Este documento describe los diferentes regímenes o categorías tributarias para los tipos de actividad económica en Perú. Explica que existen regímenes para negocios como el Nuevo Régimen Único Simplificado, el Régimen Especial del Impuesto a la Renta y el Régimen General del Impuesto a la Renta. También cubre el trabajo independiente y otros ingresos de personas naturales como alquiler, intereses y sueldos/salarios.
2. 2
INDICE
REGÍMENES O CATEGORÍAS TRIBUTARIAS - TIPOS DE ACTIVIDAD..............................3
Negocios.............................................................................................................................3
Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS .............................................3
Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER .................................4
Régimen General del Impuesto a la Renta.............................................................4
Trabajo Independiente...........................................................................................6
Otros ingresos de personas naturales................................................................................6
3. 3
REGÍMENES O CATEGORÍAS TRIBUTARIAS - TIPOS DE ACTIVIDAD
En el ámbito tributario podemos distinguir tres grandes grupos de actividades económicas:
1.1. Negocios:
Comprenden las Rentas de Tercera Categoría del Impuesto a la Renta. Para este tipo de actividades,
existen los siguientes regímenes:
1.1.1. Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS (sólo para personas naturales y sucesiones
indivisas domiciliadas en el país)
Se puede acoger las personas naturales o sucesiones indivisas domiciliada en el país, que realicen
actividades empresariales o presten servicios no profesionales. Si realiza una actividad económica
comprendida en alguno de los siguientes supuestos casos:
Actividad de negocios
Por ejemplo, bazares, bodegas,
farmacias, ferreterías, librerías,
comercio de mercados, estudios
fotográficos, etc.
La realización de servicios no
profesionales (oficios).
Por ejemplo, los servicios que brindan
los albañiles, carpinteros, gasfiteros,
digitadores, etc.
REQUISITOS PARA EL ACOGIMIENTO:
Los requisitos que debe cumplir
conjuntamente un contribuyente para
incorporarse al Nuevo RUS son:
Domicilio País
Ingresos no debe superar s/. 360,000 en el transcurso de cada año
Realizar operaciones comerciales en un solo.
Activos fijos no debe superar los s/. 70,000.
Adquisiciones de bienes y de servicios no debe superar s/. 360,000 en el
transcurso de cada año.
4. 4
1.1.2. Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER
Dirigido a personas naturales y jurídicas domiciliadas en el país ,que obtengan rentas de tercera categoría
provenientes de:
Actividades de comercio y/o industria
Entendiéndose por tales a la
venta de los bienes que
adquieran, produzcan o
manufacturen, así como la de
aquellos recursos naturales que
extraigan, incluidos la cría y el
cultivo.
El monto de sus
ingresos netos no debe
superar a los S/. 525 000 en el transcurso de
cada año.
Se deben desarrollar las actividades
económicas, con no más de 10 personas por
turno de trabajo.
El monto acumulado de sus adquisiciones y/ compra
de bienes no debe superar los S/. 525 000, en el transcurso
de cada año.
El valor de los activos fijos afectados a la actividad ( excepto
predios y vehículos) no debe ser mayor a S/ 126,000 nuevos soles
No desarrollar alguno de los servicios no permitidos en forma
expresa para este régimen.
Llevar Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras
1.1.3. Régimen General del Impuesto a la Renta
Los contribuyentes del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, son las personas naturales y las
personas jurídicas. También se considera contribuyentes a las sucesiones indivisas, las sociedades
conyugales y las asociaciones de hecho de profesionales y similares. Por supuesto todas ellas
conducidas a obtener una ganancia, producto de sus actividades económicas
Para tener una clara noción sobre los mencionados contribuyentes, definimos a cada uno de ellos:
5. 5
Personas naturales con negocio (empresa unipersonal):
Son personas físicas e individuales, con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones,
que desarrollan actividades empresariales a título personal.
Ejemplo
Pedro es una persona natural con negocio, propietario de una librería en la cual vende artículos de
oficina al por mayor y menor.
Personas Jurídicas:
Es toda entidad distinta a la persona física o natural, es una organización conformada por una o más
personas que adquiere representación a través de una escritura pública ante el Registro de
personas Jurídicas o Libro de Sociedades.
Así tenemos: las Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas, las Sociedades de Responsabilidad
Limitada, las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada constituidas en el país, así como
las sociedades irregulares (es decir aquéllas que no se han constituido e inscrito conforme a la Ley
General de Sociedades); también las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento
permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza
constituidas en el exterior.
Sucesiones Indivisas:
Están compuestas por todas aquellas personas que comparten una herencia que no ha sido
repartida, principalmente por ausencia de testamento. Para los fines del Impuesto a la Renta, se le
brinda el tratamiento de una persona natural con negocio.
OBLIGACIONES
Inscripción en el RUC:
Una vez definida su organización
individualidad o en sociedad, el titular o
representante legal de la empresa
debe inscribirla en los registros de la
SUNAT.
Autorización de Comprobantes de
Pago Emisión física o de formato
impreso
Es este régimen tributario se permite
otorgar Facturas, boletas de venta,
tickets de máquina registradora y
liquidaciones de compra.
6. 6
Libros y Registros Contables
En las Actividades empresariales es obligatorio llevar Libros y
registros contables para sustentar el registro de todas las
operaciones de compra y venta así como los gastos y costos con
efectos tributarios, es decir tanto para ejercer el derecho al crédito
fiscal en el IGV, así como deducir los gastos y costos para efectos
del impuesto a la renta.
Planilla Electrónica
A partir del 01 de agosto de 2011,
este documento llevado a través de
medios informáticos por la SUNAT,
tiene dos componentes: el T-
Registro y la Planilla Mensual de
Pagos-PLAME
Es obligatorio para toda
aquella empresa que contrate
desde un trabajador.
En el T-Registro se ingresa toda la
información de los empleadores,
trabajadores, pensionistas,
prestadores de servicios, personal
de terceros y los derechohabientes
de estos, que son los familiares
como cónyuge e hijos y además se
actualiza cualquier cambio de
situación de los trabajadores.
La PLAME es un programa que se
descarga de SUNAT virtual
www.sunat.gob.pe , se elabora y
se genera un archivo y se envía
por SUNAT Operaciones en
Línea. Para el pago de los
tributos tanto de cuenta propia
como de terceros (por ser agente
de retención) se
hace con el mismo medio o a
través de una boleta de pagos
varios ante ventanilla de bancos
autorizados.
1.2. Trabajo Independiente:
Actividades por las que se perciben ingresos comprendidos en las Rentas de Cuarta Categoría del
Impuesto a la Renta (contador, gasfitero o cualquier persona que realice una actividad independiente).
1.3. Otros ingresos de personas naturales:
Estas actividades comprenden
categorías del Impuesto a la Renta:
Rentas de Primera (alquiler de
casas)
Segunda (intereses, dividendos y
ventas de inmuebles)
Quinta (sueldos y salarios).