2. SGP El sistema generalizado de preferencias arancelarias o (SGP), es un mecanismo de política comercial, entre los países desarrollados de la Unión Europea; en él cual estos permiten la reducción total o parcial sobre el arancel de un número limitado de productos provenientes de países en vía de desarrollo sin exigir contrapartidas por parte de estos países; cuya finalidad es fomentar el desarrollo sostenible de estos últimos; y en especial la erradicación de la pobreza.
3. Antecedentes. El SGP, nace como una recomendación en 1968, por parte de la conferencia de las naciones unidas, sobre comercio y desarrollo (UNCTAD); en el cual se presento un esquema arancelario preferencial para 178 economías en vía de desarrollo, por parte de los países industrializados europeos; aunque ofreciendo beneficios especiales a los 49 países menos desarrollados, y a los países que cumplían determinadas normas básicas en cuanto al ámbito laboral y al medio ambiente.
4. Regímenes del SGP Régimen general. En este se otorga un acceso preferencial al mercado de la unión europea a los productos de 179 economías y territorios beneficiarios, eliminando y/o reduciendo aranceles aplicables a la importación de dichos productos. La cobertura de este régimen es de 7200 productos, siendo la mayoría productos agrícolas y pesqueros.
5. SGP plus El régimen especial de estimulo de desarrollo sostenible y gobernanza abarca a mas de 7800 sub-partidas de la nomenclatura combinada aplicada por la unión Europea. Con este régimen se sustituyen los antiguos 3 regímenes de drogas, social y medioambiental, y se suspenden los aranceles de todos los productos tanto sensibles como no sensibles, a diferencia del régimen general. además quedan totalmente suspendidos los derechos específicos, excepto en los casos en que los productos incluyan también derechos ad valorem.
6. Productos colombianos beneficiados. Flores, frutas tropicales, plátano, hortalizas, mandarinas (que estaban gravadas en el régimen droga), cebollas, puerros, coles, coliflores, repollos y las ensaladas de verduras. Camarón (3,6%), atún, y en general productos de la pesca. Extractos de café, café descafeinado, tostado, molido y liofilizado, aceite de palma, tabaco, cacao, jugos de frutas. Cueros y pieles (liberalizados), bolsos de mano, calzado. Textiles, confecciones, lencería, ropa interior, terciopelo, medias pantalón. Polímeros, polipropileno, vidrio templado, herbicidas, peces ornamentales, alimentos para perros y gatos.
7. Requisitos para la incorporación a este régimen. No estar clasificados como país de ingresos elevados por 3 años consecutivos por el banco mundial. No tener una economía diversificada; es decir que las 5 principales secciones de sus exportaciones a la UE representen más del 75% del valor total de sus exportaciones acogidas al SGP. Las exportaciones a la unión europea acogidas al SGP deben representar menos del 1% del valor total de las exportaciones totales a la UE acogidas al SGP
8. Condiciones para la mercancía Las mercancías deben ser originarias de un país beneficiario, de acuerdo con las normas de origen del SGP de la comunidad europea, y así evitar la triangulación comercial. Las mercancías deben ser transportadas directamente del país beneficiario a la comunidad europea. Debe presentarse una prueba de origen valida (un certificado de origen modelo A), el cual es emitido por las autoridades competentes del país beneficiario, o una declaración en factura.
9. Régimen especial para los países menos desarrollados “todo menos armas” En este régimen se suspenden totalmente los aranceles de los productos provenientes de los 50 países clasificados por la Naciones Unidas como menos desarrollados, exceptuando armas y municiones. Este régimen abarca casi 10000 sub-partidas de la nomenclatura combinada aplicada por la UE; pero posee medidas transitorias para productos como el plátano, el arroz y el azúcar.
10. Mecanismo de graduación El mecanismo de graduación es el sistema aplicado a productos que lleguen a alcanzar un nivel de competitividad en el mercado europeo, que haga innecesaria la utilización del SGP para competir con economías menos desarrolladas
11. Retirada temporal y clausulas de salvaguardia Las preferencias se pueden retirar temporalmente, de forma total o parcial para los productos originarios de un país beneficiario, cuando exista una violación grave y sistemática de los derechos humanos o laborales, exportación de productos fabricados en prisiones, deficiencias graves en los controles aduaneros en materia de exportación de drogas, prácticas comerciales desleales o infracciones de acuerdos sobre conservación de recursos pesqueros. También se pueden perder las preferencias en caso de fraude o irregularidades, en el cumplimiento de las normas de origen de los productos; o falta de colaboración administrativa.