Este documento describe una Acción de Incumplimiento presentada ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina contra Ecuador. La Secretaría General de la CAN demandó a Ecuador por incumplir artículos del Tratado de Creación del Tribunal y Decisiones relacionadas con el desmonte de aranceles en subpartidas. El Tribunal declaró que Ecuador incumplió y la condenó a pagar los costos del proceso.
2. Tiene por fin velar por el cumplimiento de
las normas comunitarias y sancionar las
conductas de los países miembros
tendientes a quebrantar el ordenamiento
jurídico andino.
Consagrada en los artículos 23 al 31 del
Tratado de Creación del Tribunal de Justicia
de la Comunidad Andina.
Es de naturaleza contenciosa y la sentencia
que en ella se origina impone el
cumplimiento de una prestación de hacer o
de no hacer.
Por ser una herramienta procesal
transnacional posibilita a un particular o
país miembro de obtener pronunciamientos
o sentencias sancionatorias del Tribunal de
Justicia Andino, órgano judicial encargado
de dirimir los conflictos que se originan del
incumplimiento del derecho comunitario.
ACCIÓN DE
INCUMPLIMIENTO
4. ANTECEDENTES
El 6 de
septiembre de
1999 la
Secretaría
General emitió
la Nota de
Observaciones
SG/F/2.1/2212/
1999
Vencido el
plazo sin
contestación
alguna, la
SGCA el
5/10/1999
expidió el
Dictamen de
Incumplimient
o 43-99
El 3 de marzo
del 2000 la
Secretaría
General
emitió la Nota
de
Observacione
s SG-
F/2.1/500/200
0
No habiendo
dado respuesta
alguna el
Gobierno del
Ecuador, la
Secretaría
General expidió
el Dictamen de
incumplimiento
21-2000
5. Demanda: Con la acción la SGCA pretende
que el TJCA respecto del desmonte de 20%
y 40% de las subpartidas (anexo 4 Decisión
370)…
Contestación: se fundamente en el hecho
de que Bolivia y Ecuador gozan en
materia de Arancel externo Común de un
tratamiento preferencial y crisis
económica.
6. CONSIDERACIONES SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DEMANDADO
31 de julio de 1999 fue
el plazo definitivo para
que la República del
Ecuador trasladara el
20% de las
subpartidas
31 de enero del 2000
fue el último plazo
para que dicho País
Miembro traslade el
40% adicional
PLAZOS
7. DECISIÓN
Declaró el incumplimiento
por parte de la República
del Ecuador
Condena a la demandada
al pago de las costas
causadas con ocasión de
la presente acción de
incumplimiento.