3. GENERAL.- Al punto de origen de la norma objetiva.
EN EL DERECHO COMERCIAL.-
1.- practicas consuetudinarias, no mencionada por
legislador.
a) Ley Mercantil.- mas importantes es Código de Comercio y la Ley G-
S. N° 26887
b) Legislación Civil.- aparece como excepción del D° civil, luego D°
especial autónomo.
c) Los usos y costumbres Mercantiles.- históricamente ocupa el
1er lugar entre las fuentes del D° mercantil.
d) Equidad.- se encarga al juez que recurra a ella.
e) La jurisprudencia.- la jurisdicción estaba en manos de los
comerciantes quienes al resolver las cuestiones que en ella se
sometían
f) La Doctrina mercantilista.- la extranjera es de mucho valor para 3
4. Acto mediante el cual se realizan operaciones licitas de
compra y venta, considerada en la legislación comercial,
esto actos se efectúan a titulo oneroso, tiene propósitos
de lucro.
CLASIFICACION DEL COMERCIO.
• Local.- actividad comercial dentro de localidad o pueblo.
Puno
• Regional.- abarca una región varios pueblos o localidad,
costa
• Interno o nacional.- actividad comercial en un país,
Perú
• Internacional.- con intervención de otros países 4
5. MARCO DE DESENVOLVIMIENTO DE LA EMPRESA
5.1 COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR.-
(INDECOPI), función: brindar tutela efectiva a los
consumidores , y sancionar al proveedor de bienes y servicios
que afecten D° conforme al D. Leg. 716 (ley de protección al
consumidor Art. 14).- Servicio de Teléfono.-
5.2 COMISION DE REPRESENTACION DE LA
COMPETENCIA DESLEAL.
- creación.- Ley 255868 , 18-11-1992 Ley de org. Y func. De
INDECOPI, modif. D.Leg.788 y 807.
- funciones- represión de la competencia desleal
- fines.- proteger sistema competitivo
- denuncias.- sanciona publicidad engañosa ,falsa
- procedimientos.- pueden iniciarse de oficio o a pedido de
parte. 5
7. LOS COMERCIANTES SON:
1.- Que teniendo capacidad legal para ejercer el
comercio, se dedican a el.
2.- las compañías comerciales o industriales que se
constituyeren con arreglo a este código.
PRESUNCION LEGAL DE EJERCICIO DEL
COMERCIO.-
Existirá la presunción legal del ejercicio habitual de
comercio, desde que se anuncia por circulares,
periódicos, carteles rótulos expuestos al publico o 7
8. IMPEDIMENTOS PARA EJECER EL COMERCIO
1.- Los sentenciados a pena de interdicción civil,
mientras no hayan cumplido sus condenas o sido
amnistiado, indultados
2.- los declarados en quiebra, mientras no hayan
obtenido rehabilitación
3.- los que por leyes y resoluciones especiales, no
puedan comerciar.
8
9. INCOMPATIBILIDADES PARA EJERCER EL
COMERCIO
1.-los magistrados, jueces, fiscal en servicio activo
(No se aplica a jueces de paz)
2.- jefes políticos o militares e departamentos,
provincias, o plazas.
3.- los empleados en recaudación y administración
de fondos del estado.
4.- los agentes de cambio y corredores de comercio
5.- los que por ley y disposiciones espéciales no
pueden comerciar en determinado territorio. 9
10. COMERCIANTES EXTRANJEROS
Podrán ejercer el comercio en Perú: con
sujeción a leyes de su país, a las
disposiciones del código de comercio, en
todo cuanto concierna a la creación de
sus establecimientos dentro del
territorio peruano.
10
11. REGISTRO MERCANTIL
Se abrirá en todas las capitales de departamento y
provincias litorales, un registro mercantil
compuesto de 2 libros independientes, en que se
inscribirán:
1.- los comerciantes particulares
2.- las sociedades.
INSCRIPCION POTESTATIVA Y OBLIGATORIA.-
es potestativa para comerciantes particulares,
obligatoria para las sociedades, que se
constituyan con arreglo al código de comercio, o a11
12. FORMALIDADES
el registrador llevara los libros necesario para la
inscripción, sellados, foliados, y con nota expresiva en
el primer folio de los que cada libro contenga firmada
por el juez de primera instancia.
ORDEN DE ANOTACION
El registrador anotara en orden cronológico en la
matricula e índice general
CONTENIDO DE LA HOJA DE INSCRIPCION
1)
2)
3)
12
13. INSCRIPCION DE ACTOS DE AUMENTO O
DISMINUCION DE CAPITAL
Se inscribirán en el registro todos los
acuerdos o actos que produzcan
aumento o disminución del capital
de las compañías mercantiles
cualquiera sea su denominación.
13
14. LOS LIBROS DE CONTABILIDAD EN EL COMERCIO
1.-LIBROS OBLIGATORIOS.-
a) Un libro de inventarios y balances
b) Un libro diario
c) Un libro mayor
d) Un copiador o copiadores de cartas y telegramas
e) Los demás libros que ordene las leyes especiales.
2.- LIBROS POTESTATIVOS.-
Los libros que consideren convenientes según el
sistema de contabilidad que adopten. Estos no
están dispuesto en el Art. 36. 14
15. LIBRO DE ACTAS
Que llevara cada sociedad se consignara los
acuerdos que tomen en sus juntas, o en la de sus
administradores. Expresando la fecha,
autorizándose con la firma de los gerentes,
directores o administradores que estén en
cargados de la gestión de la sociedad, o que
determine los estatutos.
CUIDADO DE LOS LIBROS
Se debe llevar los libros con claridad, por orden de
fechas, sin blancos, interpolaciones, raspaduras 15
17. 17
En terminos generales esta vigente
desde el 1° de enero de 1998, tiene
por finalidad regular la
constitución, funcionamiento,
reorganización, disolución,
liquidación y extinción, de todas
las Sociedades de Derecho
18. ANTECEDENTES.
a) Sociedades Civiles, reguladas por el C.C. de
1936
b) Sociedades comerciales: ley de sociedades
mercantiles Ley N° 16123 (1966)
c) Nueva Ley general de sociedades (Ley N°
26887)
CONCEPTO DE SOCIEDAD MERCANTIL
Reunión de dos o mas personas que conviene en
aportar bienes o servicios con el fin de ejecutar
en común una actividad económica y repartirse 18
19. ELEMENTOS DE LA SOCIEDAD
a) La capacidad.- aptitud para actuar o la
capacidad de ejercicio
b) El consentimiento.- requisito esencial para la
existencia de pacto social (escrito y libre de vicio)
c) La intención de asociarse.- o “Animus
Societatis”, voluntad de contrayentes e unirse con
el propósito de constituir sociedad
d) La pluralidad.- elemento esencial para que
nazca sociedad, con la participación de dos o mas
personas (naturales o jurídicas)
19
20. 20
Tipos Societarios en la Ley
a) Sociedades
Civiles
b) Sociedades
Mercantiles
- Sociedad Civil Ordinaria
- Sociedad Civil de Resp. Limitada
- Sociedad Anónima - Art. 51º y 52º
- Sociedad Comercial de Resp. Ltda – Art. 283º
- Sociedad Colectiva – Art. 265
- Sociedad en Comandita Simple – Art. 281º
- Sociedad en Comandita x Acciones – Art. 282º
Art. 295º
21. 21
Criterios de Clasificación de las
Sociedades
a) Por su naturaleza
b) Por la responsabilidad
- Sociedades de personas
- Sociedades de capitales
- Sociedades de Resp. Limitada
- Sociedades de Resp. Ilimitada
22. 22
Perfiles de las Sociedades
a) Sociedades como Personas Jurídicas
b) Sociedades como Empresas
c) Sociedades como Contrato
23. 23
Requisitos del Pacto Social
1.- Requisitos Generales - Art. 140 C.Civil
2.- Requisitos Particulares o Propios :
- Aportes
- Animo Societario
- Beneficio Económico
- Personalidad Jurídica
24. 24
Características Especiales del Pacto Social
1.- Plurilateralidad
2.- De Organización
3.- De Tipo Asociativo
4.- De Prestaciones concurrentes y autónomas
5.- De Intereses coincidentes
SOCIEDAD
A
B
C D
E
25. 25
Elementos de una Definición
de Sociedad
- Asociación Voluntaria de Personas
- Patrimonio Social - Aportes al
Capital Social
- Actividad Económica
- Distribución de Utilidades
27. 27
Pacto Social
1.- Datos de los fundadores
2.- Manifestación de la voluntad
3.- Monto del Capital Social
4.- Forma de pago del capital
5.- Primeros administradores
6.- Estatuto Social
28. 28
CONTENIDO DEL ESTATUTO (Caso De La S.A.)
1.- Denominación o Razón Social - Art. 9
2.- Objeto Social- Actos Ultra Vires - Arts. 11 y 12
3.- Domicilio - Arts. 20 y 21
4.- Plazo de Duración - Art. 19
5.- Monto del Capital Social
6.- Órganos Sociales
7.- Requisitos para la modificación del pacto social y/o el
estatuto
8.- Normas sobre la gestión social
9.- Normas para la distribución de utilidades
10.- Régimen de disolución y liquidación
OTROS
a) Pactos Lícitos
b) Convenios
29. 29
Los Convenios (Art. 8) y su Obligatoriedad
TIPOS :
I) Convenios entre
Accionistas :
II) Convenios entre
Accionistas y
Terceros :
a) Convenios que obran en el Estatuto (obligan
a todos los accionistas)
b) Convenios que no obran en el Estatuto
(obligan únicamente a sus accionistas
suscriptores - Sindicatos de Grupos de
Accionistas)
- De Voto
- De Bloqueo
- Mixtos
a) Convenios suscritos por todos los
accionistas de la Sociedad con
terceros.
b) Convenios que obligan únicamente a
grupos de accionistas frente a terceros.
Mando
Defensa
30. 30
Domicilio Social
Es el lugar señalado en el Estatuto donde desarrolla su
actividad principal, o donde instala su administración.
Los efectos que se derivan de sus fijación son :
1.- Debe inscribirse la Sociedad, en el Registro Público
del domicilio social.
2.- En el domicilio fijado, se deben hacer todas las
publicaciones.
3.- En el domicilio, deben sesionar los órganos
sociales, salvo autorización distinta.
4.- El domicilio determina la competencia de los jueces.
31. 31
Capital Social - Principios
Ordenadores
• Determinación
• Integridad
• Desembolso mínimo
• Estabilidad
• Realidad
Capital suscrito
Capital pagado
32. 32
Capital Social - Funciones
1.- Suma de los aportes.
2.- Base para la división y representación de las
acciones.
3.- Garantía frente a terceros.
4.- Referente para contrastar con el patrimonio
neto.
5.- Referente para una valorización de la
sociedad.
33. 33
Aportes
A) Modalidades:
- En propiedad
- En uso
- En usufructo (Art. 999º C.C.)
B) Clases:
- Bienes
- Servicios*
•(Sólo Soc. Colectivas y Civiles / No Soc. de Capitales- Art 51º).
Dinerarios
No Dinerarios
Bienes Muebles
Bienes Inmuebles
Derechos
Valores
34. 34
Nombramientos, Poderes, Inscripciones
(Art. 14)
•Designación, aceptación e inscripción
•Otorgamiento de poderes, revocación,
renuncia, sustitución
• Lugar donde se inscriben
•No se requiere inscripciones
adicionales
• Facultades del Gerente - Ley 26539
35. 35
Establece que Gerente o Administrador de sociedades mercantiles
o civiles, goza de las facultades generales y especiales de
representación procesal por el solo mérito de su nombramiento
(10OCT1995)
Artículo 1o. El Gerente o Administrador, según el caso, de sociedades
mercantiles o civiles, goza de las facultades generales y especiales de
representación procesal señalada en los Artí. 74o. y 75o. Del D.
Legis. No. 768, Código Procesal Civil, por el solo mérito de su
nombramiento; salvo estipulación estatutaria en contrario o limitación
impuesta mediante acuerdo en Junta General de Accionistas o Socios.
Artículo 2o. Para ejercer la representación procesal señalada en el
Art. Primero, bastará la presentación de copia notarialmente
certificada del documento donde conste el nombramiento debidamente
inscrito, conforme a los dispositivos legales vigentes.
Artículo 3o. Entiéndase que para efectos de lo dispuesto por la
presente ley, se cumple con las formalidades previstas en el último
párrafo del Art. 75 del D. Legis. No. 768, Código Procesal Civil.
36. a)Principio de proporcionalidad o prorrateo.
b) Sin embargo, el Pacto Social o Estatuto,
pueden establecer una distribución distinta a
las proporciones en el capital
c) Prohibición de pactos de exclusión (Pactos
Leoninos)
36
37. 37
Distribución de Utilidades (Art. 40°)
Base
- Luego del cierre del ejercicio económico anual
- Tratándose de Sociedades Anónimas
(Dividendos a cuenta), en circunstancias
especiales con un balance de situación a una
fecha determinada.
a) Contabilidad Completa
b) Estados Financieros Veraces y debidamente
sustentados.
38. 38
Destinos de la Utilidad (Caso de las S.A.)
I.- Imperativos
1.- Compensación de pérdidas de
ejercicios anteriores
2.- Impuesto a la Renta
3.- Reserva Legal (Art. 229)
4.- Beneficios a los Fundadores
(cuando existan en el Estatuto)
II.- Opcionales
1.- Mantener las utilidades retenidas
2.- Constituir Reservas voluntarias
3.- Capitalizar la utilidad
4.- Distribución como dividendos.
Ver caso de distribución obligatoria .(Art.
231)
5.- Combinaciones
39. 39
Nulidad del Pacto Social
• Supuesto Básico : Ya nació la Sociedad
• Causales : Art. 33
• Subsanación : Art. 34
• Caducidad : Art. 35
• Efectos de la sentencia : Art. 36
• Terceros de Buena Fé : Art. 37
40. Quinto Control de Lecturas
Profesor: Crispin Condori Ortiz
Apellidos y
Nombres:.........................................
Aula y
Turno......................................................
1.- Explique una vez inscrita la sociedad en que
casos puede ser declarada la nulidad del pacto
social.
2.- Explique en que tipo de proceso se tramita
nulidad, contra quien y en que plazo caduca
dicha acción.
3.- Explique consecuencias de sentencia de nulidad 40
41. 41
Nulidad De Acuerdos Societarios
• Causales - Art. 38
• Caducidad : 02 años, plazo especial - Art. 150
• Caso de la Sociedad Anónima - Art. 150
• Legitimación, proceso y caducidad
(c/persona con legitimo interes – conoc.- 1 año)
42. – Contratos preparatorios (Art. 41)
– Correspondencia social (Art. 42)
– Publicaciones. Incumplimiento (Art. 43 y 44)
– Plazos y Caducidad (Art. 45 y 49)
– Copias certificadas (Art. 46)
– Arbitraje y Conciliación (Art. 48)
42
43. 43
SOCIEDAD COLECTIVASOCIEDAD COLECTIVA
Personal, solidaria, e ifimitadamente por las obligaciones sociales. Todo
pacto en contrario no produce efectos contra Terceros.
Personal, solidaria, e ifimitadamente por las obligaciones sociales. Todo
pacto en contrario no produce efectos contra Terceros.
LOS SOCIOS SON RESPONSABLES.LOS SOCIOS SON RESPONSABLES.
Es el nombre alguno o de todos los socios seguidos de “Sociedad
Colectiva”
Es el nombre alguno o de todos los socios seguidos de “Sociedad
Colectiva”
RAZON SOCIAL.RAZON SOCIAL.
Corresponde ejercerla, separadamente a cada uno de los socios, si el
pacto social no dispone otra cosa.
Corresponde ejercerla, separadamente a cada uno de los socios, si el
pacto social no dispone otra cosa.
ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN.
44. 44
SOCIEDAD COLECTIVASOCIEDAD COLECTIVA
El socio requerido del pago de deudas de la sociedad, puede oponer la
excusión del patrimonio social e indicar los bienes con que el acreedor
puede hacerse pago.
El socio requerido del pago de deudas de la sociedad, puede oponer la
excusión del patrimonio social e indicar los bienes con que el acreedor
puede hacerse pago.
BENEFICIOS DE EXCUSIÓN.BENEFICIOS DE EXCUSIÓN.
Esta representado en “participaciones”. No tiene acciones.Esta representado en “participaciones”. No tiene acciones.
EL CAPITAL.EL CAPITAL.
Éste continua siendo responsable ante terceros por las obligaciones
sociales hasta el día que concluye su relación con la sociedad.
Éste continua siendo responsable ante terceros por las obligaciones
sociales hasta el día que concluye su relación con la sociedad.
SEPARACIÓN, EXCUSIÓN O MUERTE DE SOCIO.SEPARACIÓN, EXCUSIÓN O MUERTE DE SOCIO.
46. 46
SOCIEDAD ENSOCIEDAD EN
COMANDITA SIMPLECOMANDITA SIMPLE
Responden sólo hasta la parte que se han comprometido.Responden sólo hasta la parte que se han comprometido.
SOCIOS COLECTIVOS.SOCIOS COLECTIVOS.
Responden sólo hasta la parte que se han comprometido a aportar.Responden sólo hasta la parte que se han comprometido a aportar.
SOCIOS COMANDITARIOS.SOCIOS COMANDITARIOS.
Es el nombre de algunos o de todos los socios colectivos, seguido de
“Sociedad en Comandita” o sus siglas S. en C.
Es el nombre de algunos o de todos los socios colectivos, seguido de
“Sociedad en Comandita” o sus siglas S. en C.
RAZÓN SOCIAL.RAZÓN SOCIAL.
47. 47
SOCIEDAD ENSOCIEDAD EN
COMANDITA SIMPLECOMANDITA SIMPLE
Los socios colectivos administran la sociedad, salvo pacto en contrario.Los socios colectivos administran la sociedad, salvo pacto en contrario.
ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN.
Esta representado en “participaciones”. En el pacto social debe señalarse
su cuantía y la forma en que se encuentra dividido entre los socios.
Esta representado en “participaciones”. En el pacto social debe señalarse
su cuantía y la forma en que se encuentra dividido entre los socios.
CAPITAL.CAPITAL.
De socios colectivos se requiere acuerdo unánime de estos y mayoría
absoluta de los comanditarios.
De socios colectivos se requiere acuerdo unánime de estos y mayoría
absoluta de los comanditarios.
CESIÓN DE LAS PARTICIPACIONES.CESIÓN DE LAS PARTICIPACIONES.
49. 49
SOCIEDAD ENSOCIEDAD EN
COMANDITA POR ACCIONESCOMANDITA POR ACCIONES
Responden personal, solidaria e ilimitadamente por las obligaciones
sociales.
Responden personal, solidaria e ilimitadamente por las obligaciones
sociales.
SOCIOS COLECTIVOS.SOCIOS COLECTIVOS.
Responden sólo hasta la parte que se han comprometido a aportar.Responden sólo hasta la parte que se han comprometido a aportar.
SOCIOS COMANDITARIOS.SOCIOS COMANDITARIOS.
Es el nombre de algunos o de todos los socios colectivos, seguido de
“Sociedad en Comandita por Acciones ” o su sigla S. en C por A.
Es el nombre de algunos o de todos los socios colectivos, seguido de
“Sociedad en Comandita por Acciones ” o su sigla S. en C por A.
RAZÓN SOCIAL.RAZÓN SOCIAL.
50. 50
SOCIEDAD ENSOCIEDAD EN
COMANDITA POR ACCIONESCOMANDITA POR ACCIONES
La ejercen los socios colectivos que estan sujetos a las obligaciones y
responsabilidades de los directores en las sociedades Anónimas (art.
282, inciso 2°).
La ejercen los socios colectivos que estan sujetos a las obligaciones y
responsabilidades de los directores en las sociedades Anónimas (art.
282, inciso 2°).
ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN.
Esta representado en acciones nominativas. (Las acciones al portador
fueron derogadas por D.S. 287–68–HC).
Esta representado en acciones nominativas. (Las acciones al portador
fueron derogadas por D.S. 287–68–HC).
CAPITAL.CAPITAL.
Se aplican las disposiciones para la sociedad anónima, siempre que sean
compatibles.
Se aplican las disposiciones para la sociedad anónima, siempre que sean
compatibles.
RÉGIMEN.RÉGIMEN.
52. 52
SOCIEDAD COMERCIALSOCIEDAD COMERCIAL
DE RESPONSABILIDADDE RESPONSABILIDAD Ltda
No pueden exceder de 20 y no responden personalmente por las
obligaciones sociales.
No pueden exceder de 20 y no responden personalmente por las
obligaciones sociales.
SOCIOS.SOCIOS.
Tiene denominación, seguida de “Sociedad Comercial de
Responsabilidad Limitada” o su abreviatura S.R.L.
Tiene denominación, seguida de “Sociedad Comercial de
Responsabilidad Limitada” o su abreviatura S.R.L.
RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN.RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN.
Esta encargada a uno a o más gerentes quienes son sus representantes.
Pueden ser separados del cargo por acuerdo de la mayoría simple del
Capital.
Esta encargada a uno a o más gerentes quienes son sus representantes.
Pueden ser separados del cargo por acuerdo de la mayoría simple del
Capital.
ADMINISTRACIÓNADMINISTRACIÓN
53. 53
SOCIEDAD COMERCIALSOCIEDAD COMERCIAL
DE RESPONSABILIDADDE RESPONSABILIDAD Ltda
Al tiempo de constituirse debe estar pagado al menos el 25% de cada
participación. Esta dividido en “participaciones” iguales, acumulables e
indivisibles. No tiene acciones.
Al tiempo de constituirse debe estar pagado al menos el 25% de cada
participación. Esta dividido en “participaciones” iguales, acumulables e
indivisibles. No tiene acciones.
CAPITAL.CAPITAL.
Los socios gozan de este derecho cuando uno o varios quieran transferir
sus participaciones (ver art. 291)
Los socios gozan de este derecho cuando uno o varios quieran transferir
sus participaciones (ver art. 291)
DERECHO DE PREFERENCIA.DERECHO DE PREFERENCIA.
Que infrinjan el estatuto, cometan actos dolosos o se dediquen a
negocios de la competencia.
Que infrinjan el estatuto, cometan actos dolosos o se dediquen a
negocios de la competencia.
EXCLUSIÓN Y SEPARACIÓN DE LOS SOCIOSEXCLUSIÓN Y SEPARACIÓN DE LOS SOCIOS
54. 54
La Sociedad CivilLa Sociedad Civil se constituye para un finse constituye para un fin
económico que se realiza mediante el ejercicio de unaeconómico que se realiza mediante el ejercicio de una
Profesión, pericia u oficio por alguno o todos losProfesión, pericia u oficio por alguno o todos los
socios.socios.
La Sociedad CivilLa Sociedad Civil se constituye para un finse constituye para un fin
económico que se realiza mediante el ejercicio de unaeconómico que se realiza mediante el ejercicio de una
Profesión, pericia u oficio por alguno o todos losProfesión, pericia u oficio por alguno o todos los
socios.socios.
55. 55
SOCIEDAD CIVIL ORDINARIASOCIEDAD CIVIL ORDINARIA
Responden personalmente y en forma subsidiaria, con beneficio de
excusión, por las obligaciones sociales en proporción a sus aportes;
salvo pacto distinto..
Responden personalmente y en forma subsidiaria, con beneficio de
excusión, por las obligaciones sociales en proporción a sus aportes;
salvo pacto distinto..
SOCIOS.SOCIOS.
Se integra con el nombre de uno o mas socios o su abreviatura S. Civil o
la indicación Sociedad Civil.
Se integra con el nombre de uno o mas socios o su abreviatura S. Civil o
la indicación Sociedad Civil.
RAZÓN SOCIAL.RAZÓN SOCIAL.
Es la responsabilidad o acción que suple o robustece a otra principal. El
socio responde en forma supletoria, despues que el acreedor hay
agotado la cobranza a la sociedad, sin resultado positivo.
Es la responsabilidad o acción que suple o robustece a otra principal. El
socio responde en forma supletoria, despues que el acreedor hay
agotado la cobranza a la sociedad, sin resultado positivo.
SUBSIDIARIEDAD.SUBSIDIARIEDAD.
56. 56
SOCIEDAD CIVIL ORDINARIASOCIEDAD CIVIL ORDINARIA
Esta encargada a uno o varios socios y solo puede ser revocada por
causa justificada (ver art. 299). Debe llevar los libros de actas y contables
que la ley establece para las sociedades mercantiles.
Esta encargada a uno o varios socios y solo puede ser revocada por
causa justificada (ver art. 299). Debe llevar los libros de actas y contables
que la ley establece para las sociedades mercantiles.
ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN.
Esta representado en participaciones que no pueden ser incorporadas en
títulos valores, ni denominarse acciones. Se transfieren mediante
escritura pública y se inscribe en el Registro.
Esta representado en participaciones que no pueden ser incorporadas en
títulos valores, ni denominarse acciones. Se transfieren mediante
escritura pública y se inscribe en el Registro.
CAPITAL.CAPITAL.
Ningún socio puede transmitir a otra persona las participaciones en la
sociedad, sin consentimiento de los demas.
Ningún socio puede transmitir a otra persona las participaciones en la
sociedad, sin consentimiento de los demas.
RESTRICCIÓN.RESTRICCIÓN.
57. 57
La Sociedad CivilLa Sociedad Civil se constituye para un finse constituye para un fin
económico que se realiza mediante el ejercicioeconómico que se realiza mediante el ejercicio
personal de una Profesión, arte, pericia u oficio porpersonal de una Profesión, arte, pericia u oficio por
alguno o todos los socios.alguno o todos los socios.
La Sociedad CivilLa Sociedad Civil se constituye para un finse constituye para un fin
económico que se realiza mediante el ejercicioeconómico que se realiza mediante el ejercicio
personal de una Profesión, arte, pericia u oficio porpersonal de una Profesión, arte, pericia u oficio por
alguno o todos los socios.alguno o todos los socios.
58. 58
No pueden exceder de 30. No responden personalmente por las
deudas sociales. Su responsabilidad está limitada a la cuantía de
los aportes.
No pueden exceder de 30. No responden personalmente por las
deudas sociales. Su responsabilidad está limitada a la cuantía de
los aportes.
SOCIEDAD CIVIL DESOCIEDAD CIVIL DE
RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD
SOCIOS.SOCIOS.
Debe estar pagado integramente al tiempo de la celebracion del Pacto
Social.
Debe estar pagado integramente al tiempo de la celebracion del Pacto
Social.
CAPITAL.CAPITAL.
Es el nombre de uno o mas socios, seguido de “Sociedad Civil de
Responsabilidad Limitada” o su abreviatura S. Civil de R.L.
Es el nombre de uno o mas socios, seguido de “Sociedad Civil de
Responsabilidad Limitada” o su abreviatura S. Civil de R.L.
RAZÓN SOCIAL.RAZÓN SOCIAL.
59. 59
Está encargada a uno o varios socios y solo puede ser revocada por
causa justificada (ver art. 299). Debe llevar los libros de actas y
contables que la Ley exige para las sociedades Mercantiles.
Está encargada a uno o varios socios y solo puede ser revocada por
causa justificada (ver art. 299). Debe llevar los libros de actas y
contables que la Ley exige para las sociedades Mercantiles.
SOCIEDAD CIVIL DESOCIEDAD CIVIL DE
RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD
ADMINISTRACIÓN.ADMINISTRACIÓN.
Ningún socio puede transmitir a otra persona sus participaciones en la
sociedad, sin consentimiento de los demás.
Ningún socio puede transmitir a otra persona sus participaciones en la
sociedad, sin consentimiento de los demás.
RESTRICCIÓN.RESTRICCIÓN.
Su capital está representado en participaciones , que consten en
escritura pública, se transfieren mediante escritura y se inscribe en el
Registro. No tiene acciones.
Su capital está representado en participaciones , que consten en
escritura pública, se transfieren mediante escritura y se inscribe en el
Registro. No tiene acciones.
PARTICIPACIONESPARTICIPACIONES
61. 61
Que la informa responde a grupo familiar o amical; no quieren
extraños.
Que la informa responde a grupo familiar o amical; no quieren
extraños.
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADASOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
LA FILOSOFÍA.LA FILOSOFÍA.
No tiene mas de 20 accionistas y no tiene acciones inscritas en el
Registro Público del Mercado de Valores.
No tiene mas de 20 accionistas y no tiene acciones inscritas en el
Registro Público del Mercado de Valores.
REQUISITOS.REQUISITOS.
Debe incluir la indicación “Sociedad Anónima Cerrada” o las siglas S.A.C.Debe incluir la indicación “Sociedad Anónima Cerrada” o las siglas S.A.C.
DENOMINACIÓNDENOMINACIÓN
El accionista que quiere vender debe seguir el procedimiento indicado en
el art. 237 y sgtes.
El accionista que quiere vender debe seguir el procedimiento indicado en
el art. 237 y sgtes.
DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTEDERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE
62. 62
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADASOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Cuando la sociedad pretende limitar la libre transmisibilidad de las
acciones o el derecho de adquisición preferente (art. 244).
Cuando la sociedad pretende limitar la libre transmisibilidad de las
acciones o el derecho de adquisición preferente (art. 244).
DERECHO DE SEPARACIÓN.DERECHO DE SEPARACIÓN.
Significa que la voluntad social puede expresarse por medios eletrónicos
u otra forma escrita.
Significa que la voluntad social puede expresarse por medios eletrónicos
u otra forma escrita.
JUNTAS NO PRESENCIALES.JUNTAS NO PRESENCIALES.
La sociedad puede no tener Directorio, en cuyo caso las funciones serán
ejercidas por el gerente general.
La sociedad puede no tener Directorio, en cuyo caso las funciones serán
ejercidas por el gerente general.
DIRECTORIO FACULTATIVO.DIRECTORIO FACULTATIVO.
64. 64
SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTASOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA
Que la forma responde a que está abierta a cualquier persona que desee
ingresar con sólo adquirir acciones.
Que la forma responde a que está abierta a cualquier persona que desee
ingresar con sólo adquirir acciones.
LA FILOSOFÍA.LA FILOSOFÍA.
1. Que haga oferta pública primaria de acciones u obligaciones
convertibles en acciones.
2. Que tenga más de 750 accionistas.
3. Que más del 35% de su capital pertenezca a 175 o más accionistas,
sin que ninguno tenga más del 5%.
4. Que se constituya como tal.
5. Que los accionistas de una sociedad aprueben, por unanimidad, la
adaptación al régimen.
1. Que haga oferta pública primaria de acciones u obligaciones
convertibles en acciones.
2. Que tenga más de 750 accionistas.
3. Que más del 35% de su capital pertenezca a 175 o más accionistas,
sin que ninguno tenga más del 5%.
4. Que se constituya como tal.
5. Que los accionistas de una sociedad aprueben, por unanimidad, la
adaptación al régimen.
REQUISITOS:REQUISITOS:
65. 65
SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTASOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA
Está controlada y supervisada por esta institución estatal. Es requisito
esencial que todas sus acciones estén inscritas en el Reg. Público del
Mercado de Valores.
Está controlada y supervisada por esta institución estatal. Es requisito
esencial que todas sus acciones estén inscritas en el Reg. Público del
Mercado de Valores.
CONTROL DE CONASEV.CONTROL DE CONASEV.
Se exige en 1° convocatoria la concurrencia del 50% de las acciones
suscritas con derecho a voto. En 2° convocatoria hasta el 25% y en 3°
convocatoria la concurrencia de cualquier número de acciones.
Se exige en 1° convocatoria la concurrencia del 50% de las acciones
suscritas con derecho a voto. En 2° convocatoria hasta el 25% y en 3°
convocatoria la concurrencia de cualquier número de acciones.
QUÓRUM Y MAYORÍA.QUÓRUM Y MAYORÍA.
Se ejerce cuando la sociedad acuerde excluir del Registro Público del
Mercado de Valores la inscripción de sus acciones
Se ejerce cuando la sociedad acuerde excluir del Registro Público del
Mercado de Valores la inscripción de sus acciones
DERECHO DE SEPARACIÓN.DERECHO DE SEPARACIÓN.