2. Concepto
Basdevant: “La Responsabilidad
Internacional es una institución jurídica en
virtud de la cual todo Estado al que sea
imputable un acto que el Derecho
Internacional repute ilícito debe una
reparación al Estado en cuyo perjuicio se
haya realizado dicho acto” Reglés
gênerales du Droit de la Paix. La
responsabilite Internationale.
Tomado de Camargo Pedro Pablo. Tratado de Derecho
Internacional. Tomos I y II. Editorial Temis- Bogotá-
Colombia. 1983. Tomo II. Pagina 479.
3. Recientemente
En la actualidad como sujeto de derecho
internacional está obligado a respetar el
orden jurídico internacional y si lo viola
tiene responsabilidad.
Al respecto señala la Resolución 56/83 del
año 2002 de la Organización de las
Naciones Unidas en su artículo 1 que:
“Todo hecho internacionalmente
ilícito del Estado genera
responsabilidad internacional
5. Teorías de la Responsabilidad
Falta
Objetiva del
Riesgo
Imputabilidad
Orden Jurídico
Internacional
6. Supuestos de Responsabilidad de
acuerdo a la Comisión de DIP-ONU
Subjetivos
Órganos del Estados
Poder Ejecutivo o
Legislativo
Organismos
Interestatales
Hechos del
Estado por
actos de
particulares
Otros
Estados
Hechos del Estado
por Movimientos
Insurreccionales
Objetivos
7. Crimen y Delito Internacional
DELITO: son ilícitos ordinarios que
no generan una responsabilidad
internacional agravada o cualificada,
señala Rémiro y otros “el delito
internacional no atenta contra los
intereses esenciales de la sociedad
internacional, no infringe
obligaciones cuya protección le
interesa hasta el punto de merecer
un amparo adicional”.
8. ¿Cuándo ocurre un crimen internacional?
1. Violación grave de una obligación para el
mantenimiento de la paz y la seguridad internacional
como la que prohíbe la agresión.
2. Violación grave de una obligación internacional de
importancia esencial para la salvaguardia del derecho a
la libre determinación de los pueblos, como la que
prohíbe el establecimiento o mantenimiento por la
fuerza de la dominación colonial.
3. Violación grave y en gran escala de una obligación
internacional de importancia esencial para la
salvaguardia del ser humano, como las que prohíben la
esclavitud, el genocidio y el apartheid.
4. Violación grave de una obligación internacional de
importancia esencial para la salvaguardia y la
protección del medio humano, como la que prohíbe la
contaminación masiva de la atmosfera o los mares.
9. Circunstancias que excluyen la ilicitud
Consentimiento
del Estado
Lesionado
Las
Contramedidas
Fuerza Mayor o
Caso Fortuito
Situación de
Peligro Extremo
Estado de
Necesidad
Legitima
Defensa
10. Efectos de la Responsabilidad
Cesación
Reparación
Restitución
Natural
Por compensación
Por abono
Por satisfacción
11. Medidas Coactivas y No permitidas
Retorsiones
Represalias
Sanciones
Contramedidas
No se pueden usar
Armas
Ni desproporción en la
aplicación de las
medidas
12. Crimen y Delito Internacional
Crimen Internacional: “es un
hecho internacionalmente ilícito y
grave que resulta de la violación por
un Estado de una obligación
internacional tan esencial para la
salvaguardia de intereses
fundamentales de la comunidad
internacional que su violación está
reconocida como crimen por esa
comunidad en su conjunto”.