2. QUÉ ES UN ACCIDENTE
DE TRÁNSITO?
Es un hecho eventual, imprevisto, que
genera una desgracia o un daño.
En materia de tránsito accidente es el
suceso imprevisto producido por la
participación de un vehículo o más en las
vías o carreteras y que ocasiona daños
materiales o lesiones a personas y hasta la
muerte de las mismas. y bienes involucrados en él
e igualmente afecta la normal circulación de los
vehículos que se movilizan por la vía o vías comprendidas
en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho.
3. CLASES DE INCIDENTES
Los accidentes de tránsito se pueden
clasificar atendiendo a diferentes
criterios, su importancia, modo e
implicación de los participantes.
4. POR ROCE
Es la fricción violenta que ejerce un o dos
vehículos
entre sus partes laterales,
ocasionando
daños
materiales
superficiales se divide en:
• Roce Positivo
• Roce Negativo
5. Roce Positivo:
Se produce cuando dos vehículos
impactan sus laterales en el momento en
que circulan en sentido contrario.
7. INTERVENCION DE LA
PARTE JURIDICA
Art. 132 L.O.T.T.T.S.V. :
Cuando por efecto de un accidente de
tránsito resulten solamente daños
materiales a terceros cuyo costo de
reparación sea mayor a dos (2)
remuneraciones y no exceda de seis
(6)remuneraciones básicas unificadas
del trabajador en general, el
responsable será sancionado con
multa de dos (2) remuneraciones
básicas unificadas del trabajador en
general, y reducción de seis (6)
puntos en su licencia de conducir; sin
perjuicio de la responsabilidad civil
para con terceros a que queda sujeto
por causa del delito.
8. MODO DE REPARACION
Pero la ley nos da la posibilidad de realizar un acuerdo
reparatorio
La presente ley Art. 171 L.O.T.T.T.S.V. que dice que en tal
caso lleguen
Las partes seran aceptados por el juez en sentencia. Su
alcance , no afectara
la perdida de puntos u otra sancion de caracter
administrativo, en caso de que
No se cumpliera, el afectado podra escojer entre las
opciones de hacer cumplir el
Acuerdo contenido ya en sentencia ejecutoriada o continuar
la accion penal.