El documento propone una idea para reformar el sistema político mediante la creación de corporaciones públicas paralelas elegidas por sorteo público en lugar de voto. Estas nuevas corporaciones tendrían el poder de decidir la aplicación de las leyes aprobadas por las corporaciones regulares. El autor argumenta que esto permitiría una representación más equitativa de todos los ciudadanos y grupos sociales al eliminar la influencia de factores como el dinero, el poder o las conexiones políticas.
1. UNA IDEA PARA
CAMBIAR LA
HISTORIA
AUTOR. CARLOS JULIO ACUÑA ÁLVAREZ
2. ¿CUÁL ES LA IDEA?
Formar corporaciones públicas paralelas a las existentes, pero
elegidas mediante sorteos públicos y que sean las únicas con
poder de decidir la aplicación, y determinar el alcance,
cobertura y reglamento de las normas, leyes, acuerdos, u
ordenanzas aprobadas por la corporación regular.
Que igualmente jueces y magistrados de todo el poder judicial,
sean elegidos por sorteo entre las personas que hayan recibido
la formación para serlo.
3. ¿POR QUÉ ESTA ES LA MEJOR IDEA?
Porque nada puede impactar tanto a la sociedad como el
hecho de que todos los ciudadanos, sin distinción de sexo,
raza, religión, creencias, estrato socio económico, profesión u
oficio, tengan la posibilidad de hacer parte de un órgano
legislativo, con facultad decisoria, sin tener que pertenecer a
un grupo, ni estar comprometido en favorecer intereses
particulares o de grupos.
4. Esta idea hará cambiar la situación de desigualdad en todo el mundo.
En este modelo la mayoría de la gente sí está representada ya que los elegidos
por voto son generalmente abogados profesionales y se excluye a otros
profesionales.
El modelo actual está hecho para que los que deciden en todos los niveles sean
generalmente personas de familias ricas, poderosas, famosas o influyentes.
Nunca tienen voz y voto para decidir las personas de estratos bajos, que son la
mayoría, y en muy pocas ocasiones las de estratos medios.
5. ¿CÓMO SE PUEDE HACER?
Para lograr este cambio es necesario que el constituyente
primario que es el pueblo haga un referendo para que con esta
idea se reforme la composición y sistema de elección de las
corporaciones que nos representan.
A través de firmas se conseguirá que no sean los partidos los que
deciden quién puede aspirar a las corporaciones públicas de
municipios, departamentos, estados o de la república, sino el
pueblo.
6. ¿QUÉ CAMBIA?
No se acaban sino que se reducen las corporaciones públicas actuales a la
mitad, pero sus funciones siguen siendo las mismas, excepto la de aplicar las
normas, leyes, acuerdos u ordenanzas que solo pueden ser aprobadas por
por las corporaciones decisorias, paralelas a ellas.
Las corporaciones Decisorias, con igual numero de representantes, llevarán
los nombres de:
Concejo Municipal Decisorio
Asamblea Departamental o Estatal Decisoria
Congreso de la República Decisorio
7. ¿QUÉ HACEN ESAS
CORPORACIONES DECISORIAS
Serán las encargadas de estudiar las leyes, normas,
acuerdos u ordenanzas ya aprobadas por las
corporaciones regulares para reglamentarlas y son las
que finalmente las aprueban y deciden su aplicación,
restricciones, cobertura y alcances.
En eso reemplazan al ejecutivo.
8. CÓMO FUNCIONA EL NUEVO
PODER LEGISLATIVO
Las actuales corporaciones públicas, reducidas a la mitad, seguirán
eligiéndose por voto popular, con el fin de que intelectuales idóneos
sean los que lideren la formulación de las leyes y normas.
Pero las Corporaciones decisorias que serán elegidas mediante sorteo
entre todos los ciudadanos del país son las que reglamentan y
deciden si se aplica o no una norma, ley, ordenanza o acuerdo.
9. ¿QUIÉNES PARTICIPAN?
Todos los ciudadanos mayores de edad de ambos sexos.
En ningún caso pueden acceder personas con incapacidad mental, convictos o
menores de edad.
Las personas elegidas que no deseen o no puedan participar por cualquier
motivo incluido el fallecimiento, ceden automáticamente el derecho
únicamente al familiar más próximo en primer grado de consanguinidad en este
orden: padre, madre, hijos o hermanos de mayor a menor. De no tenerlos, a su
cónyuge o uno de segundo grado de consanguinidad (primos, tíos, sobrinos). Si
no tiene a nadie el cargo será sorteado de nuevo o quedará vacante durante
todo el periodo que será igual al de las corporaciones regulares.
10. ¿Y CÓMO FUNCIONA?
Cada municipio elige por sorteo un número de ciudadanos igual al
número de concejales mas dos personas.
Entre ellos se sortean los que van a ser el concejo municipal decisorio.
De ellos, los dos no salgan favorecidos para el concejo participan por la
Asamblea departamental decisoria con los de los demás municipios del
departamento, una semana después.
De ellos, los que no salgan favorecidos para la asamblea participan para
el Congreso decisorio, una semana después.
11. SALARIOS Y BENEFICIOS
Todos estos ciudadanos entran a devengar lo mismo que sus equivalentes
de las corporaciones regulares.
Todos serán amparados con esquemas de seguridad iguales a los de sus
pares de las regulares.
Podrán proponer nuevas leyes o normas y defenderlas ante las demás
instancias.
Por cada idea o propuesta aprobada recibirán beneficios económicos los
autores.
12. ¿CÓMO ES EL SORTEO?
Antes de la elección por voto popular de los miembros de las corporaciones
públicas se hacen los sorteos de la siguiente manera:
En cada municipio se asigna a cada ciudadano vivo, un número de tantos dígitos
como población mayor de edad viva en el municipio, un mes antes de la
elección.
Para ciudades entre 1 y 9 millones de habitantes se usarán 7 baloteras con
números de 0 a 9 en cada una, para las que tienen hasta novecientos noventa y
nueve mil, seis, para los que tienen hasta noventa y nueve mil 5 y así
sucesivamente.
Se eligen el número de personas que debe tener cada concejo municipal de
acuerdo a lo establecido, y dos personas más que serán las últimas en salir
favorecidas. Estas dos irán a participar por Asamblea y Congreso.
13. ¿CÓMO ES EL SORTEO DE
ASAMBLEA Y CONGRESO?
De cada municipio irán dos representantes para asamblea.
Recibirán un nuevo número para el sorteo.
Se elegirán por sorteo el mismo número de diputados de la asamblea
regular de cada departamento. (Ojalá uno por cada municipio)
Los que no salgan favorecidos irán a participar por el sorteo para el
Congreso. (Ojalá dos por cada departamento)
Se sortearán igual número de curules que las de cámara y senado y los que
no salgan favorecidos quedarán como suplentes en orden alfabético.
14. BENEFICIOS
Todas las personas sin distinción de raza, sexo, credo, cultura, estrato social o
económico o educación, podrán decidir qué leyes se aplican.
No habrá posibilidades de fraude porque los sorteos serán en público por el
sistema de baloteras usado por las loterías que tienen formas de garantizar su
transparencia, y con presencia de toda la gente que quiera asistir, además
de los medios de comunicación y veedores de la sociedad civil y de los
partidos políticos. También serán transmitidos los sorteos por los canales
locales, regionales y nacionales.
La heterogeneidad de estas corporaciones garantiza que la mayoría de la
gente del común se sienta realmente representada aunque el azar sea una
limitante.
No hay compra de votos, no hay fraude electrónico, no hay promesas o
beneficios para los que manipulan votaciones.
15. ¿POR QUÉ MI IDEA ES DIFERENTE?
Porque nunca se ha hecho desde que se estableció el sistema
democrático tras la revolución francesa.
Porque los medios y la tecnología actual permiten que s pueda hacer, sin
las limitaciones del pasado.