3. DEFINICION
• Es el documento por virtud de la cual se crea una
relación jurídica en la cual la empresa a aseguradora se
obliga contra el pago de una prima a indemnizar al
asegurado, en los términos convenidos.
4. Elementos Personales
Asegurador:
Es persona jurídica que
asume los riesgos.
Asegurado:
Es la persona que obrando a
cuenta propia o ajena,
traslada los riesgos.
Beneficiario:
En virtud de quien toma un
seguro puede estipularlo por
cuenta de un tercero .
5. Generalidades DEL CONTRATO
DE SEGURO
poliza Riesgo
Prima indemnizacion
Contabilidad aplicada a la Legislacion Comercial 08/11/2014 01:58:54 a.m.
6. • Constituye un documentoP próoblaitozriao de naturaleza mercantil para el
caso prueba del contrato de de seguro, simple y llanamente es el
documento que contiene la mención de las partes y sus derechos y
obligaciones fundamentales Art.1352 Com.
7. Riesgo
• Es la probabilidad, proximidad de un daño. Esa además un elemento
aleatorio en el contrato de seguro , que obliga al asegurado, mientras no se
produzca a abonar a la prima , y al asegurador a reparar los daños.
8. Prima
Es la cantidad de dinero de una sola vez o periódicamente paga el
asegurado al asegurador, como contraprestación del riesgo que constituye
el objeto del seguro. Art. 1363 Com
9. Indemnización
Resarcimiento económico del daño o perjuicio causado, desde el punto de
vista del culpable, y del que se ha percibido desde la victima. Art.1367
Com. , 99 de la Ley de Seguros .
10. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE SEGUROS
CONSENSUAL
BILATERAL
ALEATORIO
ONEROSO
DE ADHESIÓN
DE TRACTO SUCESIVO
El consentimiento de partes es suficiente
Los derechos y obligaciones son recíprocos
NOMINADO
DE BUENA FE
La eventualidad prevista puede o no suceder
Sujeto a una contraprestación llamada “Prima”
Las condiciones las determina el Asegurador
Surte sus efectos a través de un lapso de tiempo
Tiene un régimen propio en el C. Comercio
La reticencia o inexactitud se sanciona
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11. OBJETO DEL CONTRATO DE SEGUROS
• Clasificación por su Objeto
Seguros
Patrimoniales
Seguros de
Fianzas
Seguros
Combinados
Seguros
Personales
Amparan los
bienes
materiales
de las
Personas
Garantizan el
cumplimiento
de obligacio-nes
de las
Personas
Combinan en
una sola
Póliza varios
de estos
Seguros
Amparan la
Vida, la Salud
y la
Integridad de
las Personas
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12. Tipos de Seguro
• Seguro de contra daños
Tiene por objeto restaurar el daño patrimonial
sufrido por el asegurado. Es un prototipo de
seguro económico obliga al asegurador a entregar
una suma de dinero indemnizatoria en caso de
producirse el siniestro. Art.1386 – 1409 Com.
13. Seguro de Transporte
• Es el que tiene por objeto asegurar contra riesgos de transporte, todos los
medios de locomoción terrestre. Art.1422-1427 Com.
14. Seguro de Responsabilidad
• En este contrato, el asegurador se compromete a cubrir el riego de
que nazca, a carga del asegurado, la obligación de indemnizar a un
tercero a los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en
el contrato de seguro Art.1422-1427 Com.
15. Seguro de Crédito
• El asegurador se obliga a indemnizar al asegurado las perdidas finales que
experimente a consecuencia de al insolvencia definitiva de sus deudores.
Art.1433Com.
16. Seguro de Deuda
• Tiene por objeto proteger a un deudor contra circunstancias imprevistas
que le impiden pagar un crédito a su cargo . Art. 1434 -1438 Com.
17. Seguro de vehículos automotores
Este puede comprender el pago de la indemnización que
corresponda a los daños o pérdidas del automotor, a los daños y
perjuicios causados a la propiedad ajena o a terceras personas con
motivo del uso del vehículo Art.1439-1440 Com.
18. Seguro de Navegación
Se aplica a la navegación aérea como al marítima sea de cabotaje o de alto
bordo, es decir, se trata de naves que únicamente navegan cerca de costas o
se trate de naves que lo hacen en altamar. Art.1441-1457 Com.
19. Seguro de Personas
• Lo asegurado en este caso es cualquier riesgo que
pueda afectar la integridad personal o la salud del
asegurado, por lo que se le conoce como seguro de suma o
seguro de capital, prefijado unilateralmente por el asegurado
al contratar la cobertura. Art.1458.Com.