2. APORTES NORTEAMERICANOS PRINCIPIOS DE ESTADO PRINCIPIO DE CONSTITUCION ESCRITA PRINCIPIO DE DEMOCRACIA Y SOBERANIA POPULAR SEPARACION DE PODERES CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DERECHOS Y LIBERTADES INDIVIDUALES SISTEMA PRESIDENCIAL
3. APORTES FRANCESES SOBERANIA NACIONAL SUPREMACÍA DE LA LEY, PRINCIPIO DE IGUALDAD, LEGALIDAD Y LA IDEA DE CONSTITUCION. DIVISION DE PODERES, SUPREMACÍA DE LA ADMINISTRACION DECLARACION DE DERECHO.
5. En las definiciones norteamericanas encontramos que el principio de estado es aquel en donde se maneja un orden jerarquerizado del poder, este poder es controlado por medio de la constitución y los mecanismos necesarios para controlar dicho poder obligando a los agentes del estado a realizar exclusivamente las atribuciones que se encuentran establecidas en la constitución. El principio de constitución escrita como la institucionalización del poder y justificación del estado de derecho, es la confianza pública política, dicha confianza se encuentra en el poder de las palabras escritas para mantener un gobierno y las contribuciones al derecho colombiano son :
6. Naturaleza superior de la constitución Ley superior de la constitución y ordenadora total Constitución como punto de referencia para actuación de poderes públicos Principios de sumisión en el estado social de derecho. Limitaciones – derechos fundamentales e individuales
7. El principio de democracia y soberanía popular es la consecuencia del derecho constitucional , en donde el interés de la voluntad estatal y las decisiones es igual a la voluntad popular y en donde la soberanía le pertenece a cada individuo y participa igualmente en el estado. EN DONDE POR MEDIO DEL NOMBRAMIENTO DIRECTO DE SUS REPRESENTANTES LOGRAN TENERLOS EN SU DEPENDENCIA Y LOS DIRIGEN.
8. División de poderes Genero la idea de una autonomía de órganos, diferentes e independientes en donde se basa en la confianza según art 113 de nuestra constitución en donde se da la clausula de participación armónica de los órganos de poder publico. En nuestro derecho administrativo poseemos un mestizaje entre las dos corrientes ya que poseemos división de poderes basados en el articulo 113 de nuestra constitución como sus limitaciones por medio de la constitución la cual ejerce un control administrativo.