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Normas Legales de la Educación
Argentina
Perspectiva Político – Institucional
Profesor: Bernárdez Carlos
Año: 2015
Integrantes del grupo:
Martinez Miriam
Medina Marcela
Sosa Claudia
Barreto Silvana
Educación
En las leyes Nacional y Provincial es definida como:
Un bien público
Un derecho personal y social
Prioridad Nacional y Provincial
Brinda oportunidades para desarrollo ,fortalecimiento de la formación
integral de las personas.
Responsables de la Educación:
Estado Nacional
Las provincias
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
los municipios, las organizaciones de
la sociedad, la familia como agente
natural y primario.
Ley Ed.Nac art.4, 6
Ley Ed.Pcial art 5, 6
Fines y objetivos de la Educación:
Formación integral de las personas.
Construir una sociedad justa.
Reafirmar la soberanía e identidad Nacional.
Profundizar el ejercicio de la Ciudadanía
democrática y Republicana.
Respetar los derechos humanos y las libertades
fundamentales.
Fortalecer el desarrollo económico-social de la
Nación.
Obligatoriedad, gratuidad:
El Estado Nacional y Provincial
garantizan la igualdad ,gratuidad y
equidad de los servicios de gestión estatal
en todos los niveles y modalidades.
Obligatoriedad desde los 5 años nivel
Nacional y a partir de los 4 años en la
provincia, hasta la finalización del nivel
secundario en todo el país.
Ley Ed.Nac. art 16
Ley Pcia art 5
Obligatoriedad y Gratuidad
Estructura del Sistema Educativo Nacional
y bonaerense
Estructura unificada.
Organización de niveles y
modalidades de la educación.
Validez nacional de títulos y
certificados.
Las actividades pedagógicas estarán
a cargo de un personal docente
titulado.
Comprende cuatro niveles:
1. Educación inicial.
2. Educación primaria.
3. Educación secundaria.
4. Educación superior.
Obligatoriedad de la sala de 4 años nivel inicial
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
sanciona:
La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la
edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la
educación secundaria.
El Ministerio de Educación y las autoridades jurisdiccionales
competentes asegurarán:
 Cumplimiento
Obligatoriedad escolar a través de alternativas
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos.
Requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales.
Calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones
sociales
Reglamentación de la docencia: tareas ,
prohibiciones, obligación de cuidado de los alumnos
A enseñar saberes y promover valores que
aseguren los derechos educativos a niños,
adolescentes, jóvenes y adultos.
A proteger ,promover y reconocer el
conocimiento y ejercicio de los derechos de
los niños y adolescentes.
Evaluar al alumno en su desempeño y
logro en todos los niveles, modalidades y
ámbitos.
Modalidades según las leyes
LEY DE EDUCACION
NACIONAL LEY DE EDUCACION
PROVINCIAL
Técnico-profesional
Artística
Especial
Permanentes de jóvenes y
adultos
Rural
Intercultural y bilingüe
Privadas de libertad
Domiciliarias y hospitalarias
Técnico profesional
Artística
Especial
Jóvenes, adultos, adultos
mayores y formación
profesional
Intercultural
Física
Ambiental , psicología
comunitaria y pedagogía
social
Características del Nivel Secundario:
Unidad pedagógica destinadas a
adolescentes , jóvenes , adultos y adultos
mayores.
Es obligatorio.
Solo podrán acceder aquellas personas
que hayan finalizado el nivel primario.
Se divide en (2) ciclos: ciclo básico y ciclo
orientado.
Objetivos del nivel secundario:
Las modalidades y orientaciones habilitan el
ejercicio pleno de la ciudadanía, el trabajo y la
continuación de los estudios.
Formación de sujetos responsables.
Promover el saber integrado.
Brindar formación ética, junto con un desarrollo
intelectual.
Desarrollar procesos de orientación vocacional.
Estimular las manifestaciones culturales.
Desarrollar las competencias lingüísticas.
Formar lectores críticos y usuarios de la cultura
escrita.
Crear espacios extracurriculares.
Derechos y obligaciones de los distintos
actores institucionales ( Docentes)
Obligaciones:
Desempeñar digna, eficaz y
responsablemente las
funciones inherentes al
cargo.
Conservar una conducta
acorde a su rol docente.
Ser garante de los derechos de
sus alumnos, asegurar su
participación pedagógica y
promover valores.
A capacitarse en forma
permanente.
Derechos:
A la pertenencia, participación
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institución.
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en condiciones dignas.
A la participación gremial y
una justa remuneración
Derechos y obligaciones de los distintos
actores institucionales (Alumnos)
Obligaciones:
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obligatoria.
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educación y el
cumplimiento de las
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integral e igualitaria.
A ser evaluados en sus
desempeños y logros.
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y pedagógico.
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actores institucionales(Padres o tutores)
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educación obligatoria
en forma activa y
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actores institucionales
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escolares.
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estatutos.
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profesional, auxiliar y de servicio
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Desempeñar su rol docente con una conducta
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educativas públicas.
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Es una unidad pedagógica.
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Educativa
Esta será democrática.
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Educación asegurará a cada institución
los instrumentos necesarios para la más
amplia participación comunitaria.
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Equipo de conducción institucional:
En los casos de ausencia de algunos de los miembros del
equipo de conducción institucional, y ante la necesidad de
intervenciones, estará a cargo el docente presente de
mayor puntaje.
En caso de igualdad de puntaje se hará cargo el de
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Equipos de Trabajo en la Institución
Cargos docentes de Base:
Estos desempeñan tareas complementarias a las del
equipo docente institucional evitando
superposiciones.
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Ese personal docente de base que habiendo cumplido
los requisitos de ingreso cumplen tareas docentes
vinculadas a su habilitación profesional ej. Psicólogo
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Equipo de trabajo administrativo:
Esta conformado por el personal auxiliar de la
educación de cada institución educativa.
El proyecto institucional
Busca asegurar la mejor realización del
acto educativo.
Debe garantizar la amplia participación
de la comunidad educativa conforme al
reglamento.
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estrategias para sus soluciones.
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Es la herramienta de intervención para
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Participa todo el personal docente,
alumnos, padres y demás actores sociales.
Desarrolla diversas estrategias
didácticas.
Articula contenidos curriculares y
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Acuerdos de convivencia
Deberán facilitar las condiciones
adecuadas para el ejercicio de los
derechos de enseñar y aprender y el
cuidado integral de todos los sujetos
involucrados.
Garantizarán la construcción democrática
y participativa.
Se actualizarán y revisarán.
Se explicitarán las estrategias de
intervención.
Se respetarán los principios de inclusión.
Jornada Escolar
Es el horario de funcionamiento de sus turnos
conforme a la carga horaria correspondiente al
Diseño Curricular vigente del nivel, modalidad y
modelo organizacional.
Podrá ser jornada simple, completa o extendida.
Antes del inicio lectivo, el director y su equipo de
conducción organizarán los horarios.
Los turnos y horarios deben ser notificados a los
Consejos Escolares del distrito.
La asistencia y puntualidad se regulará de
acuerdo a cada nivel o modalidad.
Los Aspectos Administrativos
El director tendrá a su cargo todas las
tareas administrativas, que podrá delegar
en su equipo de trabajo. Supervisará,
acompañará, pero será él en última
instancia quien responda por las
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Protección de los Derechos de los
Niños y Adolescentes
Es responsabilidad indelegable del Estado la defensa del
interés superior del niño y del adolescente de acuerdo a lo
establecido en la Convención por los Derechos del Niño y el
Adolescente.
En todos los casos en los que se haya producido o sospeche
la vulneración de sus derechos, corresponde a todo el
personal, con carácter de carga pública, requerir de modo
fehaciente la inmediata intervención de los Organismos
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Normas legales de la educaciã³n argentina

  • 1. Normas Legales de la Educación Argentina Perspectiva Político – Institucional Profesor: Bernárdez Carlos Año: 2015 Integrantes del grupo: Martinez Miriam Medina Marcela Sosa Claudia Barreto Silvana
  • 2. Educación En las leyes Nacional y Provincial es definida como: Un bien público Un derecho personal y social Prioridad Nacional y Provincial Brinda oportunidades para desarrollo ,fortalecimiento de la formación integral de las personas.
  • 3. Responsables de la Educación: Estado Nacional Las provincias Ciudad Autónoma de Buenos Aires los municipios, las organizaciones de la sociedad, la familia como agente natural y primario. Ley Ed.Nac art.4, 6 Ley Ed.Pcial art 5, 6
  • 4. Fines y objetivos de la Educación: Formación integral de las personas. Construir una sociedad justa. Reafirmar la soberanía e identidad Nacional. Profundizar el ejercicio de la Ciudadanía democrática y Republicana. Respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales. Fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.
  • 5. Obligatoriedad, gratuidad: El Estado Nacional y Provincial garantizan la igualdad ,gratuidad y equidad de los servicios de gestión estatal en todos los niveles y modalidades. Obligatoriedad desde los 5 años nivel Nacional y a partir de los 4 años en la provincia, hasta la finalización del nivel secundario en todo el país. Ley Ed.Nac. art 16 Ley Pcia art 5 Obligatoriedad y Gratuidad
  • 6. Estructura del Sistema Educativo Nacional y bonaerense Estructura unificada. Organización de niveles y modalidades de la educación. Validez nacional de títulos y certificados. Las actividades pedagógicas estarán a cargo de un personal docente titulado.
  • 7. Comprende cuatro niveles: 1. Educación inicial. 2. Educación primaria. 3. Educación secundaria. 4. Educación superior.
  • 8. Obligatoriedad de la sala de 4 años nivel inicial El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina sanciona: La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria. El Ministerio de Educación y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán:  Cumplimiento Obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos. Requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales. Calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales
  • 9. Reglamentación de la docencia: tareas , prohibiciones, obligación de cuidado de los alumnos A enseñar saberes y promover valores que aseguren los derechos educativos a niños, adolescentes, jóvenes y adultos. A proteger ,promover y reconocer el conocimiento y ejercicio de los derechos de los niños y adolescentes. Evaluar al alumno en su desempeño y logro en todos los niveles, modalidades y ámbitos.
  • 10. Modalidades según las leyes LEY DE EDUCACION NACIONAL LEY DE EDUCACION PROVINCIAL Técnico-profesional Artística Especial Permanentes de jóvenes y adultos Rural Intercultural y bilingüe Privadas de libertad Domiciliarias y hospitalarias Técnico profesional Artística Especial Jóvenes, adultos, adultos mayores y formación profesional Intercultural Física Ambiental , psicología comunitaria y pedagogía social
  • 11. Características del Nivel Secundario: Unidad pedagógica destinadas a adolescentes , jóvenes , adultos y adultos mayores. Es obligatorio. Solo podrán acceder aquellas personas que hayan finalizado el nivel primario. Se divide en (2) ciclos: ciclo básico y ciclo orientado.
  • 12. Objetivos del nivel secundario: Las modalidades y orientaciones habilitan el ejercicio pleno de la ciudadanía, el trabajo y la continuación de los estudios. Formación de sujetos responsables. Promover el saber integrado. Brindar formación ética, junto con un desarrollo intelectual. Desarrollar procesos de orientación vocacional. Estimular las manifestaciones culturales. Desarrollar las competencias lingüísticas. Formar lectores críticos y usuarios de la cultura escrita. Crear espacios extracurriculares.
  • 13. Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales ( Docentes) Obligaciones: Desempeñar digna, eficaz y responsablemente las funciones inherentes al cargo. Conservar una conducta acorde a su rol docente. Ser garante de los derechos de sus alumnos, asegurar su participación pedagógica y promover valores. A capacitarse en forma permanente. Derechos: A la pertenencia, participación y movilidad dentro de la institución. A ejercer su tarea pedagógica en condiciones dignas. A la participación gremial y una justa remuneración
  • 14. Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales (Alumnos) Obligaciones: A completar la educación obligatoria. Al mayor aprovechamiento de la educación y el cumplimiento de las normas. Derechos: Al acceso a la educación integral e igualitaria. A ser evaluados en sus desempeños y logros. A recibir apoyo social, cultural y pedagógico. A recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional.
  • 15. Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales(Padres o tutores) Obligaciones: Asegurar el cumplimiento de la educación obligatoria en forma activa y respetuosa de las normativas. Derechos: A elegir la institución según sus convicciones. A la información y participación dentro de la institución.
  • 16. Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales Deben contribuir al buen funcionamiento de las instituciones escolares. Sus derechos y obligaciones se encuentran en sus respectivos estatutos. Del personal técnico- administrativo, profesional, auxiliar y de servicio
  • 17. Reglamento de la tarea docente Desempeñar su rol docente con una conducta acorde en los lineamientos de las políticas educativas públicas.  Formar a los alumnos con absoluta prescindencia partidaria y religiosa. La tarea docente implica el cuidado de todos y cada uno de los alumnos a su cargo.
  • 18. Institución Educativa Es una unidad pedagógica. Responsable de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Destinada al logro de objetivos. Donde se articulan los distintos actores institucionales.
  • 19. Participación de la Comunidad Educativa Esta será democrática. Conforme al proyecto institucional y al propio ideario de las Instituciones de gestión privada. La Dirección General de Cultura y Educación asegurará a cada institución los instrumentos necesarios para la más amplia participación comunitaria.
  • 20. Equipos de trabajo en la institución Equipo de conducción institucional: En los casos de ausencia de algunos de los miembros del equipo de conducción institucional, y ante la necesidad de intervenciones, estará a cargo el docente presente de mayor puntaje. En caso de igualdad de puntaje se hará cargo el de mayor antigüedad.
  • 21. Equipos de Trabajo en la Institución Cargos docentes de Base: Estos desempeñan tareas complementarias a las del equipo docente institucional evitando superposiciones. Cargo técnico-docentes de base: Ese personal docente de base que habiendo cumplido los requisitos de ingreso cumplen tareas docentes vinculadas a su habilitación profesional ej. Psicólogo de la modalidad especial. Equipo de trabajo administrativo: Esta conformado por el personal auxiliar de la educación de cada institución educativa.
  • 22. El proyecto institucional Busca asegurar la mejor realización del acto educativo. Debe garantizar la amplia participación de la comunidad educativa conforme al reglamento. Debe identificar las problemáticas y dar estrategias para sus soluciones.
  • 23. Plan de continuidad pedagógica Es la herramienta de intervención para asegurar los actos educativos. Participa todo el personal docente, alumnos, padres y demás actores sociales. Desarrolla diversas estrategias didácticas. Articula contenidos curriculares y extracurriculares. Se evalúa y actualiza permanentemente.
  • 24. Acuerdos de convivencia Deberán facilitar las condiciones adecuadas para el ejercicio de los derechos de enseñar y aprender y el cuidado integral de todos los sujetos involucrados. Garantizarán la construcción democrática y participativa. Se actualizarán y revisarán. Se explicitarán las estrategias de intervención. Se respetarán los principios de inclusión.
  • 25. Jornada Escolar Es el horario de funcionamiento de sus turnos conforme a la carga horaria correspondiente al Diseño Curricular vigente del nivel, modalidad y modelo organizacional. Podrá ser jornada simple, completa o extendida. Antes del inicio lectivo, el director y su equipo de conducción organizarán los horarios. Los turnos y horarios deben ser notificados a los Consejos Escolares del distrito. La asistencia y puntualidad se regulará de acuerdo a cada nivel o modalidad.
  • 26. Los Aspectos Administrativos El director tendrá a su cargo todas las tareas administrativas, que podrá delegar en su equipo de trabajo. Supervisará, acompañará, pero será él en última instancia quien responda por las decisiones tomadas.
  • 27. Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes Es responsabilidad indelegable del Estado la defensa del interés superior del niño y del adolescente de acuerdo a lo establecido en la Convención por los Derechos del Niño y el Adolescente. En todos los casos en los que se haya producido o sospeche la vulneración de sus derechos, corresponde a todo el personal, con carácter de carga pública, requerir de modo fehaciente la inmediata intervención de los Organismos Gubernamentales. La contención y protección del niño y/o adolescente es prioridad, cualesquiera las decisiones que se adopten.