1. Conjunto de principios y norma a las que están sometidas las
relaciones en todas las sociedades, cuyos individuos están obligados
a su cumplimiento.
INICIO SIGUIENTEANTERIOR LEANDRO GONZALEZ DELGADO
CLASES DEL DERECHO
2. Son utilizas para determinar que tipo de derecho es aplicable a
un concreto y para ello es necesario que responda a las
preguntas:
¿Quién crea el derecho?
Poder legislativo: Pueden legislar las Cortes generales o el
Parlamento y las asambleas legislativas de las
Comunidades Autónomas.
Poder ejecutivo: Está en manos del Gobierno, ministerio y
órganos de gobierno de las comunidades
Órganos Diputaciones, municipios, dirección…
administrativos
INICIO SIGUIENTEANTERIOR LEANDRO GONZALEZ DELGADO
3. Ley:
Conjunto de normas judiciales escritas. Se publican en los
boletines oficiales, del estado, de comunidades autónomas y
provinciales según el ámbito de la norma.
Costumbre:
Manera de actuar de un colectivo en materia no regulada por
ninguna norma escrita y cuyo cumplimiento es obligatorio.
Sería Derecho Natural.
Principios generales del derecho:
Norma que se aplican cuando no existe ni leí ni costumbre.
INICIO SIGUIENTEANTERIOR LEANDRO GONZALEZ DELGADO
4. Siempre respetando el siguiente orden:
Leyes: Son las normas dictadas por el poder legislativo, y están formadas por la
Constitución, leyes orgánicas y leyes ordinarias. Siendo la Constitución la norma
suprema.
Normas con rango de leí: Son las normas dictadas por el poder ejecutivo.
Real decreto legislativo
Textos articulados
Textos refundidos
Reales decreto leí
Reglamentos: Los dictan los Órganos administrativos inferiores y toman las siguientes
formas:
Reales decretos: Los aprobados por el Consejo de ministros.
Ordenes de las comisiones delegadas del Gobierno: Normas aprobadas por comisiones
delegadas del Gobierno, cuando la materia afecta a varios ministerios.
Órdenes ministeriales: Normas aprobadas por un solo ministerio.
Resoluciones: Normas dictadas, por las direcciones generales
INICIO SIGUIENTEANTERIOR LEANDRO GONZALEZ DELGADO