Invenciones, innovaciones y mejoras según la LOTTT
1.
2. Nombre: Karol Paola
Apellido: Quijano Durán
C.I: V- 23.490.397
Sección: SAIA- C
Septiembre, 2015
República Bolivariana de Venezuela
Universidad “Fermín Toro”
Vicerrectorado Académico de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto, Edo. Lara.
3. Según el articulo 320 de
la LOTTT:
…”Las invenciones,
innovaciones y mejoras
son producto del proceso
social de trabajo, para
satisfacer las necesidades
del pueblo, mediante la
justa distribución de
riqueza”…
Existen 2 clases que son:
a) De Servicio :
Según el articulo 323,
son aquellas ejecutadas por
trabajadores contratados por
el patrono con el objeto de
investigar y obtener medios
para dicha mejora.
Invenciones,
Innovaciones
y Mejoras
b) Libres u ocasionales:
Según el articulo 324,
son aquellas en donde
predomina el esfuerzo y
talento del fabricador no
contratado especialmente
para tal fin.
4. Simulación del Contrato de Trabajo
Se entiende a simulación del contrato de trabajo a la falta de
coexistencia entre el propósito de los otorgantes del negocio, es
decir, el contenido del contrato pactado entre las partes no es
real. Ossorio expone que la simulación es la “alteración
aparente de la causa, la índole o el objeto verdaderos de un
acto o contrato”.
Algunas de las causas pueden ser:
•Encubrir la naturaleza jurídica de un
acto.
•Simulan algunas de las cláusulas del
acto público, por ejemplo: un precio
mayor que el real.
•Cuando se finge la fecha de un acto.
Los efectos de simulación son:
•Efectos de la simulación entre las
partes.
•Efectos de la simulación respecto de
los terceros.