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1. La violencia.
a. Concepto.
b. Antecedentes .
c. Consideración mundial al fenómeno.
2. Tipos de violencia.
a. Activa y pasiva.
b. Física y moral.
c. Social y familiar.
d. Infringida hacia uno mismo.
e. Directa, estrctural y cultural.
3. Dimensión objetiva y subjetiva de la seguridad desde la perspectiva ciudadana.
a. La función del Estado de proteger al gobernado.
b. Normatividad que contempla la violencia en el Derecho Público y Privado .
c. La provisión de seguridad pública con el nuevo sistema de justicia penal.
d. La realidad del gobernado (población) ante la inseguridad inferida por la
delincuencia.
e. Principales figuras delincuenciales en que está implícita la violencia.
f. La calidad de víctima de la sociedad ante el embate de la criminalidad,
traducida en
delincuencia común y delincuencia organizada .
4. Diferencias básicas entre conflicto, violencia, criminalidad y delito ante la
percepción de inseguridad.
5. La violencia que generan las armas de fuego.
Temas
A. Actos que tienen que ver con el ejercicio de una fuerza verbal
o física sobre otra persona, animal u objeto y que tenga por
resultado la generación de un daño sobre esa persona u objeto
de manera voluntaria o accidental.
B. Se estima que la violencia es el acto de ejercer algún tipo de
agresión sobre otro o sobre uno mismo. Este acto de agresión
implica el daño o destrucción a través de muy diversos métodos
que pueden ir desde lo físico y corporal hasta lo verbal y lo
emocional.
El término de Violencia y su raíz etimológica nos remite al
concepto de “Fuerza”.
a. Conceptos de Violencia
Tema 1. La violencia
Antropología de la violencia humana:
El Ser humano;
¿Nace con la violencia,
o tiene un factor de desarrollo social?
Consideraciones:
a. La genética como factor. (ADN).
b. Sobrevivencia e instinto de conservación.
c. La violencia como defensa y como ataque.
d. La fuerza muscular y las armas.
e. Las manifestaciones del instinto agresivo en el niño.
f. La agresividad bíblica.
g. La imitación, principal factor externo de la agresividad.
b. Antecedentes
c. onsideración
mundial
al fenómeno
O. N. U.
Los derechos y principios contra la violencia están
consagrados en instrumentos internacionales, entre los que se
cuentan :
La Declaración Universal de Derechos Humanos.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales.
La Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer.
La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
a. La guerra.
Considerada como un medio para obtener la paz.
En el hombre está implícito el anhelo de la guerra y la paz.
(Vida y muerte; Eros y Thanatos).
Como parte de un Valor ético.
El Poder y la política, su relación con la guerra.
Enfrentamiento entre naciones.
Derecho penal del enemigo.
El miedo y el temor, consecuencia de la guerra.
Las revoluciones y movimientos armados.
La destrucción.
La Guerra, el Terrorismo, y las
revoluciones como fenómenos
violentos
b. El Terrorismo.
Legalidad: Código Penal Federal
Artículo 139. Se impondrá pena de prisión de seis a
cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin
perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que
resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas
químicas, biológicas o similares, material radioactivo o
instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de
fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio
violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o
servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en
la población o en un grupo o sector de ella, para atentar
contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para
que tome una determinación.
Terrorismo Internacional: Art. 148 Bis. …Para tratar de
menoscabar la autoridad de ese estado extranjero, u obligar
a éste o a un organismo u organización internacionales para
que tomen una determinación.
c. Las revoluciones o golpes de Estado.
Legalidad: Código Penal Federal
Rebelión. Artículo 132.- Se aplicará la pena de dos a veinte años de prisión
y multa de cinco mil a cincuenta mil pesos a los que, no siendo militares en
ejercicio, con violencia y uso de armas traten de:
I.- Abolir o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos;
II.- Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones
constitucionales de la Federación, o su libre ejercicio; y
III.- Separar o impedir el desempeño de su cargo a alguno de los altos
funcionarios de la Federación mencionados en el artículo 2o. de la Ley de
Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del
Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados.
Sedición: Artículo 130.- Se aplicará la pena de seis meses a ocho años de
prisión y multa hasta de diez mil pesos, a los que en forma tumultuaria sin
uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre
ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el
artículo 132.
Tema 2. Tipos de violencia
a. Activa y
pasiva
Activa: Actos de obra y de palabra que
lesionan directamente bienes fundamentales
del receptor, tales como la vida, la integridad
corporal, la libertad sexual, el honor o respeto,
el patrimonio, la libre convivencia y demás
libertades consagradas como derechos
humanos.
Pasiva: Omisión de hacer algo que de debe,
para causar un daño o un perjuicio al receptor
de esta carencia de conducta.
De las peores situaciones que puede soportar
un ser humano, la violencia pasiva es la que
provoca un daño mayor, esto es ignorar al
sujeto pasivo, frustrarle en forma continua,
rechazarle, compararle, descalificarle, pintarle
un panorama negro para su futuro, ridiculizarle
en la presencia de extraños, y en general
maltratarle en forma continua.
b. Física y moral;
intencional o accidental:
Física: se realiza por una fuerza física, que demuestra superioridad, ya sea
por el propio cuerpo humano, o por la utilización de objetos (armas), recaída
en una materialidad, con el resultado de daño y perjuicio. (Lesión o puesta en
peligro del bien jurídico protegido por el Estado por medio de la ley).
Moral: Es aquella que también se denomina como psicológica no siendo una
forma de conducta, sino un conjunto heterogéneo de comportamientos, en
todos los cuales se produce una forma de agresión psicológica.
Puede ser intencionada o no intencionada. Es decir, el agresor puede tener
conciencia de que está haciendo daño a su víctima o no tenerla. Eso es
desde el punto de vista psicológico.
Desde el punto de vista jurídico, tiene que existir la intención del agresor de
dañar a su víctima.
La violencia psicológica implica una coerción, aunque no haya uso de la
fuerza física.
c. Social y
familiar
La violencia social se da propiamente
cuando en diferentes núcleos de
población, afectando a la sociedad.
Algunos ejemplos son la delincuencia como fenómeno
social, la segregación racial. Étnica o de cualquier otra
naturaleza, la prostitución y la trata de personas, la
marginación económica o laboral, la discriminación escolar
y laboral, la drogadicción, etc.
Toda resolución, o intento de resolución, por medios no
consensuados de una situación de conflicto entre partes enfrentadas, lo
que comporta esencialmente una acción de imposición, que puede
efectuarse, o no, con presencia manifiesta de fuerza física.
De esta forma , la violencia es entendida como una situación social,
que tiene como mínimo un par de actores, y se descarta la connotación
instrumental que confunde violencia con uso de l a fuerza.
En cambio la violencia familiar es la que se
da entre los integrantes de una familia,
extendiéndose jurídicamente, hasta los que
conviven en el mismo domicilio. (Se tratará en el
tema de Violencia Intrafamiliar).
La violencia familiar es cuando alguien genera
daño físico, sicológico y/o sexual a cualquier
persona dentro del hogar. los gritos las
humillaciones, insultos, controles, amenazas,
chantajes y golpes son formas de violencia
intrafamiliar.
d. Infringida hacia uno
mismo.
Suicidio: Consiste en la privación de la propia vida.
Se considera el suicidio asistido o la variante de eutanasia.
INDUCCION Y AUXILIO AL SUICIDIO
ARTICULO 348.- Al que prestare auxilio o indujere a
otro para que se suicide hasta llegar a su
consumación, se le impondrá una sanción de uno a
cinco años de prisión; si el auxilio se prestare hasta el
punto de ejecutar él mismo la muerte, la sanción será
de cuatro a doce años de prisión.
Otras formas de agresión propia son la
automutilación, automedicación, anorexia,
bulimia, etc.
e. Directa, estructural y
cultural.
La VIOLENCIA DIRECTA: Aquella que supone
una agresión física.
La VIOLENCIA ESTRUCTURAL: Violencia que
forma parte de la estructura social y que impide
cubrir las necesidades básicas, como la generada
por la desigualdad social, las carencias
nutricionales, la falta de servicios sanitarios y
educativos básicos, etc.
La VIOLENCIA CULTURAL: Se refiere a aquellos
aspectos del ámbito simbólico (religión, cultura,
lengua, arte, ciencias…) que se pueden utilizar
para justificar o legitimar la violencia estructural o
directa, aquellas argumentaciones que nos hacen
percibir como «normales» situaciones de violencia
profunda.
Tema 3. Dimensión objetiva y subjetiva
de la seguridad desde la perspectiva
ciudadana.
La Seguridad Pública
La seguridad pública implica que
los ciudadanos de una misma región puedan
convivir en armonía, cada uno respetando los
derechos individuales del otro. El Estado es el
garante de la seguridad pública y el máximo
responsable a la hora de evitar las alteraciones
del orden social.
En este sentido, la seguridad pública es un servicio que debe
ser universal (tiene que alcanzar a todas las personas) para proteger la
integridad física de los ciudadanos y sus bienes.
Las fuerzas de la seguridad pública deben prevenir la comisión de
delitos y reprimir éstos una vez que están en curso. También es función
de las fuerzas de seguridad perseguir a los delincuentes y entregarlos a
la Justicia, que será la encargada de establecer los castigos
correspondientes de acuerdo a la ley.
La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito
Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los
delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la
sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en
las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación
de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de
legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los
derechos humanos reconocidos en esta Constitución.
Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil,
disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales
de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir
los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de
Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:
Segunda parte de la reforma del
art. 21 constitucional
La Policía en general, o sea todos los cuerpos policíacos
deberán contar con un marco legal que les dirija en el propósito
de proteger a la sociedad y cada cual en su ámbito de función
deberá cooperar con ahínco en concluir con abatir la
delincuencia, por lo que en las tres esferas de gobierno,
federación, estado y municipio no deben existir prácticas
antagónicas en este propósito, ni crear fronteras burocráticas
para no enfrentar el problema que atañe a la población, por lo
que desde esa apreciación, deberá legislarse en el ámbito federal
y estatal y seguir el mismo concepto en los municipios.
Por lo que el desempeño de la función policial deberá ser
regulado por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución y crear en la sociedad la
confianza que se ha perdido, en sus guardianes, con el deterioro
de la seguridad pública.
a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia,
evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las
instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas
acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los
Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal
para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá
ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido
debidamente certificado y registrado en el sistema.
Policía Científica,
con posibilidad de investigación,
basada en la ciencia y la tecnología.
c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la
comisión de delitos.
d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará,
entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de
prevención del delito así como de las instituciones de seguridad
pública.
Previsión y provisión de los delitos, se trasladan a las
instituciones de seguridad pública, siendo de carácter civil,
disciplinado y profesional, actuando en coordinación con la
sociedad civil y la autoridad.
e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel
nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios
para ser destinados exclusivamente a estos fines.
Propuesta de Reforma de octubre de 2010 (Decreto)
“Propone que cada Estado cuente con un cuerpo policial bajo el mando
único del Gobernador, que nombrará a su titular.
Las policías estatales se encargarán de salvaguardar la integridad, los
derechos, las libertades y el patrimonio de las personas, preservar
y restablecer el orden y la paz pública, prevenir la violencia y los delitos,
reaccionar de manera inmediata en la comisión de un delito, y sancionar
infracciones administrativas.
Las policías municipales también estarán bajo el mando del Gobernador,
quien designará a su titular a propuesta del Presidente Municipal
correspondiente.
Con esta disposición se facilita la coordinación de las fuerzas estatales y
municipales, y de éstas con la Policía Federal”
DERECHO PÚBLICO
Derecho Constitucional
Derecho Penal
Derecho Administrativo
Derecho Internacional
Público
Derecho Electoral
Derecho Aduanero
Derecho Fiscal
Derecho Agrario
Derecho Laboral
Derecho Ecológico
Etc.
DERECHO PRIVADO
Derecho Civil
Derecho Mercantil
Derecho Notarial
Derecho
Internacional
Privado
Derecho Autoral
Derecho Bancario
b. Normatividad que contempla la
violencia en el Derecho Público y
Privado .
Derecho Civil:
Es un derecho privado, que regula la relación entre particulares, en sus
ámbitos:
Familiar y patrimonial.
El derecho civil se ha visto rebasado en su normatividad familiar, al no
contar con las herramientas legales para el cumplimiento de los deberes
(obligaciones) emanados de la relación familiar, principalmente en lo
correspondiente a la convivencia familiar, divorcio, alimentos y
propiamente en la violencia generada en el entorno familiar, por lo que
ha trasladado algunas conductas al derecho penal, en que derivadas del
derecho familiar, su incumplimiento tiene como consecuencia las
sanciones y medidas de seguridad específicamente penales.
Derecho Penal:
Delitos específicos relacionados con la familia.
Tema 4. Diferencias básicas entre
conflicto, violencia, criminalidad y
delito ante la percepción de
inseguridad.Conflicto o problema: Un conflicto humano es una situación en que dos o
más individuos con intereses contrapuestos entran en confrontación,
oposición o emprenden acciones mutuamente antagonistas, con el
objetivo de neutralizar, dañar o eliminar a la parte rival, incluso cuando tal
confrontación no sea física o sea solo de palabras, para lograr así la
consecución de los objetivos que motivaron dicha confrontación. Falta de
consenso y acuerdo entre las partes.
Conflicto social: Es la violencia que se deriva de los conflictos entre
gobernantes y gobernados, entre dominadores y dominados, entre clases.
Forma de dirimirlo el conflicto:
1. Consensual. 2. Por la fuerza.
Violencia y conflicto: La presencia de fuerza, de coacción física y explícita,
la imposición y, en consecuencia, la violencia están íntimamente
relacionadas con la idea de Poder.
NEGOCIACIÓN
RELACIÓN
COMPROMISO
Los objetivos son
muy importantes
+
COOPERACIÓN
Yo gano-tú ganas
ACOMODACIÓN
Y SUBMISIÓN
Yo pierdo-tú
pierdes
Los objetivos no son
muy importantes
-
EVASIÓN
Yo pierdo-tú
ganas
COMPETICIÓN
Yo gano-tú pierdes
Actitudes ante el conflicto
La no violencia como manifestación social
Elementos:
La potencia de los mecanismos tanto voluntarios como
condicionados de cohesión social.
La construcción de la figura del enemigo.
La importancia de la inclusión de la sociedad en la toma
de decisiones del Gobierno.
Ejemplos: La desobediencia civil.
La huelga de hambre.
El boicot a un producto o empresa.
La manifestación pacífica.
El bloqueo.
La no colaboración.
Criminalidad y delito:
La criminalidad es toda conducta que se traduce en una
consecuencia negativa, independientemente se si es o no delito.
(Criminología).
Involucra disciplinas como la antropología social, biología,
psicología, sociología, estadística. Historiografía, etc.
Analiza las causas de las conductas lesivas de bienes
jurídicamente tutelados. (Porqué).
Delito: Es la conducta elegida por el legislador para incluirla en el
derecho penal.
Criminalística: Es disciplina que auxilia a la investigación del delito,
a partir del lugar y momentos del delito, así como de las
circunstancias que intervienen en su realización.
Investigación
por medio del auxilio de la CRIMINALÍSTICA
¿Qué?
¿Quiénes?
¿Cómo?
¿Cuándo?
¿Dónde?
¿Con qué? La Criminología
estudia el
¿Por qué?
de la conducta
delictiva.
CONDUCTA
Acto u
omisión
ANTI
JURIDICIDAD
TIPICIDAD
Tipo y tipicidad
CULPABILIDAD
Dolo y culpa
PUNIBILIDAD
Punibilidad,
punición y pena
ELEMENTOS
CLÁSICOS
DEL DELITO
CAUSALISMO
Ministerio PúblicoPoder Judicial
Preterintención
en algunas legislaciones
Delitos en que es común la aparición de la violencia.
Fuero común:
Homicidio, lesiones, portación de armas prohibidas, violación,
corrupción de menores, lenocinio, narcomenudeo, abuso de autoridad,
tortura, intimidación, hostigamiento y acoso sexual, abandono de
obligaciones alimenticias, sustracción y retención de menores por sus
padres, amenazas, asalto, tráfico de menores e incapacitados, inducción
al suicidio, parricidio, filicidio, aborto, abandono de personas, violencia
familiar, golpes, secuestro, robo con violencia, chantaje, extorsión, daño en
propiedad, etc.
Asociación delictuosa, pandillerismo, delincuencia organizada.
Fuero federal:
Tráfico de inmigrantes, trata de personas internacional, terrorismo,
narcotráfico, genocidio, contra la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, etc.
Tema 5. La violencia que generan
las armas de fuego.
Art. 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen
derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima
defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las
reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y
Guardia Nacional.
La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares
en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.
La óptica en que la actualidad da cabida a las armas de
fuego es en dos sentidos:
Amabas circunstancias son esgrimidas para buscar una seguridad
actual para prevenir la proliferación de conductas delictivas.
Por una parte, la aceptación
de ellas y conformación de un
sistema jurídico evolucionado.
Por la otra, la drástica prohibición
de las mismas, sin ninguna
posibilidad de su admisión jurídica.
Drogadicción y narcotráfico
Capacitacion de servidores publicos en temas específicos de prevención social de la vilencia ,
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  • 1.
  • 2.
  • 3. 1. La violencia. a. Concepto. b. Antecedentes . c. Consideración mundial al fenómeno. 2. Tipos de violencia. a. Activa y pasiva. b. Física y moral. c. Social y familiar. d. Infringida hacia uno mismo. e. Directa, estrctural y cultural. 3. Dimensión objetiva y subjetiva de la seguridad desde la perspectiva ciudadana. a. La función del Estado de proteger al gobernado. b. Normatividad que contempla la violencia en el Derecho Público y Privado . c. La provisión de seguridad pública con el nuevo sistema de justicia penal. d. La realidad del gobernado (población) ante la inseguridad inferida por la delincuencia. e. Principales figuras delincuenciales en que está implícita la violencia. f. La calidad de víctima de la sociedad ante el embate de la criminalidad, traducida en delincuencia común y delincuencia organizada . 4. Diferencias básicas entre conflicto, violencia, criminalidad y delito ante la percepción de inseguridad. 5. La violencia que generan las armas de fuego. Temas
  • 4. A. Actos que tienen que ver con el ejercicio de una fuerza verbal o física sobre otra persona, animal u objeto y que tenga por resultado la generación de un daño sobre esa persona u objeto de manera voluntaria o accidental. B. Se estima que la violencia es el acto de ejercer algún tipo de agresión sobre otro o sobre uno mismo. Este acto de agresión implica el daño o destrucción a través de muy diversos métodos que pueden ir desde lo físico y corporal hasta lo verbal y lo emocional. El término de Violencia y su raíz etimológica nos remite al concepto de “Fuerza”. a. Conceptos de Violencia Tema 1. La violencia
  • 5. Antropología de la violencia humana: El Ser humano; ¿Nace con la violencia, o tiene un factor de desarrollo social? Consideraciones: a. La genética como factor. (ADN). b. Sobrevivencia e instinto de conservación. c. La violencia como defensa y como ataque. d. La fuerza muscular y las armas. e. Las manifestaciones del instinto agresivo en el niño. f. La agresividad bíblica. g. La imitación, principal factor externo de la agresividad. b. Antecedentes
  • 6. c. onsideración mundial al fenómeno O. N. U. Los derechos y principios contra la violencia están consagrados en instrumentos internacionales, entre los que se cuentan : La Declaración Universal de Derechos Humanos. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
  • 7. a. La guerra. Considerada como un medio para obtener la paz. En el hombre está implícito el anhelo de la guerra y la paz. (Vida y muerte; Eros y Thanatos). Como parte de un Valor ético. El Poder y la política, su relación con la guerra. Enfrentamiento entre naciones. Derecho penal del enemigo. El miedo y el temor, consecuencia de la guerra. Las revoluciones y movimientos armados. La destrucción. La Guerra, el Terrorismo, y las revoluciones como fenómenos violentos
  • 8. b. El Terrorismo. Legalidad: Código Penal Federal Artículo 139. Se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación. Terrorismo Internacional: Art. 148 Bis. …Para tratar de menoscabar la autoridad de ese estado extranjero, u obligar a éste o a un organismo u organización internacionales para que tomen una determinación.
  • 9.
  • 10. c. Las revoluciones o golpes de Estado. Legalidad: Código Penal Federal Rebelión. Artículo 132.- Se aplicará la pena de dos a veinte años de prisión y multa de cinco mil a cincuenta mil pesos a los que, no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas traten de: I.- Abolir o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; II.- Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la Federación, o su libre ejercicio; y III.- Separar o impedir el desempeño de su cargo a alguno de los altos funcionarios de la Federación mencionados en el artículo 2o. de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados. Sedición: Artículo 130.- Se aplicará la pena de seis meses a ocho años de prisión y multa hasta de diez mil pesos, a los que en forma tumultuaria sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el artículo 132.
  • 11. Tema 2. Tipos de violencia a. Activa y pasiva Activa: Actos de obra y de palabra que lesionan directamente bienes fundamentales del receptor, tales como la vida, la integridad corporal, la libertad sexual, el honor o respeto, el patrimonio, la libre convivencia y demás libertades consagradas como derechos humanos. Pasiva: Omisión de hacer algo que de debe, para causar un daño o un perjuicio al receptor de esta carencia de conducta. De las peores situaciones que puede soportar un ser humano, la violencia pasiva es la que provoca un daño mayor, esto es ignorar al sujeto pasivo, frustrarle en forma continua, rechazarle, compararle, descalificarle, pintarle un panorama negro para su futuro, ridiculizarle en la presencia de extraños, y en general maltratarle en forma continua.
  • 12. b. Física y moral; intencional o accidental: Física: se realiza por una fuerza física, que demuestra superioridad, ya sea por el propio cuerpo humano, o por la utilización de objetos (armas), recaída en una materialidad, con el resultado de daño y perjuicio. (Lesión o puesta en peligro del bien jurídico protegido por el Estado por medio de la ley). Moral: Es aquella que también se denomina como psicológica no siendo una forma de conducta, sino un conjunto heterogéneo de comportamientos, en todos los cuales se produce una forma de agresión psicológica. Puede ser intencionada o no intencionada. Es decir, el agresor puede tener conciencia de que está haciendo daño a su víctima o no tenerla. Eso es desde el punto de vista psicológico. Desde el punto de vista jurídico, tiene que existir la intención del agresor de dañar a su víctima. La violencia psicológica implica una coerción, aunque no haya uso de la fuerza física.
  • 13. c. Social y familiar La violencia social se da propiamente cuando en diferentes núcleos de población, afectando a la sociedad. Algunos ejemplos son la delincuencia como fenómeno social, la segregación racial. Étnica o de cualquier otra naturaleza, la prostitución y la trata de personas, la marginación económica o laboral, la discriminación escolar y laboral, la drogadicción, etc. Toda resolución, o intento de resolución, por medios no consensuados de una situación de conflicto entre partes enfrentadas, lo que comporta esencialmente una acción de imposición, que puede efectuarse, o no, con presencia manifiesta de fuerza física. De esta forma , la violencia es entendida como una situación social, que tiene como mínimo un par de actores, y se descarta la connotación instrumental que confunde violencia con uso de l a fuerza.
  • 14. En cambio la violencia familiar es la que se da entre los integrantes de una familia, extendiéndose jurídicamente, hasta los que conviven en el mismo domicilio. (Se tratará en el tema de Violencia Intrafamiliar). La violencia familiar es cuando alguien genera daño físico, sicológico y/o sexual a cualquier persona dentro del hogar. los gritos las humillaciones, insultos, controles, amenazas, chantajes y golpes son formas de violencia intrafamiliar.
  • 15. d. Infringida hacia uno mismo. Suicidio: Consiste en la privación de la propia vida. Se considera el suicidio asistido o la variante de eutanasia. INDUCCION Y AUXILIO AL SUICIDIO ARTICULO 348.- Al que prestare auxilio o indujere a otro para que se suicide hasta llegar a su consumación, se le impondrá una sanción de uno a cinco años de prisión; si el auxilio se prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la sanción será de cuatro a doce años de prisión. Otras formas de agresión propia son la automutilación, automedicación, anorexia, bulimia, etc.
  • 16. e. Directa, estructural y cultural. La VIOLENCIA DIRECTA: Aquella que supone una agresión física. La VIOLENCIA ESTRUCTURAL: Violencia que forma parte de la estructura social y que impide cubrir las necesidades básicas, como la generada por la desigualdad social, las carencias nutricionales, la falta de servicios sanitarios y educativos básicos, etc. La VIOLENCIA CULTURAL: Se refiere a aquellos aspectos del ámbito simbólico (religión, cultura, lengua, arte, ciencias…) que se pueden utilizar para justificar o legitimar la violencia estructural o directa, aquellas argumentaciones que nos hacen percibir como «normales» situaciones de violencia profunda.
  • 17. Tema 3. Dimensión objetiva y subjetiva de la seguridad desde la perspectiva ciudadana. La Seguridad Pública La seguridad pública implica que los ciudadanos de una misma región puedan convivir en armonía, cada uno respetando los derechos individuales del otro. El Estado es el garante de la seguridad pública y el máximo responsable a la hora de evitar las alteraciones del orden social. En este sentido, la seguridad pública es un servicio que debe ser universal (tiene que alcanzar a todas las personas) para proteger la integridad física de los ciudadanos y sus bienes. Las fuerzas de la seguridad pública deben prevenir la comisión de delitos y reprimir éstos una vez que están en curso. También es función de las fuerzas de seguridad perseguir a los delincuentes y entregarlos a la Justicia, que será la encargada de establecer los castigos correspondientes de acuerdo a la ley.
  • 18. La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución. Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas: Segunda parte de la reforma del art. 21 constitucional
  • 19. La Policía en general, o sea todos los cuerpos policíacos deberán contar con un marco legal que les dirija en el propósito de proteger a la sociedad y cada cual en su ámbito de función deberá cooperar con ahínco en concluir con abatir la delincuencia, por lo que en las tres esferas de gobierno, federación, estado y municipio no deben existir prácticas antagónicas en este propósito, ni crear fronteras burocráticas para no enfrentar el problema que atañe a la población, por lo que desde esa apreciación, deberá legislarse en el ámbito federal y estatal y seguir el mismo concepto en los municipios. Por lo que el desempeño de la función policial deberá ser regulado por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y crear en la sociedad la confianza que se ha perdido, en sus guardianes, con el deterioro de la seguridad pública.
  • 20. a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones. b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema. Policía Científica, con posibilidad de investigación, basada en la ciencia y la tecnología.
  • 21. c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos. d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de seguridad pública. Previsión y provisión de los delitos, se trasladan a las instituciones de seguridad pública, siendo de carácter civil, disciplinado y profesional, actuando en coordinación con la sociedad civil y la autoridad. e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.
  • 22. Propuesta de Reforma de octubre de 2010 (Decreto) “Propone que cada Estado cuente con un cuerpo policial bajo el mando único del Gobernador, que nombrará a su titular. Las policías estatales se encargarán de salvaguardar la integridad, los derechos, las libertades y el patrimonio de las personas, preservar y restablecer el orden y la paz pública, prevenir la violencia y los delitos, reaccionar de manera inmediata en la comisión de un delito, y sancionar infracciones administrativas. Las policías municipales también estarán bajo el mando del Gobernador, quien designará a su titular a propuesta del Presidente Municipal correspondiente. Con esta disposición se facilita la coordinación de las fuerzas estatales y municipales, y de éstas con la Policía Federal”
  • 23. DERECHO PÚBLICO Derecho Constitucional Derecho Penal Derecho Administrativo Derecho Internacional Público Derecho Electoral Derecho Aduanero Derecho Fiscal Derecho Agrario Derecho Laboral Derecho Ecológico Etc. DERECHO PRIVADO Derecho Civil Derecho Mercantil Derecho Notarial Derecho Internacional Privado Derecho Autoral Derecho Bancario b. Normatividad que contempla la violencia en el Derecho Público y Privado .
  • 24. Derecho Civil: Es un derecho privado, que regula la relación entre particulares, en sus ámbitos: Familiar y patrimonial. El derecho civil se ha visto rebasado en su normatividad familiar, al no contar con las herramientas legales para el cumplimiento de los deberes (obligaciones) emanados de la relación familiar, principalmente en lo correspondiente a la convivencia familiar, divorcio, alimentos y propiamente en la violencia generada en el entorno familiar, por lo que ha trasladado algunas conductas al derecho penal, en que derivadas del derecho familiar, su incumplimiento tiene como consecuencia las sanciones y medidas de seguridad específicamente penales. Derecho Penal: Delitos específicos relacionados con la familia.
  • 25. Tema 4. Diferencias básicas entre conflicto, violencia, criminalidad y delito ante la percepción de inseguridad.Conflicto o problema: Un conflicto humano es una situación en que dos o más individuos con intereses contrapuestos entran en confrontación, oposición o emprenden acciones mutuamente antagonistas, con el objetivo de neutralizar, dañar o eliminar a la parte rival, incluso cuando tal confrontación no sea física o sea solo de palabras, para lograr así la consecución de los objetivos que motivaron dicha confrontación. Falta de consenso y acuerdo entre las partes. Conflicto social: Es la violencia que se deriva de los conflictos entre gobernantes y gobernados, entre dominadores y dominados, entre clases. Forma de dirimirlo el conflicto: 1. Consensual. 2. Por la fuerza. Violencia y conflicto: La presencia de fuerza, de coacción física y explícita, la imposición y, en consecuencia, la violencia están íntimamente relacionadas con la idea de Poder.
  • 26. NEGOCIACIÓN RELACIÓN COMPROMISO Los objetivos son muy importantes + COOPERACIÓN Yo gano-tú ganas ACOMODACIÓN Y SUBMISIÓN Yo pierdo-tú pierdes Los objetivos no son muy importantes - EVASIÓN Yo pierdo-tú ganas COMPETICIÓN Yo gano-tú pierdes Actitudes ante el conflicto
  • 27. La no violencia como manifestación social Elementos: La potencia de los mecanismos tanto voluntarios como condicionados de cohesión social. La construcción de la figura del enemigo. La importancia de la inclusión de la sociedad en la toma de decisiones del Gobierno. Ejemplos: La desobediencia civil. La huelga de hambre. El boicot a un producto o empresa. La manifestación pacífica. El bloqueo. La no colaboración.
  • 28. Criminalidad y delito: La criminalidad es toda conducta que se traduce en una consecuencia negativa, independientemente se si es o no delito. (Criminología). Involucra disciplinas como la antropología social, biología, psicología, sociología, estadística. Historiografía, etc. Analiza las causas de las conductas lesivas de bienes jurídicamente tutelados. (Porqué). Delito: Es la conducta elegida por el legislador para incluirla en el derecho penal. Criminalística: Es disciplina que auxilia a la investigación del delito, a partir del lugar y momentos del delito, así como de las circunstancias que intervienen en su realización.
  • 29. Investigación por medio del auxilio de la CRIMINALÍSTICA ¿Qué? ¿Quiénes? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Con qué? La Criminología estudia el ¿Por qué? de la conducta delictiva.
  • 30. CONDUCTA Acto u omisión ANTI JURIDICIDAD TIPICIDAD Tipo y tipicidad CULPABILIDAD Dolo y culpa PUNIBILIDAD Punibilidad, punición y pena ELEMENTOS CLÁSICOS DEL DELITO CAUSALISMO Ministerio PúblicoPoder Judicial Preterintención en algunas legislaciones
  • 31. Delitos en que es común la aparición de la violencia. Fuero común: Homicidio, lesiones, portación de armas prohibidas, violación, corrupción de menores, lenocinio, narcomenudeo, abuso de autoridad, tortura, intimidación, hostigamiento y acoso sexual, abandono de obligaciones alimenticias, sustracción y retención de menores por sus padres, amenazas, asalto, tráfico de menores e incapacitados, inducción al suicidio, parricidio, filicidio, aborto, abandono de personas, violencia familiar, golpes, secuestro, robo con violencia, chantaje, extorsión, daño en propiedad, etc. Asociación delictuosa, pandillerismo, delincuencia organizada. Fuero federal: Tráfico de inmigrantes, trata de personas internacional, terrorismo, narcotráfico, genocidio, contra la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, etc.
  • 32. Tema 5. La violencia que generan las armas de fuego. Art. 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.
  • 33.
  • 34. La óptica en que la actualidad da cabida a las armas de fuego es en dos sentidos: Amabas circunstancias son esgrimidas para buscar una seguridad actual para prevenir la proliferación de conductas delictivas. Por una parte, la aceptación de ellas y conformación de un sistema jurídico evolucionado. Por la otra, la drástica prohibición de las mismas, sin ninguna posibilidad de su admisión jurídica.
  • 35.
  • 36.
  • 37.