1. Construcción, contenido y retos
Diciembre de 2012
Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma
Nacional de Juventud – JuventudEs Colombia
2. 2006
1991
1996 – 1997 Se aprueba P. de
Séptima
Ley presentado
papeleta que VI Festival Nal
por el MIRA. El
finaliza en la de la Juventud /
Gobierno lo
Constitución de Ley 375 de 1997
objeta ante la
1991. Corte
www.juventudescolombia.org
3. 2008
2006
Sentencia C616 2009
Ley de 1014 (de
que resuelve
Emprendim.) y Proyecto de Ley
objeciones
Ley 1098 (de 060, retirado por
presidenciales al
Infancia y falta de términos
P. de Ley del
Adolescencia) MIRA
www.juventudescolombia.org
4. 2010 2011
Se construye y 2012
El Congreso
se radica por aprueba en el La Corte
1ra vez, el 2do intento el Constitucional lo
Estatuto de Estatuto de declara
Ciudadanía Ciudadanía exequible
Juvenil Juvenil
www.juventudescolombia.org
6. 1. Escasa implementación a hoy, 15 años
después (Por ej, nunca se ha
conformado el Consejo Nacional de
Juventud).
2. Por la sentencia C616 de 2008, que
dice que los temas de Derechos
Fundamentales y Mecanismos de
Participación, deben ser Leyes
Estatutarias y no ordinarias.
www.juventudescolombia.org
8. Ya había sido radicado el Proyecto de Ley 060
de 2009, que regulaba la Elección y
Conformación de los CMJ.
Se realizó una audiencia pública en Mayo de
2010 con la participación de 44 ponencias.
Solicitamos a la Senadora Alexandra Moreno
Piraquive y al Senador Juan Fernando
Cristo, el retiro del Proyecto, para construir
otro de manera participativa.
www.juventudescolombia.org
10. El Espacio de Coordinación de Iniciativas
por la Plataforma Nacional de Juventud –
JuventudEs Colombia, es un escenario de
diálogo, incidencia e interlocución de
carácter transitorio, diverso, democrático,
plural, autónomo e incluyente de la
sociedad juvenil hacia la construcción de
una Plataforma Nacional de Juventudes.
www.juventudescolombia.org
11. INVESTIGANDO
Memorias de otros procesos
Otras Leyes
Estudios académicos
Sentencia C616
Aportes técnicos instituciones
Insumos borrador CONPES
Ponencias Audiencia Pública
Otros insumos
www.juventudescolombia.org
17. El Proyecto de radica inicialmente el 26 de Agosto
de 2010, con la firma de 69 Congresistas, y
ponentes asignados por todos los partidos.
www.juventudescolombia.org
18. 1. Comisión 1ra de Senado
2. Plenaria de Senado
3. Comisión 1ra de Cámara
4. Plenaria de Cámara (Jun/2011)
Video
www.juventudescolombia.org
19. Ante el hundimiento, en Agosto de 2011, se
radicaron y acumularon tres proyectos, dos de
origen parlamentario que retomaban el texto
anterior y uno de iniciativa del Gobierno,
completamente nuevo y sin aportes de jóvenes de
las regiones.
Entre Agosto y Diciembre del año pasado se dieron
los 4 debates necesarios del Proyecto de Ley
Estatutaria de Ciudadanía Juvenil, que finalmente
fue aprobado por el Congreso.
www.juventudescolombia.org
21. La Corte Constitucional bajo sentencia C862
del 25 de Octubre de 2012 del Magistrado
Ponente Alexei Julio Estrada, efectuó revisión
integral del Proyecto de Ley Estatutaria de
Ciudadanía Juvenil, declarando EXEQUIBLE la
norma en su aspecto formal, y declarando
inconstitucionales 3 artículos del mismo,
entre ellos la creación de la Unidad
Administrativa Especial para la Juventudes.
www.juventudescolombia.org
23. • A la fecha (10 de diciembre), la Corte aún no ha notificado
formalmente al Presidente de la República.
• Una vez notificado, el Presidente de la República tendrá
máximo 20 días hábiles para sancionar la Ley.
• La Ley no puede ser objetada, por haber surtido
previamente la revisión integral de Constitucionalidad por
parte de la Corte.
• A partir de su sanción se convierte en Ley de la República, y
deroga en su totalidad la Ley 375 de 1997.
www.juventudescolombia.org
24. Establecer un marco institucional para
garantizar a todos los y las jóvenes, el
ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil
en los ámbitos civil, personal, social y
público, el goce efectivo de los derechos
reconocidos en el ordenamiento jurídico
interno e internacional, y la adopción de
las políticas públicas necesarias para su
realización
www.juventudescolombia.org
25. Exposición de motivos.
Título I - Disposiciones preliminares.
Título II - Derechos y deberes de las
Juventudes.
Título III - Políticas Públicas de Juventud.
Título IV - Sistema Nacional de las
Juventudes.
Título V - Disposiciones finales.
www.juventudescolombia.org
26. Reconoce la ciudadanía juvenil más allá del
voto o ejercicio formal de participación, así
como las potencialidades de los y las jóvenes
en el contexto colombiano. Visibiliza las
características propias de la diversidad de los
territorios, las formas de organización y
participación de las juventudes y propone la
concepción de la ciudadanía juvenil, como un
ejercicio de relación y prácticas constantes y
cotidianas de los y las jóvenes entre ellos y con
otros actores sociales, políticos, económicos y
culturales.
www.juventudescolombia.org
27. Describe el objeto, las finalidades, los enfoques
para la interpretación de la ley, las definiciones y
los principios sobre los cuales se basa todo el
contenido del articulado.
Enfoques de Derechos Humanos, Diferencial, de
Desarrollo Humano y de Seguridad Humana.
Principios de autonomía, diversidad, participación,
territorialidad, progresividad, corresponsabilidad,
coordinación y concertación, entre otros.
Define el ser joven, sus procesos y prácticas
organizativas y su ciudadanía juvenil.
www.juventudescolombia.org
28. Para efectos de esta Ley se entiende como “joven” la
persona entre 14 y 28 años, en parte justificado en los
desarrollos normativos internacionales, en algunos
programas Gubernamentales (Jóvenes rurales
emprendedores hasta los 32) y en las menores
oportunidades de desarrollarse en zonas rurales y
alejadas.
Establece el alcance de la ciudadanía juvenil desde el
ámbito civil (los derechos como individuos), el ámbito
social (la relación con el resto de la sociedad) y el
ámbito público (construcción y aportes para agendas
colectivas).
www.juventudescolombia.org
29. Define los criterios que deben tenerse en
cuenta para garantizar el goce real y
efectivo de los derechos de las y los
jóvenes.
Reconoce mecanismos y medidas de
prevención, protección, promoción y
garantía de los derechos, agrupados en
esas 4 categorías.
Establece los deberes de las y los jóvenes.
www.juventudescolombia.org
30. Define los elementos de las Políticas Públicas de Juventud,
describiendo sus características, competencias, principios,
lineamientos y procedimientos para la formulación participativa
e implementación de Políticas Públicas de Juventud en todos los
niveles territoriales.
Establece como principios de política la inclusión, participación,
corresponsabilidad, integralidad, proyección, territorialidad,
complementariedad, descentralización, evaluación y difusión.
Establece las competencias de cada uno de los niveles (Nación,
dpto, mpio), y los procedimientos y plazos para la formulación
y re-formulación (donde ya existe) participativa de las mismas.
Responde a la pregunta: ¿Qué mínimos debe desarrollar una
política pública territorial y nacional para desarrollar la
ciudadanía juvenil?
www.juventudescolombia.org
31. Transversaliza su implementación en toda la estructura del
Estado.
Privilegia la escala municipal como referente operativo,
aportando así a la descentralización real desde los procesos
juveniles.
Fija en Presidente, Alcaldes y Gobernadores la responsabilidad
indelegable para formular, implementar y hacer seguimiento a
las políticas públicas. Habla de rendición pública de cuentas y
presentación de informe anual sobre avances, ejecución
presupuestal y cumplimiento, que podría generar sanciones en
caso de no cumplirse.
Ordena la inclusión en planes de desarrollo de los recursos
suficientes y mecanismos conducentes para garantizar estas
políticas, que deben ser implementadas en planes de mínimo 4
años.
www.juventudescolombia.org
32. Determina el sistema para garantizar la operatividad del
Estatuto.
Está conformado por el Subsistema Intersectorial de
Gobierno – o Institucional de las Juventudes - y el
Subsistema de Participación de las Juventudes.
En el subsistema de Gobierno se articulan las
dependencias del Estado en su respectivo nivel
territorial, que luego integran una Comisión Intersectorial
que interlocuta con los delegados jóvenes.
Responde a la pregunta: ¿Qué
actores, escenarios, instancias y procesos debe garantizar
un sistema que aporte en el ejercicio de la ciudadanía
juvenil en el ámbito público?
www.juventudescolombia.org
33. Reconoce otros escenarios de participación y articulación como
las Plataformas, integradas por procesos y prácticas
organizativas de las y los jóvenes, reconociendo la pluralidad
de intereses para asociarse, y establece las Asambleas Juveniles
como el máximo espacio de consulta del movimiento juvenil.
Respecto a la 375, fortalece los Consejos de la Juventud como
el mecanismo de interlocución y concertación ante el Estado y
le da un carácter decisivo más que consultivo. Igualmente fija la
elección de los CMJ en un mismo día en todo el país.
Las plataformas y los consejos se articulan en agendas
territoriales, que son llevadas a la Comisión de Concertación y
Decisión con el Estado. Las decisiones tomadas allí son de
obligatorio cumplimiento.
www.juventudescolombia.org
34. Subsistema Institucional de Subsistema de participación
las Juventudes de las Juventudes
Mesa Asambleas Juveniles
intersectorial
de Gobierno
Presidente,
Gobernador o Consejos Plataformas
Alcalde de (Solo en el
+ Ministerios o Comisión de nivel m/pal)
Juventud
Secretarias Comisión Concertación Comisión de
Intersectorial y Decisión Consejos de Agendas
+ Institutos de Gobierno: Juventud:
descentralizados 3 Delegados
(Decisiones de
3 Delegados
obligatorio
cumplimiento)
SISTEMA DE GESTIÓN DE CONOCIMIENTO
Procesos: ● Información/ Comunicación. ●Planeación/ implementacion / seguimiento/ evaluación
●Investigación y ● Formulación www.juventudescolombia.org
35. Se proponía la generación de la Unidad Administrativa Especial (con
personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal) en el
orden nacional, que se encargue de la coordinación y la articulación
de los programas gubernamentales para jóvenes. (Este artículo fue
declarado inconstitucional por la Corte).
Se habla de la creación de entidades encargadas del tema de
juventud en los entes territoriales, como responsables institucionales
de la coordinación en Juventud.
Responde a la pregunta: ¿Qué tipo de institución debe generarse
tanto en el nivel nacional como locales para garantizar la aplicación
de los principios de las políticas y con ello el goce efectivo de los
derechos de las y los jóvenes, como individuos, colectivos y en
ámbito de lo público?
www.juventudescolombia.org
36. Se refiere asuntos relacionados con los tiempos
para la implementación de la ley (1 año para
generar el Plan de Acción), mecanismos de
seguimiento y monitoreo a dicha
implementación.
Propone los mecanismos de financiación de la
ley, el papel de la cooperación internacional en
este proceso y establece la segunda semana de
Agosto como la Semana Nacional de la Juventud.
Responde a la pregunta: ¿Cómo debe
garantizarse la implementación de la ley?
www.juventudescolombia.org
37. No fue una iniciativa de un partido o un congresista
específicamente.
No se desconocen los Consejos de Juventud y al
contrario, los fortalece, convirtiéndolos en los
interlocutores válidos entre la sociedad juvenil y el
Estado.
No disminuye a 16 años, la edad para ejercer el derecho
al voto para cargos de elección popular.
No contempla la responsabilidad penal antes de los 18
años.
No genera privilegios para ningún
sector, movimiento, organización e ideología.
www.juventudescolombia.org
38. 1. Socialización: Dar a conocer el contenido y los alcances del
Estatuto por todo el país.
2. Explorar alternativas para dar vía libre a una nueva
Institucionalidad del nivel nacional (Proyecto de Ley).
3. Reglamentación: Se viene avanzando con el Gobierno en lo
que sería el proceso de reglamentación participativa del
Estatuto. Es clave porque se podrían suplir algunos vacíos
que quedaron.
4. Implementación: Es el principal reto, para que la norma se
implemente en los territorios y no se quede en el papel.
5. Elecciones Consejos de Juventud: Se viene pensando que el
proceso nacional de elecciones de CMJ que podría ser el
último viernes de Octubre de 2013, coordinado por el
Ministerio del Interior y la Registraduría.
www.juventudescolombia.org
39. Se ha venido avanzando con el Gobierno Nacional y otros
sectores, en una propuesta de construcción participativa de
los Decretos Reglamentarios del Estatuto de Ciudadanía
Juvenil.
El objetivo es realizar a principios del próximo año, una
gran Consulta Nacional (con actividades presenciales y
virtuales en las diferentes regiones del país), con el fin de
recoger insumos y aportes, frente al contenido de los
Decretos.
www.juventudescolombia.org
40. Grupo de Trabajo (Su rol es facilitar):
Institucionalidad: Ministerio del Interior y Programa Presidencial
Colombia Joven. Se propuso invitar un Coordinador Departamental de
Juventud.
Consejos de Juventud: Inicialmente el CDJ Bogotá. Se propuso invitar
dos Consejos Departamentales.
Organizaciones y Plataformas de Juventud: Espacio de Coordinación de
Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud - JuventudEs
Colombia
Cooperantes, academia y ONG: Fundación Social, AECID, Ocasa,
Profamilia y el Observatorio Javeriano de Juventud.
Juventudes de partidos: Dos delegados de la Mesa de partidos.
Garante: Instituto de Ciencia Política “Hernán Echavarría Olózaga”
www.juventudescolombia.org
41. Temas materia de reglamentación:
Elección de Consejos de Juventud.
Plataformas y funcionamiento del Sistema Nacional Juvenil.
Medidas de garantía de derechos.
Políticas Públicas de Juventud
Grupos de interés:
Institucionalidad
Consejeros de Juventud
Organizaciones y plataformas de Juventud
Cooperantes, academia y ONG
Juventudes de Partidos Políticos
www.juventudescolombia.org
42. Socializar y debatir el Estatuto al interior de sus
organizaciones, instituciones y regiones.
Promover y ser parte activa de los espacios de participación y
discusión que permitan a los y las jóvenes del país, conocer
los antecedentes, el proceso de construcción y el texto del
Estatuto.
Preparar posiciones oficiales de cada una de sus
organizaciones, procesos y/o regiones frente al texto
aprobado, y exponerlas en el marco de los eventos que se
programen en todo el país.
Vincularse activamente al proceso que se viene de
reglamentación e implementación del Estatuto de Ciudadanía
Juvenil.
www.juventudescolombia.org
43. Más información:
En la web
www.juventudescolombia.org
O al correo:
cipjovencolombia@gmail.com
www.juventudescolombia.org