El documento describe los incentivos fiscales ofrecidos por el Gobierno del Distrito Federal de México para promover el desarrollo económico. Incluye reducciones de impuestos a la nómina, predial e inmobiliario para empresas en diferentes sectores como alta tecnología, maquila, y para la adquisición de bienes raíces en zonas específicas. También describe subsidios para proyectos en corredores turísticos, parques industriales de alta tecnología y una zona industrial, así como un programa de apoyo económico
3. Reducciones Vigentes en el D. F. ARTICULO CONCEPTO PORCENTAJE DE REDUCCIÓN IMPUESTO O DERECHO SUJETO A REDUCCIÓN 295 Empresas que anualmente acrediten que incrementaron desde un 25% su planta laboral y las que inicien operaciones. 25% y 50% Impuesto sobre Nóminas Cuando se trate de inicio de operaciones para micro y pequeñas empresas. 80%
4. Reducciones Vigentes en el D. F. ARTICULO CONCEPTO PORCENTAJE DE REDUCCIÓN IMPUESTO O DERECHO SUJETO A REDUCCIÓN 296 II. Empresas industriales instaladas en el Distrito Federal que sustituyan al menos el 50% del valor de materias primas importadas por insumos de producción local. 50% Impuesto sobre Nóminas IV. Las micro, pequeñas y medianas empresas industriales, que comprueben haber llevado a cabo la adquisición o arrendamiento de maquinaria y equipo que incremente la capacidad instalada de la empresa. 25% Impuesto Predial VI. Empresas que acrediten que iniciaron operaciones en los sectores de alta tecnología. 75% Impuesto sobre Nóminas 50% Impuesto Predial 100% Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles
5. Reducciones Vigentes en el D. F. ARTICULO CONCEPTO PORCENTAJE DE REDUCCIÓN IMPUESTO O DERECHO SUJETO A REDUCCIÓN 296 VII. Personas morales que se dediquen a la industria maquiladora de exportación y que adquieran un área de los espacios industriales construidos para tal fin por las entidades públicas o promotores privados. 50% Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Registro Público VIII. Empresas que acrediten que realizan actividades de maquila de exportación. 25% Impuesto sobre Nóminas IX. Las empresas que acrediten que más del 50% de su planta laboral reside en la misma demarcación territorial donde está ubicado su lugar de trabajo. 30% Impuesto sobre Nóminas
6. Reducciones Vigentes en el D. F. ARTICULO CONCEPTO PORCENTAJE DE REDUCCIÓN IMPUESTO O DERECHO SUJETO A REDUCCIÓN 305 Las entidades públicas y promotoras privadas que construyan espacios comerciales tales como plazas, bazares, corredores y mercados o rehabiliten y adapten inmuebles para este fin en el Distrito Federal, cuyos locales sean enajenados a las personas físicas que en la actualidad ejerzan actividad comercial en la vía pública de la Ciudad de México. 50% Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, 203,206,209 y 257 También se aplicarán a las entidades públicas y promotores privados que construyan espacios industriales como miniparques y corredores industriales o habiten y adapten inmuebles para este fin en el Distrito Federal, para enajenarlos a personas físicas o morales que ejerzan actividades de maquila de exportación. 50% Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, 203,206,209 y 257
7. Reducciones Vigentes en el D. F. ARTICULO CONCEPTO PORCENTAJE DE REDUCCIÓN IMPUESTO O DERECHO SUJETO A REDUCCIÓN 306 Comerciantes en vía publica que adquieran locales de los espacios comerciales construidos por las entidades públicas o promotores privados y los comerciantes originalmente establecidos y cuyo predio donde se encontraba su comercio haya sido objeto de una expropiación y que adquieran un local. 50% Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, Impuesto Predial y Registro Público 312 Personas físicas y morales que adquieran un inmueble dentro de las zonas contempladas en los Programas Parciales, para ejecutar proyectos de desarrollo industrial, comercial, de servicios y de vivienda específicos. 50% Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles e Impuesto Predial
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12. Para mayor información acudir a Av. Cuauhtémoc Núm. 898, 2° piso, Col. Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, México D.F., o bien, comuníquese a los teléfonos: 56 87 52 83 y 55 36 90 40 exts. 158, 128 y en la página de internet: www.sedeco.df.gob.mx Lic. Fausto Vigueras Nateras Subdirector de Fomento a la Microempresa Subsidios Fiscales
13. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO A LAS MICROEMPRESAS LEGALMENTE CONSTITUIDAS QUE TENGAN SU DOMICILIO EN EL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- El presente Programa, tiene por objeto, apoyar a las microempresas legalmente constituidas que tengan su domicilio fiscal en el Distrito Federal, mediante el establecimiento de un estímulo económico equivalente al 100 por ciento del monto total que por concepto de Impuesto Sobre Nóminas hayan pagado al Gobierno del Distrito Federal durante el ejercicio fiscal 2008. Para efectos de la aplicación del Programa, se entenderá como microempresa aquélla que de acuerdo al sector productivo correspondiente tenga al mes de diciembre de 2008, una planta laboral entre uno y sesenta trabajadores.
14. SEGUNDO.- El monto total del estímulo a que hace referencia el numeral anterior, se realizará en una sola ministración. TERCERO.- Para obtener el estímulo a que se refiere el punto anterior, las microempresas deberán cumplir con los requisitos siguientes: a) Que a la entrega del estímulo no haya disminuido su plantilla laboral, en comparación al cuarto trimestre de 2008. b) Que durante el ejercicio fiscal 2008, haya pagado dentro del plazo establecido en el artículo 181 del Código Financiero del Distrito Federal el Impuesto Sobre Nóminas. c) Que se encuentre al corriente en el pago del Impuesto Predial y de los Derechos por el Suministro de Agua a su cargo.
15. CUARTO.- Las microempresas solicitarán el estímulo ingresando a la página de Internet de la Secretaría de Finanzas (www.finanzas.df.gob.mx), realizando el registro en el icono: Programa de Estímulos a la Microempresa . QUINTO.- Las microempresas podrán solicitar dicho trámite a partir del día 3 de febrero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009. SEXTO.- La Dirección de Registro adscrita a la Subtesorería de Administración Tributaria de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, una vez que se cubran todos los requisitos establecidos en el Punto Tercero, emitirá una Constancia de Acreditación al Programa, misma que enviará a la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Distrito Federal para la recepción del estímulo correspondiente por parte de las microempresas, en el transcurso de los siguientes treinta días posteriores a la solicitud.
16. SÉPTIMO.- Durante dicho plazo la Tesorería notificará vía electrónica a la microempresa la acreditación al Programa, para que acuda a la Dirección de Instrumentos Económicos adscrita a la Dirección General de Regulación y Fomento Económico de la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal, ubicada en Avenida Cuauhtémoc, número 898, 2° piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, Distrito Federal, para la recepción del estímulo económico.