2. SEGURIDAD SOCIAL
¿Qué es?
Conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que
disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad
de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y
programas que el Estado y la sociedad desarrollen.
Objetivo
Garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la
comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la
dignidad humana, mediante la protección de las contingencias
que la afecten.
Comprende
Las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y
los recursos destinados a garantizar la cobertura de las
prestaciones de carácter económico, de salud y servicios
complementarios, materia de esta ley, u otras que se
incorporen normativamente en el futuro.
3. PRINCIPIOS
Eficiencia
Es la mejor
utilización social y
económica de los
recursos
administrativos,
técnicos y
financieros
disponibles para
que los beneficios a
que da derecho la
seguridad social
sean prestados en
forma adecuada,
oportuna y
suficiente.
Universalidad Solidaridad Integralidad unidad
Es la garantía de la
protección para
todas las personas,
sin ninguna
discriminación, en
todas las etapas de
la vida
Es la práctica de la
mutua ayuda entre
las personas, las
generaciones, los
sectores
económicos, las
regiones y las
comunidades bajo el
principio del más
fuerte hacia el más
débil.
Es la cobertura de
todas las
contingencias que
afectan la salud, la
capacidad
económica y en
general las
condiciones de vida
de toda la población.
Para este efecto
cada quien
contribuirá según su
capacidad y recibirá
lo necesario para
atender sus
contingencias
amparadas por esta
ley
Es la articulación
de políticas,
instituciones,
regímenes,
procedimientos y
prestaciones para
alcanzar los fines de
la seguridad social
4. REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA SOBRE SEGURIDAD
SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL
Ley 100 de 1993
Régimen de
Pensiones Sistema general de
Riesgos Profesionales
Atención en
Salud
Invalidez, Vejez y
Muerte
Enfermedad
General y
Maternidad
Accidente de Trabajo y
Enfermedad
Profesional
Administradores
de Fondos de
Pensiones A.F.P
Entidades
Promotoras de
Salud E.P.S
Administradora de
Riesgos Profesionales
A.R.P
Instituciones Prestadoras de
Servicios I.P.S
5. SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
Objetivo
Asegurar a la población el cubrimiento de los riesgos o contingencias
derivados de la vejez, la invalidez y la muerte, por medio del reconocimiento
de pensiones y prestaciones determinadas por la Ley.
6. Vejez
Los afiliados que a los (62) años
de edad si son hombres y (57) si
son mujeres, y hubiesen cotizado
por lo menos mil ciento cincuenta
semanas (1.150), tendrán derecho
a que el Gobierno Nacional, en
desarrollo del principio de
solidaridad, les complete la parte
que haga falta para obtener dicha
pensión.
Tener en su cuenta de ahorro
individual un capital que les
permita obtener una pensión
mensual superior al 110% del
salario mínimo legal mensual
vigente
Invalidez Sobrevivientes
Se otorga a la personas que por
cualquier causa de origen no
profesional, y no provocada
intencionalmente, pierden el 50% o
más de su capacidad laboral , sin
embargo el afiliado debió haber
cotizado por lo menos 50 semanas
dentro de los últimos tres años
anteriores a la fecha de
estructuración de la invalidez.
Los menores de 20 años de edad
sólo deben acreditar que han
cotizado 26 semanas en el último
año inmediatamente anterior al
hecho causante de su invalidez o
su declaratoria.
Esta pensión puede otorgarse a
los beneficiarios del pensionado o
del afiliado que fallezca habiendo
cotizado como mínimo 50
semanas dentro de los últimos tres
años anteriores a la fecha de su
muerte. Si la persona que fallece
ya estaba pensionada por vejez, el
monto de la pensión será del
100% del monto de lo que estaba
recibiendo pero si el fallecido aún
se encontraba aportando será el
45% del ingreso base de
cotización incrementando el 2%
por cada 50 semanas adicionales
a las 500 primeras, sin que exceda
del 75% del ingreso base de
cotización.
7. AFILIADOS A.F.P
En forma
obligatoria:
Todas aquellas personas
vinculadas mediante contrato
de trabajo o como servidores
públicos, salvo las
excepciones previstas en esta
ley. Así mismo, los grupos de
población que por sus
características o condiciones
socioeconómicas sean
elegibles para ser
beneficiarios de subsidios a
través del fondo de
solidaridad pensional, de
acuerdo con las
disponibilidades
presupuestales.
En forma
voluntaria
Los trabajadores
independientes y en general
todas las personas naturales
residentes en el país y los
colombianos domiciliados en
el exterior, que no tengan la
calidad de afiliados
obligatorios y que no se
encuentren expresamente
excluidos por la presente ley.
Los extranjeros que en virtud
de un contrato de trabajo
permanezcan en el país y no
estén cubiertos por algún
régimen de su país de origen
o de cualquier otro.
8. Con la Ley 100 se autoriza la creación:
Sociedades
Administradoras de
Fondos de
Pensiones
Encargadas de administrar los recursos destinados a pagar las
pensiones de los afiliados que escojan pensionarse de acuerdo con
las condiciones en que estos fondos operaran de acuerdo con las
disposiciones que dicha Ley exige.
9. ATENCIÓN EN SALUD
Objetivo
Regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso de toda la
población al servicio en todos los niveles de atención.
El Gobierno Nacional dirigirá, orientará, regulará, controlará y vigilará el servicio público
esencial de salud que constituye el sistema general de seguridad social en salud
Todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al sistema general de
seguridad social en salud, previo el pago de la cotización reglamentaria o a través del
subsidio que se financiará con recursos fiscales, de solidaridad y los ingresos propios de
los entes territoriales
El recaudo de las cotizaciones será responsabilidad del sistema general de seguridad
social-fondo de solidaridad y garantía, quien delegará en lo pertinente esta función en
las entidades promotoras de salud
Características
Las entidades promotoras de salud tendrán a cargo la afiliación de los usuarios y la
administración de la prestación de los servicios de las instituciones prestadoras.
10. Fundamentos del servicio
• Equidad
• Obligatoriedad
• Protección Integral
• Libre Escogencia
• Autonomía de las Instituciones
• Descentralización
Administrativas
• Participación Social
• Concentración
• Calidad
11. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
PROFESIONALES
Es:
Conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los
trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes que
puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan,
además de mantener la vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad en
Salud Ocupacional.
12. Reglamentació
n
El pilar de esta Legislación es Decreto Ley 1295 de 1994, cuyos objetivos buscan:
• Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las
condiciones de trabajo y salud de los trabajadores
• Fijar las prestaciones de atención en salud y las prestaciones económicas
derivadas de las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional
• Vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de la Legislación en Salud
Ocupacional y el esquema de administración de Salud Ocupacional a través de las
ARP.
13. Conformación del Sistema General de Riesgos.
El Gobierno Nacional determinó la organización y
funcionamiento del Sistema General de Riesgos
Profesionales, el cual está integrado así:
• El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El
Ministerio De Salud (Hoy Fusionados Como Ministerio De
Protección Social)
• El Consejo Nacional De Riesgos Profesionales
• El Comité Nacional De Salud Ocupacional
• El Fondo De Riesgos Profesionales
• Las Juntas De Calificación De Invalidez
• La Superintendencia Bancaria
• Las Entidades Administradoras De Riesgos Profesionales
A.R.P
14. SALUD OCUPACIONAL
Es:
Ciencia multidisciplinaria, que tiene como finalidad promover y mantener el más alto
grado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en sus puestos
de trabajo.
Consiste
en la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de todas aquellas
actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva
de los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales
Objetivo
Proveer de seguridad, protección y
atención a los empleados en el
desempeño de su trabajo.
15. SUB- PROGRMAS DE SALUD
OCUPACIONAL
Medicina
Preventiva
Conjunto de actividades dirigidas a la promoción y control de la salud de los
trabajadores, tienden a garantizar óptimas condiciones de bienestar físico, mental y
social de las personas, protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales,
ubicándolos en un puesto de trabajo acorde con sus condiciones psico-físicas
y manteniéndolos en aptitud de producción laboral.
• Evaluaciones medicas
• Diagnósticos de salud
• Sistemas de vigilancia epidemiológica
ocupacional
• Primeros Auxilios
• Ausentismo laboral
• Capacitación
• Coordinación con entidades de salud, recreación,
deporte y cultura
• Visitas a los puestos de trabajo
• Sistemas de Información y Registros
16. SUB- PROGRMAS DE SALUD
OCUPACIONAL
Higiene Industrial
es la disciplina dedicada al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores
y agentes ambientales originados en o por el lugar de trabajo, que puedan causar
enfermedad e ineficiencia entre los trabajadores o entre los ciudadanos de una
comunidad.
• Estudios preliminares de cada uno de los agentes
contaminantes ambientales, de acuerdo al panorama de
riesgos.
• En coordinación con ARP se realiza mediciones de ruido e
iluminación.
• Aplicar correctivos en el siguiente orden de actuación: en
la fuente, en el medio y de no ser posible eliminarlos en
los anteriores se hará en el individuo.
• Estudios anuales de seguimiento a fin de conocer la
predominación y evolución de los agentes contaminantes.
17. SUB- PROGRMAS DE SALUD
OCUPACIONAL
Seguridad
Industrial
Comprende el conjunto de técnicas y actividades destinadas a la identificación,
valoración y al control de las causas de los accidentes de trabajo.
1.Normas y Procedimientos:
• Normas de seguridad y operación
• Permisos Especiales
2.Demarcación y señalización de Áreas
3.Inspecciones Planeadas
• Programas de inspecciones generales
• Programa de inspecciones de áreas y partes
criticas
4.Evaluación del programa de inspecciones
5.Orden y Aseo
6.Programa de mantenimiento
7.Investigación y análisis de accidentes/ incidentes
8.Preparación para emergencias
18. SUB- PROGRMAS DE SALUD
OCUPACIONAL
Saneamiento
Básico y Protección
Ambiental
Conjunto de actividades dirigidas a proteger el ecosistema de la actividad industrial, a
su vez que se encarga de proteger la salud de los trabajadores encaminando
acciones de saneamiento básico en la empresa.
• Saneamiento básico
• Se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
• Alojamiento y disposición de las basuras
• Servicios Sanitarios (baños, duchas, lavamanos,
etc.)
• Control de Plagas
• Suministro de Agua Potable
19. SUB- PROGRMAS DE SALUD
OCUPACIONAL
Programas de
Entretenimiento
Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar al trabajador los conocimientos
y destrezas necesarias para desempeñar su labor asegurando la prevención de
accidentes, protección de la salud e integridad física y emocional.
20. Es toda situación o
condición que por
su potencialidad
puede causar daño
a personas
(trabajador,
visitantes), equipos
e instalaciones, o al
ambiente
Es la probabilidad,
oportunidad o
posibilidad, que el
peligro pueda
ocasionar daño.
21. CLASIFICACION DE LOS RIESGOS PROFESIONALES
RIESGOS
FISICOS
• Ruido
• Vibración
• Iluminación
• Temperaturas extremas
• Radiaciones ionizantes
• Radiaciones no ionizantes,
etc.
RIESGOS
QUIMICOS
Polvos
Humos
Gases
Vapores.
RIESGOS
QUIMICOS
Vírus
Bactérias
Hongos
Parasitos
Microrganismo aero mesófilo
RIESGOS
ERGONOMICO
S
• Posturas
• Esfuerzos
• Movimientos repetitivos
Manipulación de cargas
• Ritmo de trabajo.
RIESGOS
PSICOSOCIALE
S
Contenido de la tarea
Relaciones Humanas
Carga trabajo mental, etc.
22. ACCIDENTES
Es un acontecimiento violento, repentino, prevenible y no deseado, que interrumpe un proceso normal de
trabajo ocasionando secuela.
CONDICIONES INSEGURAS
• Cualquier condición del ambiente
que contribuye a un accidente
• Falta de Orden y Limpieza
• Instalaciones inadecuadas.
• Operación de maquinarias con
defectos.
ACTOS INSEGUROS
• Violación de un procedimiento o
reglamento aceptado como seguro
• Falta de información y capacitación
• Inadecuada operación de equipos y
maquinarias –
• Falta de experiencia, etc.
Causas de Los Accidentes
23. ENFERMEDADES OCUPACIONALES
Son alteraciones de la salud de los trabajadores que se producen como consecuencia de
la exposición a distintos factores de riesgo existentes en los ambientes de trabajo; que
evoluciona de forma aguda o crónica.