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INSTITUTO DE
ESTUDIOS
UNIVERSITARIOS

MAESTRÍA EN
IMPUESTOS




CASOS DE
DEDUCCIONES
EN IETU
LIC. ATENAS ISABEL QUINTAL MERCADO
¿QUÉ ES DEDUCIBLES PARA LA LEY DE IETU?

 DEDUCCIONES DE PERSONAS FÍSICAS Y                SON DEDUCIBLES PARA                 FUNDAMENTACIÓN
             MORALES POR:                           EFECTOS DEL IETU
Compras pagadas                                           SI            Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Costo de lo vendido                                       NO            Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Devoluciones de bienes recibidas por el                   SI            Fracción III, Artículo 5 de la Ley de IETU
contribuyente
Descuentos o bonificaciones otorgados por el              SI            Fracción III, Artículo 5 de la Ley de IETU
contribuyente
Depósitos o anticipos devueltos por el                    SI            Fracción III, Artículo 5 de la Ley de IETU
contribuyente
Depreciación actualizada de inversiones en                NO            Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU
activo fijo
Compras de activos fijos, efectivamente pagadas           SI            Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Deducción inmediata de inversiones                        NO            Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Ajuste anual por inflación deducible                      NO            Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Salarios                                                  NO            Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                                        la Ley de IETU

Gratificación anual                                       NO            Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                                        la Ley de IETU

Prima vacacional                                          NO            Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                                        la Ley de IETU
Compensaciones e incentivos                       NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

Fondo de ahorro                                   NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

Comisiones a empleados                            NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

Pagos asimilados a salarios                       NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

5% de aportaciones al Infonavit                   NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

Cuotas patronales al IMSS                         NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

2% de retiro (AFORE)                              NO   Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de
                                                       la Ley de IETU

Impuesto sobre nóminas o erogaciones por          SI   Fracción II, Artículo 5 de la Ley de IETU
salarios
Prestaciones de previsión social                  NO   Párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU

Pago de honorarios a personas físicas y morales   SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                       Ley de IETU

Pago de renta de bienes inmuebles a personas      SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
físicas y morales                                      Ley de IETU

Pago de renta de bienes muebles                   SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                       Ley de IETU
Mantenimiento de inversiones deducibles             SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU

Papelería y artículos de oficina                    SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Fletes y acarreos                                   SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Cuotas y suscripciones                              SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Teléfono                                            SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Luz                                                 SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Combustibles y lubricantes                          SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Seguros y fianzas                                   SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Reparaciones de instalaciones eléctricas            SI   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                         Ley de IETU
Multas (no deducibles para el ISR)                  NO   Fracción II, Artículo 5 de la Ley de IETU

Cursos y capacitación                               SI   Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Viáticos y gastos de viaje deducibles para el ISR   SI   Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Mensajería                                          SI   Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU
Publicidad y propaganda                                SI   Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Impuestos aduanales                                    SI   Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Consumo en restaurantes1                               SI   Fracción IV, Artículo 6 y Fracción V y XX del
                                                            Artículo 32 de la LIETU
Intereses devengados a cargo y pérdidas                NO   Fracción I, Artículo 6, Artículo 3 y Artículo 2 de
cambiarias                                                  la LIETU
Gastos por partidas discontinuas y                     NO   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
extraordinarias                                             Ley de IETU
Pago de regalías a partes independientes               NO   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                            Ley de IETU
Pago de regalías a partes relacionadas                 NO   Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la
                                                            Ley de IETU
Asistencia técnica                                     NO   Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU

Donativos deducibles para el ISR (hasta el 7% de       SI   Fracción VIII, Artículo 5 y Artículo 31 de la
la utilidad fiscal del ejercicio inmediato anterior)        LIETU
Pago de intereses por préstamos bancarios              NO   Artículo 2, Artículo 3 y Fracción I Artículo 6 de la
                                                            LIETU
Pago de intereses por préstamos efectuados por         NO   Artículo 2, Artículo 3 y Fracción I Artículo 6 de la
terceros                                                    LIETU
Intereses por pago extemporáneo a proveedores          NO   Artículo 2, Artículo 3 y Fracción I Artículo 6 de la
                                                            LIETU
Gastos no deducibles para el ISR                       NO   Fracción IV, Artículo 6 de la LIETU
EJERCICIOS DE DEDUCCIONES EN IETU

                                                                                                                        CASO 1


PLANTEAMIENTO
Determinación del monto de los donativos que podrá deducir una persona moral que tributa en el régimen general de la LISR, tanto
para el ISR como para el IETU.
• La persona moral otorgó donativos a varias instituciones de beneficencia pública autorizadas para recibir donativos deducibles.

DATOS
     Utilidad fiscal en el ISR del ejercicio de 2011 $5’525,480
     Donativos efectuados en el ejercicio de 2012 a donatarias autorizadas $478,160

RESPUESTA:
                                  Utilidad fiscal en el ISR del ejercicio de 2011       $5’525,480
                                  Deducción autorizada (Art. 31 LISR)                          7%
                                  Donativos deducibles                                   $386,784




                                                                                                                        CASO 2

PLANTEAMIENTO
Determinación del monto de los intereses deducibles en el IETU del ejercicio de 2012.
• La totalidad de los intereses se pagaron en el ejercicio de 2011.

DATOS
Por la compra de mobiliario de oficina que se utiliza en las actividades propias de la empresa $2,400
Por un préstamo bancario $9,400

RESPUESTA:
               NO SON DEDUCIBLES, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE IETU.
CASO 3

PLANTEAMIENTO
Determinación del monto de los depósitos en garantía deducibles en el IETU del ejercicio de 2011.

DATOS
Por la renta de un bien inmueble $2,000
Por la renta de un bien mueble $5,000

RESPUESTA:
              AMBOS SON DEDUCIBLES, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE IETU.




                                                                                                    CASO 4

PLANTEAMIENTO
Determinación del monto de las inversiones deducibles en el IETU del ejercicio de 2011.

DATOS
De las inversiones deducibles pagadas en el ejercicio de 2011:
        Fecha de adquisición 4 de enero de 2011
        Monto original de la inversión (equipo de cómputo) $20,000
        Al cierre del ejercicio 2011, había pagado el 80% del principal (capital)

RESPUESTA:
SÓLO ES DEDUCIBLE LO QUE ESTA EFECTIVAMENTE PAGADO, Y SERÍA EL 80% DE LA INVERSIÓN QUE ES
$16,000, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE IETU.
CASO 5

PLANTEAMIENTO
Para cuando será la deducción por el monto de las devoluciones para efectos del IETU, por una venta efectuada en diciembre de
2011.


DATOS
     Monto de la venta, sin incluir IVA $60,000
     Fecha en que se realizó la venta 9 de diciembre de 2011
     Monto de la devolución, sin incluir IVA $10,000
     Fecha en que se recibe la devolución 10 de febrero de 2012
RESPUESTA:
SERÁNDEDUCIBLESLOS $10,000 PESOS DE LA DEVOLUCIÓN HASTA EL DÍA 10 DE FEBRERO DE 2012, CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 5 FRACCIÓN III Y 6 FRACCIÓN III, DE LA LEY DE IETU.




                                                                                                                        CASO 6

PLANTEAMIENTO
Para cuando será la deducción de un gasto pagado con cheque en el ejercicio de 2011.

DATOS
     Fecha en que se realizó el gasto 25 de enero de 2011
     Fecha en que se entregó el cheque al proveedor 28 de febrero de 2011
     Fecha en que el proveedor cobró el cheque 3 de marzo de 2011

RESPUESTA:
SERÁ DEDUCIBLE HASTA EL DÍA3 DE MARZO DE 2012, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN III, DEL ARTÍCULO 6 DE LA
LEY DEL IETU.
CASO 7

PLANTEAMIENTO
Determinación del monto deducible por concepto de consumo en restaurantes.
• El gasto está efectivamente pagado con tarjeta de crédito.
• El consumo no se considera viático y es realizado por un profesional que presta sus servicios al contribuyente a través de un
contrato.

DATOS
Fecha del comprobante 15 de enero de 2011
Monto del gasto (sin incluir IVA) $1,000

RESPUESTA:
ÚNICAMENTE ES DEDUCIBLE EL 12.50% ($125 PESOS) DEL CONSUMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULOS
6FRACCIÓN IV DE LA LEY DE IETUY ARTÍCULO 32 FRACCIÓN V Y XX, DE LA LEY DEISR.
CASO 9

PLANTEAMIENTO
Determinación del monto deducible por concepto de gastos relacionados con el automóvil parcialmente deducible del caso práctico
anterior.

DATOS
     Monto original de la inversión del automóvil (sin incluir IVA) $200,000
     Monto total del gasto (sin incluir IVA) $16,0000

RESPUESTA:
LOS GASTOS SERÁN 100% DEDUCIBLES CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE IETU.




                                                                                                                        CASO 8

PLANTEAMIENTO
Determinación del monto deducible por la adquisición de un autómovil parcialmente deducible.
• El pago representa una deducción autorizada para efectos del IETU.
• El automóvil está efectivamente pagado.

DATOS
     Fecha de adquisición del automóvil 19 de febrero de 2011
     Monto original de la inversión del automóvil
     (sin incluir IVA) $200,000

RESPUESTA:
ÚNICAMENTE SERÁ DEDUCIBLE $175,000 PESOS DE LA INVERSIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULOS 6
FRACCIÓN IV DE LA LEY DE IETU Y 42 FRACCIÓN II, DE LA LEY DE ISR.
REFERENCIA:

     LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA.
     LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
     CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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Casos de deducciones en IETU 2012

  • 1. 2012 INSTITUTO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS MAESTRÍA EN IMPUESTOS CASOS DE DEDUCCIONES EN IETU LIC. ATENAS ISABEL QUINTAL MERCADO
  • 2. ¿QUÉ ES DEDUCIBLES PARA LA LEY DE IETU? DEDUCCIONES DE PERSONAS FÍSICAS Y SON DEDUCIBLES PARA FUNDAMENTACIÓN MORALES POR: EFECTOS DEL IETU Compras pagadas SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Costo de lo vendido NO Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Devoluciones de bienes recibidas por el SI Fracción III, Artículo 5 de la Ley de IETU contribuyente Descuentos o bonificaciones otorgados por el SI Fracción III, Artículo 5 de la Ley de IETU contribuyente Depósitos o anticipos devueltos por el SI Fracción III, Artículo 5 de la Ley de IETU contribuyente Depreciación actualizada de inversiones en NO Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU activo fijo Compras de activos fijos, efectivamente pagadas SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Deducción inmediata de inversiones NO Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Ajuste anual por inflación deducible NO Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Salarios NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Gratificación anual NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Prima vacacional NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU
  • 3. Compensaciones e incentivos NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Fondo de ahorro NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Comisiones a empleados NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Pagos asimilados a salarios NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU 5% de aportaciones al Infonavit NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Cuotas patronales al IMSS NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU 2% de retiro (AFORE) NO Fracción I, Artículo 5 y párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Impuesto sobre nóminas o erogaciones por SI Fracción II, Artículo 5 de la Ley de IETU salarios Prestaciones de previsión social NO Párrafo 7, Artículo 10 de la Ley de IETU Pago de honorarios a personas físicas y morales SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Pago de renta de bienes inmuebles a personas SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la físicas y morales Ley de IETU Pago de renta de bienes muebles SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU
  • 4. Mantenimiento de inversiones deducibles SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Papelería y artículos de oficina SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Fletes y acarreos SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Cuotas y suscripciones SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Teléfono SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Luz SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Combustibles y lubricantes SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Seguros y fianzas SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Reparaciones de instalaciones eléctricas SI Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Multas (no deducibles para el ISR) NO Fracción II, Artículo 5 de la Ley de IETU Cursos y capacitación SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Viáticos y gastos de viaje deducibles para el ISR SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Mensajería SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU
  • 5. Publicidad y propaganda SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Impuestos aduanales SI Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Consumo en restaurantes1 SI Fracción IV, Artículo 6 y Fracción V y XX del Artículo 32 de la LIETU Intereses devengados a cargo y pérdidas NO Fracción I, Artículo 6, Artículo 3 y Artículo 2 de cambiarias la LIETU Gastos por partidas discontinuas y NO Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la extraordinarias Ley de IETU Pago de regalías a partes independientes NO Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Pago de regalías a partes relacionadas NO Fracción I, Artículo 3 y fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Asistencia técnica NO Fracción I, Artículo 5 de la Ley de IETU Donativos deducibles para el ISR (hasta el 7% de SI Fracción VIII, Artículo 5 y Artículo 31 de la la utilidad fiscal del ejercicio inmediato anterior) LIETU Pago de intereses por préstamos bancarios NO Artículo 2, Artículo 3 y Fracción I Artículo 6 de la LIETU Pago de intereses por préstamos efectuados por NO Artículo 2, Artículo 3 y Fracción I Artículo 6 de la terceros LIETU Intereses por pago extemporáneo a proveedores NO Artículo 2, Artículo 3 y Fracción I Artículo 6 de la LIETU Gastos no deducibles para el ISR NO Fracción IV, Artículo 6 de la LIETU
  • 6. EJERCICIOS DE DEDUCCIONES EN IETU CASO 1 PLANTEAMIENTO Determinación del monto de los donativos que podrá deducir una persona moral que tributa en el régimen general de la LISR, tanto para el ISR como para el IETU. • La persona moral otorgó donativos a varias instituciones de beneficencia pública autorizadas para recibir donativos deducibles. DATOS Utilidad fiscal en el ISR del ejercicio de 2011 $5’525,480 Donativos efectuados en el ejercicio de 2012 a donatarias autorizadas $478,160 RESPUESTA: Utilidad fiscal en el ISR del ejercicio de 2011 $5’525,480 Deducción autorizada (Art. 31 LISR) 7% Donativos deducibles $386,784 CASO 2 PLANTEAMIENTO Determinación del monto de los intereses deducibles en el IETU del ejercicio de 2012. • La totalidad de los intereses se pagaron en el ejercicio de 2011. DATOS Por la compra de mobiliario de oficina que se utiliza en las actividades propias de la empresa $2,400 Por un préstamo bancario $9,400 RESPUESTA: NO SON DEDUCIBLES, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE IETU.
  • 7. CASO 3 PLANTEAMIENTO Determinación del monto de los depósitos en garantía deducibles en el IETU del ejercicio de 2011. DATOS Por la renta de un bien inmueble $2,000 Por la renta de un bien mueble $5,000 RESPUESTA: AMBOS SON DEDUCIBLES, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE IETU. CASO 4 PLANTEAMIENTO Determinación del monto de las inversiones deducibles en el IETU del ejercicio de 2011. DATOS De las inversiones deducibles pagadas en el ejercicio de 2011: Fecha de adquisición 4 de enero de 2011 Monto original de la inversión (equipo de cómputo) $20,000 Al cierre del ejercicio 2011, había pagado el 80% del principal (capital) RESPUESTA: SÓLO ES DEDUCIBLE LO QUE ESTA EFECTIVAMENTE PAGADO, Y SERÍA EL 80% DE LA INVERSIÓN QUE ES $16,000, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE IETU.
  • 8. CASO 5 PLANTEAMIENTO Para cuando será la deducción por el monto de las devoluciones para efectos del IETU, por una venta efectuada en diciembre de 2011. DATOS Monto de la venta, sin incluir IVA $60,000 Fecha en que se realizó la venta 9 de diciembre de 2011 Monto de la devolución, sin incluir IVA $10,000 Fecha en que se recibe la devolución 10 de febrero de 2012 RESPUESTA: SERÁNDEDUCIBLESLOS $10,000 PESOS DE LA DEVOLUCIÓN HASTA EL DÍA 10 DE FEBRERO DE 2012, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 5 FRACCIÓN III Y 6 FRACCIÓN III, DE LA LEY DE IETU. CASO 6 PLANTEAMIENTO Para cuando será la deducción de un gasto pagado con cheque en el ejercicio de 2011. DATOS Fecha en que se realizó el gasto 25 de enero de 2011 Fecha en que se entregó el cheque al proveedor 28 de febrero de 2011 Fecha en que el proveedor cobró el cheque 3 de marzo de 2011 RESPUESTA: SERÁ DEDUCIBLE HASTA EL DÍA3 DE MARZO DE 2012, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN III, DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY DEL IETU.
  • 9. CASO 7 PLANTEAMIENTO Determinación del monto deducible por concepto de consumo en restaurantes. • El gasto está efectivamente pagado con tarjeta de crédito. • El consumo no se considera viático y es realizado por un profesional que presta sus servicios al contribuyente a través de un contrato. DATOS Fecha del comprobante 15 de enero de 2011 Monto del gasto (sin incluir IVA) $1,000 RESPUESTA: ÚNICAMENTE ES DEDUCIBLE EL 12.50% ($125 PESOS) DEL CONSUMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULOS 6FRACCIÓN IV DE LA LEY DE IETUY ARTÍCULO 32 FRACCIÓN V Y XX, DE LA LEY DEISR.
  • 10. CASO 9 PLANTEAMIENTO Determinación del monto deducible por concepto de gastos relacionados con el automóvil parcialmente deducible del caso práctico anterior. DATOS Monto original de la inversión del automóvil (sin incluir IVA) $200,000 Monto total del gasto (sin incluir IVA) $16,0000 RESPUESTA: LOS GASTOS SERÁN 100% DEDUCIBLES CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE IETU. CASO 8 PLANTEAMIENTO Determinación del monto deducible por la adquisición de un autómovil parcialmente deducible. • El pago representa una deducción autorizada para efectos del IETU. • El automóvil está efectivamente pagado. DATOS Fecha de adquisición del automóvil 19 de febrero de 2011 Monto original de la inversión del automóvil (sin incluir IVA) $200,000 RESPUESTA: ÚNICAMENTE SERÁ DEDUCIBLE $175,000 PESOS DE LA INVERSIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE IETU Y 42 FRACCIÓN II, DE LA LEY DE ISR.
  • 11. REFERENCIA: LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN