John Stuart Mill fue un filósofo y economista inglés que representó el utilitarismo moral. Abogó por la libertad individual siempre que no dañe a otros, y defendió la libertad de expresión para permitir el debate de ideas. Propuso que el bienestar de la sociedad depende de maximizar la felicidad del mayor número posible de personas a través de la democracia representativa, la educación, el control poblacional y la distribución equitativa de la riqueza.
Filósofo y economista del utilitarismo y liberalismo
1. Filósofo, político y economista inglés.
Representante destacado del llamado utilitarismo
moral, teoría ética propuesta por su padrino
Jeremy Bentham. Su pensamiento político y social
constituyen las bases del liberalismo que, en
conjunción con las teorías socialistas, estaría en el
origen de la social-democracia contemporánea.
1. EL UTILITARISMO 2. EL LIBERALISMO
3. 1.1 Utilitarismo de las acciones y
de las normas
Criterio utilitarista fundamental: la adhesión o el rechazo a un
determinado comportamiento moral está determinado por la cantidad
de felicidad conseguida por el sujeto y por la mayor cantidad de gente
posible.
Utilitarismo de las acciones (Bentham). La máxima utilitarista se
aplica a las acciones. Justificaría el incumplimiento de las normas si con
ello se consiguiera una mayor felicidad.
Utilitarismo de las normas (Mill). El criterio de la utilidad debe ser
aplicado a las normas morales más que a las acciones; lo cual le
aproxima a la idea kantiana del deber respecto del cumplimiento de las
normas morales
4. 1.1 Fundamento de la moral: los
sentimientos
Naturaleza humana basada principalmente en su carácter social y en los
sentimientos que éste conlleva, tal como la simpatía, la compasión o la
solidaridad.
Esto no significa que los sentimientos morales sean innatos o se basen
en a-prioris; aunque sí puedan considerarse naturales. Es como el
lenguaje, o el mismo carácter sociable de las personas, que, aunque
naturales, sólo pueden desarrollarse mediante aprendizajes.
5. 1.2 Consecuencialismo y anti-
esencialismo
No existen imperativos universales a-prioris, independientes de las
circunstancias reales y concretas en las que la acción moral se desarrolla.
Se da más importancia a las acciones y a sus consecuencias que a las
intenciones: una determinada conducta es tanto más buena cuanto más
felicidad produzca al agente y a sus destinatarios, y está en relación
secundaria respecto de las intenciones del agente.
La ética utilitarista no es “esencialista”: las personas no actúan en razón de
cómo “son”, sino que son en razón de cómo actúan. Nadie es o deja de ser de
determinada manera, sino más bien actúa de una forma u otra; y son sus
acciones, y las consecuencias de éstas, las que cuentan para valorar
moralmente a alguien. Esta perspectiva resulta especialmente interesante si
se la vincula con el reconocimiento del derecho a la rehabilitación del que
gozaría cualquier persona, por muy negativo que haya sido su
comportamiento.
6. 2. El Liberalismo
Libertad en un sentido positivo y negativo.
El principio de indemnidad
Normativa jurídica y “opinión pública”
La libertad de expresión
7. 2.1 Significados de la idea de libertad
Isaiah Berlin (1909-1997)
Libertad en un sentido positivo: capacidad para
decidir y actuar de manera autónoma (libre albedrío).
Libertad en un sentido negativo: ausencia de
impedimentos, obstáculos o coerción.
En su obra Sobre la libertad Mill habla solamente de la
libertad en un sentido negativo.
8. 2.2 Principio de indemnidad
Principio de “indemnidad”: toda persona debería ser libre para realizar
las acciones que desee, siempre y cuando no dañe a los demás ni coarte
su libertad.
Separación del ámbito público del privado. La acción reglamentadora
del Estado, como así también el juicio moral de los demás sujetos, sólo
puede aplicarse al ámbito de lo público. Ninguna acción debería ser
reglamentada o sancionada, si su ejercicio no afecta o perjudica a otras
personas. Los gustos, las tendencias o las costumbres no pueden ser, en
sí mismas, criterios de persecución o sanción. Lo que debe primar sobre
todas las cosas es el respeto a la individualidad; y lo que se debe evitar
es la manipulación, la coacción o la presión sobre las ideas o las
decisiones de los demás, aunque se esté convencido de que esto es lo
que realmente les convendría o que se hace por su propio bien.
9. 2.3 Distinción entre la normativa jurídica y la
“opinión pública”
Distinción entre el valor de las leyes o de las normas como garantes
del cumplimiento de los derechos individuales, de los principios o
valores que se derivan de la “opinión pública”. Nadie tiene la obligación
de actuar conforme a la opinión público, y todo el mundo tiene el
derecho a la “extravagancia” o a la “excentricidad”, siempre que no
perjudique de manera efectiva a otras personas. Por ejemplo, nadie
puede ser castigado por estar borracho, salvo que su estado de ebriedad
pueda poner en peligro, en el caso de conducir en este estado, la vida de
los demás.
Estos principios prefiguran una sociedad basada en el máximo respeto
a la libertad de los individuos y, consecuentemente, en la tolerancia a la
diversidad de opciones y comportamientos.
10. 2.4 La libertad de expresión
Una opinión, aunque reducida al silencio, puede ser verdadera.
Aunque la opinión reducida a silencio sea un error, puede contener, y
con frecuencia contiene, una porción de verdad; y como la opinión
general o prevaleciente sobre cualquier asunto rara vez o nunca es toda
la verdad, sólo por la colisión de opiniones adversas tiene alguna
probabilidad de ser reconocida la verdad entera.
Aunque la opinión admitida fuera no sólo verdadera, sino toda la
verdad, a menos que pueda ser y sea vigorosa y lealmente
discutida, será sostenida por los más de los que la admitan como un
prejuicio, con poca comprensión o sentido de sus fundamentos sociales.
El sentido de la misma verdad correrá el riesgo de perderse o
debilitarse, perdiendo su vital efecto sobre el carácter y la
conducta, convirtiéndose así en un el dogma o profesión meramente
formal.
11. UTILITARISMO
J.S. MILL J. BENTHAM
BIEN: máximo BIEN: máxima
placer para el mayor felicidad para el
número mayor número
EL GOBIERNO
BIEN es
CON LAS LEYES
(A diferencia de Bentham)
Vale más la CALIDAD que la
cantidad
SEGURIDAD IGUALDAD
Mi Libertad
La felicidad individual depende de la termina donde
SUBSISTENCIA ABUNDANCIA
felicidad colectiva supone un daño a
los demás
El sistema de gobierno válido es la
DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
Necesita además
Cierto nivel Control del crecimiento de Distribución equitativa de
educativo la población la riqueza