Este documento describe las características y requisitos de las medidas cautelares en el proceso contencioso administrativo peruano. Explica que las medidas cautelares tienen el objetivo de garantizar la eficacia de la decisión definitiva y pueden ser dictadas antes o durante un proceso. Se deben cumplir tres requisitos: verosimilitud del derecho invocado, peligro en la demora, y que la medida sea adecuada para garantizar la pretensión. También se debe ofrecer una contracautela.
1. MEDIDAS CAUTELARES EN EL
PROCESO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
Arts. 38 a 40 del TUO de la Ley
N° 27584
Dr. Juan Linares San Román
2. Las Medidas Cautelares
Gimeno Sendra y González Cuellar: “La
medida cautelar es un providencia
jurisdiccional dictada con la finalidad de
garantizar la eficacia de la sentencia.”
Art. 608 CPC (in fine):
La medida cautelar tiene por finalidad
garantizar el cumplimiento de la decisión
definitiva.
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3. Características del proceso
cautelar
- Reservado:
- En ningún caso debe ser público, sino que
exige discreción y prudencia. (Martel
Chang)
- Responsabilidad de Jueces, auxiliares,
justiciables, abogados y todo aquel que
tenga conocimiento de la petición.
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4. Características del proceso
cautelar
- Inaudita et altera pars (sin oír a la parte
contraria:
- Para que no se frustre finalidad y eficacia
de la medida cautelar.
- Derecho de contradicción es postergado
- Art. 637 CPC: Concedida sin
conocimiento de la parte afectada.
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5. Características del proceso
cautelar
- Expeditivo y sumarísimo:
- Presupone urgencia, actuación aquí y
ahora del órgano jurisdiccional.
- Debe decidirse rápidamente, verificando
copulativamente los presupuestos y la
contracautela.
- Art. 611 CPC: De lo expuesto y de la
prueba presentada por el demandante.
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6. Características del proceso
cautelar
Autónomo:
- Art. 635 CPC: Proceso autónomo para el
que se forma cuaderno especial.
- Persigue asegurar que lo resuelto en el
proceso principal se cumpla.
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7. Resolución cautelar y su ejecución
- No estamos ante un caso de cosa
juzgada.
- Juez verifica concurrencia de requisitos
del art. 611 CPC, para concesión y
ejecución.
- Medida cautelar fuera de proceso,
también se evalúa condiciones de la
acción y presupuestos procesales de
forma.
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8. Resolución cautelar y su ejecución
- Presupuestos para su concesión en la
doctrina
- Verosimilitud o apariencia del derecho
invocado
- Peligro en la demora
- Presupuesto para su ejecución
- La contracautela
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9. Características de la medida
cautelar
- Provisoria:
- Destinada a durar en tanto no ocurra un
hecho sucesivo y esperado. (Martel
Chang)
- Puede ser sustituida o desaparecer
- Permanencia depende del proceso
principal
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10. Características de la medida
cautelar
- Instrumental:
- No constituye un fin en si mismo, sirve
para asegurar los derechos que se
definen en el principal.
- Variable:
- Puede sufrir cambios en cuanto a la
forma, monto y bienes.
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11. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 38 del TUO Ley 27584)
• “Artículo 38.- Oportunidad
• La medida cautelar podrá ser dictada antes de iniciado
un proceso o dentro de éste, siempre que se destine a
asegurar la eficacia de la decisión definitiva.
• Para tal efecto, se seguirán las normas del Código
Procesal Civil con las especificaciones establecidas en
esta Ley.”
• Concordar con arts. 608 a 687 CPC
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12. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 39 del TUO Ley 27584)
• “Artículo 39.- Requisitos
• La medida cautelar se dictará en la forma que fuera
solicitada o en cualquier otra forma que se considere
adecuada para lograr la eficacia de la decisión definitiva,
siempre que de los fundamentos expuestos por el
demandante: (…)”
• Art. 608 CPC, mod. Ley 29803
• - Juez competente es aquel habilitado para conocer de
las pretensiones de la demanda.
• - A pedido de parte
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13. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 39 del TUO Ley 27584)
• “Artículo 39.- Requisitos
• (…)
• 1. Se considere verosímil el derecho invocado. Para tal efecto, se
deberá ponderar la proporcionalidad entre la eventual afectación
que causaría al interés público o a terceros la medida cautelar y, el
perjuicio que causa al recurrente la eficacia inmediata de la
actuación impugnable.”
• Art. 9 Ley 27444: Principio de legalidad del acto administrativo.
• Concordar art. 611 CPC, mod. Ley 29384
• De lo expuesto y de la prueba presentada.
• Sólo afecta bienes y derechos de las partes vinculadas por la
relación material o sus sucesores
• Debidamente motivada, bajo sanción de nulidad.
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14. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 39 del TUO Ley 27584)
• Artículo 39.- Requisitos
• (…)
• 2. Se considere necesaria la emisión de una
decisión preventiva por constituir peligro la
demora del proceso, o por cualquier otra razón
justificable. No es exigible este requisito cuando
se trate de pretensiones relacionadas con el
contenido esencial del derecho a la pensión.”
• Concordar art. 611 CPC, mod. Ley 29384
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15. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 39 del TUO Ley 27584)
• “Artículo 39.- Requisitos
• (…)
• 3. Se estime que resulte adecuada para
garantizar la eficacia de la pretensión.”
• Concordar art. 611 CPC, mod. Ley 29384
• La razonabilidad de la medida cautelar
para garantizar la eficacia de la
pretensión.
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16. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 39 del TUO Ley 27584)
• “Artículo 39.-
• (…)
• Para la ejecución de la medida cautelar el demandante
deberá ofrecer contracautela atendiendo a la naturaleza
de la pretensión que se quiere asegurar.
• Tratándose de pretensiones contra actuaciones
administrativas con contenido pecuniario, el Juez podrá
requerir de una contracautela distinta a la caución
juratoria.”
• Concordar art. 611 CPC, mod. Ley 29384
• Se precisa la forma, naturaleza y alcances de la
contracautela.
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17. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 39 del TUO Ley 27584)
• “Artículo 39.-
• (…)
• Si la resolución final no reconoce el derecho reclamado
por el demandante, a pedido de la parte interesada se
procede conforme a las reglas establecidas en el Código
Procesal Civil para la ejecución de la contracautela.”
• Concordar art. 613 CPC, mod. Ley 29384
• Ejecución de la contracautela, a pedido del interesado,
ante el juez que dispuso la medida y en el mismo
cuaderno cautelar; el que resuelve lo conveniente previo
traslado a la otra parte.
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18. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 40 del TUO Ley 27584)
• Artículo 40.- Medidas de innovar y de no
innovar
• Son especialmente procedentes en el
proceso contencioso administrativo las
medidas cautelares de innovar y de no
innovar.
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19. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 40 del TUO Ley 27584)
• Artículo 682 CPC.- “Ante la inminencia de un
perjuicio irreparable, puede el Juez dictar
medidas destinadas a reponer un estado de
hecho o de derecho cuya alteración vaya a ser o
es el sustento de la demanda. Esta medida es
excepcional por lo que sólo se concederá
cuando no resulte aplicable otra prevista en la
ley.”
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20. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 40 del TUO Ley 27584)
• Se orienta a provocar un cambio de la
situación existente, cuya alteración vaya a
ser o sea ya el sustento de la demanda.
• Innovación del statu quo. Efecto
modificativo. (Ledesma Narvaez)
• Concurren la casi certeza del derecho y la
irreparabilidad del perjuicio.
• Caso letrero luminoso
• Caso Moliné en Argentina.
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21. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 40 del TUO Ley 27584)
• Artículo 687 CPC, mod. D. Leg. 1069-
Prohibición de Innovar
• “Ante la inminencia de un perjuicio irreparable,
puede el Juez dictar medidas destinadas a
conservar la situación de hecho o de derecho
cuya situación vaya a ser o sea invocada en la
demanda y, se encuentra en relación a las
personas y bienes comprendidos en el proceso.
Esta medida es excepcional por lo que se
concederá sólo cuando no resulte de aplicación
otra prevista en la ley."
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22. Las medidas cautelares en el PCA
(art. 40 del TUO Ley 27584)
• Congela en el tiempo y el espacio una situación
jurídica que se mantenía la momento de la
demanda. (Ledesma Narvaez)
• Mantener el statu quo para evitar un daño
irreparable.
• Regulada por los principios de igualdad de
partes y de buena fe.
• No puede suspender otro proceso, ni prohibir de
proponer una demanda.
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