2. 1. Según Rios, qué es
comunicación y cuál es su
trascendencia?
La Comunicación por ser un proceso
social fundamental, se ha convertido en
una de las más importantes encrucijadas
en el estudio de la conducta humana, sin
la comunicación no existiría los grupos
humanos. Difícilmente se puede teorizar o
proyectar investigaciones en cualquier
campo de la conducta sin antes haber
elaborado alguna hipótesis respecto a la
comunicación humana.
3. 2. ¿Cuáles son las tres funciones principales del
lenguaje.
Ser el vehículo primario para la
comunicación.
Reflejar simultáneamente la personalidad del
individuo y la cultura de su sociedad.
Contribuye a su vez, a plasmar tanto la
sociedad como la cultura.
Hacer posible el crecimiento y la transmisión
de la cultura, la continuidad de las
sociedades y el funcionamiento y control
efectivo de los grupos sociales.
4. 3. ¿Qué es la semiótica? ¿En
qué áreas la divide Morris?
La semiótica es la ciencia que se encarga del
estudio de los signos. Lo divide en tres áreas:
En la Pragmática, que es la relación entre
signos y sus efectos sobre quienes hacen uso
de ellos.
La sintaxis, que es la que se ocupa de la
relación de los signos entre si.
La Semántica, que se ocupa el significado de
los mensajes.
5. 4.¿Cuál es la relación entre la
Informática Jurídica y
derecho?
Es una ciencia que se desprende del
Derecho, para el estudio no sólo de las
normas jurídicas que dictaminan y regulan el
ambiente informático, sino que también
abarca en ese estudio a todo el material
doctrinario y jurisprudencial que trate esta
materia, para lograr un mejor
control, aplicación y vigencia del ámbito
informático.
De esta manera, tenemos a la ciencia
informática y por otro lado a la ciencia del
derecho; ambas disciplinas interrelacionadas
funcionan más eficiente y
6. eficazmente, por cuanto el derecho en su
aplicación, es ayudado por la informática; pero
resulta que ésta debe de estar estructurada por
ciertas reglas y criterios que aseguren el
cumplimiento y respeto de las pautas
informáticas; así pues, nace el derecho
informático como una ciencia que surge a raíz de
la cibernética, como una ciencia que trata la
relación derecho e informática desde el punto de
vista del conjunto de normas, doctrina y
jurisprudencia, que van a establecer, regular las
acciones, procesos, aplicaciones, relaciones
jurídicas, en su complejidad, de la informática.
Pero del otro lado encontramos a la informática
jurídica que ayudada por el derecho informático
hace válida esa cooperación de la informática al
derecho.
7. 5.¿Cual es la importancia de
la información desde el punto
de vista jurídico?
Esun derecho fundamental reconocido
por la doctrina, la legislación y la
jurisprudencia denominado derecho a la
información. Lo más resaltante es que el
derecho a la información es reconocido
como un derecho mixto, es decir, tanto
individual como social, que contiene
efectos dirigidos a diversos ámbitos.
8. 6. ¿En qué consiste la
Informática Jurídica
Documental?
La Informática Jurídica Documental, se refiere a la
utilización de la Informática para facilitar el
almacenamiento de enormes volúmenes de
datos relativos a la legislación. Jurisprudencia y
doctrina, con el fin de permitir posteriormente el
acceso a la misma de una forma fácil, rápida y
segura.
También puede denominarse como el
procesamiento automático de documentos
jurídicos, proveniente de cualquiera de las fuentes
formales del derecho: Legislativa (en sentido
amplio), jurisprudencial (producción de los
órganos jurisdiccionales, comprendidos los
individuales y los colectivos) y doctrinaria
(conceptos de los expertos en derecho).
9. 7. Señale la utilidad de la
Informática Jurídica de
Gestión? De un Ejemplo
práctico.
Denominada también ofimática o
burótica, se refiere a la automatización de
procedimientos en las oficinas de los
operadores jurídicos. Además de procesar
información administrativa, provee
herramientas auxiliares para las labores que
se desarrollan en tales despachos. Por
ejemplo: un sistema Informático
debidamente organizado y estructurado que
permita llevar el control de expedientes
dentro del Poder Judicial.
10. 8. ¿En qué consiste la
informática Jurídica
metadocumental?
Se refiere que abarca una gran variedad de
esfuerzos y proyectos que intentan obtener
de las aplicaciones de la informática al
derecho resultados que vayan más allá de la
recuperación y reproducción de información
(documental o no), con la pretensión de que
la maquina resuelva por si misma problemas
jurídicos, o al menos auxilie a hacerlo, y
contribuya al avance de la teoría jurídica.
11. 9.¿En qué consiste la
Heurística y cuál es su
relación con la Informática
Jurídica?
La heurística, como encuentro o
búsqueda, arte de la
búsqueda, mediante su
método, procede paso a paso
decidiendo tras cada uno de ellos la
estrategia que conviene aplicar para dar
el siguiente, y así sucesivamente. También
señala que se aplica en el ámbito de la
inteligencia artificial
12. 10. ¿En qué consiste la Teoría
General de sistemas aplicada
al derecho?
Es un esfuerzo de estudio interdisciplinario que trata de encontrar las
propiedades comunes a entidades llamadas sistemas. Éstos se presentan en
todos los niveles de la realidad, pero que tradicionalmente son objetivos de
disciplinas académicas diferentes. Su puesta en marcha se atribuye al
biólogo austriaco Ludwig von Bertalanffy, quien acuñó la denominación a
mediados del siglo XX.
Como ya sabemos, La Teoría General de Sistemas fue concebida por
BERTALANFFY en la década de 1940, con el fin de constituir un modelo
práctico para conceptualizar los fenómenos que la reducción mecanicista
de la ciencia clásica no podía explicar. En particular, la teoría general de
sistemas parece proporcionar un marco teórico unificador tanto para las
ciencias naturales como para las sociales, que necesitaban emplear
conceptos tales como "organización", "totalidad", globalidad e "interacción
dinámica; lo lineal es sustituido por lo circular, ninguno de los cuales era
fácilmente estudiable por los métodos analíticos de las ciencias puras. Lo
individual perdía importancia ante el enfoque interdisciplinario.
La aplicación de la teoría de sistemas en el ámbito de la administración de
justicia permitió a diversos autores generar herramientas para
conocer, analizar y explicar los componentes, funcionamiento y relaciones
que integran las organizaciones. También, ayudó a diseñar o rediseñar a las
organizaciones y a comprender y orientar el modo en que éstas se
gestionan, administran, dirigen o conducen.
13. 11. ¿De qué trataba la
jurimetría?
Disciplina que tiene como propósito o razón la posibilidad de la
sustitución del Juez por la computadora, finalidad que por el
momento es inaceptada, simplemente porque a través de la
jurisdicción se emana una sentencia, y para ello, qué mejor
candidato que un ser humano que por supuesto tiene el sentido
racional, con lo que pueda acudir al sistema de integración y
poder a través de las interpretaciones y lógica jurídica dar una
sentencia llena de la interrelación de la paz y la justicia, para
lograr verdaderas sociedades, verdaderas democracias y
libertades.
Por otra parte, la Jurimetría podría sustituir al juez si la sentencia en
su naturaleza jurídica fuera un simple silogismo. Por ejemplo, está
demostrado que A compró un mueble a B por un precio
determinado y que B le entregó el mueble a A en la forma
estipulada; luego, A debe pagar a B el precio convenido.
En este caso el juicio lógico como silogismo es perfecto; porque si
A no le paga a B, la computadora condenaría a “A” lógicamente
al pago.
14. 12.¿Por que se dice que la
Teoría General del Control es
esencial para la Cibernética?
La cibernética es el estudio de sistemas abiertos en cuanto
a la energía y cerrada en cuanto a la información y al
campo. Así mismo Wiener definió a la cibernética como el
estudio analítico de los isomorfismos de la estructura de la
comunicación en los mecanismos, en los organismos y en
las sociedades, entendiéndose por isomorfismo una
identidad entre dos sistemas que para que exista, se
requiere de determinadas relaciones entre los objetos de
otro.
Y la teoría de control de sistemas es esencial, porque
implica el hecho de una ordenación y estructuración.