidad de Guatemala, bajo el control absoluto del
poder ejecutivo, que estaba a cargo de los nombramientos de las juntas directivas de las facultades,
en ese entonces Derecho y Notariado, Medicina y Farmacia.
En 1885, tras la repentina muerte de Barrios en los campos de Chalchuapa, asume el poder
Alejandro Sinibaldi, quien al cuarto día como gobernante entrega el mando al General Manuel
Lisandro Barrillas.
En 1892, llega al poder el General José María Reyna Barrios quien establece una dictadura militar
hasta 1898, año en el que es asesinado. En 1893, se celebra en el País un Congreso Pedagógico
Centroamericano. A la muerte de Reyna Barrios, asume el gobierno Manuel Estrada Cabrera, que
3
4. rige hasta 1920. Bajo su mandado, en 1898, los estudiantes de Medicina de la Universidad de
Guatemala organizan la primera Huelga de Dolores celebrada el Viernes de Dolores antes de la
Semana Santa1 e interrumpida por una intervención militar en la Universidad.
Entre 1918 y 1920, mientras en Argentina se lleva a cabo la Reforma de Córdoba, la Universidad de
Guatemala pasa a llamarse Universidad Nacional “Estrada Cabrera”, nombre suprimido en 1920,
año en el cual se otorga autonomía a las Facultades por Decreto de la Asamblea Nacional Legislativa
del 4 de mayo. El jurista Salvador Falla es nombrado Rector de la Universidad Nacional, inaugurando
un periodo de impulso a la cultura popular y de vinculación efectiva de la Universidad con la
sociedad. En estos años, el 22 de mayo de 1920, se funda la Asociación de Estudiantes Universitarios
(AEU). En el mismo año, el País es anfitrión del Congreso Panamericano de Estudiantes
Universitarios convocado por el Consejo Federal de Estudiantes Centroamericanos.
Jorge Ubico Castañeda
Durante la larga dictadura del General Jorge Ubico Castañeda (de
1931 a 1944) se clausuran varios Centros Educativos, como la
Escuela Normal Superior y las Escuelas Normales o los Institutos
de Jalapa, Cobán y San Marcos. Se dispone que el Rector, los
Decanos, las Juntas Directivas y los Catedráticos sean nombrados
por el Presidente de la República, asestando un duro golpe a la
autonomía recientemente lograda. La educación rural recibe muy
escasa atención, mientras que las políticas del gobierno son
largamente influenciadas por la United Fruit Company. El
gobierno de Ubico pronto provoca el descontento de los
liberales. En el seno de la Universidad estatal, bajo la influencia de los movimientos argentinos,
cubanos y uruguayos, los estudiantes reivindican la autonomía de la institución, promoviendo un
amplio debate sobre la democratización de la educación superior. Tal debate encuentra apoyo y
espacio en el más amplio movimiento conocido como la Revolución de Octubre de 1944. El 29 de
junio de 1944, en consecuencia de las numerosas manifestaciones en oposición a los constantes
abusos del gobierno hacia los estudiantes y los sectores opuestos al régimen, el General Jorge Ubico
Castañeda entrega su renuncia a tres generales del Ejército, Ponce Vaides, Pineda y Villagrán Ariza.
Inmediatamente, Ponche Vaides se auto inviste Presidente Provisorio de Guatemala, generando la
protesta de varios diputados del Congreso de la República, entre los cuales Alejandro Córdova,
director y fundador del diario El Imparcial. Días después, éste es asesinado: varios sectores de la
población se movilizan en contra de Ponce Vaides. Los universitarios, que ya habían manifestado su
descontento hacia el régimen de Ubico, participan en grandes manifestaciones públicas que
terminan provocando la caída de Ponce Vaides y la llegada a la presidencia de Juan José Arévalo
1
Barnoya José, Historia de la Huelga de Dolores, Guatemala, Editorial Universitaria, Universidad de San Carlos de Guatemala,
1987, pp. 3.
4
5. Bermejo, en octubre del mismo año. Arévalo Bermejo, Doctor en Filosofía y Ciencias de la
Educación, se hace promotor de la reorganización del sistema educativo del Estado: bajo su
gobierno, se reforman los planes de estudio, se impulsa la educación popular y se planifica una
masiva campaña de alfabetización. Entre 1944 y 1954, la población estudiantil en los colegios crece
del 600%. En 1945, se disuelve la Junta Provisional Revolucionaria y se elige democráticamente un
civil a la presidencia, Juan José Arévalo, que gobierna hasta 1951.
5
6. La Constitución de 1945 y la Ley Orgánica de la Universidad San Carlos de
Guatemala
El 13 de marzo de 1945, bajo la Presidencia de Arévalo, se promulga la Constitución Política de
Guatemala, cuya vigencia terminará con el golpe de 1954. La Constitución de 1945 confiere a la
universidad el derecho y la responsabilidad de estudiar problemas nacionales y de proponer
soluciones a éstos. La Carta declara, en su Artículo 33 que “La enseñanza es libre; la primaria es,
además, obligatoria. La enseñanza que se dé en establecimientos costeados por el Estado será
gratuita y estará sujeta a los reglamentos respectivos”.
Dos años más tarde, en enero de 1947, se promulga, con Decreto Nº 325, la Ley Orgánica de la
Universidad de San Carlos de Guatemala, de filiación reformista. La Ley restituye a la institución su
nombre original, le otorga autonomía institucional y establece el cogobierno universitario.
El Articulo 1 de la Ley recita “La Universidad de San Carlos de Guatemala es una institución
autónoma, con personalidad jurídica, regida por esta Ley y sus estatutos, cuya sede central ordinaria
es la ciudad de Guatemala”. El siguiente Artículo explicita el fin fundamental de la institución, que es
el de “elevar el nivel espiritual de los habitantes de la República, conservando, promoviendo y
difundiendo la cultura y el saber científico”. El Artículo 3 establece que la institución autónoma
“Contribuirá a la realización de la unión de Centro América, y para tal fin procurará el intercambio
de maestros y estudiantes y todo cuanto tienda a la vinculación espiritual de los pueblos del Istmo”.
El Artículo 9 instituye la docencia libre “en el sentido de que cualquier persona pueda solicitar a la
Universidad autorización para enseñar en cualquier ramo del saber humano”.
El Título III establece el cogobierno y contiene indicaciones acerca del régimen de la universidad,
cuyos organismos de gobierno e integración son: el Consejo Superior Universitario, formado por el
Rector, los Decanos de las Facultades, un representante de cada Colegio Profesional y un estudiante
de cada Facultad, además del Secretario y el Tesorero de la Universidad, quienes en las
deliberaciones sólo tienen voz, pero no voto; el Cuerpo Electoral Universitario; y el Rector.
En reconocimiento de la nueva función social otorgada a la Universidad por su nueva Ley Orgánica,
el discurso de toma de posesión del primer Rector electo, Carlos Martínez Durán, dice, entre otras
cosas: “Os ofrezco mantener incólumes la libertad y autonomía universitarias, que en hora felicísima
para nuestra cultura nos legó la revolución del 20 de octubre, cuyos principios nobles y austeros se
6
7. fincan en lo mejor de nuestro pueblo, y en lo mejor de nuestra juventud, que sabrá respetarlos y
hacerlos eternos, en beneficio de una patria auténtica, grande, libre y culta”2.
La conquistada autonomía es conmemorada cada año en la Universidad el 1 de diciembre, fecha en
que se dio vigencia al Decreto Gubernamental Nº 12 de la Junta Revolucionaria de Gobierno, que
hizo posible el nuevo régimen.
2
Martínez Durán Carlos, Discursos Universitarios. 1945-1950, prólogo de Cesar Brañas, Guatemala, Universidad de San Carlos de
Guatemala, Editorial Universitaria, 1950, P 3. Citado por Universidad de San Carlos de Guatemala, División de Desarrollo
Organizacional, Resumen Ejecutivo “Caracterización de la Cultura Organizacional de la Universidad de San Carlos de Guatemala”,
Guatemala, agosto de 2007, p. 11. Consultado el 20 de mayo de 2010 en
http://www.usac.edu.gt/archivos/acercadeculturaorganizacionalusac.pdf.
7
8. Los primeros congresos universitarios regionales (1948 – 1949)
El 20 de septiembre de 1948, en San Salvador se celebra el Primer Congreso Centroamericano de
Universidades, del cual surgen el Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA) y la
Confederación de Universidades de Centroamérica, con el propósito de mejorar la calidad de la
educación superior en Centroamérica, integrar saberes y lograr el bien común de la Región
participando en la solución de los problemas globales. El Congreso aprueba la “Declaración de
principios sobre los fines y funciones de la universidad contemporánea y en especial de las
universidades de Centroamérica”, cuyos pilares son la autonomía universitaria, la unificación
científico-humanística de la enseñanza universitaria, el concepto de la educación para la
construcción democrática y la constitución de los organismos universitarios regionales.
El año sucesivo la Universidad San Carlos de
Guatemala aloja el Primer Congreso de Universidades
Latinoamericanas, en el cual se crea la Unión de
Universidades de América Latina (UDUAL). El Rector
de la Universidad San Carlos, el Doctor Carlos
Martínez Durán, es escogido como el primer
presidente del Consejo Directivo de la Unión. El
Congreso puede considerarse un hito en el
planteamiento de la Extensión dentro de las políticas
y las actividades institucionales universitarias. En la
Carta de las Universidades Latinoamericanas,
propuesta por el académico guatemalteco José Rolz
Bennett y aprobada durante el evento, se resumen los ideales principales del Movimiento
Reformista en el continente. Se declaran como objetivos y finalidades de la Universidad
Latinoamericana los de “apoyar el derecho de todos los hombres, a participar en la vida cultural de
la comunidad, a gozar de las artes y a compartir los progresos científicos y sus beneficios”;
“contribuir a la evolución del nivel espiritual de los habitantes de la comunidad latinoamericana,
promoviendo, difundiendo y transmitiendo la cultura”; y “mantener sus actividades en constante
dirección a las realidades y problemas de su núcleo nacional, a efecto de que la Universidad, sea la
expresión real de su momento histórico y el perfil auténtico de la comunidad en que actúa; y para
que no sea solo una entidad y que acumula cultura y que transmite saber, sino un sistema activo de
3
funciones que beneficien a la colectividad en que encuentra su génesis vital” .
3
Tünnermann B.C. 2000. El Nuevo Concepto de la Extensión Universitaria. V Congreso Iberoamericano de Extensión México 2000.
Morelia, Michoacán, México, pp. 45 - 46. Consultado el 20 de mayo de 2010 en
http://www.udual.org/CIDU/ColUDUAL/Tunner/capitulo10.pdf
8
9. Los años del conflicto armado interno (1954 – 1982)
Jacobo Árbenz Guzmán
Las reformas sociales iniciadas por Arévalo son
continuadas por el Coronel Jacobo Árbenz Guzmán,
cuyas medidas sociales son acogidas con antipatía
por varios sectores, en primer lugar la Universidad.
En marzo de 1954, toma posesión como Rector el
Licenciado Vicente Díaz Samayoa, en cuyo período se
da la renuncia del Presidente Árbenz Guzmán, por la
intervención del movimiento contrarrevolucionario
con apoyo de Estados Unidos, con lo cual finaliza el
4
proceso revolucionario del 20 de octubre de 1944 .
Como consecuencia, y tras un referéndum, el Coronel
Carlos Castillo Armas, comandante del Ejército de Liberación Nacional asume el gobierno del Estado.
Durante su mandato, se derogan la Constitución de 1945 y la Ley de Reforma Agraria. En 1956, se
promulga una nueva Constitución. El Articulo 95 (Capítulo IV “Cultura”) recita: “Es obligación
primordial del Estado el fomento y la divulgación de la cultura, en todas sus manifestaciones. La
educación tiene como fines el pleno desarrollo de la personalidad humana, el respeto a los derechos
del hombre y a sus libertades fundamentales, su mejoramiento físico y espiritual, la vigorización de
la responsabilidad individual del ciudadano, el progreso cívico del pueblo y la elevación del
patriotismo”. El Artículo 102 confirma la autonomía de la Universidad San Carlos de Guatemala y su
autoridad exclusiva en la organización, dirección y desarrollo de la enseñanza superior y la
educación profesional. El Artículo 106 posibilita la creación y funcionamiento de de otras
universidades en el País, siempre que su organización, exámenes, equivalencias de estudio y la
validez de títulos y diplomas reciban la aprobación de la Universidad San Carlos de Guatemala.
Mientras tanto, en 1955 una delegación guatemalteca participa al Tercer Congreso Latinoamericano
de Estudiantes organizado en Montevideo, Uruguay, tras los primeros dos llevados a cabo en Chile,
en 1937 y en 1943, con alcance latinoamericano, el primero, y continental, el segundo. Durante el
evento, el gobierno guatemalteco es severamente criticado por frenar la Reforma Agraria y expulsar
a la Unión de Universidades Latinoamericanas que había sido fundada en esa nación
5
centroamericana .
4
Universidad de San Carlos de Guatemala, División de Desarrollo Organizacional, Resumen Ejecutivo “Caracterización de la Cultura
Organizacional de la Universidad de San Carlos de Guatemala”, Guatemala, agosto de 2007, p. 13. Consultado el 20 de mayo de
2010 en http://www.usac.edu.gt/archivos/acercadeculturaorganizacionalusac.pdf.
5
Biagini, Hugo E., La Reforma Universitaria: Antecedentes y Consecuentes, LEVIATAN, Argentina, 2000, p. 30. Consultado el 25 de
mayo de 2010 en http://www.cecies.org/imagenes/edicion_127.pd f
9
10. En 1958, toma el poder el General Miguel Ydígoras Fuentes, quien instaura un gobierno autocrático
que provoca un levantamiento, el 13 de noviembre de 1960, de un grupo de oficiales militares
menores, duramente reprimido por el mismo gobierno. Los años que siguen son caracterizados por
una profunda crisis de gobernabilidad en el País que llega a afectar negativamente el presupuesto
destinado a la Universidad. En 1962, las elecciones para renovar el Congreso de la República son
tachadas de ser fraudulentas y los resultados son condenados por la Asociación de Estudiantes
Universitarios (AEU) en una protesta en el edificio del Congreso a la cual el gobierno responde
irrumpiendo en los edificios universitarios y causando la muerte de Marco Antonio Gutiérrez,
directivo de la Asociación de Estudiantes de Ciencias Económicas. Las tensiones prosiguen hasta que
el Consejo Superior Universitario decide solicitar la renuncia de Ydígoras Fuentes, el 13 de abril. El
Presidente se niega a renunciar y decreta el Estado de Sitio en el País. Según Silva y Sonntag, a partir
de 1960, "el movimiento estudiantil pasa a incorporarse al movimiento más general de lucha
6
armada para la subversión de la sociedad, que tiene sus inicios en aquel año" . Consciente del
liderazgo de los estudiantes universitarios en las protestas de 1962, el gobierno busca la manera de
neutralizar la fuerza estudiantil, cortando el presupuesto para las universidades. El gobierno de
Ydígoras Fuentes acabaría en marzo de 1963 con el golpe de Estado del Coronel Enrique Peralta
Azurdia. Éste deroga la Constitución de 1956 sin afectar a la autonomía universitaria, que es al
contrario reafirmada por Decreto Ley Nº 23, con el cual se le reconoce personalidad jurídica.
Mientras tanto, los militares del levantamiento de noviembre de 1960 forman el Movimiento
Revolucionario 13 de Noviembre (MR13). Los estudiantes de la AEU convergen también en los
movimientos de oposición al gobierno, en particular en las Fuerzas Armadas Rebeldes (FAR). Este
momento histórico ha sido analizado y resumido posteriormente en el informe Memoria del
Silencio producido por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH).
En 1961, se funda la Universidad Autónoma Privada Rafael Landívar.
A nivel internacional, en 1962, los gobiernos de Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El Salvador y
Guatemala, “en su deseo de obtener un mayor acercamiento centroamericano y haciendo suya la
recomendación adoptada por el Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA) en su
Cuarta Reunión Ordinaria” celebran un Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y
Reconocimiento de Estudios Universitarios. El primer Artículo del Convenio recita: “El
centroamericano por nacimiento que haya obtenido en alguno de los Estados partes del presente
Convenio, un Título Profesional o Diploma Académico equivalente que lo habilite en forma legal para
ejercer una profesión universitaria, será admitido al ejercicio de esas actividades en los otros países,
siempre que cumpla con los mismos requisitos y formalidades que, para dicho ejercicio, exigen a sus
6
Silva Michelena, Héctor y Sonntang, Heinz Rudolf. Universidad, dependencia y revolución, México: Siglo XXl, 1986 (décima
edición), pp. 45-50. Citado en Ángel Ruiz, Universidad y Sociedad en América Latina, Editorial FLACSO, 1995. Consultado el 20 de
mayo de 2010 en http://www.cimm.ucr.ac.cr/aruiz/libros/Universidad%20y%20Sociedad/
10
11. nacionales graduados universitarios, las leyes del estado en donde desea ejercer la profesión de que
se trate. La anterior disposición será aplicable mientras el interesado conserve la nacionalidad de
uno de los países de Centroamérica”.
El Convenio es ratificado por Guatemala el 31 de diciembre de 1965, por Honduras el 11 de
noviembre de 1963, por El Salvador el 7 julio del 1964 y por Costa Rica el 9 de febrero de 1966,
quedando abierta la adhesión al Estado de Panamá “en el momento que lo tenga por conveniente”
(Art. 14).
En 1964, empieza a funcionar el Programa de Estudios Básicos para Integración Universitaria y en
1965, se promulga una nueva Constitución en la que se ratifica la Autonomía de la Universidad, se
reconocen las universidades privadas ya existentes y la posibilidad de crear otras nuevas en función
del desarrollo de la educación superior, el desarrollo profesional y la investigación científica, la
difusión de la cultura y la solución de los problemas nacionales.
Símilmente a lo establecido en la Constitución de 1956, el Articulo 91 recita: ”Son obligaciones
primordiales del Estado el fomento y la divulgación de la cultura en todas sus manifestaciones. La
educación tiene como fines principales el desarrollo integral de la personalidad, su mejoramiento
físico y espiritual, la superación de la responsabilidad individual del ciudadano, el progreso cívico del
pueblo, la elevación del patriotismo y el respeto de los derechos humanos”.
El Articulo 95 fija la normatividad de los centros educativos privados, los cuales “funcionarán bajo la
inspección del Estado y para la validez de sus grados están a llenar, por lo menos, los planes y
programas oficiales”.
La Carta otorga nuevamente a la Universidad San Carlos de Guatemala, institución autónoma y con
personalidad jurídica, de organizar y dirigir la educación superior en el País. La institución
promoverá “la investigación científica y filosófica y la difusión de la cultura; y cooperará en el
estudio y solución de los problemas nacionales” (Art. 99).
Además, el Artículo 102 reconoce las universidades privadas existentes y la posibilidad de crearse
otras, la organización de las cuales queda a cargo del Consejo de la Enseñanza Privada Superior.
En 1966, se elige presidente a Julio César Méndez Montenegro. Es significativa la declaración del
Consejo Superior Universitario el 12 de marzo de 1966, en el que se pide el retorno al régimen de
derecho, invocándose que para el desenvolvimiento de su vida académica y la realización de sus
7
altos fines, la Universidad requería de un clima de paz y normalidad en la vida institucional del País .
7
Boletín Universitario, Época II, No 4, Guatemala, Universidad de San Carlos de Guatemala, marzo de 1966, p2. Citado en
Universidad de San Carlos de Guatemala, División de Desarrollo Organizacional, Resumen Ejecutivo “Caracterización de la Cultura
Organizacional de la Universidad de San Carlos de Guatemala”, Guatemala, agosto de 2007:
http://www.usac.edu.gt/archivos/acercadeculturaorganizacionalusac.pdf
11
12. En el mismo año, se crea la Comisión de Planeamiento de la Universidad, mientras que el Consejo
Superior Universitario autoriza la creación del Departamento de Extensión Universitaria en la
Universidad San Carlos para impulsar la vinculación social de la Universidad.
En 1966, se crean la Universidad Mariano Gálvez y la Universidad Del Valle de Guatemala.
Durante el gobierno de Méndez Montenegro, el País vive un doloroso conflicto interno entre el
Ejército y el Movimiento de Liberación Nacional. La Universidad, que albergaba elementos de
izquierda, deviene el blanco de numerosas acciones violentas hacia los estudiantes y el mismo
Rector Edmundo Vásquez, cuya casa es cateada por elementos policiales.
En 1970, asume la presidencia el Coronel Carlos Arana Osorio. Éste declara en su discurso de
posesión su oposición a los “santuarios subversivos“, inaugurado así una política de represión
contra la universidad8.
Inspirados por las demostraciones estudiantiles en diferentes ciudades, especialmente en México y
Paris, los estudiantes de la Universidad de San Carlos, proponen que la Universidad tenga una nueva
orientación popular. Así, se instituyen varias reformas al pensum para acercar la Universidad más a
la realidad nacional. Estas reformas se reflejan en el Ejercicio Profesional Supervisado (EPS), con el
cual las prácticas profesionales para los estudiantes de medicina y odontología se expanden a las
áreas rurales de Guatemala.
Entre 1970 y 1982 se suceden una serie de gobiernos militares o controlados por los militares que
perduran 36 años y se caracterizan por los conflictos civiles: después del gobierno del General Carlos
Manuel Arana Osorio (1970-1974), sigue el gobierno del General Kjell Eugenio Laugerud García, que
gana las elecciones de manera fraudulenta, provocando una amplia protesta estudiantil.
En 1971 el Consejo de la Enseñanza Privada Superior emite el Acuerdo de Aprobación para la
creación de la Universidad Francisco Marroquín, inaugurada en enero de 1972.
En 1976, un terremoto sacude el País, evidenciando las carencias del Estado pero también
favoreciendo la participación popular, en particular la indígena, en el proceso de reconstrucción. En
la Universidad de San Carlos se constituye un Comité de Emergencia para organizar los esfuerzos de
los estudiantes enfocados a brindar primeros auxilios a las víctimas del desastre9. De 1975, además
de descentralizarse los estudios universitarios con la creación de varios centros regionales, la
Universidad crea un programa de Investigaciones de la Rectoría enfocado a investigar los aspectos
más importantes para el desarrollo del País.
8
Universidad de San Carlos de Guatemala, Ob. Cit., p. 18.
9
Universidad de San Carlos de Guatemala, Ob. Cit., p. 19.
12
13. De 1978 a 1982, es Presidente el General Fernando Romeo Lucas García. Durante su mandado, los
universitarios se unen a las manifestaciones en contra del alza del precio del trasporte urbano,
logrando la cancelación de la medida. En 1978, Oliverio Castañeda de León, Secretario General de la
AEU es asesinado en el centro de Ciudad de Guatemala, durante las conmemoraciones de la
Revolución de octubre de 1944. Como consecuencia, la AEU pasa a la clandestinidad, mientras que
en 1981, el rector de la Universidad San Carlos, Mario Dary Rivera, es igualmente asesinado.
13
14. Hacia la firma de la paz (1982-1996)
En 1982 se organizan las elecciones. El General Aníbal Guevara sale vencedor, pero es acusado de
fraude y derrocado por un levantamiento militar que entrega el poder al General Efraín Ríos Montt.
Éste forma una Junta Militar de tres miembros y anula la Constitución de 1965, disolviendo los
partidos políticos y anulando la Ley electoral, además de enfocarse en derrotar a las guerrillas con
una política que resulta en aproximadamente 200.000 muertes de civiles y que fue sintetizada, en
sus mismas palabras, de “fusiles y frijoles”. El 8 de agosto de 1983, Ríos Montt es depuesto por el
Ministro de defensa, el General Oscar Humberto Mejía Víctores, quién le sucede.
El 31 de mayo de 1985 se promulga la Constitución actualmente vigente (con Reformas de 1993)
que, como parte de la transición democrática del País, fija las normas fundamentales que rigen la
educación guatemalteca. La Carta garantiza la autonomía universitaria, confirma la conformación
del Consejo Superior Universitario y la potestad de la Universidad de San Carlos de dirigir la
educación superior del Estado.
El Artículo 71 señala el deber del Estado de proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin
discriminación alguna, mientras que el siguiente enumera, entre los fines de la educación, “el
desarrollo integral de la persona humana” y “el conocimiento de la realidad cultural nacional y
universal”, y declara “de interés nacional la educación, la instrucción, formación social y la
enseñanza sistemática de la Constitución de la República y de los derechos humanos” (Art. 72). El
artículo 74 instruye la educación estatal gratuita, y define como objetivos permanentes del Estado la
educación científica, tecnológica y humanística.
La Sección quinta, dedicada a las Universidades, establece que la Universidad de San Carlos de
Guatemala (autónoma y con personalidad jurídica) deberá observar “en la conformación de los
órganos de dirección, el principio de representación de sus catedráticos titulares, sus graduados y
sus estudiantes” (Art. 82), confirmando así el principio del cogobierno estudiantil universitario.
Los Artículos 85 y 86 dictan la normativa relativa a las universidades privadas, “instituciones
independientes” a las que “corresponde organizar y desarrollar la educación superior privada de la
Nación, con el fin de contribuir a la formación profesional, a la investigación científica, a la difusión
de la cultura y al estudio y solución de los problemas nacionales. Desde que sea autorizado el
funcionamiento de una universidad privada, tendrá personalidad jurídica y libertad para crear sus
facultades e institutos, desarrollar sus actividades académicas y docentes, así como para el
desenvolvimiento de sus planes y programas de estudio”.
“El Consejo de la Enseñanza Privada Superior tendrá las funciones de velar porque se mantenga el
nivel académico en las universidades privadas sin menoscabo de su independencia y de autorizar la
14
15. creación de nuevas universidades; se integra por dos delegados de la Universidad de San Carlos de
Guatemala, dos delegados por las universidades privadas y un delegado electo por los presidentes
de los colegios profesionales que no ejerza cargo alguno en ninguna universidad. La presidencia se
ejercerá en forma rotativa. La ley regulará esta materia” (Art.86).
Es importante resaltar que la Universidad de San Carlos de Guatemala, según mandato
constitucional, Artículo 87 “es la única facultada para resolver la incorporación de profesionales de
universidades extranjeras y para fijar los requisitos previos que al efecto hayan de llenarse, así como
para reconocer títulos y diplomas de carácter universitarios amparados por tratados
internacionales”.
En fin, el Artículo 90 establece la colegiatura obligatoria de los profesionales universitarios, de
conformidad con la Ley de Colegiación Profesional obligatoria.
Vinicio Cerezo Arévalo
El año sucesivo, en 1986 Vinicio Cerezo
Arévalo, ex dirigente estudiantil del Frente
Estudiantil Social Cristiano, es
democráticamente electo a la Presidencia.
En 1987, debido a la proliferación de las
instituciones de educación superior privadas y
conformemente a los Artículos
constitucionales que ordenan la emisión de una Ley que regule la materia relativa a las funciones
encomendadas al Consejo de la Enseñanza Privada Superior, se promulga con Decreto Nº 82 la Ley
de Universidades Privadas, que complementa la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos que
hasta entonces regulaba el sistema.
En 1991, Jorge Antonio Serrano Elías asume la Presidencia, definiendo por primera vez el pasaje de
un gobierno civil democráticamente electo a otro. Tras causar el levantamiento popular y la
condena internacional por disolver Congreso y Corte Suprema, Serrano deja el País y Ramiro de
León Carpio, entonces Procurador de Derechos Humanos, es electo para completar su mandato.
El 11 de enero de 1991, con Decreto Legislativo Nº 12, se decreta la Ley de Educación Nacional. Las
consideraciones preliminares a la Ley evidencian la necesidad de “conformar y fortalecer un sistema
educativo que sea válido ahora y en el futuro y que por lo tanto, responda a las necesidades y
demandas sociales del país, además, su realidad multilingüe, multiétnica y pluricultural que
15
16. requieren de un proceso regionalizado, bilingüe y con una estructura administrativa descentralizada
a nivel nacional”.
El Articulo 2 de la Ley establece los siguientes fines para la Educación guatemalteca:
1. Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y
espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social
y le permitan el acceso a otros niveles de vida.
2. Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la
población, basadas en su proceso histórico y en los valores de respeto a la naturaleza y a la persona
humana.
3. Fortalecer en el educando, la importancia de la familia como núcleo básico social y como primera
y permanente instancia educadora.
4. Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso
histórico para que asumiéndola participen activa y responsablemente en la búsqueda de soluciones
económicas, sociales, políticas, humanas y justas.
5. Impulsar en el educando el conocimiento de la ciencia y la tecnología moderna como medio para
preservar su entorno ecológico o modificarlo planificadamente en favor del hombre y la sociedad.
6. Promover la enseñanza sistemática de la Constitución Política de la República, el fortalecimiento
de la defensa y respeto a los Derechos Humanos y a la Declaración de los Derechos del Niño.
7. Capacitar e inducir al educando para que contribuya al fortalecimiento de la auténtica democracia
y la independencia económica, política y cultural de Guatemala dentro de la comunidad
internacional.
8. Fomentar en el educando un completo sentido de la organización, responsabilidad, orden y
cooperación, desarrollando su capacidad para superar sus intereses individuales en concordancia
con el interés social.
9. Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con
eficiencia los cambios que la sociedad le presenta.
10. Desarrollar en el educando aptitudes y actitudes favorables para actividades de carácter físico,
deportivo y estético.
11. Promover en el educando actitudes responsables y comprometidas con la defensa y desarrollo
del patrimonio histórico, económico, social, étnico y cultural de la Nación.
12. Promover la coeducación en todos los niveles educativos, y
13. Promover y fomentar la educación sistemática del adulto.
El Artículo 56 establece la educación bilingüe en los lugares conformados por diversos grupos
étnicos y lingüísticos, mientras que el Título V define las modalidades de la educación en Inicial,
Experimental, Especial, Estética, a Distancia, Bilingüe, Física, Acelerada para Adultos, y por Madurez.
El mismo Titulo precisa en el Artículo 66 que “Es responsabilidad del Ministerio de Educación
16
17. garantizar la calidad de educación que se imparte en todos los centros educativos del país, tanto
públicos, privados y por cooperativas. La calidad de la educación radica en que la misma es
científica, crítica, participativa, democrática y dinámica. Para ello será necesario viabilizar y regular
el desarrollo de procesos esenciales tales como la planificación, la evaluación, el seguimiento y
supervisión de los programas educativos”.
El Titulo X establece la obligación, para los beneficiarios de becas en el exterior en cualquier nivel
educativo, de “servir en instituciones públicas por un lapso equivalente al doble de tiempo que goce
la beca, retribuyendo su función acorde con la capacitación obtenida” (Art. 86).
En fin, el Articulo 93 (Formación Cultural, Moral y Cívica) establece que “En todos los centros
educativos del país se desarrollará un programa permanente de actividades de formación cultural,
moral y cívica con la participación de la comunidad educativa, exaltando sus valores”.
En noviembre de 1993, se aprueba un paquete de reformas constitucionales, que no afecta la parte
dedicada a las universidades.
En el marco del Congreso de la Reforma Universitaria desarrollado en la Universidad San Carlos de
Guatemala en 1995, se plantea la necesidad de crear el Programa de Voluntariado, lo cual es
ratificado por el Consejo de Extensión Universitaria con el fin de coadyuvar en el desarrollo de las
comunidades más necesitadas.
17
18. Los Acuerdos de Paz y el restablecimiento de la democracia
Álvaro Arzú Irigoyen
En 1996, es Presidente de la República Álvaro Arzú Irigoyen, ex
militante de las juventudes del Movimiento de Liberación Nacional
(MLN), quien concluye las negociaciones entre el Gobierno de la
Republica de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional
Guatemalteca (URNG) que llevan a la firma de los Acuerdos de Paz a
finales de 1996, finalizando así un periodo de más de treinta años de
guerra interna.
En las consideraciones preliminares a los Acuerdos se reconoce que
“de aquí en adelante empieza la tarea de preservar y consolidar la paz, que debe unir los esfuerzos
de todos los guatemaltecos” y que “el cumplimiento de estos acuerdos constituye un compromiso
histórico e irrenunciable”.
El cuerpo de los Acuerdos establece el “derecho del pueblo de Guatemala [de] conocer plenamente
la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia ocurridos en el
marco del enfrentamiento armado interno. Esclarecer con toda objetividad e imparcialidad lo
sucedido contribuirá a que se fortalezca el proceso de conciliación nacional y la democratización en
el país”.
Conformemente a la Constitución de la Republica, los Acuerdos establecen que “El reconocimiento
de la identidad y derechos de los pueblos indígenas es fundamental para la construcción de una
nación de unidad nacional multiétnica, pluricultural y multilingüe. El respeto y ejercicio de los
derechos políticos, culturales, económicos y espirituales de todos los guatemaltecos, es la base de
una nueva convivencia que refleje la diversidad de su nación”.
Los Acuerdos de Paz constituyen no solo el fin de un periodo de dolorosa inestabilidad en el País,
sino que representan el principio de una época de paz que deberá basarse sobre “un desarrollo
socioeconómico participativo orientado al bien común, que responda a las necesidades de toda la
población. Dicho desarrollo requiere de justicia social como uno de los pilares de la unidad y
solidaridad nacional, y de crecimiento económico con sostenibilidad, como condición para atender
las demandas sociales de la población”. El Estado asume la tarea de ampliar las posibilidades de
participación popular y de promover la concertación social y la resolución de conflictos. Además, los
Acuerdos reconocen la importancia fundamental de la inclusión socioeconómica de todas las franjas
sociales, y de la “elevación del nivel de vida, la salud, la educación, la seguridad social y la
capacitación de los habitantes”, que “constituyen las premisas para acceder al desarrollo sostenible
de Guatemala”.
18
19. Se reconoce y agradece a la comunidad internacional por haber facilitado el proceso de paz y en
particular a las Naciones Unidas, cuyo secretario general, Boutros Boutros-Ghali, figura entre los
firmantes de los Acuerdos.
Entre 1998 y 2002, como consecuencia de la apertura estatal al tema de los derechos humanos, con
la creación de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, la Universidad San Carlos incorpora el
tema de Derechos Humanos en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, mientras que se le da
mayor énfasis a la cooperación internacional con la firma de diversos convenios.
En Junio del 2000, la Universidad San Carlos participa en el V Taller Científico sobre Extensión
Universitaria “La Extensión Universitaria frente a los retos de la Globalización”, organizado en la
Ciudad de Pinar del Río, Cuba en el cual se acuerda elevar el nivel de la Extensión en las políticas
universitarias, en paridad de condiciones con la Docencia y la Investigación10.
En el 2001 se promulga con el Decreto Nº 72 la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria. Ésta
responde a lo establecido por los artículos 34 y 90 de la Constitución Política de la República de
Guatemala, según los cuales “la colegiación de los profesionales universitarios es obligatoria y
tendrá por fines la superación moral, científica, técnica y material de los profesionales universitarios
y el control de su ejercicio”.
El Articulo 1 especifica que “Se entiende por colegiación la asociación de graduados universitarios de
profesiones afines, en entidades gremiales *…+”. “Los colegios profesionales son asociaciones
gremiales no lucrativas, esencialmente apolíticas, de carácter laico, con personalidad jurídica y
patrimonio propio” (Artículo 3). La Ley enumera, entre los fines de los Colegios Profesionales:
“a) Promover, vigilar y defender el ejercicio decoroso de las profesiones universitarias en todos los
aspectos, propiciando y conservando la disciplina y la solidaridad entre sus miembros;
b) Promover el mejoramiento cultural y científico de los profesionales universitarios;
c) Promover y vigilar el ejercicio ético y eficiente de las profesiones universitarias;
d) Defender y proteger el ejercicio profesional universitario, combatir el empirismo y la usurpación
de calidad;
e) Promover el bienestar de sus agremiados mediante el establecimiento de fondos de prestaciones,
contratación de seguros y otros medios que se consideren convenientes; *…+
h) Contribuir al fortalecimiento de la autonomía de la Universidad de San Carlos de Guatemala y al
cumplimiento de los fines y objetivos de todas las universidades del país;
i) Participar en el estudio y solución de los problemas nacionales y propiciar el mejoramiento integral
de los guatemaltecos; *…+.
10
Rodríguez Gómez, Roberto, El significado de la extensión universitaria en el Presente. Consultado el 26 de mayo de 2010 en
http://www.redivu.org/docs/publicaciones/Rodriguez_Gomez_Roberto_significado.pdf
19
20. En el mismo año, se promulga la Ley de Desarrollo Social, cuyo Artículo 7 establece: “Las personas
constituyen el objetivo fundamental de las acciones relacionadas con el desarrollo integral y
sostenible. El acceso al desarrollo es un derecho inalienable de la persona”. Una de las
consideraciones de la Ley de Desarrollo Social indica además “que el desarrollo social, económico y
cultural de la población es la condición para que las personas accedan a una mejor calidad de vida”.
En julio del 2003, simpatizantes de Ríos Montt claman que las cortes nacionales eliminen una
prohibición contra antiguos líderes golpistas (como Ríos Montt) de modo que él pudiera participar
como candidato presidencial en las siguientes elecciones: las manifestaciones estremecen la capital,
forzando el cierre de la embajada estadounidense.
En el 2004 toma el cargo presidencial Óscar José Rafael Berger Perdomo, mientras el País es
oprimido por una pesada deuda externa y una crónica pobreza interna.
En el 2006, se presenta la Iniciativa de Ley de Reformas a la Ley de Educación Nacional Decreto Nº
12-91 del Congreso de la República, cuyas finalidades incluyen hacer efectivo el derecho
constitucional a la educación, responder a la diversidad cultural y lingüística de Guatemala, y
otorgar a las comunidades y a las familias protagonismo en la definición de los currículos y
calendarios escolares.
20
21. El Voluntariado Universitario en Guatemala
En Guatemala, a los estudiantes que buscan graduarse en carreras profesionales tales como las del
campo médico, se les requiere participar en programas de servicio voluntario.
La Universidad de San Carlos de Guatemala tiene la responsabilidad constitucional de participar en
el estudio y solución de los problemas nacionales (Artículo 82 de la Constitución Política de la
República de Guatemala). El Documento Base del Consejo de Extensión Universitaria de la Dirección
General de Extensión Universitaria establece la creación del Voluntariado Universitario “con la
participación activa de estudiantes y profesores, con el propósito de proyectar la acción universitaria
a las comunidades de todo el país, en coordinación con los núcleos culturales, promoviendo la
identidad nacional y particularmente la cultura universitaria”11.
Los programas de voluntariado de la Universidad San Carlos son participativos y multidisciplinares y
se basan sobre la transferencia de conocimientos científicos y tecnológicos hacia la comunidad. En
el 2000, el Consejo de Extensión Universitaria aprueba la creación del Programa de Voluntariado
Universitario. En el 2001, se lleva a cabo el Taller Regional de Centro América promovido por las
Naciones Unidas por motivo de la celebración del Año Internacional del Voluntariado, con la
participación de más de 10 Países de Centro América y Sudamérica (Colombia, Costa Rica, Ecuador,
El Salvador, Honduras, Nicaragua, México, Rep. Dominicana, Venezuela y Guatemala, País anfitrión).
En el mismo año, la Universidad San Carlos se compromete a crear un Programa Permanente de
Voluntariado, Voluntariado de la Universidad San Carlos de Guatemala (VOLUSAC) a través del
Programa de Ejercicio Profesional Supervisado Multiprofesional (EPSUM) y forma la Comisión de
Desastres de la USAC, que forma un cuerpo de voluntarios especializados en desastres y un curso de
postgrado de “Especialización en Gerencia de Desastres y Desarrollo Local”. Tales iniciativas
pudieron valorarse en el 2005, con la emergencia ocasionada por la Tormenta Tropical Stan.
Además, cabe destacar la presencia en la Universidad San Carlos de una Escuela de Voluntariado
Social, para capacitar la comunidad universitaria en la gestión e implementación de las actividades
de voluntariado universitario.
Entre las nueve universidades privadas del País, cuatro cuentan con programas de voluntariado: la
Universidad Rafael Landívar, cuyo programa de voluntariado se implementa desde 1997 a través de
la Pastoral Universitaria Landivariana; la Universidad Del Valle de Guatemala, que implementa un
programa de Voluntariado inscrito en el plan de trabajo de la Asociación de Estudiantes; la
Universidad Francisco Marroquín; y la Universidad Mariano Gálvez.
11
Consejo de Extensión Universitaria. “Documento Base del Consejo de Extensión”. Dirección General de Extensión Universitaria
de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Editorial Universitaria. Guatemala, marzo del 2001. Pág. 7.
21
22. La Iniciativa de Ley de Fomento y Regulación del Voluntariado y Voluntario
El 29 de Noviembre del 2000 se aprueba el texto de una Iniciativa de Ley de Fomento y Regulación
del Voluntariado y Voluntario. La iniciativa toma como referente la Ley de Voluntariado de España
Nº 6/1996, adaptando su texto a la realidad específica del País. La Ley guatemalteca, todavía en
espera de aprobación, entiende el voluntariado como una actividad a desempeñarse dentro del
territorio nacional, de naturaleza no aislada sino insertada el seno de una organización.
La Exposición de Motivos de la Iniciativa de Ley sintetiza brillantemente la concepción guatemalteca
de la labor voluntaria, y reconoce su valor y potencialidad en facilitar el proceso de apertura
democrática y pacificación del País. El texto recita: “A través de la evolución del Sistema
Democrático de nuestro país, se han podido observar una serie de fenómenos y cambios en
diferentes estructuras como en los aspectos políticos, económicos, religiosos, culturales y por sobre
todos ellos los fenómenos sociales que han afectado a nuestra sociedad en general. Podemos
observar hoy en día, como la sociedad guatemalteca ha ejercitado cada día más los diferentes
aspectos ligados a su organización, participación y convivencia en lo que se refiere al protagonismo
en las acciones y decisiones que se toman en cuanto a las políticas públicas. Impulsar y apoyar
acciones de esta índole hacen que un Estado sea cada vez mas legitimo, fuerte y representativo por
medio del principio democrático de la participación de todos los ciudadanos y no de una sola clase
de ellos. Los Acuerdos de Paz son tan solo una muestra de esa apertura y participación, los cuales
sirven como instrumento para que la integración de nuestra sociedad multiétnica, plurilingüe y
pluricultural, sea una realidad y se instaure un solo régimen nacionalista, respetando nuestras
fortalezas, comunidades, idiosincrasias, costumbres y diferencias culturales, para lo cual todo ello
nos lleva a un mismo objetivo: La convivencia pacífica entre todos los miembros de nuestra
sociedad”.
El documento sigue evidenciando la importancia de la cooperación y la participación social en
superar momentos de crisis nacional como el reciente conflicto interno, los terremotos y la
tormenta Mitch y reconoce la necesidad para un Estado moderno de “incorporar a su ordenamiento
jurídico la regulación de estas actuaciones”. La labor voluntaria, a favor de los intereses generales
del País, es definida como “una tarea compartida entre el Estado y la Sociedad en general”: “Este
precepto reclama una responsabilidad de dos vías; una donde el Estado sea una organización que
fortalezca esta actividad y la otra en donde los miembros de ese Estado actúen con responsabilidad
y éstos reclamen un papel cada vez más activo en la solución de los problemas que los afectan”.
Se reconoce aquí la necesidad del voluntariado como complemento a la actividad pública y el papel
de los voluntarios en “la lucha contra las distintas formas de exclusión, como lo son el racismo y la
22
23. xenofobia, prestando así también un atención especial a eliminar la discriminación y a promover la
igualdad de oportunidades para todos”.
La iniciativa de Ley, símilmente a otros Países de la Región, encuentra impulso y justificación en la
proclamación por parte de la Organización de las Naciones Unidas, el 17 de noviembre de 1997, del
año 2001 como Año Internacional de los Voluntarios (AIV), hecho que se menciona en las
Consideraciones preliminares al proyecto de Ley.
El primer Artículo, define el objeto de la Ley y los rasgos principales del trabajo voluntario de la
siguiente forma: “La presente Ley tiene por objeto proteger, promover y facilitar la participación
solidaria de las personas físicas nacionales y extranjeras, en actuaciones de solidaridad, altruismo,
espíritu de servicio y voluntariado, en el seno de organizaciones sin ánimo de lucro, ya sea la
naturaleza de éstas, pública o privada”.
El Artículo 3 explicita el concepto de Voluntariado adoptado por el legislador:
“Se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general, desarrolladlas por
personas físicas, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral funcional,
mercantil, o cualquier otra retribuida y reúna los siguientes requisitos:
a) Que tenga carácter de altruista, solidario y de espíritu de servicio.
b) Que su realización sea libre, sin que tengan su causa en una obligación personal, deber jurídico
o coacción.
c) Que se lleven a cabo sin contraprestación económica, sin perjuicio del derecho al reembolso de
los gastos que en el desempeño, de la actividad voluntaria se ocasionen.
d) Que se desarrollen a través de organizaciones privadas o públicas y con arreglo a programas o
proyectos concretos que se hagan del conocimiento e interés del voluntario.
Quedan excluidas las actuaciones voluntarias aisladas, esporádicas o prestadas al margen de
Organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro, ejecutadas por razones familiares, de
amistad o buena vecindad y costumbre”.
Entre los derechos del voluntario, la Ley incluye el ser asegurado contra accidentes y enfermedades,
el recibir una acreditación identificativa de su condición de voluntario y una certificación del servicio
prestado por parte de la Organización en la cual este último se desempeña. La relación entre
voluntario y organización debe formalizarse mediante un contrato que especifique las obligaciones
y deberes de ambas partes, el periodo y la naturaleza del servicio. En fin, la iniciativa de Ley señala
genéricamente que se constituirá un Consejo Nacional para el Fomento del Voluntario, pero no
especifica sus funciones o competencias.
23
24. El 15 y 16 de mayo del 2003, el Comité Coordinador del Voluntariado Guatemalteco, creado en
marzo del mismo año por un periodo de dos años, organiza en el Palacio Nacional la 1ª feria del
Voluntariado Guatemalteco, con el fin de conformar una Red Organizacional del Voluntariado y
favorecer el encuentro entre organizaciones y potenciales voluntarios. El evento, en el cual
participan 27 organizaciones de voluntariado, es apoyado por el programa de Voluntarios de las
Naciones Unidas (VNU) y es la ocasión para presentar una vez más la Iniciativa de Ley del
Voluntariado.
El año sucesivo, en mayo del 2004, el Comité Coordinador del Voluntariado Guatemalteco, de nuevo
en colaboración con el Programa de Voluntarios de las Naciones Unidas, organiza en la capital
guatemalteca la Segunda edición de la Feria del Voluntariado, con el objetivo principal de
promover y dar visibilidad de las actividades de voluntariado en el País.
La iniciativa se inserta en el marco más amplio de las acciones impulsadas por VNU desde 1996,
entre las cuales se destacan la creación de la pagina web www.voluntariosguatemala.org y la
implementación de los programas “Promotores de Paz”, “Fortalecimiento de Capacidades en los
espacios de Participación Ciudadana”, “Programa de Voluntariado Nacional de Transición” y
“Gestión de Riesgos y Prevención de Desastres”. En el Foro, participan 40 organizaciones
involucradas en acciones de voluntariado.
La colaboración entre VNU y el gobierno guatemalteco ha hecho posible el establecimiento del
“Programa Conjunto de Fortalecimiento de la Gobernabilidad Ambiental ante el Riesgo Climático
en Guatemala”, empezado en el 2008 con una duración prevista de tres años (hasta el 2011). Las
actividades del programa se realizan en alianza estratégica con ONG, empresas privadas y con las
universidades. Además, VNU impulsa el Programa Conjunto “Fortaleciendo la institucionalidad de
las mujeres en Guatemala”.
Adicionalmente, VNU-Guatemala, junto con la Cooperación Japonesa (JICA), la Agencia de
Cooperación Internacional de Corea (KOICA), la Universidad Rafael Landivar, la Universidad Del
Valle de Guatemala, la Dirección del Centro Histórico – Muni y la Fundación Solar, entre otras
entidades, han fundado el Centro de Voluntariado Guatemalteco – CVG –una Asociación Civil en
formación no lucrativa y apolítica con las finalidades de promover, coordinar y articular el
voluntariado en Guatemala, como expresión activa de la participación ciudadana al servicio del
desarrollo del País. En el Centro participan 26 instituciones con trabajo con voluntarios, entre las
cuales se encuentran la Cruz Roja, Mascotas Terapeutas, FUNDAECO, Nueva Acrópolis, la
Procuraduría de los Derechos Humanos, la Universidad de Valle de Guatemala, la Universidad
Rafael Landivar (a través de la agrupación de Voluntariado Landivariano), la Municipalidad de
Guatemala, y la Oficina de Cooperación Canadiense (CECI), entre otras.
24
25. En Septiembre del 2009, en la ciudad de Antigua Guatemala se lleva a cabo el Foro “Iniciativas
Estratégicas Sostenibles Públicas y Privadas y el Desarrollo del Voluntariado”.
A nivel Regional, cabe destacar la participación de Guatemala en la Red de Voluntarios de
Universidades Jesuitas Centroamericanas, en la cual participan la Universidad Centroamericana de
Managua, Nicaragua, la Universidad Centroamericana de El Salvador, la Universidad Rafael
Landivar Campus Central y la Universidad Rafael Landivar Campus Quetzaltenango. La Red apunta a
poner en contacto jóvenes universitarios voluntarios y fomentar el intercambio de experiencias de
las cuatro sedes universitarias jesuitas de la Región. Igualmente, las universidades guatemaltecas
participan en la Red Latinoamericana de Voluntarios Universitarios en apoyo al Servicio de
Tecnologías de la Información de las Naciones Unidas (UNITeS) y en la Red Universitaria de Ética y
Desarrollo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Además, el Ministerio de Educación de
Guatemala está entre los miembros de la Red Centroamericana de Educación en Valores, instancia
de apoyo para el fortalecimiento de la ciudadanía, la democracia y los valores en los países de
Centroamérica a través de sus sistemas educativos.
25
26. ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS
Enlaces:
Agencia de Cooperación Internacional de Corea (KOICA) en Guatemala:
http://www.koica.org.gt/
Agencia de Cooperación Internacional del Japón –JICA en Guatemala:
http://www.jica.go.jp/guatemala/espanol/about.html
Agustín De Iturbide, 1783-1824 en Mexico 2010:
http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=66
Álvaro Arzú Irigoyen en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de
Barcelona (CIDOB):
http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_central_y_carib
e/guatemala/alvaro_arzu_yrigoyen
Asociación Internacional Nueva Acrópolis: http://www.nuev a-
acropolis.es/anuario2007/paises.asp?idp=GT&lang=esp
Bases constitucionales de 1823 de las Provincias Unidas de Centroamérica en 500
Años de México en Documentos:
http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1823_122/Bases_constitucionales_de_1823_de_la
s_Provincias_U_1158.shtml
Celebración de la Segunda Feria del Voluntariado en la Ciudad de Guatemala, 19
mayo 2004, en UN Voluntarios: http://www.unv.org/es/que-hacemos/areas-
tematicas/juventud/doc/celebracion-de-la-segunda.html?cHash=3d98b87369
Confederación Universitaria Centroamericana en Consejo Superior Universitario
Centroamericano –CSUCA:
http://www.csuca.org/index.php?option=com_content&view=article&id=114&Itemid=133&lan
g=es
Consejo de la Enseñanza Privada Superior: http://www.ceps.edu.gt/
Consejo Superior Universitario Centroamericano – CSUCA: http://www.csuca.edu.gt/
Constitución Política de Guatemala de 1945:
http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/07035285611881673087857/p0000001.
htm
Constitución Política de Guatemala de 1957:
http://www.bibliojuridica.org/libros/5/2210/25.pdf
Constitución de la República de Guatemala de 1965:
http://www.bibliojuridica.org/libros/5/2210/26.pdf
Constitución Política de la República de Guatemala de 1985 con reformas de 1993:
http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0134.pdf
Cruz Roja Guatemalteca: http://www.guatemala.cruzroja.org/
Decreto Nº 325 de 1947, Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
http://www.scribd.com/doc/959399/ley-organica-de-la-universidad-de-san-carlos-de-
guatemala
26
27. Decreto Nº 82 de 1987, Ley de Universidades Privadas:
http://www.congreso.gob.gt/archivos/decretos/1987/gtdcx82-1987.pdf
Decreto Legislativo Nº 12 de 1991, Ley de Educación Nacional:
http://www.oei.es/quipu/guatemala/Ley_Educacion_Nacional.pdf
Decreto Nº 42 de 2001, Ley de Desarrollo Social: http://www.mintrabajo.gob.gt/org/leyes-
y-convenios/leyes-ordinarias/ley-de-desarrollo-social
Decreto Nº 72 de 2001, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria:
http://www.oei.es/homologaciones/LEYDECOLEGIACION.pdf
Decreto Nº 12-91 de 2006, Iniciativa de Ley de Reformas a la Ley de Educación
Nacional: http://www.oei.es/quipu/guatemala/propuesta_ley_educacion.pdf
Efraín Ríos Montt en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona
(CIDOB):
http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_central_y_carib
e/guatemala/efrain_rios_montt
Fundación para el Ecodesarrollo y la Conservación FUNDAECO:
http://www.fundaeco.org.gt/
Fundación Solar: http://www.fundacionsolar.org.gt/
Huelga de Dolores, Universidad de San Carlos de Guatemala:
http://s232787433.onlinehome.us/home/index/index.php?option=com_content&task=view&i
d=37&Itemid=1
Iniciativa de Ley de Fomento y Regulación del Voluntariado y Voluntario del año
2000:
http://www.worldvolunteerweb.org/fileadmin/docs/old/pdf/2000/00_12_05_GTA_Proposed_l
aw_on_volunteerism.pdf
Jacobo Árbenz Guzmán en Fundación José Guillermo Carrillo:
http://www.fundacionjoseguillermocarrillo.com/sitio/discurso_jacobo_arbenz.php
Jorge Serrano Elías en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona
(CIDOB):
http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_central_y_carib
e/guatemala/jorge_serrano_elias
Juan José Arévalo, en Fundación José Guillermo Carrillo:
http://www.fundacionjoseguillermocarrillo.com/sitio/narraarevalo.php
La Reforma Universitaria de 1918, Universidad Nacional de Córdoba:
http://www.unc.edu.ar/institucional/historia/reforma
Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala:
http://www.scribd.com/doc/959399/ley-organica-de-la-universidad-de-san-carlos-de-
guatemala
Ley de Voluntariado de España Nº 6/1996:
http://extension.uvigo.es/contidos/documentos/voluntariado08/Ley_6_1996_del_voluntariad
o.pdf
Mascotas Terapeutas: http://mascotasguate.brinkster.net/
27
28. Oficina de Cooperación Canadiense en Guatemala:
http://www.canadainternational.gc.ca/guatemala/development-developpement/ccog-
bccg.aspx?lang=spa
Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala: http://www.pdh.org.gt/
Programa Conjunto de Fortalecimiento de la Gobernabilidad Ambiental ante el
Riesgo Climático en Guatemala: http://sdnhq.undp.org/opas/es/proposals/suitable/237
Programa Conjunto “Fortaleciendo la institucionalidad de las mujeres en
Guatemala”: http://sdnhq.undp.org/opas/es/proposals/suitable/1528
Rafael Carrera y Turcios en Asociación para el Fomento de los Estudios Históricos en
Centroamérica: http://afehc-historia-centroamericana.org/index.php?action=fi_aff&id=1676
Ramiro de León Carpio en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de
Barcelona (CIDOB):
http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_central_y_carib
e/guatemala/ramiro_de_leon_carpio
Red Centroamericana de Educación en Valores en Organización de Estados
Iberoamericanos (OEI): http://www.oei.es/caev/index.html
Red de Voluntarios de Universidades Jesuitas Centroamericanas en Universidad
Rafael Landivar: http://www.url.edu.gt/PortalURL/Contenido.aspx?o=3200&s=107
Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, El Salvador: http://www.uca.edu.sv/
Universidad Centroamericana de Managua, Nicaragua: http://www.uca.edu.ni/
Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUAL): http://www.udual.org/
Universidad de San Carlos de Guatemala: http://www.usac.edu.gt/
Universidad Del Valle de Guatemala: http://www.uvg.edu.gt/
Universidad Francisco Marroquín: https://www.ufm.edu/
Universidad Rafael Landívar: http://www.url.edu.gt/
Universidad Mariano Gálvez de Guatemala: http://www.umg.edu.gt/
Vinicio Cerezo Arévalo en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de
Barcelona (CIDOB):
http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_central_y_carib
e/guatemala/vinicio_cerezo_arevalo
Voluntariado de la Universidad San Carlos de Guatemala (VOLUSAC):
http://blogvolusac.blogspot.com/
Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU): http://www.unv.org/es.html
Voluntariado Landivariano de la Universidad Rafael Landivar:
http://www.url.edu.gt/PortalURL/Contenido.aspx?o=3271&s=107
28
29. Documentos de Interés:
Acuerdo de paz firme y duradera, Guatemala, 29 de diciembre de 1996:
http://www.congreso.gob.gt/Docs/PAZ/Acuerdo%20de%20paz%20firme%20y%20duradera.
pdf
Acuerdo sobre el establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico
de las violaciones a los derechos humanos y los hechos de violencia que han
causado sufrimientos a la población guatemalteca, Oslo, 23 de junio de 1994:
http://www.congreso.gob.gt/Docs/PAZ/Acuerdo%20sobre%20el%20establecimiento%20de
%20la%20comisi%C3%B3n%20para%20el%20escl.pdf
Ángel Ruiz, Universidad y Sociedad en América Latina, Editorial FLACSO, 1995:
http://www.cimm.ucr.ac.cr/aruiz/libros/Universidad%20y%20Sociedad/
Augusto Cazali Avila, Historia de Guatemala: Siglo XX, Los militares en el poder: el
gobierno de Carlos Arana Osorio (1970-1974), Universidad de San Carlos de Guatemala.
Dirección General de Investigación (DIGI). Guatemala, enero-diciembre del 2002:
http://digi.usac.edu.gt/bvirtual/investigacio_files/INFORMES/PUIHG/INF-2002-053.pdf
Comisión para el Esclaracimiento Histórico (CEH), Guatemala: Memoria del Silencio:
http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/toc.html
Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA), Convenio sobre el
Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios
(1962):
http://sicevaes.csuca.org/attachments/145_Convenio%20sobre%20el%20ejercicio%20de%
20profesiones%20universitarias.pdf
Dialogo, año 4, no. 37, en publicación: FLACSO, Facultad Latinoamericana de Ciencias
Sociales, Guatemala, Guatemala: Guatemala, octubre. 2004:
http://sala.clacso.org.ar/gsdl/cgi-bin/library?e=d-000-00---0dialogo--00-0-0Date--0prompt-
10---4------0-1l--1-es-Zz-1---20-help---00031-001-0-0utfZz-8-
00&cl=CL1&d=HASH01a4c90a0379dab3d49762dd.1>=1
Dr. J. Francisco Cabarrus P., Dr. Carlos E. Pomes, Dr. Edgar A. Moran y Dr. Roberto
Gered, 1ª Feria del Voluntariado Guatemalteco, Guatemala, 15 y 16 de mayo 2003:
http://www.worldvolunteerweb.org/fileadmin/docs/old/pdf/2003/030516_gua_vol.pdf
Programas de ejercicio profesional supervisado y de promotores rurales de salud
oral en Guatemala, en Educ Méd Salud, Vol. 12, No. 4 (1978):
http://hist.library.paho.org/Spanish/EMS/5000.pdf
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO, Sede Académica
Guatemala, Oliverio Castañeda de León. Capas medias, conflicto social y represión
en Guatemala (1976-1979), Ciudad de Guatemala, Noviembre de 2008:
http://www.flacso.edu.gt/memoriah/OliverioCastanedadeLeon.pdf
Hugo E. Biagini, La Reforma Universitaria: Antecedentes y Consecuentes, LEVIATAN,
Argentina, 2000: http://www.cecies.org/imagenes/edicion_127.pd
Mario Mérida, Recordando a “El Imparcial”, El Periódico de Guatemala, martes, 1 de
julio de 2008: http://www.elperiodico.com.gt/es/20080701/opinion/59528
Roberto Rodríguez Gómez, El significado de la extensión universitaria en el Presente:
http://www.redivu.org/docs/publicaciones/Rodriguez_Gomez_Roberto_significado.pdf
29
30. Secretaria Ejecutiva Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres, Anexo
2, Memoria del Foro “Iniciativas estratégicas sostenibles públicas y privadas y el
desarrollo del voluntariado”, Hotel Posada del Hermano Pedro, Antigua Guatemala, 10-
11 de Septiembre de 2009: http://www.planfordisasters.org/ht/a/GetDocumentAction/i/13199
Taller Regional de Centro América, Año Internacional de los Voluntarios 2001, Ciudad
de Guatemala, Guatemala, 26-27 de octubre de 2000, Reporte Final:
http://www.boluntariotza.net/comun/biblioteca/taller_regional_de_centroamerica_ano_intern
acional_de_los_voluntarios_2001.pdf
Tünnermann B.C. 2000. El Nuevo Concepto de la Extensión Universitaria. V Congreso
Iberoamericano de Extensión México 2000. Morelia, Michoacán, México, pp. 45 – 46:
http://www.udual.org/CIDU/ColUDUAL/Tunner/capitulo10.pdf
Universidad de San Carlos de Guatemala, División de Desarrollo Organizacional,
Resumen Ejecutivo “Caracterización de la Cultura Organizacional de la Universidad
de San Carlos de Guatemala”, Guatemala, agosto de 2007:
http://www.usac.edu.gt/archivos/acercadeculturaorganizacionalusac.pdf.
30
31. GUATEMALA
En 1893 se celebra en el País un Congreso Pedagógico Centroamericano.
El 22 de mayo de 1920, se funda la Asociación de Estudiantes Universitarios (AEU). En el mismo año, el País es anfitrión del Congreso
Panamericano de Estudiantes Universitarios convocado por el Consejo Federal de Estudiantes Centroamericanos.
Durante la larga dictadura del General Jorge Ubico Castañeda (de 1931 a 1944) se clausuran varios Centros Educativos. Se dispone que el
rector, los Decanos, las Juntas Directivas y los Catedráticos sean nombrados por el Presidente de la Republica, asestando un duro golpe a la
autonomía recientemente lograda. En el seno de la Universidad estatal, bajo la influencia de los movimientos argentinos, cubanos y
uruguayos, los estudiantes reivindican la autonomía de la institución, promoviendo un amplio debate sobre la democratización de la
educación superior. Tal debate encuentra apoyo y espacio en el más amplio movimiento conocido como la Revolución de Octubre de 1944.
En 1949, la Universidad San Carlos de Guatemala aloja el Primer Congreso de Universidades Latinoamericanas, en el cual se crea la Unión de
Universidades de América Latina (UDUAL). El rector de la Universidad San Carlos, el doctor Carlos Martínez Durán, es escogido como el
Referencias
primer presidente del Consejo Directivo de la Unión. El Congreso puede considerarse un hito en el planteamiento de la Extensión dentro de
Históricas las políticas y las actividades institucionales universitarias.
En 1966, se crea la Comisión de Planeamiento de la Universidad, mientras que el Consejo Superior Universitario autoriza la creación del
Departamento de Extensión Universitaria en la Universidad San Carlos para impulsar la vinculación social de la universidad.
En 1976, un terremoto sacude el País, evidenciando las carencias del Estado pero también favoreciendo la participación popular, en particular
la indígena, en el proceso de reconstrucción. En la Universidad de San Carlos se constituye un Comité de Emergencia para organizar los
esfuerzos de los estudiantes enfocados a brindar primeros auxilios a las víctimas del desastre12.
Entre 1998 y 2002, como consecuencia de la apertura estatal al tema de los derechos humanos, con la creación de la Comisión para el
Esclarecimiento Histórico, la Universidad San Carlos incorpora el tema de Derechos Humanos en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,
mientras que se le da mayor énfasis a la cooperación internacional con la firma de diversos convenios13.
12
Universidad de San Carlos de Guatemala, Ob. Cit., p. 19.
13
Universidad de San Carlos de Guatemala, Ob. Cit., p. 24.
31
32. El 13 de marzo de 1945, se promulga la Constitución Política de Guatemala, cuya vigencia terminará con el golpe de 1954. La Constitución de
1945, confiere a la universidad el derecho y la responsabilidad de estudiar problemas nacionales y de proponer soluciones a estos. La Carta
declara, en su Artículo 33 que “La enseñanza es libre; la primaria es, además, obligatoria. La enseñanza que se dé en establecimientos
costeados por el Estado será gratuita y estará sujeta a los reglamentos respectivos”.
En enero de 1947, se promulga, con Decreto Número 325, la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, de filiación
reformista. La Ley restituye a la institución su nombre original, le otorga autonomía institucional y establece el cogobierno universitario.
El Articulo 1 de la Ley recita “La Universidad de San Carlos de Guatemala es una institución autónoma, con personalidad jurídica, regida por
esta Ley y sus estatutos, cuya sede central ordinaria es la ciudad de Guatemala”. El siguiente Articulo explicita el fin fundamental de la
institución, que es el de “elevar el nivel espiritual de los habitantes de la República, conservando, promoviendo y difundiendo la cultura y el
saber científico”. El Artículo 3 establece que la institución autónoma “Contribuirá a la realización de la unión de Centro América, y para tal fin
procurará el intercambio de maestros y estudiantes y todo cuanto tienda a la vinculación espiritual de los pueblos del Istmo”.
El Artículo 9 instituye la docencia libre “en el sentido de que cualquier persona pueda solicitar a la Universidad autorización para enseñar en
cualquier ramo del saber humano”.
Antecedentes El Título III establece el cogobierno y contiene indicaciones acerca del régimen de la universidad, cuyos organismos de gobierno e integración
son: el Consejo Superior Universitario, formado por el Rector, los Decanos de las Facultades, un representante de cada Colegio profesional, y
Legales del un estudiante de cada Facultad, además del Secretario y el Tesorero de la Universidad, quienes en las deliberaciones sólo tienen voz, pero no
CSU voto; el Cuerpo Electoral Universitario; y el Rector.
En 1956, se promulga una nueva Constitución. El Articulo 95 (Capítulo IV Cultura) recita: “Es obligación primordial del Estado el fomento y la
divulgación de la cultura, en todas sus manifestaciones. La educación tiene como fines el pleno desarrollo de la personalidad humana, el
respeto a los derechos del hombre y a sus libertades fundamentales, su mejoramiento físico y espiritual, la vigorización de la responsabilidad
individual del ciudadano, el progreso cívico del pueblo y la elevación del patriotismo”. El Artículo 102 confirma la autonomía de la
Universidad San Carlos de Guatemala y su autoridad exclusiva en la organización, dirección y desarrollo de la enseñanza superior y la
educación profesional.
En 1964, empieza a funcionar el Programa de Estudios Básicos para Integración Universitaria y en 1965, se promulga una nueva Constitución
en la que se ratifica la Autonomía de la Universidad, se reconocen las universidades privadas ya existentes y la posibilidad de crear otras
nuevas en función del desarrollo de la educación superior, el desarrollo profesional y la investigación científica, la difusión de la cultura y la
solución de los problemas nacionales.
Símilmente a lo establecido en la Constitución de 1956, el Articulo 91 recita:”Son obligaciones primordiales del Estado el fomento y la
divulgación de la cultura en todas sus manifestaciones. La educación tiene como fines principales el desarrollo integral de la personalidad, su
mejoramiento físico y espiritual, la superación de la responsabilidad individual del ciudadano, el progreso cívico del pueblo, la elevación del
32
33. patriotismo y el respeto de los derechos humanos”.
El 31 de mayo de 1985 se promulga la Constitución actualmente vigente (con Reformas de 1993) que, como parte de la transición
democrática del País, fija las normas fundamentales que rigen la educación guatemalteca. La Carta garantiza la autonomía universitaria,
confirma la conformación del Consejo Superior Universitario y la potestad de la Universidad de San Carlos de dirigir la educación superior del
Estado.
El 11 de enero de 1991, con Decreto Legislativo Nº 12-91, se decreta la Ley de Educación Nacional. Las consideraciones preliminares a la Ley
evidencian la necesidad de “conformar y fortalecer un sistema educativo que sea válido ahora y en el futuro y que por lo tanto, responda a las
necesidades y demandas sociales del país, además, su realidad multilingüe, multiétnica y pluricultural que requieren de un proceso
Marco Legal
regionalizado, bilingüe y con una estructura administrativa descentralizada a nivel nacional”.
del CSU El Titulo X establece la obligación, para los beneficiarios de becas en el exterior en cualquier nivel educativo, de “servir en instituciones
públicas por un lapso equivalente al doble de tiempo que goce la beca, retribuyendo su función acorde con la capacitación obtenida” (Art. 86).
En fin, el Articulo 93 (Formación Cultural, Moral y Cívica) establece que “En todos los centros educativos del país se desarrollará un programa
permanente de actividades de formación cultural, moral y cívica con la participación de la comunidad educativa, exaltando sus valores”.
En el 2006, se presenta la Iniciativa de Ley de Reformas a la Ley de Educación Nacional Decreto Nº 12-91 del Congreso de la República, cuyas
finalidades incluyen hacer efectivo el derecho constitucional a la educación, responder a la diversidad cultural y lingüística de Guatemala, y
otorgar a las comunidades y a las familias protagonismo en la definición de los currículos y calendarios escolares.
La colaboración entre el Programa de Voluntarios de Naciones Unidas (VNU) y el gobierno guatemalteco ha hecho posible el establecimiento
del “Programa Conjunto de Fortalecimiento de la Gobernabilidad Ambiental ante el Riesgo Climático en Guatemala”, empezado en el 2008
con una duración prevista de tres años (hasta el 2011). Las actividades del programa se realizan en alianza estratégica con ONG, empresas
Políticas
privadas y con las universidades.
Publicas
El Ministerio de Educación de Guatemala está entre los miembros de la Red Centroamericana de Educación en Valores, instancia de apoyo
para el fortalecimiento de la ciudadanía, la democracia y los valores en los países de Centroamérica a través de sus sistemas educativos.
33
34. En el marco del Congreso de la Reforma Universitaria desarrollado en la Universidad San Carlos de Guatemala en 1995, se plantea “la
necesidad de crear el Programa de Voluntariado, lo cual es ratificado por el Consejo de Extensión Universitaria con el fin de coadyuvar en el
14
desarrollo de las comunidades más necesitadas” .
En Guatemala, a los estudiantes que buscan graduarse en carreras profesionales tales como las del campo médico, se les requiere participar
en programas de servicio voluntario.
La Universidad de San Carlos de Guatemala tiene la responsabilidad constitucional de participar en el estudio y solución de los problemas
nacionales (Artículo 82 de la Constitución Política de la República de Guatemala). El Documento Base del Consejo de Extensión Universitaria
de la Dirección General de Extensión Universitaria establece la creación del Voluntariado Universitario “con la participación activa de
estudiantes y profesores, con el propósito de proyectar la acción universitaria a las comunidades de todo el país, en coordinación con los
Marco Legal núcleos culturales, promoviendo la identidad nacional y particularmente la cultura universitaria”15.
del
En el 2000, el Consejo de Extensión Universitaria aprueba la creación del Programa de Voluntariado Universitario. En el 2001, se lleva a cabo
Voluntariado
el Taller Regional de Centro América promovido por las Naciones Unidas por motivo de la celebración del Año Internacional del
y políticas Voluntariado, con la participación de más de 10 Países de Centro América y Sudamérica (Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador,
públicas Honduras, Nicaragua, México, Rep. Dominicana, Venezuela y Guatemala, País anfitrión). En el mismo año, la Universidad San Carlos se
pertinentes compromete a crear un Programa Permanente de Voluntariado, Voluntariado de la Universidad San Carlos de Guatemala (VOLUSAC) a
través del Programa de Ejercicio Profesional Supervisado Multiprofesional (EPSUM) y forma la Comisión de Desastres de la USAC, que forma
un cuerpo de voluntarios especializados en desastres y un curso de postgrado de “Especialización en Gerencia de Desastres y Desarrollo
Local”. Tales iniciativas pudieron valorarse en el 2005 con la emergencia ocasionada por la Tormenta Tropical Stan. Además, cabe destacar la
presencia en la Universidad San Carlos de una Escuela de Voluntariado Social, para capacitar la comunidad universitaria en la gestión e
implementación de las actividades de voluntariado universitario.
Entre las nueve universidades privadas del País, cuatro cuentan con programas de voluntariado: la Universidad Rafael Landívar, cuyo
programa de voluntariado se implementa desde 1997 a través de la Pastoral Universitaria Landivariana; la Universidad Del Valle de
Guatemala, que implementa un programa de Voluntariado inscrito en el plan de trabajo de la Asociación de Estudiantes; la Universidad
Francisco Marroquín; y la Universidad Mariano Gálvez.
El 29 de Noviembre del 2000 se aprueba el texto de una Iniciativa de Ley de Fomento y Regulación del Voluntariado y Voluntario. La Ley
14
Congreso de Reforma Universitaria. Noviembre de 1995. Guatemala. Pág. 1.
15
Consejo de Extensión Universitaria. “Documento Base del Consejo de Extensión”. Dirección General de Extensión Universitaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Editorial Universitaria. Guatemala,
marzo del 2001. Pág. 7.
34
35. guatemalteca, todavía en espera de aprobación, entiende el voluntariado como una actividad a desempeñarse dentro del territorio nacional
de naturaleza no aislada sino insertada el seno de una organización. El primer Artículo, define el objeto de la Ley y los rasgos principales del
trabajo voluntario de la siguiente forma: “La presente Ley tiene por objeto proteger, promover y facilitar la participación solidaria de las
personas físicas nacionales y extranjeras, en actuaciones de solidaridad, altruismo, espíritu de servicio y voluntariado, en el seno de
organizaciones sin ánimo de lucro, ya sea la naturaleza de éstas, pública o privada”.
El 15 y 16 de mayo del 2003, el Comité Coordinador del Voluntariado Guatemalteco, creado en marzo del mismo año por un periodo de dos
años, organiza en el Palacio Nacional la 1ª feria del Voluntariado Guatemalteco, con el fin de conformar una Red Organizacional del
Voluntariado y favorecer el encuentro entre organizaciones y potenciales voluntarios. El evento, en el cual participan 27 organizaciones de
voluntariado, es apoyado por el programa de Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU) y es la ocasión para presentar una vez más la
Iniciativa de Ley del Voluntariado.
El año sucesivo, en mayo del 2004, el Comité Coordinador del Voluntariado Guatemalteco, de nuevo en colaboración con el Programa de
Voluntarios de las Naciones Unidas, organiza en la capital guatemalteca la Segunda edición de la Feria del Voluntariado, con el objetivo
principal de promover y dar visibilidad de las actividades de voluntariado en el País.
VNU-Guatemala, junto con la Cooperación Japonesa (JICA), la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (KOICA), la Universidad Rafael
Landivar, la Universidad Del Valle de Guatemala, la Dirección del Centro Histórico – Muni y la Fundación Solar, entre otras entidades, han
fundado el Centro de Voluntariado Guatemalteco – CVG – una Asociación Civil en formación no lucrativa y apolítica con las finalidades de
promover, coordinar y articular el voluntariado en Guatemala, como expresión activa de la participación ciudadana al servicio del desarrollo
del País. En el Centro participan 26 instituciones con trabajo con voluntarios.
En Septiembre del 2009, en la ciudad de Antigua Guatemala se lleva a cabo el Foro “Iniciativas Estratégicas Sostenibles Públicas y Privadas y
el Desarrollo del Voluntariado”.
35