1. INFORME DE:
Educación Vial
REALIZA POR:
Andrea Carabajo
Verónica Maza
Cristina Mejía
CURSO:
3RO. “F”
Organización y Gestión
de la Secretaria.
FECHA:
29 de mayo de 2012
2. ÍNDICE
Educación vial.
Índice
Dedicatoria
Agradecimiento
Introducción
Objetivos
Conceptos
Educación para seguridad de transito
El sistema vial
Tránsito
1. Elemento Humano.
- Peatón
- Pasajero
- Conductor.
- Agente de tránsito
2. Elemento Material
- Vías
- Vehículos
- Señales de tránsito
- Línea continua, línea cortada, doble línea,
- Línea discontinua mixta, línea continua mixta
- Transversales, línea de parada
- Semáforo
- Señales horizontales
3. Elemento Económico.
4. Elemento Legal
- Ley Orgánica de Transporte terrestres, transito y seguridad.
- De las de licencia para Conducir.
3. - Infracciones puntos.
- Categorías de Licencias.
- De las Infracciones de Tránsito.
- Infracciones (delito y contravenciones)
- De las circunstancias de las Infracciones.
- De los delitos de tránsito.
- Art. 104RT. Placas de identificación vehicular.
5. Conclusiones
6. Opiniones y Recomendaciones.
7. Anexos
- Días laborados (fechas, fotos.)
- Fotos de la campaña CONTRA LA MENDICIDAD
4. La siguiente monografía está dedicada a nuestros padres, por habernos
apoyado en este programa, y también a todo el conjunto de la Policía Nacional
que cada sábado nos enseñaron las normas, comportamientos y reglamentos
de educación vial.
5. Agradecemos a todo el conjunto de la Policía Nacional, la brigada barrial,
EMOV a los coordinadores de nuestro colegio, la Licenciada Gina León,
agradecemos al coordinador Provincial de Educación Vial del Azuay,
Licenciado Milton Bedoya Naula, que cada sábado puso orden en cada uno de
los pelotones.
6. En el presente informe daremos a conocer algunas normas y reglas que hemos
aprendido a lo largo del programa de Educación Vial, las mismas que hemos
puesto en práctica en nuestra vida cotidiana ante cualquier circunstancia que
se presente.
7. CONCEPTO DE EDUCACIÓN VIAL
Educación Vial “es un conjunto conocimientos, hábitos y actitudes en relación
con las reglas, normas y señales que regulan la circulación de vehículos y
transeúntes. Reglas que permitan a todos los ciudadanos dar una respuesta
adecuada en situaciones diversas de tráfico en las que se pueda ver inmersa o
implicada. Ya sea como conductor o peatón.
Educación para seguridad de transito
1. ELEMENTO HUMANO
TRANSITO: Es la acción de transitar (ir de un lugar a otro por vías o parajes
públicos). El concepto suele utilizarse para nombrar al movimiento de los
vehículos y las personas que pasan por una calle, una carretera u otro tipo de
camino.
PEATON: El peatón es la persona que transita a pie por espacios públicos. En
espacios cerrados no tiene sentido usar este término por ser todos peatones.
8. Deberes del peaton:
Los peatones deberán circular por los sitios determinados para su
seguridad.
Los peatones que circulen por vías públicas donde no existan aceras,
deberán hacerlo por la calzada de la carretera, por el costado izquierdo,
en sentido contrario a la dirección normal de circulación de los vehículos.
Si la dirección del peatón es la misma que la de los vehículos en vías de
un solo sentido, circularán por la izquierda de la calzada
En las intersecciones sin regulación de tránsito, los peatones que se
encuentran cruzando la calzada tendrán derecho de vía.
En las intersecciones reguladas por la Policía de Tránsito Nacional o
agentes de la Comisión de Tránsito de la provincia del Guayas, o
controladas por semáforos, el peatón deberá respetar las señales y no
podrá iniciar el cruce hasta que sea autorizado.
Prohibiciones:
Circular o detenerse en la calzada de las vías abiertas al tránsito
vehicular.
Cruzar las avenidas y calles de los centros poblados, por sitios que no
sean las intersecciones o zonas señaladas para el efecto.
Cruzar en forma diagonal las intersecciones, debiendo hacerlo solo
hacia la acera opuesta y en forma perpendicular.
Cruzar la calzada intempestivamente en medio de vehículos
estacionados o en circulación.
PASAJERO: Es la persona que utiliza un medio de trasporte para
movilizarse de un lugar a otro, sin ser el conductor.
9. Deberes del Pasajero
Exigir seguridad antes que velocidad.
Bajar de un bus en las respectivas paradas.
Colaborar con los niños discapacitados y personas de la tercera edad.
Llevar consigo el pasaje justo y a la mano.
Prohibiciones del pasajero
Queda prohibido a toda persona subir o bajar de un vehículo fuera de la
parada reglamentaria.
Se prohíbe solicitar contribuciones en la vía pública, dentro de los
vehículos en circulación.
Se prohíbe a toda persona viajar en los estribos o ir colgados en las
carrocerías de los vehículos.
CONDUCTOR:
Es la persona legalmente facultada para conducir un vehículo automotor y
quien guía, dirige o maniobra un vehículo remolcado.
Estos pueden ser conductores profesionales como no profesionales:
10. Conductor profesional-. Es un conductor legalmente autorizado para
conducir vehículos, generalmente de servicio público o comercial, por lo que
tiene derecho a percibir una retribución económica.
Conductor no profesional.- legalmente autorizado para conducir vehículos
a motor hasta de 3500 kg. de peso y 2.55 metros de ancho, por cuya actividad
no puede percibir retribución económica alguna y no está autorizado para
conducir vehículos de servicio público o comercial.
Deberes del Conductor
En todo momento los conductores de vehículos son responsables
absolutos de la conducción de los mismos.
Todo vehículo debe ser guiado por el costado derecho en la dirección
que lleve.
Debe conducir y maniobrar su vehículo con las dos manos.
Prohibiciones del conductor
Estacionar su vehículo sobre una acera determinado para peatones.
efectuar reparaciones de los vehículos en las vías públicas.
Conducir un vehículo en malas condiciones.
11. AGENTE DE TRANSITO
Policía de Tránsito, también conocido como policía de transporte, es el ente
encargado de regular el orden y hacer cumplir las normas de tránsito
establecidas para los distintos medios de transporte, ya sean trenes, buses o
automóviles particulares. Su jurisdicción consiste en vigilar los delitos
cometidos a las normas establecidas en materia de transporte, contra otros
vehículos, peatones o contra pasajeros en el caso de ser un transporte público.
Puede existir un agente de tránsito que puede pertenecer a una empresa
privada o a una división del estado; o un policía de tránsito, que como su
mismo nombre indica es perteneciente a la policía, o a una fuerza pública de
alguna región.
Funciones
Planear, organizar y dirigir el tránsito: Aplicando cabalmente las reglas
de transito y transporte, indicando las rutas por donde debe fluir los
automotores.
Mantener libre el tránsito de vehículos: Mantener libre las vías para que
circulen sin obstáculos los vehículos que transitan por la ciudad.
2..ELEMENTO MATERIAL
VIAS: Es el elemento acondicionado que sirve para la circulación de peatones,
vehículos y animales: calles, avenidas y carreteras.
12. Las vías se clasifican en vías urbanas y vías rurales:
Vías urbanas: son aquellas que se encuentran dentro del perímetro urbano y
que toman el nombre de calles y avenidas.
Vías rurales: son aquellas que se encuentran fuera del perímetro urbano, y por
su estructura se las denomina como: carreteras, caminos locales o vecinales.
Calle.- vía publica ubicadas en los centros poblacionales conformadas de
aceras y calzada, destinada al tránsito peatonal y o vehicular.
Carretera.- vía pública destinada al tránsito vehiculas y peatonal ubicada fuera
de los centros poblacionales.
I. VEHÍCULO
13. Un vehículo es un medio de locomoción que permite el traslado de un lugar a
otro. Cuando traslada a personas u objetos es llamado vehículo de transporte,
como por ejemplo el tren, el automóvil, el camión, el carro, el barco, el avión, la
bicicleta y la motocicleta, entre otros. En el ámbito de la comunicación, para la
transmisión de información se emplean diversos medios, como el periódico, la
televisión, Internet, etc. También se denominan vehículos los medios a través
de los cuales se puede contagiar una enfermedad.
Es un aparato de cualquier tipo, forma o época que se utiliza para transportar
cargas o personas, con o sin motor, incluidos los transportes de animales.
SEÑALES DE TRÁNSITO
Las señales de tránsito son aquellos carteles colocados al costado de la ruta o
elevados sobre el piso con información útil para los conductores, peatones y
ciclistas.
Señales luminosas-. Son percibidas por el sentido de la vista puediendo citar
dentro de esta clasificación:
El Semáforo
-Semáforo Vehicular
14. -Semáforo Peatonal
Direcciones de los vehículos
Triángulos de seguridad
Chalecos reflectivos
Vallas de seguridad
Señales Acústicas.- se perciben por medio del sentido auditivo a través de
sonidos: bocina del vehículo, silbato del policial, sirena de vehículos de
emergencia.
Estas a su vez se clasifican en:
15. Señales Manuales del Policía
Señales Corporales del policía
Señales Manuales del conductor
Son aquellas señales que realiza el conductor o agente de tránsito. También
están obligados a hacer estas señales los ciclistas y motociclistas
Se clasifican en:
Señales verticales: se denominan asi porque se encuentran a lo largo de las
vías, carreteras, caminos y permiten al usuario del sistema vial llegar a su
destino sin problemas.
16. Señales camineras: se dividen en señales reglamentarias, preventivas e
informativas.
Señales reglamentarias: notifican a los usuarios de la via, prohibiciones,
obligaciones y autorizaciones. Algunas pueden contener leyendas que limiten
su vigencia a horarios, tipos de vehículos etc.
SEÑALES PREVENTIVAS
Se agrupan en: de máximo peligro y físicas.
Máximo peligro: indican que hay que conducirse con extrema precaución sobre
determinados lugares porque el peligro que hay alrededor es muy grande.
Físicas: simbolizan determinadas características de la ruta, por ejemplo: que se
acerca una curva, un túnel o un puente.
17. SEÑALES INFORMATIVAS
Se clasifican en: de nomenclatura urbana (destinos y distancias, características
de la vía) y de información turística y de servicios.
SEÑALES TRANSITORIAS
Son señales que advierten acerca de la ejecución de trabajos de construcción y
mantenimiento de la vía.
18. HORIZONTALES
Son aquellas que se encuentran pintadas sobre el pavimento de la calzada. Se
dividen en:
- Longitudinales
- Transversales
LINEA CONTINUA Función.
Es la línea que indica el lugar donde los
vehículos deberán realizar una detención
obligatoria, en cumplimiento de lo impuesto por:
1. Una señal de PARE.
2. Una demarcación horizontal de PARE.
3. Una señal de prohibido pasar sin
detenerse.
4. Una señal de paso peatonal.
5. Una senda peatonal.
6. Una señal de paso a nivel.
7. Un semáforo.
8. La sola línea transversal continua en ausencia de señal vertical o
inscripción horizontal.
Significado y/o imposición.
19. Una línea transversal continua sobre la calzada significa que todo conductor,
con su vehículo o animal, debe detener su marcha por carecer de prioridad,
teniendo la obligación de ceder el paso, no debiendo iniciar o continuar su
marcha o su maniobra, ni reemprenderla, hasta haberse asegurado de que ello
no fuera al conductor del vehículo que tiene la prioridad a modificar
bruscamente la trayectoria o la velocidad del mismo.
LINEA DISCONTINUAS Función.
1. Es la línea que indica el lugar donde los vehículos
deberán realizar una detención para ceder el
paso, en cumplimiento de lo impuesto por:
2. Una señal de CEDA EL PASO.
3. Una demarcación horizontal de CEDA EL PASO.
4. Un semáforo en amarillo intermitente.
5. La sola línea transversal continúa en ausencia de señal o demarcación
horizontal.
Significado y/o imposición.
Una línea transversal discontinua sobre la calzada no impone la detención
obligatoria de los vehículos.
Significa que todo conductor, con su vehículo o animal, debe ceder el paso por
carecer de prioridad; en ese caso, está obligado a detener su marcha sin
atravesar la línea, no debiendo iniciar o continuar su marcha o su maniobra, ni
reemprenderla, hasta haberse asegurado de que ello no fuerza al conductor del
vehículo que tiene la prioridad a modificar bruscamente la trayectoria o la
velocidad del mismo.
MARCA VIAL: SENDA PEATONAL
Función.
Es la marca vial que indica el lugar por donde los
peatones deben cruzar la calzada.
Significado y/o imposición.
20. Una serie de líneas anchas, dispuestas en bandas paralelas al eje de la
calzada formando un conjunto transversal a la misma se denomina
senda peatonal.
Significa que todo conductor, con su vehículo o animal, debe ceder el
paso a los peatones, siempre que no exista agente de tránsito o
semáforo que regule el cruce. Se entiende que no se le cede el paso al
peatón cuando se le corta su trayectoria.
En los casos en que, por circunstancias del tránsito, por la regulación
por agentes de tránsito o por semáforos, los conductores deban detener
sus vehículos, les está prohibido hacerlo sobre las sendas peatonales.
Líneas longitudinales dobles
Dividen las corrientes circulatorias y determinan el límite externo izquierdo
del sentido de circulación de tránsito. No deben trasponerse ni circular sobre
las mismas.
Flechas de guía
Establecen el sentido de circulación y anticipan los giros permitidos en la
siguiente encrucijada.
SEÑALES HORIZONTALES
La señalización horizontal, corresponde a la aplicación de marcas viales,
conformadas por líneas, flechas, símbolos y letras que se pintan sobre el
21. pavimento, bordillos o sardineles y estructuras de las vías de circulación o
adyacentes a ellas, así como los objetos que se colocan sobre la superficie
de rodadura, con el fin de regular, canalizar el tránsito o indicar la
presencia de obstáculos. Se clasifican en longitudinales, transversales y
especiales
AMARILLAS:
separan los carriles del tráfico que se mueven en direcciones opuestas.
Si la línea es continua, indica que está prohibido adelantar.
Si la línea es a trazos, se puede adelantar. Si hay doble línea amarilla,
el significado es el mismo, es decir, está prohibido adelantar y cada línea
corresponde a un sentido de circulación
Blancas
Pueden ser líneas o flechas direccionales. Las líneas blancas sirven para
separar los carriles de tráfico que se mueven en la misma dirección, definir los
bordes dela calzada en carreteras, determinar el comienzo de aparadores o
indicar canalizaciones especiales. Si la línea es
continua, significa que está prohibido cambiar de carril. Si la línea es a trazos,
el adelantamiento puede efectuarse.
22. Especiales
Son demarcaciones de color blanco que indican la existencia de un cruce
conferrocarril. Son señales que se usan para indicar la existencia de objetos
situaciones que puedan representar riesgo o peligro en la vía. Las más
frecuentes son:
3. ELEMENTO ECONÓMICO
Uno de los elementos primordiales e indispensables que intervienen en la
actividad de transito, considerándose todas las inversiones económicas
destinadas para:
1. Costos, danos, y perjuicios derivados en un accidente de
tránsito.
2. Costos de especies valoradas, juzgados y trámites en
general.
3. Costos por diseño, señalización y mantenimiento de vías,
etc.
23. 4. ELEMENTO LEGAL
Es el conjunto de leyes reglamentos y normas de tránsitos vigentes, que toda
persona debe conocer y respetar, garantizando de esta manera, la integridad
física de los usuarios del sistema vial.
LEY ORGÀNICA REFORMATORIA A LALEY ORGÀNICA DE
TRANSPORTEERRESTRE, TRÀNSITO Y SEGURIDAD
VIAL
(R. Oficial Nro. 398 de Agosto 07 de 2008)
Objetivos de la Ley:
Art. 1. La organización, planificación, fomento, regulación modernización y el
control del:
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Todos estos objetivos se establecen en la presente Ley como marco teórico
como marco teórico esencial y deberán ser desarrollados y regulados mediante
las normativas respectivas que se aprobarán para el efecto.
DE LAS LICENCIAS PARA CONDUCUR VEHICULOS A MOTOR
ART. 90. Para conducir vehículos a motor, incluida la maquinaria agrícola, se
requiere ser mayor de edad, está en pleno goce de los derecho de ciudadanía
y haber obtenido el título de conductor profesional o el certificado de conductor
no profesional y la respectiva licencia de conducir.
No obstante, mediante permiso, se podrá autorizar la conducción de vehículos
motorizados a los menores adultos, mayores a dieciséis años, si la persona
que lo represente legalmente lo solicita por escrito y presenta un garantía
bancaría por un valor igual a veinticinco remuneraciones básicas unificadas del
trabajador en general, que garantice el pago de daños a tercero y la
presentación del menor ante el Juzgado de l Niñez y Adolescencia para su
24. Juzgamiento en caso de Infracciones de Tránsito. El permiso lo concederán las
comisiones Provinciales de conformidad con l Reglamento.
Art. 92. La licencia, constituye el título habilitante para conducir vehículos a
motor, o maquinaria agrícola, el documento lo entregará las Comisiones
Provinciales de Tránsito y su capacitación y formación, estará a cargo de la
escuelas de conducción autorizadas en el país, y en el caso de maquinaría
agrícola del SECAP.
Art. 94. Obligatoriamente se establece la rendición de pruebas: teórica,
psicosensométrica y exámenes médicos, para todos los conductores que van
obtener por primera vez su licencia, renovarla y/o ascender de categoría, así
como para los infractores que aspiren rehabilitarse. En el caso de adultos
mayores de 65 años de edad y personas con capacidades especiales. Se
estará a lo previsto en el Reglamento a esta Ley.
Art. 97. Se instituye el sistema de puntaje aplicado a las licencias de conducir,
para los caso serán de comisión de infracciones de tránsito, de conformidad
con esta Ley y el Reglamento respectivo.
Las licencias de conducir se otorgarán bajo el sistema de puntaje; al momento
de su emisión el documento tendrá puntos de calificación para todas las
categorías de licencias de conducir apicales para quienes la obtengan por
primera vez, procedan a renovarla o cambiar de categoría.
Las licencias de conducir serán otorgadas con 30 puntos para su plazo regular
de vigencia de 5 años, y se utilizará un sistema de reducción de puntos por
cada infracción cometida, según la siguiente tabla:
25. INFRACCIONES PUNTOS
Contravensiones leves de primera clase. 1,5
Contravensiones leves de segunda clase 3
Contravensiones leves de tercera clase 4,5
Contravensiones graves de primera clase. 6
Contravensiones graves de segunda clase. 7,5
Contravensiones graves de tercera clase. 9
Contravención muy grave. 10
Delitos. 11-30
CATEGORÍAS Y TIPOS DE LICENCIAS DE CONDUCIR
Las licencias profesionales habilitan para conducir vehículos particulares clase
B.
26. INFRACCIONES DE TRÁNSITO
Art. 106.- Son infracciones de tránsito las acciones u omisiones que, pudiendo y
debiendo ser previstas pero no queridas por el causante, se verifican por negligencia,
imprudencia, impericia o por inobservancia de las leyes, reglamentos, resoluciones y
Demás regulaciones de tránsito.
Art. 107.- Las infracciones de tránsito se dividen en delitos y contravenciones.
Las infracciones al tránsito se clasifican en gravísimas, graves, menos graves y leves, las
que dan origen a distintas sanciones y multas por parte de los tribunales competentes.
Algunas de ellas son:
Conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, drogas o
estupefacientes. (Disminuye: agudeza visual, claridad mental, concentración,
control sobre sí mismo, capacidad de reacción y coordinación motora).
No respetar la luz roja del semáforo o señal "Pare".
Conducir a mayor velocidad que la máxima permitida.
Conducir sin haber obtenido licencia.
Uso particular de dispositivos especiales, propios de vehículos de emergencia.
Toda infracción declarada por el juez como causa principal de un accidente de
tránsito que origine daños o lesiones leves.
27. INFRACCIONES
DELITOS CONTRAVENCIONES
Muerte de una o mas
personas
lesiones con inacapacidad
fisica que excedan de 15 y
menos de 30 dias
danos materiales que no
excedan de 6 rbu.
pedida de 11 a 30 puntos.
DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE LAS INFRACCIONES
Art. 119.- Sin perjuicio de las contempladas en el Código Penal, para efectos de esta
Ley, las circunstancias de las infracciones de tránsito son: atenuantes y agravantes.
CIRCUNSTANCIAS CIRCUNSTANCIAS
ATENUANTES AGRAVANTES
Cometer la infraccion en estado de embriaguez.
El auxilio y la ayuda inmediata a las Abandonar a las victimas de los accidentes.
victimas del accidente.
Evadifr la accion de la jsuticia para fuga u
La oportuna y oportuna reparacion de ocultamiento.
danos y perjuicios causados.
Borrar. alterar u ocultar hellas o vestigios dejados
Dar aviso a la autoridad. por la infraccion.
Haber observado repeto para las Estar profugo por un delito anterior.
autoridades y agentes de transito
Conducir sin licencia o de categoria inferior.
No tener SOAT
No asistir a las audicenicas.
28. DE LOS DELITOS DE TRANSITO
Art. 126.- Quien conduciendo un vehículo a motor en estado de embriaguez, o bajo los
efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, ocasionare un accidente
de tránsito del que resultaren muertas una o más personas será sancionado con:
Reclusión mayor ordinaria de ocho a doce años.
Revocatoria definitiva de la licencia para
Multa equivalente a treinta (30) remuneraciones básicas unificadas
Art. 127.- Será sancionado con, prisión de tres a cinco años, suspensión de la licencia
de conducir por igual tiempo y multa de veinte (20) remuneraciones básicas unificadas
del trabajador en general, quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la
muerte de una o más personas, y en el que se verifique cualquiera de las
siguientes circunstancias:
a) Negligencia;
b) Impericia;
c) Imprudencia;
d) Exceso de velocidad;
e) Conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo;
f) Inobservancia de la presente Ley y su Reglamento, regulaciones técnicas u órdenes
legítimas de las autoridades o agentes de tránsito.
Art. 129.-quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte
de una o más personas, y en el que se verifique que la circunstancia del accidente se
debió a cansancio, sueño o malas condiciones físicas del conductor, con sujeción a los
parámetros específicos establecidos en el Reglamento a esta Ley.
29. Estimaciones:
1 litro de cerveza 0,9 grs.
1/2 litro de vino 1,0 grs
1/2 litro de champagne 1,2 grs
2 vasos de combinado 1,0 grs
2 copas de whisky 1,1 grs
Art. 104 RT.- PLACAS DE IDENTIFICACION VEHICULAR.
A AZUAY O EL ORO R LOS RIOS T TUNGURAHUA
B BOLIVAR W GALAPAGOS M MANABI V MORONA
U CAÑAR G GUAYAS NA NAPO Z ZAMORA
C CARCHI H CHIBORAZO P PICHINCHA Q F. ORELLANA
X COTOPAXI I IMBABURA S PASTAZA J SANTO
DOMINGO
E ESMERALDAS L LOJA K SUCUMBIOS Y SANTA ELENA
30. CAUSAS SANCION
DELITO
Muerte de una o más Estado de embriaguez 8 a 12 años de reclusión
personas mayor ordinaria.
Art. 126 Revocatoria definitiva de la
licencia.
Multa de 30 RBU.
Muerte de una o más Negligencia , imprudencia, 3 – 5 años de prisión
personas impericia, exceso de velocidad, Suspensión de la licencia por
Art. 127 vehículos en malas condiciones e igual tiempo.
inobservancia de la presente ley Multa de 20 UBR.
Muerte de una o más Contratista que por falta de 3 a 5 años de prisión
personas o con lesiones previsión en ejecución de una obra Multa de 20 RBU.
graves en la vía publica Resarcimiento económico.
Art. 128
Muerte de una o más Cansancio, sueño, malas 1 a 3 años de prisión
personas condiciones físicas del conductor. Suspensión de la licencia por
Art. 129 igual tiempo
Multa de 15 RBU.
Muerte de una o más Negligencia en la ejecución de 1 – 3 años de prisión
personas o lesiones obras en la vía pública. ordinaria.
graves Multa de 32- 160 dólares.
Art.78 Resarcimiento económico por
las pérdidas ocasionales.
31. La educación vial ayuda a reducir el índice de accidentes que se
registran en el país, ya que esto causa muertes innecesarias y
evitables.
Se sabe que si se respetan las señales de tránsito se tendrá una
ciudad donde el conductor y el peatón serán respetados y así tendrá
una mejor seguridad, también teniendo en cuenta que la señalización
es importan para la comunidad.
Es necesario que las personas estén informadas, tanto peatones
como conductores como conducir adecuadamente en las vía,
carreteras y sobre todo avenidas.
Este trabajo y las clases nos han ayudado de mucho porque hemos
recordado algunas señales que hemos olvidado y que ahora
tenemos que ponerlas en practica.
.
33. 7. ANEXOS:
Dar a conocer todos los colegios que participaban en el programa de
Educación Vial.
Indicaciones y recomendaciones generales sobre el programa para llevarse a
cabo.
26 DE NOVIEMBRE.
Repartición de pelotones
Dar lectura de las nominas de los alumnos que iban a conformar cada
pelotón del 1 al pelotón 10.
En cada pelotón iban hombres y mujeres de distintas Instituciones
Educativas para conformar así un solo pelotón
03 DE DICIEMBRE.
Visita a la casa Abierta del Sindicato de Choferes.
34. 10 DE DICIEMBRE.
Clases Normales.
17 DE DICIEMBRE.
Clases normales
24 DE DICIEMBRE
NO HAY ASISTENCIA POR NAVIDAD
35. 31 DE DICIEMBRE
NO HAY ASISTENCIA POR FIN DE AÑO 2011
07 DE ENERO
CLASES NORMALES
14 DE ENERO
CLASES NORMALES
36. 21 DE ENERO
Clases normales
28 DE ENERO
Clases Normales
04 DE FEBRERO
Caminata hacia el parque de la madre para presenciar el concierto de la
campaña “YO DECIDO”.
CAMPAÑA CONTRA LA MENDICIDAD