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Estudio de Derecho Comparado sobre
 Inhabilitaciones para el Ejercicio de la
  Función Pública en Argentina, Chile,
           Colombia y México
Índice




• República Argentina, págs 3 - 4
• República de Chile, págs 5 - 6
• República de Colombia, págs 7 - 8
• Estados Unidos de México, págs 9 - 11
• Cuadro Comparativo, pág 12
• La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos
en las Constituciones de América, págs 13 - 18

• Conclusión, pág 19
República Argentina
                                                                  Constitución de la Nación Argentina
    El Órgano Contralor no está
facultado para imponer sanciones de                               “Artículo 85.- El control externo del sector público nacional
                                                                  en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y
 inhabilitación para el ejercicio de la                           operativos, será una atribución propia del Poder
            función pública.                                      Legislativo. El examen y la opinión del Poder Legislativo
                                                                  sobre el desempeño y situación general de la
                                                                  Administración Pública estarán sustentados en los
                                                                  dictámenes de la Auditoria General de la Nación.
                                                                  Este organismo de asistencia técnica del Congreso, con
 Órgano Contralor: Auditoría General de la Nación (AGN).          autonomía funcional, se integrará del modo que establezca
 www.agn.gov.ar                                                   la ley que reglamenta su creación y funcionamiento, que
                                                                  deberá ser aprobada por mayoría absoluta de los
 Función: Asistir técnicamente al Congreso en el control de       miembros de cada Cámara. El presidente de organismo
 las cuentas del sector público. En todo caso, sus informes       será designado a propuesta del partido político de
 de auditoría terminan en comentarios, conclusiones y             oposición con mayor número de legisladores en el
 recomendaciones dirigidas al Congreso (Poder Legislativo).       Congreso.
                                                                  Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y
                                                                  auditoría de toda la actividad de la Administración Pública
                                                                  centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su
                                                                  modalidad de organización, y las demás funciones que la
                                                                  ley le otorgue. Intervendrá necesariamente en el trámite de
                                                                  aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e
                                                                  inversión de los fondos públicos.”


                                                              3
La República Argentina prevé en su legislación dos (02) formas para restringir el ejercicio de la función pública. La
                                    primera está relacionada con los delitos contenidos en la Ley de Ética de la Función Pública, cuya sanción la
                                    impone el Senado; la segunda, referida a los delitos contenidos en el Código Penal, será impuesta por vía judicial.



Vía Política:
                                                                                         Vía Judicial:
Las irregularidades detectadas por el órgano contralor (AGN), serán
presentadas mediante informe a la cámara de diputados para su evaluación.                La acción podrá comenzar de oficio o mediante denuncia y conocerán de la
Ésta última, presentará un segundo informe a la Cámara de Senadores                      causa los jueces de la jurisdicción penal.
quiénes decidirán e impondrán la sanción a que haya lugar.


                                                                                                                      Código Penal Argentino
                             Constitución Argentina
                                                                                         Art. 260. Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el
Art. 59.- Al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la           funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una
Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto.             aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare
Cuando el acusado sea el presidente de la Nación, el Senado será presidido por el        daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá
presidente de la Corte Suprema. Ninguno será declarado culpable sino a mayoría de        además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída.
los dos tercios de los miembros presentes.

Art. 60.- Su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado, y aun declararle       Art. 261. Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación
incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación.          absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya
Pero la parte condenada quedará, no obstante, sujeta a acusación, juicio y castigo       administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo.
conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios.
                                                                                         Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o
                                                                                         de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública.

                                                                                         Art. 262. Será reprimido con multa del veinte al sesenta por ciento del valor
                                                                                         sustraído, el funcionario público que, por imprudencia o negligencia o por
    Argentina prevé la rehabilitación en su artículo 20 del Código                       inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo, diere ocasión a que se
                                Penal:                                                   efectuare por otra persona la sustracción de caudales o efectos de que se trata en el
   quot;El condenado a inhabilitación absoluta puede ser restituido al uso y goce de         artículo anterior.
   los derechos y capacidades de que fue privado, si se ha comportado
   correctamente durante la mitad de plazo de aquélla, o durante diez años
                                                                                         Art. 263. Quedan sujetos a las disposiciones anteriores los que administraren o
   cuando la pena fuera perpetua, y ha reparado los daños en la medida de lo
                                                                                         custodiaren bienes pertenecientes a establecimientos de instrucción pública o de
   posible.
                                                                                         beneficencia, así como los administradores y depositarios de caudales embargados,
   El condenado a inhabilitación especial puede ser rehabilitado, transcurrida la
                                                                                         secuestrados o depositados por autoridad competente, aunque pertenezcan a
   mitad del plazo de ella, o cinco años cuando la pena fuere perpetua, si se ha
                                                                                         particulares.
   comportado correctamente, ha remediado su incompetencia o no es de temer
   que incurra en nuevos abusos y, además, ha reparado los daños en la medida
   de lo posible.                                                                        Art. 264. Será reprimido con inhabilitación especial por uno a seis meses, el
   Cuando la inhabilitación importó la pérdida de un cargo público o de una tutela       funcionario público que, teniendo fondos expeditos, demorare injustificadamente un
   o curatela la pérdida de un cargo público de una tutela o curatela, la                pago ordinario o decretado por autoridad competente.
   rehabilitación no comportará la reposición en los mismos cargos.
   Para todos los efectos, en los plazos de inhabilitación no se computará el            En la misma pena incurrirá el funcionario público que, requerido por la autoridad
   tiempo en que el inhabilitado haya estado prófugo, internado o privado de su          competente, rehusare entregar una cantidad o efecto depositado o puesto bajo su
   libertadquot;.                                                                            custodia o administración.

   Caso “Guata” Navarro
                                                                                     4    
República de Chile

 Órgano Contralor: Contraloría General de la República de
 Chile.
 www.contraloria.cl

 Función: ejercer el control de la legalidad de los actos de la
 Administración, fiscalizar el ingreso y la inversión de los          La Constitución Chilena establece un procedimiento muy
 fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás
 organismos y servicios que determinen las leyes; examinar y          parecido al modelo Argentino, en el que la Contraloría
 juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo             General de la República recibe las denuncias o las formula
 bienes de esas entidades; llevar la contabilidad general de la       como resultado de su investigación como órgano contralor
 Nación, y desempeñar las demás funciones que le                      y las presenta ante el Poder Legislativo Bicameral.
 encomiende la ley orgánica constitucional respectiva.
                                                                      El Poder Legislativo, concretamente la Cámara de
                                                                      Diputados evalúa si la denuncia es procedente o no, y la
                                                                      remite a la Cámara de Senadores, quiénes serán los
                                                                      encargados de juzgar e imponer las sanciones conforme
                                                                      con la Constitución Política y las Leyes.

    El Órgano Contralor no está                                       En ningún caso el órgano contralor juzga ni mucho menos
facultado para imponer sanciones de                                   está facultado para imponer sanciones.

 inhabilitación para el ejercicio de la                               Es importante destacar que en el caso de Alcaldes,
                                                                      Gobernadores y altos funcionarios de gobierno, el Senado
            función pública.                                          tiene la atribución Constitucional exclusiva de conocer de
                                                                      esas causas, por lo que mal podría cualquier otro órgano
                                                                      del Poder Público conocer de ellas.

                                                                  5
Constitución Política de la
                                       República de Chile
                                                                   Artículo 49. Son atribuciones exclusivas del Senado:

                                                                    1° Conocer de las acusaciones que la Cámara de
                                                                   Diputados entable con arreglo al artículo anterior.

                                                                   El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si
Artículo 48. Son atribuciones exclusivas de la Cámara de           el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso
Diputados:                                                         de poder que se le imputa.
                            (...)
                                                                   La declaración de culpabilidad deberá ser pronunciada por
 2) Declarar si han o no lugar las acusaciones que no              los dos tercios de los senadores en ejercicio cuando se
menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen            trate de una acusación en contra del Presidente de la
en contra de las siguientes personas:                              República, y por la mayoría de los senadores en ejercicio
                                                                   en los demás casos.
                            (...)
                                                                   Por la declaración de culpabilidad queda el acusado
e) De los intendentes (alcaldes) y gobernadores, por               destituido de su cargo, y no podrá desempeñar ninguna
infracción de la Constitución y por los delitos de traición,       función pública, sea o no de elección popular, por el
sedición, malversación de fondos públicos y concusión.             término de cinco años.

                                                                   El funcionario declarado culpable será juzgado de acuerdo
                                                                   a las leyes por el tribunal competente, tanto para la
                                                                   aplicación de la pena señalada al delito, si lo hubiere,
                                                                   cuanto para hacer efectiva la responsabilidad civil por los
                                                                   daños y perjuicios causados al Estado o a particulares;

                                                                                              (...)
                                                               6
República de Colombia
                                                                                           CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DE 1991

                                                                                       ARTICULO 267. El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría
Órgano Contralor: Contraloría General de la                                            General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los
República de Colombia.                                                                 particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
www.contraloriagen.gov.co                                                                                                        (...)

                                                                                       La Contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y
Función: la Contraloría General de la República ejerce, en representación de la
                                                                                       presupuestal. No tendrá funciones administrativas distintas de las inherentes a su
comunidad, la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que
manejan fondos o bienes de la Nación.                                                  propia organización.
Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del
Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro      ARTICULO 268. El Contralor General de la República tendrá las siguientes
del marco legal, sujetos a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y   atribuciones:
sostenibilidad ambiental.                                                                                              (...)
Examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control
                                                                                       
         5.
     Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal,
fiscal y determina en qué medida logran sus objetivos y cumplen sus planes,
programas y proyectos.                                                                 imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer
                                                                                       la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma.
Tiene a su cargo establecer la responsabilidad fiscal de los servidores públicos y
de los particulares que causen, por acción o por omisión y en forma dolosa o                                                    (...)
culposa, un daño al patrimonio del Estado.
Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones                 
        8.
     Promover ante las autoridades competentes, aportando las pruebas
derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal.
                                                                                       respectivas, investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado
Procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público. En ejercicio de la       perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado. La Contraloría, bajo su
denominada jurisdicción coactiva, intenta recuperar los recursos y bienes              responsabilidad, podrá exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión
públicos que han sido objeto de deterioro como resultado de su mala                    inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos
administración o que han sido apropiados en forma indebida por los funcionarios        procesos penales o disciplinarios.
o por los particulares.
Adicionalmente, la Contraloría General de la República genera una cultura de           ARTICULO 271. Los resultados de las indagaciones preliminares adelantadas por la
control del patrimonio del Estado y de la gestión pública.
                                                                                       Contraloría tendrán valor probatorio ante la Fiscalía General de la Nación y el juez
El organismo fiscalizador promueve la transparencia en el uso de los recursos           competente.
públicos, mediante un proceso estratégico y focalizado en aquellas entidades y/o
áreas de alto riesgo previamente identificadas.
La CGR vincula activamente a la ciudadanía en el control de la gestión pública y
apoya técnicamente al Congreso de la República para el ejercicio del control
                                                                                            El Órgano Contralor no está facultado para
político y el desarrollo de la función legislativa.                                         imponer sanciones de inhabilitación para el
                                                                                                  ejercicio de la función pública.
                                                                                       7
La Contraloría General de Colombia únicamente podrá imponer sanciones de carácter pecuniario a los funcionarios o cualquier
                                otra persona que cometa delitos contra la Hacienda Pública. Una de sus funciones principales es la de restituir el patrimonio
                                afectado. Las penas privativas de otros derechos (entre las que se encuentra la inhabilitación para ejercer la función pública)
                                serán impuestas por los jueces en vía judicial, toda vez que estos delitos y sus sanciones están contenidas en el Código Penal
                                Colombiano. De igual manera y bajo su responsabilidad, la CGR podrá exigir a las autoridades competentes la suspensión del
                                ejercicio de la función pública de un funcionario incurso en un delito contra la cosa pública mientras culminan las investigaciones
                                (Art. 268 Constitución Política de Colombia).




                                                                                                          Código Penal Colombiano
           Caso de Inhabilitación Constitucional
     Constitución Política de la República de Colombia                            Artículo 43. Las penas privativas de otros derechos. Son
ARTICULO 355. Ninguna de las ramas u órganos del poder público                    penas privativas de otros derechos:
podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas
naturales o jurídicas de derecho privado.                                         1. La inhabilitación para el ejercicio de derechos y
                                                                                  funciones públicas.
El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y
municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos,
celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de
                                                                                  2. La pérdida del empleo o cargo público.
reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y
actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los                                                        (...)
planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional
reglamentará la materia.                                                          Artículo 399. Peculado por aplicación oficial diferente. El
                                                                                  servidor público que dé a los bienes del Estado o de
Así mismo, queda prohibida cualquier forma de concesión de
auxilios con recursos de origen público, bien sean de la Nación, los              empresas o instituciones en que éste tenga parte, cuya
departamentos o los municipios, sus entidades descentralizadas, o                 administración, tenencia o custodia se le haya confiado
los establecimientos públicos o las empresas industriales y                       por razón o con ocasión de sus funciones, aplicación
comerciales, o las sociedades de economía mixta, mediante
apropiaciones, donaciones o contratos que tengan por destino final,               oficial diferente de aquella a que están destinados, o
en todo o en parte, apoyar campañas políticas, agradecer apoyos o                 comprometa sumas superiores a las fijadas en el
comprometer la independencia de los miembros de corporaciones
públicas de elección popular.                                                     presupuesto, o las invierta o utilice en forma no prevista
                                                                                  en éste, en perjuicio de la inversión social o de los
Sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar, la violación               salarios o prestaciones sociales de los servidores,
de estas prohibiciones constituye causal de destitución o
desvinculación para el servidor público que la promueva, tolere o
                                                                                  incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años, multa de
ejecute, lo mismo que de inhabilidad para el ejercicio, en el futuro,             diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos legales
de cualquier otro cargo o función pública, y de pérdida de                        mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de
investidura para el congresista, diputado, concejal o miembro de
juntas administradoras locales que la consume.                                    derechos y funciones públicas por el mismo término.
                                                                            8
Estados Unidos Mexicanos
 Los Estados Unidos Mexicanos tienen dos formas de control a la Administración Pública, la primera y más importante de ellas, la ejerce a
 través de la Secretaría de la Función Pública, la cual será competente para conocer de los asuntos del Gobierno Federal, Gobernaciones y
 Gobierno del Distrito Federal (D.F.). La segunda, la ejerce a través de Contralorías de dependencias, órganos desconcentrados y entidades
 paraestatales de los gobiernos locales. A esta última le corresponderá conocer de los casos referentes a los ayuntamientos (municipios).



                                                                            Órgano Contralor Local o Descentralizado: Contraloría
Órgano Contralor Nacional: Secretaría de la Función                         General de Ciudad de México.
Pública.                                                                    http://www.contraloria.df.gob.mx
http://www.funcionpublica.gob.mx/
                                                                            Función: De acuerdo con la Ley Orgánica de la
Función: promover la cultura de la legalidad y el aprecio por               Administración Pública del Distrito Federal, la Contraloría
la rendición de cuentas. Ampliar la cobertura, impacto y                    General está encargada del control y la evaluación de la
efecto preventivo de la fiscalización a la gestión pública.                  gestión pública de las dependencias, órganos
Inhibir y sancionar las prácticas corruptas. Articular                      desconcentrados y entidades paraestatales del Gobierno de
estructuras profesionales, eficientes y eficaces del                          la Ciudad.
gobierno. Mejorar la regulación, la gestión y los procesos de
la APF. Optimizar el uso y aprovechamiento de los                           Por ello, la Contraloría se encarga de planear, organizar y
inmuebles federales.                                                        coordinar el Sistema de Control y Evaluación del Gobierno
                                                                            del Distrito Federal.


 La legislación Mexicana establece igualmente dos procedimientos de los cuales podría desprenderse la inhabilitación para el ejercicio de la
 función pública. La aplicación del procedimiento dependerá del imputado. Así, cuando el funcionario forma parte del Gobierno Federal (bien
 sea por elección popular o por designación), o es un Gobernador Estadal (se incluye también a las autoridades del Gobierno del D.F. como
 caso especial) se encuentra en funciones, se le llevará a cabo un juicio político a cargo del Poder Legislativo.

 Cuando el funcionario incurso en el hecho irregular formara parte de un gobierno local (caso presidentes de ayuntamientos), corresponderá a
 los tribunales penales establecer su responsabilidad en el hecho y aplicar las sanciones correspondientes.
                                                                     9
Estados Unidos Mexicanos
    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 110.- Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al
Congreso de la Unión, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,                                 Código Penal Federal de México
los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los Jefes de
Departamento Administrativo, los Diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el             Artículo 24. Las penas y medidas de seguridad son:
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República, el
Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los Magistrados de Circuito y                                                    (...)
Jueces de Distrito, los Magistrados y Jueces del Fuero Común del Distrito Federal,
los Consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los            13. Inhabilitación, destitución o suspensión de funciones o empleos.
Consejeros Electorales, y el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los                                                  (...)
Magistrados del Tribunal Electoral, los Directores Generales y sus equivalentes de
los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria,
sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.                          Artículo 217. Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades:
Los Gobernadores de los Estados, Diputados Locales, Magistrados de los                                                                (...)
Tribunales Superiores de Justicia Locales y, en su caso, los miembros de los
Consejos de las Judicaturas Locales, sólo podrán ser sujetos de juicio político en            III. El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé a sabiendas,
los términos de este titulo por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes          una aplicación pública distinta de aquella a que estuvieren destinados o hiciere un
federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y                     pago ilegal.
recursos federales, pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y             Al que cometa el delito de uso indebido de atribuciones y facultades se le
se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones,          impondrán las siguientes sanciones:
procedan como corresponda.                                                                    Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este
                                                                                              Artículo no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario
Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su                      vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se
inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de                     impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas
cualquier naturaleza en el servicio público.                                                  veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de
Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de               cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para
Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores,                    desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes                Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este
en sesión de aquella Cámara, después de haber substanciado el procedimiento                   Artículo, exceda del equivalente a quinientas veces el salario mínimo diario vigente
respectivo y con audiencia del inculpado.                                                     en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos
                                                                                              años a doce años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo
Conociendo de la acusación la Cámara de Senadores, erigida en Jurado de                       diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y
sentencia, aplicará la sanción correspondiente mediante resolución de las dos                 destitución e inhabilitación de dos años a doce años para desempeñar otro
terceras partes de los miembros presentes en sesión, una vez practicadas las                  empleo, cargo o comisión públicos.
diligencias correspondientes y con audiencia del acusado.

Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores son
inatacables.
                                                                                         10
Estados Unidos Mexicanos

      Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios
                           Públicos

ARTÍCULO 53.- Las sanciones por falta administrativa consistirán en:

I.- Apercibimiento privado o público;

II.- Amonestación privada o pública.

III.- Suspensión;

IV.- Destitución del puesto;                                                                     El Órgano Contralor no está
V.- Sanción económica; e                                                                     facultado para imponer sanciones de
VI.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el               inhabilitación para el ejercicio de la
servicio público.
                                       (...)                                                             función pública.
ARTÍCULO 56.- Para la aplicación de las sanciones a que hace referencia el
artículo 53 se observarán las siguientes reglas:

                                        (...)

V.- La inhabilitación para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio
público, será aplicable por resolución que dicte la autoridad competente, y

                                        (...)


La Autoridad Competente para inhabilitar a un funcionario para desempeñar un
empleo, cargo o comisión en el servicio público serán los Senadores al Congreso
de la Unión, en el caso del juicio político, y los Jueces naturales en el caso de que
la sanción se imponga como pena derivada de un proceso penal.




                                                                                        11
Cuadro Comparativo

                                                              ¿Qué autoridad puede
                                         ¿El Órgano Contralor inhabilitar a un Alcalde
  País      Órgano Contralor
                                           Impone Sanciones?   para el ejercicio de la
                                                                 Función Pública?

             Auditoría General de la                                          Congreso
Argentina                                             No
                     Nación                                                    Jueces


            Contraloría General de la
  Chile                                               No              Exclusivamente el Congreso
              República de Chile


            Contraloría General de la        Únicamente de carácter
Colombia                                                                        Jueces
             República de Colombia                 pecuniario

            Secretaría de la Función
                                             Únicamente de carácter           Congreso
 México     Pública para el Gobierno
                                                   pecuniario                  Jueces
                     Federal


                                        12
La Responsabilidad de los Funcionarios
                                               Públicos a la luz de las Constituciones de
                                                             América Latina
BOLIVIA                                                                                       COSTA RICA
Artículo 45.- Todo funcionario público, civil, militar o eclesiástico está obligado,          Artículo 194.- El juramento que deben prestar los funcionarios públicos, según lo
antes de tomar posesión de un cargo público, a declarar expresa y específicamente             dispuesto en el artículo 11 de esta Constitución es el siguiente:
los bienes o rentas que tuviere, que serán verificados en la forma que determine la
ley.                                                                                          quot;- ¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las
                                                                                              leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino?
CHILE
Artículo 38.- ... Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la                  - Sí, juro-.
Administración del Estado, de sus organismos o de las municipalidades, podrá
reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la responsabilidad
que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño.                               - Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os lo demandenquot;.

COLOMBIA                                                                                      CUBA
Artículo 83.- Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas               Artículo 10.- Todos los órganos del Estado, sus dirigentes, funcionarios y
deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las            empleados, actúan dentro de los limites de sus respectivas competencias y tienen la
gestiones que aquellos adelanten ante éstas.                                                  obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en
                                                                                              la vida de toda la sociedad.
Artículo 124.- La ley determinará la responsabilidad de los servidores públicos y la
manera de hacerla efectiva.                                                                   consecuencia de la violación a los derechos consagrados en esta Constitución.

Artículo 130.- Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la               GUATEMALA
administración y vigilancia de las carreras de los funcionarios públicos, excepción           Artículo 155.- Responsabilidad por infracción a la ley. Cuando un dignatario,
hecha de las que tengan carácter especial.                                                    funcionario o trabajador del Estado, en el ejercicio de su cargo, infrinja la ley en
                                                                                              perjuicio de particulares, el Estado o la institución estatal a quien sirva, será
                                                                                              solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se causaren.
Artículo 211.- La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá
delegar a sus ministros, directores de departamentos administrativos,
representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes ,                      La responsabilidad civil de los funcionarios y empleados públicos podrá deducirse
gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine.                      mientras no se hubiere consumado la prescripción, cuyo término será de veinte
Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan            años.
delegar en sus subalternos o en otras autoridades.
                                                                                              La responsabilidad criminal se extingue, en este caso, por el transcurso del doble
La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá                    del tiempo señalado por la ley para la prescripción de la pena.
exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrán siempre reformar
o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.                                 Ni los guatemaltecos ni los extranjeros, podrán reclamar al Estado, indemnización
                                                                                              por daños o perjuicios causados por movimientos armados o disturbios civiles
La ley establecerá los recursos que se pueden interponer contra los actos de los
delegatarios.



                                                                                         13
La Responsabilidad de los Funcionarios
                                               Públicos a la luz de las Constituciones de
                                                             América Latina
ECUADOR
Artículo 120.- No habrá dignatario, autoridad, funcionario ni servidor público exento
de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por
sus omisiones.

El ejercicio de dignidades y funciones públicas constituye un servicio a la                  HONDURAS
colectividad, que exigirá capacidad, honestidad y eficiencia.                                Artículo 321.- Los servidores del Estado no tienen mas facultades que las que
                                                                                             expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e
                                                                                             implica responsabilidad.
Artículo 121.- Las normas para establecer la responsabilidad administrativa, civil y
penal por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos, se
aplicarán a los dignatarios, funcionarios y servidores de los organismos e                   Artículo 324.- Si el servidor público en el ejercicio de su cargo, infringe la ley en
instituciones del Estado.                                                                    perjuicio de particulares, será civil y solidariamente responsable junto con el Estado
                                                                                             o con la institución estatal a cuyo servicio se encuentre, sin perjuicio de la acción de
                                                                                             repetición que éstos pueden ejercitar contra el servidor responsable, en los casos de
Los dignatarios elegidos por votación popular, los delegados o representantes a los          culpa o dolo. La responsabilidad civil no excluye la deducción de las
cuerpos colegiados de las instituciones del Estado y los funcionarios y servidores           responsabilidades administrativa y penal contra el infractor.
públicos en general, estarán sujetos a las sanciones establecidas por comisión de
delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para
perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y, en estos casos,          NICARAGUA
los juicios se iniciarán y continuarán aun en ausencia de los acusados. Estas                Artículo 131.- Los funcionarios de los cuatro poderes del Estado, elegidos directa o
normas también se aplicarán a quienes participen en estos delitos, aunque no                 indirectamente, responden ante el pueblo por el correcto desempeño de sus
tengan las calidades antes señaladas; ellos serán sancionados de acuerdo con su              funciones y deben informarle de su trabajo y actividades oficiales. Deben atender y
grado de responsabilidad.                                                                    escuchar sus problemas y procurar resolverlos. La función pública se debe ejercer a
                                                                                             favor de los intereses del pueblo.
Artículo 122.- Los funcionarios de libre nombramiento y remoción, los designados
para período fijo, los que manejan recursos o bienes públicos y los ciudadanos               El Estado, de conformidad con la ley, será responsable patrimonialmente de las
elegidos por votación popular, deberán presentar, al inicio de su gestión, una               lesiones que, como consecuencia de las acciones u omisiones de los funcionarios
declaración patrimonial juramentada, que incluya activos y pasivos, y la autorización        públicos en el ejercicio de su cargo, sufran los particulares en sus bienes, derechos
para que, de ser necesario, se levante el sigilo de sus cuentas bancarias. De no             e intereses, salvo los casos de fuerza mayor. El Estado podrá repetir contra el
hacerlo, no podrán posesionarse de sus cargos. También harán una declaración                 funcionario o empleado público causante de la lesión.
patrimonial los miembros de la fuerza pública a su ingreso a la institución,
previamente a la obtención de ascensos, y a su retiro.                                       Los funcionarios y empleados públicos son personalmente responsables por la
                                                                                             violación de la Constitución, por falta de probidad administrativa y por cualquier otro
Al terminar sus funciones presentarán también una declaración patrimonial                    delito o falta cometida en el desempeño de sus funciones. También son
juramentada, que incluya igualmente activos y pasivos. La Contraloría General del            responsables ante el Estado de los perjuicios que causaren por abuso, negligencia y
Estado examinará las dos declaraciones e investigará los casos en que se presuma             omisión en el ejercicio del cargo. Las funciones civiles no podrán ser militarizadas.
enriquecimiento ilícito. La falta de presentación de la declaración al término de las        El servicio civil y la carrera administrativa serán regulados por la ley.
funciones hará presumir enriquecimiento ilícito.

Cuando existan graves indicios de utilización de un testaferro, la Contraloría podrá
solicitar declaraciones similares, a terceras personas vinculadas con quien ejerza o
haya ejercido una función pública.

                                                                                        14
La Responsabilidad de los Funcionarios
                                               Públicos a la luz de las Constituciones de
                                                             América Latina
                                                                                              PARAGUAY
                                                                                              Artículo 104.- DE LA DECLARACIÓN OBLIGATORIA DE BIENES Y RENTAS
                                                                                              Los funcionarios y los empleados públicos, incluyendo a los de elección popular, los
                                                                                              de entidades estatales, binacionales, autárquicas, descentralizadas y, en general,
                                                                                              quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado, estarán obligados a
                                                                                              prestar declaración jurada de bienes y rentas dentro de los quince días de haber
                                                                                              tomado posesión de su cargo, y en igual término al cesar en el mismo.
PANAMÁ
Artículo 18.- Los particulares solo son responsables ante las autoridades por                 Artículo 106.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO Y DEL EMPLEADO
infracción de la Constitución o de la Ley. Los servidores públicos lo son por esas            PUBLICO
mismas causas y también por extralimitación de funciones o por omisión en el                  Ningún funcionario o empleado público está exento de responsabilidad. En los casos
ejercicio de éstas.                                                                           de transgresiones, delitos o faltas que cometiesen en el desempeño de sus
                                                                                              funciones, son personalmente responsables, sin perjuicio de la responsabilidad
Artículo 33.- Pueden penar sin juicio previo, en los casos y dentro de lo precisos            subsidiaria del Estado, con derecho de éste a repetir el pago de lo que llegase a
términos de la Ley:                                                                           abandonar en tal concepto.

       1.   Los servidores públicos que ejerzan mando y jurisdicción, quienes                 REPÚBLICA DOMINICANA
pueden imponer multas o arrestos a cualquiera que los ultraje o falte al respeto en el        Artículo 102.- Será sancionado con las penas que la ley determine, todo aquel que,
acto en que estén desempeñando las funciones de su cargo o con motivo del                     para su provecho personal, substraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus
desempeño de las mismas. ...                                                                  posiciones dentro de los organismos del Estado, sus dependencias o instituciones
                                                                                              autónomas, obtenga provechos económicos. Serán igualmente sancionadas las
                                                                                              personas que hayan proporcionado ventajas a sus asociados, familiares, allegados,
Artículo 299.- El Presidente y Vicepresidentes de la República, los Magistrados de
                                                                                              amigos o relacionados. Nadie podrá ser penalmente responsable por el hecho de
la Corte Suprema de Justicia, de los Tribunales ordinarios y especiales, el
                                                                                              otro ni en estos casos ni en cualquier otro.
Procurador General de la Nación y el de la Administración, los Jueces, los Ministros
de Estado, el Contralor General de la República, el Presidente de la Asamblea
Legislativa, los Directores Generales, Gerentes o jefes de entidades autónomas, los           Artículo 106.- La persona designada para ejercer una función pública deberá
Directores Nacionales y Provinciales de los servicios de Policía, empleados o                 prestar juramento de respetar la Constitución y las leyes, y de desempeñar fielmente
funcionarios públicos de manejo conforme al Código Fiscal, deben presentar al inicio          su cometido. Este juramento se prestará ante cualquier funcionario u oficial público.
y término de sus funciones, una declaración jurada de su estado patrimonial, la cual
deberán hacer en un término de diez días hábiles a partir de la toma de posesión del          PERÚ
cargo y diez días hábiles a partir de la separación.                                          Artículo 41.- Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que
                                                                                              administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste
El Notario realizará esta diligencia sin costo alguno.                                        deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos,
                                                                                              durante se ejercicio y al cesar los mismos. La respectiva publicación se realiza en el
                                                                                              diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley.
Esta disposición tiene efectos inmediatos, sin perjuicio de su reglamentación por
medio de Ley.
                                                                                              Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de
                                                                                              terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial.

                                                                                              La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así
                                                                                              como el plazo de su inhabilitación para su la función pública.

                                                                                              El plazo de prescripción se duplica en caso de delitos cometidos contra el patrimonio
                                                                                              del Estado
                                                                                         15
La Responsabilidad de los Funcionarios
                                                Públicos a la luz de las Constituciones de
                                                              América Latina

URUGUAY
Artículo 24.- El Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los
Servicios Descentralizados y, en general, todo órgano del Estado, serán civilmente
responsables del daño causado a terceros, en la ejecución de los servicios públicos,
confiados a su gestión o dirección.
                                                                                              VENEZUELA
Artículo 25.- Cuando el daño haya sido causado por sus funcionarios, en el ejercicio          Artículo 139.- El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por
de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de haber obrado con culpa             abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley.
grave o dolo, el órgano público correspondiente podrá repetir contra ellos, lo que
hubiere pagado en reparación.                                                                 Artículo 140.- El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los
                                                                                              particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea
Artículo 64.- La ley, por dos tercios de votos del total de componentes de cada               imputable al funcionamiento de la administración pública.
Cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza
sean aplicables a los funcionarios de todos los Gobiernos Departamentales y de                Artículo 143.- Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e
todos los Entes Autónomos, o de algunos de ellos, según los casos.                            informadas oportuna y verázmente por la Administración Pública, sobre el estado de
                                                                                              las actuaciones en que estén directamente interesados e interesadas, y a conocer
Artículo 65.- La ley podrá autorizar que en los Entes Autónomos se constituyan                las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen
comisiones representativas de los personales respectivos, con fines de colaboración           acceso a los archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límites
con los Directores para el cumplimiento de las reglas del Estatuto, el estudio del            aceptables dentro de una sociedad democrática en materias relativas a seguridad
ordenamiento presupuestal, la organización de los servicios, reglamentación del               interior y exterior, a investigación criminal y a la intimidad de la vida privada, de
trabajo y aplicación de las medidas disciplinarias.                                           conformidad con la ley que regule la materia de clasificación de documentos de
                                                                                              contenido confidencial o secreto. No se permitirá censura alguna a los funcionarios
En los servicios públicos administrados directamente o por concesionarios, la ley             públicos o funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajo su
podrá disponer la formación de órganos competentes para entender en las                       responsabilidad.
desinteligencias entre las autoridades de los servicios y sus empleados y obreros;
así como los medios y procedimientos que pueda emplear la autoridad pública para
mantener la continuidad de los servicios.

Artículo 66.- Ninguna investigación parlamentaria o administrativa sobre
irregularidades, omisiones o delitos, se considerará concluida mientras el funcionario
inculpado no pueda presentar sus descargos y articular su defensa.




                                                                                         16
La Responsabilidad de los Funcionarios
                                             Públicos a la luz de las Constituciones de
                                                           América Latina
                                                                                               III. Se aplicaran sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u
MÉXICO                                                                                         omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que
Artículo 108.- Para los efectos de las responsabilidades a que alude este titulo se            deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.
reputaran como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los
miembros del poder judicial federal y del poder judicial del Distrito Federal, los             Los procedimientos para la aplicación de las sanciones mencionadas se
funcionarios y empleados, y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo,               desarrollaran autónomamente. No podrán imponerse dos veces por una sola
cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal o en el          conducta sanciones de la misma naturaleza. Las leyes determinaran los casos y las
Distrito Federal, así como a los servidores del instituto federal electoral, quienes           circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de
serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de                enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su
sus respectivas funciones.                                                                     encargo, o por motivos del mismo, por si o por interpósita persona, aumenten
                                                                                               substancialmente su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños
El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, solo podrá ser                 sobre ellos, cuya procedencia licita no pudiesen justificar. Las leyes penales
acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.                             sancionaran con el decomiso y con la privación de la propiedad de dichos bienes,
                                                                                               ademas de las otras penas que correspondan.
Los gobernadores de los estados, los diputados a las legislaturas locales, los
magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso, los                Cualquier ciudadano, bajo su mas estricta responsabilidad y mediante la
miembros de los consejos de las judicaturas locales, serán responsables por                    presentación de elementos de prueba, podrá formular denuncia ante la Cámara de
violaciónes a esta constitución y a las leyes federales, así como por el manejo                Diputados del Congreso de la Unión respecto de las conductas a las que se refiere
indebido de fondos y recursos federales.                                                       el presente Artículo.

Las constituciones de los estados de la República precisaran, en los mismos                    Artículo 110.- Podrán ser sujetos de juicio político los Senadores y Diputados al
términos del primer párrafo de este Artículo y para los efectos de sus                         Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la nación,
responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen                    los consejeros de la judicatura federal, los secretarios de despacho, los jefes de
empleo, cargo o comisión en los estados y en los municipios.                                   departamento administrativo, los diputados a la asamblea del Distrito Federal, el jefe
                                                                                               de gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República, el procurador
                                                                                               general de justicia del Distrito Federal, los magistrados de circuito y jueces de
Artículo 109.- El Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados, dentro de
                                                                                               distrito, los magistrados y jueces del fuero común del Distrito Federal, los consejeros
los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de
                                                                                               de la judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los consejeros
responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a
                                                                                               electorales, y el secretario ejecutivo del instituto federal electoral, los magistrados
sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad, de
                                                                                               del tribunal electoral, los directores generales y sus equivalentes de los organismos
conformidad con las siguientes prevenciones:
                                                                                               descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y
                                                                                               asociaciones asimiladas a estas y fideicomisos públicos.
I. Se impondrán, mediante juicio político, las sanciones indicadas en el Artículo 110 a
los servidores públicos señalados en el mismo precepto, cuando en el ejercicio de
                                                                                               Los gobernadores de los Estados, diputados locales, magistrados de los tribunales
sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los
                                                                                               superiores de justicia locales y, en su caso, los miembros de los consejos de las
intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. No procede el juicio
                                                                                               judicaturas locales, solo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este
político por la mera expresión de ideas.
                                                                                               titulo por violaciones graves a esta constitución y a las leyes federales que de ella
                                                                                               emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, pero en
II. La comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y           este caso, la resolución será únicamente declarativa y se comunicara a las
sancionada en los términos de la legislación penal; y                                          legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como
                                                                                               corresponda.



                                                                                          17
La Responsabilidad de los Funcionarios
                                            Públicos a la luz de las Constituciones de
                                                          América Latina

Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación
para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza
en el servicio público.

Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de               Artículo 114.- El procedimiento de juicio político solo podrá iniciarse durante el
Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores,                     periodo en el que el servidor público desempeñe su cargo y dentro de un año
previa declaración de la mayoría absoluta del numero de los miembros presentes en              despues. Las sanciones correspondientes se aplicaran en un periodo no mayor de
sesión de aquella cámara, después de haber sustanciado el procedimiento                        un año a partir de iniciado el procedimiento.
respectivo y con audiencia del inculpado. Conociendo de la acusación la Cámara de
Senadores, erigida en jurado de sentencia, aplicara la sanción correspondiente                 La responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por
mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en                    cualquier servidor público, será exigible de acuerdo con los plazos de prescripción
sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del               consignados en la ley penal, que nunca serán inferiores a tres años. Los plazos de
acusado. Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y                        prescripción se interrumpen en tanto el servidor público desempeña alguno de los
Senadores son inatacables.                                                                     encargos a que hace referencia el Artículo 111.

Artículo 113.- Las leyes sobre responsabilidades administrativas de los servidores             La ley señalara los casos de prescripción de la responsabilidad administrativa
públicos, determinaran sus obligaciones a fin de salvaguardar la legalidad,                    tomando en cuenta la naturaleza y consecuencia de los actos y omisiones a que
honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones,                hace referencia la Fracción III de Artículo 109. Cuando dichos actos u omisiones
empleos, cargos y comisiones; las sanciones aplicables por los actos u omisiones               fuesen graves los plazos de prescripción no serán inferiores a tres años.
en que incurran, así como los procedimientos y las autoridades para aplicarlas.
Dichas sanciones, ademas de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión,
destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán                      Articulo 128.- Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar
establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el                         posesión de su encargo, prestara la protesta de guardar la Constitución y las leyes
responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u                que de ella emanen.
omisiones a que se refiere la Fracción III de Artículo 109, pero que no podrán
exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios
causados.




                                                                                          18
Conclusión
Luego del Estudio de distintas legislaciones latinoamericanas (Argentina, Chile, Colombia y México) y la
manera en la que cada una de ellas abordan los delitos contra el patrimonio público, específicamente
desde la función pública, podemos concluir que ninguno de estos países estipula la inhabilitación política
sino luego de haber sometido a juicio al funcionario incurso en el hecho. Los juicios si pueden adoptar
distintas formas, algunos de éstos países adoptan la modalidad de “juicio político” que es llevado a cabo
por la rama legislativa del Poder Público. En estos casos, la cámara de diputados, en su carácter de
representantes de los intereses de los ciudadanos, formulan la denuncia ante los Senadores quienes, en su
carácter de representantes del territorio se encargan de juzgar en juicio público a los funcionarios
incursos en irregularidades e imponer las sanciones a que haya lugar. La otra modalidad de juicio de la que
se puede desprender la inhabilitación política, es mediante el juicio penal. Es bien conocido que en todos
los modelos de Estado de los países latinoamericanos, imponer las penas que se desprenden de los juicios
penales es responsabilidad exclusiva del Poder Judicial en manos de los jueces naturales de cada
ciudadano.

Por todo lo anterior podemos concluir que en los países sometidos a nuestro estudio, sus respectivos
modelos legislativos y de Estado, no permiten la imposición de una pena de inhabilitación para el ejercicio
de la función pública sino mediante una sentencia, luego de haber sometido al funcionario a un juicio.




                                                    19

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  • 1. Estudio de Derecho Comparado sobre Inhabilitaciones para el Ejercicio de la Función Pública en Argentina, Chile, Colombia y México
  • 2. Índice • República Argentina, págs 3 - 4 • República de Chile, págs 5 - 6 • República de Colombia, págs 7 - 8 • Estados Unidos de México, págs 9 - 11 • Cuadro Comparativo, pág 12 • La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos en las Constituciones de América, págs 13 - 18 • Conclusión, pág 19
  • 3. República Argentina Constitución de la Nación Argentina El Órgano Contralor no está facultado para imponer sanciones de “Artículo 85.- El control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y inhabilitación para el ejercicio de la operativos, será una atribución propia del Poder función pública. Legislativo. El examen y la opinión del Poder Legislativo sobre el desempeño y situación general de la Administración Pública estarán sustentados en los dictámenes de la Auditoria General de la Nación. Este organismo de asistencia técnica del Congreso, con Órgano Contralor: Auditoría General de la Nación (AGN). autonomía funcional, se integrará del modo que establezca www.agn.gov.ar la ley que reglamenta su creación y funcionamiento, que deberá ser aprobada por mayoría absoluta de los Función: Asistir técnicamente al Congreso en el control de miembros de cada Cámara. El presidente de organismo las cuentas del sector público. En todo caso, sus informes será designado a propuesta del partido político de de auditoría terminan en comentarios, conclusiones y oposición con mayor número de legisladores en el recomendaciones dirigidas al Congreso (Poder Legislativo). Congreso. Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la Administración Pública centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, y las demás funciones que la ley le otorgue. Intervendrá necesariamente en el trámite de aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.” 3
  • 4. La República Argentina prevé en su legislación dos (02) formas para restringir el ejercicio de la función pública. La primera está relacionada con los delitos contenidos en la Ley de Ética de la Función Pública, cuya sanción la impone el Senado; la segunda, referida a los delitos contenidos en el Código Penal, será impuesta por vía judicial. Vía Política: Vía Judicial: Las irregularidades detectadas por el órgano contralor (AGN), serán presentadas mediante informe a la cámara de diputados para su evaluación. La acción podrá comenzar de oficio o mediante denuncia y conocerán de la Ésta última, presentará un segundo informe a la Cámara de Senadores causa los jueces de la jurisdicción penal. quiénes decidirán e impondrán la sanción a que haya lugar. Código Penal Argentino Constitución Argentina Art. 260. Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el Art. 59.- Al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto. aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare Cuando el acusado sea el presidente de la Nación, el Senado será presidido por el daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá presidente de la Corte Suprema. Ninguno será declarado culpable sino a mayoría de además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída. los dos tercios de los miembros presentes. Art. 60.- Su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado, y aun declararle Art. 261. Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación. absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya Pero la parte condenada quedará, no obstante, sujeta a acusación, juicio y castigo administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública. Art. 262. Será reprimido con multa del veinte al sesenta por ciento del valor sustraído, el funcionario público que, por imprudencia o negligencia o por Argentina prevé la rehabilitación en su artículo 20 del Código inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo, diere ocasión a que se Penal: efectuare por otra persona la sustracción de caudales o efectos de que se trata en el quot;El condenado a inhabilitación absoluta puede ser restituido al uso y goce de artículo anterior. los derechos y capacidades de que fue privado, si se ha comportado correctamente durante la mitad de plazo de aquélla, o durante diez años Art. 263. Quedan sujetos a las disposiciones anteriores los que administraren o cuando la pena fuera perpetua, y ha reparado los daños en la medida de lo custodiaren bienes pertenecientes a establecimientos de instrucción pública o de posible. beneficencia, así como los administradores y depositarios de caudales embargados, El condenado a inhabilitación especial puede ser rehabilitado, transcurrida la secuestrados o depositados por autoridad competente, aunque pertenezcan a mitad del plazo de ella, o cinco años cuando la pena fuere perpetua, si se ha particulares. comportado correctamente, ha remediado su incompetencia o no es de temer que incurra en nuevos abusos y, además, ha reparado los daños en la medida de lo posible. Art. 264. Será reprimido con inhabilitación especial por uno a seis meses, el Cuando la inhabilitación importó la pérdida de un cargo público o de una tutela funcionario público que, teniendo fondos expeditos, demorare injustificadamente un o curatela la pérdida de un cargo público de una tutela o curatela, la pago ordinario o decretado por autoridad competente. rehabilitación no comportará la reposición en los mismos cargos. Para todos los efectos, en los plazos de inhabilitación no se computará el En la misma pena incurrirá el funcionario público que, requerido por la autoridad tiempo en que el inhabilitado haya estado prófugo, internado o privado de su competente, rehusare entregar una cantidad o efecto depositado o puesto bajo su libertadquot;. custodia o administración. Caso “Guata” Navarro 4  
  • 5. República de Chile Órgano Contralor: Contraloría General de la República de Chile. www.contraloria.cl Función: ejercer el control de la legalidad de los actos de la Administración, fiscalizar el ingreso y la inversión de los La Constitución Chilena establece un procedimiento muy fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes; examinar y parecido al modelo Argentino, en el que la Contraloría juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo General de la República recibe las denuncias o las formula bienes de esas entidades; llevar la contabilidad general de la como resultado de su investigación como órgano contralor Nación, y desempeñar las demás funciones que le y las presenta ante el Poder Legislativo Bicameral. encomiende la ley orgánica constitucional respectiva. El Poder Legislativo, concretamente la Cámara de Diputados evalúa si la denuncia es procedente o no, y la remite a la Cámara de Senadores, quiénes serán los encargados de juzgar e imponer las sanciones conforme con la Constitución Política y las Leyes. El Órgano Contralor no está En ningún caso el órgano contralor juzga ni mucho menos facultado para imponer sanciones de está facultado para imponer sanciones. inhabilitación para el ejercicio de la Es importante destacar que en el caso de Alcaldes, Gobernadores y altos funcionarios de gobierno, el Senado función pública. tiene la atribución Constitucional exclusiva de conocer de esas causas, por lo que mal podría cualquier otro órgano del Poder Público conocer de ellas. 5
  • 6. Constitución Política de la República de Chile Artículo 49. Son atribuciones exclusivas del Senado: 1° Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable con arreglo al artículo anterior. El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si Artículo 48. Son atribuciones exclusivas de la Cámara de el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso Diputados: de poder que se le imputa. (...) La declaración de culpabilidad deberá ser pronunciada por 2) Declarar si han o no lugar las acusaciones que no los dos tercios de los senadores en ejercicio cuando se menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen trate de una acusación en contra del Presidente de la en contra de las siguientes personas: República, y por la mayoría de los senadores en ejercicio en los demás casos. (...) Por la declaración de culpabilidad queda el acusado e) De los intendentes (alcaldes) y gobernadores, por destituido de su cargo, y no podrá desempeñar ninguna infracción de la Constitución y por los delitos de traición, función pública, sea o no de elección popular, por el sedición, malversación de fondos públicos y concusión. término de cinco años. El funcionario declarado culpable será juzgado de acuerdo a las leyes por el tribunal competente, tanto para la aplicación de la pena señalada al delito, si lo hubiere, cuanto para hacer efectiva la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados al Estado o a particulares; (...) 6
  • 7. República de Colombia CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DE 1991 ARTICULO 267. El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría Órgano Contralor: Contraloría General de la General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los República de Colombia. particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación. www.contraloriagen.gov.co (...) La Contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y Función: la Contraloría General de la República ejerce, en representación de la presupuestal. No tendrá funciones administrativas distintas de las inherentes a su comunidad, la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación. propia organización. Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro ARTICULO 268. El Contralor General de la República tendrá las siguientes del marco legal, sujetos a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y atribuciones: sostenibilidad ambiental. (...) Examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control 5. Establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, fiscal y determina en qué medida logran sus objetivos y cumplen sus planes, programas y proyectos. imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma. Tiene a su cargo establecer la responsabilidad fiscal de los servidores públicos y de los particulares que causen, por acción o por omisión y en forma dolosa o (...) culposa, un daño al patrimonio del Estado. Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones 8. Promover ante las autoridades competentes, aportando las pruebas derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal. respectivas, investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado Procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público. En ejercicio de la perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado. La Contraloría, bajo su denominada jurisdicción coactiva, intenta recuperar los recursos y bienes responsabilidad, podrá exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión públicos que han sido objeto de deterioro como resultado de su mala inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos administración o que han sido apropiados en forma indebida por los funcionarios procesos penales o disciplinarios. o por los particulares. Adicionalmente, la Contraloría General de la República genera una cultura de ARTICULO 271. Los resultados de las indagaciones preliminares adelantadas por la control del patrimonio del Estado y de la gestión pública. Contraloría tendrán valor probatorio ante la Fiscalía General de la Nación y el juez El organismo fiscalizador promueve la transparencia en el uso de los recursos competente. públicos, mediante un proceso estratégico y focalizado en aquellas entidades y/o áreas de alto riesgo previamente identificadas. La CGR vincula activamente a la ciudadanía en el control de la gestión pública y apoya técnicamente al Congreso de la República para el ejercicio del control El Órgano Contralor no está facultado para político y el desarrollo de la función legislativa. imponer sanciones de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. 7
  • 8. La Contraloría General de Colombia únicamente podrá imponer sanciones de carácter pecuniario a los funcionarios o cualquier otra persona que cometa delitos contra la Hacienda Pública. Una de sus funciones principales es la de restituir el patrimonio afectado. Las penas privativas de otros derechos (entre las que se encuentra la inhabilitación para ejercer la función pública) serán impuestas por los jueces en vía judicial, toda vez que estos delitos y sus sanciones están contenidas en el Código Penal Colombiano. De igual manera y bajo su responsabilidad, la CGR podrá exigir a las autoridades competentes la suspensión del ejercicio de la función pública de un funcionario incurso en un delito contra la cosa pública mientras culminan las investigaciones (Art. 268 Constitución Política de Colombia). Código Penal Colombiano Caso de Inhabilitación Constitucional Constitución Política de la República de Colombia Artículo 43. Las penas privativas de otros derechos. Son ARTICULO 355. Ninguna de las ramas u órganos del poder público penas privativas de otros derechos: podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado. 1. La inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de 2. La pérdida del empleo o cargo público. reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los (...) planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la materia. Artículo 399. Peculado por aplicación oficial diferente. El servidor público que dé a los bienes del Estado o de Así mismo, queda prohibida cualquier forma de concesión de auxilios con recursos de origen público, bien sean de la Nación, los empresas o instituciones en que éste tenga parte, cuya departamentos o los municipios, sus entidades descentralizadas, o administración, tenencia o custodia se le haya confiado los establecimientos públicos o las empresas industriales y por razón o con ocasión de sus funciones, aplicación comerciales, o las sociedades de economía mixta, mediante apropiaciones, donaciones o contratos que tengan por destino final, oficial diferente de aquella a que están destinados, o en todo o en parte, apoyar campañas políticas, agradecer apoyos o comprometa sumas superiores a las fijadas en el comprometer la independencia de los miembros de corporaciones públicas de elección popular. presupuesto, o las invierta o utilice en forma no prevista en éste, en perjuicio de la inversión social o de los Sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar, la violación salarios o prestaciones sociales de los servidores, de estas prohibiciones constituye causal de destitución o desvinculación para el servidor público que la promueva, tolere o incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años, multa de ejecute, lo mismo que de inhabilidad para el ejercicio, en el futuro, diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos legales de cualquier otro cargo o función pública, y de pérdida de mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de investidura para el congresista, diputado, concejal o miembro de juntas administradoras locales que la consume. derechos y funciones públicas por el mismo término. 8
  • 9. Estados Unidos Mexicanos Los Estados Unidos Mexicanos tienen dos formas de control a la Administración Pública, la primera y más importante de ellas, la ejerce a través de la Secretaría de la Función Pública, la cual será competente para conocer de los asuntos del Gobierno Federal, Gobernaciones y Gobierno del Distrito Federal (D.F.). La segunda, la ejerce a través de Contralorías de dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales de los gobiernos locales. A esta última le corresponderá conocer de los casos referentes a los ayuntamientos (municipios). Órgano Contralor Local o Descentralizado: Contraloría Órgano Contralor Nacional: Secretaría de la Función General de Ciudad de México. Pública. http://www.contraloria.df.gob.mx http://www.funcionpublica.gob.mx/ Función: De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función: promover la cultura de la legalidad y el aprecio por Administración Pública del Distrito Federal, la Contraloría la rendición de cuentas. Ampliar la cobertura, impacto y General está encargada del control y la evaluación de la efecto preventivo de la fiscalización a la gestión pública. gestión pública de las dependencias, órganos Inhibir y sancionar las prácticas corruptas. Articular desconcentrados y entidades paraestatales del Gobierno de estructuras profesionales, eficientes y eficaces del la Ciudad. gobierno. Mejorar la regulación, la gestión y los procesos de la APF. Optimizar el uso y aprovechamiento de los Por ello, la Contraloría se encarga de planear, organizar y inmuebles federales. coordinar el Sistema de Control y Evaluación del Gobierno del Distrito Federal. La legislación Mexicana establece igualmente dos procedimientos de los cuales podría desprenderse la inhabilitación para el ejercicio de la función pública. La aplicación del procedimiento dependerá del imputado. Así, cuando el funcionario forma parte del Gobierno Federal (bien sea por elección popular o por designación), o es un Gobernador Estadal (se incluye también a las autoridades del Gobierno del D.F. como caso especial) se encuentra en funciones, se le llevará a cabo un juicio político a cargo del Poder Legislativo. Cuando el funcionario incurso en el hecho irregular formara parte de un gobierno local (caso presidentes de ayuntamientos), corresponderá a los tribunales penales establecer su responsabilidad en el hecho y aplicar las sanciones correspondientes. 9
  • 10. Estados Unidos Mexicanos Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 110.- Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Código Penal Federal de México los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los Jefes de Departamento Administrativo, los Diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Artículo 24. Las penas y medidas de seguridad son: Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República, el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los Magistrados de Circuito y (...) Jueces de Distrito, los Magistrados y Jueces del Fuero Común del Distrito Federal, los Consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los 13. Inhabilitación, destitución o suspensión de funciones o empleos. Consejeros Electorales, y el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los (...) Magistrados del Tribunal Electoral, los Directores Generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos. Artículo 217. Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades: Los Gobernadores de los Estados, Diputados Locales, Magistrados de los (...) Tribunales Superiores de Justicia Locales y, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, sólo podrán ser sujetos de juicio político en III. El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé a sabiendas, los términos de este titulo por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes una aplicación pública distinta de aquella a que estuvieren destinados o hiciere un federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y pago ilegal. recursos federales, pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y Al que cometa el delito de uso indebido de atribuciones y facultades se le se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, impondrán las siguientes sanciones: procedan como corresponda. Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este Artículo no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas cualquier naturaleza en el servicio público. veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este en sesión de aquella Cámara, después de haber substanciado el procedimiento Artículo, exceda del equivalente a quinientas veces el salario mínimo diario vigente respectivo y con audiencia del inculpado. en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo Conociendo de la acusación la Cámara de Senadores, erigida en Jurado de diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y sentencia, aplicará la sanción correspondiente mediante resolución de las dos destitución e inhabilitación de dos años a doce años para desempeñar otro terceras partes de los miembros presentes en sesión, una vez practicadas las empleo, cargo o comisión públicos. diligencias correspondientes y con audiencia del acusado. Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables. 10
  • 11. Estados Unidos Mexicanos Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos ARTÍCULO 53.- Las sanciones por falta administrativa consistirán en: I.- Apercibimiento privado o público; II.- Amonestación privada o pública. III.- Suspensión; IV.- Destitución del puesto; El Órgano Contralor no está V.- Sanción económica; e facultado para imponer sanciones de VI.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el inhabilitación para el ejercicio de la servicio público. (...) función pública. ARTÍCULO 56.- Para la aplicación de las sanciones a que hace referencia el artículo 53 se observarán las siguientes reglas: (...) V.- La inhabilitación para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, será aplicable por resolución que dicte la autoridad competente, y (...) La Autoridad Competente para inhabilitar a un funcionario para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público serán los Senadores al Congreso de la Unión, en el caso del juicio político, y los Jueces naturales en el caso de que la sanción se imponga como pena derivada de un proceso penal. 11
  • 12. Cuadro Comparativo ¿Qué autoridad puede ¿El Órgano Contralor inhabilitar a un Alcalde País Órgano Contralor Impone Sanciones? para el ejercicio de la Función Pública? Auditoría General de la Congreso Argentina No Nación Jueces Contraloría General de la Chile No Exclusivamente el Congreso República de Chile Contraloría General de la Únicamente de carácter Colombia Jueces República de Colombia pecuniario Secretaría de la Función Únicamente de carácter Congreso México Pública para el Gobierno pecuniario Jueces Federal 12
  • 13. La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos a la luz de las Constituciones de América Latina BOLIVIA COSTA RICA Artículo 45.- Todo funcionario público, civil, militar o eclesiástico está obligado, Artículo 194.- El juramento que deben prestar los funcionarios públicos, según lo antes de tomar posesión de un cargo público, a declarar expresa y específicamente dispuesto en el artículo 11 de esta Constitución es el siguiente: los bienes o rentas que tuviere, que serán verificados en la forma que determine la ley. quot;- ¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? CHILE Artículo 38.- ... Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la - Sí, juro-. Administración del Estado, de sus organismos o de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño. - Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os lo demandenquot;. COLOMBIA CUBA Artículo 83.- Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas Artículo 10.- Todos los órganos del Estado, sus dirigentes, funcionarios y deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las empleados, actúan dentro de los limites de sus respectivas competencias y tienen la gestiones que aquellos adelanten ante éstas. obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la sociedad. Artículo 124.- La ley determinará la responsabilidad de los servidores públicos y la manera de hacerla efectiva. consecuencia de la violación a los derechos consagrados en esta Constitución. Artículo 130.- Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la GUATEMALA administración y vigilancia de las carreras de los funcionarios públicos, excepción Artículo 155.- Responsabilidad por infracción a la ley. Cuando un dignatario, hecha de las que tengan carácter especial. funcionario o trabajador del Estado, en el ejercicio de su cargo, infrinja la ley en perjuicio de particulares, el Estado o la institución estatal a quien sirva, será solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se causaren. Artículo 211.- La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar a sus ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes , La responsabilidad civil de los funcionarios y empleados públicos podrá deducirse gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. mientras no se hubiere consumado la prescripción, cuyo término será de veinte Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan años. delegar en sus subalternos o en otras autoridades. La responsabilidad criminal se extingue, en este caso, por el transcurso del doble La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá del tiempo señalado por la ley para la prescripción de la pena. exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrán siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente. Ni los guatemaltecos ni los extranjeros, podrán reclamar al Estado, indemnización por daños o perjuicios causados por movimientos armados o disturbios civiles La ley establecerá los recursos que se pueden interponer contra los actos de los delegatarios. 13
  • 14. La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos a la luz de las Constituciones de América Latina ECUADOR Artículo 120.- No habrá dignatario, autoridad, funcionario ni servidor público exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones. El ejercicio de dignidades y funciones públicas constituye un servicio a la HONDURAS colectividad, que exigirá capacidad, honestidad y eficiencia. Artículo 321.- Los servidores del Estado no tienen mas facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad. Artículo 121.- Las normas para establecer la responsabilidad administrativa, civil y penal por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos, se aplicarán a los dignatarios, funcionarios y servidores de los organismos e Artículo 324.- Si el servidor público en el ejercicio de su cargo, infringe la ley en instituciones del Estado. perjuicio de particulares, será civil y solidariamente responsable junto con el Estado o con la institución estatal a cuyo servicio se encuentre, sin perjuicio de la acción de repetición que éstos pueden ejercitar contra el servidor responsable, en los casos de Los dignatarios elegidos por votación popular, los delegados o representantes a los culpa o dolo. La responsabilidad civil no excluye la deducción de las cuerpos colegiados de las instituciones del Estado y los funcionarios y servidores responsabilidades administrativa y penal contra el infractor. públicos en general, estarán sujetos a las sanciones establecidas por comisión de delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y, en estos casos, NICARAGUA los juicios se iniciarán y continuarán aun en ausencia de los acusados. Estas Artículo 131.- Los funcionarios de los cuatro poderes del Estado, elegidos directa o normas también se aplicarán a quienes participen en estos delitos, aunque no indirectamente, responden ante el pueblo por el correcto desempeño de sus tengan las calidades antes señaladas; ellos serán sancionados de acuerdo con su funciones y deben informarle de su trabajo y actividades oficiales. Deben atender y grado de responsabilidad. escuchar sus problemas y procurar resolverlos. La función pública se debe ejercer a favor de los intereses del pueblo. Artículo 122.- Los funcionarios de libre nombramiento y remoción, los designados para período fijo, los que manejan recursos o bienes públicos y los ciudadanos El Estado, de conformidad con la ley, será responsable patrimonialmente de las elegidos por votación popular, deberán presentar, al inicio de su gestión, una lesiones que, como consecuencia de las acciones u omisiones de los funcionarios declaración patrimonial juramentada, que incluya activos y pasivos, y la autorización públicos en el ejercicio de su cargo, sufran los particulares en sus bienes, derechos para que, de ser necesario, se levante el sigilo de sus cuentas bancarias. De no e intereses, salvo los casos de fuerza mayor. El Estado podrá repetir contra el hacerlo, no podrán posesionarse de sus cargos. También harán una declaración funcionario o empleado público causante de la lesión. patrimonial los miembros de la fuerza pública a su ingreso a la institución, previamente a la obtención de ascensos, y a su retiro. Los funcionarios y empleados públicos son personalmente responsables por la violación de la Constitución, por falta de probidad administrativa y por cualquier otro Al terminar sus funciones presentarán también una declaración patrimonial delito o falta cometida en el desempeño de sus funciones. También son juramentada, que incluya igualmente activos y pasivos. La Contraloría General del responsables ante el Estado de los perjuicios que causaren por abuso, negligencia y Estado examinará las dos declaraciones e investigará los casos en que se presuma omisión en el ejercicio del cargo. Las funciones civiles no podrán ser militarizadas. enriquecimiento ilícito. La falta de presentación de la declaración al término de las El servicio civil y la carrera administrativa serán regulados por la ley. funciones hará presumir enriquecimiento ilícito. Cuando existan graves indicios de utilización de un testaferro, la Contraloría podrá solicitar declaraciones similares, a terceras personas vinculadas con quien ejerza o haya ejercido una función pública. 14
  • 15. La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos a la luz de las Constituciones de América Latina PARAGUAY Artículo 104.- DE LA DECLARACIÓN OBLIGATORIA DE BIENES Y RENTAS Los funcionarios y los empleados públicos, incluyendo a los de elección popular, los de entidades estatales, binacionales, autárquicas, descentralizadas y, en general, quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado, estarán obligados a prestar declaración jurada de bienes y rentas dentro de los quince días de haber tomado posesión de su cargo, y en igual término al cesar en el mismo. PANAMÁ Artículo 18.- Los particulares solo son responsables ante las autoridades por Artículo 106.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO Y DEL EMPLEADO infracción de la Constitución o de la Ley. Los servidores públicos lo son por esas PUBLICO mismas causas y también por extralimitación de funciones o por omisión en el Ningún funcionario o empleado público está exento de responsabilidad. En los casos ejercicio de éstas. de transgresiones, delitos o faltas que cometiesen en el desempeño de sus funciones, son personalmente responsables, sin perjuicio de la responsabilidad Artículo 33.- Pueden penar sin juicio previo, en los casos y dentro de lo precisos subsidiaria del Estado, con derecho de éste a repetir el pago de lo que llegase a términos de la Ley: abandonar en tal concepto. 1. Los servidores públicos que ejerzan mando y jurisdicción, quienes REPÚBLICA DOMINICANA pueden imponer multas o arrestos a cualquiera que los ultraje o falte al respeto en el Artículo 102.- Será sancionado con las penas que la ley determine, todo aquel que, acto en que estén desempeñando las funciones de su cargo o con motivo del para su provecho personal, substraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus desempeño de las mismas. ... posiciones dentro de los organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga provechos económicos. Serán igualmente sancionadas las personas que hayan proporcionado ventajas a sus asociados, familiares, allegados, Artículo 299.- El Presidente y Vicepresidentes de la República, los Magistrados de amigos o relacionados. Nadie podrá ser penalmente responsable por el hecho de la Corte Suprema de Justicia, de los Tribunales ordinarios y especiales, el otro ni en estos casos ni en cualquier otro. Procurador General de la Nación y el de la Administración, los Jueces, los Ministros de Estado, el Contralor General de la República, el Presidente de la Asamblea Legislativa, los Directores Generales, Gerentes o jefes de entidades autónomas, los Artículo 106.- La persona designada para ejercer una función pública deberá Directores Nacionales y Provinciales de los servicios de Policía, empleados o prestar juramento de respetar la Constitución y las leyes, y de desempeñar fielmente funcionarios públicos de manejo conforme al Código Fiscal, deben presentar al inicio su cometido. Este juramento se prestará ante cualquier funcionario u oficial público. y término de sus funciones, una declaración jurada de su estado patrimonial, la cual deberán hacer en un término de diez días hábiles a partir de la toma de posesión del PERÚ cargo y diez días hábiles a partir de la separación. Artículo 41.- Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste El Notario realizará esta diligencia sin costo alguno. deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante se ejercicio y al cesar los mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley. Esta disposición tiene efectos inmediatos, sin perjuicio de su reglamentación por medio de Ley. Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como el plazo de su inhabilitación para su la función pública. El plazo de prescripción se duplica en caso de delitos cometidos contra el patrimonio del Estado 15
  • 16. La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos a la luz de las Constituciones de América Latina URUGUAY Artículo 24.- El Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y, en general, todo órgano del Estado, serán civilmente responsables del daño causado a terceros, en la ejecución de los servicios públicos, confiados a su gestión o dirección. VENEZUELA Artículo 25.- Cuando el daño haya sido causado por sus funcionarios, en el ejercicio Artículo 139.- El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de haber obrado con culpa abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley. grave o dolo, el órgano público correspondiente podrá repetir contra ellos, lo que hubiere pagado en reparación. Artículo 140.- El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea Artículo 64.- La ley, por dos tercios de votos del total de componentes de cada imputable al funcionamiento de la administración pública. Cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los Gobiernos Departamentales y de Artículo 143.- Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e todos los Entes Autónomos, o de algunos de ellos, según los casos. informadas oportuna y verázmente por la Administración Pública, sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados e interesadas, y a conocer Artículo 65.- La ley podrá autorizar que en los Entes Autónomos se constituyan las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen comisiones representativas de los personales respectivos, con fines de colaboración acceso a los archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límites con los Directores para el cumplimiento de las reglas del Estatuto, el estudio del aceptables dentro de una sociedad democrática en materias relativas a seguridad ordenamiento presupuestal, la organización de los servicios, reglamentación del interior y exterior, a investigación criminal y a la intimidad de la vida privada, de trabajo y aplicación de las medidas disciplinarias. conformidad con la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido confidencial o secreto. No se permitirá censura alguna a los funcionarios En los servicios públicos administrados directamente o por concesionarios, la ley públicos o funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajo su podrá disponer la formación de órganos competentes para entender en las responsabilidad. desinteligencias entre las autoridades de los servicios y sus empleados y obreros; así como los medios y procedimientos que pueda emplear la autoridad pública para mantener la continuidad de los servicios. Artículo 66.- Ninguna investigación parlamentaria o administrativa sobre irregularidades, omisiones o delitos, se considerará concluida mientras el funcionario inculpado no pueda presentar sus descargos y articular su defensa. 16
  • 17. La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos a la luz de las Constituciones de América Latina III. Se aplicaran sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u MÉXICO omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que Artículo 108.- Para los efectos de las responsabilidades a que alude este titulo se deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. reputaran como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del poder judicial federal y del poder judicial del Distrito Federal, los Los procedimientos para la aplicación de las sanciones mencionadas se funcionarios y empleados, y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, desarrollaran autónomamente. No podrán imponerse dos veces por una sola cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal o en el conducta sanciones de la misma naturaleza. Las leyes determinaran los casos y las Distrito Federal, así como a los servidores del instituto federal electoral, quienes circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su sus respectivas funciones. encargo, o por motivos del mismo, por si o por interpósita persona, aumenten substancialmente su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, solo podrá ser sobre ellos, cuya procedencia licita no pudiesen justificar. Las leyes penales acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común. sancionaran con el decomiso y con la privación de la propiedad de dichos bienes, ademas de las otras penas que correspondan. Los gobernadores de los estados, los diputados a las legislaturas locales, los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales y, en su caso, los Cualquier ciudadano, bajo su mas estricta responsabilidad y mediante la miembros de los consejos de las judicaturas locales, serán responsables por presentación de elementos de prueba, podrá formular denuncia ante la Cámara de violaciónes a esta constitución y a las leyes federales, así como por el manejo Diputados del Congreso de la Unión respecto de las conductas a las que se refiere indebido de fondos y recursos federales. el presente Artículo. Las constituciones de los estados de la República precisaran, en los mismos Artículo 110.- Podrán ser sujetos de juicio político los Senadores y Diputados al términos del primer párrafo de este Artículo y para los efectos de sus Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la nación, responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen los consejeros de la judicatura federal, los secretarios de despacho, los jefes de empleo, cargo o comisión en los estados y en los municipios. departamento administrativo, los diputados a la asamblea del Distrito Federal, el jefe de gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República, el procurador general de justicia del Distrito Federal, los magistrados de circuito y jueces de Artículo 109.- El Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados, dentro de distrito, los magistrados y jueces del fuero común del Distrito Federal, los consejeros los ámbitos de sus respectivas competencias, expedirán las leyes de de la judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los consejeros responsabilidades de los servidores públicos y las demás normas conducentes a electorales, y el secretario ejecutivo del instituto federal electoral, los magistrados sancionar a quienes, teniendo este carácter, incurran en responsabilidad, de del tribunal electoral, los directores generales y sus equivalentes de los organismos conformidad con las siguientes prevenciones: descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a estas y fideicomisos públicos. I. Se impondrán, mediante juicio político, las sanciones indicadas en el Artículo 110 a los servidores públicos señalados en el mismo precepto, cuando en el ejercicio de Los gobernadores de los Estados, diputados locales, magistrados de los tribunales sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los superiores de justicia locales y, en su caso, los miembros de los consejos de las intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. No procede el juicio judicaturas locales, solo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este político por la mera expresión de ideas. titulo por violaciones graves a esta constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, pero en II. La comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y este caso, la resolución será únicamente declarativa y se comunicara a las sancionada en los términos de la legislación penal; y legislaturas locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda. 17
  • 18. La Responsabilidad de los Funcionarios Públicos a la luz de las Constituciones de América Latina Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público. Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de Artículo 114.- El procedimiento de juicio político solo podrá iniciarse durante el Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, periodo en el que el servidor público desempeñe su cargo y dentro de un año previa declaración de la mayoría absoluta del numero de los miembros presentes en despues. Las sanciones correspondientes se aplicaran en un periodo no mayor de sesión de aquella cámara, después de haber sustanciado el procedimiento un año a partir de iniciado el procedimiento. respectivo y con audiencia del inculpado. Conociendo de la acusación la Cámara de Senadores, erigida en jurado de sentencia, aplicara la sanción correspondiente La responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en cualquier servidor público, será exigible de acuerdo con los plazos de prescripción sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del consignados en la ley penal, que nunca serán inferiores a tres años. Los plazos de acusado. Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y prescripción se interrumpen en tanto el servidor público desempeña alguno de los Senadores son inatacables. encargos a que hace referencia el Artículo 111. Artículo 113.- Las leyes sobre responsabilidades administrativas de los servidores La ley señalara los casos de prescripción de la responsabilidad administrativa públicos, determinaran sus obligaciones a fin de salvaguardar la legalidad, tomando en cuenta la naturaleza y consecuencia de los actos y omisiones a que honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, hace referencia la Fracción III de Artículo 109. Cuando dichos actos u omisiones empleos, cargos y comisiones; las sanciones aplicables por los actos u omisiones fuesen graves los plazos de prescripción no serán inferiores a tres años. en que incurran, así como los procedimientos y las autoridades para aplicarlas. Dichas sanciones, ademas de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán Articulo 128.- Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el posesión de su encargo, prestara la protesta de guardar la Constitución y las leyes responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u que de ella emanen. omisiones a que se refiere la Fracción III de Artículo 109, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados. 18
  • 19. Conclusión Luego del Estudio de distintas legislaciones latinoamericanas (Argentina, Chile, Colombia y México) y la manera en la que cada una de ellas abordan los delitos contra el patrimonio público, específicamente desde la función pública, podemos concluir que ninguno de estos países estipula la inhabilitación política sino luego de haber sometido a juicio al funcionario incurso en el hecho. Los juicios si pueden adoptar distintas formas, algunos de éstos países adoptan la modalidad de “juicio político” que es llevado a cabo por la rama legislativa del Poder Público. En estos casos, la cámara de diputados, en su carácter de representantes de los intereses de los ciudadanos, formulan la denuncia ante los Senadores quienes, en su carácter de representantes del territorio se encargan de juzgar en juicio público a los funcionarios incursos en irregularidades e imponer las sanciones a que haya lugar. La otra modalidad de juicio de la que se puede desprender la inhabilitación política, es mediante el juicio penal. Es bien conocido que en todos los modelos de Estado de los países latinoamericanos, imponer las penas que se desprenden de los juicios penales es responsabilidad exclusiva del Poder Judicial en manos de los jueces naturales de cada ciudadano. Por todo lo anterior podemos concluir que en los países sometidos a nuestro estudio, sus respectivos modelos legislativos y de Estado, no permiten la imposición de una pena de inhabilitación para el ejercicio de la función pública sino mediante una sentencia, luego de haber sometido al funcionario a un juicio. 19