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UNIVERSIDAD ST. JOHN’S, S.C.
    PREPARATORIA CLAVE UNAM 1305

    REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO
          PREPARATORIA


     ACTUS MEOS PRINCIPIA REGENT

     “Mis principios rigen mis actos”




                                        Julio 2011
ÍNDICE

     Manual de Procedimientos                                           3
1    Inscripción, Permanencia y Egreso                                  4
     1.1   Procedimiento para admisión                                  4
     1.2   Requisitos de permanencia y egreso                           6
2    Sistema de Evaluación                                              7
     2.1   Evaluación bimestral                                         7
     2.2   Exámenes ordinarios (1° y 2° vuelta) y extraordinarios       8
     2.3   Requisitos para la exención de exámenes ordinarios           9
     2.4   Lineamientos para presentar exámenes en general              10
     2.5   Escala de calificaciones                                     10
     2.6   Procedimiento para la revisión de exámenes                   11
3    Becas UNAM y/o apoyos económicos que otorga la Institución         11
     3.1   Becas UNAM                                                   11
     3.2   De las medias becas                                          12
     3.3   Apoyos económicos que otorga la Institución                  13
     3.4   Derechos y obligaciones de los becarios                      13
4    Disposiciones disciplinarias y normas internas de la Institución   13
     4.1   Derechos y obligaciones de los alumnos                       13
     4.2   Puntualidad y asistencia                                     15
     4.3   Presentación personal                                        16
     4.4   Clasificación de faltas a la disciplina                      17
     4.5   Sanciones                                                    19
     4.6   De las obligaciones de los padres                            24
     4.7   Objetos perdidos                                             24
5    Disposiciones administrativas                                      25
     5.1   Reglamento de pagos                                          25
     5.2   Pagos                                                        27
     5.3   Documentación escolar                                        28




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UNIVERSIDAD ST. JOHN´S
                            PREPARATORIA CLAVE UNAM 1305
                             REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO


               ACTUS MEOS PRINCIPIA REGENT
                  “Mis principios rigen mis actos”

Manual de Procedimientos:

En la Universidad St. John´s esta frase enmarca nuestra filosofía y orienta nuestro
pensamiento y espíritu hacia el logro de la excelencia.

“Mis principios rigen mis actos”, es justamente la esencia que queremos
conformar en el alma y el ser de todos los integrantes de nuestra comunidad
educativa.

Pretendemos formar hombres y mujeres, tan íntegros y responsables que en el
ejercicio de su libertad, manifiesten la conciencia adquirida en nuestras aulas, no
como un mero trámite de promoción o aprobación, sino como el reflejo de su
ética y constante superación.

Nos hemos preparado para egresar generaciones de hombres y mujeres que por
su inteligencia, educación y formación académicas se distingan como la
vanguardia en todos los terrenos del quehacer humano.

Evidentemente que tales pretensiones, sólo pueden conseguirse cuando se ha
recibido a través de la práctica cotidiana y el ejercicio del respeto como forma de
conducta, los valores y principios más altos que definan nuestros objetivos.

De ahí la necesidad de reglamentar los diferentes aspectos de la vida de nuestra
institución, misma que se plasman en el siguiente reglamento.

    Todo alumno, Padre de Familia, Facultativo, Personal de Apoyo, invitados,
     Autoridades Escolares y Administrativas, Personal de Cafetería y Directores
     tienen el derecho de ser tratados con respeto a su persona, a su actividad y
     a su asunto, independientemente de credo, raza, sexo, edad, estado social,
     o condición económica.

    Por lo tanto, este reglamento es de observancia general y de aplicación
     constante en todas y cada una de las partes que conforman esta casa de
     estudios.




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1. INCRIPCIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO.
   1.1 PROCEDIMIENTO PARA ADMISIÓN:
      a) Obtener la solicitud de examen de admisión en nuestras oficinas de 9:00 a
         14:00 horas de lunes a viernes.
      b) Asentar todos los datos que se piden en la solicitud de examen de admisión
         y presentarla con la documentación requerida.
      c) Cubrir en caja el importe del examen de admisión (NO ES REEMBOLSABLE) y
         presentarse al mismo puntualmente el día y a la hora señalada. El examen
         consta de dos partes: una que es el diagnóstico de inglés y otra que es el
         psicométrico.
      d) Los resultados del examen de admisión se darán personalmente a conocer en
         la fecha que se indique la presentación del mismo.
      e) En caso de ser aceptado, deberá pagar la inscripción en un plazo no mayor a
         10 días a partir de la fecha en que se le notifique su admisión, pasado ese
         plazo no garantizamos el derecho de admisión.
      1.1.1 REQUISITOS PARA EXAMEN DE ADMISIÓN:
        a) Llenar formato de solicitud de examen.
        b) Cursar o haber cursado el grado inmediato anterior.
        c) No tener adeudo de materias.
             En los casos en los cuales el interesado adeude materias, se consultará con
             la DGIRE los pasos a seguir antes de determinar la viabilidad de su
             inscripción.
        d) Copia fotostática de la boleta de calificaciones (CICLO ANTERIOR).
        e) Copia fotostática de acta de nacimiento (PRESENTAR ORIGINAL PARA
           COTEJAR).
        f)   Una fotografía tamaño infantil (blanco y negro o color).
      1.1.2 REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN:
        a) Haber aprobado el examen de admisión.
        b) Llenar solicitud de inscripción.
        c) Presentar en original y copia los siguientes documentos:
             c.1) Acta de nacimiento.
             c.2) Certificado de secundaria.
             c.3) En caso de ingresar a 5° o 6° de preparatoria, certificado parcial del
                  ciclo anterior.
             c.4) Historial Académico (alumnos incorporados al SI)
             c.5) Carta de buena conducta.
        d) 6 fotografías tamaño infantil (blanco y negro en papel mate camisa o
           blusa blanca y cara descubierta).
        e) Certificado médico reciente.
        f)   Copia fotostática de comprobante de domicilio.
        g) Copia fotostática de CURP (Amplificado al 100%).


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h) 2 referencias familiares o amigos para llamar en caso de emergencia.
 i)       Carta de no adeudo.

 Nota: Si al momento de su inscripción y por circunstancias especiales tales
       como cambio de domicilio o retrasos no imputables al alumno, éste no
       cuenta con la documentación original, tendrá un plazo no mayor de 15
       días hábiles para entregarla en Registro y Control Escolar, de no ser así
       se cancelará su inscripción, y no habrá devolución.

            La fecha límite para entregar esta documentación es el primer día hábil
            de septiembre de cada ciclo escolar.

1.1.3 REQUISITOS DE REVALIDACIÓN O EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS:
 En el caso de que el alumno necesite hacer una revalidación o equivalencia de
 estudios, deberá presentar los siguientes documentos originales y copia:
 a) En el caso de estudios nacionales:
      a.1) Certificados de estudio correspondientes o documentos equivalentes.
 b) En el caso de estudios en el extranjero:
      b.1) Acta de nacimiento.
      b.2) Certificados, transcripts, historias académicas, diplomas, constancias,
           títulos o grados académicos en los que consten los estudios realizados
           en otros países.
      Todos los documentos (personales y/o académicos), emitidos en otro país,
      deberán presentarse apostillados o legalizados y, en el caso de no estar en
      idioma español, deben acompañarse de su traducción, realizada por un
      perito oficial autorizado en México, Representaciones Diplomáticas
      acreditadas en México, Embajadas o Consulados de México o bien, por el
      Centro de Enseñanza de Lenguas Extranjeras (CELE) de la UNAM.
      Los certificados, diplomas, constancias, títulos o grados académicos en los
      que consten los estudios realizados en otros países, deberán indicar:
            Los periodos durante los que se cursaron los estudios.
            Las asignaturas cursadas.
            Las calificaciones obtenidas.
            La escala de calificaciones.
            Los créditos.
            El año, semestre, grado o nivel.
1.1.4 SITUACIÓN JURÍDICA EN LA QUE INCURREN POR PRESENTAR
      DOCUMENTOS APÓCRIFOS O ALTERADOS:
 Los alumnos que presenten documentación falsa o alterada a la Universidad St.
 John‟s para obtener su registro en el Sistema Incorporado (SI), serán
 expulsados de éste y quedarán sin efecto todos los actos derivados de dicho
 registro, por lo que no podrán concluir sus estudios en el SI, ni en la
 Universidad Nacional Autónoma de México.




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Lo anterior se hará del conocimiento de las autoridades correspondientes para
     los efectos a que haya lugar, independientemente de la responsabilidad penal,
     así como la expulsión inmediata del alumno de la Universidad St. John‟s.
   1.1.5 PERIODO EN EL QUE A LOS ALUMNOS SE LES DARÁ A CONOCER
         SU SITUACIÓN ACADÉMICA.
     Una vez recibidos en la Universidad St. John‟s los documentos que emite la
     DGIRE (tira de asignaturas, historia académica o certificado de estudios), se
     dará a conocer a los alumnos su situación académica 5 días hábiles posteriores
     a dicha fecha, debiendo firmar de conformidad con la información asentada.
     En caso de error en el acta de examen, procederá la corrección de calificación,
     mediante un acta adicional, dentro de los 50 días siguientes a la emisión de la
     historia académica o del certificado de estudios.
1.2 REQUISITOS DE PERMANENCIA Y EGRESO.
   1.2.1 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE REINSCRIPCIÓN
    a)   Obtener el Tarjetón de Reinscripción en Dirección Técnica de Preparatoria.
         a.1) Sí el alumno tiene dos o más materias no acreditadas por bimestre, en
              los tres primeros períodos, no se le entregará el Tarjetón de
              Reinscripción hasta que acredite dichas materias.
         a.2) Sí el alumno tiene más de 6 reportes de conducta durante el ciclo
              escolar, no se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que el
              alumno y los padres firmen una Carta Compromiso de Buena Conducta
              y Buen Nivel Académico.
         a.3) Sí el alumno adeuda más de dos colegiaturas, no se le entregará el
              Tarjetón de Reinscripción hasta que se ponga al corriente en sus
              pagos.
         a.4) El alumno que aspira a inscribirse en 5° de preparatoria, no podrá
              adeudar más de dos materias de 4° para presentar en extraordinario,
              en cuyo caso, se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que
              cumpla con éste requisito.
         a.5) El alumno que aspira a inscribirse en 6° de preparatoria, solamente se
              le entregará Tarjetón de Reinscripción, sí solo debe como máximo un
              examen extraordinario de 4° de preparatoria y dos exámenes
              extraordinarios de 5° de preparatoria.
    b) Llenar el Tarjetón de Reinscripción.
    c) Pagar la Reinscripción correspondiente en caja al menos 15 días antes del
       inicio del siguiente ciclo escolar.
   1.2.2 REQUISITOS DE EGRESO
    a) El alumno que concluyan 6° de preparatoria para poder obtener su
       Certificado de Preparatoria al terminar el ciclo escolar, debe haber
       acreditado todas y cada una de las materias curriculares y no curriculares
       impartidas en la Institución.




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2. SISTEMA DE EVALUACIÓN.
  a) Los exámenes tienen por objeto:
     a.1)    Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que
             permita certificar su situación académica.
     a.2)    Proporcionar al estudiante información sobre el grado de conocimientos
             adquiridos.
  b) Los profesores calificarán a los alumnos tomando en cuenta:
      b.1) Su participación en clase y desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos
           requeridos, así como el resultado de los exámenes bimestrales y parciales.
           Sí consideran que dichos elementos son suficientes para calificarlos, los
           podrán eximir del correspondiente examen ordinario siempre que tengan un
           promedio final igual o mayor a ocho (8.0).
      b.2) Los exámenes bimestrales, ordinarios de primera y segunda vuelta.
      b.3) Los exámenes extraordinarios.
  2.1 EVALUACIÓN BIMESTRAL
      a) Durante el año escolar, se realizarán 5 evaluaciones bimestrales, en las cuales
         se integran diferentes aspectos de calificación, tales como:
            a.1) Trabajos escolares.
            a.2) Desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos requeridos.
            a.3) Participaciones en clase.
            a.4) Exámenes parciales.
            a.5) Cuadernos y libros.
            a.6) Reporte de visitas a museos o cualquier otro punto a ser evaluado.
      b) Sí el alumno tiene una calificación de siete punto cuatro (7.4) o mayor en la
         evaluación bimestral, puede utilizar el Programa Académico para obtener las
         décimas necesarias en máximo dos materias y así, alcanzar la calificación
         inmediata superior en las mismas.
      c) Las calificaciones parciales (aprobatorias o reprobatorias) que obtenga el
         alumno deberán anotarse, tanto en el control interno como en el acta
         económica, con números enteros y un decimal, en una escala del 0 al 10. Sólo
         al asentar la calificación final, se redondeará al número entero que le
         corresponda.
      d) Estas Calificaciones serán numéricas, con números enteros sin decimales y el
         alumno solo tendrá un plazo de 3 días hábiles después de conocer su
         calificación para llevar a cabo cualquier reclamación o corrección que juzgue
         pertinente.
      e) De los 5 periodos bimestrales se obtendrá un promedio anual, dicho
         promedio anual se promediará con la calificación del examen ordinario, ya
         sea de primera o segunda vuelta (con resultado aprobatorio o reprobatorio).
      f)    Para tener derecho a examen, el alumno deberá haber cumplido con el 80%
            de asistencia mínima recomendable tanto en cada bimestre, como al final del
            ciclo escolar. Esto es aplicable a cualquier examen que se presente durante el
            año escolar.




                                                                                         7
g) Sí algún maestro solicita la entrega actividades diversas (cuadernos con
      apuntes, tareas y/o ejercicios completos, libros de texto actualizados con
      ejercicios contestados o algún trabajo específico), como condición para tener
      derecho a un examen bimestral u ordinario de primera o segunda vuelta,
      deberá notificarlo a la Dirección Técnica de Preparatoria por medio de un
      escrito donde se indiquen los criterios que se tomarán en cuenta. Así mismo
      los alumnos deberán ser notificados al menos una semana antes de la fecha
      del examen correspondiente.
   h) En las materias teórico–prácticas, para tener derecho al examen ordinario de
      primera y/o segunda vuelta, los alumnos deberán tener presentados y
      aprobados un mínimo de 80% de los protocolos e informes de las actividades
      experimentales, los cuales serán entregados al profesor de la materia
      engargolados en la fecha establecida. Dichos informes estarán a disposición
      de la supervisión durante el período de exámenes ordinarios.
   i)   El alumno debe estar a tiempo en todas y cada una de sus clases. No se
        permiten llegadas tarde o ausencias sin autorización de un maestro o
        Director, teniendo una tolerancia máxima de 10 min. pasados los cuales
        entrarán a clase pero no se registrará su asistencia.
   j)   Es obligación del alumno el aprovechar su periodo académico. Así mismo el
        alumno debe tener cubiertos sus pagos de colegiaturas al día 10 de cada
        mes. De no estar al corriente de sus pagos el alumno perderá el derecho de
        hacer uso de las instalaciones. Si la falta de pagos ocurre durante el periodo
        de exámenes, el alumno perderá su derecho a examen, sin que dicho examen
        pueda ser recuperado posteriormente.
   k) Las asignaturas no aprobadas podrán acreditarse en examen extraordinario
      o, si la Institución lo permite, volver a cursarse.
2.2 EXÁMENES ORDINARIOS (1° Y 2° VUELTA) Y EXTRAORDINARIOS:
   a) Podrán presentar examen ordinario de primera y/o segunda vuelta, previa
      identificación, los alumnos que reúnan el 80% de asistencias y que no hayan
      quedado exentos.
   b) Se programarán dos periodos de exámenes ordinarios (primera y segunda
      vueltas) al término del curso correspondiente. Los alumnos podrán
      presentarse en cualquiera de esos periodos o en ambos; si se acredita la
      asignatura en alguno de ellos, la calificación del examen será definitiva.
   c) Para obtener la calificación definitiva del curso escolar, y de no haber
      exención, se deberá promediar la calificación del examen ordinario de
      primera o de segunda vueltas con el promedio general de las calificaciones
      parciales del año que se evalúen. Sí el alumno no presentó el examen de 1°
      vuelta, deberá presentar el examen ordinario de segunda vuelta.
   d) Los exámenes ordinarios de primera y segunda vuelta deberán comprender
      igual contenido académico y tener el mismo grado de dificultad.
   e) Sí el alumno no logra acreditar la materia en periodo ordinario, o no cubre el
      80% mínimo de asistencia requerido, tendrá derecho a presentar examen
      extraordinario en el período correspondiente, siendo éste último el único
      instrumento para la evaluación y la calificación que obtenga en dicho examen
      será la calificación definitiva para la asignatura.




                                                                                     8
f)   Los exámenes ordinarios y extraordinarios deberán realizarse por escrito y
        cubrir la totalidad del programa. Éstos podrán ser sustituidos por otro tipo de
        examen cuando la naturaleza de la asignatura así lo permita o amerite.
   g) Los exámenes ordinarios o extraordinarios se realizarán en las instalaciones
      de la Universidad St. John‟s. La programación se hará de acuerdo con lo
      establecido en el calendario escolar, previa autorización de la DGIRE.
   h) Los exámenes extraordinarios procederán cuando:
        h.1)   No se haya acreditado la asignatura en examen ordinario.
        h.2)   No se haya cubierto el 80% de asistencia.
        h.3)   No se haya cursado la materia.
        No procederá la aplicación de examen extraordinario cuando el plan de
        estudios indique que la asignatura debe cursarse.
   i)   Los alumnos tendrán derecho a presentar, en examen extraordinario, en la
        Institución de su última inscripción, hasta dos asignaturas por semestre. Para
        presentar un número mayor de exámenes, se deberán observar los siguientes
        criterios:
        i.1)   Aquéllos que estén por concluir su preparatoria, hasta cuatro
               asignaturas, si son las únicas que adeudan.
        i.2)   Los que cursaron 4° o 5° años, hasta 3 asignaturas, si son las únicas
               que adeudan.
   j)   El control interno y el acta económica deberán ser conservados por la
        Institución por un mínimo de 120 días naturales posteriores a la conclusión
        del ciclo escolar correspondiente y funcionarán para efectos de validación de
        calificaciones en los siguientes casos:
        j.1)   Cuando el profesor no firme el acta oficial expedida por la DGIRE.
        j.2)   Cuando, por algún motivo, los alumnos no hayan aparecido en el acta
               oficial.
        j.3)   Cuando se solicite corrección a calificación
   k) La calificación que se obtenga en examen extraordinario será definitiva y no
      se promediará con ninguna calificación parcial.
2.3 REQUISITOS PARA LA EXENCIÓN DE EXÁMENES ORDINARIOS.
   a) Para que el alumno pueda quedar exento de presentar el examen final
      ordinario de alguna asignatura, el promedio mínimo de la calificación que
      obtenga, durante el ciclo escolar, deberá ser de 8 (ocho) y tener, al menos, el
      80% de asistencia.
   b) La exención del examen ordinario se comunicará de manera oportuna a los
      alumnos y deberán firmar una relación de la o las asignaturas exentas. El
      alumno puede no presentarse a la realización del examen final, firmando con
      anticipación la lista de exentos expedida por la Dirección Técnica de
      Preparatoria.




                                                                                      9
2.4 LINEAMIENTOS PARA PRESENTAR EXÁMENES EN GENERAL.
   a) Las reglas de examen aseguran la correcta aplicación de los mismos, por lo
      que su observancia en general e indistinta del examen del que se trate.
   b) Las bancas deberán permanecer en el orden indicado por el profesor a fin de
      asegurar la correcta disposición de alumnos.
   c) Sólo podrán tener encima de su escritorio, los artículos propios de cada caso.
      Hojas blancas, lápiz, pluma, borrador, corrector y calculadora.
   d) El uso de formularios queda a criterio del profesor de la materia. No se
      podrán prestar estos artículos durante la realización del examen.
   e) Los alumnos deberán observar en todo momento las reglas de:
        e.1) Estar a tiempo en el examen.
        e.2) Presentar su credencial que lo acredite como miembro de la Institución
             del Sistema Incorporado.
        e.3) Mantener los ojos en su examen, No hablar, ni hacer movimientos con la
             boca.
        e.4) No sacar acordeones, ni algún otro elemento de ayuda que no haya sido
             expresamente permitido.
        e.5) No voltear, observar o realizar cualquier otra actividad que pueda ser
             malinterpretada como intento de copiar.
        e.6) No hacer preguntas sobre conocimientos al maestro o al coordinador.
   f)    Los alumnos tienen la obligación de estar a tiempo a cada examen, ya que no
         se permitirá dicho examen.
   g) Al terminar el examen, el alumno deberá permanecer en el salón de clases en
      silencio, durante los exámenes parciales o bimestrales. Sí el examen es
      ordinario primera, o segunda vuelta o extraordinario, el alumno se debe
      retirar de las instalaciones de la Institución.
2.5 ESCALA DE CALIFICACIONES.
   a) Las calificaciones se expresarán mediante los números 5, 6, 7, 8, 9 y 10. La
      calificación mínima para acreditar una asignatura será de 6.
   b) Las calificaciones finales se obtendrán del redondeo de los correspondientes
      decimales:
        b.1) Las calificaciones aprobatorias que se expresen con los decimales entre
             0.01 y 0.49 se ajustarán al número entero que les precede (v.gr: al 8.49
             le corresponderá la calificación de 8).
        b.2) Los decimales iguales o mayores a 0.50 se ajustarán al número entero
             que les sigue (v.gr: al 7.50 le corresponderá la calificación de 8).
        b.3) Cuando no se obtenga la calificación mínima para acreditar una
             asignatura y ésta sea entre 5.50 y 5.99, no deberá subir a 6.
   c) Cuando un alumno no demuestre poseer los conocimientos y aptitudes
      suficientes para aprobar alguna asignatura, su calificación final se expresará
      con 5 (cinco) que significa „no acreditada‟; cuando no se presente al examen,
      se anotará NP (no presentado).
   d) Las asignaturas obligatorias sin valor en créditos se calificarán con AC
      (acreditada) cuando se aprueben y, con 5, cuando no sea así.


                                                                                   10
2.6 PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE EXÁMENES.
     a) Los alumnos podrán solicitar por escrito al Director Técnico la revisión de
        examen ordinario o extraordinario dentro de los 30 días siguientes a la fecha
        en que conozcan su calificación. Transcurrido este plazo, no procederá
        ninguna revisión.
     b) Se deberán conservar los exámenes ordinarios y extraordinarios por un
        mínimo de 90 días posteriores a su celebración, con el fin de conceder al
        alumno, si éste lo solicitare, la revisión del examen correspondiente.
     c) En caso de error en el acta de examen, procederá la corrección de calificación,
        mediante un acta adicional, dentro de los 60 días siguientes a la emisión de la
        historia académica o del certificado de estudios.
3. BECAS UNAM Y/O APOYOS ECONÓMICOS QUE OTORGA LA INSTITUCIÓN.
  3.1 BECAS UNAM.
     a) La Universidad St. John‟s como Institución del Sistema Incorporado, reservará
        un mínimo del 5% de su matrícula para becas que asignará la UNAM, a través
        de su Comisión Máxima de Becas, como una prestación laboral a su personal
        académico y administrativo, cónyuges e hijos.
     b) La Universidad St. John‟s, como institución inscrita en el Programa de Medias
        Becas, los alumnos que cuenten con media beca no serán considerados como
        parte de la matrícula en el cálculo del 5% para becas completas.
     c) El alumno al que se le otorgue una beca deberá ser regular y contar con un
        promedio mínimo de 8 (ocho). Alumno regular es aquél que ha acreditado
        todas las asignaturas correspondientes, ya sea en exámenes ordinarios y
        extraordinarios, al término del año escolar. Los exámenes extraordinarios no
        deberán exceder de dos.
        La beca se otorgará por un año escolar y por ningún motivo sufrirá alteración
        alguna durante el año para el cual fuere otorgada y su renovación será
        automática siempre y cuando el becario: curse el mínimo nivel de estudios,
        sea alumno regular con promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe inscrito en la
        Universidad St. John‟s, razón por la cual se reservará a los becarios su lugar
        sin costo alguno, hasta que se den a conocer las renovaciones de beca
        correspondientes.
        La beca comprenderá la exención del pago de las cuotas por concepto de
        registro ante la UNAM, inscripción y colegiaturas que cobre la Universidad St.
        John‟s entendiéndose como:
           Registro ante la UNAM: el monto que se paga anualmente por registrar al
            alumno.
           Inscripción: el monto anual que el alumno paga por su ingreso a la
            Universidad St. John‟s.
           Colegiatura: la cuota periódica que el alumno paga a la Universidad St.
            John‟s por recibir el servicio académico y de control escolar inherente a
            su formación escolar.
        Las cuotas de inscripción y colegiaturas incluirán el uso de las instalaciones
        (aulas, laboratorios, bibliotecas, espacios deportivos) y materiales didácticos
        inherentes a su formación, de acuerdo al plan de estudios correspondientes.




                                                                                     11
d) Una vez asignada la beca, la Universidad St. John‟s reintegrará al alumno
      becado, los pagos que hubiere cubierto por inscripción, registro ante la UNAM
      y colegiatura(s), cubriendo la cuota de gastos administrativos anuales no
      reembolsables, estipulados en el Reglamento de Pagos, en la sección de
      Diversos, Artículo 25. La devolución se realizará en un plazo máximo de 45
      días naturales, después de la fecha en que son publicados los resultados por
      internet.
   e) La Comisión Mixta de Becas anulará la beca otorgada si cualquiera de los
      datos proporcionados por el interesado no fuese verídico y/o no se cumpliese
      con los requisitos establecidos.
   f)    Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y
         obligaciones que los demás alumnos de la Institución y deberán sujetarse al
         reglamento interno que se tenga autorizado.
         Lo anterior en el entendido de que los becarios no están obligados a realizar
         actividades o trabajos que condicionen la beca otorgada por la UNAM, en
         virtud de que la misma es básicamente de carácter académico y no está sujeta
         a ningún tipo de requisito de orden disciplinario o servicio comunitario.
   g) Las becas serán intransferibles entre alumnos, entre planes de estudio, entre
      ISI y entre sedes de una misma Institución. Solo se otorga una beca por
      familia.
3.2 DE LAS MEDIAS BECAS.
   a) La UNAM, en colaboración con la Universidad St. John‟s, ofrecerá mediante
      becas exclusivamente para iniciar el nivel educativo del 4° año del plan de
      estudios de la ENP, a los alumnos que hayan presentado el examen único de
      selección al bachillerato para ingresar al nivel medio superior, consistiendo en
      un descuento del 50% de la cuota normal que deben cubrir los alumnos por
      concepto de inscripción y de colegiatura. En el caso del pago por registro de
      alumnos ante la UNAM, éstos estarán exentos del 100% en el primer año y, en
      los subsecuentes, deberán pagar el 50%.
   b) Se otorgará la media beca a los alumnos de nuevo ingreso (4° año del plan de
      estudios de la ENP) que así lo soliciten siempre y cuando:
        b.1) Entreguen su comprobante de registro y presentación del examen (boleta
             credencial), del ciclo escolar correspondiente, del examen único de
             selección al bachillerato.
        b.2) Tengan un promedio mínimo de 7 (siete) en el nivel educativo inmediato
             anterior (educación media básica).
   c) La beca se otorgará por un año escolar. Su renovación será automática
      siempre y cuando el becario: curse el mismo nivel de estudios, sea alumno
      regular con un promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe inscrito en la
      Universidad St. John‟s.
   d) Alumno regular es aquel que ha acreditado todas las asignaturas
      correspondientes, ya sea en exámenes ordinarios o extraordinarios, al
      término del año escolar. Los exámenes extraordinarios, al término del año
      escolar. Los exámenes extraordinarios no deberán exceder de dos.




                                                                                    12
3.3 APOYOS ECONÓMICOS QUE OTORGA LA INSTITUCIÓN.
      Es facultad de la Dirección General de la Universidad St. John‟s ofrecer apoyo
      económico de acuerdo a la situación particular del estudiante que así lo solicite,
      previa revisión de su situación familiar, económica y académica.
  3.4 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS.
      a) Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y
         obligaciones que los demás alumnos de la Institución.
      b) Los alumnos que cuenten con apoyo económico otorgado por la Institución
         deben cumplir con los siguientes requerimientos para mantener dicho apoyo:
           b.1) Mantener un promedio general mínimo de ocho (8.0) a partir del
                segundo bimestre y en los subsecuentes.
           b.2) Sí el alumno a partir del segundo o cualquier otro subsecuente bimestre
                baja dicho promedio hasta un mínimo de siete (7.0), el apoyo económico
                se reducirá a la mitad.
           b.3) Sí vuelve a obtener un promedio general entre siete (7.0) y siete punto
                nueve (7.9) en cualquiera de los bimestres subsecuentes, se le retirará el
                apoyo económico.
      c) Para que un alumno pueda mantener un apoyo económico por parte de la
         institución para el siguiente ciclo escolar, debe tener un promedio final de
         ocho (8.0) o mayor.

4. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y NORMAS INTERNAS DE LA INSTITUCIÓN.
  4.1 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS:
      a) Los alumnos regulares podrán ser promovidos para cursar el siguiente año
         escolar, siempre y cuando no adeuden más de tres asignaturas.
      b) Los alumnos no podrán ser registrados ni acreditar las asignaturas que estén
         afectadas por la seriación establecida en el plan de estudios, hasta que
         acrediten las antecedentes.
      c) Los alumnos que adeuden una asignatura de 4° año, podrán ser registrados
         en 6°, siempre y cuando la seriación no afecte cursar las asignaturas de este
         último año.
      d) Los alumnos que adeuden más de una asignatura de 4º año, no podrán ser
         registrados en el 6º.
      e) Los alumnos podrán solicitar cambio de Institución, dentro del SI, antes de
         trascurrido el 20% del ciclo escolar.
      f)   Los cambios posteriores al transcurso del 20% del ciclo escolar, se
           considerarán traslados y únicamente se autorizarán dentro del mismo plan de
           estudios.
      g) Los alumnos que soliciten traslado deberán comprobar, al menos, el 80% de
         asistencia en la Institución de procedencia y cubrir la cuota que por dicho
         trámite fije la DGIRE. Para que se acepte el traslado del alumno, éste deberá
         presentar los documentos que se le soliciten.
      h) Los alumnos que tengan promedio menor o igual a siete punto cinco (7.5) en
         alguna materia, deben quedarse a Intervención Temprana en los días y




                                                                                        13
horarios estipulados por la Institución con la finalidad de subsanar aquellos
      conocimientos que requiere tener el alumno en dicha materia.
4.1.1 SON OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS:
 a) Conocer su número de cuenta (expediente) asignado por la UNAM.
 b) Portar la credencial (UNAMSI) que los acredita como alumnos del SI.
 c) Cumplir, en lo aplicable, con la Legislación Universitaria.
 d) Cumplir con el Reglamento Interno de la Institución.
 e) Cumplir con los requisitos de ingreso, permanencia y egreso establecidos en
    el plan de estudios correspondiente y en el presente reglamento.
 f)    Entregar los documentos necesarios que le sean requeridos por la DGIRE, en
       los plazos señalados por la Institución.
 g) Registrar su expediente digital, a través del sistema de cómputo de la DGIRE
    (sólo los de primer ingreso).
 h) Revisar y firmar de conformidad, en su caso, la tira de asignaturas que les
    proporcione el Director Técnico.
 i)    Conservar las prácticas y trabajos realizados en las asignaturas teórico –
       prácticas y presentarlos el día del examen ordinario. Los alumnos exentos
       de examen ordinario conservarán este material, durante los siguientes 3
       meses posteriores a la fecha del examen ordinario de segunda vuelta, el
       cual deberá ser mostrado a los supervisores de la DGIRE en caso de ser
       requerido.
 j)    Cubrir, en lo aplicable, las cuotas previstas en el Reglamento de Pagos por
       Servicios de Incorporación y Revalidación de Estudios y las demás
       establecidas por la UNAM y por la Institución.
 k) Participar en eventos escolares y deportivos organizados por la Institución,
       apoyar en actividades extra-escolares, organizar y colocar frisos en salones
       y áreas académicas.
4.1.2 SON DERECHOS DE LOS ALUMNOS:
 a) Recibir el reglamento interno en el momento de su inscripción.
 b) Recibir de la Universidad St. John‟s su credencial UNAMSI.
 c) Obtener de la Institución educativa el mapa curricular del plan de estudios y
    la versión resumida de los programas de cada asignatura.
 d) Solicitar la revisión de examen y, en su caso, la corrección de calificación,
    conforme a las disposiciones y procedimientos establecidos en el presente
    reglamento.
 e) La impresión de la tira de asignaturas obtenida a través del sistema de
    cómputo de la DGIRE.
 f)    Recibir de la Institución, al término del trámite que corresponda, los
       documentos que le fueron requeridos.
 g) La información sobre el Programa de Vinculación y Extensión Universitaria
    de la DGIRE y participar en aquellas actividades en las que la Institución se
    encuentre inscrita.




                                                                                 14
h) Recibir el servicio educativo, en los términos establecidos en el contrato de
             prestación de servicios.

          i)    Conocer su situación académica, mediante los documentos escolares que
                emite la DGIRE (Tira de Asignaturas e Historial Académico).

  4.2 PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA:

“La puntualidad como un buen hábito debe fomentarse en todo
alumno, haciendo de ella una norma de conducta y de forma de ser”

     a) La hora de entrada es de 6:45 a 7:00 hrs., después de las 7:01 no se permitirá
        la entrada a ningún alumno, siendo obligación de éste presentarse
        puntualmente al plantel.
               Se tomará como hora oficial la marcada por el Observatorio Nacional. No se
               permitirá el acceso posterior al cierre, salvo en situaciones consideradas
               delicadas o graves. Situaciones de tráfico común y/o recurrente no justifican
               el acceso fuera de la hora de entrada.
     b) Al entrar deben presentar su Credencial UNAMSÍ y cumplir con los
        lineamientos del vestir que se describen en el inciso 4.3 de este reglamento.
     c) Por seguridad del alumno, por tranquilidad de los padres y por reglamento
        interno, los alumnos no pueden esperar o hacer tiempo en las afueras de la
        Institución, quedando expresamente prohibido esperar dentro de carros
        ajenos o los propios. Esto se aplica en la hora de entrada y la hora de salida.
     d) La salida será ordenada a las 14:30 hrs. Solo podrán permanecer dentro del
        plantel aquellos alumnos que vengan por ellos y sea notificada la Dirección
        Técnica, o los alumnos que tengan clases extra-curriculares dentro de la
        Institución. No hay salidas anticipadas.
     e) Por respeto a los miembros del cuerpo académico que aún estén en clases,
        los grupos que han terminado su periodo de clase, procederán a la salida en
        silencio y con pleno respeto a sus compañeros. Esta salida será grupal y
        deberá ser guiada por uno de los directores de área. No podrán hacerlo de
        manera individual, ni de manera desordenada.
     f)        No existe impedimento alguno para que un alumno que haya salido, reingrese
               a la institución por haber olvidado algún objeto personal, teniendo para ello
               un tiempo máximo de 15 minutos e informe al oficial de entrada, tanto del
               olvido, como de su salida.
     g) No existe ningún impedimento para que alumnos de turno matutino, hagan
        uso de las instalaciones de apoyo en el turno vespertino, apegándose para
        ello, a los reglamentos de uso de instalaciones vigentes para cada una de
        dichas áreas.
     h) La justificación de faltas o retrasos no esta permitida salvo ocasiones de
        verdadera urgencia, entendiéndose por ello:
               h.1) Situaciones personales familiares delicadas o graves que por su
                    importancia serán tratadas individualmente.
               h.2) Enfermedades graves o contagiosas que requieran la hospitalización o
                    tratamiento médico correspondiente.




                                                                                          15
h.3) Los alumnos que falten por cualquier otro motivo que no pertenezca a
             las dos clasificaciones anteriores, como enfermedades leves, viajes
             familiares, o cualquier otra razón implican la falta en todas las materias
             que tengan durante ese día, teniendo en cuenta que el límite máximo de
             faltas permitido por asignatura es del 20%.
        h.4) La solicitud de justificación de inasistencias debe ser requerida a la
             Dirección Técnica en un plazo no mayor a 48 horas posteriores a su
             reincorporación, siendo únicamente justificable la entrega de trabajos,
             tareas o presentación de exámenes pero no se quita la falta de las
             asignaturas.
        h.5) No se pueden justificar faltas que no cumplan con lo anteriormente
             señalado, por lo que el alumno perderá su derecho a examen, debiendo
             hablar con su Director correspondiente para analizar su situación
             académica.
4.3 PRESENTACIÓN PERSONAL:
   a) Los alumnos, facultativos, personal administrativo, personal de apoyo
      deberán vestir en todo momento con propiedad. Esta norma tiene su especial
      aplicación en el caso de los alumnos quienes deberán portar el uniforme
      correctamente mientras permanezcan dentro y en las inmediaciones del
      colegio.
   b) El uniforme deportivo es de exigencia durante todo el ciclo escolar y deben
      portarlo únicamente los días que tengan clase de Educación Física o de
      Actividades Estéticas (específicamente Danza). Es responsabilidad del alumno
      el cuidar su uniforme, deben tener especial cuidado en no dejar olvidadas o
      desatendidas las prendas del uniforme.
        El uniforme deportivo consta de: pantalón, chamarra y playera de la
        Institución y tenis y calcetas blancas. Queda prohibido el uso del uniforme
        incompleto a lo largo del día, quedando solo excluido el uso de la chamarra
        durante las horas de más calor en el día.
        b.1) Sí el alumno no trae completo dicho uniforme en los                     días
             correspondientes, no se le permitirá el ingreso a la institución.
        b.2) Sí el alumno es sorprendido con otra prenda en lugar del uniforme, ésta
             será retenida por dirección hasta el final del día. Sí el alumno reincide, la
             prenda será devuelta hasta que el padre, madre o tutor vengan a
             recogerla en un plazo no mayor a 8 días, después de dicha fecha la
             institución no se hace responsable de la prenda.
   c) Aquellas prendas que no sean las permitidas serán recogidas por la Dirección,
      pudiendo no entregarse sí la falta es repetida al menos una vez más, sin
      responsabilidad para la institución.
        Evitar introducir gorras, mascadas y cualquier otro tipo de prenda ajeno al
        uniforme.
   d) Está prohibido el uso de piercing en lengua, cejas, nariz, etc.
   e) No se pueden amarrar la chamarra a la cintura, o al cuello.
   f)   Evitar el usar el uniforme incompleto a lo largo del día. Debiendo conservar la
        imagen de uniformidad, quedando solo excluido el uso de la chamarra
        durante las horas de más calor en el día. La camiseta de deportes se usa
        dentro del pantalón.



                                                                                        16
g) Es importante señalar que los alumnos deben poner especial cuidado en su
      aseo personal, por lo que deberán observar los aspectos siguientes:
  4.3.1 LOS HOMBRES.
    a) Esta prohibido el uso del cabello largo, cortes modernos, cabello teñido,
       coletas, encrespados, aretes, argollas o cualquier colguije. El largo máximo
       permitido es de 5 – 7 cm.
    b) Se deberá presentar todos los días rasurado de barda y bigote.
    c) Los días que no tenga educación física, el alumno debe presentarse con
       pantalón de mezclilla azul (cualquier tonalidad) y camisa o playera con
       manga larga o corta.
       Los pantalones no pueden tener hoyos, estar rotos, desgarrados o
       deshilachados.
  4.3.2 LAS MUJERES.
    a) Evitar cortes de cabello tipo “modernos”, el uso de maquillaje excesivo, y el
       uso de aretes, y argollas queda limitado al área del lóbulo de la oreja, no
       pudiendo usar más de un arete en cada lóbulo por vez. El uso de cosméticos
       no puede ser excesivo y no están permitidos los colores llamativos en
       cosméticos aplicables a piel o cabello.
    b) Evitar el uso de tintes para cabello de colores modernos, quedan aceptados
       únicamente colores tales como negros, castaños y rubios.
    c) Evitar el uso de contrastes en el color de pelo.
    d) Los días que no tenga actividad física, la alumna debe presentarse con
       pantalón de mezclilla azul y blusa o playera con manga larga o corta.
       Los pantalones no pueden tener hoyos, estar rotos, desgarrados o
       deshilachados.
       No pueden traer blusas o playeras sin mangas.
    e) Evitar el uso de tacones altos, siendo el límite máximo permitido de 4 cm.
4.4 CLASIFICACIÓN DE FALTAS A LA DISCIPLINA.
  4.4.1 CODIGO DE CONDUCTA
    a) El alumno no puede mentir. Tiene la obligación de contestar de manera
       clara a una pregunta directa. El alumno debe guardar en todo momento el
       orden y mostrar buenos modales. El lenguaje obsceno, las vulgaridades y las
       expresiones impropias quedan prohibidas dentro de la Institución y sus
       inmediaciones. El alumno debe comportarse con propiedad en todo
       momento.
    b) Las demostraciones públicas de afecto no están permitidas dentro de la
       Institución o en sus inmediaciones. Se entiende por demostración pública de
       afecto el tomarse de la mano, abrazarse, sentarse inadecuadamente, y
       besarse en los labios. Para el saludo solo esta permitido el entrechocar de
       manos y el beso en la mejilla.
    c) El alumno debe respetar en todo momento la integridad física y moral de los
       miembros de esta comunidad educativa. Todos los actos de violencia,
       agresiones, peleas, intimidaciones ya sean físicas, verbales o actitudinales
       serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en este mismo reglamento.
       Amén de ello, debe restituirse el daño (bien sean gastos médicos y/o de


                                                                                    17
atención), una disculpa personal y un compromiso de no reincidencia en la
     violencia.
  d) Todo alumno es responsable de sus actos. Por lo tanto si observa una
     infracción al reglamento debe de alejarse del infractor inmediatamente y en
     casos de infracciones graves el alumno debe de informar a la dirección
     sobre el particular. Se entiende como infracción grave toda aquella falta que
     trastorne, afecte o inquiete la vida académica del alumno.
  e) Aquellos alumnos que observen conductas poco adecuadas a su edad o
     etapa de desarrollo serán retirados de la Institución.
4.4.2 PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN LA VIDA ACADÉMICA.
  a) Los alumnos tienen la obligación de permanecer dentro del salón durante
     las clases y los descansos intermedios entre periodo y periodo. Para hacer
     uso de las instalaciones sanitarias deben de recabar el permiso del profesor.
  b) No pueden acceder a laboratorios, biblioteca, alberca, gimnasios y auditorio
     fuera de las horas asignadas a ello. Debiendo estar presente el maestro de
     la asignatura o el personal encargado de dicha área.
  c) El acceso a la Cafetería, solo está permitido durante los descansos o bien al
     terminar el día académico.
  d) El alumno que sea sacado del salón o negado su acceso al mismo, debe
     proceder inmediatamente a la dirección. De no hacerlo así, incurrirá en la
     falta “ausencia no permitida de clase”. La acumulación de un reporte en este
     sentido, hará necesaria la presentación del padre.
4.4.3 EN EL SALÓN DE CLASES.
  a) Dentro del salón de clases, los alumnos tienen la obligación de:
     a.1) Ponerse de pie al entrar el profesor. Permanecer en silencio durante y
          cada una de las clases.
     a.2) Estar atento a clases y asumir la plena responsabilidad de su
          aprendizaje.
     a.3) Tomar notas y apuntes en los cuadernos señalados para ello. Si son
          medios electrónicos generará un archivo para cada materia.
     a.4) Atender las indicaciones del personal docente o administrativo de la
          institución.
     a.5) Cuidar el mobiliario y los materiales de apoyo educativo de manera
          individual.
     a.6) No usar aparatos eléctricos tales como celulares, CD's players, i-pods y
          juegos electrónicos. No tocar instrumentos musicales (excepto durante
          la hora de música).
     a.7) No gritar, silbar o realizar cualquier otra expresión que pueda invitar al
          desorden.
     a.8) No comer o ingerir bebidas refrescantes.
     a.9) Responder de manera conjunta por el mobiliario de su salón de clases.
     a.10) Guardar el respeto, la compostura y el orden. El alumno que no cumpla
           con este punto será expulsado de la materia, hasta extraordinario.




                                                                                  18
La acumulación de dos materias en este concepto provoca la baja
           inmediata del alumno sin responsabilidad para la institución.
  b) Las bancas deben de permanecer en el orden indicado por el profesor de la
     materia. Así mismo, el alumno tiene la obligación de mantener limpios su
     área de trabajo desde el inicio hasta la terminación del periodo.
  c) En caso de que el maestro no este o no haya llegado, los alumnos no podrán
     salir de su salón y deberán mantener en todo momento una conducta
     respetuosa, debiendo además respetar los procedimientos académicos
     señalados.
4.4.4     DEL   RESPETO      A    LOS     CATEDRÁTICOS          Y    PERSONAL
        ADMINISTRATIVO
  a) Los alumnos deben mostrar respeto al personal de la Institución y deberán
     observar y acatar las instrucciones que a efectos de regular la vida
     académica diaria sean dadas por los miembros de esta institución. Si
     existiera una situación de emergencia deberán obedecer las disposiciones
     que para tal efecto se señalen.
  b) Los alumnos deben dirigirse al personal de esta Institución con propiedad y
     respeto quedando prohibido responder en forma altanera, alterada,
     desafiante, despectiva o indiferente a los llamados de atención o
     instrucciones.
  c) Los miembros de esta institución tratarán al alumno con respeto, decoro y
     atención: ofreciendo el tiempo necesario para aclarar sus dudas y
     comentarios en un marco de respeto.
  d) Los alumnos guardarán el respeto propio y el respeto a los demás en todos
     y cada uno de los eventos en los que participen, sean estos oficiales o no
     oficiales, educativos, privados, sociales y públicos. Las faltas de conducta
     serán sancionadas de acuerdo a su gravedad.
4.4.5 DE LOS PERMISOS.
 Los permisos para abandonar la Institución por motivos propios personales,
 necesitará de la autorización por escrito del padre de familia. La confirmación
 de los Directores de área y por supuesto el seguimiento de procedimiento para
 tal efecto marcado.

4.4.6 DEL RESPETO AL EQUIPO DE TRABAJO Y EQUIPO DE APOYO.
 a) Los alumnos que rayen una banca, pinten una pared, rompan un vidrio,
    pierdan equipo de laboratorio y/o ocasionen cualquier desperfecto sea
    intencional o no, pagarán el importe de la reparación o restitución del bien
    dañado.
 b) En el colegio y en sus inmediaciones, el alumno esta obligado a recoger su
    basura y depositarla en los contenedores para tal efecto asignados.
 c) Cada alumno es responsable de su banca y todos los alumnos son
    responsables de su salón y aulas de trabajo, por lo que deberán reportar
    cualquier daño a la dirección. La responsabilidad de cuidar es extensiva a
    todos y cada uno de los alumnos.




                                                                               19
4.5 SANCIONES.
  a) Cualquier alumno que contravenga las disposiciones señaladas en el presente
     reglamento será sujeto a las sanciones que los Directivos correspondientes
     consideren pertinentes. Si las faltas al reglamento ocurriesen al finalizar el año,
     las sanciones se aplicarán a la realización de los exámenes finales. Las
     sanciones que impliquen una suspensión durante periodos de exámenes se
     aplicarán de acuerdo al reglamento. La perdida de exámenes por motivos de
     sanciones serán plena responsabilidad del alumno.
     Se recomienda respetar en todo momento los reglamentos académicos
     pertinentes, especialmente durante periodos de exámenes.
  b) Las faltas al reglamento no prescriben hasta ser sancionadas. Los casos en los
     cuales exista un perjuicio económico, el padre, madre y/o tutor es responsable
     del pago y/o retribución del daño, tales como pérdida de equipos, artículos y
     material del alumno, cuentas de hospitales, etc., contando con un plazo no
     mayor al periodo de suspensión para la reposición de dicho daño. En caso de
     no cumplir, se pasará la cuenta a caja.
  c) Sí un objeto es recogido a un alumno, por un profesor o autoridad de la
     Institución, será devuelto al alumno por la Dirección Técnica el mismo día
     previo reporte registrado en el Control del alumno.
     Sí el alumno reincide una segunda vez, el objeto será devuelto única y
     exclusivamente al padre, madre o tutor para enterar a éste de la situación del
     alumno.
     Sí el alumno reincide por tercera vez, el objeto será devuelto hasta fin de ciclo
     escolar sin excepción.
  4.5.1 EXPULSIONES.
    Son causas de expulsión inmediata y definitiva sin responsabilidad para la
    Institución el incurrir en las siguientes faltas.
    a) Presentarse a la Institución bajo la influencia del alcohol y/o substancias
       prohibidas, introducir, portar o consumir dichas substancias en el colegio o
       sus inmediaciones.
    b) Introducir, portar o usar artículos propios cuya naturaleza no sea la propia
       para las actividades académicas, y/o que pongan en riesgo la salud y el
       bienestar de los miembros de esta institución.
    c) El comportamiento indecoroso, inadecuado, y/o destructivo en                   la
       Institución, en sus inmediaciones o en lugares ajenos a la Institución.
    d) Introducir, portar o usar substancias inflamables, flamables, explosivas y/o
       químicas dentro de la Institución o en sus inmediaciones.
    e) Participar de manera individual o conjunta en actos delictivos y/o ajenos a
       las buenas costumbres.
    f)   Invitar, traer, llamar y/o motivar a alumnos de ésta u otra institución a que
         intimiden, golpeen, insulten, provoquen o lastimen a cualquier miembro de
         esta institución, sea alumno, padre de familia, personal de intendencia,
         seguridad, director, familiar y/o visitante.
    g) Reincidir en una agresión física intimidatoria y/o agresiva a cualquier ser
       humano, sea o no de la institución.




                                                                                      20
h) El ser sorprendido 3 veces fumando dentro de la Institución o en sus
    inmediaciones. Entendiéndose por inmediaciones 100 m. alrededor de la
    puerta de la escuela.
 i)   El acumular 5 reportes de indisciplina dentro de la Institución o en sus
      inmediaciones durante un ciclo escolar.
 j)   Falta flagrante de respeto a alumnos, profesores, directores, personal de
      intendencia, visitantes o cualquier otro miembro de esta Institución.
 k) El robo sea en intento, o en acción en cualquier modalidad.
 l)   El fraude sea en intento o en acción en cualquier modalidad en la realización
      de exámenes, trabajos o tareas escolares.
 m) El intento de cohecho a cualquier autoridad académica y/o directivos de la
    institución.
 n) Participar en eventos cuya naturaleza deje en entredicho los valores de la
    Institución, aún cuando dicho evento sea realizado fuera de la misma.
 o) Poner en riesgo el bienestar y/o la seguridad de él mismo, de sus
    compañeros, padres de familia, invitados y/o cualquier miembro de la
    Institución.
4.5.2 SUSPENSIONES.
 a) Son causas de suspensión temporal de 3 hasta 5 días hábiles, sin
    responsabilidad para la Institución el incurrir en alguna de las siguientes
    faltas:
      a.1)   El ser sorprendido fumando o con un cigarro en la mano aunque no
             esté pendido dentro de la Institución o en sus inmediaciones.
      a.2)   Introducir al colegio cigarros, puros y/o tabaco en cualquier
             presentación y/o tipo.
      a.3)   El ser sorprendido a menos de 10 metros de una bebida alcohólica
             aunque este vacía y/o tener aliento alcohólico.
      a.4)   La falta de obediencia y/o respeto a cualquier miembro del cuerpo
             académico o directivos de la Institución.
      a.5)   Daños menores con destrozo a las instalaciones de la Institución o
             sus inmediaciones.
      a.6)   Pelear con sus compañeros, provocar una pelea, inducir o estar
             presente en una pelea.
      a.7)   Mentir, abusar de la confianza de un profesor o cometer fraude.
      a.8)   Alterar documentos comprobatorios del Programa Académico.
      a.9)   Alterar, falsificar o dar mal uso a cualquiera de los documentos
             oficiales emitidos por la Institución.
      a.10) El no responder de manera clara a una pregunta directa emitida por
            una autoridad de la Institución.
      a.11) El ser sorprendido copiando en un examen parcial, ordinario o
            extraordinario.
      a.12) El ser sorprendido con acordeones, viendo alguna ayuda electrónica
            diferente a las autorizadas por el profesor, u otras ayudas diferentes a
            las que el maestro permita.


                                                                                  21
a.13) El incurrir en “ausencias no permitida de clase”.
    a.14) El acumular tres reportes de indisciplina dentro de la Institución o en
          sus inmediaciones.
    a.15) El realizar, participar, inducir o colaborar en una broma cuyas
          consecuencias sean que alguna persona resulte herida o las
          instalaciones de la Institución resulten dañadas.
 b) Son causas de suspensión temporal de 1 hasta 3 días hábiles sin
    responsabilidad para la institución, el incurrir en alguna de las siguientes
    faltas:
    b.1)   El dañar, afectar, romper, pintar, o destruir destornillar, desclavar,
           despegar mobiliario o instalaciones de la Institución.
    b.2)   El ser sorprendido en comportamiento indebido dentro de la
           Institución, en las afueras o inmediaciones del mismo.
    b.3)   El acumular 3 invitaciones a retirarse a su casa después de clases,
           durante el ciclo escolar.
    b.4)   El ser considerado socio participante inactivo de cualquier infracción y
           no aceptarlo.
    b.5)   Faltar al trabajo escolar vespertino, y/o talleres de extra ayuda
           cuando sea requerido.
    b.6)   Ofender, poner apodos o etiquetar a cualquier persona, sea o no
           miembro de la Institución.
    b.7)   No dirigirse a la dirección cuando así fue indicado por procedimiento,
           por instrucción y/o por orden de cualquier autoridad.
4.5.3 ACTIVIDAD ADICIONAL TEMPORAL.
 a) Son causas de actividad adicional temporal de una hora día hasta 5 horas
    hábiles, con horas de trabajo académico extra clase, si incurre en una de las
    siguientes faltas:
    a.1) Llegar tarde a cualquier clase sin autorización de un maestro o
         Directivo, teniendo una tolerancia máxima de 10 min. pasados los
         cuales entrarán a clase pero no se registrará su asistencia.
    a.2) Ser invitado a salir del salón de clases por indisciplina, falta de
         material, o trabajo en clase.
    a.3) Ser reportado por algún miembro del                  cuerpo   académico,
         administrativo, intendencia o directores de área.
    a.4) Ser sorprendido con el uniforme deportivo los días que deben portarlo,
         incompleto dentro de la Institución.
    a.5) Ser sorprendido usando alguno de los artículos no permitidos dentro
         del colegio.
    a.6) Faltas menores que atenten contra cualquier vida académica normal de
         la Institución.
    a.7) El uso de palabras ofensivas, señas físicas indebidas y lenguaje
         obsceno.
    a.8) El ser invitado a retirarse después de clases por algún miembro del
         cuerpo académico.



                                                                                 22
a.9) No cumplir con sus tareas y/o trabajos académicos requeridos por su
           profesor.
      a.10) En caso de que el alumno acumule actividad adicional.
 b) En caso de que el alumno acumule actividad adicional temporal extra clase,
    ya sea por faltas sucesivas o por no cumplir con las detenciones, estará
    obligado a acudir a la Institución los días sábados a pagar dichas faltas.
 c) En aquellas faltas sancionadas por Dirección Técnica y que el alumno
    considere que el reglamento no se aplicó de manera correcta y congruente,
    tiene derecho a que su fallo sea valorado por el Comité Técnico integrado
    por Dirección General, Dirección Técnica y Departamento Psicopedagógico.
    Para ello bastará con que dicha revisión sea solicitada en un plazo no mayor
    a los 15 días naturales posteriores de la sanción impuesta.
      Esta Solicitud de Revisión debe ser entregada por escrito a Dirección
      General.
4.5.4 DEL USO DE LAS COMPUTADORAS Y EQUIPOS AUDIOVISUALES.
 a) Cada alumno es responsable del equipo que usa. Si este equipo presenta
    una falla, debe reportarlo inmediatamente para no hacerse acreedor a la
    restitución del daño.
 b) No está permitido desconectar, conectar, sustituir o modificar el mouse, el
    teclado, monitor o cualquier otro dispositivo que se halle en tu espacio de
    trabajo. De hacerlo se hará acreedor a la sanción correspondiente.
 c) No se debe de usar dispositivos de almacenamiento externo de información
    como CD‟s, DVD‟s, USB‟s, etc., sin antes haberlo revisado contra virus en la
    maquina que para tal efecto esta localizada en el centro de computo. Si
    tiene virus no puede ser utilizado en el equipo de cómputo. No puede
    instalar o utilizar software no autorizado por el maestro.
 d) Es importante que el alumno retire las fundas cuando trabaje y volver a
    colocarlas correctamente una vez finalizado el periodo de trabajo.
 e) Debe de mantener limpio el espacio de trabajo. No puede ocupar goma en el
    centro de cómputo.
 f)   El orden para prender el equipo es: Primero el Monitor y segundo el CPU.
      Para apagarlo es primero el CPU y después el monitor.
 g) Si la computadora sufre daños ocasionados por el mal uso, descuidos o
    maltratos, el alumno deberá pagar el monto de lo dañado. Por tal motivo es
    vital que revise completamente el equipo antes de usarlo, a fin de que
    reporte cualquier daño que presente. De no hacerlo, el daño será atribuible
    al alumno.
 h) El equipo de audiovisual solo podrá ser operado por el maestro o
    coordinador de área.
4.5.5 DE LAS CITAS ESPECIALES INDIVIDUALES PADRE DE FAMILIA-
      INSTITUCIÓN.
 a) Los padres de familia pueden consultar con los directores de área, las
    situaciones particulares, informativas y evaluativas que se generen de la vida
    académica diaria.




                                                                                23
Para ello procederán a realizar una cita con el Director correspondiente a
          través de la oficina para tal efecto señalada. En estas citas es recomendable
          que este presente el alumno.
       b) Si la cita tuviera lugar a petición de la Institución, ésta será realizada en un
          plazo no mayor a 1 día hábil a efecto de que exista la comunicación abierta
          y formal en dichos casos.
       c) Cualquier cita con profesores, personal del departamento psicopedagógico
          o directivos debe ser registrada en el Control de cada alumno, anotando los
          puntos tratados, acuerdos a los que se haya llegado, comentarios o
          sugerencias por parte del personal docente o de los padres de familia.
4.6 DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES.
  a) El padre y la madre del alumno tiene el derecho y la obligación de tomar parte
     activa en la educación de su hijo. Por lo tanto, al recibir el reporte académico
     se sugiere platicar con su hijo, indicándole el uso de los mecanismos de apoyo
     escolar instaurados por la Institución para su superación. El reporte académico
     es el primer medio de información sobre el desempeño de su hijo.
        Los reportes de disciplina no son solo llamados de atención a los alumnos
        sino, llamados de intervención a los padres de familia a efecto de que su hijo
        mejore y adecue su comportamiento a los marcos de respeto y valores de
        nuestra Institución.
  b) Los padres tienen el derecho y la obligación de acudir a todas las citas que
     sean solicitadas por los directivos de la Institución, así mismo adquieren el
     compromiso de seguir y supervisar las indicaciones que en beneficio del
     alumno le sean dadas de manera oral y/o de manera escrita.
  c) Los padres o tutores del alumno tienen la obligación de informar la escuela,
     sobre cualquier asunto relevante que afecte o pueda afectar los estudios del
     alumno.
  d) Los padres deberán apoyar al alumno en todas y cada una de las actividades
     académicas del alumno.
  e) Los padres tienen la obligación y el derecho de invitar a que sus hijos se
     superen y fortalecer en ellos el concepto de responsabilidad individual,
     evitando el desarrollar la costumbre del pretexto, la injustificación y la
     ausencia de compromiso por ser éstos condicionantes de fracaso escolar.
  f)    Los padres de familia, tutores y/o responsables de la educación de sus hijos,
        serán tratados con respeto, decoro y atención, siendo a su vez su obligación
        tratar de la misma manera a los integrantes de esta casa de estudios.
  g) Los padres tienen la obligación de proporcionar un medio limpio de drogas y/o
     substancias indebidas a sus hijos, por lo que su apoyo en las actividades de la
     Institución encaminadas a este fin serán obligatorias.
  h) Los padres de familia y/o tutores asumen la responsabilidad total sobre los
     actos de sus hijos, independientemente de que estén de acuerdo o no, con lo
     establecido en el presente reglamento. Por lo que en caso de que lo ameriten,
     absorberán los gastos y costos que por reposición de un daño se generen.
4.7 LOS OBJETOS PERDIDOS.
  a) Los alumnos son responsables de sus objetos y artículos académicos y de uso
     personal, por lo que se recomienda y requiere el cuidado continuo sobre
     dichos objetos para evitar su pérdida.


                                                                                        24
b) Los artículos que sean extraviados y recogidos por el personal de la
        Institución, serán entregados a sus dueños cuando dichos artículos tengan su
        nombre. Lamentablemente, y en aquellos casos en los cuales los objetos
        carezcan del nombre del propietario, serán guardados solo por 24 horas,
        tiempo después del cual, serán entregados a una institución de beneficencia
        pública.

5. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS.
  5.1 REGLAMENTO DE PAGOS
     a) Disposiciones generales:
         Artículo 1°: Todo alumno de la Universidad St. John‟s, S.C., que curse
         cualquiera de los niveles con que se cuenta o bien, que efectúe algún trámite
         por el que deba pagar alguna cuota, quedará sujeto a las disposiciones del
         presente reglamento.
     b) Procedimiento de pagos:
         Artículo 2°: Todas las cuotas que deben cubrirse por cualquier servicio, se
         pagarán en la caja respectiva de la Institución, de lo contrario, la Institución
         quedará liberada de cualquier responsabilidad.
         Artículo 3°: El horario de pago será de lunes a viernes de 7:00 a 14:00 hrs. No
         se aceptarán pagos fuera de ese horario.
         Artículo 4°: Los pagos se harán preferentemente con cheque, en este caso
         expedirlo a nombre de la “Universidad St. John‟s, S.C.”.
         Artículo 5°: El pago de colegiatura deberá hacerse dentro de los 10 primeros
         días naturales de cada mes, no así el mes de junio (ver artículo 24°).
         Artículo 6°: Cuando algún período de vacaciones interfiera con fechas de
         pago, éste deberá realizarse a más tardar el último día hábil anterior al inicio
         de dicho período.
         Artículo 7°: Los meses de vacaciones, Julio y Agosto, se encuentran
         prorrateados dentro de las 10 mensualidades a cubrir durante el ciclo escolar.
         Artículo 8°: De no pagar dentro de las fechas límites establecidas, se hará
         acreedor a las sanciones determinadas en los artículos 16° y 17° del presente
         reglamento.
     c) Colegiaturas:
         Artículo 9°: Todo alumno se considerará inscrito cuando haya cubierto el
         importe de la inscripción e incorporación y en su caso, el traslado, cambio de
         plantel, acreditación o revalidación, de acuerdo a las cuotas vigentes.
         Artículo 10°: En todos los niveles se cubrirán diez mensualidades. Los meses
         de vacaciones se pagan como lo indica el Artículo 7° del presente reglamento.
         Artículo 11°: Al momento de llevar a cabo la inscripción al curso, el alumno
         NO DEBE TENER ADEUDO ALGUNO CON LA INSTITUCIÓN. En caso de existir
         procederá a cubrirlo antes de iniciar el proceso de inscripción, de no hacerlo,
         cualquier pago se acreditará al saldo deudor que en su caso exista.
     d) Bajas:
         Artículo 12°: Cuando se trate de BAJA VOLUNTARIA, deberá solicitarse por
         escrito. Sólo se aceptará si no tiene adeudo alguno con la Institución. De lo



                                                                                       25
contrario, la colegiatura y los recargos seguirán corriendo aunque el alumno
     ya no se presente a clases.
     Artículo 13°: En ningún caso se reembolsarán los pagos efectuados en la caja
     de la Institución.
     Artículo 14°: El alumno que solicite la BAJA VOLUNTARIA entre el día 10 al 31
     del mes, deberá cubrir el mes completo que esté transcurriendo, así como el
     período de vacaciones que correspondan en el momento de su baja.
     Artículo 15°: Los alumnos que no entreguen su documentación 15 días hábiles
     después de su inscripción, serán dados de baja automáticamente y la
     Institución se deslinda de toda responsabilidad.
e) De las Sanciones:
     Artículo 16°: El alumno que no pague su colegiatura dentro de las fechas que
     marca el Artículo 5° del presente reglamento, podrá ser suspendido a partir
     del día 11 del mes hasta regularizar su pago. En el entendido que el alumno
     que acumule 3 meses vencidos de dichas colegiaturas, quedará suspendido
     hasta que el adeudo sea cubierto. “Es motivo de baja automática definitiva sin
     responsabilidad para la Universidad, es adeudar tres meses de colegiatura”.
     Sí antes de la fecha en que estén programados los exámenes bimestrales,
     ordinarios o extraordinarios, el alumno no se encuentra totalmente al
     corriente en sus pagos, se cancelará su derecho a presentarlos.
     Artículo 17°: Cuando la colegiatura se pague fuera de la fecha límite de pago
     (los primeros 10 días naturales del mes), causará un pago moratorio mensual
     acumulable al saldo deudor como sigue:
     a) Sí paga del 11 al 15 del mes, el recargo será del 5%.
     b) Sí paga del 16 al último día del mes, el cargo será del 10%.
     c) Sí el pago se realiza dentro de los primeros días del mes siguiente, el
        recargo será de un 10% más, siendo éste acumulable por cada período de
        pago que transcurra.
     Es nuestro interés, el no cobrar recargos ni causarles molestias a usted
     Padre de Familia, por ello los invitamos a que programen sus pagos de
     colegiaturas para no incurrir en las penalizaciones señaladas
     anteriormente.
     Artículo 18°: De los cheques devueltos.
     18.1 Todo cheque devuelto por cualquier causa, se le aplicará de acuerdo al
           Artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de crédito, el
           20% como mínimo del valor del cheque devuelto, más los gastos e
           intereses que éste genere.
     18.2 Todo cheque devuelto deberá ser cubierto en efectivo únicamente, a más
           tardar en 48 horas a partir de que sea devuelto por el banco. En ningún
           caso se le podrá recibir nuevamente el pago con cheque.
     18.3 Sí el cheque no es cubierto en las fechas límite de pago, el alumno
          cubrirá además los recargos a que se haga acreedor, como lo marca el
          Artículo 17° de este reglamento.
f)   Diversos:
     Artículo 19°: De existir adeudos con la Institución que no se hayan cubierto de
     acuerdo a como lo estipula el Artículo 11° de éste reglamento, el alta en ese


                                                                                  26
ciclo escolar quedará cancelada y el pago efectuado por concepto de
      inscripción se aplicará al adeudo anterior.
      Artículo 20°: Los alumnos que actualmente disfruten de BECA, solicitarán su
      renovación en las fechas que se darán a conocer con oportunidad. Para que se
      otorgue su renovación, deberá estar inscrito además de haber conservado el
      promedio final mínimo de 8.0 (ocho).
      Artículo 21°: De no presentar oportunamente la solicitud de BECA, se
      procederá a su cancelación.
      Artículo 22°: Sólo se otorgará BECA al 5% del total de alumnado inscrito en
      cada ciclo escolar.
      Artículo 23°: Al inicio del curso, el alumno cubrirá en la caja de la Institución
      el costo por la emisión o renovación de la credencial del Sistema Incorporado,
      misma que deberá presentar para realizar cualquier trámite tanto en Control
      Escolar, biblioteca o Dirección Técnica, así como para efectos de cualquier
      supervisión y de ingreso a la Institución.
      Artículo 24°: Para presentar exámenes ordinarios de primera y/o segunda
      vuelta o extraordinarios, deberán estar cubiertas el total de las
      colegiaturas del ciclo escolar incluyendo el mes de junio, antes del inicio
      de dichos exámenes.
      Artículo 25°: En caso de que el alumno tenga beca al 100%, tendrá la
      obligación de pagar la cuota de gastos administrativos anuales de $4,500.00
      (cuatro mil quinientos pesos 00/100 m.n.), no reembolsable.
      Artículo 26°: Todas las becas son anuales y se tendrán que renovar dos meses
      antes del término del ciclo escolar actual, siempre y cuando conserven el
      promedio exigido.

5.2 Pagos:
   5.2.1 Inscripción y Colegiaturas.
      INSCRIPCIÓN ANUAL.
      COLEGIATURAS (10 MENSUALIDADES).
   5.2.2 Otros conceptos de pagos.
      INCORPORACIÓN ANUAL.
      SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS.
      TRASLADO.
      CAMBIO DE PLANTEL.
      GASTOS ADMINISTRATIVOS ANUALES (Artículo 25°).

   Nota: Los costos serán de acuerdo a las cuotas vigentes al ciclo escolar.

   5.2.3 Intereses moratorios:
      Cuando la colegiatura se pague fuera de la fecha límite de pago (los primeros
      10 días naturales), los pagos hechos con posterioridad a este plazo causarán
      un pago moratorio mensual acumulable al saldo deudor como sigue:
      a) Si paga del 11 al día 15 de mes, el recargo será del 5%.
      b) Sí paga del 16 al último día del mes, el recargo será del 10%.


                                                                                     27
c) Sí el pago se realiza dentro de los primeros días del mes siguiente, el
         recargo será de un 10% más, siendo éste acumulable por cada período de
         pago que transcurra.
   5.2.4 Medidas por incumplimiento de pago.
      a) En el entendido que al acumularse 3 meses vencidos de dichas
         colegiaturas, el alumno quedará suspendido hasta que el adeudo sea
         cubierto.
      b) Sí antes de la fecha en que serán programados los exámenes bimestrales,
         ordinarios de primera y/o segunda vuelta, el alumno no se encuentra
         totalmente al corriente en sus pagos, se cancelará su derecho a
         presentarlos.
5.3 Documentación escolar.
   3.3.1 La Universidad St. John‟s expedirá en caso de así solicitarlo al alumno,
          constancias o historias académicas sin valor oficial para trámites diversos,
          cubriendo el costo respectivo en caja.
   3.3.2 La Universidad St. John‟s, emitirá una vez concluida la evaluación bimestral,
          una boleta parcial de calificaciones sin valor oficial, en donde se reportará
          la calificación y las faltas de cada asignatura.
   3.3.3 La Universidad St. John‟s, gestionará la credencial UNAMSI de alumnos,
          profesores y personal administrativo. Los alumnos cubrirán el costo
          respectivo en caja, misma que deberá mostrar para tener acceso a la
          Institución.
   3.3.4 La Universidad St, John‟s, emitirá la historia académica (con valor oficial) de
          los alumnos de acuerdo al calendario administrativo, entregando al alumno
          un original sin costo. Sí el alumno solicita un nuevo historia académico,
          cubrirá el costo respectivo en caja.
   3.3.5 Las historias académicas que sean consultadas vía Internet, sin valor oficial,
          no tendrán costo alguno.
   3.3.6 La Universidad St. John‟s tramitará, una vez cubiertos total o parcialmente
         los requisitos señalados en los planes de estudio, un certificado (parcial o
         total) expedido por la UNAM – DGIRE. Los alumnos cubrirán el costo
         respectivo en caja.




                                                                                      28
He leído y estoy de acuerdo en cumplir el reglamento de esta Institución. La
aceptación de este reglamento me obliga como padre a tomar parte activa en la
educación de mi hijo y me obliga como hijo ha ser responsable de mis actos.




                            Nombre del alumno



         Fecha                                   Firma del alumno



                  Nombre y firma del Padre, Madre o Tutor




                    Nombre y firma del Director Técnico




                                                                           29

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Reglamento interno escolar 2011 2012

  • 1. UNIVERSIDAD ST. JOHN’S, S.C. PREPARATORIA CLAVE UNAM 1305 REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO PREPARATORIA ACTUS MEOS PRINCIPIA REGENT “Mis principios rigen mis actos” Julio 2011
  • 2. ÍNDICE Manual de Procedimientos 3 1 Inscripción, Permanencia y Egreso 4 1.1 Procedimiento para admisión 4 1.2 Requisitos de permanencia y egreso 6 2 Sistema de Evaluación 7 2.1 Evaluación bimestral 7 2.2 Exámenes ordinarios (1° y 2° vuelta) y extraordinarios 8 2.3 Requisitos para la exención de exámenes ordinarios 9 2.4 Lineamientos para presentar exámenes en general 10 2.5 Escala de calificaciones 10 2.6 Procedimiento para la revisión de exámenes 11 3 Becas UNAM y/o apoyos económicos que otorga la Institución 11 3.1 Becas UNAM 11 3.2 De las medias becas 12 3.3 Apoyos económicos que otorga la Institución 13 3.4 Derechos y obligaciones de los becarios 13 4 Disposiciones disciplinarias y normas internas de la Institución 13 4.1 Derechos y obligaciones de los alumnos 13 4.2 Puntualidad y asistencia 15 4.3 Presentación personal 16 4.4 Clasificación de faltas a la disciplina 17 4.5 Sanciones 19 4.6 De las obligaciones de los padres 24 4.7 Objetos perdidos 24 5 Disposiciones administrativas 25 5.1 Reglamento de pagos 25 5.2 Pagos 27 5.3 Documentación escolar 28 2
  • 3. UNIVERSIDAD ST. JOHN´S PREPARATORIA CLAVE UNAM 1305 REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO ACTUS MEOS PRINCIPIA REGENT “Mis principios rigen mis actos” Manual de Procedimientos: En la Universidad St. John´s esta frase enmarca nuestra filosofía y orienta nuestro pensamiento y espíritu hacia el logro de la excelencia. “Mis principios rigen mis actos”, es justamente la esencia que queremos conformar en el alma y el ser de todos los integrantes de nuestra comunidad educativa. Pretendemos formar hombres y mujeres, tan íntegros y responsables que en el ejercicio de su libertad, manifiesten la conciencia adquirida en nuestras aulas, no como un mero trámite de promoción o aprobación, sino como el reflejo de su ética y constante superación. Nos hemos preparado para egresar generaciones de hombres y mujeres que por su inteligencia, educación y formación académicas se distingan como la vanguardia en todos los terrenos del quehacer humano. Evidentemente que tales pretensiones, sólo pueden conseguirse cuando se ha recibido a través de la práctica cotidiana y el ejercicio del respeto como forma de conducta, los valores y principios más altos que definan nuestros objetivos. De ahí la necesidad de reglamentar los diferentes aspectos de la vida de nuestra institución, misma que se plasman en el siguiente reglamento.  Todo alumno, Padre de Familia, Facultativo, Personal de Apoyo, invitados, Autoridades Escolares y Administrativas, Personal de Cafetería y Directores tienen el derecho de ser tratados con respeto a su persona, a su actividad y a su asunto, independientemente de credo, raza, sexo, edad, estado social, o condición económica.  Por lo tanto, este reglamento es de observancia general y de aplicación constante en todas y cada una de las partes que conforman esta casa de estudios. 3
  • 4. 1. INCRIPCIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO. 1.1 PROCEDIMIENTO PARA ADMISIÓN: a) Obtener la solicitud de examen de admisión en nuestras oficinas de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. b) Asentar todos los datos que se piden en la solicitud de examen de admisión y presentarla con la documentación requerida. c) Cubrir en caja el importe del examen de admisión (NO ES REEMBOLSABLE) y presentarse al mismo puntualmente el día y a la hora señalada. El examen consta de dos partes: una que es el diagnóstico de inglés y otra que es el psicométrico. d) Los resultados del examen de admisión se darán personalmente a conocer en la fecha que se indique la presentación del mismo. e) En caso de ser aceptado, deberá pagar la inscripción en un plazo no mayor a 10 días a partir de la fecha en que se le notifique su admisión, pasado ese plazo no garantizamos el derecho de admisión. 1.1.1 REQUISITOS PARA EXAMEN DE ADMISIÓN: a) Llenar formato de solicitud de examen. b) Cursar o haber cursado el grado inmediato anterior. c) No tener adeudo de materias. En los casos en los cuales el interesado adeude materias, se consultará con la DGIRE los pasos a seguir antes de determinar la viabilidad de su inscripción. d) Copia fotostática de la boleta de calificaciones (CICLO ANTERIOR). e) Copia fotostática de acta de nacimiento (PRESENTAR ORIGINAL PARA COTEJAR). f) Una fotografía tamaño infantil (blanco y negro o color). 1.1.2 REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN: a) Haber aprobado el examen de admisión. b) Llenar solicitud de inscripción. c) Presentar en original y copia los siguientes documentos: c.1) Acta de nacimiento. c.2) Certificado de secundaria. c.3) En caso de ingresar a 5° o 6° de preparatoria, certificado parcial del ciclo anterior. c.4) Historial Académico (alumnos incorporados al SI) c.5) Carta de buena conducta. d) 6 fotografías tamaño infantil (blanco y negro en papel mate camisa o blusa blanca y cara descubierta). e) Certificado médico reciente. f) Copia fotostática de comprobante de domicilio. g) Copia fotostática de CURP (Amplificado al 100%). 4
  • 5. h) 2 referencias familiares o amigos para llamar en caso de emergencia. i) Carta de no adeudo. Nota: Si al momento de su inscripción y por circunstancias especiales tales como cambio de domicilio o retrasos no imputables al alumno, éste no cuenta con la documentación original, tendrá un plazo no mayor de 15 días hábiles para entregarla en Registro y Control Escolar, de no ser así se cancelará su inscripción, y no habrá devolución. La fecha límite para entregar esta documentación es el primer día hábil de septiembre de cada ciclo escolar. 1.1.3 REQUISITOS DE REVALIDACIÓN O EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS: En el caso de que el alumno necesite hacer una revalidación o equivalencia de estudios, deberá presentar los siguientes documentos originales y copia: a) En el caso de estudios nacionales: a.1) Certificados de estudio correspondientes o documentos equivalentes. b) En el caso de estudios en el extranjero: b.1) Acta de nacimiento. b.2) Certificados, transcripts, historias académicas, diplomas, constancias, títulos o grados académicos en los que consten los estudios realizados en otros países. Todos los documentos (personales y/o académicos), emitidos en otro país, deberán presentarse apostillados o legalizados y, en el caso de no estar en idioma español, deben acompañarse de su traducción, realizada por un perito oficial autorizado en México, Representaciones Diplomáticas acreditadas en México, Embajadas o Consulados de México o bien, por el Centro de Enseñanza de Lenguas Extranjeras (CELE) de la UNAM. Los certificados, diplomas, constancias, títulos o grados académicos en los que consten los estudios realizados en otros países, deberán indicar:  Los periodos durante los que se cursaron los estudios.  Las asignaturas cursadas.  Las calificaciones obtenidas.  La escala de calificaciones.  Los créditos.  El año, semestre, grado o nivel. 1.1.4 SITUACIÓN JURÍDICA EN LA QUE INCURREN POR PRESENTAR DOCUMENTOS APÓCRIFOS O ALTERADOS: Los alumnos que presenten documentación falsa o alterada a la Universidad St. John‟s para obtener su registro en el Sistema Incorporado (SI), serán expulsados de éste y quedarán sin efecto todos los actos derivados de dicho registro, por lo que no podrán concluir sus estudios en el SI, ni en la Universidad Nacional Autónoma de México. 5
  • 6. Lo anterior se hará del conocimiento de las autoridades correspondientes para los efectos a que haya lugar, independientemente de la responsabilidad penal, así como la expulsión inmediata del alumno de la Universidad St. John‟s. 1.1.5 PERIODO EN EL QUE A LOS ALUMNOS SE LES DARÁ A CONOCER SU SITUACIÓN ACADÉMICA. Una vez recibidos en la Universidad St. John‟s los documentos que emite la DGIRE (tira de asignaturas, historia académica o certificado de estudios), se dará a conocer a los alumnos su situación académica 5 días hábiles posteriores a dicha fecha, debiendo firmar de conformidad con la información asentada. En caso de error en el acta de examen, procederá la corrección de calificación, mediante un acta adicional, dentro de los 50 días siguientes a la emisión de la historia académica o del certificado de estudios. 1.2 REQUISITOS DE PERMANENCIA Y EGRESO. 1.2.1 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE REINSCRIPCIÓN a) Obtener el Tarjetón de Reinscripción en Dirección Técnica de Preparatoria. a.1) Sí el alumno tiene dos o más materias no acreditadas por bimestre, en los tres primeros períodos, no se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que acredite dichas materias. a.2) Sí el alumno tiene más de 6 reportes de conducta durante el ciclo escolar, no se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que el alumno y los padres firmen una Carta Compromiso de Buena Conducta y Buen Nivel Académico. a.3) Sí el alumno adeuda más de dos colegiaturas, no se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que se ponga al corriente en sus pagos. a.4) El alumno que aspira a inscribirse en 5° de preparatoria, no podrá adeudar más de dos materias de 4° para presentar en extraordinario, en cuyo caso, se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que cumpla con éste requisito. a.5) El alumno que aspira a inscribirse en 6° de preparatoria, solamente se le entregará Tarjetón de Reinscripción, sí solo debe como máximo un examen extraordinario de 4° de preparatoria y dos exámenes extraordinarios de 5° de preparatoria. b) Llenar el Tarjetón de Reinscripción. c) Pagar la Reinscripción correspondiente en caja al menos 15 días antes del inicio del siguiente ciclo escolar. 1.2.2 REQUISITOS DE EGRESO a) El alumno que concluyan 6° de preparatoria para poder obtener su Certificado de Preparatoria al terminar el ciclo escolar, debe haber acreditado todas y cada una de las materias curriculares y no curriculares impartidas en la Institución. 6
  • 7. 2. SISTEMA DE EVALUACIÓN. a) Los exámenes tienen por objeto: a.1) Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que permita certificar su situación académica. a.2) Proporcionar al estudiante información sobre el grado de conocimientos adquiridos. b) Los profesores calificarán a los alumnos tomando en cuenta: b.1) Su participación en clase y desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos requeridos, así como el resultado de los exámenes bimestrales y parciales. Sí consideran que dichos elementos son suficientes para calificarlos, los podrán eximir del correspondiente examen ordinario siempre que tengan un promedio final igual o mayor a ocho (8.0). b.2) Los exámenes bimestrales, ordinarios de primera y segunda vuelta. b.3) Los exámenes extraordinarios. 2.1 EVALUACIÓN BIMESTRAL a) Durante el año escolar, se realizarán 5 evaluaciones bimestrales, en las cuales se integran diferentes aspectos de calificación, tales como: a.1) Trabajos escolares. a.2) Desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos requeridos. a.3) Participaciones en clase. a.4) Exámenes parciales. a.5) Cuadernos y libros. a.6) Reporte de visitas a museos o cualquier otro punto a ser evaluado. b) Sí el alumno tiene una calificación de siete punto cuatro (7.4) o mayor en la evaluación bimestral, puede utilizar el Programa Académico para obtener las décimas necesarias en máximo dos materias y así, alcanzar la calificación inmediata superior en las mismas. c) Las calificaciones parciales (aprobatorias o reprobatorias) que obtenga el alumno deberán anotarse, tanto en el control interno como en el acta económica, con números enteros y un decimal, en una escala del 0 al 10. Sólo al asentar la calificación final, se redondeará al número entero que le corresponda. d) Estas Calificaciones serán numéricas, con números enteros sin decimales y el alumno solo tendrá un plazo de 3 días hábiles después de conocer su calificación para llevar a cabo cualquier reclamación o corrección que juzgue pertinente. e) De los 5 periodos bimestrales se obtendrá un promedio anual, dicho promedio anual se promediará con la calificación del examen ordinario, ya sea de primera o segunda vuelta (con resultado aprobatorio o reprobatorio). f) Para tener derecho a examen, el alumno deberá haber cumplido con el 80% de asistencia mínima recomendable tanto en cada bimestre, como al final del ciclo escolar. Esto es aplicable a cualquier examen que se presente durante el año escolar. 7
  • 8. g) Sí algún maestro solicita la entrega actividades diversas (cuadernos con apuntes, tareas y/o ejercicios completos, libros de texto actualizados con ejercicios contestados o algún trabajo específico), como condición para tener derecho a un examen bimestral u ordinario de primera o segunda vuelta, deberá notificarlo a la Dirección Técnica de Preparatoria por medio de un escrito donde se indiquen los criterios que se tomarán en cuenta. Así mismo los alumnos deberán ser notificados al menos una semana antes de la fecha del examen correspondiente. h) En las materias teórico–prácticas, para tener derecho al examen ordinario de primera y/o segunda vuelta, los alumnos deberán tener presentados y aprobados un mínimo de 80% de los protocolos e informes de las actividades experimentales, los cuales serán entregados al profesor de la materia engargolados en la fecha establecida. Dichos informes estarán a disposición de la supervisión durante el período de exámenes ordinarios. i) El alumno debe estar a tiempo en todas y cada una de sus clases. No se permiten llegadas tarde o ausencias sin autorización de un maestro o Director, teniendo una tolerancia máxima de 10 min. pasados los cuales entrarán a clase pero no se registrará su asistencia. j) Es obligación del alumno el aprovechar su periodo académico. Así mismo el alumno debe tener cubiertos sus pagos de colegiaturas al día 10 de cada mes. De no estar al corriente de sus pagos el alumno perderá el derecho de hacer uso de las instalaciones. Si la falta de pagos ocurre durante el periodo de exámenes, el alumno perderá su derecho a examen, sin que dicho examen pueda ser recuperado posteriormente. k) Las asignaturas no aprobadas podrán acreditarse en examen extraordinario o, si la Institución lo permite, volver a cursarse. 2.2 EXÁMENES ORDINARIOS (1° Y 2° VUELTA) Y EXTRAORDINARIOS: a) Podrán presentar examen ordinario de primera y/o segunda vuelta, previa identificación, los alumnos que reúnan el 80% de asistencias y que no hayan quedado exentos. b) Se programarán dos periodos de exámenes ordinarios (primera y segunda vueltas) al término del curso correspondiente. Los alumnos podrán presentarse en cualquiera de esos periodos o en ambos; si se acredita la asignatura en alguno de ellos, la calificación del examen será definitiva. c) Para obtener la calificación definitiva del curso escolar, y de no haber exención, se deberá promediar la calificación del examen ordinario de primera o de segunda vueltas con el promedio general de las calificaciones parciales del año que se evalúen. Sí el alumno no presentó el examen de 1° vuelta, deberá presentar el examen ordinario de segunda vuelta. d) Los exámenes ordinarios de primera y segunda vuelta deberán comprender igual contenido académico y tener el mismo grado de dificultad. e) Sí el alumno no logra acreditar la materia en periodo ordinario, o no cubre el 80% mínimo de asistencia requerido, tendrá derecho a presentar examen extraordinario en el período correspondiente, siendo éste último el único instrumento para la evaluación y la calificación que obtenga en dicho examen será la calificación definitiva para la asignatura. 8
  • 9. f) Los exámenes ordinarios y extraordinarios deberán realizarse por escrito y cubrir la totalidad del programa. Éstos podrán ser sustituidos por otro tipo de examen cuando la naturaleza de la asignatura así lo permita o amerite. g) Los exámenes ordinarios o extraordinarios se realizarán en las instalaciones de la Universidad St. John‟s. La programación se hará de acuerdo con lo establecido en el calendario escolar, previa autorización de la DGIRE. h) Los exámenes extraordinarios procederán cuando: h.1) No se haya acreditado la asignatura en examen ordinario. h.2) No se haya cubierto el 80% de asistencia. h.3) No se haya cursado la materia. No procederá la aplicación de examen extraordinario cuando el plan de estudios indique que la asignatura debe cursarse. i) Los alumnos tendrán derecho a presentar, en examen extraordinario, en la Institución de su última inscripción, hasta dos asignaturas por semestre. Para presentar un número mayor de exámenes, se deberán observar los siguientes criterios: i.1) Aquéllos que estén por concluir su preparatoria, hasta cuatro asignaturas, si son las únicas que adeudan. i.2) Los que cursaron 4° o 5° años, hasta 3 asignaturas, si son las únicas que adeudan. j) El control interno y el acta económica deberán ser conservados por la Institución por un mínimo de 120 días naturales posteriores a la conclusión del ciclo escolar correspondiente y funcionarán para efectos de validación de calificaciones en los siguientes casos: j.1) Cuando el profesor no firme el acta oficial expedida por la DGIRE. j.2) Cuando, por algún motivo, los alumnos no hayan aparecido en el acta oficial. j.3) Cuando se solicite corrección a calificación k) La calificación que se obtenga en examen extraordinario será definitiva y no se promediará con ninguna calificación parcial. 2.3 REQUISITOS PARA LA EXENCIÓN DE EXÁMENES ORDINARIOS. a) Para que el alumno pueda quedar exento de presentar el examen final ordinario de alguna asignatura, el promedio mínimo de la calificación que obtenga, durante el ciclo escolar, deberá ser de 8 (ocho) y tener, al menos, el 80% de asistencia. b) La exención del examen ordinario se comunicará de manera oportuna a los alumnos y deberán firmar una relación de la o las asignaturas exentas. El alumno puede no presentarse a la realización del examen final, firmando con anticipación la lista de exentos expedida por la Dirección Técnica de Preparatoria. 9
  • 10. 2.4 LINEAMIENTOS PARA PRESENTAR EXÁMENES EN GENERAL. a) Las reglas de examen aseguran la correcta aplicación de los mismos, por lo que su observancia en general e indistinta del examen del que se trate. b) Las bancas deberán permanecer en el orden indicado por el profesor a fin de asegurar la correcta disposición de alumnos. c) Sólo podrán tener encima de su escritorio, los artículos propios de cada caso. Hojas blancas, lápiz, pluma, borrador, corrector y calculadora. d) El uso de formularios queda a criterio del profesor de la materia. No se podrán prestar estos artículos durante la realización del examen. e) Los alumnos deberán observar en todo momento las reglas de: e.1) Estar a tiempo en el examen. e.2) Presentar su credencial que lo acredite como miembro de la Institución del Sistema Incorporado. e.3) Mantener los ojos en su examen, No hablar, ni hacer movimientos con la boca. e.4) No sacar acordeones, ni algún otro elemento de ayuda que no haya sido expresamente permitido. e.5) No voltear, observar o realizar cualquier otra actividad que pueda ser malinterpretada como intento de copiar. e.6) No hacer preguntas sobre conocimientos al maestro o al coordinador. f) Los alumnos tienen la obligación de estar a tiempo a cada examen, ya que no se permitirá dicho examen. g) Al terminar el examen, el alumno deberá permanecer en el salón de clases en silencio, durante los exámenes parciales o bimestrales. Sí el examen es ordinario primera, o segunda vuelta o extraordinario, el alumno se debe retirar de las instalaciones de la Institución. 2.5 ESCALA DE CALIFICACIONES. a) Las calificaciones se expresarán mediante los números 5, 6, 7, 8, 9 y 10. La calificación mínima para acreditar una asignatura será de 6. b) Las calificaciones finales se obtendrán del redondeo de los correspondientes decimales: b.1) Las calificaciones aprobatorias que se expresen con los decimales entre 0.01 y 0.49 se ajustarán al número entero que les precede (v.gr: al 8.49 le corresponderá la calificación de 8). b.2) Los decimales iguales o mayores a 0.50 se ajustarán al número entero que les sigue (v.gr: al 7.50 le corresponderá la calificación de 8). b.3) Cuando no se obtenga la calificación mínima para acreditar una asignatura y ésta sea entre 5.50 y 5.99, no deberá subir a 6. c) Cuando un alumno no demuestre poseer los conocimientos y aptitudes suficientes para aprobar alguna asignatura, su calificación final se expresará con 5 (cinco) que significa „no acreditada‟; cuando no se presente al examen, se anotará NP (no presentado). d) Las asignaturas obligatorias sin valor en créditos se calificarán con AC (acreditada) cuando se aprueben y, con 5, cuando no sea así. 10
  • 11. 2.6 PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE EXÁMENES. a) Los alumnos podrán solicitar por escrito al Director Técnico la revisión de examen ordinario o extraordinario dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que conozcan su calificación. Transcurrido este plazo, no procederá ninguna revisión. b) Se deberán conservar los exámenes ordinarios y extraordinarios por un mínimo de 90 días posteriores a su celebración, con el fin de conceder al alumno, si éste lo solicitare, la revisión del examen correspondiente. c) En caso de error en el acta de examen, procederá la corrección de calificación, mediante un acta adicional, dentro de los 60 días siguientes a la emisión de la historia académica o del certificado de estudios. 3. BECAS UNAM Y/O APOYOS ECONÓMICOS QUE OTORGA LA INSTITUCIÓN. 3.1 BECAS UNAM. a) La Universidad St. John‟s como Institución del Sistema Incorporado, reservará un mínimo del 5% de su matrícula para becas que asignará la UNAM, a través de su Comisión Máxima de Becas, como una prestación laboral a su personal académico y administrativo, cónyuges e hijos. b) La Universidad St. John‟s, como institución inscrita en el Programa de Medias Becas, los alumnos que cuenten con media beca no serán considerados como parte de la matrícula en el cálculo del 5% para becas completas. c) El alumno al que se le otorgue una beca deberá ser regular y contar con un promedio mínimo de 8 (ocho). Alumno regular es aquél que ha acreditado todas las asignaturas correspondientes, ya sea en exámenes ordinarios y extraordinarios, al término del año escolar. Los exámenes extraordinarios no deberán exceder de dos. La beca se otorgará por un año escolar y por ningún motivo sufrirá alteración alguna durante el año para el cual fuere otorgada y su renovación será automática siempre y cuando el becario: curse el mínimo nivel de estudios, sea alumno regular con promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe inscrito en la Universidad St. John‟s, razón por la cual se reservará a los becarios su lugar sin costo alguno, hasta que se den a conocer las renovaciones de beca correspondientes. La beca comprenderá la exención del pago de las cuotas por concepto de registro ante la UNAM, inscripción y colegiaturas que cobre la Universidad St. John‟s entendiéndose como:  Registro ante la UNAM: el monto que se paga anualmente por registrar al alumno.  Inscripción: el monto anual que el alumno paga por su ingreso a la Universidad St. John‟s.  Colegiatura: la cuota periódica que el alumno paga a la Universidad St. John‟s por recibir el servicio académico y de control escolar inherente a su formación escolar. Las cuotas de inscripción y colegiaturas incluirán el uso de las instalaciones (aulas, laboratorios, bibliotecas, espacios deportivos) y materiales didácticos inherentes a su formación, de acuerdo al plan de estudios correspondientes. 11
  • 12. d) Una vez asignada la beca, la Universidad St. John‟s reintegrará al alumno becado, los pagos que hubiere cubierto por inscripción, registro ante la UNAM y colegiatura(s), cubriendo la cuota de gastos administrativos anuales no reembolsables, estipulados en el Reglamento de Pagos, en la sección de Diversos, Artículo 25. La devolución se realizará en un plazo máximo de 45 días naturales, después de la fecha en que son publicados los resultados por internet. e) La Comisión Mixta de Becas anulará la beca otorgada si cualquiera de los datos proporcionados por el interesado no fuese verídico y/o no se cumpliese con los requisitos establecidos. f) Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y obligaciones que los demás alumnos de la Institución y deberán sujetarse al reglamento interno que se tenga autorizado. Lo anterior en el entendido de que los becarios no están obligados a realizar actividades o trabajos que condicionen la beca otorgada por la UNAM, en virtud de que la misma es básicamente de carácter académico y no está sujeta a ningún tipo de requisito de orden disciplinario o servicio comunitario. g) Las becas serán intransferibles entre alumnos, entre planes de estudio, entre ISI y entre sedes de una misma Institución. Solo se otorga una beca por familia. 3.2 DE LAS MEDIAS BECAS. a) La UNAM, en colaboración con la Universidad St. John‟s, ofrecerá mediante becas exclusivamente para iniciar el nivel educativo del 4° año del plan de estudios de la ENP, a los alumnos que hayan presentado el examen único de selección al bachillerato para ingresar al nivel medio superior, consistiendo en un descuento del 50% de la cuota normal que deben cubrir los alumnos por concepto de inscripción y de colegiatura. En el caso del pago por registro de alumnos ante la UNAM, éstos estarán exentos del 100% en el primer año y, en los subsecuentes, deberán pagar el 50%. b) Se otorgará la media beca a los alumnos de nuevo ingreso (4° año del plan de estudios de la ENP) que así lo soliciten siempre y cuando: b.1) Entreguen su comprobante de registro y presentación del examen (boleta credencial), del ciclo escolar correspondiente, del examen único de selección al bachillerato. b.2) Tengan un promedio mínimo de 7 (siete) en el nivel educativo inmediato anterior (educación media básica). c) La beca se otorgará por un año escolar. Su renovación será automática siempre y cuando el becario: curse el mismo nivel de estudios, sea alumno regular con un promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe inscrito en la Universidad St. John‟s. d) Alumno regular es aquel que ha acreditado todas las asignaturas correspondientes, ya sea en exámenes ordinarios o extraordinarios, al término del año escolar. Los exámenes extraordinarios, al término del año escolar. Los exámenes extraordinarios no deberán exceder de dos. 12
  • 13. 3.3 APOYOS ECONÓMICOS QUE OTORGA LA INSTITUCIÓN. Es facultad de la Dirección General de la Universidad St. John‟s ofrecer apoyo económico de acuerdo a la situación particular del estudiante que así lo solicite, previa revisión de su situación familiar, económica y académica. 3.4 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS. a) Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y obligaciones que los demás alumnos de la Institución. b) Los alumnos que cuenten con apoyo económico otorgado por la Institución deben cumplir con los siguientes requerimientos para mantener dicho apoyo: b.1) Mantener un promedio general mínimo de ocho (8.0) a partir del segundo bimestre y en los subsecuentes. b.2) Sí el alumno a partir del segundo o cualquier otro subsecuente bimestre baja dicho promedio hasta un mínimo de siete (7.0), el apoyo económico se reducirá a la mitad. b.3) Sí vuelve a obtener un promedio general entre siete (7.0) y siete punto nueve (7.9) en cualquiera de los bimestres subsecuentes, se le retirará el apoyo económico. c) Para que un alumno pueda mantener un apoyo económico por parte de la institución para el siguiente ciclo escolar, debe tener un promedio final de ocho (8.0) o mayor. 4. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y NORMAS INTERNAS DE LA INSTITUCIÓN. 4.1 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: a) Los alumnos regulares podrán ser promovidos para cursar el siguiente año escolar, siempre y cuando no adeuden más de tres asignaturas. b) Los alumnos no podrán ser registrados ni acreditar las asignaturas que estén afectadas por la seriación establecida en el plan de estudios, hasta que acrediten las antecedentes. c) Los alumnos que adeuden una asignatura de 4° año, podrán ser registrados en 6°, siempre y cuando la seriación no afecte cursar las asignaturas de este último año. d) Los alumnos que adeuden más de una asignatura de 4º año, no podrán ser registrados en el 6º. e) Los alumnos podrán solicitar cambio de Institución, dentro del SI, antes de trascurrido el 20% del ciclo escolar. f) Los cambios posteriores al transcurso del 20% del ciclo escolar, se considerarán traslados y únicamente se autorizarán dentro del mismo plan de estudios. g) Los alumnos que soliciten traslado deberán comprobar, al menos, el 80% de asistencia en la Institución de procedencia y cubrir la cuota que por dicho trámite fije la DGIRE. Para que se acepte el traslado del alumno, éste deberá presentar los documentos que se le soliciten. h) Los alumnos que tengan promedio menor o igual a siete punto cinco (7.5) en alguna materia, deben quedarse a Intervención Temprana en los días y 13
  • 14. horarios estipulados por la Institución con la finalidad de subsanar aquellos conocimientos que requiere tener el alumno en dicha materia. 4.1.1 SON OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: a) Conocer su número de cuenta (expediente) asignado por la UNAM. b) Portar la credencial (UNAMSI) que los acredita como alumnos del SI. c) Cumplir, en lo aplicable, con la Legislación Universitaria. d) Cumplir con el Reglamento Interno de la Institución. e) Cumplir con los requisitos de ingreso, permanencia y egreso establecidos en el plan de estudios correspondiente y en el presente reglamento. f) Entregar los documentos necesarios que le sean requeridos por la DGIRE, en los plazos señalados por la Institución. g) Registrar su expediente digital, a través del sistema de cómputo de la DGIRE (sólo los de primer ingreso). h) Revisar y firmar de conformidad, en su caso, la tira de asignaturas que les proporcione el Director Técnico. i) Conservar las prácticas y trabajos realizados en las asignaturas teórico – prácticas y presentarlos el día del examen ordinario. Los alumnos exentos de examen ordinario conservarán este material, durante los siguientes 3 meses posteriores a la fecha del examen ordinario de segunda vuelta, el cual deberá ser mostrado a los supervisores de la DGIRE en caso de ser requerido. j) Cubrir, en lo aplicable, las cuotas previstas en el Reglamento de Pagos por Servicios de Incorporación y Revalidación de Estudios y las demás establecidas por la UNAM y por la Institución. k) Participar en eventos escolares y deportivos organizados por la Institución, apoyar en actividades extra-escolares, organizar y colocar frisos en salones y áreas académicas. 4.1.2 SON DERECHOS DE LOS ALUMNOS: a) Recibir el reglamento interno en el momento de su inscripción. b) Recibir de la Universidad St. John‟s su credencial UNAMSI. c) Obtener de la Institución educativa el mapa curricular del plan de estudios y la versión resumida de los programas de cada asignatura. d) Solicitar la revisión de examen y, en su caso, la corrección de calificación, conforme a las disposiciones y procedimientos establecidos en el presente reglamento. e) La impresión de la tira de asignaturas obtenida a través del sistema de cómputo de la DGIRE. f) Recibir de la Institución, al término del trámite que corresponda, los documentos que le fueron requeridos. g) La información sobre el Programa de Vinculación y Extensión Universitaria de la DGIRE y participar en aquellas actividades en las que la Institución se encuentre inscrita. 14
  • 15. h) Recibir el servicio educativo, en los términos establecidos en el contrato de prestación de servicios. i) Conocer su situación académica, mediante los documentos escolares que emite la DGIRE (Tira de Asignaturas e Historial Académico). 4.2 PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA: “La puntualidad como un buen hábito debe fomentarse en todo alumno, haciendo de ella una norma de conducta y de forma de ser” a) La hora de entrada es de 6:45 a 7:00 hrs., después de las 7:01 no se permitirá la entrada a ningún alumno, siendo obligación de éste presentarse puntualmente al plantel. Se tomará como hora oficial la marcada por el Observatorio Nacional. No se permitirá el acceso posterior al cierre, salvo en situaciones consideradas delicadas o graves. Situaciones de tráfico común y/o recurrente no justifican el acceso fuera de la hora de entrada. b) Al entrar deben presentar su Credencial UNAMSÍ y cumplir con los lineamientos del vestir que se describen en el inciso 4.3 de este reglamento. c) Por seguridad del alumno, por tranquilidad de los padres y por reglamento interno, los alumnos no pueden esperar o hacer tiempo en las afueras de la Institución, quedando expresamente prohibido esperar dentro de carros ajenos o los propios. Esto se aplica en la hora de entrada y la hora de salida. d) La salida será ordenada a las 14:30 hrs. Solo podrán permanecer dentro del plantel aquellos alumnos que vengan por ellos y sea notificada la Dirección Técnica, o los alumnos que tengan clases extra-curriculares dentro de la Institución. No hay salidas anticipadas. e) Por respeto a los miembros del cuerpo académico que aún estén en clases, los grupos que han terminado su periodo de clase, procederán a la salida en silencio y con pleno respeto a sus compañeros. Esta salida será grupal y deberá ser guiada por uno de los directores de área. No podrán hacerlo de manera individual, ni de manera desordenada. f) No existe impedimento alguno para que un alumno que haya salido, reingrese a la institución por haber olvidado algún objeto personal, teniendo para ello un tiempo máximo de 15 minutos e informe al oficial de entrada, tanto del olvido, como de su salida. g) No existe ningún impedimento para que alumnos de turno matutino, hagan uso de las instalaciones de apoyo en el turno vespertino, apegándose para ello, a los reglamentos de uso de instalaciones vigentes para cada una de dichas áreas. h) La justificación de faltas o retrasos no esta permitida salvo ocasiones de verdadera urgencia, entendiéndose por ello: h.1) Situaciones personales familiares delicadas o graves que por su importancia serán tratadas individualmente. h.2) Enfermedades graves o contagiosas que requieran la hospitalización o tratamiento médico correspondiente. 15
  • 16. h.3) Los alumnos que falten por cualquier otro motivo que no pertenezca a las dos clasificaciones anteriores, como enfermedades leves, viajes familiares, o cualquier otra razón implican la falta en todas las materias que tengan durante ese día, teniendo en cuenta que el límite máximo de faltas permitido por asignatura es del 20%. h.4) La solicitud de justificación de inasistencias debe ser requerida a la Dirección Técnica en un plazo no mayor a 48 horas posteriores a su reincorporación, siendo únicamente justificable la entrega de trabajos, tareas o presentación de exámenes pero no se quita la falta de las asignaturas. h.5) No se pueden justificar faltas que no cumplan con lo anteriormente señalado, por lo que el alumno perderá su derecho a examen, debiendo hablar con su Director correspondiente para analizar su situación académica. 4.3 PRESENTACIÓN PERSONAL: a) Los alumnos, facultativos, personal administrativo, personal de apoyo deberán vestir en todo momento con propiedad. Esta norma tiene su especial aplicación en el caso de los alumnos quienes deberán portar el uniforme correctamente mientras permanezcan dentro y en las inmediaciones del colegio. b) El uniforme deportivo es de exigencia durante todo el ciclo escolar y deben portarlo únicamente los días que tengan clase de Educación Física o de Actividades Estéticas (específicamente Danza). Es responsabilidad del alumno el cuidar su uniforme, deben tener especial cuidado en no dejar olvidadas o desatendidas las prendas del uniforme. El uniforme deportivo consta de: pantalón, chamarra y playera de la Institución y tenis y calcetas blancas. Queda prohibido el uso del uniforme incompleto a lo largo del día, quedando solo excluido el uso de la chamarra durante las horas de más calor en el día. b.1) Sí el alumno no trae completo dicho uniforme en los días correspondientes, no se le permitirá el ingreso a la institución. b.2) Sí el alumno es sorprendido con otra prenda en lugar del uniforme, ésta será retenida por dirección hasta el final del día. Sí el alumno reincide, la prenda será devuelta hasta que el padre, madre o tutor vengan a recogerla en un plazo no mayor a 8 días, después de dicha fecha la institución no se hace responsable de la prenda. c) Aquellas prendas que no sean las permitidas serán recogidas por la Dirección, pudiendo no entregarse sí la falta es repetida al menos una vez más, sin responsabilidad para la institución. Evitar introducir gorras, mascadas y cualquier otro tipo de prenda ajeno al uniforme. d) Está prohibido el uso de piercing en lengua, cejas, nariz, etc. e) No se pueden amarrar la chamarra a la cintura, o al cuello. f) Evitar el usar el uniforme incompleto a lo largo del día. Debiendo conservar la imagen de uniformidad, quedando solo excluido el uso de la chamarra durante las horas de más calor en el día. La camiseta de deportes se usa dentro del pantalón. 16
  • 17. g) Es importante señalar que los alumnos deben poner especial cuidado en su aseo personal, por lo que deberán observar los aspectos siguientes: 4.3.1 LOS HOMBRES. a) Esta prohibido el uso del cabello largo, cortes modernos, cabello teñido, coletas, encrespados, aretes, argollas o cualquier colguije. El largo máximo permitido es de 5 – 7 cm. b) Se deberá presentar todos los días rasurado de barda y bigote. c) Los días que no tenga educación física, el alumno debe presentarse con pantalón de mezclilla azul (cualquier tonalidad) y camisa o playera con manga larga o corta. Los pantalones no pueden tener hoyos, estar rotos, desgarrados o deshilachados. 4.3.2 LAS MUJERES. a) Evitar cortes de cabello tipo “modernos”, el uso de maquillaje excesivo, y el uso de aretes, y argollas queda limitado al área del lóbulo de la oreja, no pudiendo usar más de un arete en cada lóbulo por vez. El uso de cosméticos no puede ser excesivo y no están permitidos los colores llamativos en cosméticos aplicables a piel o cabello. b) Evitar el uso de tintes para cabello de colores modernos, quedan aceptados únicamente colores tales como negros, castaños y rubios. c) Evitar el uso de contrastes en el color de pelo. d) Los días que no tenga actividad física, la alumna debe presentarse con pantalón de mezclilla azul y blusa o playera con manga larga o corta. Los pantalones no pueden tener hoyos, estar rotos, desgarrados o deshilachados. No pueden traer blusas o playeras sin mangas. e) Evitar el uso de tacones altos, siendo el límite máximo permitido de 4 cm. 4.4 CLASIFICACIÓN DE FALTAS A LA DISCIPLINA. 4.4.1 CODIGO DE CONDUCTA a) El alumno no puede mentir. Tiene la obligación de contestar de manera clara a una pregunta directa. El alumno debe guardar en todo momento el orden y mostrar buenos modales. El lenguaje obsceno, las vulgaridades y las expresiones impropias quedan prohibidas dentro de la Institución y sus inmediaciones. El alumno debe comportarse con propiedad en todo momento. b) Las demostraciones públicas de afecto no están permitidas dentro de la Institución o en sus inmediaciones. Se entiende por demostración pública de afecto el tomarse de la mano, abrazarse, sentarse inadecuadamente, y besarse en los labios. Para el saludo solo esta permitido el entrechocar de manos y el beso en la mejilla. c) El alumno debe respetar en todo momento la integridad física y moral de los miembros de esta comunidad educativa. Todos los actos de violencia, agresiones, peleas, intimidaciones ya sean físicas, verbales o actitudinales serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en este mismo reglamento. Amén de ello, debe restituirse el daño (bien sean gastos médicos y/o de 17
  • 18. atención), una disculpa personal y un compromiso de no reincidencia en la violencia. d) Todo alumno es responsable de sus actos. Por lo tanto si observa una infracción al reglamento debe de alejarse del infractor inmediatamente y en casos de infracciones graves el alumno debe de informar a la dirección sobre el particular. Se entiende como infracción grave toda aquella falta que trastorne, afecte o inquiete la vida académica del alumno. e) Aquellos alumnos que observen conductas poco adecuadas a su edad o etapa de desarrollo serán retirados de la Institución. 4.4.2 PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN LA VIDA ACADÉMICA. a) Los alumnos tienen la obligación de permanecer dentro del salón durante las clases y los descansos intermedios entre periodo y periodo. Para hacer uso de las instalaciones sanitarias deben de recabar el permiso del profesor. b) No pueden acceder a laboratorios, biblioteca, alberca, gimnasios y auditorio fuera de las horas asignadas a ello. Debiendo estar presente el maestro de la asignatura o el personal encargado de dicha área. c) El acceso a la Cafetería, solo está permitido durante los descansos o bien al terminar el día académico. d) El alumno que sea sacado del salón o negado su acceso al mismo, debe proceder inmediatamente a la dirección. De no hacerlo así, incurrirá en la falta “ausencia no permitida de clase”. La acumulación de un reporte en este sentido, hará necesaria la presentación del padre. 4.4.3 EN EL SALÓN DE CLASES. a) Dentro del salón de clases, los alumnos tienen la obligación de: a.1) Ponerse de pie al entrar el profesor. Permanecer en silencio durante y cada una de las clases. a.2) Estar atento a clases y asumir la plena responsabilidad de su aprendizaje. a.3) Tomar notas y apuntes en los cuadernos señalados para ello. Si son medios electrónicos generará un archivo para cada materia. a.4) Atender las indicaciones del personal docente o administrativo de la institución. a.5) Cuidar el mobiliario y los materiales de apoyo educativo de manera individual. a.6) No usar aparatos eléctricos tales como celulares, CD's players, i-pods y juegos electrónicos. No tocar instrumentos musicales (excepto durante la hora de música). a.7) No gritar, silbar o realizar cualquier otra expresión que pueda invitar al desorden. a.8) No comer o ingerir bebidas refrescantes. a.9) Responder de manera conjunta por el mobiliario de su salón de clases. a.10) Guardar el respeto, la compostura y el orden. El alumno que no cumpla con este punto será expulsado de la materia, hasta extraordinario. 18
  • 19. La acumulación de dos materias en este concepto provoca la baja inmediata del alumno sin responsabilidad para la institución. b) Las bancas deben de permanecer en el orden indicado por el profesor de la materia. Así mismo, el alumno tiene la obligación de mantener limpios su área de trabajo desde el inicio hasta la terminación del periodo. c) En caso de que el maestro no este o no haya llegado, los alumnos no podrán salir de su salón y deberán mantener en todo momento una conducta respetuosa, debiendo además respetar los procedimientos académicos señalados. 4.4.4 DEL RESPETO A LOS CATEDRÁTICOS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO a) Los alumnos deben mostrar respeto al personal de la Institución y deberán observar y acatar las instrucciones que a efectos de regular la vida académica diaria sean dadas por los miembros de esta institución. Si existiera una situación de emergencia deberán obedecer las disposiciones que para tal efecto se señalen. b) Los alumnos deben dirigirse al personal de esta Institución con propiedad y respeto quedando prohibido responder en forma altanera, alterada, desafiante, despectiva o indiferente a los llamados de atención o instrucciones. c) Los miembros de esta institución tratarán al alumno con respeto, decoro y atención: ofreciendo el tiempo necesario para aclarar sus dudas y comentarios en un marco de respeto. d) Los alumnos guardarán el respeto propio y el respeto a los demás en todos y cada uno de los eventos en los que participen, sean estos oficiales o no oficiales, educativos, privados, sociales y públicos. Las faltas de conducta serán sancionadas de acuerdo a su gravedad. 4.4.5 DE LOS PERMISOS. Los permisos para abandonar la Institución por motivos propios personales, necesitará de la autorización por escrito del padre de familia. La confirmación de los Directores de área y por supuesto el seguimiento de procedimiento para tal efecto marcado. 4.4.6 DEL RESPETO AL EQUIPO DE TRABAJO Y EQUIPO DE APOYO. a) Los alumnos que rayen una banca, pinten una pared, rompan un vidrio, pierdan equipo de laboratorio y/o ocasionen cualquier desperfecto sea intencional o no, pagarán el importe de la reparación o restitución del bien dañado. b) En el colegio y en sus inmediaciones, el alumno esta obligado a recoger su basura y depositarla en los contenedores para tal efecto asignados. c) Cada alumno es responsable de su banca y todos los alumnos son responsables de su salón y aulas de trabajo, por lo que deberán reportar cualquier daño a la dirección. La responsabilidad de cuidar es extensiva a todos y cada uno de los alumnos. 19
  • 20. 4.5 SANCIONES. a) Cualquier alumno que contravenga las disposiciones señaladas en el presente reglamento será sujeto a las sanciones que los Directivos correspondientes consideren pertinentes. Si las faltas al reglamento ocurriesen al finalizar el año, las sanciones se aplicarán a la realización de los exámenes finales. Las sanciones que impliquen una suspensión durante periodos de exámenes se aplicarán de acuerdo al reglamento. La perdida de exámenes por motivos de sanciones serán plena responsabilidad del alumno. Se recomienda respetar en todo momento los reglamentos académicos pertinentes, especialmente durante periodos de exámenes. b) Las faltas al reglamento no prescriben hasta ser sancionadas. Los casos en los cuales exista un perjuicio económico, el padre, madre y/o tutor es responsable del pago y/o retribución del daño, tales como pérdida de equipos, artículos y material del alumno, cuentas de hospitales, etc., contando con un plazo no mayor al periodo de suspensión para la reposición de dicho daño. En caso de no cumplir, se pasará la cuenta a caja. c) Sí un objeto es recogido a un alumno, por un profesor o autoridad de la Institución, será devuelto al alumno por la Dirección Técnica el mismo día previo reporte registrado en el Control del alumno. Sí el alumno reincide una segunda vez, el objeto será devuelto única y exclusivamente al padre, madre o tutor para enterar a éste de la situación del alumno. Sí el alumno reincide por tercera vez, el objeto será devuelto hasta fin de ciclo escolar sin excepción. 4.5.1 EXPULSIONES. Son causas de expulsión inmediata y definitiva sin responsabilidad para la Institución el incurrir en las siguientes faltas. a) Presentarse a la Institución bajo la influencia del alcohol y/o substancias prohibidas, introducir, portar o consumir dichas substancias en el colegio o sus inmediaciones. b) Introducir, portar o usar artículos propios cuya naturaleza no sea la propia para las actividades académicas, y/o que pongan en riesgo la salud y el bienestar de los miembros de esta institución. c) El comportamiento indecoroso, inadecuado, y/o destructivo en la Institución, en sus inmediaciones o en lugares ajenos a la Institución. d) Introducir, portar o usar substancias inflamables, flamables, explosivas y/o químicas dentro de la Institución o en sus inmediaciones. e) Participar de manera individual o conjunta en actos delictivos y/o ajenos a las buenas costumbres. f) Invitar, traer, llamar y/o motivar a alumnos de ésta u otra institución a que intimiden, golpeen, insulten, provoquen o lastimen a cualquier miembro de esta institución, sea alumno, padre de familia, personal de intendencia, seguridad, director, familiar y/o visitante. g) Reincidir en una agresión física intimidatoria y/o agresiva a cualquier ser humano, sea o no de la institución. 20
  • 21. h) El ser sorprendido 3 veces fumando dentro de la Institución o en sus inmediaciones. Entendiéndose por inmediaciones 100 m. alrededor de la puerta de la escuela. i) El acumular 5 reportes de indisciplina dentro de la Institución o en sus inmediaciones durante un ciclo escolar. j) Falta flagrante de respeto a alumnos, profesores, directores, personal de intendencia, visitantes o cualquier otro miembro de esta Institución. k) El robo sea en intento, o en acción en cualquier modalidad. l) El fraude sea en intento o en acción en cualquier modalidad en la realización de exámenes, trabajos o tareas escolares. m) El intento de cohecho a cualquier autoridad académica y/o directivos de la institución. n) Participar en eventos cuya naturaleza deje en entredicho los valores de la Institución, aún cuando dicho evento sea realizado fuera de la misma. o) Poner en riesgo el bienestar y/o la seguridad de él mismo, de sus compañeros, padres de familia, invitados y/o cualquier miembro de la Institución. 4.5.2 SUSPENSIONES. a) Son causas de suspensión temporal de 3 hasta 5 días hábiles, sin responsabilidad para la Institución el incurrir en alguna de las siguientes faltas: a.1) El ser sorprendido fumando o con un cigarro en la mano aunque no esté pendido dentro de la Institución o en sus inmediaciones. a.2) Introducir al colegio cigarros, puros y/o tabaco en cualquier presentación y/o tipo. a.3) El ser sorprendido a menos de 10 metros de una bebida alcohólica aunque este vacía y/o tener aliento alcohólico. a.4) La falta de obediencia y/o respeto a cualquier miembro del cuerpo académico o directivos de la Institución. a.5) Daños menores con destrozo a las instalaciones de la Institución o sus inmediaciones. a.6) Pelear con sus compañeros, provocar una pelea, inducir o estar presente en una pelea. a.7) Mentir, abusar de la confianza de un profesor o cometer fraude. a.8) Alterar documentos comprobatorios del Programa Académico. a.9) Alterar, falsificar o dar mal uso a cualquiera de los documentos oficiales emitidos por la Institución. a.10) El no responder de manera clara a una pregunta directa emitida por una autoridad de la Institución. a.11) El ser sorprendido copiando en un examen parcial, ordinario o extraordinario. a.12) El ser sorprendido con acordeones, viendo alguna ayuda electrónica diferente a las autorizadas por el profesor, u otras ayudas diferentes a las que el maestro permita. 21
  • 22. a.13) El incurrir en “ausencias no permitida de clase”. a.14) El acumular tres reportes de indisciplina dentro de la Institución o en sus inmediaciones. a.15) El realizar, participar, inducir o colaborar en una broma cuyas consecuencias sean que alguna persona resulte herida o las instalaciones de la Institución resulten dañadas. b) Son causas de suspensión temporal de 1 hasta 3 días hábiles sin responsabilidad para la institución, el incurrir en alguna de las siguientes faltas: b.1) El dañar, afectar, romper, pintar, o destruir destornillar, desclavar, despegar mobiliario o instalaciones de la Institución. b.2) El ser sorprendido en comportamiento indebido dentro de la Institución, en las afueras o inmediaciones del mismo. b.3) El acumular 3 invitaciones a retirarse a su casa después de clases, durante el ciclo escolar. b.4) El ser considerado socio participante inactivo de cualquier infracción y no aceptarlo. b.5) Faltar al trabajo escolar vespertino, y/o talleres de extra ayuda cuando sea requerido. b.6) Ofender, poner apodos o etiquetar a cualquier persona, sea o no miembro de la Institución. b.7) No dirigirse a la dirección cuando así fue indicado por procedimiento, por instrucción y/o por orden de cualquier autoridad. 4.5.3 ACTIVIDAD ADICIONAL TEMPORAL. a) Son causas de actividad adicional temporal de una hora día hasta 5 horas hábiles, con horas de trabajo académico extra clase, si incurre en una de las siguientes faltas: a.1) Llegar tarde a cualquier clase sin autorización de un maestro o Directivo, teniendo una tolerancia máxima de 10 min. pasados los cuales entrarán a clase pero no se registrará su asistencia. a.2) Ser invitado a salir del salón de clases por indisciplina, falta de material, o trabajo en clase. a.3) Ser reportado por algún miembro del cuerpo académico, administrativo, intendencia o directores de área. a.4) Ser sorprendido con el uniforme deportivo los días que deben portarlo, incompleto dentro de la Institución. a.5) Ser sorprendido usando alguno de los artículos no permitidos dentro del colegio. a.6) Faltas menores que atenten contra cualquier vida académica normal de la Institución. a.7) El uso de palabras ofensivas, señas físicas indebidas y lenguaje obsceno. a.8) El ser invitado a retirarse después de clases por algún miembro del cuerpo académico. 22
  • 23. a.9) No cumplir con sus tareas y/o trabajos académicos requeridos por su profesor. a.10) En caso de que el alumno acumule actividad adicional. b) En caso de que el alumno acumule actividad adicional temporal extra clase, ya sea por faltas sucesivas o por no cumplir con las detenciones, estará obligado a acudir a la Institución los días sábados a pagar dichas faltas. c) En aquellas faltas sancionadas por Dirección Técnica y que el alumno considere que el reglamento no se aplicó de manera correcta y congruente, tiene derecho a que su fallo sea valorado por el Comité Técnico integrado por Dirección General, Dirección Técnica y Departamento Psicopedagógico. Para ello bastará con que dicha revisión sea solicitada en un plazo no mayor a los 15 días naturales posteriores de la sanción impuesta. Esta Solicitud de Revisión debe ser entregada por escrito a Dirección General. 4.5.4 DEL USO DE LAS COMPUTADORAS Y EQUIPOS AUDIOVISUALES. a) Cada alumno es responsable del equipo que usa. Si este equipo presenta una falla, debe reportarlo inmediatamente para no hacerse acreedor a la restitución del daño. b) No está permitido desconectar, conectar, sustituir o modificar el mouse, el teclado, monitor o cualquier otro dispositivo que se halle en tu espacio de trabajo. De hacerlo se hará acreedor a la sanción correspondiente. c) No se debe de usar dispositivos de almacenamiento externo de información como CD‟s, DVD‟s, USB‟s, etc., sin antes haberlo revisado contra virus en la maquina que para tal efecto esta localizada en el centro de computo. Si tiene virus no puede ser utilizado en el equipo de cómputo. No puede instalar o utilizar software no autorizado por el maestro. d) Es importante que el alumno retire las fundas cuando trabaje y volver a colocarlas correctamente una vez finalizado el periodo de trabajo. e) Debe de mantener limpio el espacio de trabajo. No puede ocupar goma en el centro de cómputo. f) El orden para prender el equipo es: Primero el Monitor y segundo el CPU. Para apagarlo es primero el CPU y después el monitor. g) Si la computadora sufre daños ocasionados por el mal uso, descuidos o maltratos, el alumno deberá pagar el monto de lo dañado. Por tal motivo es vital que revise completamente el equipo antes de usarlo, a fin de que reporte cualquier daño que presente. De no hacerlo, el daño será atribuible al alumno. h) El equipo de audiovisual solo podrá ser operado por el maestro o coordinador de área. 4.5.5 DE LAS CITAS ESPECIALES INDIVIDUALES PADRE DE FAMILIA- INSTITUCIÓN. a) Los padres de familia pueden consultar con los directores de área, las situaciones particulares, informativas y evaluativas que se generen de la vida académica diaria. 23
  • 24. Para ello procederán a realizar una cita con el Director correspondiente a través de la oficina para tal efecto señalada. En estas citas es recomendable que este presente el alumno. b) Si la cita tuviera lugar a petición de la Institución, ésta será realizada en un plazo no mayor a 1 día hábil a efecto de que exista la comunicación abierta y formal en dichos casos. c) Cualquier cita con profesores, personal del departamento psicopedagógico o directivos debe ser registrada en el Control de cada alumno, anotando los puntos tratados, acuerdos a los que se haya llegado, comentarios o sugerencias por parte del personal docente o de los padres de familia. 4.6 DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES. a) El padre y la madre del alumno tiene el derecho y la obligación de tomar parte activa en la educación de su hijo. Por lo tanto, al recibir el reporte académico se sugiere platicar con su hijo, indicándole el uso de los mecanismos de apoyo escolar instaurados por la Institución para su superación. El reporte académico es el primer medio de información sobre el desempeño de su hijo. Los reportes de disciplina no son solo llamados de atención a los alumnos sino, llamados de intervención a los padres de familia a efecto de que su hijo mejore y adecue su comportamiento a los marcos de respeto y valores de nuestra Institución. b) Los padres tienen el derecho y la obligación de acudir a todas las citas que sean solicitadas por los directivos de la Institución, así mismo adquieren el compromiso de seguir y supervisar las indicaciones que en beneficio del alumno le sean dadas de manera oral y/o de manera escrita. c) Los padres o tutores del alumno tienen la obligación de informar la escuela, sobre cualquier asunto relevante que afecte o pueda afectar los estudios del alumno. d) Los padres deberán apoyar al alumno en todas y cada una de las actividades académicas del alumno. e) Los padres tienen la obligación y el derecho de invitar a que sus hijos se superen y fortalecer en ellos el concepto de responsabilidad individual, evitando el desarrollar la costumbre del pretexto, la injustificación y la ausencia de compromiso por ser éstos condicionantes de fracaso escolar. f) Los padres de familia, tutores y/o responsables de la educación de sus hijos, serán tratados con respeto, decoro y atención, siendo a su vez su obligación tratar de la misma manera a los integrantes de esta casa de estudios. g) Los padres tienen la obligación de proporcionar un medio limpio de drogas y/o substancias indebidas a sus hijos, por lo que su apoyo en las actividades de la Institución encaminadas a este fin serán obligatorias. h) Los padres de familia y/o tutores asumen la responsabilidad total sobre los actos de sus hijos, independientemente de que estén de acuerdo o no, con lo establecido en el presente reglamento. Por lo que en caso de que lo ameriten, absorberán los gastos y costos que por reposición de un daño se generen. 4.7 LOS OBJETOS PERDIDOS. a) Los alumnos son responsables de sus objetos y artículos académicos y de uso personal, por lo que se recomienda y requiere el cuidado continuo sobre dichos objetos para evitar su pérdida. 24
  • 25. b) Los artículos que sean extraviados y recogidos por el personal de la Institución, serán entregados a sus dueños cuando dichos artículos tengan su nombre. Lamentablemente, y en aquellos casos en los cuales los objetos carezcan del nombre del propietario, serán guardados solo por 24 horas, tiempo después del cual, serán entregados a una institución de beneficencia pública. 5. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS. 5.1 REGLAMENTO DE PAGOS a) Disposiciones generales: Artículo 1°: Todo alumno de la Universidad St. John‟s, S.C., que curse cualquiera de los niveles con que se cuenta o bien, que efectúe algún trámite por el que deba pagar alguna cuota, quedará sujeto a las disposiciones del presente reglamento. b) Procedimiento de pagos: Artículo 2°: Todas las cuotas que deben cubrirse por cualquier servicio, se pagarán en la caja respectiva de la Institución, de lo contrario, la Institución quedará liberada de cualquier responsabilidad. Artículo 3°: El horario de pago será de lunes a viernes de 7:00 a 14:00 hrs. No se aceptarán pagos fuera de ese horario. Artículo 4°: Los pagos se harán preferentemente con cheque, en este caso expedirlo a nombre de la “Universidad St. John‟s, S.C.”. Artículo 5°: El pago de colegiatura deberá hacerse dentro de los 10 primeros días naturales de cada mes, no así el mes de junio (ver artículo 24°). Artículo 6°: Cuando algún período de vacaciones interfiera con fechas de pago, éste deberá realizarse a más tardar el último día hábil anterior al inicio de dicho período. Artículo 7°: Los meses de vacaciones, Julio y Agosto, se encuentran prorrateados dentro de las 10 mensualidades a cubrir durante el ciclo escolar. Artículo 8°: De no pagar dentro de las fechas límites establecidas, se hará acreedor a las sanciones determinadas en los artículos 16° y 17° del presente reglamento. c) Colegiaturas: Artículo 9°: Todo alumno se considerará inscrito cuando haya cubierto el importe de la inscripción e incorporación y en su caso, el traslado, cambio de plantel, acreditación o revalidación, de acuerdo a las cuotas vigentes. Artículo 10°: En todos los niveles se cubrirán diez mensualidades. Los meses de vacaciones se pagan como lo indica el Artículo 7° del presente reglamento. Artículo 11°: Al momento de llevar a cabo la inscripción al curso, el alumno NO DEBE TENER ADEUDO ALGUNO CON LA INSTITUCIÓN. En caso de existir procederá a cubrirlo antes de iniciar el proceso de inscripción, de no hacerlo, cualquier pago se acreditará al saldo deudor que en su caso exista. d) Bajas: Artículo 12°: Cuando se trate de BAJA VOLUNTARIA, deberá solicitarse por escrito. Sólo se aceptará si no tiene adeudo alguno con la Institución. De lo 25
  • 26. contrario, la colegiatura y los recargos seguirán corriendo aunque el alumno ya no se presente a clases. Artículo 13°: En ningún caso se reembolsarán los pagos efectuados en la caja de la Institución. Artículo 14°: El alumno que solicite la BAJA VOLUNTARIA entre el día 10 al 31 del mes, deberá cubrir el mes completo que esté transcurriendo, así como el período de vacaciones que correspondan en el momento de su baja. Artículo 15°: Los alumnos que no entreguen su documentación 15 días hábiles después de su inscripción, serán dados de baja automáticamente y la Institución se deslinda de toda responsabilidad. e) De las Sanciones: Artículo 16°: El alumno que no pague su colegiatura dentro de las fechas que marca el Artículo 5° del presente reglamento, podrá ser suspendido a partir del día 11 del mes hasta regularizar su pago. En el entendido que el alumno que acumule 3 meses vencidos de dichas colegiaturas, quedará suspendido hasta que el adeudo sea cubierto. “Es motivo de baja automática definitiva sin responsabilidad para la Universidad, es adeudar tres meses de colegiatura”. Sí antes de la fecha en que estén programados los exámenes bimestrales, ordinarios o extraordinarios, el alumno no se encuentra totalmente al corriente en sus pagos, se cancelará su derecho a presentarlos. Artículo 17°: Cuando la colegiatura se pague fuera de la fecha límite de pago (los primeros 10 días naturales del mes), causará un pago moratorio mensual acumulable al saldo deudor como sigue: a) Sí paga del 11 al 15 del mes, el recargo será del 5%. b) Sí paga del 16 al último día del mes, el cargo será del 10%. c) Sí el pago se realiza dentro de los primeros días del mes siguiente, el recargo será de un 10% más, siendo éste acumulable por cada período de pago que transcurra. Es nuestro interés, el no cobrar recargos ni causarles molestias a usted Padre de Familia, por ello los invitamos a que programen sus pagos de colegiaturas para no incurrir en las penalizaciones señaladas anteriormente. Artículo 18°: De los cheques devueltos. 18.1 Todo cheque devuelto por cualquier causa, se le aplicará de acuerdo al Artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de crédito, el 20% como mínimo del valor del cheque devuelto, más los gastos e intereses que éste genere. 18.2 Todo cheque devuelto deberá ser cubierto en efectivo únicamente, a más tardar en 48 horas a partir de que sea devuelto por el banco. En ningún caso se le podrá recibir nuevamente el pago con cheque. 18.3 Sí el cheque no es cubierto en las fechas límite de pago, el alumno cubrirá además los recargos a que se haga acreedor, como lo marca el Artículo 17° de este reglamento. f) Diversos: Artículo 19°: De existir adeudos con la Institución que no se hayan cubierto de acuerdo a como lo estipula el Artículo 11° de éste reglamento, el alta en ese 26
  • 27. ciclo escolar quedará cancelada y el pago efectuado por concepto de inscripción se aplicará al adeudo anterior. Artículo 20°: Los alumnos que actualmente disfruten de BECA, solicitarán su renovación en las fechas que se darán a conocer con oportunidad. Para que se otorgue su renovación, deberá estar inscrito además de haber conservado el promedio final mínimo de 8.0 (ocho). Artículo 21°: De no presentar oportunamente la solicitud de BECA, se procederá a su cancelación. Artículo 22°: Sólo se otorgará BECA al 5% del total de alumnado inscrito en cada ciclo escolar. Artículo 23°: Al inicio del curso, el alumno cubrirá en la caja de la Institución el costo por la emisión o renovación de la credencial del Sistema Incorporado, misma que deberá presentar para realizar cualquier trámite tanto en Control Escolar, biblioteca o Dirección Técnica, así como para efectos de cualquier supervisión y de ingreso a la Institución. Artículo 24°: Para presentar exámenes ordinarios de primera y/o segunda vuelta o extraordinarios, deberán estar cubiertas el total de las colegiaturas del ciclo escolar incluyendo el mes de junio, antes del inicio de dichos exámenes. Artículo 25°: En caso de que el alumno tenga beca al 100%, tendrá la obligación de pagar la cuota de gastos administrativos anuales de $4,500.00 (cuatro mil quinientos pesos 00/100 m.n.), no reembolsable. Artículo 26°: Todas las becas son anuales y se tendrán que renovar dos meses antes del término del ciclo escolar actual, siempre y cuando conserven el promedio exigido. 5.2 Pagos: 5.2.1 Inscripción y Colegiaturas. INSCRIPCIÓN ANUAL. COLEGIATURAS (10 MENSUALIDADES). 5.2.2 Otros conceptos de pagos. INCORPORACIÓN ANUAL. SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS. TRASLADO. CAMBIO DE PLANTEL. GASTOS ADMINISTRATIVOS ANUALES (Artículo 25°). Nota: Los costos serán de acuerdo a las cuotas vigentes al ciclo escolar. 5.2.3 Intereses moratorios: Cuando la colegiatura se pague fuera de la fecha límite de pago (los primeros 10 días naturales), los pagos hechos con posterioridad a este plazo causarán un pago moratorio mensual acumulable al saldo deudor como sigue: a) Si paga del 11 al día 15 de mes, el recargo será del 5%. b) Sí paga del 16 al último día del mes, el recargo será del 10%. 27
  • 28. c) Sí el pago se realiza dentro de los primeros días del mes siguiente, el recargo será de un 10% más, siendo éste acumulable por cada período de pago que transcurra. 5.2.4 Medidas por incumplimiento de pago. a) En el entendido que al acumularse 3 meses vencidos de dichas colegiaturas, el alumno quedará suspendido hasta que el adeudo sea cubierto. b) Sí antes de la fecha en que serán programados los exámenes bimestrales, ordinarios de primera y/o segunda vuelta, el alumno no se encuentra totalmente al corriente en sus pagos, se cancelará su derecho a presentarlos. 5.3 Documentación escolar. 3.3.1 La Universidad St. John‟s expedirá en caso de así solicitarlo al alumno, constancias o historias académicas sin valor oficial para trámites diversos, cubriendo el costo respectivo en caja. 3.3.2 La Universidad St. John‟s, emitirá una vez concluida la evaluación bimestral, una boleta parcial de calificaciones sin valor oficial, en donde se reportará la calificación y las faltas de cada asignatura. 3.3.3 La Universidad St. John‟s, gestionará la credencial UNAMSI de alumnos, profesores y personal administrativo. Los alumnos cubrirán el costo respectivo en caja, misma que deberá mostrar para tener acceso a la Institución. 3.3.4 La Universidad St, John‟s, emitirá la historia académica (con valor oficial) de los alumnos de acuerdo al calendario administrativo, entregando al alumno un original sin costo. Sí el alumno solicita un nuevo historia académico, cubrirá el costo respectivo en caja. 3.3.5 Las historias académicas que sean consultadas vía Internet, sin valor oficial, no tendrán costo alguno. 3.3.6 La Universidad St. John‟s tramitará, una vez cubiertos total o parcialmente los requisitos señalados en los planes de estudio, un certificado (parcial o total) expedido por la UNAM – DGIRE. Los alumnos cubrirán el costo respectivo en caja. 28
  • 29. He leído y estoy de acuerdo en cumplir el reglamento de esta Institución. La aceptación de este reglamento me obliga como padre a tomar parte activa en la educación de mi hijo y me obliga como hijo ha ser responsable de mis actos. Nombre del alumno Fecha Firma del alumno Nombre y firma del Padre, Madre o Tutor Nombre y firma del Director Técnico 29