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CONVERGENCIAS Y DIVERGENCIAS ENTRE LAS INICIATIVAS EN
   MATERIA DE TRANSPARENCIA PRI-PVEM; PRD y PAN


                                         CONVERGENCIAS

1. Autonomía del órgano garante federal. Se propone que el órgano garante
cuente con autonomía operativa, presupuestaria, de gestión y de decisión,
personalidad jurídica y patrimonio propios.
2. Número de integrantes del órgano garante federal. Se propone que se
integre por 7 miembros.
3. Renovación escalonada: Coinciden en que la renovación de los integrantes
del órgano garante se realice de forma escalonada.
4. Legitimación para promover acción de inconstitucionalidad: Se otorga al
órgano garante federal, facultad para promover acción de inconstitucionalidad, en
contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el
Senado de la República, que vulneren el derecho al acceso a la información
pública y la protección de datos personales. Asimismo, los organismos garantes
equivalentes en los estados de la República, en contra de leyes expedidas por las
legislaturas locales y el organismo garante del Distrito Federal, en contra de leyes
emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
5. Sujeto excluido de la competencia del órgano garante: Se propone que se
encuentre excluida de la competencia del órgano garante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.
6. Responsabilidad política de los integrantes del órgano garante: Se
establece que los miembros del órgano garante puedan ser sujetos de juicio
político.
7. Mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión
expeditos ante órganos especializados. Se propone establecer mecanismos de
acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos, que se
sustanciarán ante los organismos especializados que se establecen en la
CPEUM.
8. Facultad del Congreso de la Unión para legislar en la materia: Se propone
que el Congreso de la Unión tenga facultad para expedir una ley general en
materia de acceso a la información y protección de datos personales, permitiendo
por ende, la subsistencia de ley federal respectiva.
9. Existencia de órganos garantes en los Estados y el Distrito Federal. Se
propone que en las constituciones de los Estados se establezcan organismos
dotados de autonomía y especializados responsables de garantizar el acceso a la
información y la protección de datos personales, debiendo contar con
personalidad jurídica y patrimonio propio.

Tratándose de la Asamblea legislativa del Distrito Federal, se le faculta para
legislar en materia de acceso a al información y protección de datos personales.1

1
 Al respecto, el régimen jurídico que deberá establecer la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, resulta
acorde con los lineamientos establecidos en cada iniciativa a nivel federal.

                                                      1
DIVERGENCIAS

I. Preservación de la información pública.

        PRI-PVEM                         PAN                       PRD
Se establece que los         Se propone que los No contiene previsión al
sujetos obligados, deben     sujetos           obligados respecto.
preservar              sus   deberán      asegurar     la
documentos en archivos       correcta      organización,
administrativos              control y consulta de los
actualizados y publicarán    archivos, atendiendo a
a través de los medios       los      principios      de
electrónicos disponibles,    conservación,
la información completa y    procedencia, integridad y
actualizada     sobre   el   disponibilidad.
ejercicio de los recursos
públicos y los indicadores   Se dispone que los
que permitan rendir          sujetos            obligados
cuenta                 del   publiquen a través de los
cumplimiento de sus          medios          electrónicos
objetivos y de los           disponibles,               la
resultados obtenidos.        información completa y
                             actualizada sobre sus
                             indicadores de gestión y
                             el    ejercicio     de    los
                             recursos públicos.


II. Organización y subsistencia del Sistema Nacional de Archivos.

        PRI-PVEM                     PAN                 PRD
No contiene una previsión Se dispone que el No contiene previsión al
al respecto.              Congreso de la Unión respecto.
                          tenga la facultad para
                          expedir una ley general
                          que      establezca    la
                          organización            y
                          administración
                          homogénea        de  los
                          archivos en los órdenes
                          federal,    estatal, del
                          Distrito    Federal     y
                          municipal, así como para
                          determinar las bases de
                          organización            y
                          funcionamiento       del
                          Sistema Nacional de
                          Archivos.


                                           2
III. Sujetos competencia del órgano garante federal:

        PRI-PVEM                          PAN                          PRD
Tiene competencia para          Agrega además de los         Agrega además de los
conocer de los asuntos          Poderes Federales, a los     Poderes Federales, a los
relacionados      con    el     tribunales                   órganos     autónomos,
acceso a la información         administrativos,             partidos        políticos,
pública y la protección de      agrarios y laborales,        fideicomisos y fondos
datos    personales     de      universidades            e   públicos, así como de
cualquier        autoridad,     instituciones          de    cualquier persona física
entidad,     órgano      u      educación superior y         o moral que reciba y
organismo que forme             demás        organismos      ejerza          recursos
parte de alguno de los          constitucionales             públicos o realice actos
Poderes de la Unión.            autónomos,       partidos    de autoridad en el
                                políticos, fideicomisos      ámbito federal.
                                y fondos públicos, y de
                                cualquier        persona
                                física,            moral,
                                organización     de     la
                                sociedad      civil      y
                                sindicato que reciba y
                                ejerza          recursos
                                públicos o realice actos
                                de autoridad en el
                                ámbito federal

IV. Principios que rigen la actuación del órgano garante.

        PRI-PVEM                      PAN                       PRD
Certeza,       legalidad, Agrega          los     de No indica principios.
independencia,             profesionalismo,
imparcialidad,   eficacia, celeridad y transparencia.
objetividad y máxima
publicidad

V. Carácter de las resoluciones del órgano garante federal y posibilidad de
impugnación.

         PRI-PVEM                       PAN                              PRD
Se      dice      que     lasSe     dice    que      las     Se     dice     que      las
resoluciones que dicte       resoluciones que dicte          resoluciones que dicte,
serán          vinculatorias,serán     definitivas     e     serán      definitivas      e
definitivas e inatacables.   inatacables    para     los     inatacables      para      la
                             poderes,      autoridades,      autoridad,          entidad,
Recursos:                    órgano,        organismo,       órgano y organismos de
Excepcionalmente,         el personas     o      sujetos     los Poderes Ejecutivo,
Consejero jurídico       del obligados, federales o          Legislativo    y judicial,


                                            3
Ejecutivo Federal, los       locales              según órganos        autónomos,
Presidentes de la Cámara     corresponda.               partidos          políticos,
de Senadores o la                                       fideicomisos y fondos
Cámara de Diputados, o       Recursos: Se propone públicos,           así     como
los titulares de los         que sólo los particulares cualquier persona física o
órganos constitucionales     puedan impugnar sus moral que reciba y ejerza
autónomos,         podrán    resoluciones mediante el recursos       públicos       o
interponer recurso de        juicio de amparo ante realice actos de autoridad
revisión ante la Suprema     las            autoridades en el ámbito federal.
Corte de Justicia de la      jurisdiccionales
Nación, cuando exista        competentes.               Recursos: Solo podrán
una alta probabilidad de                                impugnar                 sus
daño       directo       y                              resoluciones     ante     el
trascendente      a     la                              Poder Judicial de la
seguridad nacional.                                     Federación, las personas
                                                        que ejerzan su derecho
                                                        de     acceso       a      la
                                                        información       o       de
                                                        protección     de     datos
                                                        personales.


VI. Sistema de selección de los integrantes del órgano garante.

       PRI-PVEM                          PAN                         PRD
Propone      que      sus    Propone       que     sean    Se propone que sus
integrantes         sean     designados por las dos        integrantes       sean
nombrados       por     el   terceras partes de los        electos por el voto de
Ejecutivo       Federal,     miembros presentes de la      las dos terceras partes
dando     derecho      de    Cámara de Senadores, o        del    total  de    los
objeción al Senado, o        en su caso, por la            integrantes    de     la
en su caso, a la             Comisión Permanente, a        Cámara de Senadores.
Comisión Permanente          propuesta de los grupos
del Congreso de la           parlamentarios         con    En su selección, debe
Unión, hasta por dos         afiliación de partido en la   favorecerse la equidad
ocasiones, pues en           Cámara de Senadores,          de género.
caso de que el Senado        previa realización de una
o      la      Comisión      amplia consulta a la
Permanente objetaren         sociedad, para recibir la
la segunda propuesta         opinión                 de
del    Ejecutivo,    éste    organizaciones          no
último      haría       la   gubernamentales,
designación de manera        universidades,
directa.                     instituciones académicas,
                             centro de investigación,
                             barras y asociaciones de
                             profesionistas,     y   en
                             general del públicos,
                             sobre las propuestas
                             realizadas.

                                          4
Los aspirantes deben
                            comparecer en audiencia
                            o entrevista pública ante
                            el órgano legislativo y
                            acreditar experiencia y
                            conocimientos     en    la
                            materia, debiendo ser
                            designados en sesión
                            pública      del   órgano
                            legislativo.

                            Se indica que se debe
                            procurar   que    exista
                            equidad de género en la
                            conformación del órgano
                            garante.


VII. Tiempo de permanencia y remoción de los integrantes del órgano
garante.

        PRI-PVEM                    PAN                      PRD
Se       propone     que Se       propone       que Se propone que duren en
permanezcan siete años, permanezcan en sus sus cargos siete años sin
sin     posibilidad   de cargos nueve años, sin posibilidad de relección.
relección.               posibilidad de relección.
                                                    Se dice que solo podrán
No se especifican causas Se dice que solo podrán ser removidos de su
de remoción.             ser removidos de su encargo en términos del
                         encargo en términos del Título Cuarto de la
                         Título Cuarto de la CPEUM.
                         CPEUM.


VIII. Selección del Presidente y duración en el cargo.

        PRI-PVEM                       PAN                          PRD
Será electo por los         Será electo por los          Será electo por el voto de
propios    comisionados,    propios      comisionados    las dos terceras partes de
mediante voto secreto por   mediante voto secreto,       los integrantes de la
un periodo de tres años,    por un periodo de tres       Cámara de Senadores,
sin     posibilidad    de   años, con posibilidad de     por un periodo de tres
relección.                  ser relecto por un periodo   años y seis meses,
                            igual.                       pudiendo ser relecto por
                                                         una sola vez.




                                        5
IX. Incompatibilidad de los integrantes del órgano garante para desempeñar
cargos o empleos remunerados.

       PRI-PVEM                      PAN                            PRD
No    previene    alguna Se      dice     que     los   Se      dice   que    sus
incompatibilidad.        comisionados no podrán         integrantes no podrán
                         tener otro empleo, cargo       tener ningún otro empleo,
                         o       comisión,       con    cargo o comisión, salvo
                         excepción de aquellos en       cargos no remunerados
                         que         actúen        en   en instituciones docentes,
                         representación           del   científicas      o     de
                         Consejo General y de los       beneficencia.
                         que      desempeñen en
                         asociaciones docentes,
                         científicas, culturales, de
                         investigación      o      de
                         beneficencia              no
                         remuneradas.


X. Requisitos para ser integrante del órgano garante federal.

       PRI-PVEM                        PAN                PRD
No indica requisitos.      Señala que para ser No indica requisitos.
                           comisionado se requiere
                           ser ciudadano mexicano
                           en pleno ejercicio de sus
                           derechos       políticos    y
                           civiles, y cumplir con los
                           requisitos establecidos en
                           las fracciones II, IV, V y
                           VI del artículo 95 de la
                           CPEUM. Deben contar
                           con título profesional de
                           licenciatura en general y
                           tener conocimientos en
                           materia de transparencia,
                           acceso a la información,
                           protección      de      datos
                           personales o cualquier
                           materia afín. No haber
                           desempeñado un cargo
                           de     elección       popular
                           federal,      estatal       o
                           municipal, durante los
                           últimos      cinco       años
                           inmediatos a la fecha de
                           su designación; no haber
                           sido dirigente de un


                                        6
comité directivo, ejecutivo
                            o equivalente de un
                            partido político a nivel
                            nacional,     estatal     o
                            municipal, ni ministro de
                            ningún culto religioso,
                            durante los últimos cinco
                            años inmediatos a la
                            fecha de su designación;
                            no tener antecedentes de
                            una militancia activa o
                            pública y notoria en algún
                            partido político, cuando
                            menos cinco años antes
                            de su designación, y
                            demás requisitos que
                            prevea la Ley Federal.


XI. Fuero constitucional de los integrantes del órgano garante.

        PRI-PVEM                       PAN                    PRD
Se sugiere que para         Se sugiere para proceder No contiene previsión al
proceder penalmente en      penalmente en contra de respecto.
contra de los integrantes   los integrantes del órgano
del    órgano     garante   garante     federal,   sea
federal, sea requisito la   requisito la declaración
declaración            de   de procedencia prevista
procedencia prevista en     en el artículo 111 de la
el artículo 111 de la       CPEUM.
CPEUM.
                            De igual modo, se señala
                            que      para     proceder
                            penalmente por delitos
                            federales     contra   los
                            integrantes      de    los
                            organismos a los que las
                            Constituciones locales y
                            el Estatutos de Gobierno
                            del Distrito Federal les
                            otorgue autonomía, será
                            necesaria la declaración
                            de procedencia prevista
                            en el artículo 111 de la
                            CPEUM, para el efecto
                            de que tal determinación
                            se comunique a las
                            legislaturas locales, para
                            que       actúen     como
                            corresponda.

                                         7
XII. Rendición de informes por parte del presidente del órgano garante
federal.

       PRI-PVEM                       PAN                            PRD
Se dice que el presidente   Se dice que el presidente      Se dice que el presidente
estará obligado a rendir    deberá           presentar     deberá    presentar    un
un informe anual ante el    anualmente       a     los     informe      anual     de
Senado, en la fecha y       Poderes de la Unión un         actividades al Congreso
términos     que       se   informe de actividades. Al     de la Unión, debiendo
dispongan en la ley.        efecto             deberá      comparecer      ante  las
                            comparecer      ante    el     Cámaras del Congreso
                            Congreso en los términos       en los términos que
                            que disponga la ley.           disponga la ley.


XIII. Facultades de revisión del órgano garante federal.

        PRI-PVEM                        PAN                            PRD
Se propone dotarlo de       Se dice que conocerá y         Se sugiere que el consejo
facultades     para  que    resolverá       de      las    del órgano garante esté
conozca de los recursos     impugnaciones          que     facultado para revisar el
que     interpongan   los   presenten los particulares     fondo de las resoluciones
particulares respecto de    en      contra    de    las    que emitan los órganos
las decisiones de los       resoluciones      de    los    garantes de los estados y
organismos                  organismos garantes de         del Distrito Federal.
especializados de los       transparencia y acceso a
estados y el Distrito       la información pública de
Federal, y para revisar     los estados y del Distrito
cualquier otra resolución   Federal, siempre que la
de esos organismos en       resolución      que      se
los términos que se         impugne hubiera negado
indiquen en la ley.         total o parcialmente el
                            acceso a la información
                            solicitada       por      el
                            particular. Al respecto se
                            indica que no será
                            necesario       que       el
                            particular    agote    este
                            medio de defensa para
                            acudir     al   juicio   de
                            amparo.

                            También conocerá de los
                            recursos    de    revisión
                            interpuestos por violación
                            al derecho de acceso a la
                            información pública por


                                         8
parte de los poderes,
                          órganos,      organismos,
                          entidades, personas o
                          sujetos obligados. En
                          estos casos, el órgano
                          garante debe interpretar
                          las          disposiciones
                          aplicables, sujetándose a
                          lo previsto en el artículo 1
                          de la CPUEM.

                          Se contempla que el
                          órgano garante, de oficio
                          o a petición fundada del
                          organismo          garante
                          equivalente del estado o
                          del Distrito Federal, podrá
                          conocer de los recursos
                          de revisión que por su
                          interés y trascendencia lo
                          ameriten, atendiendo lo
                          dispuesto en la ley
                          reglamentaria.


XIV. Excusas y recusaciones de los integrantes del órgano garante federal.

       PRI-PVEM                    PAN                     PRD
No       se    contiene Se prevé que en la Ley No         se   contiene
disposición alguna al Federal respectiva, se disposición alguna al
respecto.               contemplen los supuestos respecto.
                        en los que los integrantes
                        del órgano garante deban
                        excusarse de conocer de
                        algún asunto, así como el
                        procedimiento por el que
                        las partes puedan recusar
                        a     alguno     de    los
                        comisionados.


XV. Servicio profesional y consejo consultivo.

       PRI-PVEM                    PAN                     PRD
No contiene previsión al Se dice que el órgano No contiene previsión al
respecto.                garante    tendrá    un respecto.
                         consejo consultivo.
                         Se indica que el la ley
                         federal se determinarán


                                       9
las        reglas        de
                            organización               y
                            funcionamiento de los
                            órganos del instituto y sus
                            relaciones de mando,
                            pero que en todo caso
                            dispondrá del personal
                            calificado necesario para
                            prestar     un      servicio
                            especializado      en     la
                            materia.

                            El servicio profesional
                            será    la   base   del
                            funcionamiento      del
                            órgano garante.


XVI. Presupuesto del órgano garante.

       PRI-PVEM                     PAN                 PRD
No contiene previsión al Se dice que el órgano No contiene previsión al
respecto.                garante elaborará su respecto.
                         propio presupuesto de
                         egresos, el cual remitirá
                         al Ejecutivo Federal, para
                         que este lo envíe con
                         oportunidad a la Cámara
                         de Diputados para su
                         estudio, discusión, y en
                         su caso, aprobación. Este
                         proyecto no podrá ser
                         modificado      por     el
                         Ejecutivo Federal.


XVII. Relaciones del órgano garante con otros poderes y órganos.

       PRI-PVEM                       PAN                      PRD
Se señala que el órgano     Se dice que el órgano No contiene previsión al
garante coordinará sus      garante, en la esfera de respecto.
acciones con la entidad     su          competencia,
de Fiscalización Superior   mantendrá      con     los
de la Federación, con la    gobiernos federal, estatal
entidad especializada en    y municipal, y con los
materia de archivos, y      demás         organismos
con     el     organismo    públicos autónomos, una
encargado de regular la     relación de respeto y de
captación, procesamiento    colaboración mutua para


                                         10
y publicación de la          el desarrollo democrático
información estadística y    de las funciones del
geográfica, con el objeto    Estado Federal. Para el
de fortalecer la rendición   desempeño        de     sus
de cuentas del Estado        funciones,    el     órgano
Mexicano.                    garante contará con el
                             apoyo,       auxilio       y
Se contempla que toda        colaboración      de     las
autoridad   y   servidor     autoridades      federales,
públicos estará obligado     estatales y municipales y
a prestar ayuda al           de     los     organismos
organismo garante y a        públicos autónomos.
sus representantes para
el buen desempeño de Se contempla que el
sus funciones.           órgano garante federal,
                         podrá conformar con los
                         organismos garantes de
                         los estados y del Distrito
                         Federal, instancias de
                         cooperación,
                         colaboración, promoción
                         y difusión que estimen
                         oportunos, para la debida
                         promoción y protección
                         del    derecho     a    la
                         información pública.

                             Se prevé además, que el
                             órgano garante pueda
                             celebrar convenios y
                             acuerdos con entidades
                             públicas y privadas que
                             tengan      como     objeto
                             fortalecer la cultura de la
                             transparencia, el ejercicio
                             del     derecho     a    la
                             información pública y de
                             protección     de     datos
                             personales.


                     DIVERGENCIAS EN TRANSITORIOS

XVIII. Permanencia en el cargo de los actuales comisionados del IFAI.

       PRI-PVEM                   PAN                      PRD
Se dispone que los Se dispone que los Se dispone que la
actuales    comisionados actuales   comisionados designación   de   los
del IFAI permanezcan en del IFAI permanezcan en integrantes del órgano


                                          11
sus cargos     hasta la sus cargos          hasta la garante federal, deberán
conclusión     de    su conclusión          de    su ser designados dentro de
mandato.                mandato.                     los      sesenta     días
                                                     naturales a la entrada en
                                                     vigor de la ley federal
                                                     respectiva. Se indica que
                                                     en ese proceso los
                                                     comisionados           en
                                                     funciones del IFAI podrán
                                                     participar      en      la
                                                     convocatoria     que   se
                                                     emita.


XIX. Designación de los primeros integrantes del órgano garante federal.

        PRI-PVEM                       PAN                        PRD
Se dispone que la           Se dispone que la           Se dispone que la
designación de los dos      designación de los dos      designación     de    los
nuevos comisionados del     nuevos comisionados del     consejeros    integrantes
órgano garante, se haga     órgano garante, se haga     del órgano garante se
a más tardar dentro de      a más tardar dentro de      realice dentro de los 60
los 90 días después de la   los 90 días después de la   días naturales siguientes
entrada en vigor del        entrada en vigor del        a la entrada en vigor del
decreto.                    decreto.                    decreto.


XX. Expedición de las leyes necesarias respectivas.

        PRI-PVEM                       PAN                         PRD
Se dispone que se realice   Se dispone que se realice   Se dispone que por
en un año contado a         en un año contado a         cuanto hace a las leyes
partir de la entrada en     partir de la entrada en     generales en materia de
vigor del decreto.          vigor del decreto.          acceso a la información y
                                                        protección     de    datos
                            Se exceptúa de lo           personales, se emitan
                            anterior,           las     dentro de los seis meses
                            adecuaciones a la Ley       siguientes a la entrada en
                            Federal en materia de       vigor del decreto.
                            acceso a la Información
                            Pública y de protección     Las              demás
                            de datos personales, la     adecuaciones, se prevé
                            que deberá ser expedida     que se realicen en un
                            por el Congreso de la       plazo no mayor a un año
                            Unión en un plazo           contado a partir de la
                            máximo de seis meses        entrada en vigor del
                            contados a partir de la     decreto.
                            entrada en vigor del
                            decreto.


                                       12
Se ordena que las
                         legislaturas     de  los
                         Estados y la Asamblea
                         legislativa del Distrito
                         Federal,     adecuen su
                         marco normativo en un
                         plazo de seis meses.


XXI. Creación del Fondo Federal de Aportaciones para la Transparencia.

        PRI-PVEM                   PAN                      PRD
No contiene disposición Se dispone que la No contiene disposición
al respecto.            Federación cree el Fondo al respecto.
                        Federal de Aportaciones
                        para la Transparencia
                        (APORTA), a través del
                        cual     se    transfieran
                        recursos       a       los
                        organismos garantes en
                        los términos de las
                        disposiciones aplicables.

                         La determinación de los
                         montos se distribuirá
                         entre       las entidades
                         federativas atendiendo al
                         número de habitantes, la
                         participación    de    la
                         sociedad y la extensión
                         territorial.

                         Estos      recursos   solo
                         podrán aplicarse para
                         actividades de vigilancia,
                         evaluación             del
                         desempeño        de    los
                         sujetos obligados, así
                         como en la difusión y
                         promoción del derecho de
                         acceso a la información y
                         la     cultura    de     la
                         transparencia             y
                         protección     de    datos
                         personales.




                                     13
XXII. Creación de un fondo para asegurar la autonomía presupuestaria de los
órganos garantes locales.

       PRI-PVEM                      PAN                      PRD
No se contiene previsión Se      indica   que    el No se contiene previsión
alguna al respecto.      Congreso de la Unión, las alguna al respecto.
                         legislaturas    de    los
                         Estados y la Asamblea
                         Legislativa del Distrito
                         Federal, deberán destinar
                         los recursos necesarios
                         para       asegurar     la
                         autonomía presupuestal
                         de los órganos garantes
                         de      acceso     a    la
                         información y protección
                         de     datos   personales
                         respectivos.


XXIII. Situación de los recursos humanos, financieros y materiales del IFAI.

       PRI-PVEM                     PAN                 PRD
No contiene previsión al Se dispone que a la No contiene previsión al
respecto.                entrada en vigor del respecto.
                         decreto, los recursos
                         financieros y materiales,
                         así como los trabajadores
                         adscritos al IFAI como
                         órgano descentralizado,
                         se      transfieran       al
                         organismo           público
                         autónomo.

                          Los trabajadores que
                          pasen a formar parte del
                          nuevo    organismo    se
                          seguirán rigiendo por el
                          apartado B del artículo
                          123 de la CPEUM y de
                          ninguna    manera    ser
                          verán afectados en sus
                          derechos laborales y de
                          seguridad social.




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Transparencia: Puntos de convergencia y divergencia entre iniciativas de PRI-PVEM, PRD y PAN

  • 1. CONVERGENCIAS Y DIVERGENCIAS ENTRE LAS INICIATIVAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA PRI-PVEM; PRD y PAN CONVERGENCIAS 1. Autonomía del órgano garante federal. Se propone que el órgano garante cuente con autonomía operativa, presupuestaria, de gestión y de decisión, personalidad jurídica y patrimonio propios. 2. Número de integrantes del órgano garante federal. Se propone que se integre por 7 miembros. 3. Renovación escalonada: Coinciden en que la renovación de los integrantes del órgano garante se realice de forma escalonada. 4. Legitimación para promover acción de inconstitucionalidad: Se otorga al órgano garante federal, facultad para promover acción de inconstitucionalidad, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales. Asimismo, los organismos garantes equivalentes en los estados de la República, en contra de leyes expedidas por las legislaturas locales y el organismo garante del Distrito Federal, en contra de leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 5. Sujeto excluido de la competencia del órgano garante: Se propone que se encuentre excluida de la competencia del órgano garante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 6. Responsabilidad política de los integrantes del órgano garante: Se establece que los miembros del órgano garante puedan ser sujetos de juicio político. 7. Mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos ante órganos especializados. Se propone establecer mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos, que se sustanciarán ante los organismos especializados que se establecen en la CPEUM. 8. Facultad del Congreso de la Unión para legislar en la materia: Se propone que el Congreso de la Unión tenga facultad para expedir una ley general en materia de acceso a la información y protección de datos personales, permitiendo por ende, la subsistencia de ley federal respectiva. 9. Existencia de órganos garantes en los Estados y el Distrito Federal. Se propone que en las constituciones de los Estados se establezcan organismos dotados de autonomía y especializados responsables de garantizar el acceso a la información y la protección de datos personales, debiendo contar con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tratándose de la Asamblea legislativa del Distrito Federal, se le faculta para legislar en materia de acceso a al información y protección de datos personales.1 1 Al respecto, el régimen jurídico que deberá establecer la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, resulta acorde con los lineamientos establecidos en cada iniciativa a nivel federal. 1
  • 2. DIVERGENCIAS I. Preservación de la información pública. PRI-PVEM PAN PRD Se establece que los Se propone que los No contiene previsión al sujetos obligados, deben sujetos obligados respecto. preservar sus deberán asegurar la documentos en archivos correcta organización, administrativos control y consulta de los actualizados y publicarán archivos, atendiendo a a través de los medios los principios de electrónicos disponibles, conservación, la información completa y procedencia, integridad y actualizada sobre el disponibilidad. ejercicio de los recursos públicos y los indicadores Se dispone que los que permitan rendir sujetos obligados cuenta del publiquen a través de los cumplimiento de sus medios electrónicos objetivos y de los disponibles, la resultados obtenidos. información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. II. Organización y subsistencia del Sistema Nacional de Archivos. PRI-PVEM PAN PRD No contiene una previsión Se dispone que el No contiene previsión al al respecto. Congreso de la Unión respecto. tenga la facultad para expedir una ley general que establezca la organización y administración homogénea de los archivos en los órdenes federal, estatal, del Distrito Federal y municipal, así como para determinar las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos. 2
  • 3. III. Sujetos competencia del órgano garante federal: PRI-PVEM PAN PRD Tiene competencia para Agrega además de los Agrega además de los conocer de los asuntos Poderes Federales, a los Poderes Federales, a los relacionados con el tribunales órganos autónomos, acceso a la información administrativos, partidos políticos, pública y la protección de agrarios y laborales, fideicomisos y fondos datos personales de universidades e públicos, así como de cualquier autoridad, instituciones de cualquier persona física entidad, órgano u educación superior y o moral que reciba y organismo que forme demás organismos ejerza recursos parte de alguno de los constitucionales públicos o realice actos Poderes de la Unión. autónomos, partidos de autoridad en el políticos, fideicomisos ámbito federal. y fondos públicos, y de cualquier persona física, moral, organización de la sociedad civil y sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal IV. Principios que rigen la actuación del órgano garante. PRI-PVEM PAN PRD Certeza, legalidad, Agrega los de No indica principios. independencia, profesionalismo, imparcialidad, eficacia, celeridad y transparencia. objetividad y máxima publicidad V. Carácter de las resoluciones del órgano garante federal y posibilidad de impugnación. PRI-PVEM PAN PRD Se dice que lasSe dice que las Se dice que las resoluciones que dicte resoluciones que dicte resoluciones que dicte, serán vinculatorias,serán definitivas e serán definitivas e definitivas e inatacables. inatacables para los inatacables para la poderes, autoridades, autoridad, entidad, Recursos: órgano, organismo, órgano y organismos de Excepcionalmente, el personas o sujetos los Poderes Ejecutivo, Consejero jurídico del obligados, federales o Legislativo y judicial, 3
  • 4. Ejecutivo Federal, los locales según órganos autónomos, Presidentes de la Cámara corresponda. partidos políticos, de Senadores o la fideicomisos y fondos Cámara de Diputados, o Recursos: Se propone públicos, así como los titulares de los que sólo los particulares cualquier persona física o órganos constitucionales puedan impugnar sus moral que reciba y ejerza autónomos, podrán resoluciones mediante el recursos públicos o interponer recurso de juicio de amparo ante realice actos de autoridad revisión ante la Suprema las autoridades en el ámbito federal. Corte de Justicia de la jurisdiccionales Nación, cuando exista competentes. Recursos: Solo podrán una alta probabilidad de impugnar sus daño directo y resoluciones ante el trascendente a la Poder Judicial de la seguridad nacional. Federación, las personas que ejerzan su derecho de acceso a la información o de protección de datos personales. VI. Sistema de selección de los integrantes del órgano garante. PRI-PVEM PAN PRD Propone que sus Propone que sean Se propone que sus integrantes sean designados por las dos integrantes sean nombrados por el terceras partes de los electos por el voto de Ejecutivo Federal, miembros presentes de la las dos terceras partes dando derecho de Cámara de Senadores, o del total de los objeción al Senado, o en su caso, por la integrantes de la en su caso, a la Comisión Permanente, a Cámara de Senadores. Comisión Permanente propuesta de los grupos del Congreso de la parlamentarios con En su selección, debe Unión, hasta por dos afiliación de partido en la favorecerse la equidad ocasiones, pues en Cámara de Senadores, de género. caso de que el Senado previa realización de una o la Comisión amplia consulta a la Permanente objetaren sociedad, para recibir la la segunda propuesta opinión de del Ejecutivo, éste organizaciones no último haría la gubernamentales, designación de manera universidades, directa. instituciones académicas, centro de investigación, barras y asociaciones de profesionistas, y en general del públicos, sobre las propuestas realizadas. 4
  • 5. Los aspirantes deben comparecer en audiencia o entrevista pública ante el órgano legislativo y acreditar experiencia y conocimientos en la materia, debiendo ser designados en sesión pública del órgano legislativo. Se indica que se debe procurar que exista equidad de género en la conformación del órgano garante. VII. Tiempo de permanencia y remoción de los integrantes del órgano garante. PRI-PVEM PAN PRD Se propone que Se propone que Se propone que duren en permanezcan siete años, permanezcan en sus sus cargos siete años sin sin posibilidad de cargos nueve años, sin posibilidad de relección. relección. posibilidad de relección. Se dice que solo podrán No se especifican causas Se dice que solo podrán ser removidos de su de remoción. ser removidos de su encargo en términos del encargo en términos del Título Cuarto de la Título Cuarto de la CPEUM. CPEUM. VIII. Selección del Presidente y duración en el cargo. PRI-PVEM PAN PRD Será electo por los Será electo por los Será electo por el voto de propios comisionados, propios comisionados las dos terceras partes de mediante voto secreto por mediante voto secreto, los integrantes de la un periodo de tres años, por un periodo de tres Cámara de Senadores, sin posibilidad de años, con posibilidad de por un periodo de tres relección. ser relecto por un periodo años y seis meses, igual. pudiendo ser relecto por una sola vez. 5
  • 6. IX. Incompatibilidad de los integrantes del órgano garante para desempeñar cargos o empleos remunerados. PRI-PVEM PAN PRD No previene alguna Se dice que los Se dice que sus incompatibilidad. comisionados no podrán integrantes no podrán tener otro empleo, cargo tener ningún otro empleo, o comisión, con cargo o comisión, salvo excepción de aquellos en cargos no remunerados que actúen en en instituciones docentes, representación del científicas o de Consejo General y de los beneficencia. que desempeñen en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia no remuneradas. X. Requisitos para ser integrante del órgano garante federal. PRI-PVEM PAN PRD No indica requisitos. Señala que para ser No indica requisitos. comisionado se requiere ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, y cumplir con los requisitos establecidos en las fracciones II, IV, V y VI del artículo 95 de la CPEUM. Deben contar con título profesional de licenciatura en general y tener conocimientos en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales o cualquier materia afín. No haber desempeñado un cargo de elección popular federal, estatal o municipal, durante los últimos cinco años inmediatos a la fecha de su designación; no haber sido dirigente de un 6
  • 7. comité directivo, ejecutivo o equivalente de un partido político a nivel nacional, estatal o municipal, ni ministro de ningún culto religioso, durante los últimos cinco años inmediatos a la fecha de su designación; no tener antecedentes de una militancia activa o pública y notoria en algún partido político, cuando menos cinco años antes de su designación, y demás requisitos que prevea la Ley Federal. XI. Fuero constitucional de los integrantes del órgano garante. PRI-PVEM PAN PRD Se sugiere que para Se sugiere para proceder No contiene previsión al proceder penalmente en penalmente en contra de respecto. contra de los integrantes los integrantes del órgano del órgano garante garante federal, sea federal, sea requisito la requisito la declaración declaración de de procedencia prevista procedencia prevista en en el artículo 111 de la el artículo 111 de la CPEUM. CPEUM. De igual modo, se señala que para proceder penalmente por delitos federales contra los integrantes de los organismos a los que las Constituciones locales y el Estatutos de Gobierno del Distrito Federal les otorgue autonomía, será necesaria la declaración de procedencia prevista en el artículo 111 de la CPEUM, para el efecto de que tal determinación se comunique a las legislaturas locales, para que actúen como corresponda. 7
  • 8. XII. Rendición de informes por parte del presidente del órgano garante federal. PRI-PVEM PAN PRD Se dice que el presidente Se dice que el presidente Se dice que el presidente estará obligado a rendir deberá presentar deberá presentar un un informe anual ante el anualmente a los informe anual de Senado, en la fecha y Poderes de la Unión un actividades al Congreso términos que se informe de actividades. Al de la Unión, debiendo dispongan en la ley. efecto deberá comparecer ante las comparecer ante el Cámaras del Congreso Congreso en los términos en los términos que que disponga la ley. disponga la ley. XIII. Facultades de revisión del órgano garante federal. PRI-PVEM PAN PRD Se propone dotarlo de Se dice que conocerá y Se sugiere que el consejo facultades para que resolverá de las del órgano garante esté conozca de los recursos impugnaciones que facultado para revisar el que interpongan los presenten los particulares fondo de las resoluciones particulares respecto de en contra de las que emitan los órganos las decisiones de los resoluciones de los garantes de los estados y organismos organismos garantes de del Distrito Federal. especializados de los transparencia y acceso a estados y el Distrito la información pública de Federal, y para revisar los estados y del Distrito cualquier otra resolución Federal, siempre que la de esos organismos en resolución que se los términos que se impugne hubiera negado indiquen en la ley. total o parcialmente el acceso a la información solicitada por el particular. Al respecto se indica que no será necesario que el particular agote este medio de defensa para acudir al juicio de amparo. También conocerá de los recursos de revisión interpuestos por violación al derecho de acceso a la información pública por 8
  • 9. parte de los poderes, órganos, organismos, entidades, personas o sujetos obligados. En estos casos, el órgano garante debe interpretar las disposiciones aplicables, sujetándose a lo previsto en el artículo 1 de la CPUEM. Se contempla que el órgano garante, de oficio o a petición fundada del organismo garante equivalente del estado o del Distrito Federal, podrá conocer de los recursos de revisión que por su interés y trascendencia lo ameriten, atendiendo lo dispuesto en la ley reglamentaria. XIV. Excusas y recusaciones de los integrantes del órgano garante federal. PRI-PVEM PAN PRD No se contiene Se prevé que en la Ley No se contiene disposición alguna al Federal respectiva, se disposición alguna al respecto. contemplen los supuestos respecto. en los que los integrantes del órgano garante deban excusarse de conocer de algún asunto, así como el procedimiento por el que las partes puedan recusar a alguno de los comisionados. XV. Servicio profesional y consejo consultivo. PRI-PVEM PAN PRD No contiene previsión al Se dice que el órgano No contiene previsión al respecto. garante tendrá un respecto. consejo consultivo. Se indica que el la ley federal se determinarán 9
  • 10. las reglas de organización y funcionamiento de los órganos del instituto y sus relaciones de mando, pero que en todo caso dispondrá del personal calificado necesario para prestar un servicio especializado en la materia. El servicio profesional será la base del funcionamiento del órgano garante. XVI. Presupuesto del órgano garante. PRI-PVEM PAN PRD No contiene previsión al Se dice que el órgano No contiene previsión al respecto. garante elaborará su respecto. propio presupuesto de egresos, el cual remitirá al Ejecutivo Federal, para que este lo envíe con oportunidad a la Cámara de Diputados para su estudio, discusión, y en su caso, aprobación. Este proyecto no podrá ser modificado por el Ejecutivo Federal. XVII. Relaciones del órgano garante con otros poderes y órganos. PRI-PVEM PAN PRD Se señala que el órgano Se dice que el órgano No contiene previsión al garante coordinará sus garante, en la esfera de respecto. acciones con la entidad su competencia, de Fiscalización Superior mantendrá con los de la Federación, con la gobiernos federal, estatal entidad especializada en y municipal, y con los materia de archivos, y demás organismos con el organismo públicos autónomos, una encargado de regular la relación de respeto y de captación, procesamiento colaboración mutua para 10
  • 11. y publicación de la el desarrollo democrático información estadística y de las funciones del geográfica, con el objeto Estado Federal. Para el de fortalecer la rendición desempeño de sus de cuentas del Estado funciones, el órgano Mexicano. garante contará con el apoyo, auxilio y Se contempla que toda colaboración de las autoridad y servidor autoridades federales, públicos estará obligado estatales y municipales y a prestar ayuda al de los organismos organismo garante y a públicos autónomos. sus representantes para el buen desempeño de Se contempla que el sus funciones. órgano garante federal, podrá conformar con los organismos garantes de los estados y del Distrito Federal, instancias de cooperación, colaboración, promoción y difusión que estimen oportunos, para la debida promoción y protección del derecho a la información pública. Se prevé además, que el órgano garante pueda celebrar convenios y acuerdos con entidades públicas y privadas que tengan como objeto fortalecer la cultura de la transparencia, el ejercicio del derecho a la información pública y de protección de datos personales. DIVERGENCIAS EN TRANSITORIOS XVIII. Permanencia en el cargo de los actuales comisionados del IFAI. PRI-PVEM PAN PRD Se dispone que los Se dispone que los Se dispone que la actuales comisionados actuales comisionados designación de los del IFAI permanezcan en del IFAI permanezcan en integrantes del órgano 11
  • 12. sus cargos hasta la sus cargos hasta la garante federal, deberán conclusión de su conclusión de su ser designados dentro de mandato. mandato. los sesenta días naturales a la entrada en vigor de la ley federal respectiva. Se indica que en ese proceso los comisionados en funciones del IFAI podrán participar en la convocatoria que se emita. XIX. Designación de los primeros integrantes del órgano garante federal. PRI-PVEM PAN PRD Se dispone que la Se dispone que la Se dispone que la designación de los dos designación de los dos designación de los nuevos comisionados del nuevos comisionados del consejeros integrantes órgano garante, se haga órgano garante, se haga del órgano garante se a más tardar dentro de a más tardar dentro de realice dentro de los 60 los 90 días después de la los 90 días después de la días naturales siguientes entrada en vigor del entrada en vigor del a la entrada en vigor del decreto. decreto. decreto. XX. Expedición de las leyes necesarias respectivas. PRI-PVEM PAN PRD Se dispone que se realice Se dispone que se realice Se dispone que por en un año contado a en un año contado a cuanto hace a las leyes partir de la entrada en partir de la entrada en generales en materia de vigor del decreto. vigor del decreto. acceso a la información y protección de datos Se exceptúa de lo personales, se emitan anterior, las dentro de los seis meses adecuaciones a la Ley siguientes a la entrada en Federal en materia de vigor del decreto. acceso a la Información Pública y de protección Las demás de datos personales, la adecuaciones, se prevé que deberá ser expedida que se realicen en un por el Congreso de la plazo no mayor a un año Unión en un plazo contado a partir de la máximo de seis meses entrada en vigor del contados a partir de la decreto. entrada en vigor del decreto. 12
  • 13. Se ordena que las legislaturas de los Estados y la Asamblea legislativa del Distrito Federal, adecuen su marco normativo en un plazo de seis meses. XXI. Creación del Fondo Federal de Aportaciones para la Transparencia. PRI-PVEM PAN PRD No contiene disposición Se dispone que la No contiene disposición al respecto. Federación cree el Fondo al respecto. Federal de Aportaciones para la Transparencia (APORTA), a través del cual se transfieran recursos a los organismos garantes en los términos de las disposiciones aplicables. La determinación de los montos se distribuirá entre las entidades federativas atendiendo al número de habitantes, la participación de la sociedad y la extensión territorial. Estos recursos solo podrán aplicarse para actividades de vigilancia, evaluación del desempeño de los sujetos obligados, así como en la difusión y promoción del derecho de acceso a la información y la cultura de la transparencia y protección de datos personales. 13
  • 14. XXII. Creación de un fondo para asegurar la autonomía presupuestaria de los órganos garantes locales. PRI-PVEM PAN PRD No se contiene previsión Se indica que el No se contiene previsión alguna al respecto. Congreso de la Unión, las alguna al respecto. legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, deberán destinar los recursos necesarios para asegurar la autonomía presupuestal de los órganos garantes de acceso a la información y protección de datos personales respectivos. XXIII. Situación de los recursos humanos, financieros y materiales del IFAI. PRI-PVEM PAN PRD No contiene previsión al Se dispone que a la No contiene previsión al respecto. entrada en vigor del respecto. decreto, los recursos financieros y materiales, así como los trabajadores adscritos al IFAI como órgano descentralizado, se transfieran al organismo público autónomo. Los trabajadores que pasen a formar parte del nuevo organismo se seguirán rigiendo por el apartado B del artículo 123 de la CPEUM y de ninguna manera ser verán afectados en sus derechos laborales y de seguridad social. 14