SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Descargar para leer sin conexión
LEY NQ. 1¿73 5
"POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, SE CREA UN
NUEVO BIEN JURíDICO TUTELADO - DENOMINADO "DE LA PROTECCiÓN
DE LA INFORMACiÓN Y DE LOS DATOS"· Y SE PRESERVAN
INTEGRALMENTE LOS SISTEMAS QUE UTILICEN LAS TECNOLOGíAS DE
LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, ENTRE OTRAS
DISPOSICIONES".
El CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTíCULO 1°. Adicionase el Código Penal con un Título VII BIS denominado "De la
Protección de la información y de los datos", del siguiente tenor:
CAPITULO PRIMERO
De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos
y de los sistemas informáticos
ARTíCULO 269A: ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO. El que, sin
autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema
informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del
mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá
en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de
100 a 1000 salarios m ínimos legales mensuales vigentes.
ARTíCULO 269B: OBSTACULIZACiÓN ILEGíTIMA DE SISTEMA INFORMÁTICO O
RED DE TELECOMUNICACiÓN. El que, sin estar facultado para ello, impida u
obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos
informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya
delito sancionado con una pena mayor.
ARTíCULO 269C: INTERCEPTACiÓN DE DATOS INFORMÁTICOS. El que, sin orden
judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un
sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema
informático que los trasporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta
y dos (72) meses.
ARTíCULO 269D: DAÑO INFORMÁTICO. El que, sin estar facultado para ello,
destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de
tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
ARTíCULO 269E: USO DE SOFTWARE MALICIOSO. El que, sin estar facultado para
ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del
territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos
daFlinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96)
meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
ARTíCULO 269F: VIOLACiÓN DE DATOS PERSONALES. El que, sin estar facultado
para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca,
venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique p emplee códigos
personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o
medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
ARTíCULO 269G: SUPLANTACiÓN DE SITIOS WEB PARA CAPTURAR DATOS
PERSONALES . El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe,
desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o
ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales
vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.
En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de nombres de
dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de
que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta
no constituya delito sancionado con pena más grave.
la pena señalada en los dos incisos anteriores se agravará de una tercera parte a la
mitad, si para consumarlo el agente ha reclutado víctimas en la cadena del delito.
ARTíCULO 269H: CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACiÓN PUNITIVA: las penas
imponible de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la
mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere:
1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del
sector financiero, nacionales o extranjeros.
2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones
3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien
tuviere un vínculo contractual con este.
4. Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro.
5. Obteniendo provecho para si o para un tercero.
6. Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional.
7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.
8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o
control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de
inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información
procesada con equipos computacionales ..•.
CAPITULO SEGUNDO
De las atentados informáticos y otras infracciones
ARTíCULO 2691: HURTO POR MEDIOS INFORMÁTICOS y SEMEJANTES. El que,
superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el
artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico,
telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de
autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el
artículo 240 de este Código.
ARTíCULO 269J: TRANSFERENCIA NO CONSENTIDA DE ACTIVOS. El que, con
ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante,
consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero,
siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá
en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de
200 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
la misma sanción se le impondrá a quien fabrique, introduzca, posea o facilite
programa de computador destinado a la comisión del delito descrito en el inciso
anterior, o de una estafa.
Si la conducta descrita en los dos incisos anteriores tuviere una cuantía superior a 200
salarios mínimos legales mensuales, la sanción allí señalada se incrementará en la
mitad.
ARTICULO 2°. Adiciónese al artículo 58 del Código Penal con un numeral 17, así:
Articulo 58 CIRCUSTANCIAS DE MAYOR PUNIBILlDAD. Son circunstancias de mayor
punibilidad, siempre que no hayan sido previstas de otra manera:
( ...)
17. Cuando para la realización de las conductas punibles se utilicen medios
informáticos, electrónicos ó telemáticos.
ARTICULO 3°. Adiciónese al artículo 37 del Código de Procedimiento Penal con un
numeral 6, así:
Articulo 37. DE lOS JUECES MUNICIPALES. los jueces penales municipales
conocen:
( ...)
6. De los delitos contenidos en el titulo VII Bis.
ARTICULO 4°. la presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias, en especial el texto del artículo 195 del Código
::n:~ESIDENTE D~ORABLE SENADODELA REPÚBLICA
//¿/./' ?
--,- ., ~-
ÁNi)RA';~ SERRANO
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLlCA
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
6~ ~ !)4=-
GERMANVARONCOT~
EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CAMARA DE
REPRESENTANTES
"POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, SE CREA
UN NUEVO BIEN JURíDICO TUTELADO - DENOMINADO "DE LA
PROTECCiÓN DE LA INFORMACiÓN Y DE LOS DATOS"- y SE
PRESERVAN INTEGRALMENTE LOS SISTEMAS QUE UTILICEN LAS
TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, ENTRE
OTRAS DISPOSICIONES".
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y D~/%STICIA,
,/'/' . /
/~~~~~/)

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley no. 1273 de 2009 protección de la información y de los datos
Ley no. 1273 de 2009   protección de la información y de los datosLey no. 1273 de 2009   protección de la información y de los datos
Ley no. 1273 de 2009 protección de la información y de los datosSociedad Colombiana de Archivistas
 
Ley 1273 5 de enero de 2009
Ley 1273 5 de enero de 2009Ley 1273 5 de enero de 2009
Ley 1273 5 de enero de 2009doritamiryam
 
Ley 1273 de la protección de la información y de los datos
Ley 1273 de la protección de la información y de los datosLey 1273 de la protección de la información y de los datos
Ley 1273 de la protección de la información y de los datosJennifer Mantilla Garcia
 
Comunidad la sagrada familia
Comunidad la sagrada familiaComunidad la sagrada familia
Comunidad la sagrada familia14571
 
Informatica juridica
Informatica juridicaInformatica juridica
Informatica juridica14571
 
Ley 1273 Enero 5 de 2009
Ley 1273  Enero 5 de 2009Ley 1273  Enero 5 de 2009
Ley 1273 Enero 5 de 2009Jairorey
 
Ley 1273 del 2009
Ley 1273 del 2009Ley 1273 del 2009
Ley 1273 del 2009jackson1214
 

La actualidad más candente (8)

Ley no. 1273 de 2009 protección de la información y de los datos
Ley no. 1273 de 2009   protección de la información y de los datosLey no. 1273 de 2009   protección de la información y de los datos
Ley no. 1273 de 2009 protección de la información y de los datos
 
Ley 1273 5 de enero de 2009
Ley 1273 5 de enero de 2009Ley 1273 5 de enero de 2009
Ley 1273 5 de enero de 2009
 
Ley 1273 De 2009[1]
Ley 1273 De 2009[1]Ley 1273 De 2009[1]
Ley 1273 De 2009[1]
 
Ley 1273 de la protección de la información y de los datos
Ley 1273 de la protección de la información y de los datosLey 1273 de la protección de la información y de los datos
Ley 1273 de la protección de la información y de los datos
 
Comunidad la sagrada familia
Comunidad la sagrada familiaComunidad la sagrada familia
Comunidad la sagrada familia
 
Informatica juridica
Informatica juridicaInformatica juridica
Informatica juridica
 
Ley 1273 Enero 5 de 2009
Ley 1273  Enero 5 de 2009Ley 1273  Enero 5 de 2009
Ley 1273 Enero 5 de 2009
 
Ley 1273 del 2009
Ley 1273 del 2009Ley 1273 del 2009
Ley 1273 del 2009
 

Destacado

Palestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de Goiás
Palestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de GoiásPalestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de Goiás
Palestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de GoiásAnna Claudia Rodat
 
HTML5 - Grupo Vermelho
HTML5 - Grupo VermelhoHTML5 - Grupo Vermelho
HTML5 - Grupo Vermelhoprismsouza
 
Apresentação asoso - Tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso - Tipos de aplicações móveisApresentação asoso - Tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso - Tipos de aplicações móveisprismsouza
 
Bb101 dad1 a[1]13429012
Bb101 dad1 a[1]13429012Bb101 dad1 a[1]13429012
Bb101 dad1 a[1]13429012Zulhikmi Zali
 
2016MerckAnalyticsCompetitionAward
2016MerckAnalyticsCompetitionAward2016MerckAnalyticsCompetitionAward
2016MerckAnalyticsCompetitionAwardThea Ross
 
Delitos informaticos
Delitos informaticosDelitos informaticos
Delitos informaticosMartha818
 
Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815
Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815
Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815Malcolm Jones
 
JN - Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...
JN -  Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...JN -  Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...
JN - Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...Miguel Guedes de Sousa
 
Apresentação asoso tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso   tipos de aplicações móveisApresentação asoso   tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso tipos de aplicações móveisprismsouza
 
Presentation1
Presentation1Presentation1
Presentation1ghadir44
 

Destacado (16)

Palestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de Goiás
Palestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de GoiásPalestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de Goiás
Palestra sobre Coaching RP em Debate, realizada na Universidade Federal de Goiás
 
HTML5 - Grupo Vermelho
HTML5 - Grupo VermelhoHTML5 - Grupo Vermelho
HTML5 - Grupo Vermelho
 
Apresentação asoso - Tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso - Tipos de aplicações móveisApresentação asoso - Tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso - Tipos de aplicações móveis
 
02 13 x 18 cm
02 13 x 18 cm02 13 x 18 cm
02 13 x 18 cm
 
401
401401
401
 
Bb101 dad1 a[1]13429012
Bb101 dad1 a[1]13429012Bb101 dad1 a[1]13429012
Bb101 dad1 a[1]13429012
 
2016MerckAnalyticsCompetitionAward
2016MerckAnalyticsCompetitionAward2016MerckAnalyticsCompetitionAward
2016MerckAnalyticsCompetitionAward
 
APIO
APIOAPIO
APIO
 
Dumppa - Apresentações para a Editora Abril - Femininas Populares
Dumppa - Apresentações para a Editora Abril - Femininas PopularesDumppa - Apresentações para a Editora Abril - Femininas Populares
Dumppa - Apresentações para a Editora Abril - Femininas Populares
 
Delitos informaticos
Delitos informaticosDelitos informaticos
Delitos informaticos
 
Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815
Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815
Final Site Plan - OVERALL COLOR 031815
 
JN - Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...
JN -  Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...JN -  Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...
JN - Motor de busca Trivago convida portugueses a enviarem candidaturas de e...
 
Ordenes griegos
Ordenes  griegosOrdenes  griegos
Ordenes griegos
 
Apresentação comercial 2013
Apresentação comercial 2013Apresentação comercial 2013
Apresentação comercial 2013
 
Apresentação asoso tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso   tipos de aplicações móveisApresentação asoso   tipos de aplicações móveis
Apresentação asoso tipos de aplicações móveis
 
Presentation1
Presentation1Presentation1
Presentation1
 

Similar a Ley 1273 2009

Ley 1273-2009
Ley 1273-2009Ley 1273-2009
Ley 1273-2009gisseles
 
Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009Jhon Pérez
 
Delitos informaticos
Delitos informaticosDelitos informaticos
Delitos informaticosashutati
 
Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009lanatogu
 
Ley 1273-2009
Ley 1273-2009Ley 1273-2009
Ley 1273-2009HALB2012
 
Ley de delitos informaticos en colombia
Ley de delitos informaticos en colombiaLey de delitos informaticos en colombia
Ley de delitos informaticos en colombiamariveraca
 
Legislación informática en colombia
Legislación informática en colombiaLegislación informática en colombia
Legislación informática en colombiamagortizm
 
Legislación informática en colombia y en México
Legislación informática en colombia y en MéxicoLegislación informática en colombia y en México
Legislación informática en colombia y en Méxicomagortizm
 

Similar a Ley 1273 2009 (12)

Ley 1273
Ley 1273Ley 1273
Ley 1273
 
Ley 1273-2009
Ley 1273-2009Ley 1273-2009
Ley 1273-2009
 
Ley 1273-2009
Ley 1273-2009Ley 1273-2009
Ley 1273-2009
 
Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009
 
Delitos informaticos
Delitos informaticosDelitos informaticos
Delitos informaticos
 
Seguridad informática presentación
Seguridad informática presentaciónSeguridad informática presentación
Seguridad informática presentación
 
Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009Ley 1273 de 2009
Ley 1273 de 2009
 
Ley 1273-2009
Ley 1273-2009Ley 1273-2009
Ley 1273-2009
 
Ley 1273-2009
Ley 1273-2009Ley 1273-2009
Ley 1273-2009
 
Ley de delitos informaticos en colombia
Ley de delitos informaticos en colombiaLey de delitos informaticos en colombia
Ley de delitos informaticos en colombia
 
Legislación informática en colombia
Legislación informática en colombiaLegislación informática en colombia
Legislación informática en colombia
 
Legislación informática en colombia y en México
Legislación informática en colombia y en MéxicoLegislación informática en colombia y en México
Legislación informática en colombia y en México
 

Más de Martha818

Trabajo informatica juridica
Trabajo informatica juridicaTrabajo informatica juridica
Trabajo informatica juridicaMartha818
 
Ley 1273 2009
Ley 1273 2009Ley 1273 2009
Ley 1273 2009Martha818
 
DECRETO1929
DECRETO1929 DECRETO1929
DECRETO1929 Martha818
 
Ley 1273 2009
Ley 1273 2009Ley 1273 2009
Ley 1273 2009Martha818
 
Presentación 1
Presentación 1Presentación 1
Presentación 1Martha818
 
Presentación 2
Presentación 2Presentación 2
Presentación 2Martha818
 
Presentación 3
Presentación 3Presentación 3
Presentación 3Martha818
 
Presentación 2
Presentación 2Presentación 2
Presentación 2Martha818
 
Class miercoles
Class miercolesClass miercoles
Class miercolesMartha818
 
Taller ley 527 de 1999
Taller ley 527 de 1999Taller ley 527 de 1999
Taller ley 527 de 1999Martha818
 
Informatica juridica
Informatica juridicaInformatica juridica
Informatica juridicaMartha818
 
Ley 527 1999
Ley 527 1999Ley 527 1999
Ley 527 1999Martha818
 
Ley 527 1999
Ley 527 1999Ley 527 1999
Ley 527 1999Martha818
 

Más de Martha818 (20)

Trabajo informatica juridica
Trabajo informatica juridicaTrabajo informatica juridica
Trabajo informatica juridica
 
Resolución
ResoluciónResolución
Resolución
 
Ley 1273 2009
Ley 1273 2009Ley 1273 2009
Ley 1273 2009
 
DECRETO1929
DECRETO1929 DECRETO1929
DECRETO1929
 
Decreto1747
Decreto1747Decreto1747
Decreto1747
 
Ley 1273 2009
Ley 1273 2009Ley 1273 2009
Ley 1273 2009
 
Presentación 1
Presentación 1Presentación 1
Presentación 1
 
Presentación 2
Presentación 2Presentación 2
Presentación 2
 
Presentación 3
Presentación 3Presentación 3
Presentación 3
 
Presentación 2
Presentación 2Presentación 2
Presentación 2
 
Class miercoles
Class miercolesClass miercoles
Class miercoles
 
Taller ley 527 de 1999
Taller ley 527 de 1999Taller ley 527 de 1999
Taller ley 527 de 1999
 
Grupo 5
Grupo 5Grupo 5
Grupo 5
 
Grupo 1
Grupo 1Grupo 1
Grupo 1
 
Informatica juridica
Informatica juridicaInformatica juridica
Informatica juridica
 
Ley 527 1999
Ley 527 1999Ley 527 1999
Ley 527 1999
 
Ley 527 1999
Ley 527 1999Ley 527 1999
Ley 527 1999
 
Grupo 4
Grupo 4Grupo 4
Grupo 4
 
Grupo 3
Grupo 3Grupo 3
Grupo 3
 
Grupo 2
Grupo 2Grupo 2
Grupo 2
 

Ley 1273 2009

  • 1. LEY NQ. 1¿73 5 "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, SE CREA UN NUEVO BIEN JURíDICO TUTELADO - DENOMINADO "DE LA PROTECCiÓN DE LA INFORMACiÓN Y DE LOS DATOS"· Y SE PRESERVAN INTEGRALMENTE LOS SISTEMAS QUE UTILICEN LAS TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, ENTRE OTRAS DISPOSICIONES". El CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ARTíCULO 1°. Adicionase el Código Penal con un Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos", del siguiente tenor: CAPITULO PRIMERO De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos ARTíCULO 269A: ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO. El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios m ínimos legales mensuales vigentes. ARTíCULO 269B: OBSTACULIZACiÓN ILEGíTIMA DE SISTEMA INFORMÁTICO O RED DE TELECOMUNICACiÓN. El que, sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con una pena mayor. ARTíCULO 269C: INTERCEPTACiÓN DE DATOS INFORMÁTICOS. El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los trasporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta y dos (72) meses. ARTíCULO 269D: DAÑO INFORMÁTICO. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. ARTíCULO 269E: USO DE SOFTWARE MALICIOSO. El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos daFlinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. ARTíCULO 269F: VIOLACiÓN DE DATOS PERSONALES. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique p emplee códigos
  • 2. personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. ARTíCULO 269G: SUPLANTACiÓN DE SITIOS WEB PARA CAPTURAR DATOS PERSONALES . El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave. En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave. la pena señalada en los dos incisos anteriores se agravará de una tercera parte a la mitad, si para consumarlo el agente ha reclutado víctimas en la cadena del delito. ARTíCULO 269H: CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACiÓN PUNITIVA: las penas imponible de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere: 1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros. 2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones 3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este. 4. Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro. 5. Obteniendo provecho para si o para un tercero. 6. Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional. 7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe. 8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información procesada con equipos computacionales ..•. CAPITULO SEGUNDO De las atentados informáticos y otras infracciones ARTíCULO 2691: HURTO POR MEDIOS INFORMÁTICOS y SEMEJANTES. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 de este Código. ARTíCULO 269J: TRANSFERENCIA NO CONSENTIDA DE ACTIVOS. El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. la misma sanción se le impondrá a quien fabrique, introduzca, posea o facilite programa de computador destinado a la comisión del delito descrito en el inciso anterior, o de una estafa. Si la conducta descrita en los dos incisos anteriores tuviere una cuantía superior a 200 salarios mínimos legales mensuales, la sanción allí señalada se incrementará en la mitad.
  • 3. ARTICULO 2°. Adiciónese al artículo 58 del Código Penal con un numeral 17, así: Articulo 58 CIRCUSTANCIAS DE MAYOR PUNIBILlDAD. Son circunstancias de mayor punibilidad, siempre que no hayan sido previstas de otra manera: ( ...) 17. Cuando para la realización de las conductas punibles se utilicen medios informáticos, electrónicos ó telemáticos. ARTICULO 3°. Adiciónese al artículo 37 del Código de Procedimiento Penal con un numeral 6, así: Articulo 37. DE lOS JUECES MUNICIPALES. los jueces penales municipales conocen: ( ...) 6. De los delitos contenidos en el titulo VII Bis. ARTICULO 4°. la presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el texto del artículo 195 del Código ::n:~ESIDENTE D~ORABLE SENADODELA REPÚBLICA //¿/./' ? --,- ., ~- ÁNi)RA';~ SERRANO EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLlCA EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES 6~ ~ !)4=- GERMANVARONCOT~ EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
  • 4. "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, SE CREA UN NUEVO BIEN JURíDICO TUTELADO - DENOMINADO "DE LA PROTECCiÓN DE LA INFORMACiÓN Y DE LOS DATOS"- y SE PRESERVAN INTEGRALMENTE LOS SISTEMAS QUE UTILICEN LAS TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, ENTRE OTRAS DISPOSICIONES". REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLÍQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO DEL INTERIOR Y D~/%STICIA, ,/'/' . / /~~~~~/)