Este documento presenta un resumen del reglamento escolar interno de la Preparatoria Clave UNAM 1305 de la Universidad St. John's. Establece los procedimientos de inscripción, evaluación, becas, disciplina y pagos. Detalla los requisitos de admisión, reinscripción y egreso, así como las normas de puntualidad, presentación personal y clasificación de faltas. Explica el sistema de evaluación bimestral, exámenes ordinarios y extraordinarios, y las escalas de calificación.
c3.hu3.p1.p2.El ser humano y el sentido de su existencia.pptx
Reglamento interno escolar 2011 2012
1. UNIVERSIDAD ST. JOHN’S, S.C.
PREPARATORIA CLAVE UNAM 1305
REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO
PREPARATORIA
ACTUS MEOS PRINCIPIA REGENT
“Mis principios rigen mis actos”
Julio 2011
2. ÍNDICE
Manual de Procedimientos 3
1 Inscripción, Permanencia y Egreso 4
1.1 Procedimiento para admisión 4
1.2 Requisitos de permanencia y egreso 6
2 Sistema de Evaluación 7
2.1 Evaluación bimestral 7
2.2 Exámenes ordinarios (1° y 2° vuelta) y extraordinarios 8
2.3 Requisitos para la exención de exámenes ordinarios 9
2.4 Lineamientos para presentar exámenes en general 10
2.5 Escala de calificaciones 10
2.6 Procedimiento para la revisión de exámenes 11
3 Becas UNAM y/o apoyos económicos que otorga la Institución 11
3.1 Becas UNAM 11
3.2 De las medias becas 12
3.3 Apoyos económicos que otorga la Institución 13
3.4 Derechos y obligaciones de los becarios 13
4 Disposiciones disciplinarias y normas internas de la Institución 13
4.1 Derechos y obligaciones de los alumnos 13
4.2 Puntualidad y asistencia 15
4.3 Presentación personal 16
4.4 Clasificación de faltas a la disciplina 17
4.5 Sanciones 19
4.6 De las obligaciones de los padres 24
4.7 Objetos perdidos 24
5 Disposiciones administrativas 25
5.1 Reglamento de pagos 25
5.2 Pagos 27
5.3 Documentación escolar 28
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3. UNIVERSIDAD ST. JOHN´S
PREPARATORIA CLAVE UNAM 1305
REGLAMENTO ESCOLAR INTERNO
ACTUS MEOS PRINCIPIA REGENT
“Mis principios rigen mis actos”
Manual de Procedimientos:
En la Universidad St. John´s esta frase enmarca nuestra filosofía y orienta nuestro
pensamiento y espíritu hacia el logro de la excelencia.
“Mis principios rigen mis actos”, es justamente la esencia que queremos
conformar en el alma y el ser de todos los integrantes de nuestra comunidad
educativa.
Pretendemos formar hombres y mujeres, tan íntegros y responsables que en el
ejercicio de su libertad, manifiesten la conciencia adquirida en nuestras aulas, no
como un mero trámite de promoción o aprobación, sino como el reflejo de su
ética y constante superación.
Nos hemos preparado para egresar generaciones de hombres y mujeres que por
su inteligencia, educación y formación académicas se distingan como la
vanguardia en todos los terrenos del quehacer humano.
Evidentemente que tales pretensiones, sólo pueden conseguirse cuando se ha
recibido a través de la práctica cotidiana y el ejercicio del respeto como forma de
conducta, los valores y principios más altos que definan nuestros objetivos.
De ahí la necesidad de reglamentar los diferentes aspectos de la vida de nuestra
institución, misma que se plasman en el siguiente reglamento.
Todo alumno, Padre de Familia, Facultativo, Personal de Apoyo, invitados,
Autoridades Escolares y Administrativas, Personal de Cafetería y Directores
tienen el derecho de ser tratados con respeto a su persona, a su actividad y
a su asunto, independientemente de credo, raza, sexo, edad, estado social,
o condición económica.
Por lo tanto, este reglamento es de observancia general y de aplicación
constante en todas y cada una de las partes que conforman esta casa de
estudios.
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4. 1. INCRIPCIÓN, PERMANENCIA Y EGRESO.
1.1 PROCEDIMIENTO PARA ADMISIÓN:
a) Obtener la solicitud de examen de admisión en nuestras oficinas de 9:00 a
14:00 horas de lunes a viernes.
b) Asentar todos los datos que se piden en la solicitud de examen de admisión
y presentarla con la documentación requerida.
c) Cubrir en caja el importe del examen de admisión (NO ES REEMBOLSABLE) y
presentarse al mismo puntualmente el día y a la hora señalada. El examen
consta de dos partes: una que es el diagnóstico de inglés y otra que es el
psicométrico.
d) Los resultados del examen de admisión se darán personalmente a conocer en
la fecha que se indique la presentación del mismo.
e) En caso de ser aceptado, deberá pagar la inscripción en un plazo no mayor a
10 días a partir de la fecha en que se le notifique su admisión, pasado ese
plazo no garantizamos el derecho de admisión.
1.1.1 REQUISITOS PARA EXAMEN DE ADMISIÓN:
a) Llenar formato de solicitud de examen.
b) Cursar o haber cursado el grado inmediato anterior.
c) No tener adeudo de materias.
En los casos en los cuales el interesado adeude materias, se consultará con
la DGIRE los pasos a seguir antes de determinar la viabilidad de su
inscripción.
d) Copia fotostática de la boleta de calificaciones (CICLO ANTERIOR).
e) Copia fotostática de acta de nacimiento (PRESENTAR ORIGINAL PARA
COTEJAR).
f) Una fotografía tamaño infantil (blanco y negro o color).
1.1.2 REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN:
a) Haber aprobado el examen de admisión.
b) Llenar solicitud de inscripción.
c) Presentar en original y copia los siguientes documentos:
c.1) Acta de nacimiento.
c.2) Certificado de secundaria.
c.3) En caso de ingresar a 5° o 6° de preparatoria, certificado parcial del
ciclo anterior.
c.4) Historial Académico (alumnos incorporados al SI)
c.5) Carta de buena conducta.
d) 6 fotografías tamaño infantil (blanco y negro en papel mate camisa o
blusa blanca y cara descubierta).
e) Certificado médico reciente.
f) Copia fotostática de comprobante de domicilio.
g) Copia fotostática de CURP (Amplificado al 100%).
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5. h) 2 referencias familiares o amigos para llamar en caso de emergencia.
i) Carta de no adeudo.
Nota: Si al momento de su inscripción y por circunstancias especiales tales
como cambio de domicilio o retrasos no imputables al alumno, éste no
cuenta con la documentación original, tendrá un plazo no mayor de 15
días hábiles para entregarla en Registro y Control Escolar, de no ser así
se cancelará su inscripción, y no habrá devolución.
La fecha límite para entregar esta documentación es el primer día hábil
de septiembre de cada ciclo escolar.
1.1.3 REQUISITOS DE REVALIDACIÓN O EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS:
En el caso de que el alumno necesite hacer una revalidación o equivalencia de
estudios, deberá presentar los siguientes documentos originales y copia:
a) En el caso de estudios nacionales:
a.1) Certificados de estudio correspondientes o documentos equivalentes.
b) En el caso de estudios en el extranjero:
b.1) Acta de nacimiento.
b.2) Certificados, transcripts, historias académicas, diplomas, constancias,
títulos o grados académicos en los que consten los estudios realizados
en otros países.
Todos los documentos (personales y/o académicos), emitidos en otro país,
deberán presentarse apostillados o legalizados y, en el caso de no estar en
idioma español, deben acompañarse de su traducción, realizada por un
perito oficial autorizado en México, Representaciones Diplomáticas
acreditadas en México, Embajadas o Consulados de México o bien, por el
Centro de Enseñanza de Lenguas Extranjeras (CELE) de la UNAM.
Los certificados, diplomas, constancias, títulos o grados académicos en los
que consten los estudios realizados en otros países, deberán indicar:
Los periodos durante los que se cursaron los estudios.
Las asignaturas cursadas.
Las calificaciones obtenidas.
La escala de calificaciones.
Los créditos.
El año, semestre, grado o nivel.
1.1.4 SITUACIÓN JURÍDICA EN LA QUE INCURREN POR PRESENTAR
DOCUMENTOS APÓCRIFOS O ALTERADOS:
Los alumnos que presenten documentación falsa o alterada a la Universidad St.
John‟s para obtener su registro en el Sistema Incorporado (SI), serán
expulsados de éste y quedarán sin efecto todos los actos derivados de dicho
registro, por lo que no podrán concluir sus estudios en el SI, ni en la
Universidad Nacional Autónoma de México.
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6. Lo anterior se hará del conocimiento de las autoridades correspondientes para
los efectos a que haya lugar, independientemente de la responsabilidad penal,
así como la expulsión inmediata del alumno de la Universidad St. John‟s.
1.1.5 PERIODO EN EL QUE A LOS ALUMNOS SE LES DARÁ A CONOCER
SU SITUACIÓN ACADÉMICA.
Una vez recibidos en la Universidad St. John‟s los documentos que emite la
DGIRE (tira de asignaturas, historia académica o certificado de estudios), se
dará a conocer a los alumnos su situación académica 5 días hábiles posteriores
a dicha fecha, debiendo firmar de conformidad con la información asentada.
En caso de error en el acta de examen, procederá la corrección de calificación,
mediante un acta adicional, dentro de los 50 días siguientes a la emisión de la
historia académica o del certificado de estudios.
1.2 REQUISITOS DE PERMANENCIA Y EGRESO.
1.2.1 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE REINSCRIPCIÓN
a) Obtener el Tarjetón de Reinscripción en Dirección Técnica de Preparatoria.
a.1) Sí el alumno tiene dos o más materias no acreditadas por bimestre, en
los tres primeros períodos, no se le entregará el Tarjetón de
Reinscripción hasta que acredite dichas materias.
a.2) Sí el alumno tiene más de 6 reportes de conducta durante el ciclo
escolar, no se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que el
alumno y los padres firmen una Carta Compromiso de Buena Conducta
y Buen Nivel Académico.
a.3) Sí el alumno adeuda más de dos colegiaturas, no se le entregará el
Tarjetón de Reinscripción hasta que se ponga al corriente en sus
pagos.
a.4) El alumno que aspira a inscribirse en 5° de preparatoria, no podrá
adeudar más de dos materias de 4° para presentar en extraordinario,
en cuyo caso, se le entregará el Tarjetón de Reinscripción hasta que
cumpla con éste requisito.
a.5) El alumno que aspira a inscribirse en 6° de preparatoria, solamente se
le entregará Tarjetón de Reinscripción, sí solo debe como máximo un
examen extraordinario de 4° de preparatoria y dos exámenes
extraordinarios de 5° de preparatoria.
b) Llenar el Tarjetón de Reinscripción.
c) Pagar la Reinscripción correspondiente en caja al menos 15 días antes del
inicio del siguiente ciclo escolar.
1.2.2 REQUISITOS DE EGRESO
a) El alumno que concluyan 6° de preparatoria para poder obtener su
Certificado de Preparatoria al terminar el ciclo escolar, debe haber
acreditado todas y cada una de las materias curriculares y no curriculares
impartidas en la Institución.
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7. 2. SISTEMA DE EVALUACIÓN.
a) Los exámenes tienen por objeto:
a.1) Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que
permita certificar su situación académica.
a.2) Proporcionar al estudiante información sobre el grado de conocimientos
adquiridos.
b) Los profesores calificarán a los alumnos tomando en cuenta:
b.1) Su participación en clase y desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos
requeridos, así como el resultado de los exámenes bimestrales y parciales.
Sí consideran que dichos elementos son suficientes para calificarlos, los
podrán eximir del correspondiente examen ordinario siempre que tengan un
promedio final igual o mayor a ocho (8.0).
b.2) Los exámenes bimestrales, ordinarios de primera y segunda vuelta.
b.3) Los exámenes extraordinarios.
2.1 EVALUACIÓN BIMESTRAL
a) Durante el año escolar, se realizarán 5 evaluaciones bimestrales, en las cuales
se integran diferentes aspectos de calificación, tales como:
a.1) Trabajos escolares.
a.2) Desempeño en los ejercicios prácticos y trabajos requeridos.
a.3) Participaciones en clase.
a.4) Exámenes parciales.
a.5) Cuadernos y libros.
a.6) Reporte de visitas a museos o cualquier otro punto a ser evaluado.
b) Sí el alumno tiene una calificación de siete punto cuatro (7.4) o mayor en la
evaluación bimestral, puede utilizar el Programa Académico para obtener las
décimas necesarias en máximo dos materias y así, alcanzar la calificación
inmediata superior en las mismas.
c) Las calificaciones parciales (aprobatorias o reprobatorias) que obtenga el
alumno deberán anotarse, tanto en el control interno como en el acta
económica, con números enteros y un decimal, en una escala del 0 al 10. Sólo
al asentar la calificación final, se redondeará al número entero que le
corresponda.
d) Estas Calificaciones serán numéricas, con números enteros sin decimales y el
alumno solo tendrá un plazo de 3 días hábiles después de conocer su
calificación para llevar a cabo cualquier reclamación o corrección que juzgue
pertinente.
e) De los 5 periodos bimestrales se obtendrá un promedio anual, dicho
promedio anual se promediará con la calificación del examen ordinario, ya
sea de primera o segunda vuelta (con resultado aprobatorio o reprobatorio).
f) Para tener derecho a examen, el alumno deberá haber cumplido con el 80%
de asistencia mínima recomendable tanto en cada bimestre, como al final del
ciclo escolar. Esto es aplicable a cualquier examen que se presente durante el
año escolar.
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8. g) Sí algún maestro solicita la entrega actividades diversas (cuadernos con
apuntes, tareas y/o ejercicios completos, libros de texto actualizados con
ejercicios contestados o algún trabajo específico), como condición para tener
derecho a un examen bimestral u ordinario de primera o segunda vuelta,
deberá notificarlo a la Dirección Técnica de Preparatoria por medio de un
escrito donde se indiquen los criterios que se tomarán en cuenta. Así mismo
los alumnos deberán ser notificados al menos una semana antes de la fecha
del examen correspondiente.
h) En las materias teórico–prácticas, para tener derecho al examen ordinario de
primera y/o segunda vuelta, los alumnos deberán tener presentados y
aprobados un mínimo de 80% de los protocolos e informes de las actividades
experimentales, los cuales serán entregados al profesor de la materia
engargolados en la fecha establecida. Dichos informes estarán a disposición
de la supervisión durante el período de exámenes ordinarios.
i) El alumno debe estar a tiempo en todas y cada una de sus clases. No se
permiten llegadas tarde o ausencias sin autorización de un maestro o
Director, teniendo una tolerancia máxima de 10 min. pasados los cuales
entrarán a clase pero no se registrará su asistencia.
j) Es obligación del alumno el aprovechar su periodo académico. Así mismo el
alumno debe tener cubiertos sus pagos de colegiaturas al día 10 de cada
mes. De no estar al corriente de sus pagos el alumno perderá el derecho de
hacer uso de las instalaciones. Si la falta de pagos ocurre durante el periodo
de exámenes, el alumno perderá su derecho a examen, sin que dicho examen
pueda ser recuperado posteriormente.
k) Las asignaturas no aprobadas podrán acreditarse en examen extraordinario
o, si la Institución lo permite, volver a cursarse.
2.2 EXÁMENES ORDINARIOS (1° Y 2° VUELTA) Y EXTRAORDINARIOS:
a) Podrán presentar examen ordinario de primera y/o segunda vuelta, previa
identificación, los alumnos que reúnan el 80% de asistencias y que no hayan
quedado exentos.
b) Se programarán dos periodos de exámenes ordinarios (primera y segunda
vueltas) al término del curso correspondiente. Los alumnos podrán
presentarse en cualquiera de esos periodos o en ambos; si se acredita la
asignatura en alguno de ellos, la calificación del examen será definitiva.
c) Para obtener la calificación definitiva del curso escolar, y de no haber
exención, se deberá promediar la calificación del examen ordinario de
primera o de segunda vueltas con el promedio general de las calificaciones
parciales del año que se evalúen. Sí el alumno no presentó el examen de 1°
vuelta, deberá presentar el examen ordinario de segunda vuelta.
d) Los exámenes ordinarios de primera y segunda vuelta deberán comprender
igual contenido académico y tener el mismo grado de dificultad.
e) Sí el alumno no logra acreditar la materia en periodo ordinario, o no cubre el
80% mínimo de asistencia requerido, tendrá derecho a presentar examen
extraordinario en el período correspondiente, siendo éste último el único
instrumento para la evaluación y la calificación que obtenga en dicho examen
será la calificación definitiva para la asignatura.
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9. f) Los exámenes ordinarios y extraordinarios deberán realizarse por escrito y
cubrir la totalidad del programa. Éstos podrán ser sustituidos por otro tipo de
examen cuando la naturaleza de la asignatura así lo permita o amerite.
g) Los exámenes ordinarios o extraordinarios se realizarán en las instalaciones
de la Universidad St. John‟s. La programación se hará de acuerdo con lo
establecido en el calendario escolar, previa autorización de la DGIRE.
h) Los exámenes extraordinarios procederán cuando:
h.1) No se haya acreditado la asignatura en examen ordinario.
h.2) No se haya cubierto el 80% de asistencia.
h.3) No se haya cursado la materia.
No procederá la aplicación de examen extraordinario cuando el plan de
estudios indique que la asignatura debe cursarse.
i) Los alumnos tendrán derecho a presentar, en examen extraordinario, en la
Institución de su última inscripción, hasta dos asignaturas por semestre. Para
presentar un número mayor de exámenes, se deberán observar los siguientes
criterios:
i.1) Aquéllos que estén por concluir su preparatoria, hasta cuatro
asignaturas, si son las únicas que adeudan.
i.2) Los que cursaron 4° o 5° años, hasta 3 asignaturas, si son las únicas
que adeudan.
j) El control interno y el acta económica deberán ser conservados por la
Institución por un mínimo de 120 días naturales posteriores a la conclusión
del ciclo escolar correspondiente y funcionarán para efectos de validación de
calificaciones en los siguientes casos:
j.1) Cuando el profesor no firme el acta oficial expedida por la DGIRE.
j.2) Cuando, por algún motivo, los alumnos no hayan aparecido en el acta
oficial.
j.3) Cuando se solicite corrección a calificación
k) La calificación que se obtenga en examen extraordinario será definitiva y no
se promediará con ninguna calificación parcial.
2.3 REQUISITOS PARA LA EXENCIÓN DE EXÁMENES ORDINARIOS.
a) Para que el alumno pueda quedar exento de presentar el examen final
ordinario de alguna asignatura, el promedio mínimo de la calificación que
obtenga, durante el ciclo escolar, deberá ser de 8 (ocho) y tener, al menos, el
80% de asistencia.
b) La exención del examen ordinario se comunicará de manera oportuna a los
alumnos y deberán firmar una relación de la o las asignaturas exentas. El
alumno puede no presentarse a la realización del examen final, firmando con
anticipación la lista de exentos expedida por la Dirección Técnica de
Preparatoria.
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10. 2.4 LINEAMIENTOS PARA PRESENTAR EXÁMENES EN GENERAL.
a) Las reglas de examen aseguran la correcta aplicación de los mismos, por lo
que su observancia en general e indistinta del examen del que se trate.
b) Las bancas deberán permanecer en el orden indicado por el profesor a fin de
asegurar la correcta disposición de alumnos.
c) Sólo podrán tener encima de su escritorio, los artículos propios de cada caso.
Hojas blancas, lápiz, pluma, borrador, corrector y calculadora.
d) El uso de formularios queda a criterio del profesor de la materia. No se
podrán prestar estos artículos durante la realización del examen.
e) Los alumnos deberán observar en todo momento las reglas de:
e.1) Estar a tiempo en el examen.
e.2) Presentar su credencial que lo acredite como miembro de la Institución
del Sistema Incorporado.
e.3) Mantener los ojos en su examen, No hablar, ni hacer movimientos con la
boca.
e.4) No sacar acordeones, ni algún otro elemento de ayuda que no haya sido
expresamente permitido.
e.5) No voltear, observar o realizar cualquier otra actividad que pueda ser
malinterpretada como intento de copiar.
e.6) No hacer preguntas sobre conocimientos al maestro o al coordinador.
f) Los alumnos tienen la obligación de estar a tiempo a cada examen, ya que no
se permitirá dicho examen.
g) Al terminar el examen, el alumno deberá permanecer en el salón de clases en
silencio, durante los exámenes parciales o bimestrales. Sí el examen es
ordinario primera, o segunda vuelta o extraordinario, el alumno se debe
retirar de las instalaciones de la Institución.
2.5 ESCALA DE CALIFICACIONES.
a) Las calificaciones se expresarán mediante los números 5, 6, 7, 8, 9 y 10. La
calificación mínima para acreditar una asignatura será de 6.
b) Las calificaciones finales se obtendrán del redondeo de los correspondientes
decimales:
b.1) Las calificaciones aprobatorias que se expresen con los decimales entre
0.01 y 0.49 se ajustarán al número entero que les precede (v.gr: al 8.49
le corresponderá la calificación de 8).
b.2) Los decimales iguales o mayores a 0.50 se ajustarán al número entero
que les sigue (v.gr: al 7.50 le corresponderá la calificación de 8).
b.3) Cuando no se obtenga la calificación mínima para acreditar una
asignatura y ésta sea entre 5.50 y 5.99, no deberá subir a 6.
c) Cuando un alumno no demuestre poseer los conocimientos y aptitudes
suficientes para aprobar alguna asignatura, su calificación final se expresará
con 5 (cinco) que significa „no acreditada‟; cuando no se presente al examen,
se anotará NP (no presentado).
d) Las asignaturas obligatorias sin valor en créditos se calificarán con AC
(acreditada) cuando se aprueben y, con 5, cuando no sea así.
10
11. 2.6 PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DE EXÁMENES.
a) Los alumnos podrán solicitar por escrito al Director Técnico la revisión de
examen ordinario o extraordinario dentro de los 30 días siguientes a la fecha
en que conozcan su calificación. Transcurrido este plazo, no procederá
ninguna revisión.
b) Se deberán conservar los exámenes ordinarios y extraordinarios por un
mínimo de 90 días posteriores a su celebración, con el fin de conceder al
alumno, si éste lo solicitare, la revisión del examen correspondiente.
c) En caso de error en el acta de examen, procederá la corrección de calificación,
mediante un acta adicional, dentro de los 60 días siguientes a la emisión de la
historia académica o del certificado de estudios.
3. BECAS UNAM Y/O APOYOS ECONÓMICOS QUE OTORGA LA INSTITUCIÓN.
3.1 BECAS UNAM.
a) La Universidad St. John‟s como Institución del Sistema Incorporado, reservará
un mínimo del 5% de su matrícula para becas que asignará la UNAM, a través
de su Comisión Máxima de Becas, como una prestación laboral a su personal
académico y administrativo, cónyuges e hijos.
b) La Universidad St. John‟s, como institución inscrita en el Programa de Medias
Becas, los alumnos que cuenten con media beca no serán considerados como
parte de la matrícula en el cálculo del 5% para becas completas.
c) El alumno al que se le otorgue una beca deberá ser regular y contar con un
promedio mínimo de 8 (ocho). Alumno regular es aquél que ha acreditado
todas las asignaturas correspondientes, ya sea en exámenes ordinarios y
extraordinarios, al término del año escolar. Los exámenes extraordinarios no
deberán exceder de dos.
La beca se otorgará por un año escolar y por ningún motivo sufrirá alteración
alguna durante el año para el cual fuere otorgada y su renovación será
automática siempre y cuando el becario: curse el mínimo nivel de estudios,
sea alumno regular con promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe inscrito en la
Universidad St. John‟s, razón por la cual se reservará a los becarios su lugar
sin costo alguno, hasta que se den a conocer las renovaciones de beca
correspondientes.
La beca comprenderá la exención del pago de las cuotas por concepto de
registro ante la UNAM, inscripción y colegiaturas que cobre la Universidad St.
John‟s entendiéndose como:
Registro ante la UNAM: el monto que se paga anualmente por registrar al
alumno.
Inscripción: el monto anual que el alumno paga por su ingreso a la
Universidad St. John‟s.
Colegiatura: la cuota periódica que el alumno paga a la Universidad St.
John‟s por recibir el servicio académico y de control escolar inherente a
su formación escolar.
Las cuotas de inscripción y colegiaturas incluirán el uso de las instalaciones
(aulas, laboratorios, bibliotecas, espacios deportivos) y materiales didácticos
inherentes a su formación, de acuerdo al plan de estudios correspondientes.
11
12. d) Una vez asignada la beca, la Universidad St. John‟s reintegrará al alumno
becado, los pagos que hubiere cubierto por inscripción, registro ante la UNAM
y colegiatura(s), cubriendo la cuota de gastos administrativos anuales no
reembolsables, estipulados en el Reglamento de Pagos, en la sección de
Diversos, Artículo 25. La devolución se realizará en un plazo máximo de 45
días naturales, después de la fecha en que son publicados los resultados por
internet.
e) La Comisión Mixta de Becas anulará la beca otorgada si cualquiera de los
datos proporcionados por el interesado no fuese verídico y/o no se cumpliese
con los requisitos establecidos.
f) Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y
obligaciones que los demás alumnos de la Institución y deberán sujetarse al
reglamento interno que se tenga autorizado.
Lo anterior en el entendido de que los becarios no están obligados a realizar
actividades o trabajos que condicionen la beca otorgada por la UNAM, en
virtud de que la misma es básicamente de carácter académico y no está sujeta
a ningún tipo de requisito de orden disciplinario o servicio comunitario.
g) Las becas serán intransferibles entre alumnos, entre planes de estudio, entre
ISI y entre sedes de una misma Institución. Solo se otorga una beca por
familia.
3.2 DE LAS MEDIAS BECAS.
a) La UNAM, en colaboración con la Universidad St. John‟s, ofrecerá mediante
becas exclusivamente para iniciar el nivel educativo del 4° año del plan de
estudios de la ENP, a los alumnos que hayan presentado el examen único de
selección al bachillerato para ingresar al nivel medio superior, consistiendo en
un descuento del 50% de la cuota normal que deben cubrir los alumnos por
concepto de inscripción y de colegiatura. En el caso del pago por registro de
alumnos ante la UNAM, éstos estarán exentos del 100% en el primer año y, en
los subsecuentes, deberán pagar el 50%.
b) Se otorgará la media beca a los alumnos de nuevo ingreso (4° año del plan de
estudios de la ENP) que así lo soliciten siempre y cuando:
b.1) Entreguen su comprobante de registro y presentación del examen (boleta
credencial), del ciclo escolar correspondiente, del examen único de
selección al bachillerato.
b.2) Tengan un promedio mínimo de 7 (siete) en el nivel educativo inmediato
anterior (educación media básica).
c) La beca se otorgará por un año escolar. Su renovación será automática
siempre y cuando el becario: curse el mismo nivel de estudios, sea alumno
regular con un promedio mínimo de 8 (ocho) y continúe inscrito en la
Universidad St. John‟s.
d) Alumno regular es aquel que ha acreditado todas las asignaturas
correspondientes, ya sea en exámenes ordinarios o extraordinarios, al
término del año escolar. Los exámenes extraordinarios, al término del año
escolar. Los exámenes extraordinarios no deberán exceder de dos.
12
13. 3.3 APOYOS ECONÓMICOS QUE OTORGA LA INSTITUCIÓN.
Es facultad de la Dirección General de la Universidad St. John‟s ofrecer apoyo
económico de acuerdo a la situación particular del estudiante que así lo solicite,
previa revisión de su situación familiar, económica y académica.
3.4 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS.
a) Los alumnos becados por la UNAM tendrán los mismos derechos y
obligaciones que los demás alumnos de la Institución.
b) Los alumnos que cuenten con apoyo económico otorgado por la Institución
deben cumplir con los siguientes requerimientos para mantener dicho apoyo:
b.1) Mantener un promedio general mínimo de ocho (8.0) a partir del
segundo bimestre y en los subsecuentes.
b.2) Sí el alumno a partir del segundo o cualquier otro subsecuente bimestre
baja dicho promedio hasta un mínimo de siete (7.0), el apoyo económico
se reducirá a la mitad.
b.3) Sí vuelve a obtener un promedio general entre siete (7.0) y siete punto
nueve (7.9) en cualquiera de los bimestres subsecuentes, se le retirará el
apoyo económico.
c) Para que un alumno pueda mantener un apoyo económico por parte de la
institución para el siguiente ciclo escolar, debe tener un promedio final de
ocho (8.0) o mayor.
4. DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y NORMAS INTERNAS DE LA INSTITUCIÓN.
4.1 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS:
a) Los alumnos regulares podrán ser promovidos para cursar el siguiente año
escolar, siempre y cuando no adeuden más de tres asignaturas.
b) Los alumnos no podrán ser registrados ni acreditar las asignaturas que estén
afectadas por la seriación establecida en el plan de estudios, hasta que
acrediten las antecedentes.
c) Los alumnos que adeuden una asignatura de 4° año, podrán ser registrados
en 6°, siempre y cuando la seriación no afecte cursar las asignaturas de este
último año.
d) Los alumnos que adeuden más de una asignatura de 4º año, no podrán ser
registrados en el 6º.
e) Los alumnos podrán solicitar cambio de Institución, dentro del SI, antes de
trascurrido el 20% del ciclo escolar.
f) Los cambios posteriores al transcurso del 20% del ciclo escolar, se
considerarán traslados y únicamente se autorizarán dentro del mismo plan de
estudios.
g) Los alumnos que soliciten traslado deberán comprobar, al menos, el 80% de
asistencia en la Institución de procedencia y cubrir la cuota que por dicho
trámite fije la DGIRE. Para que se acepte el traslado del alumno, éste deberá
presentar los documentos que se le soliciten.
h) Los alumnos que tengan promedio menor o igual a siete punto cinco (7.5) en
alguna materia, deben quedarse a Intervención Temprana en los días y
13
14. horarios estipulados por la Institución con la finalidad de subsanar aquellos
conocimientos que requiere tener el alumno en dicha materia.
4.1.1 SON OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS:
a) Conocer su número de cuenta (expediente) asignado por la UNAM.
b) Portar la credencial (UNAMSI) que los acredita como alumnos del SI.
c) Cumplir, en lo aplicable, con la Legislación Universitaria.
d) Cumplir con el Reglamento Interno de la Institución.
e) Cumplir con los requisitos de ingreso, permanencia y egreso establecidos en
el plan de estudios correspondiente y en el presente reglamento.
f) Entregar los documentos necesarios que le sean requeridos por la DGIRE, en
los plazos señalados por la Institución.
g) Registrar su expediente digital, a través del sistema de cómputo de la DGIRE
(sólo los de primer ingreso).
h) Revisar y firmar de conformidad, en su caso, la tira de asignaturas que les
proporcione el Director Técnico.
i) Conservar las prácticas y trabajos realizados en las asignaturas teórico –
prácticas y presentarlos el día del examen ordinario. Los alumnos exentos
de examen ordinario conservarán este material, durante los siguientes 3
meses posteriores a la fecha del examen ordinario de segunda vuelta, el
cual deberá ser mostrado a los supervisores de la DGIRE en caso de ser
requerido.
j) Cubrir, en lo aplicable, las cuotas previstas en el Reglamento de Pagos por
Servicios de Incorporación y Revalidación de Estudios y las demás
establecidas por la UNAM y por la Institución.
k) Participar en eventos escolares y deportivos organizados por la Institución,
apoyar en actividades extra-escolares, organizar y colocar frisos en salones
y áreas académicas.
4.1.2 SON DERECHOS DE LOS ALUMNOS:
a) Recibir el reglamento interno en el momento de su inscripción.
b) Recibir de la Universidad St. John‟s su credencial UNAMSI.
c) Obtener de la Institución educativa el mapa curricular del plan de estudios y
la versión resumida de los programas de cada asignatura.
d) Solicitar la revisión de examen y, en su caso, la corrección de calificación,
conforme a las disposiciones y procedimientos establecidos en el presente
reglamento.
e) La impresión de la tira de asignaturas obtenida a través del sistema de
cómputo de la DGIRE.
f) Recibir de la Institución, al término del trámite que corresponda, los
documentos que le fueron requeridos.
g) La información sobre el Programa de Vinculación y Extensión Universitaria
de la DGIRE y participar en aquellas actividades en las que la Institución se
encuentre inscrita.
14
15. h) Recibir el servicio educativo, en los términos establecidos en el contrato de
prestación de servicios.
i) Conocer su situación académica, mediante los documentos escolares que
emite la DGIRE (Tira de Asignaturas e Historial Académico).
4.2 PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA:
“La puntualidad como un buen hábito debe fomentarse en todo
alumno, haciendo de ella una norma de conducta y de forma de ser”
a) La hora de entrada es de 6:45 a 7:00 hrs., después de las 7:01 no se permitirá
la entrada a ningún alumno, siendo obligación de éste presentarse
puntualmente al plantel.
Se tomará como hora oficial la marcada por el Observatorio Nacional. No se
permitirá el acceso posterior al cierre, salvo en situaciones consideradas
delicadas o graves. Situaciones de tráfico común y/o recurrente no justifican
el acceso fuera de la hora de entrada.
b) Al entrar deben presentar su Credencial UNAMSÍ y cumplir con los
lineamientos del vestir que se describen en el inciso 4.3 de este reglamento.
c) Por seguridad del alumno, por tranquilidad de los padres y por reglamento
interno, los alumnos no pueden esperar o hacer tiempo en las afueras de la
Institución, quedando expresamente prohibido esperar dentro de carros
ajenos o los propios. Esto se aplica en la hora de entrada y la hora de salida.
d) La salida será ordenada a las 14:30 hrs. Solo podrán permanecer dentro del
plantel aquellos alumnos que vengan por ellos y sea notificada la Dirección
Técnica, o los alumnos que tengan clases extra-curriculares dentro de la
Institución. No hay salidas anticipadas.
e) Por respeto a los miembros del cuerpo académico que aún estén en clases,
los grupos que han terminado su periodo de clase, procederán a la salida en
silencio y con pleno respeto a sus compañeros. Esta salida será grupal y
deberá ser guiada por uno de los directores de área. No podrán hacerlo de
manera individual, ni de manera desordenada.
f) No existe impedimento alguno para que un alumno que haya salido, reingrese
a la institución por haber olvidado algún objeto personal, teniendo para ello
un tiempo máximo de 15 minutos e informe al oficial de entrada, tanto del
olvido, como de su salida.
g) No existe ningún impedimento para que alumnos de turno matutino, hagan
uso de las instalaciones de apoyo en el turno vespertino, apegándose para
ello, a los reglamentos de uso de instalaciones vigentes para cada una de
dichas áreas.
h) La justificación de faltas o retrasos no esta permitida salvo ocasiones de
verdadera urgencia, entendiéndose por ello:
h.1) Situaciones personales familiares delicadas o graves que por su
importancia serán tratadas individualmente.
h.2) Enfermedades graves o contagiosas que requieran la hospitalización o
tratamiento médico correspondiente.
15
16. h.3) Los alumnos que falten por cualquier otro motivo que no pertenezca a
las dos clasificaciones anteriores, como enfermedades leves, viajes
familiares, o cualquier otra razón implican la falta en todas las materias
que tengan durante ese día, teniendo en cuenta que el límite máximo de
faltas permitido por asignatura es del 20%.
h.4) La solicitud de justificación de inasistencias debe ser requerida a la
Dirección Técnica en un plazo no mayor a 48 horas posteriores a su
reincorporación, siendo únicamente justificable la entrega de trabajos,
tareas o presentación de exámenes pero no se quita la falta de las
asignaturas.
h.5) No se pueden justificar faltas que no cumplan con lo anteriormente
señalado, por lo que el alumno perderá su derecho a examen, debiendo
hablar con su Director correspondiente para analizar su situación
académica.
4.3 PRESENTACIÓN PERSONAL:
a) Los alumnos, facultativos, personal administrativo, personal de apoyo
deberán vestir en todo momento con propiedad. Esta norma tiene su especial
aplicación en el caso de los alumnos quienes deberán portar el uniforme
correctamente mientras permanezcan dentro y en las inmediaciones del
colegio.
b) El uniforme deportivo es de exigencia durante todo el ciclo escolar y deben
portarlo únicamente los días que tengan clase de Educación Física o de
Actividades Estéticas (específicamente Danza). Es responsabilidad del alumno
el cuidar su uniforme, deben tener especial cuidado en no dejar olvidadas o
desatendidas las prendas del uniforme.
El uniforme deportivo consta de: pantalón, chamarra y playera de la
Institución y tenis y calcetas blancas. Queda prohibido el uso del uniforme
incompleto a lo largo del día, quedando solo excluido el uso de la chamarra
durante las horas de más calor en el día.
b.1) Sí el alumno no trae completo dicho uniforme en los días
correspondientes, no se le permitirá el ingreso a la institución.
b.2) Sí el alumno es sorprendido con otra prenda en lugar del uniforme, ésta
será retenida por dirección hasta el final del día. Sí el alumno reincide, la
prenda será devuelta hasta que el padre, madre o tutor vengan a
recogerla en un plazo no mayor a 8 días, después de dicha fecha la
institución no se hace responsable de la prenda.
c) Aquellas prendas que no sean las permitidas serán recogidas por la Dirección,
pudiendo no entregarse sí la falta es repetida al menos una vez más, sin
responsabilidad para la institución.
Evitar introducir gorras, mascadas y cualquier otro tipo de prenda ajeno al
uniforme.
d) Está prohibido el uso de piercing en lengua, cejas, nariz, etc.
e) No se pueden amarrar la chamarra a la cintura, o al cuello.
f) Evitar el usar el uniforme incompleto a lo largo del día. Debiendo conservar la
imagen de uniformidad, quedando solo excluido el uso de la chamarra
durante las horas de más calor en el día. La camiseta de deportes se usa
dentro del pantalón.
16
17. g) Es importante señalar que los alumnos deben poner especial cuidado en su
aseo personal, por lo que deberán observar los aspectos siguientes:
4.3.1 LOS HOMBRES.
a) Esta prohibido el uso del cabello largo, cortes modernos, cabello teñido,
coletas, encrespados, aretes, argollas o cualquier colguije. El largo máximo
permitido es de 5 – 7 cm.
b) Se deberá presentar todos los días rasurado de barda y bigote.
c) Los días que no tenga educación física, el alumno debe presentarse con
pantalón de mezclilla azul (cualquier tonalidad) y camisa o playera con
manga larga o corta.
Los pantalones no pueden tener hoyos, estar rotos, desgarrados o
deshilachados.
4.3.2 LAS MUJERES.
a) Evitar cortes de cabello tipo “modernos”, el uso de maquillaje excesivo, y el
uso de aretes, y argollas queda limitado al área del lóbulo de la oreja, no
pudiendo usar más de un arete en cada lóbulo por vez. El uso de cosméticos
no puede ser excesivo y no están permitidos los colores llamativos en
cosméticos aplicables a piel o cabello.
b) Evitar el uso de tintes para cabello de colores modernos, quedan aceptados
únicamente colores tales como negros, castaños y rubios.
c) Evitar el uso de contrastes en el color de pelo.
d) Los días que no tenga actividad física, la alumna debe presentarse con
pantalón de mezclilla azul y blusa o playera con manga larga o corta.
Los pantalones no pueden tener hoyos, estar rotos, desgarrados o
deshilachados.
No pueden traer blusas o playeras sin mangas.
e) Evitar el uso de tacones altos, siendo el límite máximo permitido de 4 cm.
4.4 CLASIFICACIÓN DE FALTAS A LA DISCIPLINA.
4.4.1 CODIGO DE CONDUCTA
a) El alumno no puede mentir. Tiene la obligación de contestar de manera
clara a una pregunta directa. El alumno debe guardar en todo momento el
orden y mostrar buenos modales. El lenguaje obsceno, las vulgaridades y las
expresiones impropias quedan prohibidas dentro de la Institución y sus
inmediaciones. El alumno debe comportarse con propiedad en todo
momento.
b) Las demostraciones públicas de afecto no están permitidas dentro de la
Institución o en sus inmediaciones. Se entiende por demostración pública de
afecto el tomarse de la mano, abrazarse, sentarse inadecuadamente, y
besarse en los labios. Para el saludo solo esta permitido el entrechocar de
manos y el beso en la mejilla.
c) El alumno debe respetar en todo momento la integridad física y moral de los
miembros de esta comunidad educativa. Todos los actos de violencia,
agresiones, peleas, intimidaciones ya sean físicas, verbales o actitudinales
serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en este mismo reglamento.
Amén de ello, debe restituirse el daño (bien sean gastos médicos y/o de
17
18. atención), una disculpa personal y un compromiso de no reincidencia en la
violencia.
d) Todo alumno es responsable de sus actos. Por lo tanto si observa una
infracción al reglamento debe de alejarse del infractor inmediatamente y en
casos de infracciones graves el alumno debe de informar a la dirección
sobre el particular. Se entiende como infracción grave toda aquella falta que
trastorne, afecte o inquiete la vida académica del alumno.
e) Aquellos alumnos que observen conductas poco adecuadas a su edad o
etapa de desarrollo serán retirados de la Institución.
4.4.2 PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN LA VIDA ACADÉMICA.
a) Los alumnos tienen la obligación de permanecer dentro del salón durante
las clases y los descansos intermedios entre periodo y periodo. Para hacer
uso de las instalaciones sanitarias deben de recabar el permiso del profesor.
b) No pueden acceder a laboratorios, biblioteca, alberca, gimnasios y auditorio
fuera de las horas asignadas a ello. Debiendo estar presente el maestro de
la asignatura o el personal encargado de dicha área.
c) El acceso a la Cafetería, solo está permitido durante los descansos o bien al
terminar el día académico.
d) El alumno que sea sacado del salón o negado su acceso al mismo, debe
proceder inmediatamente a la dirección. De no hacerlo así, incurrirá en la
falta “ausencia no permitida de clase”. La acumulación de un reporte en este
sentido, hará necesaria la presentación del padre.
4.4.3 EN EL SALÓN DE CLASES.
a) Dentro del salón de clases, los alumnos tienen la obligación de:
a.1) Ponerse de pie al entrar el profesor. Permanecer en silencio durante y
cada una de las clases.
a.2) Estar atento a clases y asumir la plena responsabilidad de su
aprendizaje.
a.3) Tomar notas y apuntes en los cuadernos señalados para ello. Si son
medios electrónicos generará un archivo para cada materia.
a.4) Atender las indicaciones del personal docente o administrativo de la
institución.
a.5) Cuidar el mobiliario y los materiales de apoyo educativo de manera
individual.
a.6) No usar aparatos eléctricos tales como celulares, CD's players, i-pods y
juegos electrónicos. No tocar instrumentos musicales (excepto durante
la hora de música).
a.7) No gritar, silbar o realizar cualquier otra expresión que pueda invitar al
desorden.
a.8) No comer o ingerir bebidas refrescantes.
a.9) Responder de manera conjunta por el mobiliario de su salón de clases.
a.10) Guardar el respeto, la compostura y el orden. El alumno que no cumpla
con este punto será expulsado de la materia, hasta extraordinario.
18
19. La acumulación de dos materias en este concepto provoca la baja
inmediata del alumno sin responsabilidad para la institución.
b) Las bancas deben de permanecer en el orden indicado por el profesor de la
materia. Así mismo, el alumno tiene la obligación de mantener limpios su
área de trabajo desde el inicio hasta la terminación del periodo.
c) En caso de que el maestro no este o no haya llegado, los alumnos no podrán
salir de su salón y deberán mantener en todo momento una conducta
respetuosa, debiendo además respetar los procedimientos académicos
señalados.
4.4.4 DEL RESPETO A LOS CATEDRÁTICOS Y PERSONAL
ADMINISTRATIVO
a) Los alumnos deben mostrar respeto al personal de la Institución y deberán
observar y acatar las instrucciones que a efectos de regular la vida
académica diaria sean dadas por los miembros de esta institución. Si
existiera una situación de emergencia deberán obedecer las disposiciones
que para tal efecto se señalen.
b) Los alumnos deben dirigirse al personal de esta Institución con propiedad y
respeto quedando prohibido responder en forma altanera, alterada,
desafiante, despectiva o indiferente a los llamados de atención o
instrucciones.
c) Los miembros de esta institución tratarán al alumno con respeto, decoro y
atención: ofreciendo el tiempo necesario para aclarar sus dudas y
comentarios en un marco de respeto.
d) Los alumnos guardarán el respeto propio y el respeto a los demás en todos
y cada uno de los eventos en los que participen, sean estos oficiales o no
oficiales, educativos, privados, sociales y públicos. Las faltas de conducta
serán sancionadas de acuerdo a su gravedad.
4.4.5 DE LOS PERMISOS.
Los permisos para abandonar la Institución por motivos propios personales,
necesitará de la autorización por escrito del padre de familia. La confirmación
de los Directores de área y por supuesto el seguimiento de procedimiento para
tal efecto marcado.
4.4.6 DEL RESPETO AL EQUIPO DE TRABAJO Y EQUIPO DE APOYO.
a) Los alumnos que rayen una banca, pinten una pared, rompan un vidrio,
pierdan equipo de laboratorio y/o ocasionen cualquier desperfecto sea
intencional o no, pagarán el importe de la reparación o restitución del bien
dañado.
b) En el colegio y en sus inmediaciones, el alumno esta obligado a recoger su
basura y depositarla en los contenedores para tal efecto asignados.
c) Cada alumno es responsable de su banca y todos los alumnos son
responsables de su salón y aulas de trabajo, por lo que deberán reportar
cualquier daño a la dirección. La responsabilidad de cuidar es extensiva a
todos y cada uno de los alumnos.
19
20. 4.5 SANCIONES.
a) Cualquier alumno que contravenga las disposiciones señaladas en el presente
reglamento será sujeto a las sanciones que los Directivos correspondientes
consideren pertinentes. Si las faltas al reglamento ocurriesen al finalizar el año,
las sanciones se aplicarán a la realización de los exámenes finales. Las
sanciones que impliquen una suspensión durante periodos de exámenes se
aplicarán de acuerdo al reglamento. La perdida de exámenes por motivos de
sanciones serán plena responsabilidad del alumno.
Se recomienda respetar en todo momento los reglamentos académicos
pertinentes, especialmente durante periodos de exámenes.
b) Las faltas al reglamento no prescriben hasta ser sancionadas. Los casos en los
cuales exista un perjuicio económico, el padre, madre y/o tutor es responsable
del pago y/o retribución del daño, tales como pérdida de equipos, artículos y
material del alumno, cuentas de hospitales, etc., contando con un plazo no
mayor al periodo de suspensión para la reposición de dicho daño. En caso de
no cumplir, se pasará la cuenta a caja.
c) Sí un objeto es recogido a un alumno, por un profesor o autoridad de la
Institución, será devuelto al alumno por la Dirección Técnica el mismo día
previo reporte registrado en el Control del alumno.
Sí el alumno reincide una segunda vez, el objeto será devuelto única y
exclusivamente al padre, madre o tutor para enterar a éste de la situación del
alumno.
Sí el alumno reincide por tercera vez, el objeto será devuelto hasta fin de ciclo
escolar sin excepción.
4.5.1 EXPULSIONES.
Son causas de expulsión inmediata y definitiva sin responsabilidad para la
Institución el incurrir en las siguientes faltas.
a) Presentarse a la Institución bajo la influencia del alcohol y/o substancias
prohibidas, introducir, portar o consumir dichas substancias en el colegio o
sus inmediaciones.
b) Introducir, portar o usar artículos propios cuya naturaleza no sea la propia
para las actividades académicas, y/o que pongan en riesgo la salud y el
bienestar de los miembros de esta institución.
c) El comportamiento indecoroso, inadecuado, y/o destructivo en la
Institución, en sus inmediaciones o en lugares ajenos a la Institución.
d) Introducir, portar o usar substancias inflamables, flamables, explosivas y/o
químicas dentro de la Institución o en sus inmediaciones.
e) Participar de manera individual o conjunta en actos delictivos y/o ajenos a
las buenas costumbres.
f) Invitar, traer, llamar y/o motivar a alumnos de ésta u otra institución a que
intimiden, golpeen, insulten, provoquen o lastimen a cualquier miembro de
esta institución, sea alumno, padre de familia, personal de intendencia,
seguridad, director, familiar y/o visitante.
g) Reincidir en una agresión física intimidatoria y/o agresiva a cualquier ser
humano, sea o no de la institución.
20
21. h) El ser sorprendido 3 veces fumando dentro de la Institución o en sus
inmediaciones. Entendiéndose por inmediaciones 100 m. alrededor de la
puerta de la escuela.
i) El acumular 5 reportes de indisciplina dentro de la Institución o en sus
inmediaciones durante un ciclo escolar.
j) Falta flagrante de respeto a alumnos, profesores, directores, personal de
intendencia, visitantes o cualquier otro miembro de esta Institución.
k) El robo sea en intento, o en acción en cualquier modalidad.
l) El fraude sea en intento o en acción en cualquier modalidad en la realización
de exámenes, trabajos o tareas escolares.
m) El intento de cohecho a cualquier autoridad académica y/o directivos de la
institución.
n) Participar en eventos cuya naturaleza deje en entredicho los valores de la
Institución, aún cuando dicho evento sea realizado fuera de la misma.
o) Poner en riesgo el bienestar y/o la seguridad de él mismo, de sus
compañeros, padres de familia, invitados y/o cualquier miembro de la
Institución.
4.5.2 SUSPENSIONES.
a) Son causas de suspensión temporal de 3 hasta 5 días hábiles, sin
responsabilidad para la Institución el incurrir en alguna de las siguientes
faltas:
a.1) El ser sorprendido fumando o con un cigarro en la mano aunque no
esté pendido dentro de la Institución o en sus inmediaciones.
a.2) Introducir al colegio cigarros, puros y/o tabaco en cualquier
presentación y/o tipo.
a.3) El ser sorprendido a menos de 10 metros de una bebida alcohólica
aunque este vacía y/o tener aliento alcohólico.
a.4) La falta de obediencia y/o respeto a cualquier miembro del cuerpo
académico o directivos de la Institución.
a.5) Daños menores con destrozo a las instalaciones de la Institución o
sus inmediaciones.
a.6) Pelear con sus compañeros, provocar una pelea, inducir o estar
presente en una pelea.
a.7) Mentir, abusar de la confianza de un profesor o cometer fraude.
a.8) Alterar documentos comprobatorios del Programa Académico.
a.9) Alterar, falsificar o dar mal uso a cualquiera de los documentos
oficiales emitidos por la Institución.
a.10) El no responder de manera clara a una pregunta directa emitida por
una autoridad de la Institución.
a.11) El ser sorprendido copiando en un examen parcial, ordinario o
extraordinario.
a.12) El ser sorprendido con acordeones, viendo alguna ayuda electrónica
diferente a las autorizadas por el profesor, u otras ayudas diferentes a
las que el maestro permita.
21
22. a.13) El incurrir en “ausencias no permitida de clase”.
a.14) El acumular tres reportes de indisciplina dentro de la Institución o en
sus inmediaciones.
a.15) El realizar, participar, inducir o colaborar en una broma cuyas
consecuencias sean que alguna persona resulte herida o las
instalaciones de la Institución resulten dañadas.
b) Son causas de suspensión temporal de 1 hasta 3 días hábiles sin
responsabilidad para la institución, el incurrir en alguna de las siguientes
faltas:
b.1) El dañar, afectar, romper, pintar, o destruir destornillar, desclavar,
despegar mobiliario o instalaciones de la Institución.
b.2) El ser sorprendido en comportamiento indebido dentro de la
Institución, en las afueras o inmediaciones del mismo.
b.3) El acumular 3 invitaciones a retirarse a su casa después de clases,
durante el ciclo escolar.
b.4) El ser considerado socio participante inactivo de cualquier infracción y
no aceptarlo.
b.5) Faltar al trabajo escolar vespertino, y/o talleres de extra ayuda
cuando sea requerido.
b.6) Ofender, poner apodos o etiquetar a cualquier persona, sea o no
miembro de la Institución.
b.7) No dirigirse a la dirección cuando así fue indicado por procedimiento,
por instrucción y/o por orden de cualquier autoridad.
4.5.3 ACTIVIDAD ADICIONAL TEMPORAL.
a) Son causas de actividad adicional temporal de una hora día hasta 5 horas
hábiles, con horas de trabajo académico extra clase, si incurre en una de las
siguientes faltas:
a.1) Llegar tarde a cualquier clase sin autorización de un maestro o
Directivo, teniendo una tolerancia máxima de 10 min. pasados los
cuales entrarán a clase pero no se registrará su asistencia.
a.2) Ser invitado a salir del salón de clases por indisciplina, falta de
material, o trabajo en clase.
a.3) Ser reportado por algún miembro del cuerpo académico,
administrativo, intendencia o directores de área.
a.4) Ser sorprendido con el uniforme deportivo los días que deben portarlo,
incompleto dentro de la Institución.
a.5) Ser sorprendido usando alguno de los artículos no permitidos dentro
del colegio.
a.6) Faltas menores que atenten contra cualquier vida académica normal de
la Institución.
a.7) El uso de palabras ofensivas, señas físicas indebidas y lenguaje
obsceno.
a.8) El ser invitado a retirarse después de clases por algún miembro del
cuerpo académico.
22
23. a.9) No cumplir con sus tareas y/o trabajos académicos requeridos por su
profesor.
a.10) En caso de que el alumno acumule actividad adicional.
b) En caso de que el alumno acumule actividad adicional temporal extra clase,
ya sea por faltas sucesivas o por no cumplir con las detenciones, estará
obligado a acudir a la Institución los días sábados a pagar dichas faltas.
c) En aquellas faltas sancionadas por Dirección Técnica y que el alumno
considere que el reglamento no se aplicó de manera correcta y congruente,
tiene derecho a que su fallo sea valorado por el Comité Técnico integrado
por Dirección General, Dirección Técnica y Departamento Psicopedagógico.
Para ello bastará con que dicha revisión sea solicitada en un plazo no mayor
a los 15 días naturales posteriores de la sanción impuesta.
Esta Solicitud de Revisión debe ser entregada por escrito a Dirección
General.
4.5.4 DEL USO DE LAS COMPUTADORAS Y EQUIPOS AUDIOVISUALES.
a) Cada alumno es responsable del equipo que usa. Si este equipo presenta
una falla, debe reportarlo inmediatamente para no hacerse acreedor a la
restitución del daño.
b) No está permitido desconectar, conectar, sustituir o modificar el mouse, el
teclado, monitor o cualquier otro dispositivo que se halle en tu espacio de
trabajo. De hacerlo se hará acreedor a la sanción correspondiente.
c) No se debe de usar dispositivos de almacenamiento externo de información
como CD‟s, DVD‟s, USB‟s, etc., sin antes haberlo revisado contra virus en la
maquina que para tal efecto esta localizada en el centro de computo. Si
tiene virus no puede ser utilizado en el equipo de cómputo. No puede
instalar o utilizar software no autorizado por el maestro.
d) Es importante que el alumno retire las fundas cuando trabaje y volver a
colocarlas correctamente una vez finalizado el periodo de trabajo.
e) Debe de mantener limpio el espacio de trabajo. No puede ocupar goma en el
centro de cómputo.
f) El orden para prender el equipo es: Primero el Monitor y segundo el CPU.
Para apagarlo es primero el CPU y después el monitor.
g) Si la computadora sufre daños ocasionados por el mal uso, descuidos o
maltratos, el alumno deberá pagar el monto de lo dañado. Por tal motivo es
vital que revise completamente el equipo antes de usarlo, a fin de que
reporte cualquier daño que presente. De no hacerlo, el daño será atribuible
al alumno.
h) El equipo de audiovisual solo podrá ser operado por el maestro o
coordinador de área.
4.5.5 DE LAS CITAS ESPECIALES INDIVIDUALES PADRE DE FAMILIA-
INSTITUCIÓN.
a) Los padres de familia pueden consultar con los directores de área, las
situaciones particulares, informativas y evaluativas que se generen de la vida
académica diaria.
23
24. Para ello procederán a realizar una cita con el Director correspondiente a
través de la oficina para tal efecto señalada. En estas citas es recomendable
que este presente el alumno.
b) Si la cita tuviera lugar a petición de la Institución, ésta será realizada en un
plazo no mayor a 1 día hábil a efecto de que exista la comunicación abierta
y formal en dichos casos.
c) Cualquier cita con profesores, personal del departamento psicopedagógico
o directivos debe ser registrada en el Control de cada alumno, anotando los
puntos tratados, acuerdos a los que se haya llegado, comentarios o
sugerencias por parte del personal docente o de los padres de familia.
4.6 DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES.
a) El padre y la madre del alumno tiene el derecho y la obligación de tomar parte
activa en la educación de su hijo. Por lo tanto, al recibir el reporte académico
se sugiere platicar con su hijo, indicándole el uso de los mecanismos de apoyo
escolar instaurados por la Institución para su superación. El reporte académico
es el primer medio de información sobre el desempeño de su hijo.
Los reportes de disciplina no son solo llamados de atención a los alumnos
sino, llamados de intervención a los padres de familia a efecto de que su hijo
mejore y adecue su comportamiento a los marcos de respeto y valores de
nuestra Institución.
b) Los padres tienen el derecho y la obligación de acudir a todas las citas que
sean solicitadas por los directivos de la Institución, así mismo adquieren el
compromiso de seguir y supervisar las indicaciones que en beneficio del
alumno le sean dadas de manera oral y/o de manera escrita.
c) Los padres o tutores del alumno tienen la obligación de informar la escuela,
sobre cualquier asunto relevante que afecte o pueda afectar los estudios del
alumno.
d) Los padres deberán apoyar al alumno en todas y cada una de las actividades
académicas del alumno.
e) Los padres tienen la obligación y el derecho de invitar a que sus hijos se
superen y fortalecer en ellos el concepto de responsabilidad individual,
evitando el desarrollar la costumbre del pretexto, la injustificación y la
ausencia de compromiso por ser éstos condicionantes de fracaso escolar.
f) Los padres de familia, tutores y/o responsables de la educación de sus hijos,
serán tratados con respeto, decoro y atención, siendo a su vez su obligación
tratar de la misma manera a los integrantes de esta casa de estudios.
g) Los padres tienen la obligación de proporcionar un medio limpio de drogas y/o
substancias indebidas a sus hijos, por lo que su apoyo en las actividades de la
Institución encaminadas a este fin serán obligatorias.
h) Los padres de familia y/o tutores asumen la responsabilidad total sobre los
actos de sus hijos, independientemente de que estén de acuerdo o no, con lo
establecido en el presente reglamento. Por lo que en caso de que lo ameriten,
absorberán los gastos y costos que por reposición de un daño se generen.
4.7 LOS OBJETOS PERDIDOS.
a) Los alumnos son responsables de sus objetos y artículos académicos y de uso
personal, por lo que se recomienda y requiere el cuidado continuo sobre
dichos objetos para evitar su pérdida.
24
25. b) Los artículos que sean extraviados y recogidos por el personal de la
Institución, serán entregados a sus dueños cuando dichos artículos tengan su
nombre. Lamentablemente, y en aquellos casos en los cuales los objetos
carezcan del nombre del propietario, serán guardados solo por 24 horas,
tiempo después del cual, serán entregados a una institución de beneficencia
pública.
5. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS.
5.1 REGLAMENTO DE PAGOS
a) Disposiciones generales:
Artículo 1°: Todo alumno de la Universidad St. John‟s, S.C., que curse
cualquiera de los niveles con que se cuenta o bien, que efectúe algún trámite
por el que deba pagar alguna cuota, quedará sujeto a las disposiciones del
presente reglamento.
b) Procedimiento de pagos:
Artículo 2°: Todas las cuotas que deben cubrirse por cualquier servicio, se
pagarán en la caja respectiva de la Institución, de lo contrario, la Institución
quedará liberada de cualquier responsabilidad.
Artículo 3°: El horario de pago será de lunes a viernes de 7:00 a 14:00 hrs. No
se aceptarán pagos fuera de ese horario.
Artículo 4°: Los pagos se harán preferentemente con cheque, en este caso
expedirlo a nombre de la “Universidad St. John‟s, S.C.”.
Artículo 5°: El pago de colegiatura deberá hacerse dentro de los 10 primeros
días naturales de cada mes, no así el mes de junio (ver artículo 24°).
Artículo 6°: Cuando algún período de vacaciones interfiera con fechas de
pago, éste deberá realizarse a más tardar el último día hábil anterior al inicio
de dicho período.
Artículo 7°: Los meses de vacaciones, Julio y Agosto, se encuentran
prorrateados dentro de las 10 mensualidades a cubrir durante el ciclo escolar.
Artículo 8°: De no pagar dentro de las fechas límites establecidas, se hará
acreedor a las sanciones determinadas en los artículos 16° y 17° del presente
reglamento.
c) Colegiaturas:
Artículo 9°: Todo alumno se considerará inscrito cuando haya cubierto el
importe de la inscripción e incorporación y en su caso, el traslado, cambio de
plantel, acreditación o revalidación, de acuerdo a las cuotas vigentes.
Artículo 10°: En todos los niveles se cubrirán diez mensualidades. Los meses
de vacaciones se pagan como lo indica el Artículo 7° del presente reglamento.
Artículo 11°: Al momento de llevar a cabo la inscripción al curso, el alumno
NO DEBE TENER ADEUDO ALGUNO CON LA INSTITUCIÓN. En caso de existir
procederá a cubrirlo antes de iniciar el proceso de inscripción, de no hacerlo,
cualquier pago se acreditará al saldo deudor que en su caso exista.
d) Bajas:
Artículo 12°: Cuando se trate de BAJA VOLUNTARIA, deberá solicitarse por
escrito. Sólo se aceptará si no tiene adeudo alguno con la Institución. De lo
25
26. contrario, la colegiatura y los recargos seguirán corriendo aunque el alumno
ya no se presente a clases.
Artículo 13°: En ningún caso se reembolsarán los pagos efectuados en la caja
de la Institución.
Artículo 14°: El alumno que solicite la BAJA VOLUNTARIA entre el día 10 al 31
del mes, deberá cubrir el mes completo que esté transcurriendo, así como el
período de vacaciones que correspondan en el momento de su baja.
Artículo 15°: Los alumnos que no entreguen su documentación 15 días hábiles
después de su inscripción, serán dados de baja automáticamente y la
Institución se deslinda de toda responsabilidad.
e) De las Sanciones:
Artículo 16°: El alumno que no pague su colegiatura dentro de las fechas que
marca el Artículo 5° del presente reglamento, podrá ser suspendido a partir
del día 11 del mes hasta regularizar su pago. En el entendido que el alumno
que acumule 3 meses vencidos de dichas colegiaturas, quedará suspendido
hasta que el adeudo sea cubierto. “Es motivo de baja automática definitiva sin
responsabilidad para la Universidad, es adeudar tres meses de colegiatura”.
Sí antes de la fecha en que estén programados los exámenes bimestrales,
ordinarios o extraordinarios, el alumno no se encuentra totalmente al
corriente en sus pagos, se cancelará su derecho a presentarlos.
Artículo 17°: Cuando la colegiatura se pague fuera de la fecha límite de pago
(los primeros 10 días naturales del mes), causará un pago moratorio mensual
acumulable al saldo deudor como sigue:
a) Sí paga del 11 al 15 del mes, el recargo será del 5%.
b) Sí paga del 16 al último día del mes, el cargo será del 10%.
c) Sí el pago se realiza dentro de los primeros días del mes siguiente, el
recargo será de un 10% más, siendo éste acumulable por cada período de
pago que transcurra.
Es nuestro interés, el no cobrar recargos ni causarles molestias a usted
Padre de Familia, por ello los invitamos a que programen sus pagos de
colegiaturas para no incurrir en las penalizaciones señaladas
anteriormente.
Artículo 18°: De los cheques devueltos.
18.1 Todo cheque devuelto por cualquier causa, se le aplicará de acuerdo al
Artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de crédito, el
20% como mínimo del valor del cheque devuelto, más los gastos e
intereses que éste genere.
18.2 Todo cheque devuelto deberá ser cubierto en efectivo únicamente, a más
tardar en 48 horas a partir de que sea devuelto por el banco. En ningún
caso se le podrá recibir nuevamente el pago con cheque.
18.3 Sí el cheque no es cubierto en las fechas límite de pago, el alumno
cubrirá además los recargos a que se haga acreedor, como lo marca el
Artículo 17° de este reglamento.
f) Diversos:
Artículo 19°: De existir adeudos con la Institución que no se hayan cubierto de
acuerdo a como lo estipula el Artículo 11° de éste reglamento, el alta en ese
26
27. ciclo escolar quedará cancelada y el pago efectuado por concepto de
inscripción se aplicará al adeudo anterior.
Artículo 20°: Los alumnos que actualmente disfruten de BECA, solicitarán su
renovación en las fechas que se darán a conocer con oportunidad. Para que se
otorgue su renovación, deberá estar inscrito además de haber conservado el
promedio final mínimo de 8.0 (ocho).
Artículo 21°: De no presentar oportunamente la solicitud de BECA, se
procederá a su cancelación.
Artículo 22°: Sólo se otorgará BECA al 5% del total de alumnado inscrito en
cada ciclo escolar.
Artículo 23°: Al inicio del curso, el alumno cubrirá en la caja de la Institución
el costo por la emisión o renovación de la credencial del Sistema Incorporado,
misma que deberá presentar para realizar cualquier trámite tanto en Control
Escolar, biblioteca o Dirección Técnica, así como para efectos de cualquier
supervisión y de ingreso a la Institución.
Artículo 24°: Para presentar exámenes ordinarios de primera y/o segunda
vuelta o extraordinarios, deberán estar cubiertas el total de las
colegiaturas del ciclo escolar incluyendo el mes de junio, antes del inicio
de dichos exámenes.
Artículo 25°: En caso de que el alumno tenga beca al 100%, tendrá la
obligación de pagar la cuota de gastos administrativos anuales de $4,500.00
(cuatro mil quinientos pesos 00/100 m.n.), no reembolsable.
Artículo 26°: Todas las becas son anuales y se tendrán que renovar dos meses
antes del término del ciclo escolar actual, siempre y cuando conserven el
promedio exigido.
5.2 Pagos:
5.2.1 Inscripción y Colegiaturas.
INSCRIPCIÓN ANUAL.
COLEGIATURAS (10 MENSUALIDADES).
5.2.2 Otros conceptos de pagos.
INCORPORACIÓN ANUAL.
SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS.
TRASLADO.
CAMBIO DE PLANTEL.
GASTOS ADMINISTRATIVOS ANUALES (Artículo 25°).
Nota: Los costos serán de acuerdo a las cuotas vigentes al ciclo escolar.
5.2.3 Intereses moratorios:
Cuando la colegiatura se pague fuera de la fecha límite de pago (los primeros
10 días naturales), los pagos hechos con posterioridad a este plazo causarán
un pago moratorio mensual acumulable al saldo deudor como sigue:
a) Si paga del 11 al día 15 de mes, el recargo será del 5%.
b) Sí paga del 16 al último día del mes, el recargo será del 10%.
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28. c) Sí el pago se realiza dentro de los primeros días del mes siguiente, el
recargo será de un 10% más, siendo éste acumulable por cada período de
pago que transcurra.
5.2.4 Medidas por incumplimiento de pago.
a) En el entendido que al acumularse 3 meses vencidos de dichas
colegiaturas, el alumno quedará suspendido hasta que el adeudo sea
cubierto.
b) Sí antes de la fecha en que serán programados los exámenes bimestrales,
ordinarios de primera y/o segunda vuelta, el alumno no se encuentra
totalmente al corriente en sus pagos, se cancelará su derecho a
presentarlos.
5.3 Documentación escolar.
3.3.1 La Universidad St. John‟s expedirá en caso de así solicitarlo al alumno,
constancias o historias académicas sin valor oficial para trámites diversos,
cubriendo el costo respectivo en caja.
3.3.2 La Universidad St. John‟s, emitirá una vez concluida la evaluación bimestral,
una boleta parcial de calificaciones sin valor oficial, en donde se reportará
la calificación y las faltas de cada asignatura.
3.3.3 La Universidad St. John‟s, gestionará la credencial UNAMSI de alumnos,
profesores y personal administrativo. Los alumnos cubrirán el costo
respectivo en caja, misma que deberá mostrar para tener acceso a la
Institución.
3.3.4 La Universidad St, John‟s, emitirá la historia académica (con valor oficial) de
los alumnos de acuerdo al calendario administrativo, entregando al alumno
un original sin costo. Sí el alumno solicita un nuevo historia académico,
cubrirá el costo respectivo en caja.
3.3.5 Las historias académicas que sean consultadas vía Internet, sin valor oficial,
no tendrán costo alguno.
3.3.6 La Universidad St. John‟s tramitará, una vez cubiertos total o parcialmente
los requisitos señalados en los planes de estudio, un certificado (parcial o
total) expedido por la UNAM – DGIRE. Los alumnos cubrirán el costo
respectivo en caja.
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29. He leído y estoy de acuerdo en cumplir el reglamento de esta Institución. La
aceptación de este reglamento me obliga como padre a tomar parte activa en la
educación de mi hijo y me obliga como hijo ha ser responsable de mis actos.
Nombre del alumno
Fecha Firma del alumno
Nombre y firma del Padre, Madre o Tutor
Nombre y firma del Director Técnico
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