El documento presenta las modalidades formativas laborales establecidas en la Ley N° 28518. Describe las modalidades de práctica preprofesional, práctica profesional, capacitación laboral juvenil, pasantías y actualización para la inserción laboral. Detalla los objetivos, beneficiarios, obligaciones de los centros formativos, empresas y personas en formación de cada modalidad. Concluye que estas modalidades serían positivas para estudiantes, empresas e instituciones formativas al promover la capacitación laboral.
1. UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
LEY SOBRE MODALIDADES
FORMATIVAS LABORALES
(LEY N° 28518)
SULLO FUENTES, MARCO ANTONIO
2. LEY SOBRE MODALIDADES
FORMATIVAS LABORALES
CONCEPTO:
Las Modalidades Formativas relaciona el
Aprendizaje Teórico y Práctico.
Mediante el desempeño de tareas
programadas de capacidad y formación
profesional.
3. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
OBJETIVOS:
COADYUVAR: Adecuada interconexión entre
oferta formativa y la demanda laboral.
FOMENTAR: La formación y capacitación laboral
vinculada a procesos productivos y de servicios.
Mecanismo de mejora de empleabilidad y
productividad
DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA EL TRABAJO:
Que permita flexibilidad y adaptación a
situaciones laborales diversas.
4. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
CLASIFICACIÓN
DE LAS
MODALIDADES
FORMATIVAS
5. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
DEL APRENDIZAJE: CON PREDOMINIO EN LA EMPRESA
CON PREDOMINIO EN LA Realiza el proceso formativo en la
EMPRESA empresa, con espacios definidos y
programados de aprendizaje en el
CFP.
CELEBRADO ENTRE
EN RELACIÓN DIRECTA
Con la extensión
Tiempo de
del proceso
duración.
formativo.
6. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
PRACTICA PREPROFESIONAL
CON PREDOMINIO EN EL CFP: Realiza el proceso formativo en el
Práctica Preprofesional CFP con espacios definidos y
programados de aprendizaje en la
empresa.
CELEBRADO ENTRE
EN RELACIÓN PROPORCIONAL
Proporcional a la
Tiempo de extensión del
duración. proceso
formativo.
7. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
PRÁCTICA PROFESIONAL
Consolida los aprendizajes adquiridos a
PRÁCTICA PROFESIONAL lo largo de su FP mediante el
desempeño en una situación real de
trabajo.
CELEBRADO ENTRE
SEGÚN PLAZO ESTABLECIDO
No > 12meses
Excepto:
Tiempo de CFP/Universidad
duración. según reglamento
determine
extensión mayor.
8. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL
Se realiza en la Unidades A los beneficiarios ejercer su
Productivas de la Empresa. PERMITE desempeño en una situación real de
trabajo.
CELEBRADO ENTRE
SEGÚN COMPLEJIDAD DE OCUPACIÓN
Tiempo de De 6 a 12 meses
duración. hasta 24 meses.
9. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL:
BENEFICIARIO FINALIDAD
Joven:
Entre los 16 y 23 años.
Sin culminar o que ha Conocimientos
teóricos y prácticos en
interrumpido la
el trabajo a fin de
educación básica.
Habiendo culminado la Adquiera incorporarlos a la
actividad económica
EB no sigue estudios de
en una ocupación
nivel superior sean
específica.
técnicos o universitarios.
11. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
DURACIÓN DEL CONVENIO: Menor a 6 meses en
ocupaciones de poca aplicación, prorrogables en un
periodo similar .(Máximo 12 meses)
SEDE DE LA CAPACITACIÓN: De preferencia en la
SEDE DE LA CAPACITACIÓN: De preferencia en la
empresa, o CFP – Escuela – Taller.
empresa, o CFP – Escuela – Taller.
CERTIFICADO DE LA CAPACITACIÓN LABORAL:
Otorgado por la empresa.
12. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
DE LA PASANTÍA
Se realiza en las unidades productivas de las
DE LA PASANTÍA EN LA empresas, relacionar al beneficiario con el
mundo del trabajo y la empresa. Ubica también a
EMPRESA.
los estudiantes de los últimos graos de secundaria
que por razones formativas y curriculares deben
realizar una pasantía en la empresa.
CELEBRADO ENTRE
FINALIDAD
Que el beneficiario refuerce la
capacitación laboral adquiridad e inicie,
desarrolle, mejore las habilidades sociales
y personales relacionadas al ámbito
laboral.
13. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
DE LA PASANTÍA
Relaciona al Docente con los cambios
DE LA PASANTÍA DE socioeconómicos, tecnológicos y organizacional
DOCENTES Y CATEDRÁTICOS. que se produce en el sector productivo. Para que
introduzca nuevos contenidos y procedimientos
de enseñanza y aprendizaje en los CFP.
CELEBRADO ENTRE
FINALIDAD
Se actualice, perfeccione o especialice
en el ejercicio productivo. Mejore sus
conocimientos tecnológicos y de
prospección, construya vínculos entre la
empresa y la CFP.
14. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
ACTUALIZACIÓN PARA LA INSERCIÓN LABORAL
BENEFICIARIO FINALIDAD
Adulto: entre los 45 y 65 años.
Mejorar la empleabilidad y
En situación de desempleo Logre
posibilidades de reinserción de
prolongado (mayor a 12 meses) PEA/SCOFO
trabajadores no ocupados.
tanto empleados como obreros.
Entrenamiento y actualización: Ejercitando el desempeño en una situación real de
trabajo en la empresa a través de un Plan de Entrenamiento y Actualización.
Servicio Complementario de Formación y Orientación para la inserción en el
mercado laboral. (SCOFO)
15. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
OBLIGACIONES DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN LABORAL
Planificar y desarrollar los programas formativos (según modalidad
formativa)
Dirigir
y conducir las actividades de formación del beneficiario, en
coordinación con la empresa.
Supervisas, evaluar y certificar las actividades formativas.
Coordinar con la empresa el mecanismo del monitoreo y supervisión
de las actividades que desarrolla el beneficiario.
16. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA:
Adoptar y cumplir los planes y programas.
Proporcionar la dirección técnica y los medios necesarios para la
formación laboral.
No cobrar suma alguna por la formación.
Emitirlos informes que requiera el CFP del aprendiz, pasante,
practicante o beneficiario.
Otorgar el certificado al término del periodo de la formación.
17. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS EN FORMACIÓN
Acatar disposiciones formativas que le asigne la empresa.
Cumplir las obligaciones convenidas.
Observar las normas y reglamentos del centro de trabajo.
Cumplir con el desarrollo del programa que aplique la empresa.
18. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
DURACIÓN:
Todas las modalidades no mayor a 8 horas diarias o 48 semanales.
Excepción: Practicas Pre Profesionales no mayor a 6 horas diarias o
30 semanales.
19. LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS
LABORALES
SUBVENCIÓN ECONÓMICA MENSUAL:
No menor a la remuneración mínima y/o proporcional según la
duración de la jornada formativa.
EXCEPCIONES:
Pasantía:
De programas: No menor al 30% de la RM.
De estudiantes de CF/Secundaria: No menor a 5% RM.
Actualización para la reinserción laboral no menor a 2 RM.
20. CONCLUSIONES
En los estudiantes y personas en busca de capacitación y
reinserción laboral, sería positiva en razón de que se incrementaría
y se promovería más la capacitación laboral de jóvenes y
personas,
Las empresas; Las empresas tendrían una transferencia económica
positiva.
Las instituciones de formación o universidades se beneficiarían ya
que sus alumnos podrían tener acceso a una capacitación
practica complementaria,
La sociedad en general se beneficiaria económicamente ya que
la nueva normatividad permitiría disminuir el alto porcentaje de
desempleo que existe en la población juvenil peruana.