Este decreto establece las principales regulaciones para las licencias de telecomunicaciones en Colombia. Introduce una licencia convergente unificada que permite la prestación de múltiples servicios de telecomunicaciones bajo una sola licencia. También requiere que los operadores dominantes ofrezcan acceso mayorista a su infraestructura a tarifas razonables y no discriminatorias, y faciliten el acceso a elementos esenciales de la red como el bucle de abonado. Además, permite la cesión de permisos de uso del espectro radioel
EL SALVADOR: Ley de Telecomunicaciones (actualizada nov.10) - 1447
Mapa conceptual decreto 2870 de 2007
1. DECRETO 2870 DE 2007
Principales Aspectos
TÍTULO HABILITANTE
CONVERGENTE - THC
ESPECTRO
ELECTROMAGNÉTICO
RED DE
TELECOMUNICACIONES DEL
ESTADO
OFERTA MAYORISTA DE
TELECOMUNICACIONES
RÉGIMEN DE
CONTRAPRESTACIONES
Artículo 2.. Definiciones.Título
Habilitante Convergente:: Esta
denominación comprende las
licencias y concesiones para la
prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones de que
tratan el Decreto Ley 1900 de 1990 y
el inciso cuarto del Artículo
33 de la Ley 80 de 1993.
los servicios de Televisión consagrados en la Ley182 de 1995 y
sus modificaciones, los servicios de Radiodifusión Sonora,
Auxiliares de Ayuda y Especiales de que trata el Decreto Ley
1900 de 1990, los servicios de Telefonía Móvil Celular -TMC- y
de Comunicación Personal –PCS definidos en las Leyes 37 de
1993 y 555 de 2000, respectivamente, y los servicios de
Telefonía
Pública Básica Conmutada Local, Local Extendida y Telefonía
Móvil Rural contemplados en la Ley 142 de 1994.
Artículo 10.. Aplicación de la Oferta
Mayorista Los operadores
de telecomunicaciones con posición
dominante en un mercado relevante,
estarán obligados a poner a
disposición y conocimiento general,
la oferta mayorista en términos y
condiciones razonables y no
discriminatorios, garantizando la
prestación de los servicios
relacionados, y la remuneración de
los costos eficientes de la
infraestructura.
Licencia específica por servicio
Simplificación de licencias: una
licencia para múltiples servicios
Categorías
amplias de
servicios
MALASIA
Licencia
Unificada o
Piramidal
INDIA
Licencia para
Redes y
Servicios
SINGAPUR
Artículo 13.. Obligaciones
especiales parra operadores con
posición
dominante.. Los operadores de
telecomunicaciones con posición
dominante en un mercado
relevante, deberán ofrecer y
permitir el
acceso a elementos de red de
manera desagregada, identificados
como instalaciones esenciales, así
como las cabezas de los cables
submarinos y el bucle de abonado,
según las condiciones técnicas y
económicas que para el efecto
establezca la CRT, garantizando la
prestación de los servicios
relacionados, la remuneración de
los costos
eficientes de infraestructura y los
incentivos adecuados a la inversión
en modernización de
infraestructura y redes de nueva
generación.
Artículo 17.. Cesión de los permisos
de uso del espectro
radioeléctrico.. Los permisos para el
uso del espectro
radioeléctrico podrán ser cedidos,
previa autorización del
Ministerio de Comunicaciones, de
conformidad con la
reglamentación que aquél expida
dentro de los seis (6) meses
siguientes a la entrada en vigencia
del presente decreto.
EDISON ALEJANDRO GUEVARA
80217870