SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Descargar para leer sin conexión
DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

Existen documentos públicos y privados, los cuales se hacen referencia tanto a la posibilidad de acceder
a ellos como a su validez como prueba.

Por regla general, todo documento público puede ser consultado por cualquier persona, a excepción de
aquellos documentos que por expresa disposición legal son reservados.

En cambio, el documento privado, por su propia naturaleza no puede estar disponible al público, sino en
los casos en que una autoridad así lo decida.

¿Pero qué es un documento público?

El código de procedimiento civil, en su artículo 251 define el documento público de la siguiente forma:
(…)

Documento público es el otorgado por funcionario público en ejercicio de su cargo o con su intervención.
Cuando consiste en un escrito autorizado o suscrito por el respectivo funcionario, es instrumento público;
cuando es otorgado por un notario o quien haga sus veces y ha sido incorporado en el respectivo
protocolo, se denomina escritura pública.(…)

Es claro entonces que cualquier documento que sea elaborado por un funcionario público, o que en su
elaboración haya intervenido un funcionario público, se considera como un documento público.

¿Qué es un documento privado?

El documento privado, como lo define el mismo artículo 251 del código civil, es aquel documento que no
cumple los requisitos del documento público, es decir, es un documento que no ha sido elaborado por un
funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su elaboración.

Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades.

No obstante, un documento privado puede adquirir la connotación de documento público cuando ese
documento es presentado ante notario público.

Autenticidad de los documentos

Respecto a la autenticidad de los documentos, dice el artículo 252 del código de procedimiento civil:

Es auténtico un documento cuando existe certeza sobre la persona que lo ha elaborado, manuscrito o
firmado. El documento público se presume auténtico, mientras no se compruebe lo contrario mediante
tacha de falsedad.

El documento privado es auténtico en los siguientes casos:

1. Si ha sido reconocido ante el juez o notario, o si judicialmente se ordenó tenerlo por reconocido.
2. Si fue inscrito en un registro público a petición de quien lo firmó.
3. Si habiéndose aportado a un proceso y afirmado estar suscrito, o haber sido manuscrito por la parte
contra quien se opone, ésta no lo tachó de falso oportunamente, o los sucesores del causante a quien
se atribuye dejaren de hacer la manifestación contemplada en el inciso segundo del artículo 289.
Esta norma se aplicará también a las reproducciones mecánicas de la voz o de la imagen de la parte
contra quien se aducen, afirmándose que corresponde a ella.
4. Si fue reconocido implícitamente de conformidad con el artículo 276.
5. Si se declaró auténtico en providencia judicial dictada en proceso anterior, con audiencia de la parte
contra quien se opone en el nuevo proceso, o en la diligencia de reconocimiento de que trata el artículo
274.

Se presumen auténticos los libros de comercio debidamente registrados y llevados en legal forma, el
contenido y las firmas de pólizas de seguros y recibos de pago de sus primas, certificados, recibos,
bonos y títulos de inversión en establecimientos de crédito y contratos de prenda con éstos, cartas de
crédito, contratos de cuentas corrientes bancarias, extractos del movimiento de éstas y de cuentas con
aquellos establecimientos, recibos de consignación y comprobantes de créditos, de débitos y de entrega
de chequeras, emitidos por los mismos establecimientos, y los títulos de acciones en sociedades
comerciales y bonos emitidos por estas, títulos valores, certificados y títulos de almacenes generales de
depósito, y demás documentos privados a los cuales la ley otorgue tal presunción.

<Inciso modificado por el artículo 11 de la Ley 1395 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> En todos
los procesos, los documentos privados manuscritos, firmados o elaborados por las partes, presentados
en original o en copia para ser incorporados a un expediente judicial con fines probatorios, se
presumirán auténticos, sin necesidad de presentación personal ni autenticación. Esta presunción no
aplicará a los documentos emanados de terceros de naturaleza dispositiva.

Se presumen auténticos todos los documentos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 488,
cuando de ellos se pretenda derivar título ejecutivo.

Los memoriales presentados para que formen parte del expediente se presumirán auténticos salvo
aquellos que impliquen o comporten disposición del derecho en litigio y los poderes otorgados a
apoderados judiciales que, en todo caso, requerirán de presentación personal o autenticación.

La autenticidad de los documentos públicos y privados es un aspecto de suprema importancia, puesto
que el merito probatorio de cualquier documento está en función de su autenticidad, algo muy necesario
en procesos laborales o tributarios, situaciones muy comunes en cualquier empresa.

Aquí vemos que el documento privado por su propia naturaleza no es autentico [contrario al documento
público], y para que el documento privado sea considerado autentico y por consiguiente goce de algún
valor probatorio, debe ser autentico, y para ello deberá observar los aspectos contemplados por el
artículo 252 del código de procedimiento civil.

Fecha cierta en documentos privados

En aspectos como el tributario, el concepto de fecha cierta es muy importante, especialmente en los
documentos privados, documentos que requieren de cierta solemnidad para que constituyan prueba
válida.

Es así como por ejemplo la norma tributaria establece que algunos pasivos soportados con documentos
privados, serán procedentes siempre y cuando dichos documentos privados tengan una fecha cierta.

Bien, sobre el concepto de fecha cierta en los documentos privados, dice el artículo 767 del estatuto
tributario:

Fecha cierta de los documentos privados. Un documento privado, cualquiera que sea su naturaleza,
tiene fecha cierta o auténtica, desde cuando ha sido registrado o presentado ante un notario, juez o
autoridad administrativa, siempre que lleve la constancia y fecha de tal registro o presentación.

Según la norma anterior, para que un documento privado, como un contrato que soporta un pasivo, o
una letra de cambio tenga validez, deben presentarse previamente ante notario público o ante otra
autoridad administrativa competente, y sólo será válido a partir de la fecha en que conste dicha
presentación

Documento privado

Documento privado es aquel documento realizado entre particulares en el que no ha intervenido ningún
funcionario público.

El documento privado, según el artículo 251 del código civil, es aquel documento que carece de los
elementos o connotaciones de un documento público, es decir, que no ha sido elaborado por o con la
participación un funcionario público competente.

Un documento privado, es pues un documento en el que sólo han participados personas o empresas
particulares, en las que en ninguna parte de proceso de elaboración ha intervenido un funcionario
público.

Un documento privado puede adquirir la calidad o connotación de documento público cuando es
presentado ante notario público.

Por ejemplo, es un documento privado un contrato colaboración en un negocio que hacen dos personas.

La hoja de vida es un documento privado

La hoja de vida que elabora cualquier persona tiene la connotación de un documento privado, y en ese
sentido, se puede eventualmente constituir el delito de falsedad material o ideológica en documento
privado.

Algunas personas por hacer más atractiva su hoja de vida, suelen incluir información ajena a la realidad,
lo que constituye falsedad ideológica en documento privado, y además, soportan esa información
mentirosa con certificados falsos, que constituyen falsedad material en documento privado.

Generalmente las personas que hace esto, saben perfectamente que no es una acción correcta, pero
desconocen las implicaciones penales que de ella pueden derivarse.

Recordemos que es requisito esencial para que se configure el delito de falsedad en documento privado,
el hecho de utilizarlo como prueba, de suerte que la hoja de vida al presentarse para optar a un trabajo,
se está utilizando como prueba, por tanto, la simple presentación de la hoja de vida alterada y soportada
con documentos falsos, constituye falsedad en documento privado.

Por suerte muchas empresas y empleadores no se toman el trabajo de hacer las verificaciones del caso,
y si lo hacen detectando la falsedad, no entablan ninguna acción penal, a no ser que debido a la
falsificación de la hoja de vida hayan sufrido algún perjuicio económico o de otra índole.

Sobre los documentos auténticos

La autenticidad de un documento es un aspecto con el que nos encontramos a diario, debido a que
muchos procedimientos y diligencias exigen para su trámite documentos auténticos, por lo que resulta
pertinente hacer una referencia general sobre los documentos auténticos y sobre los que no lo son.

La mejor manera de conocer sobre lo que es un documento auténtico, y cuándo lo es, recurriendo
directamente a la ley, en este caso al artículo 252 del código de procedimiento civil:
“Documento auténtico. Es auténtico un documento cuando existe certeza sobre la persona que lo ha
elaborado, manuscrito o firmado. El documento público se presume auténtico, mientras no se
compruebe lo contrario mediante tacha de falsedad.

El documento privado es auténtico en los siguientes casos:

1. Si ha sido reconocido ante el juez o notario, o si judicialmente se ordenó tenerlo por reconocido.
2. Si fue inscrito en un registro público a petición de quien lo firmó.
3. Si habiéndose aportado a un proceso y afirmado estar suscrito, o haber sido manuscrito por la parte
contra quien se opone, ésta no lo tachó de falso oportunamente, o los sucesores del causante a quien
se atribuye dejaren de hacer la manifestación contemplada en el inciso segundo del artículo 289.

Esta norma se aplicará también a las reproducciones mecánicas de la voz o de la imagen de la parte
contra quien se aducen, afirmándose que corresponde a ella.

4. Si fue reconocido implícitamente de conformidad con el artículo 276.
5. Si se declaró auténtico en providencia judicial dictada en proceso anterior, con audiencia de la parte
contra quien se opone en el nuevo proceso, o en la diligencia de reconocimiento de que trata el artículo
274.

Se presumen auténticos los libros de comercio debidamente registrados y llevados en legal forma, el
contenido y las firmas de pólizas de seguros y recibos de pago de sus primas, certificados, recibos,
bonos y títulos de inversión en establecimientos de crédito y contratos de prenda con éstos, cartas de
crédito, contratos de cuentas corrientes bancarias, extractos del movimiento de éstas y de cuentas con
aquellos establecimientos, recibos de consignación y comprobantes de créditos, de débitos y de entrega
de chequeras, emitidos por los mismos establecimientos, y los títulos de acciones en sociedades
comerciales y bonos emitidos por estas, títulos valores, certificados y títulos de almacenes generales de
depósito, y demás documentos privados a los cuales la ley otorgue tal presunción.

En todos los procesos, los documentos privados presentados por las partes para ser incorporados a un
expediente judicial con fines probatorios, se reputarán auténticos, sin necesidad de presentación
personal ni autenticación. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en relación con los documentos
emanados de terceros.

Se presumen auténticos todos los documentos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 488,
cuando de ellos se pretenda derivar título ejecutivo.

Los memoriales presentados para que formen parte del expediente se presumirán auténticos salvo
aquellos que impliquen o comporten disposición del derecho en litigio y los poderes otorgados a
apoderados judiciales que, en todo caso, requerirán de presentación personal o autenticación.”

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019
LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019
LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019Alan Vargas Lima
 
La demanda, partes, concepto,ejemplos, clases
La demanda, partes, concepto,ejemplos, clasesLa demanda, partes, concepto,ejemplos, clases
La demanda, partes, concepto,ejemplos, clasesStalin Talo Spon
 
Medios tecnicos de_defensa
Medios tecnicos de_defensaMedios tecnicos de_defensa
Medios tecnicos de_defensaCARLOS ANGELES
 
JURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIA
JURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIAJURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIA
JURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIARebem24
 
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOSRECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOScqam
 
Introducción.sucesiones
Introducción.sucesionesIntroducción.sucesiones
Introducción.sucesionesjbsanabriaxc
 
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICOMODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICOcqam
 
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...Adrián Racines
 
Capitulo12. Derechos reales
Capitulo12. Derechos realesCapitulo12. Derechos reales
Capitulo12. Derechos realesvglibota
 
Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos miskalysV
 
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada. Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada. Clases Licenciatura
 
Ejecucion forsoza
Ejecucion forsozaEjecucion forsoza
Ejecucion forsozamundaca1810
 
FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO
FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO
FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO claudiia97
 

La actualidad más candente (20)

Actos administrativos
Actos administrativosActos administrativos
Actos administrativos
 
Elementos del delito
Elementos del delitoElementos del delito
Elementos del delito
 
Derecho Municipal
Derecho MunicipalDerecho Municipal
Derecho Municipal
 
LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019
LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019
LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA - Revisión Jurisprudencial 2019
 
La demanda, partes, concepto,ejemplos, clases
La demanda, partes, concepto,ejemplos, clasesLa demanda, partes, concepto,ejemplos, clases
La demanda, partes, concepto,ejemplos, clases
 
Medios tecnicos de_defensa
Medios tecnicos de_defensaMedios tecnicos de_defensa
Medios tecnicos de_defensa
 
JURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIA
JURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIAJURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIA
JURISDICCION VOLUNTARIA EN MATERIA AGRARIA
 
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOSRECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS
RECONOCIMIENTO Y CESIÓN DE DERECHOS
 
Introducción.sucesiones
Introducción.sucesionesIntroducción.sucesiones
Introducción.sucesiones
 
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICOMODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
 
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...
 
Antijuridicidad
AntijuridicidadAntijuridicidad
Antijuridicidad
 
Los principios de la prueba
Los principios de la pruebaLos principios de la prueba
Los principios de la prueba
 
Capitulo12. Derechos reales
Capitulo12. Derechos realesCapitulo12. Derechos reales
Capitulo12. Derechos reales
 
Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos Los Contratos y sus efectos
Los Contratos y sus efectos
 
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada. Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
 
Ejecucion forsoza
Ejecucion forsozaEjecucion forsoza
Ejecucion forsoza
 
Acto juridico
Acto juridicoActo juridico
Acto juridico
 
Prueba documental
Prueba documentalPrueba documental
Prueba documental
 
FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO
FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO
FRAUDE DEL ACTO JURÍDICO
 

Similar a Documentos públicos y privados

Documentos registrales y notariales
Documentos registrales y notarialesDocumentos registrales y notariales
Documentos registrales y notarialesNERE ramirez
 
Documento publico privado y electronico. def
Documento publico privado y electronico. defDocumento publico privado y electronico. def
Documento publico privado y electronico. defcirspatiarroy
 
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registralRauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registralProfesor Cesar Tesis
 
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registralRauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registralPatriciaMendoza122
 
Documentos publicos
Documentos publicosDocumentos publicos
Documentos publicosfelixwtfast
 
Derecho probatorio. documentos publicos
Derecho probatorio. documentos publicosDerecho probatorio. documentos publicos
Derecho probatorio. documentos publicospatricia hernandez
 
Blog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADO
Blog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADOBlog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADO
Blog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADOsaiatrabajos1
 
Cuadro Comparativo Documento Público y Privado
Cuadro Comparativo Documento Público y PrivadoCuadro Comparativo Documento Público y Privado
Cuadro Comparativo Documento Público y PrivadoYurleidysAranguren1
 
TEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptx
TEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptxTEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptx
TEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptxEynarRethores
 
ENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La PruebaENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La PruebaENJ
 
Derecho probatorio ensayo
Derecho probatorio ensayoDerecho probatorio ensayo
Derecho probatorio ensayoNaylet Tua
 
Cuadro Comparativo
Cuadro ComparativoCuadro Comparativo
Cuadro ComparativoFermin Toro
 
El delito de falsificar un documento privado
El delito de falsificar un documento privadoEl delito de falsificar un documento privado
El delito de falsificar un documento privadoMiguel Ramírez
 
Derechos reales de goce sobre cosa ajena créditos u obligaciones -doc recono...
Derechos reales de goce sobre cosa ajena  créditos u obligaciones -doc recono...Derechos reales de goce sobre cosa ajena  créditos u obligaciones -doc recono...
Derechos reales de goce sobre cosa ajena créditos u obligaciones -doc recono...yenny mar g
 

Similar a Documentos públicos y privados (20)

Cuadro probatorio
Cuadro probatorioCuadro probatorio
Cuadro probatorio
 
Documentos registrales y notariales
Documentos registrales y notarialesDocumentos registrales y notariales
Documentos registrales y notariales
 
Documento publico privado y electronico. def
Documento publico privado y electronico. defDocumento publico privado y electronico. def
Documento publico privado y electronico. def
 
Presentacion de prezi
Presentacion de preziPresentacion de prezi
Presentacion de prezi
 
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registralRauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
 
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registralRauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
Rauni almao mapa_conceptual_derecho_registral
 
Knovio
KnovioKnovio
Knovio
 
Documentos publicos
Documentos publicosDocumentos publicos
Documentos publicos
 
Armando 3
Armando 3Armando 3
Armando 3
 
Derecho probatorio. documentos publicos
Derecho probatorio. documentos publicosDerecho probatorio. documentos publicos
Derecho probatorio. documentos publicos
 
CLASE 7 FINAL.pptx
CLASE 7 FINAL.pptxCLASE 7 FINAL.pptx
CLASE 7 FINAL.pptx
 
Blog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADO
Blog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADOBlog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADO
Blog DOCUMENTO PUBLICO Y PRIVADO
 
Cuadro Comparativo Documento Público y Privado
Cuadro Comparativo Documento Público y PrivadoCuadro Comparativo Documento Público y Privado
Cuadro Comparativo Documento Público y Privado
 
Power point tema 9
Power point tema 9Power point tema 9
Power point tema 9
 
TEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptx
TEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptxTEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptx
TEMA LA PRUEBA Y MEDIOS PROBATORIOS UMSA 2019.pptx
 
ENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La PruebaENJ-2-400 La Prueba
ENJ-2-400 La Prueba
 
Derecho probatorio ensayo
Derecho probatorio ensayoDerecho probatorio ensayo
Derecho probatorio ensayo
 
Cuadro Comparativo
Cuadro ComparativoCuadro Comparativo
Cuadro Comparativo
 
El delito de falsificar un documento privado
El delito de falsificar un documento privadoEl delito de falsificar un documento privado
El delito de falsificar un documento privado
 
Derechos reales de goce sobre cosa ajena créditos u obligaciones -doc recono...
Derechos reales de goce sobre cosa ajena  créditos u obligaciones -doc recono...Derechos reales de goce sobre cosa ajena  créditos u obligaciones -doc recono...
Derechos reales de goce sobre cosa ajena créditos u obligaciones -doc recono...
 

Más de Manuel Bedoya D

Planeador gobernabilidad y políticas públicas
Planeador gobernabilidad y políticas públicasPlaneador gobernabilidad y políticas públicas
Planeador gobernabilidad y políticas públicasManuel Bedoya D
 
Planeador política económica
Planeador política económicaPlaneador política económica
Planeador política económicaManuel Bedoya D
 
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y Europa
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y EuropaLa descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y Europa
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y EuropaManuel Bedoya D
 
Política internacional pública
Política internacional públicaPolítica internacional pública
Política internacional públicaManuel Bedoya D
 
Política internacional de Colombia
Política internacional de ColombiaPolítica internacional de Colombia
Política internacional de ColombiaManuel Bedoya D
 
La política exterior como política pública
La política exterior como política públicaLa política exterior como política pública
La política exterior como política públicaManuel Bedoya D
 
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCA
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCAALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCA
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCAManuel Bedoya D
 
Syllabus Política Internacional Publica
Syllabus Política Internacional PublicaSyllabus Política Internacional Publica
Syllabus Política Internacional PublicaManuel Bedoya D
 
Planeador política internacional pública
Planeador política internacional públicaPlaneador política internacional pública
Planeador política internacional públicaManuel Bedoya D
 
Syllabus sistema control estatal
Syllabus sistema control estatalSyllabus sistema control estatal
Syllabus sistema control estatalManuel Bedoya D
 
Planeador sistema de control interno
Planeador sistema de control internoPlaneador sistema de control interno
Planeador sistema de control internoManuel Bedoya D
 
Planeador modelos de gestión pública
Planeador modelos de gestión públicaPlaneador modelos de gestión pública
Planeador modelos de gestión públicaManuel Bedoya D
 
Syllabus modelos gestión pública
Syllabus modelos gestión públicaSyllabus modelos gestión pública
Syllabus modelos gestión públicaManuel Bedoya D
 
Syllabus gerencia pública integral
Syllabus gerencia pública integralSyllabus gerencia pública integral
Syllabus gerencia pública integralManuel Bedoya D
 
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activo
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activoProblematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activo
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activoManuel Bedoya D
 
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerra
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerraModulo gestión pública profesor carlos ramírez guerra
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerraManuel Bedoya D
 
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perú
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perúModelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perú
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perúManuel Bedoya D
 

Más de Manuel Bedoya D (20)

Comercio exterior
Comercio exteriorComercio exterior
Comercio exterior
 
Planeador gobernabilidad y políticas públicas
Planeador gobernabilidad y políticas públicasPlaneador gobernabilidad y políticas públicas
Planeador gobernabilidad y políticas públicas
 
Planeador política económica
Planeador política económicaPlaneador política económica
Planeador política económica
 
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y Europa
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y EuropaLa descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y Europa
La descentralización: una perspectiva comparada entre América Latina y Europa
 
Política internacional
Política internacionalPolítica internacional
Política internacional
 
Política internacional pública
Política internacional públicaPolítica internacional pública
Política internacional pública
 
Política internacional de Colombia
Política internacional de ColombiaPolítica internacional de Colombia
Política internacional de Colombia
 
La política exterior como política pública
La política exterior como política públicaLa política exterior como política pública
La política exterior como política pública
 
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCA
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCAALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCA
ALBA como respuesta política integración latinoamericana frente al ALCA
 
Syllabus Política Internacional Publica
Syllabus Política Internacional PublicaSyllabus Política Internacional Publica
Syllabus Política Internacional Publica
 
Planeador política internacional pública
Planeador política internacional públicaPlaneador política internacional pública
Planeador política internacional pública
 
Organismos control
Organismos controlOrganismos control
Organismos control
 
Syllabus sistema control estatal
Syllabus sistema control estatalSyllabus sistema control estatal
Syllabus sistema control estatal
 
Planeador sistema de control interno
Planeador sistema de control internoPlaneador sistema de control interno
Planeador sistema de control interno
 
Planeador modelos de gestión pública
Planeador modelos de gestión públicaPlaneador modelos de gestión pública
Planeador modelos de gestión pública
 
Syllabus modelos gestión pública
Syllabus modelos gestión públicaSyllabus modelos gestión pública
Syllabus modelos gestión pública
 
Syllabus gerencia pública integral
Syllabus gerencia pública integralSyllabus gerencia pública integral
Syllabus gerencia pública integral
 
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activo
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activoProblematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activo
Problematizar acción fundamental para favorecer el aprendizaje activo
 
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerra
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerraModulo gestión pública profesor carlos ramírez guerra
Modulo gestión pública profesor carlos ramírez guerra
 
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perú
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perúModelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perú
Modelo de gestión de la innovación para los gobiernos locales del perú
 

Último

CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADOCUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADOEveliaHernandez8
 
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptxfotofamilia008
 
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptxTALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptxMartaChaparro1
 
Docencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4 Ccesa007.pdf
Docencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4  Ccesa007.pdfDocencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4  Ccesa007.pdf
Docencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...Martin M Flynn
 
Presentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsa
Presentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsaPresentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsa
Presentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsaFarid Abud
 
tema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XV
tema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XVtema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XV
tema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XVChema R.
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1Gonella
 
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................ScarletMedina4
 
Descripción del Proceso de corte y soldadura
Descripción del Proceso de corte y soldaduraDescripción del Proceso de corte y soldadura
Descripción del Proceso de corte y soldaduraJose Sanchez
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfJosé Hecht
 
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptxLa-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptxMAURICIO329243
 
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUEPresentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUEJosé Hecht
 
5º SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdfde
5º SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfde5º SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfde
5º SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdfdeBelnRosales2
 
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAHISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAJesus Gonzalez Losada
 

Último (20)

CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADOCUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
CUADERNILLO DE EJERCICIOS PARA EL TERCER TRIMESTRE, SEXTO GRADO
 
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
 
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptxTALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
 
Sesión ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestión
Sesión  ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestiónSesión  ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestión
Sesión ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestión
 
Acuerdo segundo periodo - Grado Once.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Once.pptxAcuerdo segundo periodo - Grado Once.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Once.pptx
 
Docencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4 Ccesa007.pdf
Docencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4  Ccesa007.pdfDocencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4  Ccesa007.pdf
Docencia en la Era de la Inteligencia Artificial UB4 Ccesa007.pdf
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
 
Presentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsa
Presentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsaPresentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsa
Presentacionde Prueba 2024 dsdasdasdsadsadsadsadasdasdsadsa
 
tema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XV
tema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XVtema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XV
tema5 2eso 2024 Europa entre los siglos XII y XV
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
 
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
BOCA Y NARIZ (2).pdf....................
 
Descripción del Proceso de corte y soldadura
Descripción del Proceso de corte y soldaduraDescripción del Proceso de corte y soldadura
Descripción del Proceso de corte y soldadura
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
 
Acuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptxAcuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Noveno.pptx
 
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptxLa-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
 
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...
 
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUEPresentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
 
5º SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdfde
5º SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfde5º SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfde
5º SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdfde
 
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAHISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
 
Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024
Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024
Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024
 

Documentos públicos y privados

  • 1. DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS Existen documentos públicos y privados, los cuales se hacen referencia tanto a la posibilidad de acceder a ellos como a su validez como prueba. Por regla general, todo documento público puede ser consultado por cualquier persona, a excepción de aquellos documentos que por expresa disposición legal son reservados. En cambio, el documento privado, por su propia naturaleza no puede estar disponible al público, sino en los casos en que una autoridad así lo decida. ¿Pero qué es un documento público? El código de procedimiento civil, en su artículo 251 define el documento público de la siguiente forma: (…) Documento público es el otorgado por funcionario público en ejercicio de su cargo o con su intervención. Cuando consiste en un escrito autorizado o suscrito por el respectivo funcionario, es instrumento público; cuando es otorgado por un notario o quien haga sus veces y ha sido incorporado en el respectivo protocolo, se denomina escritura pública.(…) Es claro entonces que cualquier documento que sea elaborado por un funcionario público, o que en su elaboración haya intervenido un funcionario público, se considera como un documento público. ¿Qué es un documento privado? El documento privado, como lo define el mismo artículo 251 del código civil, es aquel documento que no cumple los requisitos del documento público, es decir, es un documento que no ha sido elaborado por un funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su elaboración. Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades. No obstante, un documento privado puede adquirir la connotación de documento público cuando ese documento es presentado ante notario público. Autenticidad de los documentos Respecto a la autenticidad de los documentos, dice el artículo 252 del código de procedimiento civil: Es auténtico un documento cuando existe certeza sobre la persona que lo ha elaborado, manuscrito o firmado. El documento público se presume auténtico, mientras no se compruebe lo contrario mediante tacha de falsedad. El documento privado es auténtico en los siguientes casos: 1. Si ha sido reconocido ante el juez o notario, o si judicialmente se ordenó tenerlo por reconocido. 2. Si fue inscrito en un registro público a petición de quien lo firmó. 3. Si habiéndose aportado a un proceso y afirmado estar suscrito, o haber sido manuscrito por la parte contra quien se opone, ésta no lo tachó de falso oportunamente, o los sucesores del causante a quien se atribuye dejaren de hacer la manifestación contemplada en el inciso segundo del artículo 289. Esta norma se aplicará también a las reproducciones mecánicas de la voz o de la imagen de la parte contra quien se aducen, afirmándose que corresponde a ella. 4. Si fue reconocido implícitamente de conformidad con el artículo 276.
  • 2. 5. Si se declaró auténtico en providencia judicial dictada en proceso anterior, con audiencia de la parte contra quien se opone en el nuevo proceso, o en la diligencia de reconocimiento de que trata el artículo 274. Se presumen auténticos los libros de comercio debidamente registrados y llevados en legal forma, el contenido y las firmas de pólizas de seguros y recibos de pago de sus primas, certificados, recibos, bonos y títulos de inversión en establecimientos de crédito y contratos de prenda con éstos, cartas de crédito, contratos de cuentas corrientes bancarias, extractos del movimiento de éstas y de cuentas con aquellos establecimientos, recibos de consignación y comprobantes de créditos, de débitos y de entrega de chequeras, emitidos por los mismos establecimientos, y los títulos de acciones en sociedades comerciales y bonos emitidos por estas, títulos valores, certificados y títulos de almacenes generales de depósito, y demás documentos privados a los cuales la ley otorgue tal presunción. <Inciso modificado por el artículo 11 de la Ley 1395 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> En todos los procesos, los documentos privados manuscritos, firmados o elaborados por las partes, presentados en original o en copia para ser incorporados a un expediente judicial con fines probatorios, se presumirán auténticos, sin necesidad de presentación personal ni autenticación. Esta presunción no aplicará a los documentos emanados de terceros de naturaleza dispositiva. Se presumen auténticos todos los documentos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 488, cuando de ellos se pretenda derivar título ejecutivo. Los memoriales presentados para que formen parte del expediente se presumirán auténticos salvo aquellos que impliquen o comporten disposición del derecho en litigio y los poderes otorgados a apoderados judiciales que, en todo caso, requerirán de presentación personal o autenticación. La autenticidad de los documentos públicos y privados es un aspecto de suprema importancia, puesto que el merito probatorio de cualquier documento está en función de su autenticidad, algo muy necesario en procesos laborales o tributarios, situaciones muy comunes en cualquier empresa. Aquí vemos que el documento privado por su propia naturaleza no es autentico [contrario al documento público], y para que el documento privado sea considerado autentico y por consiguiente goce de algún valor probatorio, debe ser autentico, y para ello deberá observar los aspectos contemplados por el artículo 252 del código de procedimiento civil. Fecha cierta en documentos privados En aspectos como el tributario, el concepto de fecha cierta es muy importante, especialmente en los documentos privados, documentos que requieren de cierta solemnidad para que constituyan prueba válida. Es así como por ejemplo la norma tributaria establece que algunos pasivos soportados con documentos privados, serán procedentes siempre y cuando dichos documentos privados tengan una fecha cierta. Bien, sobre el concepto de fecha cierta en los documentos privados, dice el artículo 767 del estatuto tributario: Fecha cierta de los documentos privados. Un documento privado, cualquiera que sea su naturaleza, tiene fecha cierta o auténtica, desde cuando ha sido registrado o presentado ante un notario, juez o autoridad administrativa, siempre que lleve la constancia y fecha de tal registro o presentación. Según la norma anterior, para que un documento privado, como un contrato que soporta un pasivo, o una letra de cambio tenga validez, deben presentarse previamente ante notario público o ante otra
  • 3. autoridad administrativa competente, y sólo será válido a partir de la fecha en que conste dicha presentación Documento privado Documento privado es aquel documento realizado entre particulares en el que no ha intervenido ningún funcionario público. El documento privado, según el artículo 251 del código civil, es aquel documento que carece de los elementos o connotaciones de un documento público, es decir, que no ha sido elaborado por o con la participación un funcionario público competente. Un documento privado, es pues un documento en el que sólo han participados personas o empresas particulares, en las que en ninguna parte de proceso de elaboración ha intervenido un funcionario público. Un documento privado puede adquirir la calidad o connotación de documento público cuando es presentado ante notario público. Por ejemplo, es un documento privado un contrato colaboración en un negocio que hacen dos personas. La hoja de vida es un documento privado La hoja de vida que elabora cualquier persona tiene la connotación de un documento privado, y en ese sentido, se puede eventualmente constituir el delito de falsedad material o ideológica en documento privado. Algunas personas por hacer más atractiva su hoja de vida, suelen incluir información ajena a la realidad, lo que constituye falsedad ideológica en documento privado, y además, soportan esa información mentirosa con certificados falsos, que constituyen falsedad material en documento privado. Generalmente las personas que hace esto, saben perfectamente que no es una acción correcta, pero desconocen las implicaciones penales que de ella pueden derivarse. Recordemos que es requisito esencial para que se configure el delito de falsedad en documento privado, el hecho de utilizarlo como prueba, de suerte que la hoja de vida al presentarse para optar a un trabajo, se está utilizando como prueba, por tanto, la simple presentación de la hoja de vida alterada y soportada con documentos falsos, constituye falsedad en documento privado. Por suerte muchas empresas y empleadores no se toman el trabajo de hacer las verificaciones del caso, y si lo hacen detectando la falsedad, no entablan ninguna acción penal, a no ser que debido a la falsificación de la hoja de vida hayan sufrido algún perjuicio económico o de otra índole. Sobre los documentos auténticos La autenticidad de un documento es un aspecto con el que nos encontramos a diario, debido a que muchos procedimientos y diligencias exigen para su trámite documentos auténticos, por lo que resulta pertinente hacer una referencia general sobre los documentos auténticos y sobre los que no lo son. La mejor manera de conocer sobre lo que es un documento auténtico, y cuándo lo es, recurriendo directamente a la ley, en este caso al artículo 252 del código de procedimiento civil:
  • 4. “Documento auténtico. Es auténtico un documento cuando existe certeza sobre la persona que lo ha elaborado, manuscrito o firmado. El documento público se presume auténtico, mientras no se compruebe lo contrario mediante tacha de falsedad. El documento privado es auténtico en los siguientes casos: 1. Si ha sido reconocido ante el juez o notario, o si judicialmente se ordenó tenerlo por reconocido. 2. Si fue inscrito en un registro público a petición de quien lo firmó. 3. Si habiéndose aportado a un proceso y afirmado estar suscrito, o haber sido manuscrito por la parte contra quien se opone, ésta no lo tachó de falso oportunamente, o los sucesores del causante a quien se atribuye dejaren de hacer la manifestación contemplada en el inciso segundo del artículo 289. Esta norma se aplicará también a las reproducciones mecánicas de la voz o de la imagen de la parte contra quien se aducen, afirmándose que corresponde a ella. 4. Si fue reconocido implícitamente de conformidad con el artículo 276. 5. Si se declaró auténtico en providencia judicial dictada en proceso anterior, con audiencia de la parte contra quien se opone en el nuevo proceso, o en la diligencia de reconocimiento de que trata el artículo 274. Se presumen auténticos los libros de comercio debidamente registrados y llevados en legal forma, el contenido y las firmas de pólizas de seguros y recibos de pago de sus primas, certificados, recibos, bonos y títulos de inversión en establecimientos de crédito y contratos de prenda con éstos, cartas de crédito, contratos de cuentas corrientes bancarias, extractos del movimiento de éstas y de cuentas con aquellos establecimientos, recibos de consignación y comprobantes de créditos, de débitos y de entrega de chequeras, emitidos por los mismos establecimientos, y los títulos de acciones en sociedades comerciales y bonos emitidos por estas, títulos valores, certificados y títulos de almacenes generales de depósito, y demás documentos privados a los cuales la ley otorgue tal presunción. En todos los procesos, los documentos privados presentados por las partes para ser incorporados a un expediente judicial con fines probatorios, se reputarán auténticos, sin necesidad de presentación personal ni autenticación. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en relación con los documentos emanados de terceros. Se presumen auténticos todos los documentos que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 488, cuando de ellos se pretenda derivar título ejecutivo. Los memoriales presentados para que formen parte del expediente se presumirán auténticos salvo aquellos que impliquen o comporten disposición del derecho en litigio y los poderes otorgados a apoderados judiciales que, en todo caso, requerirán de presentación personal o autenticación.”