Este documento resume los conceptos fundamentales del derecho penal. Explica que el derecho penal estudia las normas que definen conductas como delitos o faltas y establecen sanciones para quienes las cometen. Su función es proteger a la sociedad mediante la represión de infracciones cometidas y la prevención de futuras infracciones. También define conceptos clave como delito, crimen y fuentes del derecho penal. Finalmente, resume las escuelas clásica y positivista en el pensamiento criminológico.
1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y
CIENCIAS SOCIALES
DERECHO
EL DERECHO PENAL
AMBATO – ECUADOR
2014
2. DERECHO PENAL
Rama del Derecho Público Interno
relativo a los Delitos, Las Penas y
las Medidas de Seguridad; que
tienen como objetivo inmediato la
Creación y la Conservación del
Orden Social.
3. EL DELITO
Toda acción u omisión
voluntaria penada por
la ley. En forma simple,
es la comisión de un
hecho que la ley
castiga con una cierta
pena.
4. Estudia el conjunto de normas
jurídicas que definen determinadas
conductas como infracciones
(delitos o faltas) y dispone la
aplicación de sanciones (penas y
medidas de seguridad) a quienes
los cometen.
¿Qué estudia el derecho penal?
5. Realiza su misión de protección
de la Sociedad, castigando las
infracciones ya cometidas, por
lo que es de naturaleza
represiva. En segundo lugar,
cumple esa misma misión por
medio de la prevención de
infracciones de posible comisión
futura, por lo que posee
naturaleza preventiva.
FUNCIONES DEL DERECHO PENAL
6. LAS FUENTES DEL DERECHO PENAL
FUENTE REAL.- Razones determinantes del
contenido de las normas jurídicas. (Causas que
impulsaron al legislador a darle vida a la
norma).
FUENTE FORMAL.- El proceso histórico (Se
trata de los medios para conocer el derecho, la
ley, costumbre, jurisprudencia y doctrina).
FUENTE HISTORICA.- Medios que nos
permiten conocer el derecho vigente en el
pasado. (Libros, documentos, papiros,
inscripciones, etc., pero que tengan el texto de
una ley).
7. ¿QUE ES EL DELITO?
Zaffaroni, “Conducta típica, antijurídica y
culpable”. Esta noción indica el orden en
que debemos formular las preguntas para
determinar si hubo delito.
Debemos preguntar si hubo conducta, ya
que si falta el carácter genérico del delito
nos encontramos ante el supuesto de
falta de conducta y, consecuentemente,
no corresponde continuar con el estudio.
8. Se constituye por un conjunto de
conocimientos heterogéneos
encaminados al hallazgo de los
delincuentes al conocimiento del "modus
operandi" del delito y al descubrimiento
de las pruebas y de los procedimientos
para utilizarlos. Se trata de diversas
ciencias y artes para investigar los delitos
y descubrir a los delincuentes.
CIENCIAS PENALES = CRIMINOLOGIA
9.
10. LA ESCUELA CLASICA
Enrique Ferri le adjudicó ese
nombre con ánimo de crítica
despectiva, para significar lo viejo,
lo caduco.
Representa una corriente de
Pensamiento Científico Penal y se
inició a partir de la publicación del
libro de Beccaria (1764) que venía
a dar nacimiento a las nuevas
ideas sobre el delito y la pena.
11. ESCUELA POSITIVISTA
Esta corriente surgió como negación
rotunda de las concepciones anteriores
de la Escuela Clásica, cuyo idealismo y
abstracción fueron combatidos por los
positivistas quienes pretendieron cambiar
el criterio represivo, suprimiendo la
fundamentación objetiva del delito para
dar preponderante estimación a la
personalidad del delincuente.