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Construcción, contenido y retos


Diciembre de 2012
Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma
Nacional de Juventud – JuventudEs Colombia
2006
     1991
                   1996 – 1997       Se aprueba P. de
    Séptima
                                      Ley presentado
 papeleta que      VI Festival Nal
                                      por el MIRA. El
 finaliza en la   de la Juventud /
                                        Gobierno lo
Constitución de   Ley 375 de 1997
                                       objeta ante la
     1991.                                 Corte




                                      www.juventudescolombia.org
2008
     2006
                  Sentencia C616            2009
Ley de 1014 (de
                    que resuelve
 Emprendim.) y                         Proyecto de Ley
                     objeciones
  Ley 1098 (de                        060, retirado por
                  presidenciales al
    Infancia y                        falta de términos
                    P. de Ley del
 Adolescencia)          MIRA




                                       www.juventudescolombia.org
2010             2011
Se construye y                           2012
                  El Congreso
 se radica por   aprueba en el        La Corte
  1ra vez, el    2do intento el   Constitucional lo
  Estatuto de     Estatuto de          declara
  Ciudadanía      Ciudadanía         exequible
    Juvenil          Juvenil




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www.juventudescolombia.org
1.   Escasa implementación a hoy, 15 años
     después (Por ej, nunca se ha
     conformado el Consejo Nacional de
     Juventud).
2.   Por la sentencia C616 de 2008, que
     dice que los temas de Derechos
     Fundamentales y Mecanismos de
     Participación,    deben     ser Leyes
     Estatutarias y no ordinarias.

                               www.juventudescolombia.org
Transformar
             realidades


Estatuto




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   Ya había sido radicado el Proyecto de Ley 060
    de 2009, que regulaba la Elección y
    Conformación de los CMJ.
   Se realizó una audiencia pública en Mayo de
    2010 con la participación de 44 ponencias.
   Solicitamos a la Senadora Alexandra Moreno
    Piraquive y al Senador Juan Fernando
    Cristo, el retiro del Proyecto, para construir
    otro de manera participativa.



                                      www.juventudescolombia.org
ARTICULÁNDONOS (COMITÉ TECNICO DE LEY)




                       …Y otros actores

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El Espacio de Coordinación de Iniciativas
por la Plataforma Nacional de Juventud –
JuventudEs Colombia, es un escenario de
diálogo, incidencia e interlocución de
carácter transitorio, diverso, democrático,
plural, autónomo e incluyente de la
sociedad juvenil hacia la construcción de
una Plataforma Nacional de Juventudes.

                               www.juventudescolombia.org
INVESTIGANDO

   Memorias de otros procesos
   Otras Leyes
   Estudios académicos
   Sentencia C616
   Aportes técnicos instituciones
   Insumos borrador CONPES
   Ponencias Audiencia Pública
   Otros insumos

                                     www.juventudescolombia.org
RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS




                         www.juventudescolombia.org
RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS




                         www.juventudescolombia.org
RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS
Socialización y recolección de aportes en más de 15 ciudades




                                              www.juventudescolombia.org
RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS
2000 jóvenes de 28 departamentos del país




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Corte

• Aprobación                     • Sanción
               • Exequibilidad

   Congreso                          Presidente




                                   www.juventudescolombia.org
   El Proyecto de radica inicialmente el 26 de Agosto
    de 2010, con la firma de 69 Congresistas, y
    ponentes asignados por todos los partidos.




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1. Comisión 1ra de Senado



   2. Plenaria de Senado



      3. Comisión 1ra de Cámara



          4. Plenaria de Cámara (Jun/2011)


                                                                Video
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   Ante el hundimiento, en Agosto de 2011, se
    radicaron y acumularon tres proyectos, dos de
    origen parlamentario que retomaban el texto
    anterior y uno de iniciativa del Gobierno,
    completamente nuevo y sin aportes de jóvenes de
    las regiones.
   Entre Agosto y Diciembre del año pasado se dieron
    los 4 debates necesarios del Proyecto de Ley
    Estatutaria de Ciudadanía Juvenil, que finalmente
    fue aprobado por el Congreso.


                                       www.juventudescolombia.org
Corte

• Aprobación   • Exequibilidad   • Sanción


   Congreso                         Presidente




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   La Corte Constitucional bajo sentencia C862
    del 25 de Octubre de 2012 del Magistrado
    Ponente Alexei Julio Estrada, efectuó revisión
    integral del Proyecto de Ley Estatutaria de
    Ciudadanía Juvenil, declarando EXEQUIBLE la
    norma en su aspecto formal, y declarando
    inconstitucionales 3 artículos del mismo,
    entre ellos la creación de la Unidad
    Administrativa Especial para la Juventudes.

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Corte
• Aprobación                     • Sanción
               • Exequibilidad

    Congreso                           Presidente




                                     www.juventudescolombia.org
• A la fecha (10 de diciembre), la Corte aún no ha notificado
  formalmente al Presidente de la República.
• Una vez notificado, el Presidente de la República tendrá
  máximo 20 días hábiles para sancionar la Ley.
• La Ley no puede ser objetada, por haber surtido
  previamente la revisión integral de Constitucionalidad por
  parte de la Corte.
• A partir de su sanción se convierte en Ley de la República, y
  deroga en su totalidad la Ley 375 de 1997.




                                             www.juventudescolombia.org
   Establecer un marco institucional para
    garantizar a todos los y las jóvenes, el
    ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil
    en los ámbitos civil, personal, social y
    público, el goce efectivo de los derechos
    reconocidos en el ordenamiento jurídico
    interno e internacional, y la adopción de
    las políticas públicas necesarias para su
    realización

                                  www.juventudescolombia.org
   Exposición de motivos.
   Título I - Disposiciones preliminares.
   Título II - Derechos y deberes de las
    Juventudes.
   Título III - Políticas Públicas de Juventud.
   Título IV - Sistema Nacional de las
    Juventudes.
   Título V - Disposiciones finales.

                                   www.juventudescolombia.org
   Reconoce la ciudadanía juvenil más allá del
    voto o ejercicio formal de participación, así
    como las potencialidades de los y las jóvenes
    en el contexto colombiano. Visibiliza las
    características propias de la diversidad de los
    territorios, las formas de organización y
    participación de las juventudes y propone la
    concepción de la ciudadanía juvenil, como un
    ejercicio de relación y prácticas constantes y
    cotidianas de los y las jóvenes entre ellos y con
    otros actores sociales, políticos, económicos y
    culturales.

                                        www.juventudescolombia.org
   Describe el objeto, las finalidades, los enfoques
    para la interpretación de la ley, las definiciones y
    los principios sobre los cuales se basa todo el
    contenido del articulado.
   Enfoques de Derechos Humanos, Diferencial, de
    Desarrollo Humano y de Seguridad Humana.
   Principios de autonomía, diversidad, participación,
    territorialidad, progresividad, corresponsabilidad,
    coordinación y concertación, entre otros.
   Define el ser joven, sus procesos y prácticas
    organizativas y su ciudadanía juvenil.

                                          www.juventudescolombia.org
   Para efectos de esta Ley se entiende como “joven” la
    persona entre 14 y 28 años, en parte justificado en los
    desarrollos normativos internacionales, en algunos
    programas     Gubernamentales      (Jóvenes     rurales
    emprendedores hasta los 32) y en las menores
    oportunidades de desarrollarse en zonas rurales y
    alejadas.
   Establece el alcance de la ciudadanía juvenil desde el
    ámbito civil (los derechos como individuos), el ámbito
    social (la relación con el resto de la sociedad) y el
    ámbito público (construcción y aportes para agendas
    colectivas).



                                             www.juventudescolombia.org
Define los criterios que deben tenerse en
 cuenta para garantizar el goce real y
 efectivo de los derechos de las y los
 jóvenes.
Reconoce mecanismos y medidas de
 prevención,    protección,    promoción    y
 garantía de los derechos, agrupados en
 esas 4 categorías.
Establece los deberes de las y los jóvenes.

                                www.juventudescolombia.org
   Define los elementos de las Políticas Públicas de Juventud,
    describiendo sus características, competencias, principios,
    lineamientos y procedimientos para la formulación participativa
    e implementación de Políticas Públicas de Juventud en todos los
    niveles territoriales.
   Establece como principios de política la inclusión, participación,
    corresponsabilidad, integralidad, proyección, territorialidad,
    complementariedad, descentralización, evaluación y difusión.
   Establece las competencias de cada uno de los niveles (Nación,
    dpto, mpio), y los procedimientos y plazos para la formulación
    y re-formulación (donde ya existe) participativa de las mismas.
   Responde a la pregunta: ¿Qué mínimos debe desarrollar una
    política pública territorial y nacional para desarrollar la
    ciudadanía juvenil?


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   Transversaliza su implementación en toda la estructura del
    Estado.
   Privilegia la escala municipal como referente operativo,
    aportando así a la descentralización real desde los procesos
    juveniles.
   Fija en Presidente, Alcaldes y Gobernadores la responsabilidad
    indelegable para formular, implementar y hacer seguimiento a
    las políticas públicas. Habla de rendición pública de cuentas y
    presentación de informe anual sobre avances, ejecución
    presupuestal y cumplimiento, que podría generar sanciones en
    caso de no cumplirse.
   Ordena la inclusión en planes de desarrollo de los recursos
    suficientes y mecanismos conducentes para garantizar estas
    políticas, que deben ser implementadas en planes de mínimo 4
    años.
                                                 www.juventudescolombia.org
   Determina el sistema para garantizar la operatividad del
    Estatuto.
   Está conformado por el Subsistema Intersectorial de
    Gobierno – o Institucional de las Juventudes - y el
    Subsistema de Participación de las Juventudes.
   En el subsistema de Gobierno se articulan las
    dependencias del Estado en su respectivo nivel
    territorial, que luego integran una Comisión Intersectorial
    que interlocuta con los delegados jóvenes.
   Responde           a        la       pregunta:       ¿Qué
    actores, escenarios, instancias y procesos debe garantizar
    un sistema que aporte en el ejercicio de la ciudadanía
    juvenil en el ámbito público?

                                              www.juventudescolombia.org
   Reconoce otros escenarios de participación y articulación como
    las Plataformas, integradas por procesos y prácticas
    organizativas de las y los jóvenes, reconociendo la pluralidad
    de intereses para asociarse, y establece las Asambleas Juveniles
    como el máximo espacio de consulta del movimiento juvenil.
   Respecto a la 375, fortalece los Consejos de la Juventud como
    el mecanismo de interlocución y concertación ante el Estado y
    le da un carácter decisivo más que consultivo. Igualmente fija la
    elección de los CMJ en un mismo día en todo el país.
   Las plataformas y los consejos se articulan en agendas
    territoriales, que son llevadas a la Comisión de Concertación y
    Decisión con el Estado. Las decisiones tomadas allí son de
    obligatorio cumplimiento.


                                                  www.juventudescolombia.org
Subsistema Institucional de                                  Subsistema de participación
      las Juventudes                                              de las Juventudes

     Mesa                                                                Asambleas Juveniles
 intersectorial
  de Gobierno
    Presidente,
   Gobernador o                                                       Consejos             Plataformas
      Alcalde                                                            de                 (Solo en el
  + Ministerios o                     Comisión de                                          nivel m/pal)
                                                                      Juventud
    Secretarias        Comisión       Concertación     Comisión de
                     Intersectorial    y Decisión      Consejos de               Agendas
    + Institutos     de Gobierno:                       Juventud:
  descentralizados     3 Delegados
                                      (Decisiones de
                                                        3 Delegados
                                        obligatorio
                                      cumplimiento)



                             SISTEMA DE GESTIÓN DE CONOCIMIENTO

  Procesos: ● Información/ Comunicación. ●Planeación/ implementacion / seguimiento/ evaluación
                                 ●Investigación y ● Formulación        www.juventudescolombia.org
   Se proponía la generación de la Unidad Administrativa Especial (con
    personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal) en el
    orden nacional, que se encargue de la coordinación y la articulación
    de los programas gubernamentales para jóvenes. (Este artículo fue
    declarado inconstitucional por la Corte).
   Se habla de la creación de entidades encargadas del tema de
    juventud en los entes territoriales, como responsables institucionales
    de la coordinación en Juventud.
   Responde a la pregunta: ¿Qué tipo de institución debe generarse
    tanto en el nivel nacional como locales para garantizar la aplicación
    de los principios de las políticas y con ello el goce efectivo de los
    derechos de las y los jóvenes, como individuos, colectivos y en
    ámbito de lo público?



                                                      www.juventudescolombia.org
   Se refiere asuntos relacionados con los tiempos
    para la implementación de la ley (1 año para
    generar el Plan de Acción), mecanismos de
    seguimiento       y    monitoreo      a    dicha
    implementación.
   Propone los mecanismos de financiación de la
    ley, el papel de la cooperación internacional en
    este proceso y establece la segunda semana de
    Agosto como la Semana Nacional de la Juventud.
   Responde a la pregunta: ¿Cómo debe
    garantizarse la implementación de la ley?

                                       www.juventudescolombia.org
   No fue una iniciativa de un partido o un congresista
    específicamente.
   No se desconocen los Consejos de Juventud y al
    contrario,   los   fortalece,    convirtiéndolos en   los
    interlocutores válidos entre la sociedad juvenil y el
    Estado.
   No disminuye a 16 años, la edad para ejercer el derecho
    al voto para cargos de elección popular.
   No contempla la responsabilidad penal antes de los 18
    años.
   No        genera        privilegios       para    ningún
    sector, movimiento, organización e ideología.

                                             www.juventudescolombia.org
1.   Socialización: Dar a conocer el contenido y los alcances del
     Estatuto por todo el país.
2.   Explorar alternativas para dar vía libre a una nueva
     Institucionalidad del nivel nacional (Proyecto de Ley).
3.   Reglamentación: Se viene avanzando con el Gobierno en lo
     que sería el proceso de reglamentación participativa del
     Estatuto. Es clave porque se podrían suplir algunos vacíos
     que quedaron.
4.   Implementación: Es el principal reto, para que la norma se
     implemente en los territorios y no se quede en el papel.
5.   Elecciones Consejos de Juventud: Se viene pensando que el
     proceso nacional de elecciones de CMJ que podría ser el
     último viernes de Octubre de 2013, coordinado por el
     Ministerio del Interior y la Registraduría.


                                                www.juventudescolombia.org
Se ha venido avanzando con el Gobierno Nacional y otros
sectores, en una propuesta de construcción participativa de
los Decretos Reglamentarios del Estatuto de Ciudadanía
Juvenil.
El objetivo es realizar a principios del próximo año, una
gran Consulta Nacional (con actividades presenciales y
virtuales en las diferentes regiones del país), con el fin de
recoger insumos y aportes, frente al contenido de los
Decretos.




                                            www.juventudescolombia.org
Grupo de Trabajo (Su rol es facilitar):
   Institucionalidad: Ministerio del Interior y Programa Presidencial
    Colombia Joven. Se propuso invitar un Coordinador Departamental de
    Juventud.
   Consejos de Juventud: Inicialmente el CDJ Bogotá. Se propuso invitar
    dos Consejos Departamentales.
   Organizaciones y Plataformas de Juventud: Espacio de Coordinación de
    Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud - JuventudEs
    Colombia
   Cooperantes, academia y ONG: Fundación Social, AECID, Ocasa,
    Profamilia y el Observatorio Javeriano de Juventud.
   Juventudes de partidos: Dos delegados de la Mesa de partidos.
   Garante: Instituto de Ciencia Política “Hernán Echavarría Olózaga”


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Temas materia de reglamentación:
 Elección de Consejos de Juventud.
 Plataformas y funcionamiento del Sistema Nacional Juvenil.
 Medidas de garantía de derechos.
 Políticas Públicas de Juventud


Grupos de interés:
 Institucionalidad
 Consejeros de Juventud
 Organizaciones y plataformas de Juventud
 Cooperantes, academia y ONG
 Juventudes de Partidos Políticos




                                              www.juventudescolombia.org
   Socializar y debatir el Estatuto al         interior     de     sus
    organizaciones, instituciones y regiones.
   Promover y ser parte activa de los espacios de participación y
    discusión que permitan a los y las jóvenes del país, conocer
    los antecedentes, el proceso de construcción y el texto del
    Estatuto.
   Preparar posiciones oficiales de cada una de sus
    organizaciones, procesos y/o regiones frente al texto
    aprobado, y exponerlas en el marco de los eventos que se
    programen en todo el país.
   Vincularse activamente al proceso que se viene de
    reglamentación e implementación del Estatuto de Ciudadanía
    Juvenil.


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Estatuto de Ciudadanía Juvenil. V. Dic/12

  • 1. Construcción, contenido y retos Diciembre de 2012 Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud – JuventudEs Colombia
  • 2. 2006 1991 1996 – 1997 Se aprueba P. de Séptima Ley presentado papeleta que VI Festival Nal por el MIRA. El finaliza en la de la Juventud / Gobierno lo Constitución de Ley 375 de 1997 objeta ante la 1991. Corte www.juventudescolombia.org
  • 3. 2008 2006 Sentencia C616 2009 Ley de 1014 (de que resuelve Emprendim.) y Proyecto de Ley objeciones Ley 1098 (de 060, retirado por presidenciales al Infancia y falta de términos P. de Ley del Adolescencia) MIRA www.juventudescolombia.org
  • 4. 2010 2011 Se construye y 2012 El Congreso se radica por aprueba en el La Corte 1ra vez, el 2do intento el Constitucional lo Estatuto de Estatuto de declara Ciudadanía Ciudadanía exequible Juvenil Juvenil www.juventudescolombia.org
  • 6. 1. Escasa implementación a hoy, 15 años después (Por ej, nunca se ha conformado el Consejo Nacional de Juventud). 2. Por la sentencia C616 de 2008, que dice que los temas de Derechos Fundamentales y Mecanismos de Participación, deben ser Leyes Estatutarias y no ordinarias. www.juventudescolombia.org
  • 7. Transformar realidades Estatuto www.juventudescolombia.org
  • 8. Ya había sido radicado el Proyecto de Ley 060 de 2009, que regulaba la Elección y Conformación de los CMJ.  Se realizó una audiencia pública en Mayo de 2010 con la participación de 44 ponencias.  Solicitamos a la Senadora Alexandra Moreno Piraquive y al Senador Juan Fernando Cristo, el retiro del Proyecto, para construir otro de manera participativa. www.juventudescolombia.org
  • 9. ARTICULÁNDONOS (COMITÉ TECNICO DE LEY) …Y otros actores www.juventudescolombia.org
  • 10. El Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud – JuventudEs Colombia, es un escenario de diálogo, incidencia e interlocución de carácter transitorio, diverso, democrático, plural, autónomo e incluyente de la sociedad juvenil hacia la construcción de una Plataforma Nacional de Juventudes. www.juventudescolombia.org
  • 11. INVESTIGANDO  Memorias de otros procesos  Otras Leyes  Estudios académicos  Sentencia C616  Aportes técnicos instituciones  Insumos borrador CONPES  Ponencias Audiencia Pública  Otros insumos www.juventudescolombia.org
  • 12. RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS www.juventudescolombia.org
  • 13. RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS www.juventudescolombia.org
  • 14. RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS Socialización y recolección de aportes en más de 15 ciudades www.juventudescolombia.org
  • 15. RECONOCIENDO TODAS LAS MIRADAS 2000 jóvenes de 28 departamentos del país www.juventudescolombia.org
  • 16. Corte • Aprobación • Sanción • Exequibilidad Congreso Presidente www.juventudescolombia.org
  • 17. El Proyecto de radica inicialmente el 26 de Agosto de 2010, con la firma de 69 Congresistas, y ponentes asignados por todos los partidos. www.juventudescolombia.org
  • 18. 1. Comisión 1ra de Senado 2. Plenaria de Senado 3. Comisión 1ra de Cámara 4. Plenaria de Cámara (Jun/2011) Video www.juventudescolombia.org
  • 19. Ante el hundimiento, en Agosto de 2011, se radicaron y acumularon tres proyectos, dos de origen parlamentario que retomaban el texto anterior y uno de iniciativa del Gobierno, completamente nuevo y sin aportes de jóvenes de las regiones.  Entre Agosto y Diciembre del año pasado se dieron los 4 debates necesarios del Proyecto de Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil, que finalmente fue aprobado por el Congreso. www.juventudescolombia.org
  • 20. Corte • Aprobación • Exequibilidad • Sanción Congreso Presidente www.juventudescolombia.org
  • 21. La Corte Constitucional bajo sentencia C862 del 25 de Octubre de 2012 del Magistrado Ponente Alexei Julio Estrada, efectuó revisión integral del Proyecto de Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil, declarando EXEQUIBLE la norma en su aspecto formal, y declarando inconstitucionales 3 artículos del mismo, entre ellos la creación de la Unidad Administrativa Especial para la Juventudes. www.juventudescolombia.org
  • 22. Corte • Aprobación • Sanción • Exequibilidad Congreso Presidente www.juventudescolombia.org
  • 23. • A la fecha (10 de diciembre), la Corte aún no ha notificado formalmente al Presidente de la República. • Una vez notificado, el Presidente de la República tendrá máximo 20 días hábiles para sancionar la Ley. • La Ley no puede ser objetada, por haber surtido previamente la revisión integral de Constitucionalidad por parte de la Corte. • A partir de su sanción se convierte en Ley de la República, y deroga en su totalidad la Ley 375 de 1997. www.juventudescolombia.org
  • 24. Establecer un marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes, el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos civil, personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización www.juventudescolombia.org
  • 25. Exposición de motivos.  Título I - Disposiciones preliminares.  Título II - Derechos y deberes de las Juventudes.  Título III - Políticas Públicas de Juventud.  Título IV - Sistema Nacional de las Juventudes.  Título V - Disposiciones finales. www.juventudescolombia.org
  • 26. Reconoce la ciudadanía juvenil más allá del voto o ejercicio formal de participación, así como las potencialidades de los y las jóvenes en el contexto colombiano. Visibiliza las características propias de la diversidad de los territorios, las formas de organización y participación de las juventudes y propone la concepción de la ciudadanía juvenil, como un ejercicio de relación y prácticas constantes y cotidianas de los y las jóvenes entre ellos y con otros actores sociales, políticos, económicos y culturales. www.juventudescolombia.org
  • 27. Describe el objeto, las finalidades, los enfoques para la interpretación de la ley, las definiciones y los principios sobre los cuales se basa todo el contenido del articulado.  Enfoques de Derechos Humanos, Diferencial, de Desarrollo Humano y de Seguridad Humana.  Principios de autonomía, diversidad, participación, territorialidad, progresividad, corresponsabilidad, coordinación y concertación, entre otros.  Define el ser joven, sus procesos y prácticas organizativas y su ciudadanía juvenil. www.juventudescolombia.org
  • 28. Para efectos de esta Ley se entiende como “joven” la persona entre 14 y 28 años, en parte justificado en los desarrollos normativos internacionales, en algunos programas Gubernamentales (Jóvenes rurales emprendedores hasta los 32) y en las menores oportunidades de desarrollarse en zonas rurales y alejadas.  Establece el alcance de la ciudadanía juvenil desde el ámbito civil (los derechos como individuos), el ámbito social (la relación con el resto de la sociedad) y el ámbito público (construcción y aportes para agendas colectivas). www.juventudescolombia.org
  • 29. Define los criterios que deben tenerse en cuenta para garantizar el goce real y efectivo de los derechos de las y los jóvenes. Reconoce mecanismos y medidas de prevención, protección, promoción y garantía de los derechos, agrupados en esas 4 categorías. Establece los deberes de las y los jóvenes. www.juventudescolombia.org
  • 30. Define los elementos de las Políticas Públicas de Juventud, describiendo sus características, competencias, principios, lineamientos y procedimientos para la formulación participativa e implementación de Políticas Públicas de Juventud en todos los niveles territoriales.  Establece como principios de política la inclusión, participación, corresponsabilidad, integralidad, proyección, territorialidad, complementariedad, descentralización, evaluación y difusión.  Establece las competencias de cada uno de los niveles (Nación, dpto, mpio), y los procedimientos y plazos para la formulación y re-formulación (donde ya existe) participativa de las mismas.  Responde a la pregunta: ¿Qué mínimos debe desarrollar una política pública territorial y nacional para desarrollar la ciudadanía juvenil? www.juventudescolombia.org
  • 31. Transversaliza su implementación en toda la estructura del Estado.  Privilegia la escala municipal como referente operativo, aportando así a la descentralización real desde los procesos juveniles.  Fija en Presidente, Alcaldes y Gobernadores la responsabilidad indelegable para formular, implementar y hacer seguimiento a las políticas públicas. Habla de rendición pública de cuentas y presentación de informe anual sobre avances, ejecución presupuestal y cumplimiento, que podría generar sanciones en caso de no cumplirse.  Ordena la inclusión en planes de desarrollo de los recursos suficientes y mecanismos conducentes para garantizar estas políticas, que deben ser implementadas en planes de mínimo 4 años. www.juventudescolombia.org
  • 32. Determina el sistema para garantizar la operatividad del Estatuto.  Está conformado por el Subsistema Intersectorial de Gobierno – o Institucional de las Juventudes - y el Subsistema de Participación de las Juventudes.  En el subsistema de Gobierno se articulan las dependencias del Estado en su respectivo nivel territorial, que luego integran una Comisión Intersectorial que interlocuta con los delegados jóvenes.  Responde a la pregunta: ¿Qué actores, escenarios, instancias y procesos debe garantizar un sistema que aporte en el ejercicio de la ciudadanía juvenil en el ámbito público? www.juventudescolombia.org
  • 33. Reconoce otros escenarios de participación y articulación como las Plataformas, integradas por procesos y prácticas organizativas de las y los jóvenes, reconociendo la pluralidad de intereses para asociarse, y establece las Asambleas Juveniles como el máximo espacio de consulta del movimiento juvenil.  Respecto a la 375, fortalece los Consejos de la Juventud como el mecanismo de interlocución y concertación ante el Estado y le da un carácter decisivo más que consultivo. Igualmente fija la elección de los CMJ en un mismo día en todo el país.  Las plataformas y los consejos se articulan en agendas territoriales, que son llevadas a la Comisión de Concertación y Decisión con el Estado. Las decisiones tomadas allí son de obligatorio cumplimiento. www.juventudescolombia.org
  • 34. Subsistema Institucional de Subsistema de participación las Juventudes de las Juventudes Mesa Asambleas Juveniles intersectorial de Gobierno Presidente, Gobernador o Consejos Plataformas Alcalde de (Solo en el + Ministerios o Comisión de nivel m/pal) Juventud Secretarias Comisión Concertación Comisión de Intersectorial y Decisión Consejos de Agendas + Institutos de Gobierno: Juventud: descentralizados 3 Delegados (Decisiones de 3 Delegados obligatorio cumplimiento) SISTEMA DE GESTIÓN DE CONOCIMIENTO Procesos: ● Información/ Comunicación. ●Planeación/ implementacion / seguimiento/ evaluación ●Investigación y ● Formulación www.juventudescolombia.org
  • 35. Se proponía la generación de la Unidad Administrativa Especial (con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal) en el orden nacional, que se encargue de la coordinación y la articulación de los programas gubernamentales para jóvenes. (Este artículo fue declarado inconstitucional por la Corte).  Se habla de la creación de entidades encargadas del tema de juventud en los entes territoriales, como responsables institucionales de la coordinación en Juventud.  Responde a la pregunta: ¿Qué tipo de institución debe generarse tanto en el nivel nacional como locales para garantizar la aplicación de los principios de las políticas y con ello el goce efectivo de los derechos de las y los jóvenes, como individuos, colectivos y en ámbito de lo público? www.juventudescolombia.org
  • 36. Se refiere asuntos relacionados con los tiempos para la implementación de la ley (1 año para generar el Plan de Acción), mecanismos de seguimiento y monitoreo a dicha implementación.  Propone los mecanismos de financiación de la ley, el papel de la cooperación internacional en este proceso y establece la segunda semana de Agosto como la Semana Nacional de la Juventud.  Responde a la pregunta: ¿Cómo debe garantizarse la implementación de la ley? www.juventudescolombia.org
  • 37. No fue una iniciativa de un partido o un congresista específicamente.  No se desconocen los Consejos de Juventud y al contrario, los fortalece, convirtiéndolos en los interlocutores válidos entre la sociedad juvenil y el Estado.  No disminuye a 16 años, la edad para ejercer el derecho al voto para cargos de elección popular.  No contempla la responsabilidad penal antes de los 18 años.  No genera privilegios para ningún sector, movimiento, organización e ideología. www.juventudescolombia.org
  • 38. 1. Socialización: Dar a conocer el contenido y los alcances del Estatuto por todo el país. 2. Explorar alternativas para dar vía libre a una nueva Institucionalidad del nivel nacional (Proyecto de Ley). 3. Reglamentación: Se viene avanzando con el Gobierno en lo que sería el proceso de reglamentación participativa del Estatuto. Es clave porque se podrían suplir algunos vacíos que quedaron. 4. Implementación: Es el principal reto, para que la norma se implemente en los territorios y no se quede en el papel. 5. Elecciones Consejos de Juventud: Se viene pensando que el proceso nacional de elecciones de CMJ que podría ser el último viernes de Octubre de 2013, coordinado por el Ministerio del Interior y la Registraduría. www.juventudescolombia.org
  • 39. Se ha venido avanzando con el Gobierno Nacional y otros sectores, en una propuesta de construcción participativa de los Decretos Reglamentarios del Estatuto de Ciudadanía Juvenil. El objetivo es realizar a principios del próximo año, una gran Consulta Nacional (con actividades presenciales y virtuales en las diferentes regiones del país), con el fin de recoger insumos y aportes, frente al contenido de los Decretos. www.juventudescolombia.org
  • 40. Grupo de Trabajo (Su rol es facilitar):  Institucionalidad: Ministerio del Interior y Programa Presidencial Colombia Joven. Se propuso invitar un Coordinador Departamental de Juventud.  Consejos de Juventud: Inicialmente el CDJ Bogotá. Se propuso invitar dos Consejos Departamentales.  Organizaciones y Plataformas de Juventud: Espacio de Coordinación de Iniciativas por la Plataforma Nacional de Juventud - JuventudEs Colombia  Cooperantes, academia y ONG: Fundación Social, AECID, Ocasa, Profamilia y el Observatorio Javeriano de Juventud.  Juventudes de partidos: Dos delegados de la Mesa de partidos.  Garante: Instituto de Ciencia Política “Hernán Echavarría Olózaga” www.juventudescolombia.org
  • 41. Temas materia de reglamentación:  Elección de Consejos de Juventud.  Plataformas y funcionamiento del Sistema Nacional Juvenil.  Medidas de garantía de derechos.  Políticas Públicas de Juventud Grupos de interés:  Institucionalidad  Consejeros de Juventud  Organizaciones y plataformas de Juventud  Cooperantes, academia y ONG  Juventudes de Partidos Políticos www.juventudescolombia.org
  • 42. Socializar y debatir el Estatuto al interior de sus organizaciones, instituciones y regiones.  Promover y ser parte activa de los espacios de participación y discusión que permitan a los y las jóvenes del país, conocer los antecedentes, el proceso de construcción y el texto del Estatuto.  Preparar posiciones oficiales de cada una de sus organizaciones, procesos y/o regiones frente al texto aprobado, y exponerlas en el marco de los eventos que se programen en todo el país.  Vincularse activamente al proceso que se viene de reglamentación e implementación del Estatuto de Ciudadanía Juvenil. www.juventudescolombia.org
  • 43. Más información:  En la web www.juventudescolombia.org O al correo: cipjovencolombia@gmail.com www.juventudescolombia.org
  • 44. ¡MUCHAS GRACIAS! www.juventudescolombia.org