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CAPITULO 2
2.1 Historia de la Agrimensura
La agrimensura es un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde los
inicios de la historia registrada ha sido un requisito en la planificación y ejecución de casi
toda forma de construcción, actualmente aplicada en el transporte, edificación,
construcción en general, comunicaciones, cartografía, y para la definición de los límites
legales de la propiedad de terrenos.
Los comienzos de la agrimensura se remontan a tiempos tan remotos como la misma idea
de la propiedad de la tierra.
Su práctica fue consecuencia del proceso de radicación y afincamiento experimentado por
las parcialidades que de nómadas pasaran a sedentarios; que de una economía pastoril
evolucionaran a actividades de tipo agrario.
Esto exigió la distribución de la tierra y su
ordenamiento parcelario, imponiéndose
la mensuración de los respectivos
predios, de cuya actividad nació la
Agrimensura como ciencia, arte u oficio.
Desde entonces, la mayoría de las
civilizaciones de la historia del mundo
han usado algún tipo de medición de
terrenos, que con el tiempo se han
vuelto más sofisticadas a causa de los
cambios de leyes y desarrollo de la
tecnología.
Algunos de los logros arquitectónicos
más notables de las antiguas sociedades civilizadas no habría sido posible sin el
conocimiento de los principios básicos de la topografía. Las grandes
pirámides de Egipto y los acueductos romanos existen, en parte, como un
testimonio de la habilidad del agrimensor. Nues tro s is tema actual de la
agrimensura de tierras y el mantenimiento de registros es en realidad una historia
compuesta de capas de técnicas y conceptos acumulados a través del tiempo, tan pronto
como originarias desde hace más de 5,000 años.
Uno de los primeros ejemplos de una
medición de terreno utilizando medios
matemáticos se encuentra en el
antiguo Egipto. La Gran pirámide,
construida alrededor de 2,700
a.C. en Guiza, demuestra los
conocimientos egipcios de las técnicas
de la agrimensura, pues esta exhibe
una base casi perfectamente cuadrada
y sus cuatro lados están
situados directamente al norte, sur,
este y oeste, con asombrosa exactitud.
El primer documento conocido
acerca la propiedad de tierras es
“el registro de terrenos egipcios”,
creado alrededor del año 3,000 a.C, en el cual se muestra a los propietarios
de varias áreas de tierra y también se registra su ubicación.
También se conoce, gracias a Heródoto (historiador y geógrafo griego), que en el
antiguo Egipto trabajaban unos técnicos llamados “estiradores de cuerdas”, los
que utilizaban cuerdas de longitudes conocidas con las que se encargaban de replantear
los límites de las propiedades después de las crecidas del Nilo, asignando a cada
agricultor el área que le correspondía tal cual había sido relevada previo a la
crecida, lo cual permitía mantener el funcionamiento del motor principal de
la economía, como era la ag ricultura, lo cual era muy importante en
un país como Eg ipto.
Las herramientas de agrimensura que eran usadas en
el antiguo Egipto eran simples, pero, como es obvio,
ellos las usaban de forma completamente
efectiva. Las herramientas más bás icas eran
la plomada, una varilla de codo, para
mediciones cortas y una cuerda de
calibración de 100 codos para mediciones largas.
Estas cuerdas eran anudadas a intervalos se
igual distancia.
Aparentemente usaron la aplicación práctica del triángulo egipcio para establecer ángulos
de 90 grados. Para nivelar, los egipcios usaban una herramienta en forma de “A”. Una
plomada, colgada desde la parte superior de la “A” suspendida por el centro de la viga
cruzada cuando la herramienta estaba nivelada extremo con extremo.
Era común que las tierras tuvieran
propietarios, aunque la mayoría le
pertenecían al Faraón. Esto fue lo que hizo
mas importante la agrimensura, pues
el alquiler y los impuestos estaban basados en
el área que era cultivada.
En Mesopotámia tambien se desarrolló la agrimensura como consecuencia de las obras de
canalización y regadío que se servían de las aguas de los ríos Tigris y Eufrates para regar
las tierras.
Una prueba del uso de la agrimensura en la antigua
Babilonia es la placa de roca caliza conocida como el
Kudurru babilónico, que data del año 1,200 a.C., la
cual contiene inscripciones acerca de los terrenos.
Contiene el límite, el nombre del agrimensor, del
propietario y la historia de la propiedad.
Esta representa uno de los métodos de agrimensura
actual, por la utilización en tiempos recientes de
piedras límite u otra marca en una esquina de la
propiedad.
Cerca del año 500 a.C., los griegos habían adoptado
muchas de las técnicas topográficas egipcias. Es
conocido que matemáticos, incluidos Tales de Mileto y Pitágoras, viajaron a Egipto a
estudiar geometría, regresando a Grecia a transmitir su conocimiento en matemáticas y
agrimensura. Estos adaptaron las técnicas de medidas, modificándolas con sus sofisticados
avances, convirtiéndola en un sistema refinado.
En Grecia, fueron inventados los jalones y la gromma,
un tipo de escuadra que utilizaron para el trazado de
perpendiculares en el campo, y tambien el trípode para
sostener la dioptras (antecesor directo del teodolito).
De esta época es también el nivel de agua, mediante el
cual la altimetría dio sus primeros pasos.
El imperio Romano, es tambien otra civilización
conocida por su habilidad en la medición de terrenos:
una inspección de las calles romanas, acueductos,
canales, edificios, distribución de la cuidad, y las
divisiones de la tierra confirma su dominio insuperable en el uso de instrumentos
topográficos.
Los romanos fueron los primeros en sistematizar la repartición de la tierra y en hacer de la
agrimensura una profesión oficial.
Los principios básicos de la agrimensura han cambiado poco a lo largo de los siglos, pero
los instrumentos utilizados por los agrimensores han evolucionado enormemente.
Evolución de la Agrimensura
2.2 A medidas que el hombre fue evolucionando y dio el paso de nómada a sedentario,
esto fue produciendo necesidades que hicieran posible su convivencia, entre ellas, la
necesidad de organización. Esta necesidad hizo posible la distribución de los espacios de
que disponían, primero para construir sus casas o viviendas y luego para distribuir los
espacios destinados para el cuido de los animales domésticos y los espacios disponibles
para la agricultura.
Es por esta razón que se afirma que la agrimensura es una de las profesiones más antiguas
de la humanidad, ya que su uso consciente viene desde tiempos muy lejanos,
aproximadamente 3,000 aC. Como ha sido expresado antes, las subidas del río Nilo, en
Egipto, produjo la profesión de los denominados estiradores de cuerdas, quienes tenían la
facultad de localizar los terrenos ocupados por sus dueños, una vez las aguas del Nilo
volvían a su nivel, quedando nueva vez los terrenos cultivables ocupados por sus antiguos
propietarios, en dimensiones y cantidades similares.
Esa gran visión del hombre de la protección y cuidado de los terrenos cultivables es lo que
lo ha llevado a determinar que, uno de los recursos naturales más importantes de un
pueblo es su suelo. De ahí que la declaración de las Naciones Unidas de Ginebra en 1963,
en el marco del Decenio para el Desarrollo, haya expresado:
“Después de la población humana, la mayor riqueza de un país es su suelo”.
Inicio de la Agrimensura
En los comienzos de la agrimensura, para poder determinar longitudes y valores
angulares, se usaba una cadena de longitud conocida, aplicándose una tensión en los
extremos a fin de eliminar los efectos del pandeo, así podían determinar las longitudes
perimetrales de las propiedades. Posteriormente, llegaron otros artefactos predecesores
de la brújula para la medición de los ángulos internos.
De Egipto y Caldea, la agrimensura pasó a Grecia, donde fueron inventados los jalones y
un tipo de escuadra, denominada la gromma y también la dioptra, la cual consistía en un
objeto que permitía medir cambios de nivel del terreno y media los ángulos formados por
las líneas divisorias de los linderos; esta disponía también de un trípode que le permitía
sostenerse en posición vertical.
De esta época es también el nivel de agua, mediante el cual dio sus primeros pasos la
Altimetría, rama auxiliar de la agrimensura.
En Roma, la actividad de los agrimensores fue constreñida a un concreto “corpus juris" al
crearse la "actio finium regundorum", aquella acción mixta en la que se puede ver el
origen de la acción de deslinde, actualmente muy de moda en nuestro país, gracias a la
nueva legislación de tierras, Ley 108-05, y sus modificaciones.
A continuación podemos apreciar imágenes de La Gromma, instrumento de uso obligado
en la Roma antigua, quienes son un gran legado de la distribución de espacios y
construcciones modernas.
LA GROMMA
Estela funeraria de Nicostratus, donde está
esculpida una groma. Museo
arqueológico de Nápoli.
Modelo egipcio
A continuación podremos apreciar una imagen de una dioptra, construida según la
descripción que hace el historiador de la antigüedad Herón de Alejandría, el tercer
instrumento detectado como auxiliar de la agrimensura en los tiempos antiguos.
Dioptra y su Evolución
Dioptra según la describe, Herón de Alejandría
Bajo los romanos los agrimensores se establecieron como una profesión de vital
importancia, y crearon las divisiones básicas del imperio, los terrenos conquistados, así
como el registro de los impuestos de las tierras conquistadas (sobre el año 300 aC).
En Inglaterra, se estableció lo que se denomina el Domesday Book, instituido por
Guillermo I, en el 1086 de nuestra época. Este registro contenía una distribución agraria
de toda la tierra, que cubría toda la extensión ocupada por el país. En el figuran nombres
de los propietarios de las tierras, superficie, calidad de la tierra, e información específica
sobre el contenido de la zona y sus habitantes, aunque no incluía mapas mostrando la
exacta localización de las tierras.
El catastro de la Europa continental se creó en 1808, por Napoleón Bonaparte, quien
manifestó mientras realizada esta magnífica obra: "Un buen catastro será mi mayor logro
en mi derecho civil". Contenía el número de parcelas de la tierra, su uso, su valor., etc. En
este ejercicio se delimitaron 100 millones de parcelas de tierra, se triangularon y
midieron, haciéndose mapas a escala de 1:2,500 y 1:1,250.
Esta acción tuvo una rápida propagación por Europa, pero tuvo un gran obstáculo durante
su desarrollo, debido a los problemas en los países del Mediterráneo, los Balcanes y
Europa Oriental ocasionados por los gastos de mantenimiento del catastro y conflictos
constantes en estos lugares.
A continuación vemos un cuadro del 1728, de autor desconocido, en el cual podremos ver
algunos instrumentos de uso en la agrimensura, la forma de registros de los datos, así
como algunos polígonos de levantamientos parcelarios, lo cual nos indica de los avances
logrados por esta profesión para dicha época.
Cuadro de agrimensura, 1728
En la siguiente ilustración, también de autor desconocido, en el cual podremos ver un
agrimensor en plena labor de trabajo de campo, el cual por la forma de vestimenta e
instrumentación se podría firmar que es de inicios del siglo XIX.
2.3 HISTORIA DE LA AGRIMENSURA EN REPÚBLICA DOMINICANA
La evolución histórica de la propiedad inmobiliaria en la República Dominicana se
circunscribe a seis grandes períodos en el derecho de tierras. El primer período se inicia
con la "Bula Inter Coetera", o "Noverum Universo", del Papa Alejandro VI, del 3 de mayo
del 1493, en ella se legitima la conquista del nuevo mundo invistiéndose a la Corona
española con el derecho de propiedad de las tierras descubiertas. En ese período
convivieron la propiedad pública, arbitraria con el uso de la fuerza del conquistador y la
propiedad clandestina de los oprimidos, consistiendo éste último un uso forzado por las
circunstancias que con el tiempo fue creando derecho.
En 1513 aparecen las primeras disposiciones sobre reparto territorial en forma legislativa.
La merced fue una compensación hecha por el Monarca de terrenos de su
propio patrimonio y del de la Corona por servicios militares o públicos que incluía el
derecho a vender como propios los terrenos, pasados cuatro años de posesión,
constituyéndose como el sistema legal de adquisición. Es limitada en el tiempo debido a
que las concesiones se hacían por el tiempo que fuere la voluntad del Monarca, salvo el
término de posesión para los que hubieren fundado sus casas y cumplido de una manera
permanente durante años las obligaciones de la concesión.
Otro medio muy particularmente castellano de adquisición de la propiedad inmobiliaria
fue el de los repartimientos o conjunto de operaciones mediante las cuales la Corona
española administraba y distribuía las tierras descubiertas. Su interés para los estudiosos
de la historia del derecho de propiedad en América y en particular para Santo Domingo,
estriba en que fue el primer sistema establecido por España en las tierras recién
descubiertas a medida que eran arrancadas a los aborígenes y entregadas a los
conquistadores y colonizadores a principios del siglo XVI.
El segundo período se inicia con la llamada Ley de Amparo Real del 20 de noviembre del
1578, la misma ratifica el derecho de propiedad de la Corona española sobre las tierras y
se establece un procedimiento para amparar los derechos de propiedad a poseedores que
tuvieran una prueba escrita preexistente basada en la merced. Más tarde, la Ley de
composición de tierras del 17 de marzo del 1631 dispuso que todos los ocupantes de
tierras en exceso fueran sometidos a moderadas composiciones, se les entregaran títulos
de sus posesiones y se les vendiera el resto. Esta Ley además aumento a diez años la
anterior prescripción de cuatro. Estas dos disposiciones, conjuntamente con la creación
del Consejo de Indias, y las Cédulas Reales, constituyeron lo que se conoce como
las Leyes de Indias.
En ellas surgen las "Capitulaciones", o convenios entre la Corona y un particular, además
se crea la denominada propiedad realenga, cuyo dueño era el Rey, pero no como Monarca
sino como un señor feudal más. También la propiedad eclesiástica o abadenga, propiedad
de las abadías y órdenes religiosas, vastas y privilegiadas, que tuvo una poderosa
influencia, a veces mayor que la del poder público.
El tercer período se inicia a raíz de la independencia de 1844, cuando regía en el país
el Código Civil francés de 1804 "napoleónico", que había sido impuesto por el dominador
haitiano desde 1822, con ese hecho adquiere la nueva República, que surgía libre e
independiente, todos los derechos que sobre estas tierras tenía en su patrimonio la
Corona de España.
Como no se había legislado aún de manera especial sobre los terrenos comuneros, era
necesario acudir para la partición de los mismos al Código de Procedimiento Civil, lo que
hacia que una partición fuese un procedimiento largo, costoso e imperfecto, puesto que
la demanda debía ser notificada a tantas partes como accionistas existieran, corriéndose
el riesgo de que muchas veces después de concluido un procedimiento de partición
apareciera un nuevo accionista que no había sido notificado y cuyos derechos era preciso
tener en cuenta.
El cuarto período comienza con la Ley de División de Tierras Comuneras del 21 de abril del
1911, durante el gobierno del Presidente Ramón Cáceres, éste fue el primer intento serio
del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de división
de dichos terrenos. Algunas de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley fueron
transportadas a Ley vigente (Ley 1542, Artículo No. 89 al 117).
El quinto período surge con la promulgación de la Orden Ejecutiva 511 del 21 de julio del
1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens
de registro de propiedad inmobiliaria. Ese sólo hecho representa un acontecimiento legal
de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en
la historia de la propiedad inmobiliaria en este país.
El sexto período nace con la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de
octubre de 1947, legislación netamente dominicana, que representa un acontecimiento
de extraordinaria importancia para nuestra historia, donde los dominicanos manifestamos
la voluntad de darnos el régimen legal de la tenencia de la tierra que nos rige.
Durante el Gobierno del Presidente Ramón Cáceres, con la Ley de División de Tierras
Comuneras del 21 de abril del 1911, comienza el Cuarto Período con el primer intento
serio del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de
división de los terrenos. Algunas de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley
fueron transportadas a Ley vigente (Ley 1542, Artículo No. 89 al 117).
El quinto período surge con la promulgación de la Orden Ejecutiva 511 del 21 de Julio del
1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens
de registro de propiedad inmobiliaria. Ese sólo hecho representa un acontecimiento legal
de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en
la historia de la propiedad inmobiliaria en este país.
El sexto Período nace con la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de
octubre de 1947, legislación netamente dominicana, que representa un acontecimiento
de extraordinaria importancia para nuestra historia, donde los dominicanos manifestamos
la voluntad de darnos el régimen legal de la tenencia de la tierra que nos rige.
El Sistema Torrens deriva su nombre de su autor Sir Robert Torrens, de Australia del Sur, a
quien le preocupaban los inconvenientes y contratiempos que surgían en Inglaterra para
la mutación de la propiedad inmobiliaria, por la falta de un documento firme e inatacable
justificativo del derecho de propiedad, la carencia de un registro científico de la propiedad
inmobiliaria y de las grandes exigencias requeridas para la realización de cualquier
operación jurídica, debido a la imperfección de los sistemas de registro hasta entonces en
vigor, deficiencias de que adolecía también el Sistema francés vigente en nuestro país.
El Sistema Torrens adoptado en la República Dominicana tiene su origen la ley de la Isla
Filipinas de 1902. En nuestro país fue promulgada bajo el nombre de la Ley de Registro de
Tierras al igual que la Ley sobre División de Terrenos Comuneros del año 1911, son los dos
grandes esfuerzos legislativos hechos en el país con el propósito de resolver el problema
de las tierras comuneras y de organizar un sistema de registro de la propiedad
inmobiliaria, de carácter científico y permanente, lo que en la primera de estas leyes se ha
logrado como una conquista jurídica en materia de registro inmobiliario que honra y
distingue a la República Dominicana entre aquellos países de más avanzada legislación en
ese aspecto, ya que los títulos que se adquieren de conformidad con dicha Ley, tienen un
carácter de irrevocables, perpetuos y absolutos como una consecuencia lógica y obligada
de las condiciones de publicidad, autenticidad, legalidad y especialidad del Sistema
Torrens, y sobre los cuales, por tanto, no pueden surgir transcurrido
cierto tiempo, conflictos de ninguna naturaleza en cuanto al derecho de propiedad se
refiere y cuyo Título tiene la garantía del Estado.
Estos Títulos son pues, imprescriptibles e inatacables y de ahí la inmensa ventaja del
Saneamiento Catastral. Sólo así, con esa gran ventaja pudo imponerse en el país un
procedimiento y una legislación totalmente distinta a la imperante por siglos, en cuanto al
sistema de registro de la propiedad inmobiliaria se refiere.
El derecho de la propiedad inmobiliaria en la América Hispana varió en su esencia según
cambió el interés económico del gobierno español durante los tres siglos del periodo
colonial. Al principio el interés principal en este aspecto fue el de poblar y de facilitar a los
colonizadores la ocupación de las vastas áreas de las islas antillanas y del continente.
Durante ese primer período, que podría llamarse de "política colonizadora", la propiedad
se adquiría por donación gratuita directa de la Corona o indirectamente a través del
Gobernador y la Real Audiencia. Estas donaciones se hicieron generalmente a los nuevos
pobladores que fuesen generalmente de Condición y Calidad.
Más adelante la Constitución de 1821 determinó que la parte española de Santo Domingo,
sería un Estado soberano y declaró abolida la constitución de la Monarquía española. Esta
es la primera actuación jurídica que convierte a la que luego fuera República Dominicana
en cesionaria de los Derechos Territoriales de la Corona de España.
La Independencia de la Patria a través de la Constitución de 1844 consagra en su Artículo
No.2, lo siguiente: "La parte española de la Isla de Santo Domingo y sus Islas adyacentes,
forman el Territorio de la República Dominicana", posteriormente en el Artículo No.21 de
la citada Constitución se consagra el derecho de propiedad como inherente a
la personalidad humana y dispone que nadie puede ser expropiado, sino por causa de
utilidad pública, previa justa indemnización". (En todas las modificaciones hechas a la
Carta Magna, este artículo se ha mantenido vigente).
Hasta ese momento no había ningún registro organizado en lo que se refiere al derecho
de propiedad, es decir, que no existía ninguna oficina pública donde los actos relativos a la
transmisión del derecho de propiedad fueran objeto de alguna intervención directa o
indirecta por parte de las autoridades.
A raíz de la independencia de 1844, cuando regía en el país el Código Civil Francés de 1804
o Código Napoleónico, que había sido impuesto por el dominador haitiano desde 1822,
con ese hecho adquiere la nueva República, que surgía libre e independiente, todos los
derechos que sobre estas tierras tenía en su patrimonio la Corona de España. Como no se
había legislado aún de manera especial sobre los terrenos comuneros, era necesario
acudir para la partición de los mismos al Código de Procedimiento Civil, lo que hacía que
una partición fuese un procedimiento largo, costoso e imperfecto, puesto que
la demanda debía ser notificada a tantas partes como accionistas existieran, corriéndose
el riesgo de que muchas veces después de concluido un procedimiento de partición
apareciera un nuevo accionista que no había sido notificado y cuyos derechos era preciso
tener en cuenta.
Cabe precisar que en aquella época la propiedad se encontraba dividida en:
Propiedad del Estado
Propiedad de los particulares
 Terrenos Comuneros
 Terrenos no Comuneros
En el año 1845 se vota la Ley sobre Bienes Nacionales. Disposiciones interesantes de esta
ley son:
Se establece que todas las propiedades sin dueño conocido situadas en el territorio
de la República Dominicana son bienes nacionales.
Son bienes nacionales también, todas las propiedades, muebles e inmuebles,
capitales y sus rentas, pertenecientes a gobiernos anteriores, a conventos
religiosos de ambos sexos ya extinguidos, a terceras órdenes, cofradías y demás
corporaciones que ya no existieren.
Se establecía como bienes nacionales los que hubieren pertenecido a los haitianos
que estaban bajo el gobierno y que se mostraron de acuerdo con la proclamación
de la independencia, y los bienes de los que se ausentaron del país sin prestar
juramento de fidelidad a la nueva República y los que auxiliaron al enemigo.
En el año 1890 se promulga nuestra ley sobre Registro y Conservaduría de
Hipotecas, ideada sobre el sistema Francés. Se crean en virtud de esta ley las
Conservadurías de Hipotecas a cargo de un funcionario denominado Conservador
de Hipotecas. Estas oficinas debían existir en las cabeceras de las Provincias o
Distritos. En este texto legal no se consigna la obligatoriedad de la transcripción de
los actos entre vivos relativos a la propiedad inmobiliaria.
El primer esfuerzo por reglamentar la situación de los terrenos comuneros ocurre en el
año 1907, en el que se dicta la ley del 29 de Junio, cuyo objetivo era evitar un sinnúmero
de fraudes entre los codueños de terrenos comuneros, estableciéndose las reglas
siguientes:
 prohíbe a los notarios levantar actos de venta en terreno comuneros si
no fueren previamente mensurados
 prohíbe a los encargados del Registro, registrar actos de venta bajo
escritura privada que se refieran a ventas en esas tierras, a menos que
se les presente el plano de dichas tierras.
En el año 1912 se crea la ley de Inscripción de Títulos, con ella se pretendió
organizar un catastro para los terrenos rurales, disponiendo la inscripción de los
títulos. Esta ley tenía un carácter obligatorio y general. Constituía una obligación inscribir
todos los títulos y se establecía que todo el que adquiriera una propiedad territorial rural
debía inscribirla en el registro en el término de 60 días a partir de la fecha de
adquisición. Las funciones referentes a esta ley estaban a cargo del Conservador de
Hipotecas.
Las modificaciones constitucionales del año 1994 dieron paso a la escogencia de
los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia en el año 1997. El alto tribunal
seleccionó los Jueces de la Jurisdicción de Tierras y los Registradores de Títulos el 22 de
octubre de ese año, marcando el inicio del Séptimo Período de la evolución de la
Propiedad Inmobiliaria. La Suprema impulsó el Programa de Modernización de la
Jurisdicción de Tierras con objetivos específicos que dieron como resultado la aprobación
de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, promulgada el 23 de marzo de 2005.
Con esta ley, sus reglamentos y una posterior modificación, se definieron las
funciones del Registro de Títulos, los Tribunales de Tierra, la Dirección de Mensuras
Catastrales, la Dirección de Catastro Nacional y el Abogado del Estado, como
dependencias del Poder Ejecutivo.
2.4 DESARROLLO DE LAS INSTITUCIONES AGRIMENSURALES.
La agrimensura ha sido un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde
el comienzo de la historia registrada (en el 5000 a. C.); es un requisito en la planificación y
ejecución de casi toda forma de la construcción. Sus aplicaciones, actuales, más conocidos
son en el transporte, edificación y construcción, comunicaciones, cartografía, y la
definición de los límites legales de la propiedad de terrenos. Las técnicas de la
agrimensura se han aplicado a lo largo de gran parte de nuestra historia escrita.
Los estudios de agrimensura se iniciaron con cierta formalidad en el año1852, durante el
gobierno de Buenaventura Báez; pero la docencia se sistematizo 3O años más tarde,
debido a la inestabilidad social que existió en la segunda mitad del siglo XIX.
El Instituto Profesional, convertido a Universidad de Santo Domingo en el año 1914,
graduó los primeros nueve agrimensores en el periodo 1882—1902; indiscutiblemente, la
Agrimensura es una carrera muy antigua.
A mediados de la década del 40, específicamente el 28 de Octubre de 1945, es fundada la
primera organización de profesionales en el país, la Asociación Dominicana de Ingenieros
y Arquitectos (ADIA). Está agrupada a todos los ingenieros existentes hasta entonces:
civiles, topógrafos, de caminos, puentes, constructores, arquitectos y prácticos.
Luego de la caída de la tiranía surge la idea de que la entidad se convierta en un Colegio,
en ese tiempo la ADIA estaba dirigida por el Arquitecto Rafael Tomás Hernández Ramos.
Además entre los dirigente se encontraban el ingeniero Osvaldo Oller, arquitecto Manuel
Baquero (fallecido), los ingenieros Rafael Vinicio Matos Peralta, Nelson Pellerano
(fallecido) y Luís Martínez Quiroz, entre otros.
En el año 1962 se establecieron las estructuras jurídicas que le fueron presentadas al Lic.
Rafael F. Bonelly, Presidente del Consejo de Estado que gobernaba el país en ese año.
Para esa época habían sido incorporadas dos asociaciones profesionales: la de Ingenieros
Topógrafos y la de Agrimensores, quienes por invitación Hernández Ramos se unieron a
los trabajos de estructuración del Colegio.
Tras muchas diligencias y cabildeos ante el Consejo de estado, éste aceptó promulgar la
Ley de creación del Colegio, poniendo como condición la firma de una Acta en el Palacio
Nacional, donde los representativos de los grupos profesionales aceptaban la estructura
jurídica de la nueva Institución, por lo cual el 11 de Enero de 1963 se promulga la ley que
crea el Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos. Pocos días después a solicitud de
los agrimensores se modificó el Artículo Primero de la Ley 6160 promulgando la Ley 6201.
Hoy en día existen:
 Cartográfico Militar
 Instituto Geográfico
 Universitario INDRI
 Ministerio de Medio Ambiente
 Obras Pública
 Ayuntamientos
 Jurisdicción Inmobiliaria
 Oficina Nacional de Estadísticas
 Dirección General de Catastro.
En la actualidad existen Tres Direcciones Regionales de Mensuras Catastrales:
1.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO CENTRAL,
con sede en el Distrito Nacional, y competencia sobre el:
Distrito Nacional y las de Santo Domingo,
Monte Plata,
San Cristóbal,
El Seibo,
Hato Mayor,
San Pedro de Macorís,
La Romana,
La Altagracia,
Peravia,
Azua,
San Juan de la Maguana,
Barahona,
Bahoruco,
Independencia,
San José de Ocoa,
Pedernales y Elías Piña.-
2.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO NORTE,
con sede en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, y competencia sobre las Provincias
de:
Santiago,
La Vega,
Monseñor Nouel,
Santiago Rodríguez,
Espaillat,
Valverde,
Puerto Plata,
Montecristi
y Dajabón.-
3.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO NORESTE,
con sede en la Ciudad de San Francisco de Macorís, y competencia sobre las Provincias de:
Samaná,
María Trinidad Sánchez,
Duarte,
Sánchez Ramírez
y Salcedo.-
2.5 INSTRUMENTOS UTILIZADOS EN LA AGRIMENSURA.
En los levantamientos topográficos se pueden encontrar muchos, los cuales se clasifican
en tres equipos:
 Para medir los ángulos utilizamos la brújula, el transito y el teodolito.
 Para medir distancias se utiliza la cinta métrica, el odómetro y el distanciometro.
 Para medir pendientes utilizamos el nivel de mano, el riel, el fijo, basculante,
automático.
Técnicas de medición
Históricamente, se midieron distancias de múltiples formas; como unir los puntos con
cadenas de una longitud conocida, por ejemplo, la cadena de Gunter o cintas de acero
o invar. Con el fin de medir las distancias horizontales, estas cadenas o cintas se
tensaban de acuerdo a la temperatura, para reducir el pandeo y la holgura. Gracias a
estas cadenas surgió el oficio, auxiliar del agrimensor denominado Cadenero, persona
que hacían las labores de unir los puntos entre distancias, tensando dicho
instrumento.
Los ángulos horizontales se midieron utilizando una brújula, que proporciona una
inclinación magnética que se podía medir. Este tipo de instrumento posteriormente se
mejoró, con unos discos inscritos con mejor resolución angular, así como el montar
telescopios con retículos para ver con más precisión encima del disco (véase
teodolito). Además, se añadieron círculos calibrados que permitían medir los ángulos
verticales, junto con los Verniers para la medir fracciones de grados.
En la siguiente ilustración apreciamos una brújula de agrimensor de fines del Siglo
XVIII
Medición de alturas
El método más simple para medir alturas es con un altímetro (básicamente un
barómetro); utilizando la presión del aire como indicador de alturas. Pero para la
agrimensura se necesitaba mejorar la precisión. Con este fin se han desarrollado una
multitud de variantes, tales como los niveles exactos.
Los niveles son calibrados para dar un plano exacto de diferencias de alturas entre el
instrumento y el punto en cuestión que se mide, por lo general, mediante el uso de
una barra de medición vertical o mira.
Con el uso de la electrónica, se logra un gran avance y la misma se une a los teodolitos
tradicionales y entonces surgen los Distanciómetros (1936), con lo que se logran medir
longitudes de varios kilómetros, pero sobre todo con la llegada de cada avance
tecnológico se acorta el tiempo de respuesta y la calidad y precisión del trabajo
encomendado.
Desde entonces a la actualidad, en forma vertiginosa aparecieron distintos tipos de
medidores electro-ópticos, llegando en la actualidad a la denominada Estación Total,
equipo de medición electrónico combinado con software de cálculo, que permite
realizar cálculos trigonométricos y geométricos en tiempo real.
Distanciometro
Por último, surge la estación total (RTK) con GPS (Global Positioning System)
integrado, equipos que determinan la posición de un punto en la tierra usando las
señales emitidas por satélites que se encuentran girando alrededor de la tierra a una
distancia de 20,180 Kms.
Existen en el mercado, navegadores GPS de uso común, con precisión de error que
ronda entre los 10 y 20 metros. Comúnmente se utilizan para conocer longitudes,
superficies y ubicaciones aproximadas. Los de uso actual tienen una precisión, cuyo
grado de error posible por medida de cada mil metros es de cinco milímetros.
GPS
Estación Total
Las mediciones realizadas con GPS Diferenciales o RTK, tienen una precisión del orden
del cm., se utilizan en agricultura de precisión y nos permiten conocer en corto
tiempo, longitudes y superficies con un mínimo margen de error, elaborando en
tiempo real los polígonos formados por las propiedades bajo estudio.
INSTRUMENTACIÓN MODERNA
Con el avance de la tecnología y la necesidad de obtener mayor precisión en los
resultados de medición, se dio origen al Teodolito (1890), instrumento que montado
sobre un trípode, permite obtener medidas de ángulos horizontales y verticales, con
precisión de 1 minuto a 1 segundo de arco.
Teodolito: Instrumental óptico que sirve para medir ángulos horizontales y verticales.
Tiene regla vertical (llamada mira) para medir distancias. Algunos cuentan con una brújula
para determinar azimut. Hoy en día, sólo se usan para replanteo de terrenos simples o
pequeñas obras.
Características:
 Es portátil y manual.
 Está hecho con fines topográficos e ingenieriles.
 Utiliza una regla vertical que se denomina ¨mira¨.
 El aparato puede nivelarse por medio de los tornillos nivelantes.
 El anteojo puede girar alrededor de un eje horizontal y otro vertical
 Es un telescopio montado sobre un trípode con dos círculos graduados, uno
vertical y otro horizontal, con los que se miden los ángulos con ayuda de lentes.
 Es una herramienta muy sencilla de transportar
El primer teodolito fue construido por el óptico y mecánico ingles Jesse Ramsden
(1735-1800).
Las mediciones a gran escala son un
prerrequisito para realizar un mapa. A fines
de los 1780s, un equipo de la cartografía de
Gran Bretaña, inicialmente bajo la autoridad
del General William Roy, comenzó la principal
obra de la triangulación de Bretaña,
utilizando el teodolito Ramsden, aparato con
el cual se hizo posible la agilización y la
precisión de los trabajos hasta ese entonces,
convirtiéndose en un compañero inseparable
del profesional de la agrimensura hasta
nuestros días.
En España, en el siglo XIX, Javier de Burgos apoyó la creación de la Academia de las
Nobles Artes, para expedir títulos de agrimensores, con lo cual se dio el inicio de
reconocimiento a esta noble labor, la cual había venido siendo desplegada, aunque de
manera muy técnica, pero de forma empírica por sus ejecutantes.
El Nivel: es el Instrumental óptico para realizar nivelaciones, es decir la distancia vertical o
desnivel entre dos puntos. En mensuras donde se soliciten altimetrías o curvas de nivel.
No es tan usado en mensuras como en obras civiles.
Se utiliza en todo tipo de nivelaciones; como por ejemplo: para la realización de taipas en
arroceras, para calles y caminos, para pendiente de acueductos, canales, para la nivelación
de canchas de deportes etc. Es posible medir distancias también con ellos.
Características:
 Pueden ser manuales o automáticos.
 Consta de un anteojo similar al del teodolito, con un retículo estadimetrico para
apuntar y un nivel de burbuja muy sensible.
Estación Total es el Instrumental electro-óptico que sirve para medir ángulos, verticales y
horizontales, medir distancias en forma electrónica, en vez de reglas usa prismas. También
replantea lotes con coordenadas planas y azimut, realiza levantamiento o replanteo de
detalles, construcciones, árboles, alambrados, etc. Con una plaqueta electrónica se
pueden pasar todos los datos a una PC. Cuenta con una pantalla alfanúmerica de cristal
liquido.
 Consta de iluminación independiente de la luz solar,
 Calculadora,
 Distanciometro,
 Trackeador (seguidor de trayectoria),
 La posibilidad de guardar información en formato electrónico.
 Cuenta con diversos programas sencillos.
GNSS RTK: Es la aportación tecnológica que permite obtener coordenadas en tiempo
real en el sistema de referencia adoptado previamente. El trabajo en tiempo real es una
forma de obtener los resultados tras procesar las observaciones. La unidad de control
realiza el cálculo de manera rápida a la
captación de las señales, y se obtienen
las coordenadas al instante; es lo que se
llama “tiempo real”. Todos los avances
tecnológicos efectuados en las técnicas de medición GNSS se dirigen a estar en menor
tiempo posible en la forma del punto y tener el resultado en el propio campo.
Características:
 Permite realizar levantamientos y replanteos milimétricos con mayor agilidad y
menor costo.
 Tiene un alcance de 30 kms y si se utiliza GPRS celular puede alcanzar hasta 75 kms
 Mayor precisión topográfica.
 Certeza en el posicionamiento.
 Máxima compatibilidad con redes satelitales (GPS, GLONASS, GALILEO, COMPASS)
 Tecnología bluetooth.
 Cuenta con un poderoso colector.
DGPS o GPS diferencial.
El DGPS (Differential GPS), o GPS diferencial, es un sistema que proporciona a los
receptores de GPS correcciones de los datos recibidos de los satélites GPS, con el fin de
proporcionar una mayor precisión en la posición calculada. Se concibió
fundamentalmente debido a la introducción de la disponibilidad selectiva (SA).
Cintas: Las cintas métricas se hacen de distintos materiales, con longitud y pesos muy
variables. Se usan para medir distancias.
Piquetes: Son generalmente de unos 25 a 35 cros de longitud, están hechos de varilla de
acero y provistos en un extremo de punta y en el otro de una argolla que les sirve de
cabeza.
Jalones: Son de metal o de madera y tienen una punta de acero que se clavan en el
terreno. Sirven para indicar la localización de puntos o la dirección de líneas.
Escuadra de agrimensor. Se emplea en el levantamiento, de poca precisión, para lanzar
visuales a cierta altura sobre el suelo.
Plomada: Pesa metálica utilizada para marcar la proyección horizontal de un punto
situado a cierta altura sobre el suelo.
Brújula de Agrimensor: Consiste en una brújula magnética montada en trípode y provista
de visor. Sirve para determinar el rumbo de las alienaciones.
Plancheta: Tablero de dibujo montado sobre un trípode, posee una aliada que puede
moverse alrededor del tablero. Se usa para dibujar directamente planos topográficos.
Rodete: Es una cinta métrica, flexible, que sirve para medir distancias.
Agujas: Son una varillas de acero, terminadas en puntas de unos 30 cros de -longitud, para
ir señalando el extremo de la cinta métrica a medida que esta se va extendiendo
sucesivamente sobre el terreno para determinar una distancia.
Trípode: Es donde va montado los equipos, o sea, transito, teodolito, estación total.
Estadias: Es una regla de madera, de sección rectangular y con divisiones que permiten
medir alturas o desniveles. El extremo inferior de la estadía va provisto de un regatón de
metal, y ordinariamente en este extremo es que se encuentra el cero de graduación de la
estadía.
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4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
 

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  • 1. CAPITULO 2 2.1 Historia de la Agrimensura La agrimensura es un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde los inicios de la historia registrada ha sido un requisito en la planificación y ejecución de casi toda forma de construcción, actualmente aplicada en el transporte, edificación, construcción en general, comunicaciones, cartografía, y para la definición de los límites legales de la propiedad de terrenos. Los comienzos de la agrimensura se remontan a tiempos tan remotos como la misma idea de la propiedad de la tierra. Su práctica fue consecuencia del proceso de radicación y afincamiento experimentado por las parcialidades que de nómadas pasaran a sedentarios; que de una economía pastoril evolucionaran a actividades de tipo agrario. Esto exigió la distribución de la tierra y su ordenamiento parcelario, imponiéndose la mensuración de los respectivos predios, de cuya actividad nació la Agrimensura como ciencia, arte u oficio. Desde entonces, la mayoría de las civilizaciones de la historia del mundo han usado algún tipo de medición de terrenos, que con el tiempo se han vuelto más sofisticadas a causa de los cambios de leyes y desarrollo de la tecnología. Algunos de los logros arquitectónicos más notables de las antiguas sociedades civilizadas no habría sido posible sin el conocimiento de los principios básicos de la topografía. Las grandes pirámides de Egipto y los acueductos romanos existen, en parte, como un testimonio de la habilidad del agrimensor. Nues tro s is tema actual de la agrimensura de tierras y el mantenimiento de registros es en realidad una historia compuesta de capas de técnicas y conceptos acumulados a través del tiempo, tan pronto como originarias desde hace más de 5,000 años.
  • 2. Uno de los primeros ejemplos de una medición de terreno utilizando medios matemáticos se encuentra en el antiguo Egipto. La Gran pirámide, construida alrededor de 2,700 a.C. en Guiza, demuestra los conocimientos egipcios de las técnicas de la agrimensura, pues esta exhibe una base casi perfectamente cuadrada y sus cuatro lados están situados directamente al norte, sur, este y oeste, con asombrosa exactitud. El primer documento conocido acerca la propiedad de tierras es “el registro de terrenos egipcios”, creado alrededor del año 3,000 a.C, en el cual se muestra a los propietarios de varias áreas de tierra y también se registra su ubicación. También se conoce, gracias a Heródoto (historiador y geógrafo griego), que en el antiguo Egipto trabajaban unos técnicos llamados “estiradores de cuerdas”, los que utilizaban cuerdas de longitudes conocidas con las que se encargaban de replantear los límites de las propiedades después de las crecidas del Nilo, asignando a cada agricultor el área que le correspondía tal cual había sido relevada previo a la crecida, lo cual permitía mantener el funcionamiento del motor principal de la economía, como era la ag ricultura, lo cual era muy importante en un país como Eg ipto. Las herramientas de agrimensura que eran usadas en el antiguo Egipto eran simples, pero, como es obvio, ellos las usaban de forma completamente efectiva. Las herramientas más bás icas eran la plomada, una varilla de codo, para mediciones cortas y una cuerda de calibración de 100 codos para mediciones largas. Estas cuerdas eran anudadas a intervalos se igual distancia.
  • 3. Aparentemente usaron la aplicación práctica del triángulo egipcio para establecer ángulos de 90 grados. Para nivelar, los egipcios usaban una herramienta en forma de “A”. Una plomada, colgada desde la parte superior de la “A” suspendida por el centro de la viga cruzada cuando la herramienta estaba nivelada extremo con extremo. Era común que las tierras tuvieran propietarios, aunque la mayoría le pertenecían al Faraón. Esto fue lo que hizo mas importante la agrimensura, pues el alquiler y los impuestos estaban basados en el área que era cultivada. En Mesopotámia tambien se desarrolló la agrimensura como consecuencia de las obras de canalización y regadío que se servían de las aguas de los ríos Tigris y Eufrates para regar las tierras. Una prueba del uso de la agrimensura en la antigua Babilonia es la placa de roca caliza conocida como el Kudurru babilónico, que data del año 1,200 a.C., la cual contiene inscripciones acerca de los terrenos. Contiene el límite, el nombre del agrimensor, del propietario y la historia de la propiedad. Esta representa uno de los métodos de agrimensura actual, por la utilización en tiempos recientes de piedras límite u otra marca en una esquina de la propiedad. Cerca del año 500 a.C., los griegos habían adoptado muchas de las técnicas topográficas egipcias. Es conocido que matemáticos, incluidos Tales de Mileto y Pitágoras, viajaron a Egipto a estudiar geometría, regresando a Grecia a transmitir su conocimiento en matemáticas y agrimensura. Estos adaptaron las técnicas de medidas, modificándolas con sus sofisticados avances, convirtiéndola en un sistema refinado.
  • 4. En Grecia, fueron inventados los jalones y la gromma, un tipo de escuadra que utilizaron para el trazado de perpendiculares en el campo, y tambien el trípode para sostener la dioptras (antecesor directo del teodolito). De esta época es también el nivel de agua, mediante el cual la altimetría dio sus primeros pasos. El imperio Romano, es tambien otra civilización conocida por su habilidad en la medición de terrenos: una inspección de las calles romanas, acueductos, canales, edificios, distribución de la cuidad, y las divisiones de la tierra confirma su dominio insuperable en el uso de instrumentos topográficos. Los romanos fueron los primeros en sistematizar la repartición de la tierra y en hacer de la agrimensura una profesión oficial. Los principios básicos de la agrimensura han cambiado poco a lo largo de los siglos, pero los instrumentos utilizados por los agrimensores han evolucionado enormemente.
  • 5. Evolución de la Agrimensura 2.2 A medidas que el hombre fue evolucionando y dio el paso de nómada a sedentario, esto fue produciendo necesidades que hicieran posible su convivencia, entre ellas, la necesidad de organización. Esta necesidad hizo posible la distribución de los espacios de que disponían, primero para construir sus casas o viviendas y luego para distribuir los espacios destinados para el cuido de los animales domésticos y los espacios disponibles para la agricultura. Es por esta razón que se afirma que la agrimensura es una de las profesiones más antiguas de la humanidad, ya que su uso consciente viene desde tiempos muy lejanos, aproximadamente 3,000 aC. Como ha sido expresado antes, las subidas del río Nilo, en Egipto, produjo la profesión de los denominados estiradores de cuerdas, quienes tenían la facultad de localizar los terrenos ocupados por sus dueños, una vez las aguas del Nilo
  • 6. volvían a su nivel, quedando nueva vez los terrenos cultivables ocupados por sus antiguos propietarios, en dimensiones y cantidades similares. Esa gran visión del hombre de la protección y cuidado de los terrenos cultivables es lo que lo ha llevado a determinar que, uno de los recursos naturales más importantes de un pueblo es su suelo. De ahí que la declaración de las Naciones Unidas de Ginebra en 1963, en el marco del Decenio para el Desarrollo, haya expresado: “Después de la población humana, la mayor riqueza de un país es su suelo”. Inicio de la Agrimensura En los comienzos de la agrimensura, para poder determinar longitudes y valores angulares, se usaba una cadena de longitud conocida, aplicándose una tensión en los extremos a fin de eliminar los efectos del pandeo, así podían determinar las longitudes perimetrales de las propiedades. Posteriormente, llegaron otros artefactos predecesores de la brújula para la medición de los ángulos internos. De Egipto y Caldea, la agrimensura pasó a Grecia, donde fueron inventados los jalones y un tipo de escuadra, denominada la gromma y también la dioptra, la cual consistía en un objeto que permitía medir cambios de nivel del terreno y media los ángulos formados por las líneas divisorias de los linderos; esta disponía también de un trípode que le permitía sostenerse en posición vertical. De esta época es también el nivel de agua, mediante el cual dio sus primeros pasos la Altimetría, rama auxiliar de la agrimensura. En Roma, la actividad de los agrimensores fue constreñida a un concreto “corpus juris" al crearse la "actio finium regundorum", aquella acción mixta en la que se puede ver el origen de la acción de deslinde, actualmente muy de moda en nuestro país, gracias a la nueva legislación de tierras, Ley 108-05, y sus modificaciones. A continuación podemos apreciar imágenes de La Gromma, instrumento de uso obligado en la Roma antigua, quienes son un gran legado de la distribución de espacios y construcciones modernas.
  • 7. LA GROMMA Estela funeraria de Nicostratus, donde está esculpida una groma. Museo arqueológico de Nápoli. Modelo egipcio A continuación podremos apreciar una imagen de una dioptra, construida según la descripción que hace el historiador de la antigüedad Herón de Alejandría, el tercer instrumento detectado como auxiliar de la agrimensura en los tiempos antiguos. Dioptra y su Evolución Dioptra según la describe, Herón de Alejandría Bajo los romanos los agrimensores se establecieron como una profesión de vital importancia, y crearon las divisiones básicas del imperio, los terrenos conquistados, así como el registro de los impuestos de las tierras conquistadas (sobre el año 300 aC). En Inglaterra, se estableció lo que se denomina el Domesday Book, instituido por Guillermo I, en el 1086 de nuestra época. Este registro contenía una distribución agraria de toda la tierra, que cubría toda la extensión ocupada por el país. En el figuran nombres de los propietarios de las tierras, superficie, calidad de la tierra, e información específica sobre el contenido de la zona y sus habitantes, aunque no incluía mapas mostrando la exacta localización de las tierras.
  • 8. El catastro de la Europa continental se creó en 1808, por Napoleón Bonaparte, quien manifestó mientras realizada esta magnífica obra: "Un buen catastro será mi mayor logro en mi derecho civil". Contenía el número de parcelas de la tierra, su uso, su valor., etc. En este ejercicio se delimitaron 100 millones de parcelas de tierra, se triangularon y midieron, haciéndose mapas a escala de 1:2,500 y 1:1,250. Esta acción tuvo una rápida propagación por Europa, pero tuvo un gran obstáculo durante su desarrollo, debido a los problemas en los países del Mediterráneo, los Balcanes y Europa Oriental ocasionados por los gastos de mantenimiento del catastro y conflictos constantes en estos lugares. A continuación vemos un cuadro del 1728, de autor desconocido, en el cual podremos ver algunos instrumentos de uso en la agrimensura, la forma de registros de los datos, así como algunos polígonos de levantamientos parcelarios, lo cual nos indica de los avances logrados por esta profesión para dicha época. Cuadro de agrimensura, 1728 En la siguiente ilustración, también de autor desconocido, en el cual podremos ver un agrimensor en plena labor de trabajo de campo, el cual por la forma de vestimenta e instrumentación se podría firmar que es de inicios del siglo XIX.
  • 9. 2.3 HISTORIA DE LA AGRIMENSURA EN REPÚBLICA DOMINICANA La evolución histórica de la propiedad inmobiliaria en la República Dominicana se circunscribe a seis grandes períodos en el derecho de tierras. El primer período se inicia con la "Bula Inter Coetera", o "Noverum Universo", del Papa Alejandro VI, del 3 de mayo del 1493, en ella se legitima la conquista del nuevo mundo invistiéndose a la Corona española con el derecho de propiedad de las tierras descubiertas. En ese período convivieron la propiedad pública, arbitraria con el uso de la fuerza del conquistador y la propiedad clandestina de los oprimidos, consistiendo éste último un uso forzado por las circunstancias que con el tiempo fue creando derecho. En 1513 aparecen las primeras disposiciones sobre reparto territorial en forma legislativa. La merced fue una compensación hecha por el Monarca de terrenos de su propio patrimonio y del de la Corona por servicios militares o públicos que incluía el derecho a vender como propios los terrenos, pasados cuatro años de posesión, constituyéndose como el sistema legal de adquisición. Es limitada en el tiempo debido a que las concesiones se hacían por el tiempo que fuere la voluntad del Monarca, salvo el término de posesión para los que hubieren fundado sus casas y cumplido de una manera permanente durante años las obligaciones de la concesión. Otro medio muy particularmente castellano de adquisición de la propiedad inmobiliaria fue el de los repartimientos o conjunto de operaciones mediante las cuales la Corona española administraba y distribuía las tierras descubiertas. Su interés para los estudiosos
  • 10. de la historia del derecho de propiedad en América y en particular para Santo Domingo, estriba en que fue el primer sistema establecido por España en las tierras recién descubiertas a medida que eran arrancadas a los aborígenes y entregadas a los conquistadores y colonizadores a principios del siglo XVI. El segundo período se inicia con la llamada Ley de Amparo Real del 20 de noviembre del 1578, la misma ratifica el derecho de propiedad de la Corona española sobre las tierras y se establece un procedimiento para amparar los derechos de propiedad a poseedores que tuvieran una prueba escrita preexistente basada en la merced. Más tarde, la Ley de composición de tierras del 17 de marzo del 1631 dispuso que todos los ocupantes de tierras en exceso fueran sometidos a moderadas composiciones, se les entregaran títulos de sus posesiones y se les vendiera el resto. Esta Ley además aumento a diez años la anterior prescripción de cuatro. Estas dos disposiciones, conjuntamente con la creación del Consejo de Indias, y las Cédulas Reales, constituyeron lo que se conoce como las Leyes de Indias. En ellas surgen las "Capitulaciones", o convenios entre la Corona y un particular, además se crea la denominada propiedad realenga, cuyo dueño era el Rey, pero no como Monarca sino como un señor feudal más. También la propiedad eclesiástica o abadenga, propiedad de las abadías y órdenes religiosas, vastas y privilegiadas, que tuvo una poderosa influencia, a veces mayor que la del poder público. El tercer período se inicia a raíz de la independencia de 1844, cuando regía en el país el Código Civil francés de 1804 "napoleónico", que había sido impuesto por el dominador haitiano desde 1822, con ese hecho adquiere la nueva República, que surgía libre e independiente, todos los derechos que sobre estas tierras tenía en su patrimonio la Corona de España. Como no se había legislado aún de manera especial sobre los terrenos comuneros, era necesario acudir para la partición de los mismos al Código de Procedimiento Civil, lo que hacia que una partición fuese un procedimiento largo, costoso e imperfecto, puesto que la demanda debía ser notificada a tantas partes como accionistas existieran, corriéndose el riesgo de que muchas veces después de concluido un procedimiento de partición apareciera un nuevo accionista que no había sido notificado y cuyos derechos era preciso tener en cuenta. El cuarto período comienza con la Ley de División de Tierras Comuneras del 21 de abril del 1911, durante el gobierno del Presidente Ramón Cáceres, éste fue el primer intento serio del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de división
  • 11. de dichos terrenos. Algunas de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley fueron transportadas a Ley vigente (Ley 1542, Artículo No. 89 al 117). El quinto período surge con la promulgación de la Orden Ejecutiva 511 del 21 de julio del 1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens de registro de propiedad inmobiliaria. Ese sólo hecho representa un acontecimiento legal de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en la historia de la propiedad inmobiliaria en este país. El sexto período nace con la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de octubre de 1947, legislación netamente dominicana, que representa un acontecimiento de extraordinaria importancia para nuestra historia, donde los dominicanos manifestamos la voluntad de darnos el régimen legal de la tenencia de la tierra que nos rige. Durante el Gobierno del Presidente Ramón Cáceres, con la Ley de División de Tierras Comuneras del 21 de abril del 1911, comienza el Cuarto Período con el primer intento serio del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de división de los terrenos. Algunas de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley fueron transportadas a Ley vigente (Ley 1542, Artículo No. 89 al 117). El quinto período surge con la promulgación de la Orden Ejecutiva 511 del 21 de Julio del 1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens de registro de propiedad inmobiliaria. Ese sólo hecho representa un acontecimiento legal de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en la historia de la propiedad inmobiliaria en este país. El sexto Período nace con la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de octubre de 1947, legislación netamente dominicana, que representa un acontecimiento de extraordinaria importancia para nuestra historia, donde los dominicanos manifestamos la voluntad de darnos el régimen legal de la tenencia de la tierra que nos rige. El Sistema Torrens deriva su nombre de su autor Sir Robert Torrens, de Australia del Sur, a quien le preocupaban los inconvenientes y contratiempos que surgían en Inglaterra para
  • 12. la mutación de la propiedad inmobiliaria, por la falta de un documento firme e inatacable justificativo del derecho de propiedad, la carencia de un registro científico de la propiedad inmobiliaria y de las grandes exigencias requeridas para la realización de cualquier operación jurídica, debido a la imperfección de los sistemas de registro hasta entonces en vigor, deficiencias de que adolecía también el Sistema francés vigente en nuestro país. El Sistema Torrens adoptado en la República Dominicana tiene su origen la ley de la Isla Filipinas de 1902. En nuestro país fue promulgada bajo el nombre de la Ley de Registro de Tierras al igual que la Ley sobre División de Terrenos Comuneros del año 1911, son los dos grandes esfuerzos legislativos hechos en el país con el propósito de resolver el problema de las tierras comuneras y de organizar un sistema de registro de la propiedad inmobiliaria, de carácter científico y permanente, lo que en la primera de estas leyes se ha logrado como una conquista jurídica en materia de registro inmobiliario que honra y distingue a la República Dominicana entre aquellos países de más avanzada legislación en ese aspecto, ya que los títulos que se adquieren de conformidad con dicha Ley, tienen un carácter de irrevocables, perpetuos y absolutos como una consecuencia lógica y obligada de las condiciones de publicidad, autenticidad, legalidad y especialidad del Sistema Torrens, y sobre los cuales, por tanto, no pueden surgir transcurrido cierto tiempo, conflictos de ninguna naturaleza en cuanto al derecho de propiedad se refiere y cuyo Título tiene la garantía del Estado. Estos Títulos son pues, imprescriptibles e inatacables y de ahí la inmensa ventaja del Saneamiento Catastral. Sólo así, con esa gran ventaja pudo imponerse en el país un procedimiento y una legislación totalmente distinta a la imperante por siglos, en cuanto al sistema de registro de la propiedad inmobiliaria se refiere. El derecho de la propiedad inmobiliaria en la América Hispana varió en su esencia según cambió el interés económico del gobierno español durante los tres siglos del periodo colonial. Al principio el interés principal en este aspecto fue el de poblar y de facilitar a los colonizadores la ocupación de las vastas áreas de las islas antillanas y del continente. Durante ese primer período, que podría llamarse de "política colonizadora", la propiedad se adquiría por donación gratuita directa de la Corona o indirectamente a través del Gobernador y la Real Audiencia. Estas donaciones se hicieron generalmente a los nuevos pobladores que fuesen generalmente de Condición y Calidad. Más adelante la Constitución de 1821 determinó que la parte española de Santo Domingo, sería un Estado soberano y declaró abolida la constitución de la Monarquía española. Esta
  • 13. es la primera actuación jurídica que convierte a la que luego fuera República Dominicana en cesionaria de los Derechos Territoriales de la Corona de España. La Independencia de la Patria a través de la Constitución de 1844 consagra en su Artículo No.2, lo siguiente: "La parte española de la Isla de Santo Domingo y sus Islas adyacentes, forman el Territorio de la República Dominicana", posteriormente en el Artículo No.21 de la citada Constitución se consagra el derecho de propiedad como inherente a la personalidad humana y dispone que nadie puede ser expropiado, sino por causa de utilidad pública, previa justa indemnización". (En todas las modificaciones hechas a la Carta Magna, este artículo se ha mantenido vigente). Hasta ese momento no había ningún registro organizado en lo que se refiere al derecho de propiedad, es decir, que no existía ninguna oficina pública donde los actos relativos a la transmisión del derecho de propiedad fueran objeto de alguna intervención directa o indirecta por parte de las autoridades. A raíz de la independencia de 1844, cuando regía en el país el Código Civil Francés de 1804 o Código Napoleónico, que había sido impuesto por el dominador haitiano desde 1822, con ese hecho adquiere la nueva República, que surgía libre e independiente, todos los derechos que sobre estas tierras tenía en su patrimonio la Corona de España. Como no se había legislado aún de manera especial sobre los terrenos comuneros, era necesario acudir para la partición de los mismos al Código de Procedimiento Civil, lo que hacía que una partición fuese un procedimiento largo, costoso e imperfecto, puesto que la demanda debía ser notificada a tantas partes como accionistas existieran, corriéndose el riesgo de que muchas veces después de concluido un procedimiento de partición apareciera un nuevo accionista que no había sido notificado y cuyos derechos era preciso tener en cuenta. Cabe precisar que en aquella época la propiedad se encontraba dividida en: Propiedad del Estado Propiedad de los particulares  Terrenos Comuneros  Terrenos no Comuneros En el año 1845 se vota la Ley sobre Bienes Nacionales. Disposiciones interesantes de esta ley son:
  • 14. Se establece que todas las propiedades sin dueño conocido situadas en el territorio de la República Dominicana son bienes nacionales. Son bienes nacionales también, todas las propiedades, muebles e inmuebles, capitales y sus rentas, pertenecientes a gobiernos anteriores, a conventos religiosos de ambos sexos ya extinguidos, a terceras órdenes, cofradías y demás corporaciones que ya no existieren. Se establecía como bienes nacionales los que hubieren pertenecido a los haitianos que estaban bajo el gobierno y que se mostraron de acuerdo con la proclamación de la independencia, y los bienes de los que se ausentaron del país sin prestar juramento de fidelidad a la nueva República y los que auxiliaron al enemigo. En el año 1890 se promulga nuestra ley sobre Registro y Conservaduría de Hipotecas, ideada sobre el sistema Francés. Se crean en virtud de esta ley las Conservadurías de Hipotecas a cargo de un funcionario denominado Conservador de Hipotecas. Estas oficinas debían existir en las cabeceras de las Provincias o Distritos. En este texto legal no se consigna la obligatoriedad de la transcripción de los actos entre vivos relativos a la propiedad inmobiliaria. El primer esfuerzo por reglamentar la situación de los terrenos comuneros ocurre en el año 1907, en el que se dicta la ley del 29 de Junio, cuyo objetivo era evitar un sinnúmero de fraudes entre los codueños de terrenos comuneros, estableciéndose las reglas siguientes:  prohíbe a los notarios levantar actos de venta en terreno comuneros si no fueren previamente mensurados  prohíbe a los encargados del Registro, registrar actos de venta bajo escritura privada que se refieran a ventas en esas tierras, a menos que se les presente el plano de dichas tierras. En el año 1912 se crea la ley de Inscripción de Títulos, con ella se pretendió organizar un catastro para los terrenos rurales, disponiendo la inscripción de los títulos. Esta ley tenía un carácter obligatorio y general. Constituía una obligación inscribir todos los títulos y se establecía que todo el que adquiriera una propiedad territorial rural debía inscribirla en el registro en el término de 60 días a partir de la fecha de
  • 15. adquisición. Las funciones referentes a esta ley estaban a cargo del Conservador de Hipotecas. Las modificaciones constitucionales del año 1994 dieron paso a la escogencia de los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia en el año 1997. El alto tribunal seleccionó los Jueces de la Jurisdicción de Tierras y los Registradores de Títulos el 22 de octubre de ese año, marcando el inicio del Séptimo Período de la evolución de la Propiedad Inmobiliaria. La Suprema impulsó el Programa de Modernización de la Jurisdicción de Tierras con objetivos específicos que dieron como resultado la aprobación de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, promulgada el 23 de marzo de 2005. Con esta ley, sus reglamentos y una posterior modificación, se definieron las funciones del Registro de Títulos, los Tribunales de Tierra, la Dirección de Mensuras Catastrales, la Dirección de Catastro Nacional y el Abogado del Estado, como dependencias del Poder Ejecutivo. 2.4 DESARROLLO DE LAS INSTITUCIONES AGRIMENSURALES. La agrimensura ha sido un elemento esencial en el desarrollo del entorno humano, desde el comienzo de la historia registrada (en el 5000 a. C.); es un requisito en la planificación y ejecución de casi toda forma de la construcción. Sus aplicaciones, actuales, más conocidos son en el transporte, edificación y construcción, comunicaciones, cartografía, y la definición de los límites legales de la propiedad de terrenos. Las técnicas de la agrimensura se han aplicado a lo largo de gran parte de nuestra historia escrita. Los estudios de agrimensura se iniciaron con cierta formalidad en el año1852, durante el gobierno de Buenaventura Báez; pero la docencia se sistematizo 3O años más tarde, debido a la inestabilidad social que existió en la segunda mitad del siglo XIX. El Instituto Profesional, convertido a Universidad de Santo Domingo en el año 1914, graduó los primeros nueve agrimensores en el periodo 1882—1902; indiscutiblemente, la Agrimensura es una carrera muy antigua. A mediados de la década del 40, específicamente el 28 de Octubre de 1945, es fundada la primera organización de profesionales en el país, la Asociación Dominicana de Ingenieros y Arquitectos (ADIA). Está agrupada a todos los ingenieros existentes hasta entonces: civiles, topógrafos, de caminos, puentes, constructores, arquitectos y prácticos.
  • 16. Luego de la caída de la tiranía surge la idea de que la entidad se convierta en un Colegio, en ese tiempo la ADIA estaba dirigida por el Arquitecto Rafael Tomás Hernández Ramos. Además entre los dirigente se encontraban el ingeniero Osvaldo Oller, arquitecto Manuel Baquero (fallecido), los ingenieros Rafael Vinicio Matos Peralta, Nelson Pellerano (fallecido) y Luís Martínez Quiroz, entre otros. En el año 1962 se establecieron las estructuras jurídicas que le fueron presentadas al Lic. Rafael F. Bonelly, Presidente del Consejo de Estado que gobernaba el país en ese año. Para esa época habían sido incorporadas dos asociaciones profesionales: la de Ingenieros Topógrafos y la de Agrimensores, quienes por invitación Hernández Ramos se unieron a los trabajos de estructuración del Colegio. Tras muchas diligencias y cabildeos ante el Consejo de estado, éste aceptó promulgar la Ley de creación del Colegio, poniendo como condición la firma de una Acta en el Palacio Nacional, donde los representativos de los grupos profesionales aceptaban la estructura jurídica de la nueva Institución, por lo cual el 11 de Enero de 1963 se promulga la ley que crea el Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos. Pocos días después a solicitud de los agrimensores se modificó el Artículo Primero de la Ley 6160 promulgando la Ley 6201. Hoy en día existen:  Cartográfico Militar  Instituto Geográfico  Universitario INDRI  Ministerio de Medio Ambiente  Obras Pública  Ayuntamientos  Jurisdicción Inmobiliaria  Oficina Nacional de Estadísticas  Dirección General de Catastro. En la actualidad existen Tres Direcciones Regionales de Mensuras Catastrales: 1.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO CENTRAL, con sede en el Distrito Nacional, y competencia sobre el: Distrito Nacional y las de Santo Domingo,
  • 17. Monte Plata, San Cristóbal, El Seibo, Hato Mayor, San Pedro de Macorís, La Romana, La Altagracia, Peravia, Azua, San Juan de la Maguana, Barahona, Bahoruco, Independencia, San José de Ocoa, Pedernales y Elías Piña.- 2.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO NORTE, con sede en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, y competencia sobre las Provincias de: Santiago, La Vega, Monseñor Nouel, Santiago Rodríguez, Espaillat, Valverde, Puerto Plata, Montecristi y Dajabón.- 3.- DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO NORESTE, con sede en la Ciudad de San Francisco de Macorís, y competencia sobre las Provincias de: Samaná, María Trinidad Sánchez, Duarte, Sánchez Ramírez
  • 18. y Salcedo.- 2.5 INSTRUMENTOS UTILIZADOS EN LA AGRIMENSURA. En los levantamientos topográficos se pueden encontrar muchos, los cuales se clasifican en tres equipos:  Para medir los ángulos utilizamos la brújula, el transito y el teodolito.  Para medir distancias se utiliza la cinta métrica, el odómetro y el distanciometro.  Para medir pendientes utilizamos el nivel de mano, el riel, el fijo, basculante, automático. Técnicas de medición Históricamente, se midieron distancias de múltiples formas; como unir los puntos con cadenas de una longitud conocida, por ejemplo, la cadena de Gunter o cintas de acero o invar. Con el fin de medir las distancias horizontales, estas cadenas o cintas se tensaban de acuerdo a la temperatura, para reducir el pandeo y la holgura. Gracias a estas cadenas surgió el oficio, auxiliar del agrimensor denominado Cadenero, persona que hacían las labores de unir los puntos entre distancias, tensando dicho instrumento. Los ángulos horizontales se midieron utilizando una brújula, que proporciona una inclinación magnética que se podía medir. Este tipo de instrumento posteriormente se mejoró, con unos discos inscritos con mejor resolución angular, así como el montar telescopios con retículos para ver con más precisión encima del disco (véase teodolito). Además, se añadieron círculos calibrados que permitían medir los ángulos verticales, junto con los Verniers para la medir fracciones de grados. En la siguiente ilustración apreciamos una brújula de agrimensor de fines del Siglo XVIII
  • 19. Medición de alturas El método más simple para medir alturas es con un altímetro (básicamente un barómetro); utilizando la presión del aire como indicador de alturas. Pero para la agrimensura se necesitaba mejorar la precisión. Con este fin se han desarrollado una multitud de variantes, tales como los niveles exactos. Los niveles son calibrados para dar un plano exacto de diferencias de alturas entre el instrumento y el punto en cuestión que se mide, por lo general, mediante el uso de una barra de medición vertical o mira. Con el uso de la electrónica, se logra un gran avance y la misma se une a los teodolitos tradicionales y entonces surgen los Distanciómetros (1936), con lo que se logran medir longitudes de varios kilómetros, pero sobre todo con la llegada de cada avance tecnológico se acorta el tiempo de respuesta y la calidad y precisión del trabajo encomendado. Desde entonces a la actualidad, en forma vertiginosa aparecieron distintos tipos de medidores electro-ópticos, llegando en la actualidad a la denominada Estación Total, equipo de medición electrónico combinado con software de cálculo, que permite realizar cálculos trigonométricos y geométricos en tiempo real.
  • 20. Distanciometro Por último, surge la estación total (RTK) con GPS (Global Positioning System) integrado, equipos que determinan la posición de un punto en la tierra usando las señales emitidas por satélites que se encuentran girando alrededor de la tierra a una distancia de 20,180 Kms. Existen en el mercado, navegadores GPS de uso común, con precisión de error que ronda entre los 10 y 20 metros. Comúnmente se utilizan para conocer longitudes, superficies y ubicaciones aproximadas. Los de uso actual tienen una precisión, cuyo grado de error posible por medida de cada mil metros es de cinco milímetros.
  • 21. GPS Estación Total Las mediciones realizadas con GPS Diferenciales o RTK, tienen una precisión del orden del cm., se utilizan en agricultura de precisión y nos permiten conocer en corto tiempo, longitudes y superficies con un mínimo margen de error, elaborando en tiempo real los polígonos formados por las propiedades bajo estudio. INSTRUMENTACIÓN MODERNA Con el avance de la tecnología y la necesidad de obtener mayor precisión en los resultados de medición, se dio origen al Teodolito (1890), instrumento que montado sobre un trípode, permite obtener medidas de ángulos horizontales y verticales, con precisión de 1 minuto a 1 segundo de arco. Teodolito: Instrumental óptico que sirve para medir ángulos horizontales y verticales. Tiene regla vertical (llamada mira) para medir distancias. Algunos cuentan con una brújula para determinar azimut. Hoy en día, sólo se usan para replanteo de terrenos simples o pequeñas obras.
  • 22. Características:  Es portátil y manual.  Está hecho con fines topográficos e ingenieriles.  Utiliza una regla vertical que se denomina ¨mira¨.  El aparato puede nivelarse por medio de los tornillos nivelantes.  El anteojo puede girar alrededor de un eje horizontal y otro vertical  Es un telescopio montado sobre un trípode con dos círculos graduados, uno vertical y otro horizontal, con los que se miden los ángulos con ayuda de lentes.  Es una herramienta muy sencilla de transportar El primer teodolito fue construido por el óptico y mecánico ingles Jesse Ramsden (1735-1800). Las mediciones a gran escala son un prerrequisito para realizar un mapa. A fines de los 1780s, un equipo de la cartografía de Gran Bretaña, inicialmente bajo la autoridad del General William Roy, comenzó la principal obra de la triangulación de Bretaña, utilizando el teodolito Ramsden, aparato con el cual se hizo posible la agilización y la precisión de los trabajos hasta ese entonces, convirtiéndose en un compañero inseparable del profesional de la agrimensura hasta nuestros días.
  • 23. En España, en el siglo XIX, Javier de Burgos apoyó la creación de la Academia de las Nobles Artes, para expedir títulos de agrimensores, con lo cual se dio el inicio de reconocimiento a esta noble labor, la cual había venido siendo desplegada, aunque de manera muy técnica, pero de forma empírica por sus ejecutantes. El Nivel: es el Instrumental óptico para realizar nivelaciones, es decir la distancia vertical o desnivel entre dos puntos. En mensuras donde se soliciten altimetrías o curvas de nivel. No es tan usado en mensuras como en obras civiles. Se utiliza en todo tipo de nivelaciones; como por ejemplo: para la realización de taipas en arroceras, para calles y caminos, para pendiente de acueductos, canales, para la nivelación de canchas de deportes etc. Es posible medir distancias también con ellos. Características:  Pueden ser manuales o automáticos.  Consta de un anteojo similar al del teodolito, con un retículo estadimetrico para apuntar y un nivel de burbuja muy sensible. Estación Total es el Instrumental electro-óptico que sirve para medir ángulos, verticales y horizontales, medir distancias en forma electrónica, en vez de reglas usa prismas. También replantea lotes con coordenadas planas y azimut, realiza levantamiento o replanteo de detalles, construcciones, árboles, alambrados, etc. Con una plaqueta electrónica se pueden pasar todos los datos a una PC. Cuenta con una pantalla alfanúmerica de cristal liquido.  Consta de iluminación independiente de la luz solar,  Calculadora,  Distanciometro,  Trackeador (seguidor de trayectoria),  La posibilidad de guardar información en formato electrónico.  Cuenta con diversos programas sencillos. GNSS RTK: Es la aportación tecnológica que permite obtener coordenadas en tiempo real en el sistema de referencia adoptado previamente. El trabajo en tiempo real es una forma de obtener los resultados tras procesar las observaciones. La unidad de control realiza el cálculo de manera rápida a la captación de las señales, y se obtienen las coordenadas al instante; es lo que se llama “tiempo real”. Todos los avances
  • 24. tecnológicos efectuados en las técnicas de medición GNSS se dirigen a estar en menor tiempo posible en la forma del punto y tener el resultado en el propio campo. Características:  Permite realizar levantamientos y replanteos milimétricos con mayor agilidad y menor costo.  Tiene un alcance de 30 kms y si se utiliza GPRS celular puede alcanzar hasta 75 kms  Mayor precisión topográfica.  Certeza en el posicionamiento.  Máxima compatibilidad con redes satelitales (GPS, GLONASS, GALILEO, COMPASS)  Tecnología bluetooth.  Cuenta con un poderoso colector. DGPS o GPS diferencial. El DGPS (Differential GPS), o GPS diferencial, es un sistema que proporciona a los receptores de GPS correcciones de los datos recibidos de los satélites GPS, con el fin de proporcionar una mayor precisión en la posición calculada. Se concibió fundamentalmente debido a la introducción de la disponibilidad selectiva (SA).
  • 25. Cintas: Las cintas métricas se hacen de distintos materiales, con longitud y pesos muy variables. Se usan para medir distancias. Piquetes: Son generalmente de unos 25 a 35 cros de longitud, están hechos de varilla de acero y provistos en un extremo de punta y en el otro de una argolla que les sirve de cabeza. Jalones: Son de metal o de madera y tienen una punta de acero que se clavan en el terreno. Sirven para indicar la localización de puntos o la dirección de líneas. Escuadra de agrimensor. Se emplea en el levantamiento, de poca precisión, para lanzar visuales a cierta altura sobre el suelo. Plomada: Pesa metálica utilizada para marcar la proyección horizontal de un punto situado a cierta altura sobre el suelo. Brújula de Agrimensor: Consiste en una brújula magnética montada en trípode y provista de visor. Sirve para determinar el rumbo de las alienaciones. Plancheta: Tablero de dibujo montado sobre un trípode, posee una aliada que puede moverse alrededor del tablero. Se usa para dibujar directamente planos topográficos. Rodete: Es una cinta métrica, flexible, que sirve para medir distancias. Agujas: Son una varillas de acero, terminadas en puntas de unos 30 cros de -longitud, para ir señalando el extremo de la cinta métrica a medida que esta se va extendiendo sucesivamente sobre el terreno para determinar una distancia. Trípode: Es donde va montado los equipos, o sea, transito, teodolito, estación total. Estadias: Es una regla de madera, de sección rectangular y con divisiones que permiten medir alturas o desniveles. El extremo inferior de la estadía va provisto de un regatón de metal, y ordinariamente en este extremo es que se encuentra el cero de graduación de la estadía.