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CONTRATOS
MODERNOS
CONTRATO CIVIL –
       CONTRATO MODERNO
   Interrelación de los individuos en una
    sociedad. Relaciones jurídicas. Regulación
    legal. Contratos.

   Libertad de contratación:
     El mercado
       El orden publico y las buenas
      costumbres
   La libertad de contratación comprende.
    -Libertad para contratar o no contratar
    -Libertad para decidir con quien contratar o con
    quien no contratar .
    -Libertad para elegir el objeto del contrato y
    configurarlo internamente, sustituyendo, si es el
    caso el derecho dispositivo.
    -Libertad para crear nuevos tipos contractuales y
    combinar los existentes.
    -Libertad para convenir las formas que las partes
    estimen convenientes.
   CONTRATO ATIPICO:
    Contrato que no encuentra una regulación
    positiva, integral y sistemática.

    Positiva: No encuentre prevista en la Ley.

    Integral: No se encuentre legislado en sus
    elementos esenciales, de suerte que no puede
    diferenciarse de los otros tipos contractuales.

    Sistemática: No tiene que estar referido a una
    sola figura contractual
TIPO Y TIPICIDAD CONTRACTUAL.

Tipo: Aparece ligado a          una determinada
realidad social que es frecuentemente una
conducta que es elevada a categoría jurídica a
través del fenómeno de la tipificación.

Tipicidad: Es el mecanismo jurídico que
tomando como base el tipo de la realidad social,
culmina como la creación de un tipo jurídico.
TIPIFICACION              LEGAL       DE   LOS
CONTRATOS:

-Surgimiento y consolidación en el mercado
(tipicidad social) del tipo del contrato.

-Observar los conflictos y problemas que pueda
presentar la figura y la forma como la
jurisprudencia los resuelve.

-Disciplinar (regular) el contrato.
El artículo 1353º del CC señala: “Todos los
contratos de derecho privado, inclusive los innominados,
quedan sometidos a las reglas contenidas en esta sección,
salvo en cuanto resulten incompatibles con las reglas
particulares de cada contrato”.
   REGULACION DE LOS CONTRATOS
    ATIPICOS.

1.-Respetar la voluntad de las partes.
2.-Aplicar las normas generales imperativas sobre
   contratos y obligaciones.
3.- Aplicar las normas generales supletorias sobre
   contratos y obligaciones.
4.-Aplicar las disposiciones correspondientes a los
   contratos típicos afines que sean compatibles con la
   economía y la finalidad del contrato atípico.
5.-Seguir el uso y las costumbre de las plazas
  EL CONTRATO
a)Definición: Art. 1351º del CC.
b)Elementos:
  -Acuerdo de dos o mas partes. Manifestación de
   voluntad. Bilateralidad
   -Partes o personas jurídicas.
   -Consecuencias       jurídicas: crear, regular,
   modificar o extinguir una relación jurídica
   patrimonial.
   -Relación patrimonial.
   CLASIFICACION.
    -Típicos: Son los que tienen nombre y están
    expresamente determinados en el ordenamiento
    jurídico.
    -Atípicos: Son los que carecen de ubicación en
    el ordenamiento jurídico, debido a las relaciones
    económicas de las personas rebasan los textos
    legales.
    -Contratos con prestaciones correlativas: Son
    aquellos en los que los sujetos de la relación
    jurídica tienen la doble calidad reciproca de
    acreedor y deudor. Ejemplo la compraventa.
-Contrato con prestación unilateral:
  Son aquellos en los que no existe esa doble condición y
  una de las partes asume cumplir con prestación
  determinada.
-Contrato principales aquel que tiene vida propia, tiene
  su propio sistema.
-Contrato accesorio: Es aquel que esta vinculado al
  contrato principal y depende de el. Se puede extinguir el
  accesorio pero no el principal.
-Contrato oneroso: Donde ambas partes deben cumplir
  con prestaciones.
-Contrato gratuito: Una de las partes tiene a cargo el
  cumplimiento de determinada prestación.
-Contrato aleatorio: Caracterizado por el riesgo o por
azar, cuyas prestaciones dependen de un conocimiento
futuro o incierto.
-Contrato conmutativo: El valor de las prestaciones
queda fijado definitivamente en el momento de su
perfección.
-Contrato real:Para su perfeccionamiento requiere la
tradición del bien.
-Contrato solemne: Están sujetos a la observancia de
ciertas formalidades, cuya falta hace que no produzca
efecto.
-Contrato consensual: Se perfeccionan por el simple
consentimiento.
-Contrato constitutivo: Es aquel que crea una relación
nueva
-Contrato modificativo: Es cuando modifica una
situación jurídica.
-Contrato extintivo: Extingue una situación jurídica.
-Contrato de ejecución única: Se ejecuta en un solo
momento.
-Contrato de ejecución periódica: Se ejecutan a
través del tiempo.
-Contrato de libre discusión: Cuando las partes en
igualdad de situaciones establecen de mutuo acuerdo las
condiciones del contrato.
-Contrato por adhesión: Cuando una de las partes
    impone condiciones a la otra.

   ELEMENTOS DEL CONTRATO.
    Pueden clasificarse en:
    a) Esenciales: Son aquellos que sin los cuales el
    contrato no podría existir o tener validez.
    -Esenciales comunes: Son los que deben existir en
    todos los contratos; según la doctrina son el
    consentimiento, la causa y el objeto.
    -Esenciales especiales: Son aquellos en los que son
    indispensables para su existencia de algunos grupos de
    contrato: Formalidad en los contratos solemnes o la
    entrega de la cosa en los contratos reales.
a) Elementos Esenciales: Son aquellos que deben
existir en cada tipo determinado de contrato, por
cuanto es lo que la caracteriza. El precio en la
compraventa; la renta en el arrendamiento.

b) Elementos Naturales: Son aquellos que son
consecuencia de la celebración de cada contrato o
grupo de contratos. La gratuidad en la donación.

c) Elementos accidentales: Son aquellos que no
obstante no existir naturalmente en el contrato, son
suceptibles de ser agregados. Condición, modo y
plazo.
CONTRATOS MODERNOS.


-Contrato de tarjeta de crédito.
-Contrato de facturación o factoring.
-Contrato de arrendamiento financiero
  o leasing.
-Contrato de emisión y colocación de
 títulos valores o underwriting.
-Contrato de franquicia o franchising.
-Contrato de Know how.
CONTRATO DE TARJETA DE
      CREDITO
1).-ORIGENES Y ANTECEDENTES:

Sus orígenes se remontan a principios del
siglo xx en Europa (Francia, Inglaterra,
Alemania) y su desarrollo y auge en los
Estados Unidos de América

Se puede distinguir tres etapas de evolución:
A) Etapa incipiente (bilateralidad)
- Aproximadamente en el año de 1914 introducido por
prestigiosos hoteles europeos para sus clientes
exclusivos.

- Se entregaba a los clientes una credencial con los que
podían cancelar los gastos de hospedaje y alimentación;
periódicamente los hoteles presentaban las facturas
respectivas.

- En este sistema intervenían dos partes: El hotel que
concedía el crédito y el cliente que lo utilizaba por un
plazo fijo.

- El crédito era restringido a un grupo exclusivo de
personas y el hotel corría con los gastos de insolvencia.
-Este sistema se extendió luego a grandes almacenes, así
como estaciones de servicio, donde los pagos eran
efectuados mediante la presentación de la credencial
otorgada por el establecimiento.

B) Etapa de consolidación (Trilateralidad)

- En 1949 el mercado nortemaericano empieza una
nueva etapa con el empleo de la tarjeta “Diners”, que
sirvió para el consumo en restuarantes, viajes,
diversiones.

-Surge la entidad financiera la cual es la encargada de
otorgar el crédito al cliente y, además, agilizar los pagos
a los establecimientos afiliados. Aparecen las tarjetas
Diner’s, American Express y la carte blanche.
C) Etapa de la multilateralidad
- La participación bancaria fue posterior. En 1951 el
Franklin Nacional Bank of New York fue el primer
banco que emitió tarjetas de crédito.

- Entre 1953 y 1954 casi 100 bancos pequeños
empezaron a emitir tarjetas, pero al poco tiempo casi la
mitad de ellos abandonaron por las cuantiosas perdidas.

- Otros bancos confiaron en el sistema. Entre 1958 y
1959 el Bank of América y el Chase Manhattan Bank
introducen sus propios planes con éxito y otros bancos
los siguieron, hasta que a fines de 1967 eras 850 planes
bancarios en los Estados Unidos.
-A partir de 1967 los planes empezaron a extenderse
fuera de la fronteras, así la American Express, el Bank of
América y la carte Blanche fueron ofreciendo sus
sistemas a otros bancos extranjeros.

-En 1975 se creo IBANCO, entidad internacional
destinada a dirigir y coordinar las funciones de la tarjeta
azul y oro.

-En 1977 el Bank American Card fue sustituido por
VISA y en 1979 INTERBANK cambio el nombre de
MASTER CHARGE por el de MASTER CARD.

-No solo los bancos emitieron tarjetas de crédito. Lo
hizo Hilton para el caso de Hospedaje; Hertz para fines
de Turismo, entre otros.
-En el Perú ingresa en 1968 a través del Diners Club
(igual como se le conoce en la actualidad).

-La tarjeta de crédito bancaria aproximadamente 10
años después con BANCARD, empresa que fue
respaldada por el desaparecido Banco Comercial del
Perú y que representaba los sistemas internacionales de
crédito: VISA y MASTERCARD.

-En 1996 se dio la gran expansión, generado por el
ingreso de la banca extranjera, los grandes almacenes y
desarrollo de cadenas de comercio.

-El contrato de tarjeta de crédito se encontraba
regulado por la Resolución SBS Nº 271. del
23/04/2000; ahora por Resolución SBS Nº 264-2008.
2).-CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO Y
LA TARJETA DE CREDITO.

-Cuando se habla de tarjeta de crédito no se esta
haciendo referencia un contrato sino a un mero
elemento de identificación.

-La tarjeta de crédito no es un contrato, sino el efecto
de este.

-La tarjeta de crédito no es causa jurídica, no genera
derechos y obligaciones; cumple funciones operativas y
simbólicas.
3).-DEFINICIÓN DEL                    CONTRATO              DE
TARJETA DE CREDITO:

En la doctrina existen diferentes definiciones:

“Es aquel que permite que un establecimiento comercial venda al
contado y que el usuario pague con facilidades, porque es un
banco o entidad emisora la que asume el pago inmediato de las
compras realizadas por el establecimiento”. ( Mila Guillen
Rispa).

“Relación jurídica compleja encuadrable como contrato de crédito,
siendo la tarjeta propiamente dicha un documento probatorio de la
relación, que se presenta como asunción privativa de
deuda”(Horacio Fargosi).
“Contrato bancario con elementos típicos de un contrato
comercial, puesto que es contraido entre un banco y un cliente a fin
que este, previo cumplimiento de los requisitos pertinentes pueda
contar con un crédito y hacerlo valer en determinados
establecimientos comerciales”. (Arias –Schereiber).

 “Contrato complejo de características propias que establece una
relación triangular entre un comprador y una entidad financiera,
posibilitando al primero la adquisición de bienes y servicios que
ofrece el segundo mediante la promesa previa, formulada a la
entidad emisora de abonar el precio de sus compras en un plazo
dado por esta ultima, la que se hará cargo de la deuda abonando
inmediatamente el importe al vendedor previa deducción de las
comisiones que haya estipulado entre ambos por acercamiento de
la demanda” (Eduardo Cogorno).
“Mediante el contrato de tarjeta de crédito la empresa (el banco)
concede una línea de crédito al titular por un plazo determinado y
expide la correspondiente tarjeta con la finalidad que el usuario de
 dicha tarjeta adquiera bienes o servicios en los establecimientos
afiliados que los provean, pague obligaciones, o de asi permitirlo la
empresa emisora y no mediar renuncia expresa por parte del
titular, hacer uso del servicio de dispocisión de efectivo u otros
servicios conexos, dentro de los limites y condiciones pactados,
obligándose, a su vez a pagar a la empresa que expide la
correspondiente tarjeta el importe de los bienes y servicios que haya
utilizado y demás cargos, conforme a lo establecido en el contrato”.
(Artículo 3º Reglamento de Tarjeta de Créditos Resolución SBS
Nº 264-2008)
El contrato de tarjeta de crédito supone:

Cuando menos, una relación triangular:
   Un comprador (usuario o titular de la tarjeta),
   Una institución emisora; y
   Un vendedor (empresa afiliada o proveedora)
4).-NATURALEZA    JURIDICA      DEL
CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO:

A).-Teoría de la asignación:
Según el cual el asignante (el usuario) da una orden al
asignado (entidad emisora o financiera) para efectuar un
pago a un tercero, denominado asignatario (proveedor).

-Esta teoría no explica la relación existente entre los
sujetos del contrato, así como tampoco la relación
existente entre la entidad emisora y el proveedor, ni
entre la entidad emisora y el usuario. La relación es
mucho mas compleja.
B).-Teoría de la asunción de la deuda:
Según el cual la entidad emisora (o financiera) asume la
deuda. El usuario compra ahora y paga después. Al
pagar la entidad emisora desobliga al usuario.

-Esta teoría es incompleta porque no explica la relación
existente entre la entidad emisora y el usuario, toda vez
que no se produce una liberación de este. La obligación
de la entidad emisora y de cada uno de los sujetos que
intervienen en el contrato se encuentra condicionada a
una serie de requisitos que no pueden ser explicados
por esta teoría.
C).-Teoría de la apertura de crédito:
Según la cual se señala que el tarjeta habiente, al
suscribir un Voucher, realiza un reconocimiento
de deuda. Paralelamente, la entidad emisora
conviene con el comerciante afiliado una
promesa de cesión de deuda. Finalmente la
apertura de crédito permite obligar a los
usuarios.

-Pese a su gran desarrollo, esta teoría no explica
la relación existente entre la entidad emisora y el
comerciante afiliado.
D).Teoría de interrelación múltiple:
Según esta teoría, tras el contrato de tarjeta de crédito
existen otras relaciones jurídicas que sin ellos no se
viabilizaría el mismo.

-La primera relación es la que se establece entre el
usuario y la entidad emisora. En este aspecto se señala
que se trata de una apertura de crédito.

-La segunda relación es la que se establece entre el
emisor y el comerciante afiliado. En este aspecto se
señala que se trata de una promesa de asunción de
deuda.
-La tercera relación es la que se establece entre el
usuario y el proveedor. Es el que constituye el
“motor del sistema” y el elemento multiplicador
de ventas. En esta relación se materializan las
formas mas variadas de contratación, pues puede
tratarse de una compraventa, arrendamiento, así
como otra forma de contratación.

-La cuarta relación es la que se establece entre la
entidad emisora y la entidad organizadora del
sistema.
5).-CARACTERISITICAS:
 Nominado: Tiene una denominación.

 Típico : En nuestro ordenamiento se encuentra
  regulado (Reglamento de tarjetas de crédito SBS
  Nº 264-2008).
 Oneroso: Existe contraprestaciones valuables
  en dinero.
 Conmutativo: Las prestaciones se encuentran
  establecidas.
 Ejecución continuada: No esta predestinado
  para un solo acto, se prolonga en el tiempo
   De adhesión: No admite discusión previa entre
    las partes. Lo firmas o lo dejas.
   Personalísimo: La calidad de usuario es
    intransferible.

   Otras características:
    -Plurilateral: Cuando intervienen en el contrato
    otras personas; por ejemplo un aval.
    -Bancario: Emitido solamente por bancos.
6).-ELEMENTOS DEL CONTRATO.

6.1.-Elementos personales:

i).-Entidad organizadora del sistema:
Es el sujeto central del sistema, propietario de la denominación
de la tarjeta de crédito.

Se trata de empresas que tienen operatividad a nivel
internacional. Ejemplo Diners Club, American Expreess

Cumplen diferentes funciones, fundamentalmente de la emisión,
administración y pago.

Pueden realizar dichas funciones, relacionándose con otros
entes, lo que lleva a distinguir:
a).-Sistemas cerrados:
Si la entidad organizadora no comparte sus funciones con otras
entidades.

b).-Sistemas abiertos o compartidos:
La entidad organizadora comparte su labor con otros entes., que
pueden ser entidades bancarias y financieras autorizadas para la
emisión de las tarjetas.

-Estas entidades comercializan el sistema bajo la denominación
compartida con la entidad organizadora. Ejemplo: Credibank
Visa, Wiese Master Card, Wong Visa; etc. Convocan a los
usuarios y asumen las funciones de emisión propiamente,
administración y pago.
ii).-Entidad emisora:
Tiene a su cargo la comercialización del sistema.

-Califica a los usuarios, contrata con ellos asumiendo su
financiación, así como normalmente el pago y la
admnsitración del sistema.

Pueden asumir las siguientes modalidades:
a).-Empresas comerciales que emiten su propia
tarjeta de crédito

Para uso exclusivo de ellas en sus establecimientos y
empresas vinculadas, existiendo tarjetas de crédito
emitidas por empresas con líneas de crédito financiada
por entidades bancarias.
b).-Entidades especializadas:
Son realmente las creadoras del sistema de
tarjeta de crédito.

c).-Entidades bancarias o financieras.
Han ingresado en los últimos tiempos e
intervienen en forma masiva.

-El artículo 283º, concordante con el artículo
221º, inciso 34, de la Ley Nº 26702, permite a las
entidades bancarias administrar tarjetas de
crédito.
iii).-El usuario o titular.
Es la persona natural o jurídica que luego de las
evaluaciones del caso es autorizada por el emisor a
utilizar la tarjeta de crédito.

No confundir solicitante con usuario.

iv).-Establecimiento afiliado.
Es quien acepta la utilización del crédito concedido al
usuario.
Son personas naturales o jurídicas quienes son
convocados por la organizadora o la emisora o la
entidad administradora que actúa como afiliadora.
6.2).-Elementos reales.

i).-El precio.
Esta constituido por:
-Canon que paga el titular o usuario a la entidad
emisora por la disponibilidad del crédito concedido.

-La comisión que el proveedor o establecimiento
afiliado paga a la entidad emisora el valor de las ventas
producidas a través del sistema.
ii).-La tarjeta de crédito.
Es documento nominativo (plástico), legitimante
intransferible, cuya finalidad es que el usuario
acceda a los bienes y servicios de los
establecimientos afiliados con cargo a las
facilidades de pago (crédito) pactadas con el
emisor.

Clasificación de las tarjetas:
*Por el crédito que conceden
-De pago a fin de mes.
-De verdadero crédito. 30, 60 y 90 días.
*Por la entidad emisora:
-Bancarias.
-No Bancarias.

*Por el ámbito objetivo:
-Tarjetas universales (todo tipo de
 bienes y servicios).
-Tarjeta particulares( para cierto
 bienes y servicios)
*Por el ámbito territorial de Validez:
 - Tarjetas internacionales.
 - Tarjetas nacionales.
 - Tarjetas locales.
 - Tarjeta de establecimiento en particular.

*Por el ámbito temporal:
- Tarjeta limitada (emitidas por un lapso determinado)
- Tarjeta ilimitada (no tienen periodo de caducidad).
*Por el numero partes que intervienen.
-Bipartitas. La relación jurídica que nace es
entre un establecimiento acreditante y un
usuario.

-Tripartitas. Existen tres tipos de partes: El
acreditante, el usuario y el establecimiento
afiliado
iii).-Cupones.
Son los documentos que firma el usuario al hacer uso de la
tarjeta de crédito en un establecimiento afiliado al sistema
cuando adquiere un bien o servicio, los cuales son emitidos en
talonarios especiales y son llenados y firmados.

iv).-Estados de cuenta.
Son los documentos por medio de las cuales el emisor de la
tarjeta de crédito traslada y hace conocer al usuario las
operaciones efectuadas en su respectiva cuenta.

-Su contenido se da por aceptado si no es observado dentro de
los 30 días siguientes.
v).-Liquidación de cargos o liquidaciones de
pago.
Son los documentos emitidos por el emisor (o
entidad pagadora) referidos al movimiento de la
cuenta del establecimiento afiliado.
7).-INFORMACION MINIMA QUE DEBE
CONTENER EL CONTRATO (Art. 6 Resolución
Nº 264-2008-SBS, del 11/02/2008).

1.-Monto de la línea de crédito.
2.-Monto Máximos y comisión por disposición en
efectivo.
3).-Tasa de interés efectiva anual compensatoria y
moratoria.
4.-Monto sobre el cual se aplicará los intereses.
5.-Forma y medio de pagos permitidos.
6.-Procedimientos y responsabilidades en caso de
sustracción o extravío.
7.-Casos que procede a la anulación.
8.-Condiciones aplicables a la renovación de los
contratos.
9.-Sanciones a lo titulares de las tarjetas que son
anuladas, conforme al articulo 20.
10.-Periodicidad con la que se entregara los estados de
cuenta.
11.Plazo y condiciones de aceptación del estado de
cuenta, mecanismo de envió y lugar de aceptación.
12.-La hoja resumen que contendrá la información
señalada en el reglamento.
13.-Otras que establezca la Superintendencia.
8).-OBLIGACIONES Y DERECHOS QUE
GENERA EL CONTRATO DE TARJETA DE
CREDITO.

a).-Relaciones entre        institución especializada
(emisora) y el cliente titular.

Obligaciones de la Institución Emisora:

-Mantener la vigencia de sus obligaciones frente al
titular. Esto no es óbice a que la empresa dé por
terminada la vinculación, en cualquier momento, pero
previa notificación al cliente y otorgamiento de plazo
prudente.
-Entregar al cliente el listado de comercios donde
podrán efectuarse las compras o requerirse la prestación
de servicios.

Derechos de la Institución Emisora:

- Fijar un límite a la suma disponible por el cliente.

- Individualizar los cupones a utilizar por el cliente,
quien ha de ser titular de la tarjeta de crédito.
- Mantener el dominio de las tarjetas, derivando su uso
y tenencia al cliente.

- Efectuar      el envió de cuentas al cliente, en
determinadas lapsos, a fin de reclamar, en su caso, el
pago de diferencias.

-Establecer las condiciones generales del contrato.

-Convenir la improcedencia de toda compensación
pretendida, realizada por el cliente.
Obligaciones del cliente:

-Recae sobre él la responsabilidad por el uso e
inversiones efectuadas utilizando su tarjeta.

- Debe denunciar de inmediato a la empresa, la pérdida
o robo de su tarjeta de crédito.

- Debe firmar delante de persona autorizada por la
institución para autenticar su firma.
-Está obligado a firmar delante del comerciante
vendedor o prestatario del servicio, la factura
correspondiente, y al propio tiempo acreditar su
identidad.

- Debe limitar la adquisición de cosas o servicios al
importe que se le ha reconocido en el crédito.

-Todo exceso al respecto le impone a reintegrar la
diferencia a pagar en el plazo que dije la institución
especializada.

- Tiene que reconocer la obligación de pago por el
importe de la factura que ha firmado.
- Hacer frente al pago de la liquidación que
efectúe la empresa, en el tiempo y lugar
establecido.

-Reconocer que toda cuestión entre el
comerciante y el cliente ha de ser resuelta entre
los mismos, siendo la institución especializada
(emisora de la tarjeta de crédito), un tercero.

-Designar fiador de su crédito, en supuesto de
ser exigido.
   Derechos del cliente
     Conservación de la capacidad de crédito (solvencia)
     Ser informado periódicamente (estado de cuenta-
      cargos y abonos)
     Que no se le cobren intereses y abonos excesivos, no
      pactados o no generados
b).-Relaciones entre la institución especializada y
el comerciante prestatario.

  Obligaciones de la institución especializada
(emisora de la tarjeta de crédito).

-Pagar a la otra parte el importe de la adquisición de la
cosa o la prestación del servicio que, conforme al
convenio, hubiere efectuado el cliente titular.

- Hacer saber al comerciante, cuando la tarjeta estuviere
vencida o quedado fuera de circulación.
Derechos de la institución especializada.

-No reconocer importe de facturación que
exceda el crédito que se indica en la tarjeta de
crédito.

- No reconocer ser parte en cuestión, que se
suscite entre comerciante y cliente titular, por la
negociación habida entre ellos.
Obligaciones del comerciante prestatario:
-Asegurar la prestación del servicio o venta de las cosas en
iguales condiciones y precios concedidos al cliente común.

- Que la prestación o entrega de la cosa se encuentre dentro del
comercio.

- Cuidar que la tarjeta que se exhiba no se encuentre vencida o
retirada de la circulación.

- Que el titular de la tarjeta de crédito, firme delante suyo la
factura correspondiente y acredite debidamente su identidad.
-Hacer saber a la institución, el término convenido, la
operación realizada, con remisión de constancias de
facturas, etc.

-Pagar a la institución especializada un derecho de
inscripción, así como el gasto que demandare la
impresión de tarjetas y demás a utilizar por el
comerciante.

-Pagar a la institución especializada un tanto por ciento
sobre cada operación que efectúe con el cliente titular.
c).-Relaciones      entre     el    comerciante
prestatario y el cliente titular

Obligaciones del cliente titular:

-Exhibir la tarjeta de crédito.

-Deberá acreditar su identidad.
Derechos del Cliente.

-Exigir que el comerciante le entregue una copia de la factura que
firma por su adquisición o requerimiento de prestación de
servicio.

- Que los precios que se cobran sean iguales a los cotizados al
público en general.

Obligaciones del comerciante prestatario

-Respetar los precios cotizados al público en general.

- Entregar una copia de la factura que firmare el cliente titular.
Derechos del comerciante prestatario

-No acceder al pedido del cliente titular de
extralimitarse en el importe del crédito otorgado
según constancia de la tarjeta.

- En supuesto de especialidad de la tarjeta no
acceder a la sustitución de la prestación.
9).-VENTAJAS Y DESVENTAJAS QUE SE
PUEDEN DERIVAR DEL CONTRATO.

Ventajas para la institución emisora:
-Al obtener mayor cantidad de clientes, mayor
disponibilidad de dinero.
-Cobra un interés por el uso de la tarjeta.

Desventaja para la institución emisora:
- Falsificaciones y robos de la tarjeta
-Costo elevado en la calificación del usuario,
promoción, emisión de la tarjeta, cobro de los
consumos; etc.
Ventajas para el cliente titular.
-Obtiene un crédito.
-Evita trasladar dinero.
-La posesión de la tarjeta refleja solvencia.

Desventajas para el cliente titular.
-Eventualidad de perdida de la tarjeta
-Proclividad a efectuar gastos innecesarios.
Ventajas para el comerciante:
-Queda garantizado con el pago de la compra.
-Por la publicidad que se hace de comercio
adherido, su nombre podrá ser conocido en
diversos países.

Desventajas para el comerciante:
-Debe pagar una comisión.
9).-EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE
LA TARJETA DE CREDITO

--Al tratarse de un contrato intuito personae, se
extingue por el fallecimiento del titular, puesto
que no es transmisible ni intervivos, ni mortis
causa.

-Se extingue por desafiliación del proveedor,
extinguiéndose sólo parcialmente puesto que el
contrato continúa con respecto a otros
establecimientos.
-Igual se extingue, por incumplimiento de las
partes en sus obligaciones contraídas.

-Por vencimiento del plazo otorgado al usuario

-Por causales establecidas en el contrato (puesto
que el contrato de tarjeta de crédito es un
contrato de adhesión).
CIERRE DE CUENTA CORRIENTE

   Art. 228 Ley 26702
   La empresa puede, en cualquier momento, remitir una
    comunicación al cliente, advirtiéndole de la existencia
    de saldos deudores en su cuenta y requiriéndole el pago.
     Transcurridos quince (15) días hábiles de la recepción
    de la comunicación sin que hubiere observaciones, la
    empresa está facultada para girar contra el cliente por el
    saldo más los intereses generados en dicho período,
    una letra a la vista, con expresión del motivo por el
    que se la emite. El protesto por falta de pago de la
    indicada cambial, en la que no se requiere la aceptación
    del girado, deja expedita la acción ejecutiva.

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Contratos modernos

  • 2. CONTRATO CIVIL – CONTRATO MODERNO  Interrelación de los individuos en una sociedad. Relaciones jurídicas. Regulación legal. Contratos.  Libertad de contratación:  El mercado  El orden publico y las buenas costumbres
  • 3. La libertad de contratación comprende. -Libertad para contratar o no contratar -Libertad para decidir con quien contratar o con quien no contratar . -Libertad para elegir el objeto del contrato y configurarlo internamente, sustituyendo, si es el caso el derecho dispositivo. -Libertad para crear nuevos tipos contractuales y combinar los existentes. -Libertad para convenir las formas que las partes estimen convenientes.
  • 4. CONTRATO ATIPICO: Contrato que no encuentra una regulación positiva, integral y sistemática. Positiva: No encuentre prevista en la Ley. Integral: No se encuentre legislado en sus elementos esenciales, de suerte que no puede diferenciarse de los otros tipos contractuales. Sistemática: No tiene que estar referido a una sola figura contractual
  • 5. TIPO Y TIPICIDAD CONTRACTUAL. Tipo: Aparece ligado a una determinada realidad social que es frecuentemente una conducta que es elevada a categoría jurídica a través del fenómeno de la tipificación. Tipicidad: Es el mecanismo jurídico que tomando como base el tipo de la realidad social, culmina como la creación de un tipo jurídico.
  • 6. TIPIFICACION LEGAL DE LOS CONTRATOS: -Surgimiento y consolidación en el mercado (tipicidad social) del tipo del contrato. -Observar los conflictos y problemas que pueda presentar la figura y la forma como la jurisprudencia los resuelve. -Disciplinar (regular) el contrato.
  • 7. El artículo 1353º del CC señala: “Todos los contratos de derecho privado, inclusive los innominados, quedan sometidos a las reglas contenidas en esta sección, salvo en cuanto resulten incompatibles con las reglas particulares de cada contrato”.
  • 8. REGULACION DE LOS CONTRATOS ATIPICOS. 1.-Respetar la voluntad de las partes. 2.-Aplicar las normas generales imperativas sobre contratos y obligaciones. 3.- Aplicar las normas generales supletorias sobre contratos y obligaciones. 4.-Aplicar las disposiciones correspondientes a los contratos típicos afines que sean compatibles con la economía y la finalidad del contrato atípico. 5.-Seguir el uso y las costumbre de las plazas
  • 9.  EL CONTRATO a)Definición: Art. 1351º del CC. b)Elementos: -Acuerdo de dos o mas partes. Manifestación de voluntad. Bilateralidad -Partes o personas jurídicas. -Consecuencias jurídicas: crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial. -Relación patrimonial.
  • 10. CLASIFICACION. -Típicos: Son los que tienen nombre y están expresamente determinados en el ordenamiento jurídico. -Atípicos: Son los que carecen de ubicación en el ordenamiento jurídico, debido a las relaciones económicas de las personas rebasan los textos legales. -Contratos con prestaciones correlativas: Son aquellos en los que los sujetos de la relación jurídica tienen la doble calidad reciproca de acreedor y deudor. Ejemplo la compraventa.
  • 11. -Contrato con prestación unilateral: Son aquellos en los que no existe esa doble condición y una de las partes asume cumplir con prestación determinada. -Contrato principales aquel que tiene vida propia, tiene su propio sistema. -Contrato accesorio: Es aquel que esta vinculado al contrato principal y depende de el. Se puede extinguir el accesorio pero no el principal. -Contrato oneroso: Donde ambas partes deben cumplir con prestaciones. -Contrato gratuito: Una de las partes tiene a cargo el cumplimiento de determinada prestación.
  • 12. -Contrato aleatorio: Caracterizado por el riesgo o por azar, cuyas prestaciones dependen de un conocimiento futuro o incierto. -Contrato conmutativo: El valor de las prestaciones queda fijado definitivamente en el momento de su perfección. -Contrato real:Para su perfeccionamiento requiere la tradición del bien. -Contrato solemne: Están sujetos a la observancia de ciertas formalidades, cuya falta hace que no produzca efecto. -Contrato consensual: Se perfeccionan por el simple consentimiento.
  • 13. -Contrato constitutivo: Es aquel que crea una relación nueva -Contrato modificativo: Es cuando modifica una situación jurídica. -Contrato extintivo: Extingue una situación jurídica. -Contrato de ejecución única: Se ejecuta en un solo momento. -Contrato de ejecución periódica: Se ejecutan a través del tiempo. -Contrato de libre discusión: Cuando las partes en igualdad de situaciones establecen de mutuo acuerdo las condiciones del contrato.
  • 14. -Contrato por adhesión: Cuando una de las partes impone condiciones a la otra.  ELEMENTOS DEL CONTRATO. Pueden clasificarse en: a) Esenciales: Son aquellos que sin los cuales el contrato no podría existir o tener validez. -Esenciales comunes: Son los que deben existir en todos los contratos; según la doctrina son el consentimiento, la causa y el objeto. -Esenciales especiales: Son aquellos en los que son indispensables para su existencia de algunos grupos de contrato: Formalidad en los contratos solemnes o la entrega de la cosa en los contratos reales.
  • 15. a) Elementos Esenciales: Son aquellos que deben existir en cada tipo determinado de contrato, por cuanto es lo que la caracteriza. El precio en la compraventa; la renta en el arrendamiento. b) Elementos Naturales: Son aquellos que son consecuencia de la celebración de cada contrato o grupo de contratos. La gratuidad en la donación. c) Elementos accidentales: Son aquellos que no obstante no existir naturalmente en el contrato, son suceptibles de ser agregados. Condición, modo y plazo.
  • 16. CONTRATOS MODERNOS. -Contrato de tarjeta de crédito. -Contrato de facturación o factoring. -Contrato de arrendamiento financiero o leasing. -Contrato de emisión y colocación de títulos valores o underwriting. -Contrato de franquicia o franchising. -Contrato de Know how.
  • 17. CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO 1).-ORIGENES Y ANTECEDENTES: Sus orígenes se remontan a principios del siglo xx en Europa (Francia, Inglaterra, Alemania) y su desarrollo y auge en los Estados Unidos de América Se puede distinguir tres etapas de evolución:
  • 18. A) Etapa incipiente (bilateralidad) - Aproximadamente en el año de 1914 introducido por prestigiosos hoteles europeos para sus clientes exclusivos. - Se entregaba a los clientes una credencial con los que podían cancelar los gastos de hospedaje y alimentación; periódicamente los hoteles presentaban las facturas respectivas. - En este sistema intervenían dos partes: El hotel que concedía el crédito y el cliente que lo utilizaba por un plazo fijo. - El crédito era restringido a un grupo exclusivo de personas y el hotel corría con los gastos de insolvencia.
  • 19. -Este sistema se extendió luego a grandes almacenes, así como estaciones de servicio, donde los pagos eran efectuados mediante la presentación de la credencial otorgada por el establecimiento. B) Etapa de consolidación (Trilateralidad) - En 1949 el mercado nortemaericano empieza una nueva etapa con el empleo de la tarjeta “Diners”, que sirvió para el consumo en restuarantes, viajes, diversiones. -Surge la entidad financiera la cual es la encargada de otorgar el crédito al cliente y, además, agilizar los pagos a los establecimientos afiliados. Aparecen las tarjetas Diner’s, American Express y la carte blanche.
  • 20. C) Etapa de la multilateralidad - La participación bancaria fue posterior. En 1951 el Franklin Nacional Bank of New York fue el primer banco que emitió tarjetas de crédito. - Entre 1953 y 1954 casi 100 bancos pequeños empezaron a emitir tarjetas, pero al poco tiempo casi la mitad de ellos abandonaron por las cuantiosas perdidas. - Otros bancos confiaron en el sistema. Entre 1958 y 1959 el Bank of América y el Chase Manhattan Bank introducen sus propios planes con éxito y otros bancos los siguieron, hasta que a fines de 1967 eras 850 planes bancarios en los Estados Unidos.
  • 21. -A partir de 1967 los planes empezaron a extenderse fuera de la fronteras, así la American Express, el Bank of América y la carte Blanche fueron ofreciendo sus sistemas a otros bancos extranjeros. -En 1975 se creo IBANCO, entidad internacional destinada a dirigir y coordinar las funciones de la tarjeta azul y oro. -En 1977 el Bank American Card fue sustituido por VISA y en 1979 INTERBANK cambio el nombre de MASTER CHARGE por el de MASTER CARD. -No solo los bancos emitieron tarjetas de crédito. Lo hizo Hilton para el caso de Hospedaje; Hertz para fines de Turismo, entre otros.
  • 22. -En el Perú ingresa en 1968 a través del Diners Club (igual como se le conoce en la actualidad). -La tarjeta de crédito bancaria aproximadamente 10 años después con BANCARD, empresa que fue respaldada por el desaparecido Banco Comercial del Perú y que representaba los sistemas internacionales de crédito: VISA y MASTERCARD. -En 1996 se dio la gran expansión, generado por el ingreso de la banca extranjera, los grandes almacenes y desarrollo de cadenas de comercio. -El contrato de tarjeta de crédito se encontraba regulado por la Resolución SBS Nº 271. del 23/04/2000; ahora por Resolución SBS Nº 264-2008.
  • 23. 2).-CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO Y LA TARJETA DE CREDITO. -Cuando se habla de tarjeta de crédito no se esta haciendo referencia un contrato sino a un mero elemento de identificación. -La tarjeta de crédito no es un contrato, sino el efecto de este. -La tarjeta de crédito no es causa jurídica, no genera derechos y obligaciones; cumple funciones operativas y simbólicas.
  • 24. 3).-DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO: En la doctrina existen diferentes definiciones: “Es aquel que permite que un establecimiento comercial venda al contado y que el usuario pague con facilidades, porque es un banco o entidad emisora la que asume el pago inmediato de las compras realizadas por el establecimiento”. ( Mila Guillen Rispa). “Relación jurídica compleja encuadrable como contrato de crédito, siendo la tarjeta propiamente dicha un documento probatorio de la relación, que se presenta como asunción privativa de deuda”(Horacio Fargosi).
  • 25. “Contrato bancario con elementos típicos de un contrato comercial, puesto que es contraido entre un banco y un cliente a fin que este, previo cumplimiento de los requisitos pertinentes pueda contar con un crédito y hacerlo valer en determinados establecimientos comerciales”. (Arias –Schereiber). “Contrato complejo de características propias que establece una relación triangular entre un comprador y una entidad financiera, posibilitando al primero la adquisición de bienes y servicios que ofrece el segundo mediante la promesa previa, formulada a la entidad emisora de abonar el precio de sus compras en un plazo dado por esta ultima, la que se hará cargo de la deuda abonando inmediatamente el importe al vendedor previa deducción de las comisiones que haya estipulado entre ambos por acercamiento de la demanda” (Eduardo Cogorno).
  • 26. “Mediante el contrato de tarjeta de crédito la empresa (el banco) concede una línea de crédito al titular por un plazo determinado y expide la correspondiente tarjeta con la finalidad que el usuario de dicha tarjeta adquiera bienes o servicios en los establecimientos afiliados que los provean, pague obligaciones, o de asi permitirlo la empresa emisora y no mediar renuncia expresa por parte del titular, hacer uso del servicio de dispocisión de efectivo u otros servicios conexos, dentro de los limites y condiciones pactados, obligándose, a su vez a pagar a la empresa que expide la correspondiente tarjeta el importe de los bienes y servicios que haya utilizado y demás cargos, conforme a lo establecido en el contrato”. (Artículo 3º Reglamento de Tarjeta de Créditos Resolución SBS Nº 264-2008)
  • 27. El contrato de tarjeta de crédito supone: Cuando menos, una relación triangular: Un comprador (usuario o titular de la tarjeta), Una institución emisora; y Un vendedor (empresa afiliada o proveedora)
  • 28. 4).-NATURALEZA JURIDICA DEL CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO: A).-Teoría de la asignación: Según el cual el asignante (el usuario) da una orden al asignado (entidad emisora o financiera) para efectuar un pago a un tercero, denominado asignatario (proveedor). -Esta teoría no explica la relación existente entre los sujetos del contrato, así como tampoco la relación existente entre la entidad emisora y el proveedor, ni entre la entidad emisora y el usuario. La relación es mucho mas compleja.
  • 29. B).-Teoría de la asunción de la deuda: Según el cual la entidad emisora (o financiera) asume la deuda. El usuario compra ahora y paga después. Al pagar la entidad emisora desobliga al usuario. -Esta teoría es incompleta porque no explica la relación existente entre la entidad emisora y el usuario, toda vez que no se produce una liberación de este. La obligación de la entidad emisora y de cada uno de los sujetos que intervienen en el contrato se encuentra condicionada a una serie de requisitos que no pueden ser explicados por esta teoría.
  • 30. C).-Teoría de la apertura de crédito: Según la cual se señala que el tarjeta habiente, al suscribir un Voucher, realiza un reconocimiento de deuda. Paralelamente, la entidad emisora conviene con el comerciante afiliado una promesa de cesión de deuda. Finalmente la apertura de crédito permite obligar a los usuarios. -Pese a su gran desarrollo, esta teoría no explica la relación existente entre la entidad emisora y el comerciante afiliado.
  • 31. D).Teoría de interrelación múltiple: Según esta teoría, tras el contrato de tarjeta de crédito existen otras relaciones jurídicas que sin ellos no se viabilizaría el mismo. -La primera relación es la que se establece entre el usuario y la entidad emisora. En este aspecto se señala que se trata de una apertura de crédito. -La segunda relación es la que se establece entre el emisor y el comerciante afiliado. En este aspecto se señala que se trata de una promesa de asunción de deuda.
  • 32. -La tercera relación es la que se establece entre el usuario y el proveedor. Es el que constituye el “motor del sistema” y el elemento multiplicador de ventas. En esta relación se materializan las formas mas variadas de contratación, pues puede tratarse de una compraventa, arrendamiento, así como otra forma de contratación. -La cuarta relación es la que se establece entre la entidad emisora y la entidad organizadora del sistema.
  • 33. 5).-CARACTERISITICAS:  Nominado: Tiene una denominación.  Típico : En nuestro ordenamiento se encuentra regulado (Reglamento de tarjetas de crédito SBS Nº 264-2008).  Oneroso: Existe contraprestaciones valuables en dinero.  Conmutativo: Las prestaciones se encuentran establecidas.  Ejecución continuada: No esta predestinado para un solo acto, se prolonga en el tiempo
  • 34. De adhesión: No admite discusión previa entre las partes. Lo firmas o lo dejas.  Personalísimo: La calidad de usuario es intransferible.  Otras características: -Plurilateral: Cuando intervienen en el contrato otras personas; por ejemplo un aval. -Bancario: Emitido solamente por bancos.
  • 35. 6).-ELEMENTOS DEL CONTRATO. 6.1.-Elementos personales: i).-Entidad organizadora del sistema: Es el sujeto central del sistema, propietario de la denominación de la tarjeta de crédito. Se trata de empresas que tienen operatividad a nivel internacional. Ejemplo Diners Club, American Expreess Cumplen diferentes funciones, fundamentalmente de la emisión, administración y pago. Pueden realizar dichas funciones, relacionándose con otros entes, lo que lleva a distinguir:
  • 36. a).-Sistemas cerrados: Si la entidad organizadora no comparte sus funciones con otras entidades. b).-Sistemas abiertos o compartidos: La entidad organizadora comparte su labor con otros entes., que pueden ser entidades bancarias y financieras autorizadas para la emisión de las tarjetas. -Estas entidades comercializan el sistema bajo la denominación compartida con la entidad organizadora. Ejemplo: Credibank Visa, Wiese Master Card, Wong Visa; etc. Convocan a los usuarios y asumen las funciones de emisión propiamente, administración y pago.
  • 37. ii).-Entidad emisora: Tiene a su cargo la comercialización del sistema. -Califica a los usuarios, contrata con ellos asumiendo su financiación, así como normalmente el pago y la admnsitración del sistema. Pueden asumir las siguientes modalidades: a).-Empresas comerciales que emiten su propia tarjeta de crédito Para uso exclusivo de ellas en sus establecimientos y empresas vinculadas, existiendo tarjetas de crédito emitidas por empresas con líneas de crédito financiada por entidades bancarias.
  • 38. b).-Entidades especializadas: Son realmente las creadoras del sistema de tarjeta de crédito. c).-Entidades bancarias o financieras. Han ingresado en los últimos tiempos e intervienen en forma masiva. -El artículo 283º, concordante con el artículo 221º, inciso 34, de la Ley Nº 26702, permite a las entidades bancarias administrar tarjetas de crédito.
  • 39. iii).-El usuario o titular. Es la persona natural o jurídica que luego de las evaluaciones del caso es autorizada por el emisor a utilizar la tarjeta de crédito. No confundir solicitante con usuario. iv).-Establecimiento afiliado. Es quien acepta la utilización del crédito concedido al usuario. Son personas naturales o jurídicas quienes son convocados por la organizadora o la emisora o la entidad administradora que actúa como afiliadora.
  • 40. 6.2).-Elementos reales. i).-El precio. Esta constituido por: -Canon que paga el titular o usuario a la entidad emisora por la disponibilidad del crédito concedido. -La comisión que el proveedor o establecimiento afiliado paga a la entidad emisora el valor de las ventas producidas a través del sistema.
  • 41. ii).-La tarjeta de crédito. Es documento nominativo (plástico), legitimante intransferible, cuya finalidad es que el usuario acceda a los bienes y servicios de los establecimientos afiliados con cargo a las facilidades de pago (crédito) pactadas con el emisor. Clasificación de las tarjetas: *Por el crédito que conceden -De pago a fin de mes. -De verdadero crédito. 30, 60 y 90 días.
  • 42. *Por la entidad emisora: -Bancarias. -No Bancarias. *Por el ámbito objetivo: -Tarjetas universales (todo tipo de bienes y servicios). -Tarjeta particulares( para cierto bienes y servicios)
  • 43. *Por el ámbito territorial de Validez: - Tarjetas internacionales. - Tarjetas nacionales. - Tarjetas locales. - Tarjeta de establecimiento en particular. *Por el ámbito temporal: - Tarjeta limitada (emitidas por un lapso determinado) - Tarjeta ilimitada (no tienen periodo de caducidad).
  • 44. *Por el numero partes que intervienen. -Bipartitas. La relación jurídica que nace es entre un establecimiento acreditante y un usuario. -Tripartitas. Existen tres tipos de partes: El acreditante, el usuario y el establecimiento afiliado
  • 45. iii).-Cupones. Son los documentos que firma el usuario al hacer uso de la tarjeta de crédito en un establecimiento afiliado al sistema cuando adquiere un bien o servicio, los cuales son emitidos en talonarios especiales y son llenados y firmados. iv).-Estados de cuenta. Son los documentos por medio de las cuales el emisor de la tarjeta de crédito traslada y hace conocer al usuario las operaciones efectuadas en su respectiva cuenta. -Su contenido se da por aceptado si no es observado dentro de los 30 días siguientes.
  • 46. v).-Liquidación de cargos o liquidaciones de pago. Son los documentos emitidos por el emisor (o entidad pagadora) referidos al movimiento de la cuenta del establecimiento afiliado.
  • 47. 7).-INFORMACION MINIMA QUE DEBE CONTENER EL CONTRATO (Art. 6 Resolución Nº 264-2008-SBS, del 11/02/2008). 1.-Monto de la línea de crédito. 2.-Monto Máximos y comisión por disposición en efectivo. 3).-Tasa de interés efectiva anual compensatoria y moratoria. 4.-Monto sobre el cual se aplicará los intereses. 5.-Forma y medio de pagos permitidos.
  • 48. 6.-Procedimientos y responsabilidades en caso de sustracción o extravío. 7.-Casos que procede a la anulación. 8.-Condiciones aplicables a la renovación de los contratos. 9.-Sanciones a lo titulares de las tarjetas que son anuladas, conforme al articulo 20. 10.-Periodicidad con la que se entregara los estados de cuenta. 11.Plazo y condiciones de aceptación del estado de cuenta, mecanismo de envió y lugar de aceptación. 12.-La hoja resumen que contendrá la información señalada en el reglamento. 13.-Otras que establezca la Superintendencia.
  • 49. 8).-OBLIGACIONES Y DERECHOS QUE GENERA EL CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO. a).-Relaciones entre institución especializada (emisora) y el cliente titular. Obligaciones de la Institución Emisora: -Mantener la vigencia de sus obligaciones frente al titular. Esto no es óbice a que la empresa dé por terminada la vinculación, en cualquier momento, pero previa notificación al cliente y otorgamiento de plazo prudente.
  • 50. -Entregar al cliente el listado de comercios donde podrán efectuarse las compras o requerirse la prestación de servicios. Derechos de la Institución Emisora: - Fijar un límite a la suma disponible por el cliente. - Individualizar los cupones a utilizar por el cliente, quien ha de ser titular de la tarjeta de crédito.
  • 51. - Mantener el dominio de las tarjetas, derivando su uso y tenencia al cliente. - Efectuar el envió de cuentas al cliente, en determinadas lapsos, a fin de reclamar, en su caso, el pago de diferencias. -Establecer las condiciones generales del contrato. -Convenir la improcedencia de toda compensación pretendida, realizada por el cliente.
  • 52. Obligaciones del cliente: -Recae sobre él la responsabilidad por el uso e inversiones efectuadas utilizando su tarjeta. - Debe denunciar de inmediato a la empresa, la pérdida o robo de su tarjeta de crédito. - Debe firmar delante de persona autorizada por la institución para autenticar su firma.
  • 53. -Está obligado a firmar delante del comerciante vendedor o prestatario del servicio, la factura correspondiente, y al propio tiempo acreditar su identidad. - Debe limitar la adquisición de cosas o servicios al importe que se le ha reconocido en el crédito. -Todo exceso al respecto le impone a reintegrar la diferencia a pagar en el plazo que dije la institución especializada. - Tiene que reconocer la obligación de pago por el importe de la factura que ha firmado.
  • 54. - Hacer frente al pago de la liquidación que efectúe la empresa, en el tiempo y lugar establecido. -Reconocer que toda cuestión entre el comerciante y el cliente ha de ser resuelta entre los mismos, siendo la institución especializada (emisora de la tarjeta de crédito), un tercero. -Designar fiador de su crédito, en supuesto de ser exigido.
  • 55. Derechos del cliente  Conservación de la capacidad de crédito (solvencia)  Ser informado periódicamente (estado de cuenta- cargos y abonos)  Que no se le cobren intereses y abonos excesivos, no pactados o no generados
  • 56. b).-Relaciones entre la institución especializada y el comerciante prestatario. Obligaciones de la institución especializada (emisora de la tarjeta de crédito). -Pagar a la otra parte el importe de la adquisición de la cosa o la prestación del servicio que, conforme al convenio, hubiere efectuado el cliente titular. - Hacer saber al comerciante, cuando la tarjeta estuviere vencida o quedado fuera de circulación.
  • 57. Derechos de la institución especializada. -No reconocer importe de facturación que exceda el crédito que se indica en la tarjeta de crédito. - No reconocer ser parte en cuestión, que se suscite entre comerciante y cliente titular, por la negociación habida entre ellos.
  • 58. Obligaciones del comerciante prestatario: -Asegurar la prestación del servicio o venta de las cosas en iguales condiciones y precios concedidos al cliente común. - Que la prestación o entrega de la cosa se encuentre dentro del comercio. - Cuidar que la tarjeta que se exhiba no se encuentre vencida o retirada de la circulación. - Que el titular de la tarjeta de crédito, firme delante suyo la factura correspondiente y acredite debidamente su identidad.
  • 59. -Hacer saber a la institución, el término convenido, la operación realizada, con remisión de constancias de facturas, etc. -Pagar a la institución especializada un derecho de inscripción, así como el gasto que demandare la impresión de tarjetas y demás a utilizar por el comerciante. -Pagar a la institución especializada un tanto por ciento sobre cada operación que efectúe con el cliente titular.
  • 60. c).-Relaciones entre el comerciante prestatario y el cliente titular Obligaciones del cliente titular: -Exhibir la tarjeta de crédito. -Deberá acreditar su identidad.
  • 61. Derechos del Cliente. -Exigir que el comerciante le entregue una copia de la factura que firma por su adquisición o requerimiento de prestación de servicio. - Que los precios que se cobran sean iguales a los cotizados al público en general. Obligaciones del comerciante prestatario -Respetar los precios cotizados al público en general. - Entregar una copia de la factura que firmare el cliente titular.
  • 62. Derechos del comerciante prestatario -No acceder al pedido del cliente titular de extralimitarse en el importe del crédito otorgado según constancia de la tarjeta. - En supuesto de especialidad de la tarjeta no acceder a la sustitución de la prestación.
  • 63. 9).-VENTAJAS Y DESVENTAJAS QUE SE PUEDEN DERIVAR DEL CONTRATO. Ventajas para la institución emisora: -Al obtener mayor cantidad de clientes, mayor disponibilidad de dinero. -Cobra un interés por el uso de la tarjeta. Desventaja para la institución emisora: - Falsificaciones y robos de la tarjeta -Costo elevado en la calificación del usuario, promoción, emisión de la tarjeta, cobro de los consumos; etc.
  • 64. Ventajas para el cliente titular. -Obtiene un crédito. -Evita trasladar dinero. -La posesión de la tarjeta refleja solvencia. Desventajas para el cliente titular. -Eventualidad de perdida de la tarjeta -Proclividad a efectuar gastos innecesarios.
  • 65. Ventajas para el comerciante: -Queda garantizado con el pago de la compra. -Por la publicidad que se hace de comercio adherido, su nombre podrá ser conocido en diversos países. Desventajas para el comerciante: -Debe pagar una comisión.
  • 66. 9).-EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE LA TARJETA DE CREDITO --Al tratarse de un contrato intuito personae, se extingue por el fallecimiento del titular, puesto que no es transmisible ni intervivos, ni mortis causa. -Se extingue por desafiliación del proveedor, extinguiéndose sólo parcialmente puesto que el contrato continúa con respecto a otros establecimientos.
  • 67. -Igual se extingue, por incumplimiento de las partes en sus obligaciones contraídas. -Por vencimiento del plazo otorgado al usuario -Por causales establecidas en el contrato (puesto que el contrato de tarjeta de crédito es un contrato de adhesión).
  • 68. CIERRE DE CUENTA CORRIENTE  Art. 228 Ley 26702  La empresa puede, en cualquier momento, remitir una comunicación al cliente, advirtiéndole de la existencia de saldos deudores en su cuenta y requiriéndole el pago. Transcurridos quince (15) días hábiles de la recepción de la comunicación sin que hubiere observaciones, la empresa está facultada para girar contra el cliente por el saldo más los intereses generados en dicho período, una letra a la vista, con expresión del motivo por el que se la emite. El protesto por falta de pago de la indicada cambial, en la que no se requiere la aceptación del girado, deja expedita la acción ejecutiva.