2. LA ASISTENCIA DE LOS
ESTUDIANTES.
Art.168.-La asistencia a las actividades
educativas es de carácter obligatorio y se
debe cumplir dentro de las jornadas y
horarios establecidos por la institución
educativa. Art.174.-Excusiones y visitas de
observación son actividades
educativas que se incluyen en
la programación académica y
se desarrollan como parte de la
Art.172.-Los estudiantes de básica superior jornada escolar.
y bachillerato cuyas inasistencias
injustificadas excedieran del diez por
ciento reprobaran dichas asignaturas.
3. EVALUACION DE LOS
APRENDIZAJES.
Art.186.-La evaluación
estudiantil puede ser de
los siguientes tipos
La evaluación estudiantil es un proceso según su propósito:
continuo de valoración de información que
evidencia el logro de objetivos de
aprendizaje de los estudiantes.
Diagnostica
Formativa
La evaluación debe tener como propósito que
el docente oriente al estudiante de manera
precisa y detallada para ayudarlo a lograr los
objetivos de aprendizaje. Sumativa
4. DEL RECONOCIMIENTO DE
ESTUDIOS.
Los ecuatorianos o extranjeros cualquiera sea su
condición de movilidad humana q que hayan realizado
estudios equivalentes a educación general básica y/o
bachillerato en el exterior que cuenten con
documentación original de estudios legalizados
pueden presentar dichos documentos para el
reconocimiento legal.
5. CALIFICACION Y PROMOCION.
Art.193.-Aprobacion y alcance de
logros, se entiende por aprobación al
logro de los objetivos de aprendizaje
definidos establecidos en el currículo y
los estándares de aprendizajes
nacionales.
6. DERECHOS Y OBLIGACIONES.
DERECHO A LA EDUCACION.
Art. 4.- Derecho a la educación.- La educación es un
derecho humano fundamental garantizado en la
Constitución de la República y condición necesaria para la
realización de los otros derechos humanos.
7. El Estado tiene las siguientes
obligaciones adicionales:
a. Garantizar, bajo los b. Garantizar que las
principios de equidad, instituciones educativas sean
igualdad, c. Asegurar que el Sistema
espacios democráticos de Nacional de Educación sea
no discriminación y libertad, ejercicio de derechos y
que todas las personas intercultural;
convivencia pacífica.
tengan acceso a la educación
d. Garantizar la
universalización de la e. Asegurar el mejoramiento
educación en sus continuo de la calidad de la
niveles inicial, básico y educación
bachillerato
8. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE
LAS Y LOS DOCENTES
Art. 10.- Derechos.- Las y los a)Acceder
docentes del sector público gratuitamente a
tienen los siguientes derechos: procesos de desarrollo
profesional
capacitación
,actualización y
formación continua.
b) Recibir incentivos
por sus méritos,
logros y aportes c)Expresar libre y
relevantes de respetuosamente
naturaleza educativa. su opinión en todas
sus formas y
manifestaciones de
conformidad