SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 16
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL II MERCANTIL
DERECHO
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL DERECHO
MERCANTIL DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL DERECHO
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO
VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO

INTEGRANTES:
DAYSI PICO
JUAN CARLOS FRANCO
LORENA ZAMBRANO
DORIS GARCIA
VICTOR CORDOVA

DECIMO SEGUNDO NIVEL “B”
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

DE LOS TÍTULOS VALOR


Concepto.- El título valor es un documento que representa, en forma
literal y autónoma, derechos y garantiza plenamente su exigencia al
tenedor

Características:


Documento necesario.- En el sentido de que subsiste por sí mismo y
porque es condición indispensable del nacimiento, conservación y
disfrute o ejercicio del derecho que contiene. Sin el documento no
es factible hacer efectivo el derecho en contra del obligado, ni
transmitirlo a un tercero o hacerlo circular. El documento no es sólo
un documento probatorio sino un documento constitutivo del
derecho a una prestación.



Incorporación.- En los títulos valores el derecho a la prestación se
incorpora al documento, se identifica con el título, desvinculándose
de la relación previa que origina la emisión del documento. El título
se identifica con el derecho de tal manera que no pueden existir
separados.



Literalidad.- El derecho que contiene el título valor es literal, es decir
se perfecciona por la escritura y no por el consentimiento.

La literalidad del documento es tal que incluso el que firma después de
una alteración del texto queda obligado en los términos de la alteración.


Autonomía.- El derecho que se contiene en los títulos valores es
independiente de las relaciones habidas entre las personas
vinculadas con el documento.



Autonomía activa significa que el adquirente del título recibe un
derecho nuevo, originario, no derivado, puede ejercitar un derecho
propio, independiente del derecho de los anteriores poseedores; y,
por eso no pueden oponérsele excepciones personales del deudor y
los tenedores precedentes.



Autonomía pasiva, significa que los suscriptores del título valor se
obligan con absoluta independencia uno del otro; es decir que las
circunstancias que invalidan la obligación de alguno de los
signatarios del título no afectan las obligaciones de los demás

2
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

DE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS.


1.- ¿Qué asuntos se pueden tramitar en vía ejecutiva?

Se demandan en juicio ejecutivo las obligaciones que reúnan las
siguientes condiciones:


Que se contengan en un título ejecutivo



Que sean obligaciones ejecutivas: claras, determinadas, liquidas,
puras y de plazo vencido cuando lo haya.



2.- ¿Qué títulos son ejecutivos?

Son títulos ejecutivos los que la Ley expresamente los califica de tal
manera. Según el artículo 413 del Código de Procedimiento Civil:


La confesión de parte, hecha con juramento ante juez competente



La sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada



La copia y la compulsa auténticas de las escrituras públicas



Los documentos privados reconocidos ante Juez o Notario público



Las Letras de cambio



Los pagarés a la orden



Los testamentos



Las actas judiciales de remate o las copias de los autos de
adjudicación debidamente protocolizados



Las actas de transacción u otras que contengan obligaciones de dar
o hacer alguna cosa



Y los demás instrumentos a los que las leyes especiales dan el
carácter de ejecutivos (obligaciones, certificados financieros, el
cheque no pagado por falta o insuficiencia de fondos y protestado
dentro del plazo de presentación, los sobregiros, las cédulas
hipotecarias, etc.)



3.- ¿Por qué la Ley les da el carácter de ejecutivos a ciertos títulos?

3
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II



Contienen una obligación ejecutable, no se requiere que se declare
la existencia de la obligación o de que el deudor esté obligado a la
prestación; pues la obligación está o es determinada. No se requiere
de una declaratoria de los derechos, judicial o personal del deudor.
No se requiere dirimencia.



Hace prueba plena porque el título acredita el cumplimiento de
determinados requisitos y exigencias legales que garantizan que se
trata de una obligación pura, clara, determinada.

DE LA LETRA DE CAMBIO


Concepto.-

Es un título de crédito, a la orden, creado y regulado por la Ley, que
contiene un mandato de pago emitido por el girador para que otra
persona - girado o librado- de aceptar la orden, la cumpla en los términos
fijados en el documento, a favor de su tenedor.


Requisitos.-

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 410 del Código de
Comercio, la letra de cambio contendrá:

1.- La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del
documento y expresada en el idioma empleado para la redacción del
mismo. Las letras de cambio que no llevaren la referida denominación,
serán sin embargo válidas si contuvieren la indicación expresa de ser a la
orden.
2.- La orden incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero
3.- El nombre de la persona que debe pagar (librado o girado)
4.- La indicación del vencimiento [si falta se la considera a la vista]
5.- La del lugar en donde debe efectuarse el pago [si falta será la
localidad designada junto al nombre del girado]
6.- El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el
pago.

4
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

7.- La indicación de la fecha y del lugar en que se gira la letra [si falta el
lugar de la emisión será la del lugar expresado junto al nombre del girador]
8.- La firma de la persona que la emite (librado o girador)
REQUISITOS PERSONALES:


1.- GIRADOR.- Es la persona natural o jurídica que crea y emite el
título, quien debe manifestar su voluntad en forma expresa mediante
la firma en el documento.



2.- GIRADO.- O librado es la persona natural o jurídica, a quien el
girador da la orden incondicional de pagar una determinada
cantidad de dinero. Es la persona que debe pagar. Debe
aceptarla.



3.- TENEDOR O BENEFICIARIO.- Es la persona a quien o a cuya orden
debe efectuarse el pago que ordena el girador. El tenedor puede
endosar la letra; y, entonces el nuevo beneficiario será el
endosatario.



NATURALEZA:

La naturaleza de la letra de cambio se puede concretar en las
siguientes características:


1.- Desde el punto de vista genérico, la letra de cambio es un título
valor y como tal es un documento necesario, que contiene un
derecho incorporado, literal y autónomo.



2.- La diferencia específica como título valor es la de que es un título
de crédito



3.- Es un instrumento privado, porque “ es el escrito hecho por
personas particulares, sin intervención de notario ni de otra persona
legalmente autorizada”



4.- Es un instrumento creado y reglado por la Ley para facilitar las
obligaciones y transacciones, especialmente entre comerciantes.

5.- Es un título a la orden

5
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO



DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

LA ACEPTACIÓN:

Es el acto por el que el girado asume la obligación cambiaria de
cumplir la orden incondicional de pagar una cantidad determinada de
dinero, dada por el girador. El aceptante contrae la obligación de pagar
la suma determinada en la letra como deudor principal.


EL ENDOSO:

Es el acto por el cual el portador (endosante) de un título a la orden
transfiere el título y/o el derecho que contiene a un tercero (endosatario)
mediante una simple nota escrita en el documento o en una hoja
adherida y su entrega.
Es muy frecuente la transmisión de la letra de cambio mediante el
endoso. Pero cuando se trata de letras de cambio nominativas o “no a la
orden” la transmisión o transferencia debe realizarse mediante cesión.


EL AVAL:

Es una garantía cambiaria del pago de una letra de cambio. El
avalista es la persona que se compromete a responder en los mismos
términos que el obligado de quien se constituye garante. El aval es una
relación accesoria que asegura el cumplimiento de la obligación que
contiene la letra.
DEL VENCIMIENTO:


A DÍA FIJO.- Cuando se fija día, mes y año de vencimiento de la
letra, se trata de un vencimiento establecido en forma precisa.
Vence en / Vencimiento: 2 de mayo del 2007



A CIERTO PLAZO DE FECHA:

Este plazo puede señalarse en días, meses o años. Se trata de un
vencimiento expreso:
Vence en / Vencimiento: 60 días/ 2 meses/ 1 año y medio


Vence en / Vencimiento: mediados de mayo del 2007



A LA VISTA:

6
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

Es aquella cuyo vencimiento se produce en el momento de su
presentación al girado o portador, y por tanto es pagadera o exigible
desde su presentación. Debe presentarse dentro de los seis meses desde
la emisión.
Vence en / Vencimiento: A la vista


A CIERTO PLAZO DE VISTA:

Es aquella cuyo plazo de vencimiento empieza a recurrir desde la
fecha de aceptación o del protesto, una vez que ha sido puesta a la vista
del girado.


Vence en / Vencimiento: A 60 días vista



VENCIMIENTO SUCESIVOS:

Con el fin de hacer más ágil y simple el manejo de las letras de
cambio se ha establecido que puedan haber vencimientos sucesivos, mes
a mes, por ejemplo. En el caso de producirse la mora de uno o más de los
vencimientos, se ejecutará exclusivamente aquella que estuviere en mora,
a menos que se haya establecido una cláusula de aceleración de pagos


Vence en / Vencimiento:
Primera Cuota

US$ 250,oo

2 de mayo del 2007

Segunda Cuota

US$ 250,oo

2 de junio del 2007

Tercera Cuota

US$ 250,oo

2 de julio del 2007

DE LAS ACCIONES CAMBIARIAS:
La acción cambiaria es entonces la que ejerce el tenedor de la letra
de cambio para obtener su pago o cumplimiento de la obligación, en
contra de los signatarios de la misma, en función de los derechos que el
título confiere


ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA.- Es aquella que se dirige contra los
obligados directos, es decir contra EL ACEPTANTE Y EL AVALISTA,
quienes por su propia voluntad asumen en forma expresa el
compromiso de pagar el valor de la letra al portador legítimo de la
misma.

7
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II



ACCIÓN CAMBIARIA INDIRECTA O DE REGRESO.- es la que ejerce el
tenedor del título en contra de los ENDOSANTES, GIRADOR Y SUS
RESPECTIVOS AVALISTAS de la letra, con excepción del aceptante y
el avalista del aceptante.



ACCIONES NO CAMBIARIAS.-

Son aquellas que se ejercen no necesariamente para obtener el
pago de la letra de cambio: la de enriquecimiento ilícito o injusto; la
entrega o restitución del título valor pagado, la reivindicatoria del título, las
penales que nacen por delitos cometidos con estos títulos


DE LA PRESCRIPCIÓN.-

Según el Código Civil, la prescripción es un modo de adquirir las
cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos; por haberse
poseído las cosas, o no haberse ejercido dichas acciones y derechos,
durante cierto tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Una
acción o derecho se dice que prescribe cuando se extingue por la
prescripción.

PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN:


CONTRA EL ACEPTANTE Y SU AVALISTA.- la prescripción es de tres
años contados desde la fecha del vencimiento



CONTRA LOS ENDOSANTES Y EL GIRADOR.- Las acciones prescriben
en un año, a partir de la fecha del protesto o de la fecha del
vencimiento cuando se ha establecido la cláusula “ sin protesto”



CONTRA LOS ENDOSANTES ENTRE SI Y CONTRA EL GIRADOR.prescriben en seis meses contados del día en que el endosante ha
reembolsado la letra o el día en que el mismo ha sido demandado.

INTERESES:

8
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II



Solamente en las letras de cambio pagaderas a la vista o a cierto
plazo de vista, se puede estipular intereses, en cualquier otra letra de
cambio, esa estipulación será considerada como no escrita.



Pero es importante aclarar que en las letras de cambio a día fijo y a
cierto plazo de fecha no se puede estipular que la suma devengará
intereses desde la fecha de emisión de la letra de cambio; pero sí se
puede estipular en estas letras de cambio intereses a partir del
vencimiento.

EJEMPLO:
LETRA DE CAMBIO No. 1/5 Por $. 2,000.00
Lugar: Quito Fecha: 03 de Mayo del 2013
Vence en: 3 de Mayo del 2014
Se servirá(n) Ud(s), pagar solidariamente el día 03 de Mayo del 2013 LA
LETRA DE CAMBIO, a la orden de EMPRESA O PERSONA la cantidad de DOS
MIL DOLARES AMERICANOS, más el interés legal y de mora. Sin protesto.
Exímase de presentación para la aceptación y el pago, así como de aviso
por falta de estos hechos.
A: (Nombre del Deudor)
Dirección: (Ciudad, domicilio del Deudor)
Atentamente,
FIRMA DEL EMISOR DE LA LETRA DE CAMBIO

9
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

DEL PAGARÉ A LA ORDEN:


CONCEPTO: es un título de crédito, creado y reglado por la ley, que
contiene una promesa incondicional del suscriptor de pagar una
suma determinada a otra persona, a su orden.



REQUISITOS:
1.- La denominación del documento (Pagaré) inserta en el texto
mismo y expresada en el idioma empleado en la redacción del
documento.
2.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de
dinero
3.- La indicación del vencimiento
4.- La del lugar donde debe efectuarse el pago
5.- El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse
el pago (beneficiario)
6.- La indicación de la fecha y el lugar donde se suscribe el pagaré
7.- La firma del que emite el documento (suscriptor)



NATURALEZA:
1.- Es un título valor
2.- Es un título de crédito
3.- Es un instrumento privado
4.- Es un instrumento formal, reglado por la Ley en su contenido
5.- Es un título a la orden
6.- Es un título ejecutivo

7.- El Pagaré contiene una promesa. Esta es su característica
esencial y la que revela su naturaleza.

10
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

DIFERENCIAS SUSTANCIALES ENTRE EL PAGARÉ A LA ORDEN Y LA LETRA DE
CAMBIO:


Mientras la letra de cambio contiene una orden de pago, el pagaré
a la orden contiene una promesa



En la creación de la letra de cambio intervienen necesariamente tres
elementos personales: el girador, el girado y el beneficiario; mientras
que en el pagaré solamente intervienen el suscriptor (deudor) y el
beneficiario (acreedor)



En la letra de cambio, el girador puede a su vez ser beneficiario; en
cambio en el pagaré el suscriptor no puede a la vez ser beneficiario
(no puede prometer pagarse a sí mismo)



En el pagaré no existe al figura del girado porque no hay una orden
de pago como en la letra.



En el pagaré no existe la aceptación como en la letra de cambio,
que constituye al girado en obligado principal y directo



En el pagaré pagadero a cierto plazo de la vista existe la figura del
visto bueno, que no se aplica en la letra de cambio.

EL CHEQUE


CONCEPTO:

Es un título valor mediante el cual un cuentacorrentista expide una
orden incondicional de pago de una suma determinada de dinero, a la
vista, al banco en que ha hecho el depósito monetario.


REQUISITOS:



La denominación de cheque, inserta en el texto mismo del
documento y expresada en el idioma empleado para su redacción.



El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de
dinero



El nombre de quien debe pagar, o girado



La indicación del lugar de pago



La indicación de la fecha y del lugar de emisión del cheque

11
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO



La firma de quien expide el cheque o girador



DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

El beneficiario

NATURALEZA:


El cheque es un medio de pago a la vista; mientras que la letra de
cambio y el pagaré a la orden son instrumentos de crédito.



El cheque facilita la circulación del dinero y los pagos, pues evita el
tener que portar el dinero.



El cheque es un título valor completo, cuya forma está regulada por
la Ley



ENDOSO:



Es la forma en la que se transfiere y circula el cheque



El endoso del cheque debe ser puro y simple



El endoso debe ser por el valor total del cheque, el endoso parcial es
nulo



El girado no puede endosar el cheque.



Es prohibido el endoso de cheques por parte de beneficiarios
personas jurídicas



Están prohibidos los endosos en blanco o al portador



Solamente podrán endosar cheques los primeros beneficiarios
personas naturales. Lo pueden hacer por una sola vez, siempre que
el cheque haya sido girado por una suma de dinero de hasta
quinientos dólares de los Estados Unidos de América



DE LA PRESENTACIÓN Y DEL PAGO:



El cheque es un medio de pago y como tal es pagadero a la vista.



El cheque presentado para el pago antes del día indicado como
fecha de emisión, debe ser pagado o protestado.



La presentación del cheque a una Cámara de Compensación
equivale a la presentación para el pago.

12
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO



DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

PLAZOS DE PRESENTACIÓN:

Según el lugar de giro y de pago del cheque se ha fijado el plazo de
presentación y reglas para ello:


Si el cheque es girado en nuestro país y pagadero en igual país,
deberá presentarse para el pago dentro del plazo de veinte días,
contados desde la fecha de su emisión.



Los cheques girados en el exterior y pagaderos en nuestro país
deberán presentarse para el pago dentro del plazo de noventa días,
contados desde la fecha de su emisión.

Los cheques girados en el Ecuador y pagaderos en el exterior se sujetarán
a los plazos que determine la Ley del Estado donde tenga su domicilio el
banco girado


DEL PROTESTO:



Es el acto mediante el cual se deja constancia escrita de la falta de
pago del cheque.



El banco girado debe protestar el cheque en los siguientes casos:



Por insuficiencia de fondos



Por cuenta cerrada



Por cuenta cancelada



El girador pagará la multa del 10% sobre el valor del cheque
protestado, multa que se debitará de las cuentas del girador.



ORDENES DE NO PAGO DE CHEQUES:
1.- REVOCATORIA
2.- OPOSICIÓN AL PAGO
3.- ABSTENCIÓN DE PAGO



ACCIONES JUDICIALES:

13
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

ACCIONES CIVILES:
El reclamo del pago de la obligación que contiene el cheque puede
hacerse en:


JUICIO EJECUTIVO:

Cuando el cheque ha sido protestado por la falta o insuficiencia de
fondos;
Cuando este protesto se realiza dentro del plazo de presentación
(veinte días cheques girados y pagaderos en Ecuador) salvo el cheque
postdatado.


JUICIO VERBAL SUMARIO:

Cuando el cheque no pagado por falta o insuficiencia de fondos ha
sido protestado fuera de los plazos de presentación
Cuando el cheque ha sido protestado por cuenta cerrada.
En ambos casos salvo que el cheque fuera postdatado


JUICIO ORDINARIO:

Cuando han prescrito las acciones ejecutiva y verbal sumaria. En
este caso cabe la acción de enriquecimiento ilícito.
Cuando se trata de un cheque postdatado.


ACCIONES PENALES:



La acción penal es independiente de la civil, que se ejercita para el
pago del valor del cheque. No existe prejudicialidad en este caso
ya que los fines que se persiguen son distintos.

1.- Del pago de cheques sin provisión de fondos ( delito contra la fe
pública, reprimido con prisión de tres meses a dos años y multa de 8 a 77
US$)
2.- Cheque en cuenta cerrada ( delito de estafa)
3.- Imitación o falsificación de cheques


14
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO



DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

DE LA PRESCRIPCIÓN:

Las acciones civiles prescriben a los seis meses de los plazos de
presentación

15
IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS.
TRAMITES PARA EL COBRO

DECIMO SEGUNDO “B”
DERECHO MERCANTIL II

BIBLIOGRAFIA:
Código Procedimiento Civil; Art. 413- Art. 415; Ecuador
Ley de Cheques; Ecuador
Código de Comercio; Art. 412 – Art. 415; Ecuador
LINKOGRAFIA:
http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_conte
nt&task=view&id=392&Itemid=49
http://www.forosecuador.ec/forum/ecuador/econom%C3%ADa-yfinanzas/902-%C2%BFc%C3%B3mo-se-llena-una-letra-de-cambio-enecuador
http://camilomorenopiedrahita.blogspot.com/2008/10/las-accionescambiarias-en-el-derecho.html
http://www.derechoecuador.com/productos/formatos/detalle/catal
ogo/formatos/juicios/civiles/code/5511/juicio-ejecutivo-letra-decambio

16

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)Videoconferencias UTPL
 
Presentacion derecho pagare
Presentacion derecho pagarePresentacion derecho pagare
Presentacion derecho pagareborrego90
 
Proyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióNProyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióNguest5dca348
 
ExposicióN Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
ExposicióN   Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]ExposicióN   Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
ExposicióN Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]anitacris
 
Titulo valores cheque
Titulo valores chequeTitulo valores cheque
Titulo valores chequemaiza121
 
Pagare de valdez posada
Pagare de valdez posadaPagare de valdez posada
Pagare de valdez posadaoscaredg
 
titulos valores
titulos valores titulos valores
titulos valores pabe2211
 
Tìtulos ejecutivos
Tìtulos ejecutivosTìtulos ejecutivos
Tìtulos ejecutivosUTPL UTPL
 
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...Videoconferencias UTPL
 
el pagare en el salvador
el pagare en el salvadorel pagare en el salvador
el pagare en el salvadorManuel Coreas
 
Pagare
PagarePagare
Pagare971819
 

La actualidad más candente (20)

UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBERRO 2012)
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Presentacion derecho pagare
Presentacion derecho pagarePresentacion derecho pagare
Presentacion derecho pagare
 
Proyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióNProyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióN
 
ExposicióN Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
ExposicióN   Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]ExposicióN   Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
ExposicióN Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
 
El pagaré..
El pagaré..El pagaré..
El pagaré..
 
Titulo valores cheque
Titulo valores chequeTitulo valores cheque
Titulo valores cheque
 
Pagare de valdez posada
Pagare de valdez posadaPagare de valdez posada
Pagare de valdez posada
 
Pagaré, Cheque
Pagaré, ChequePagaré, Cheque
Pagaré, Cheque
 
titulos valores
titulos valores titulos valores
titulos valores
 
Tìtulos ejecutivos
Tìtulos ejecutivosTìtulos ejecutivos
Tìtulos ejecutivos
 
Pagaré
PagaréPagaré
Pagaré
 
5 titulos y operaciones de credito
5 titulos y operaciones de credito5 titulos y operaciones de credito
5 titulos y operaciones de credito
 
Titulos de credito 3a. y 4a. Unidad
Titulos de credito 3a. y 4a. UnidadTitulos de credito 3a. y 4a. Unidad
Titulos de credito 3a. y 4a. Unidad
 
Presentaciónesteban
PresentaciónestebanPresentaciónesteban
Presentaciónesteban
 
Pagaré
PagaréPagaré
Pagaré
 
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...
UTPL-LEGISLACIÓN MERCANTIL , MONETARIA Y BANCARIA-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FE...
 
el pagare en el salvador
el pagare en el salvadorel pagare en el salvador
el pagare en el salvador
 
Titulos de crédito
Titulos de créditoTitulos de crédito
Titulos de crédito
 
Pagare
PagarePagare
Pagare
 

Similar a Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas

aspectos_legales_del_cheque tarea de adml
aspectos_legales_del_cheque tarea de admlaspectos_legales_del_cheque tarea de adml
aspectos_legales_del_cheque tarea de admlAmaiaAmaia6
 
Títulos de crédito
Títulos de créditoTítulos de crédito
Títulos de créditomauriciochr
 
LEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIAVideoconferencias UTPL
 
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIAVideoconferencias UTPL
 
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)Videoconferencias UTPL
 
Títulos de crédito
Títulos de créditoTítulos de crédito
Títulos de créditonubiacr
 
Títulos crédito. mapas conceptuales
Títulos crédito. mapas conceptualesTítulos crédito. mapas conceptuales
Títulos crédito. mapas conceptualescarymarcomputer
 
EL PAGARÉ ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhddd
EL PAGARÉ  ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhdddEL PAGARÉ  ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhddd
EL PAGARÉ ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhdddJorgeMarioCastilloYC
 
Titulos de crédito pdf
Titulos de crédito pdfTitulos de crédito pdf
Titulos de crédito pdfRocio Guillen
 
Titulos de credito mercantil ii
Titulos de credito mercantil iiTitulos de credito mercantil ii
Titulos de credito mercantil iiJamil Yat
 
Documentos de credito
Documentos de creditoDocumentos de credito
Documentos de creditoGersonPrez4
 
Martinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docx
Martinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docxMartinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docx
Martinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docxHoracioRomero13
 

Similar a Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas (20)

aspectos_legales_del_cheque tarea de adml
aspectos_legales_del_cheque tarea de admlaspectos_legales_del_cheque tarea de adml
aspectos_legales_del_cheque tarea de adml
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Mercantil ii paricla ii
Mercantil ii paricla iiMercantil ii paricla ii
Mercantil ii paricla ii
 
Títulos de crédito
Títulos de créditoTítulos de crédito
Títulos de crédito
 
LEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACION MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
 
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
 
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
 
Títulos de crédito
Títulos de créditoTítulos de crédito
Títulos de crédito
 
Títulos crédito. mapas conceptuales
Títulos crédito. mapas conceptualesTítulos crédito. mapas conceptuales
Títulos crédito. mapas conceptuales
 
EL PAGARÉ ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhddd
EL PAGARÉ  ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhdddEL PAGARÉ  ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhddd
EL PAGARÉ ljhkjtukfyuytghutylbyyrtyddeydhddd
 
Titulos de crédito pdf
Titulos de crédito pdfTitulos de crédito pdf
Titulos de crédito pdf
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Titulos de credito mercantil ii
Titulos de credito mercantil iiTitulos de credito mercantil ii
Titulos de credito mercantil ii
 
Titulos de los valores
Titulos de  los valoresTitulos de  los valores
Titulos de los valores
 
Titulos de crédito
Titulos de créditoTitulos de crédito
Titulos de crédito
 
Documentos de credito
Documentos de creditoDocumentos de credito
Documentos de credito
 
Titulo valores
Titulo valores Titulo valores
Titulo valores
 
Martinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docx
Martinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docxMartinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docx
Martinez Romero Horacio-Llenado de los títulos de crédito..docx
 
TITULOS VALORES.pdf
TITULOS VALORES.pdfTITULOS VALORES.pdf
TITULOS VALORES.pdf
 

Último

FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDUgustavorojas179704
 
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdfTema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdfDaniel Ángel Corral de la Mata, Ph.D.
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptxMonitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptxJUANCARLOSAPARCANARE
 
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTESaraNolasco4
 
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdfRAMON EUSTAQUIO CARO BAYONA
 
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxMODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxRAMON EUSTAQUIO CARO BAYONA
 
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la SostenibilidadLos Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la SostenibilidadJonathanCovena1
 
Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsa
Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsaManejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsa
Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsaLuis Minaya
 
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsxJuanpm27
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docxAgustinaNuez21
 
libro para colorear de Peppa pig, ideal para educación inicial
libro para colorear de Peppa pig, ideal para educación iniciallibro para colorear de Peppa pig, ideal para educación inicial
libro para colorear de Peppa pig, ideal para educación inicialLorenaSanchez350426
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfcoloncopias5
 
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docxEDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docxLuisAndersonPachasto
 

Último (20)

FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
 
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdfTema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
 
recursos naturales america cuarto basico
recursos naturales america cuarto basicorecursos naturales america cuarto basico
recursos naturales america cuarto basico
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptxMonitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
 
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
 
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
 
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
 
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxMODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
 
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptxPPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
 
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la SostenibilidadLos Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsa
Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsaManejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsa
Manejo del Dengue, generalidades, actualización marzo 2024 minsa
 
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luzLa luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
 
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
 
libro para colorear de Peppa pig, ideal para educación inicial
libro para colorear de Peppa pig, ideal para educación iniciallibro para colorear de Peppa pig, ideal para educación inicial
libro para colorear de Peppa pig, ideal para educación inicial
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
 
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docxEDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
 

Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas

  • 1. DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL II MERCANTIL DERECHO DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO MERCANTIL DERECHO IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO INTEGRANTES: DAYSI PICO JUAN CARLOS FRANCO LORENA ZAMBRANO DORIS GARCIA VICTOR CORDOVA DECIMO SEGUNDO NIVEL “B”
  • 2. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II DE LOS TÍTULOS VALOR  Concepto.- El título valor es un documento que representa, en forma literal y autónoma, derechos y garantiza plenamente su exigencia al tenedor Características:  Documento necesario.- En el sentido de que subsiste por sí mismo y porque es condición indispensable del nacimiento, conservación y disfrute o ejercicio del derecho que contiene. Sin el documento no es factible hacer efectivo el derecho en contra del obligado, ni transmitirlo a un tercero o hacerlo circular. El documento no es sólo un documento probatorio sino un documento constitutivo del derecho a una prestación.  Incorporación.- En los títulos valores el derecho a la prestación se incorpora al documento, se identifica con el título, desvinculándose de la relación previa que origina la emisión del documento. El título se identifica con el derecho de tal manera que no pueden existir separados.  Literalidad.- El derecho que contiene el título valor es literal, es decir se perfecciona por la escritura y no por el consentimiento. La literalidad del documento es tal que incluso el que firma después de una alteración del texto queda obligado en los términos de la alteración.  Autonomía.- El derecho que se contiene en los títulos valores es independiente de las relaciones habidas entre las personas vinculadas con el documento.  Autonomía activa significa que el adquirente del título recibe un derecho nuevo, originario, no derivado, puede ejercitar un derecho propio, independiente del derecho de los anteriores poseedores; y, por eso no pueden oponérsele excepciones personales del deudor y los tenedores precedentes.  Autonomía pasiva, significa que los suscriptores del título valor se obligan con absoluta independencia uno del otro; es decir que las circunstancias que invalidan la obligación de alguno de los signatarios del título no afectan las obligaciones de los demás 2
  • 3. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II DE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS.  1.- ¿Qué asuntos se pueden tramitar en vía ejecutiva? Se demandan en juicio ejecutivo las obligaciones que reúnan las siguientes condiciones:  Que se contengan en un título ejecutivo  Que sean obligaciones ejecutivas: claras, determinadas, liquidas, puras y de plazo vencido cuando lo haya.  2.- ¿Qué títulos son ejecutivos? Son títulos ejecutivos los que la Ley expresamente los califica de tal manera. Según el artículo 413 del Código de Procedimiento Civil:  La confesión de parte, hecha con juramento ante juez competente  La sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada  La copia y la compulsa auténticas de las escrituras públicas  Los documentos privados reconocidos ante Juez o Notario público  Las Letras de cambio  Los pagarés a la orden  Los testamentos  Las actas judiciales de remate o las copias de los autos de adjudicación debidamente protocolizados  Las actas de transacción u otras que contengan obligaciones de dar o hacer alguna cosa  Y los demás instrumentos a los que las leyes especiales dan el carácter de ejecutivos (obligaciones, certificados financieros, el cheque no pagado por falta o insuficiencia de fondos y protestado dentro del plazo de presentación, los sobregiros, las cédulas hipotecarias, etc.)  3.- ¿Por qué la Ley les da el carácter de ejecutivos a ciertos títulos? 3
  • 4. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II  Contienen una obligación ejecutable, no se requiere que se declare la existencia de la obligación o de que el deudor esté obligado a la prestación; pues la obligación está o es determinada. No se requiere de una declaratoria de los derechos, judicial o personal del deudor. No se requiere dirimencia.  Hace prueba plena porque el título acredita el cumplimiento de determinados requisitos y exigencias legales que garantizan que se trata de una obligación pura, clara, determinada. DE LA LETRA DE CAMBIO  Concepto.- Es un título de crédito, a la orden, creado y regulado por la Ley, que contiene un mandato de pago emitido por el girador para que otra persona - girado o librado- de aceptar la orden, la cumpla en los términos fijados en el documento, a favor de su tenedor.  Requisitos.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 410 del Código de Comercio, la letra de cambio contendrá: 1.- La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para la redacción del mismo. Las letras de cambio que no llevaren la referida denominación, serán sin embargo válidas si contuvieren la indicación expresa de ser a la orden. 2.- La orden incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero 3.- El nombre de la persona que debe pagar (librado o girado) 4.- La indicación del vencimiento [si falta se la considera a la vista] 5.- La del lugar en donde debe efectuarse el pago [si falta será la localidad designada junto al nombre del girado] 6.- El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago. 4
  • 5. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II 7.- La indicación de la fecha y del lugar en que se gira la letra [si falta el lugar de la emisión será la del lugar expresado junto al nombre del girador] 8.- La firma de la persona que la emite (librado o girador) REQUISITOS PERSONALES:  1.- GIRADOR.- Es la persona natural o jurídica que crea y emite el título, quien debe manifestar su voluntad en forma expresa mediante la firma en el documento.  2.- GIRADO.- O librado es la persona natural o jurídica, a quien el girador da la orden incondicional de pagar una determinada cantidad de dinero. Es la persona que debe pagar. Debe aceptarla.  3.- TENEDOR O BENEFICIARIO.- Es la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago que ordena el girador. El tenedor puede endosar la letra; y, entonces el nuevo beneficiario será el endosatario.  NATURALEZA: La naturaleza de la letra de cambio se puede concretar en las siguientes características:  1.- Desde el punto de vista genérico, la letra de cambio es un título valor y como tal es un documento necesario, que contiene un derecho incorporado, literal y autónomo.  2.- La diferencia específica como título valor es la de que es un título de crédito  3.- Es un instrumento privado, porque “ es el escrito hecho por personas particulares, sin intervención de notario ni de otra persona legalmente autorizada”  4.- Es un instrumento creado y reglado por la Ley para facilitar las obligaciones y transacciones, especialmente entre comerciantes. 5.- Es un título a la orden 5
  • 6. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO  DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II LA ACEPTACIÓN: Es el acto por el que el girado asume la obligación cambiaria de cumplir la orden incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero, dada por el girador. El aceptante contrae la obligación de pagar la suma determinada en la letra como deudor principal.  EL ENDOSO: Es el acto por el cual el portador (endosante) de un título a la orden transfiere el título y/o el derecho que contiene a un tercero (endosatario) mediante una simple nota escrita en el documento o en una hoja adherida y su entrega. Es muy frecuente la transmisión de la letra de cambio mediante el endoso. Pero cuando se trata de letras de cambio nominativas o “no a la orden” la transmisión o transferencia debe realizarse mediante cesión.  EL AVAL: Es una garantía cambiaria del pago de una letra de cambio. El avalista es la persona que se compromete a responder en los mismos términos que el obligado de quien se constituye garante. El aval es una relación accesoria que asegura el cumplimiento de la obligación que contiene la letra. DEL VENCIMIENTO:  A DÍA FIJO.- Cuando se fija día, mes y año de vencimiento de la letra, se trata de un vencimiento establecido en forma precisa. Vence en / Vencimiento: 2 de mayo del 2007  A CIERTO PLAZO DE FECHA: Este plazo puede señalarse en días, meses o años. Se trata de un vencimiento expreso: Vence en / Vencimiento: 60 días/ 2 meses/ 1 año y medio  Vence en / Vencimiento: mediados de mayo del 2007  A LA VISTA: 6
  • 7. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II Es aquella cuyo vencimiento se produce en el momento de su presentación al girado o portador, y por tanto es pagadera o exigible desde su presentación. Debe presentarse dentro de los seis meses desde la emisión. Vence en / Vencimiento: A la vista  A CIERTO PLAZO DE VISTA: Es aquella cuyo plazo de vencimiento empieza a recurrir desde la fecha de aceptación o del protesto, una vez que ha sido puesta a la vista del girado.  Vence en / Vencimiento: A 60 días vista  VENCIMIENTO SUCESIVOS: Con el fin de hacer más ágil y simple el manejo de las letras de cambio se ha establecido que puedan haber vencimientos sucesivos, mes a mes, por ejemplo. En el caso de producirse la mora de uno o más de los vencimientos, se ejecutará exclusivamente aquella que estuviere en mora, a menos que se haya establecido una cláusula de aceleración de pagos  Vence en / Vencimiento: Primera Cuota US$ 250,oo 2 de mayo del 2007 Segunda Cuota US$ 250,oo 2 de junio del 2007 Tercera Cuota US$ 250,oo 2 de julio del 2007 DE LAS ACCIONES CAMBIARIAS: La acción cambiaria es entonces la que ejerce el tenedor de la letra de cambio para obtener su pago o cumplimiento de la obligación, en contra de los signatarios de la misma, en función de los derechos que el título confiere  ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA.- Es aquella que se dirige contra los obligados directos, es decir contra EL ACEPTANTE Y EL AVALISTA, quienes por su propia voluntad asumen en forma expresa el compromiso de pagar el valor de la letra al portador legítimo de la misma. 7
  • 8. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II  ACCIÓN CAMBIARIA INDIRECTA O DE REGRESO.- es la que ejerce el tenedor del título en contra de los ENDOSANTES, GIRADOR Y SUS RESPECTIVOS AVALISTAS de la letra, con excepción del aceptante y el avalista del aceptante.  ACCIONES NO CAMBIARIAS.- Son aquellas que se ejercen no necesariamente para obtener el pago de la letra de cambio: la de enriquecimiento ilícito o injusto; la entrega o restitución del título valor pagado, la reivindicatoria del título, las penales que nacen por delitos cometidos con estos títulos  DE LA PRESCRIPCIÓN.- Según el Código Civil, la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos; por haberse poseído las cosas, o no haberse ejercido dichas acciones y derechos, durante cierto tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Una acción o derecho se dice que prescribe cuando se extingue por la prescripción. PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN:  CONTRA EL ACEPTANTE Y SU AVALISTA.- la prescripción es de tres años contados desde la fecha del vencimiento  CONTRA LOS ENDOSANTES Y EL GIRADOR.- Las acciones prescriben en un año, a partir de la fecha del protesto o de la fecha del vencimiento cuando se ha establecido la cláusula “ sin protesto”  CONTRA LOS ENDOSANTES ENTRE SI Y CONTRA EL GIRADOR.prescriben en seis meses contados del día en que el endosante ha reembolsado la letra o el día en que el mismo ha sido demandado. INTERESES: 8
  • 9. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II  Solamente en las letras de cambio pagaderas a la vista o a cierto plazo de vista, se puede estipular intereses, en cualquier otra letra de cambio, esa estipulación será considerada como no escrita.  Pero es importante aclarar que en las letras de cambio a día fijo y a cierto plazo de fecha no se puede estipular que la suma devengará intereses desde la fecha de emisión de la letra de cambio; pero sí se puede estipular en estas letras de cambio intereses a partir del vencimiento. EJEMPLO: LETRA DE CAMBIO No. 1/5 Por $. 2,000.00 Lugar: Quito Fecha: 03 de Mayo del 2013 Vence en: 3 de Mayo del 2014 Se servirá(n) Ud(s), pagar solidariamente el día 03 de Mayo del 2013 LA LETRA DE CAMBIO, a la orden de EMPRESA O PERSONA la cantidad de DOS MIL DOLARES AMERICANOS, más el interés legal y de mora. Sin protesto. Exímase de presentación para la aceptación y el pago, así como de aviso por falta de estos hechos. A: (Nombre del Deudor) Dirección: (Ciudad, domicilio del Deudor) Atentamente, FIRMA DEL EMISOR DE LA LETRA DE CAMBIO 9
  • 10. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II DEL PAGARÉ A LA ORDEN:  CONCEPTO: es un título de crédito, creado y reglado por la ley, que contiene una promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma determinada a otra persona, a su orden.  REQUISITOS: 1.- La denominación del documento (Pagaré) inserta en el texto mismo y expresada en el idioma empleado en la redacción del documento. 2.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero 3.- La indicación del vencimiento 4.- La del lugar donde debe efectuarse el pago 5.- El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago (beneficiario) 6.- La indicación de la fecha y el lugar donde se suscribe el pagaré 7.- La firma del que emite el documento (suscriptor)  NATURALEZA: 1.- Es un título valor 2.- Es un título de crédito 3.- Es un instrumento privado 4.- Es un instrumento formal, reglado por la Ley en su contenido 5.- Es un título a la orden 6.- Es un título ejecutivo 7.- El Pagaré contiene una promesa. Esta es su característica esencial y la que revela su naturaleza. 10
  • 11. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II DIFERENCIAS SUSTANCIALES ENTRE EL PAGARÉ A LA ORDEN Y LA LETRA DE CAMBIO:  Mientras la letra de cambio contiene una orden de pago, el pagaré a la orden contiene una promesa  En la creación de la letra de cambio intervienen necesariamente tres elementos personales: el girador, el girado y el beneficiario; mientras que en el pagaré solamente intervienen el suscriptor (deudor) y el beneficiario (acreedor)  En la letra de cambio, el girador puede a su vez ser beneficiario; en cambio en el pagaré el suscriptor no puede a la vez ser beneficiario (no puede prometer pagarse a sí mismo)  En el pagaré no existe al figura del girado porque no hay una orden de pago como en la letra.  En el pagaré no existe la aceptación como en la letra de cambio, que constituye al girado en obligado principal y directo  En el pagaré pagadero a cierto plazo de la vista existe la figura del visto bueno, que no se aplica en la letra de cambio. EL CHEQUE  CONCEPTO: Es un título valor mediante el cual un cuentacorrentista expide una orden incondicional de pago de una suma determinada de dinero, a la vista, al banco en que ha hecho el depósito monetario.  REQUISITOS:  La denominación de cheque, inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para su redacción.  El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de dinero  El nombre de quien debe pagar, o girado  La indicación del lugar de pago  La indicación de la fecha y del lugar de emisión del cheque 11
  • 12. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO  La firma de quien expide el cheque o girador  DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II El beneficiario NATURALEZA:  El cheque es un medio de pago a la vista; mientras que la letra de cambio y el pagaré a la orden son instrumentos de crédito.  El cheque facilita la circulación del dinero y los pagos, pues evita el tener que portar el dinero.  El cheque es un título valor completo, cuya forma está regulada por la Ley  ENDOSO:  Es la forma en la que se transfiere y circula el cheque  El endoso del cheque debe ser puro y simple  El endoso debe ser por el valor total del cheque, el endoso parcial es nulo  El girado no puede endosar el cheque.  Es prohibido el endoso de cheques por parte de beneficiarios personas jurídicas  Están prohibidos los endosos en blanco o al portador  Solamente podrán endosar cheques los primeros beneficiarios personas naturales. Lo pueden hacer por una sola vez, siempre que el cheque haya sido girado por una suma de dinero de hasta quinientos dólares de los Estados Unidos de América  DE LA PRESENTACIÓN Y DEL PAGO:  El cheque es un medio de pago y como tal es pagadero a la vista.  El cheque presentado para el pago antes del día indicado como fecha de emisión, debe ser pagado o protestado.  La presentación del cheque a una Cámara de Compensación equivale a la presentación para el pago. 12
  • 13. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO  DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II PLAZOS DE PRESENTACIÓN: Según el lugar de giro y de pago del cheque se ha fijado el plazo de presentación y reglas para ello:  Si el cheque es girado en nuestro país y pagadero en igual país, deberá presentarse para el pago dentro del plazo de veinte días, contados desde la fecha de su emisión.  Los cheques girados en el exterior y pagaderos en nuestro país deberán presentarse para el pago dentro del plazo de noventa días, contados desde la fecha de su emisión. Los cheques girados en el Ecuador y pagaderos en el exterior se sujetarán a los plazos que determine la Ley del Estado donde tenga su domicilio el banco girado  DEL PROTESTO:  Es el acto mediante el cual se deja constancia escrita de la falta de pago del cheque.  El banco girado debe protestar el cheque en los siguientes casos:  Por insuficiencia de fondos  Por cuenta cerrada  Por cuenta cancelada  El girador pagará la multa del 10% sobre el valor del cheque protestado, multa que se debitará de las cuentas del girador.  ORDENES DE NO PAGO DE CHEQUES: 1.- REVOCATORIA 2.- OPOSICIÓN AL PAGO 3.- ABSTENCIÓN DE PAGO  ACCIONES JUDICIALES: 13
  • 14. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II ACCIONES CIVILES: El reclamo del pago de la obligación que contiene el cheque puede hacerse en:  JUICIO EJECUTIVO: Cuando el cheque ha sido protestado por la falta o insuficiencia de fondos; Cuando este protesto se realiza dentro del plazo de presentación (veinte días cheques girados y pagaderos en Ecuador) salvo el cheque postdatado.  JUICIO VERBAL SUMARIO: Cuando el cheque no pagado por falta o insuficiencia de fondos ha sido protestado fuera de los plazos de presentación Cuando el cheque ha sido protestado por cuenta cerrada. En ambos casos salvo que el cheque fuera postdatado  JUICIO ORDINARIO: Cuando han prescrito las acciones ejecutiva y verbal sumaria. En este caso cabe la acción de enriquecimiento ilícito. Cuando se trata de un cheque postdatado.  ACCIONES PENALES:  La acción penal es independiente de la civil, que se ejercita para el pago del valor del cheque. No existe prejudicialidad en este caso ya que los fines que se persiguen son distintos. 1.- Del pago de cheques sin provisión de fondos ( delito contra la fe pública, reprimido con prisión de tres meses a dos años y multa de 8 a 77 US$) 2.- Cheque en cuenta cerrada ( delito de estafa) 3.- Imitación o falsificación de cheques  14
  • 15. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO  DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II DE LA PRESCRIPCIÓN: Las acciones civiles prescriben a los seis meses de los plazos de presentación 15
  • 16. IDENTIFICACION Y ANALISIS DE LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS E IMPAGAS. TRAMITES PARA EL COBRO DECIMO SEGUNDO “B” DERECHO MERCANTIL II BIBLIOGRAFIA: Código Procedimiento Civil; Art. 413- Art. 415; Ecuador Ley de Cheques; Ecuador Código de Comercio; Art. 412 – Art. 415; Ecuador LINKOGRAFIA: http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_conte nt&task=view&id=392&Itemid=49 http://www.forosecuador.ec/forum/ecuador/econom%C3%ADa-yfinanzas/902-%C2%BFc%C3%B3mo-se-llena-una-letra-de-cambio-enecuador http://camilomorenopiedrahita.blogspot.com/2008/10/las-accionescambiarias-en-el-derecho.html http://www.derechoecuador.com/productos/formatos/detalle/catal ogo/formatos/juicios/civiles/code/5511/juicio-ejecutivo-letra-decambio 16